CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Quintana Roo, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el proyecto Diseño de estrategia para la recuperación de espacios públicos seguros y la prevención de la violencia contra las mujeres, así como desarrollo de propuestas de implementación en el Municipio de Benito Juárez.
CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL MTRO. RAFAEL ADRIÁN AVANTE JUÁREZ, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, REPRESENTADA POR SU TITULAR DRA. ÁNGELA QUIRGA QUIROGA, Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, EL C.P. CARLOS MANUEL JOAQUÍN GONZÁLEZ, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, EL LIC. FRANCISCO XAVIER LÓPEZ MENA, LA SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN, LA MTRA. YOHANET TEODULA TORRES MUÑOZ EL PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, EL LIC. REMBERTO ESTRADA BARBA, LA DIRECTORA GENERAL DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL MUNICIPIO BENITO JUÁREZ, LA LIC. ERIKA VANESSA CAMACHO ESCALANTE, BENEFICIARIA DEL PROYECTO, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", Y CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
El 20 de mayo de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el cual contempla dentro del Enfoque Transversal "México en Paz", diversas líneas de acción como parte de la Estrategia III, "Perspectiva de Género", entre las cuales se encuentran que: i) se establecerán medidas especiales orientadas a la erradicación de la violencia de género en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, entidades federativas y municipios; ii) se simplificarán los procesos y se mejorará la coordinación en los planos federal, estatal y municipal, para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer; iii) se acelerará la aplicación de las órdenes de protección para las mujeres que se enfrentan a riesgos, y iv) se incorporarán acciones específicas para garantizar la seguridad e integridad de las mujeres, entre otras. Además, dentro del Enfoque Transversal "México con Responsabilidad Global", Estrategia III, "Perspectiva de Género", se establece que se deberá promover y dar seguimiento al cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de género.
En relación con lo anterior, el Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018 establece como Objetivo 3. "Garantizar el respeto y protección de los derechos humanos, reducir la discriminación y la violencia contra las mujeres"; del cual se desprende la Estrategia 3.6 "Coordinar la política nacional de prevención, atención y sanción para la erradicación de la violencia contra las mujeres". Dicha estrategia contempla las siguientes líneas de acción: 3.6.1 "Diseñar y coordinar una política integral para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres", y 3.6.2 "Establecer mecanismos de coordinación en los órdenes de gobierno para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres".
Que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, regula en su Título II, Capítulo V, el mecanismo de alerta de violencia de género contra las mujeres, el cual es de gran trascendencia para dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado mexicano de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, puesto que implica adoptar políticas y medidas específicas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en su contra.
Que la declaratoria de alerta de violencia de género tiene como finalidad detenerla y erradicarla, a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por la Secretaría de Gobernación en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno Federal y las entidades federativas reconocen la necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo.
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, publicado en el DOF el 29 de noviembre de 2017, señala en el Anexo 13, "Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres", una asignación presupuestal para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado.
De conformidad con el oficio SEGOB/DS/00521/2018 de fecha 7 de mayo de 2018, suscrito por el Lic. Francisco Xavier López Mena, en su carácter de Secretario de Gobierno del Estado de Quintana Roo, la entidad federativa solicitó en tiempo y forma a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el "Diseño de estrategia para la recuperación de espacios públicos seguros y la prevención de la violencia contra las mujeres así como desarrollo de propuestas de implementación en el municipio de Benito Juárez" en el Estado de Quintana Roo.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2018, el Comité de Evaluación de Proyectos determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $650,000.00 (Seiscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del "Diseño de estrategia para la recuperación de espacios públicos seguros y la prevención de la violencia contra las mujeres así como desarrollo de propuestas de implementación en el municipio de Benito Juárez". Dicha situación se notificó a la entidad federativa mediante el oficio CNPEVM/655-5/2018 de fecha 31 de mayo de 2018.
La entidad federativa se compromete a concluir el proyecto aprobado para el ejercicio fiscal 2018.
Así, "LAS PARTES" manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. "LA SECRETARÍA" declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2. De conformidad con el artículo 27, fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas como de los municipios.
I.3. El Subsecretario de Derechos Humanos tiene facultades para suscribir el presente instrumento jurídico de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción IV y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.4. La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción IX y 117 del RISEGOB, y el Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.
I.5. La Comisionada Nacional cuenta con las atribuciones para la suscripción del presente Convenio, con fundamento en el artículo 70, fracción V del RISEGOB.
I.6. Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801, relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, con número de constancia de suficiencia presupuestaria 313950.
I.7. Señala como su domicilio el ubicado el ubicado en la calle Abraham González 48, Colonia Juárez, Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciudad de México.
II. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1. Con fundamento en los artículos 40, 41, primer párrafo, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1, 2, 3, y 4 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, es un Estado libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación.
II.2. El Poder Ejecutivo del Estado, conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado de Quintana Roo, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador del Estado de Quintana Roo, C.P. Carlos Manuel Joaquín González, quien cuenta con capacidad para obligarse en términos de lo prescrito en los artículos 78, 90, 91 y 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, y 2, 3, 4, 8 y 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo.
II.3. Asiste a la suscripción del presente Convenio de Coordinación el Titular de la Secretaría de Gobierno, el Lic. Francisco Xavier López Mena, con fundamento en el artículo 92 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, así como los artículos 3, 4, 19, fracción I, 21, 30, fracción VII, y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, y los artículos 2, 8 y 9, fracción XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno del Poder Ejecutivo del Estado de Quintana Roo.
II.4. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 92 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, así como 3, 4, 19, fracción III, 30, fracción VII y 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, y los artículos 8 y 9, fracción XLII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Mtra. Yohanet Teodula Torres Muñoz, en su carácter de Secretaria de Finanzas y Planeación, se encuentra facultada para suscribir el presente Convenio.
II.5. La Secretaría de Gobierno del Estado de Quintana Roo, forma parte integrante de la Administración Pública Estatal dependiente del Poder Ejecutivo del Estado de Quintana Roo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51, último párrafo, 78 y 90, fracción XX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, a través de su Titular, Lic. Francisco Xavier López Mena, asiste en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 2, 3, 16, 19 fracción I y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, así como en el artículo 2, 5, 8, 9, fracción XL del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno del Poder Ejecutivo del Estado de Quintana Roo del Estado de Quintana Roo.
II.6. Cuenta con la capacidad económica presupuestal para que, de ser el caso, aporte recursos de forma complementaria al proyecto materia del presente Convenio, en los términos de las disposiciones administrativas y presupuestales.
II.7. Para los efectos del presente instrumento, se señala como domicilio legal el ubicado en 22 de Enero número 0001, Colonia Centro, Chetumal, Quintana Roo, C.P. 77000.
II.8. El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Benito Juárez, del Estado de Quintana Roo, es un organismo público descentralizado de la Administración Municipal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, vinculado con los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia tanto municipales, como estatal y nacional, de conformidad con lo dispuesto por el Acuerdo de Creación publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo de fecha 31 de julio de 1990, así como con fundamento en el artículo 5º, fracción I del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Descentralizada del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo.
II.9. Tiene como objetivo el procurar atención, asistencia de la población desprotegida y vulnerable del municipio de Benito Juárez, Quintana Roo y el cuidado, desarrollo integral y protección de las
familias benitojuarenses.
II.10. Su representación legal recae en su Directora General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio Benito Juárez, la Lic. Erika Vanessa Camacho Escalante, según consta en su nombramiento signado por el Lic. Remberto Estrada Barba, Presidente Municipal del Ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo, con fecha 18 de octubre del 2016, quien cuenta con las facultades de Apoderado General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Benito Juárez, Quintana Roo como lo indica el artículo 5º del Acuerdo de creación antes invocado.
II.11. Tiene su domicilio ubicado en la calle 44, manzana 76, lote 3, Región 94, Cancún Quintana Roo, Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, código postal 77500.
II.12. De conformidad a lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 126 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, el Municipio libre es la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado de Quintana Roo; asimismo, es una Institución de carácter público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, autónomo en su gobierno interior y libre en la administración de su hacienda.
II.13. Según disponen los artículos 89 y 90, fracción XIV de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo, el Presidente Municipal cuenta con facultades suficientes para celebrar a nombre del Ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo, los convenios, contratos y demás actos jurídicos que sean necesarios, para el eficaz funcionamiento de la administración municipal.
II.14. El Presidente Municipal del Ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo, cuenta con las facultades para celebrar este convenio y acredita su personalidad con que se ostenta en términos de la Constancia de Mayoría y Validez para Presidente Municipal, expedida por el Consejo Distrital II, de fecha 12 de junio del 2016, y con el acta de sesión de pública y solemne de fecha 30 de septiembre de 2016, levantada con motivo de la instalación del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo.
II.15. Que el domicilio del H. Ayuntamiento de Benito Juárez, tiene como domicilio el Palacio Municipal, Avenida Tulum, Supermanzana 5, Cancún, Quintana Roo. Código Postal 77500.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad de "ENTIDAD EJECUTORA" y el "H. AYUNTAMIENTO", con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas en el Estado de Quintana Roo, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Quintana Roo.
III.4. Consideran como acciones para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, a través del proyecto se propone diseñar la estrategia con perspectiva de género, para la recuperación de espacios públicos en el Municipio de Benito Juárez. Una política pública que considere la seguridad de las mujeres, sus intereses, integral y de largo alcance. A través de la planeación participativa se impulsarán procesos de corresponsabilidad comunitaria, entre las ciudadanas y los gobiernos municipales. En el diseño participativo se toman en cuenta las buenas prácticas de organismos internacionales y de la sociedad civil.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los Lineamientos.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en
las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el proyecto: "Diseño de estrategia para la recuperación de espacios públicos seguros y la prevención de la violencia contra las mujeres así como desarrollo de propuestas de implementación en el municipio de Benito Juárez", que permita realizar acciones para el cumplimiento de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de Quintana Roo. Dicho proyecto se realizará de conformidad con lo especificado en el Anexo Técnico que forma parte del presente instrumento jurídico, el cual establece las características y objetivos del mismo, así como el cronograma de actividades lo que permitirá vigilar sus avances, ejecución y la correcta aplicación de los recursos otorgados.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "LA SECRETARÍA" asignará la cantidad de $650,000.00 (seiscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), para el proyecto: "Diseño de estrategia para la recuperación de espacios públicos seguros y la prevención de la violencia contra las mujeres asi como desarrollo de propuestas de implementación en el municipio de Benito Juárez" del Estado de Quintana Roo.
Los recursos federales se radicarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", a través de su Secretaría de Finanzas y Planeación en la cuenta bancaria productiva específica que aperturó previamente, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y la que se identifica con los siguientes datos:
| Número de plaza: | 33 |
| CLABE: | 021690040615506047 |
| Cuenta Bancaria: | 04061550604 |
| Banco: | HSBC |
| A nombre de: | GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QROO |
| Nombre del proyecto: | Diseño de la estrategia para la recuperación de espacios públicos en el Municipio de Benito Juárez, con una inversión de $650,000.00 |
Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "LA SECRETARÍA" el recibo provisional previsto en el lineamiento décimo sexto de los Lineamientos.
Una vez que "LA SECRETARÍA" haya transferido los recursos a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", éste deberá emitir a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación de Gobierno del Estado de Quintana Roo, un recibo electrónico que contenga las mismas características y remitirlo en formato PDF y XML a la CONAVIM para la sustitución del recibo provisional enviado previamente.
Para "LA SECRETARÍA", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por su parte, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales aplicables, los recursos federales recibidos y rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que sobre el particular deban rendirse por conducto de "LA SECRETARÍA".
Los recursos que el Comité asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de los mismos en términos del Presupuesto de Egresos de la Federación 2018, por lo que "LA SECRETARÍA" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "LA SECRETARÍA". El Comité, comunicará oportunamente a las entidades federativas cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
"LA SECRETARÍA" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleven a cabo las entidades federativas para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que estas se comprometen a sacar a "LA SECRETARÍA" de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de los previstos en los Lineamientos, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a. Revisar conjuntamente el o los informes bimestrales que se presenten respecto del avance del proyecto, "Diseño de estrategia para la recuperación de espacios públicos seguros y la prevención de la violencia contra las mujeres así como desarrollo de propuestas de implementación en el municipio de Benito Juárez" del Estado de Quintana Roo.
b. Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el Gobierno Estatal.
c. Apegarse a lo establecido en la LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "LA SECRETARÍA". Además de los previstos en los Lineamientos, "LA SECRETARÍA", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a. Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación, para la ejecución del proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, dentro de los treinta días naturales siguientes después de haber suscrito el Convenio de Coordinación correspondiente, y habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes.
b. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c. Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento.
QUINTA. COMPROMISOS DE "EL GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los Lineamientos, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a. Destinar por conducto del Ayuntamiento de Benito Juárez del Estado de Quintana Roo, los recursos asignados vía subsidio exclusivamente para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA y en el Anexo Técnico del presente Convenio.
b. Erogar el recurso federal de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de octubre de 2018.
c. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al proyecto en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación.
d. Realizar por conducto de la Secretaría u organismo encargado de las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del proyecto, en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a sus respectivos reglamentos y la normatividad aplicable en la materia.
e. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del proyecto previsto en este instrumento.
f. Garantizar que el proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como de la autenticidad de la misma.
g. Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h. Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i. Garantizar que los personales encargados de ejecutar el proyecto acrediten su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos y perspectiva de género.
j. Entregar bimestralmente por conducto del Ayuntamiento de Benito Juárez Quintana Roo, a "LA SECRETARÍA" a través de la CONAVIM, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del proyecto con su debido soporte documental. Estos informes deberán entregarse dentro de los diez días naturales siguientes a la conclusión de cada bimestre.
k. Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los Lineamientos.
l. En términos de los Lineamientos, presentar a "LA SECRETARÍA", a más tardar el 15 de noviembre de 2018, un Acta de cierre, firmada por el Titular de la Secretaría de Gobierno del Estado en la que se incluya los datos generales, objetivo y descripción del proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre las partes que suscriben el Convenio de Coordinación, y el reporte de las acciones administrativas que la entidad federativa ha llevado a cabo al 31 de octubre de 2018 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en el inciso n) del lineamiento Trigésimo Primero, de los Lineamientos.
m. Una vez que se cumplan los objetivos del proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, resultados y/o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet que para ese efecto se habilite.
n. Cumplir y observar en todo momento las disposiciones de la LFPRH y su Reglamento, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Anexo Técnico correspondiente.
SEXTA. ENLACES. Las o los servidores públicos que fungirán como enlaces entre "LAS PARTES" serán, por "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la persona que fue designada mediante el oficio SEGOB/DS/00521/2018 signado por el titular de la Secretaría de Gobierno del Estado, y por "LA SECRETARÍA" la persona que fue designada mediante el oficio CNPEVM/782/2018 signado por la Directora General Adjunta de Políticas Públicas para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres en suplencia por ausencia de la Titular de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. A través de las personas enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a los funcionarios o personal del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas.
SÉPTIMA. INFORME DE RESULTADOS. "EL GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de Gobierno del Estado se informará a "LA SECRETARÍA" a través de la CONAVIM, con su debido soporte documental, dentro de los diez días naturales siguientes a la conclusión de cada bimestre, a partir de la fecha del depósito del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación, los avances de la ejecución del proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y, en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento y el inciso e), del lineamiento Trigésimo Primero, de los Lineamientos.
OCTAVA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y su Anexo Técnico, no pierden su carácter federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta productiva a la cual se transferirá el subsidio en el ejercicio fiscal 2018, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación dentro de los 15 días naturales siguientes a la conclusión del cierre del ejercicio fiscal en términos de los Lineamientos.
NOVENA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación, estará a cargo de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de Gobierno del Estado.
En el caso de "LA SECRETARÍA", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los lineamientos sextos, décimo quinto y décimo sexto de los Lineamientos.
DÉCIMA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" no erogue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de octubre de 2018 deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación como lo disponen los Lineamientos.
El reintegro a la Tesorería de la Federación de los recursos se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "LA SECRETARÍA" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "LA SECRETARÍA" otorgue la línea de captura a la entidad, ésta deberá remitir a la CONAVIM copia de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la Tesorería de la Federación aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA PRIMERA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA SEGUNDA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "LA SECRETARÍA" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el lineamiento Trigésimo Tercero de los Lineamientos, procederá a dar por terminado el presente Convenio y ordenará al "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la Tesorería de la Federación.
Lo anterior sin perjuicio de que la CONAVIM haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA TERCERA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "LA SECRETARÍA", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de la Contraloría de "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA CUARTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación podrá adicionarse o modificarse en cualquier tiempo durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante los convenios modificatorios correspondientes que formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de suscripción de los mismos, los cuales deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación en un plazo de 60 días hábiles a partir de su suscripción.
DÉCIMA SEXTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y, en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b. En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la CONAVIM en los informes que presente "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos se levantará una minuta en que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento, y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que, en su caso, procedan.
DÉCIMA SÉPTIMA. VIGENCIA. El presente Convenio entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 30 de noviembre de 2018. Lo anterior, no exime a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA OCTAVA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe, en razón de lo cual los conflictos que llegasen a presentarse por cuanto hace a su interpretación, formalización y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo. En caso de que se presente alguna discrepancia, deberá sujetarse a lo que dispone el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
DÉCIMA NOVENA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" acuerdan que la información a la que tengan acceso se apegarán en todo momento a los principios establecidos en la legislación en materia de transparencia y acceso a la información pública, así como a la relativa a la protección de datos personales en posesión de Sujetos Obligados.
VIGÉSIMA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio se publicará en el Diario Oficial Federación y en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, y entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 15 fracción V del Presupuesto de Egresos de la Federación 2018.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno Federal a través de "LA SECRETARÍA".
VIGÉSIMA PRIMERA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en el capítulo de DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, por lo menos con diez días de anticipación.
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en tres ejemplares en la Ciudad de México, a los 31 días del mes de julio de 2018.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Derechos Humanos, Rafael Adrián Avante Juárez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ángela Quiroga Quiroga.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador, Carlos Manuel Joaquín González.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Francisco Xavier López Mena.- Rúbrica.- La Secretaria de Finanzas y Planeación, Yohanet Teodula Torres Muñoz.- Rúbrica.- El Presidente Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Remberto Estrada Barba.- Rúbrica.- La Directora General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Benito Juárez, Quintana Roo, Erika Vanessa Camacho Escalante.- Rúbrica.
Anexo Técnico
del Convenio de Coordinación para el otorgamiento del subsidio para el "Diseño de estrategia para la recuperación de espacios públicos seguros y la prevención de la violencia contra las mujeres así como desarrollo de propuestas de implementación en el municipio de Benito Juárez" en el Estado de Quintana Roo, que celebran el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Gobernación y el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Quintana Roo.
1. Nombre, objeto y descripción de "El Proyecto":
Nombre o denominación: "Diseño de estrategia para la recuperación de espacios públicos seguros y la prevención de la violencia contra las mujeres así como desarrollo de propuestas de implementación en el municipio de Benito Juárez".
Objeto: Realizar acciones para el cumplimiento de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de Quintana Roo.
Descripción: Con el fin de dar cumplimiento a las medidas de seguridad, prevención, justicia y reaparición, decretadas en la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres del Estado de Quintana Roo, así como de las recomendaciones emitidas por el grupo de trabajo que realizó la investigación sobre la procedencia de la alerta de violencia de género en el Estado, se presentó el siguiente proyecto:
| Diseño de estrategia para la recuperación de espacios públicos seguros y la prevención de la violencia contra las mujeres así como desarrollo de propuestas de implementación en el municipio de Benito Juárez. | $650,000.00 |
2. Fecha de solicitud del Subsidio:
Fecha de solicitud: 8 de mayo de 2018.
Oficio: SEGOB/DS/00521/2018.
Autoridad solicitante: Secretario de Gobierno del Estado de Quintana Roo.
3. Instancia Estatal Responsable de "El Proyecto":
Nombre: Secretaría de Gobierno del Estado.
Descripción de las responsabilidades:
Con base en la Ley Orgánica de La Administración Pública del Estado de Quintana Roo, en el artículo 31. A la Secretaría de Gobierno le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
Fracciones:
VII.- Coadyuvar en la elaboración de los convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos y administrativos, relativos a la coordinación con la Administración Pública Federal y con los Gobiernos Estatales y sancionar, en su caso, los mismos.
XIV.- Formular, normar, coordinar y vigilar las políticas de apoyo a la participación de la mujer en los diversos ámbitos del desarrollo, así como propiciar la coordinación interinstitucional para la realización de programas específicos, vinculados con la política interior del Estado.
4. Instancia Estatal Receptora de "El Proyecto":
Nombre: H. Ayuntamiento de Benito Juárez, Sistema DIF Municipal
Descripción de las responsabilidades:
Con base en lo estipulado en el Artículo 8, del Reglamento Interior del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Benito Juárez, Estado de Quintana Roo:
XIV. Realizar estudios e investigaciones sobre asistencia social, con la participación en su caso, de las autoridades asistenciales del gobierno federal o del estado;
XXIII. Los demás que les encomienden las leyes, decretos, acuerdos y reglamentos en vigor en el estado, y los convenios que celebre con la federación, estado, municipios, así como el Sistema Nacional y Estatal.
5. Monto solicitado:
Cantidad solicitada a la CONAVIM: $650,000.00 (Seiscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).
Cantidad aprobada: $650,000.00 (Seiscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).
Aportación estatal: El Estado no realizará ninguna aportación.
6. Fecha estimada del inicio del Proyecto:
Fecha: 1 de Agosto de 2018.
7. Fecha estimada para la conclusión del Proyecto:
Fecha: 31 de Octubre de 2018.
8. Descripción del proyecto:
Proyecto 1: Diseño de estrategia para la recuperación de espacios públicos seguros y la prevención de la violencia contra las mujeres así como desarrollo de propuestas de implementación en el municipio de Benito Juárez.
· Resumen: A través del proyecto se propone diseñar la estrategia con perspectiva de género, para la recuperación de espacios públicos en el Municipio de Benito Juárez. Una política pública que considere la seguridad de las mujeres, sus intereses, integral y de largo alcance. A través de la planeación participativa se impulsarán procesos de corresponsabilidad comunitaria, entre las ciudadanas y los gobiernos municipales. En el diseño participativo se toman en cuenta las buenas prácticas de organismos internacionales y de la sociedad civil,
· Medida de seguridad, de prevención o de justicia, a la cual debe contribuir el proyecto, o bien la propuesta contenida en las conclusiones del informe al que hace referencia el artículo 37 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida de Libre de Violencia:
Medida de seguridad:
Diseñar y ejecutar inmediatamente una estrategia para la recuperación de espacios públicos y la prevención de la violencia mediante la implementación de medidas de seguridad específicas en zonas de riesgo o de alto índice de violencia contra las mujeres.
Entre otras acciones, se requiere:
i) Implementar mecanismos de vigilancia y seguridad pública como instalación de cámaras de video y postes de emergencia en puntos estratégicos;
ii) Reforzar los patrullajes preventivos;
iii) Instalar alumbrado público y fortalecer el existente;
iv) Difundir información sobre líneas de apoyo a víctimas de violencia y crear los protocolos necesarios para su efectivo funcionamiento, y
v) Crear de una aplicación para teléfonos inteligentes que permita a las mujeres víctimas de violencia el acceso inmediato a los servicios de atención y seguridad.
Objetivo general:
Diseñar la estrategia de recuperación de espacios públicos y de prevención de las violencias de género, utilizando una metodología participativa y considerando los aspectos sociales, físicos y funcionales de la vida cotidiana de las mujeres, que condicionan la percepción de seguridad, utilizando la perspectiva de género.
· Objetivos específicos, cada uno con su meta e indicadores de gestión proceso y, en su caso, indicadores de resultado para verificar su implementación y cumplimiento:
| Objetivo Especifico 1. Reunir información de zonas con mayor índice de violencia de género en el Municipio de Benito Juárez. · Meta: Establecer la metodología de trabajo para la recopilación de información de las zonas con mayor índice de violencia en el Municipio de Benito Juárez. · Indicador: Documentos que acrediten y sustenten la información por zonas de mayor índice de violencia de género en el municipio de Benito Juárez. |
| Objetivo Especifico 2. Revisión y mapeo participativa dentro de las zonas con mayor índice de violencia de género en las áreas y espacios públicos a ser intervenidos. · Meta: Trazo y estudio de zonas participativas dentro de las áreas con mayor índice de violencia de genero. · Indicador: Mapa de zonas con mayor índice de violencia que incluya las áreas y espacios públicos a ser intervenidos. |
| Objetivo Especifico 3. Aplicar metodologías cualitativas, herramientas participativas, y la perspectiva de género en la elaboración para elaborar la estrategia tomando en cuenta información integral de diversos actores sociales, respecto al contexto físico, social, estructural y sobre las necesidades de seguridad y prevención de las violencias en la vida cotidiana de las personas. · Meta: Uso de metodologías cualitativas, así como herramientas participativas y la perspectiva de género para la elaboración de la estrategia. · Indicador: Una estrategia que cumpla con las herramientas necesarias e información integral para trabajar con las principales necesidades de seguridad y prevención de las violencias en la vida cotidiana de las personas. |
Metodología: Para lograr el diseño participativo de la estrategia de seguridad y prevención de las violencias con perspectiva de género, se utilizarán principalmente metodologías cualitativas, entre las que se pueden enlistar, la observación participante, las entrevistas a personas claves o líderes y lideresas comunitarias, los talleres de vida cotidiana, el mapeo y reconocimiento del entorno, los mapas perceptivos, los grupos de discusión.
· Población beneficiaria:
Población de la zona urbana del Municipio de Benito Juárez, además de la población habitante de las colonias identificadas como prioritarias en la atención de la violencia de género
i) Actores estratégicos:
1. Gobierno:
a. Dependencias de los tres órdenes de gobierno responsables del ordenamiento urbano Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable del Gobierno del Estado (SEDETUS), Agencia de Proyectos Estratégicos del Gobierno del Estado (AGEPRO), Instituto Municipal de Planeación (IMPLAN), Secretaría de Infraestructura y Transporte del Gobierno del Estado (SINTRA), Servicios públicos, Catastro, Desarrollo Urbano, etc.).
b. Dependencias de los tres órdenes de gobierno de reportar y atender hechos delictivos (Fiscalía, Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del Estado (SSP), Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Transporte (SSPyT), Centro de Operaciones del 911, Centro de Control, Comando, Comunicación y Cómputo (C4), entre otras).
2. Sociedad organizada:
a. Organizaciones de la sociedad civil (observatorios ciudadanos).
b. Colegios (Arquitectos, ingenieros, abogados).
3. Vecinas y vecinos.
Cobertura geográfica: Municipio de Benito Juárez, Cancún.
9. Perfil de la o las personas que estarán a cargo de la implementación del Proyecto
| Nombre | Perfil |
| Mtra. Cynthia Galicia Mendoza | Doctoranda por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México. Maestra en Estudios de Género por El Colegio de México A.C., (COLMEX). Licenciada en Derecho. Facultad de Derecho, Universidad Nacional Autónoma de México. Diplomada en Políticas Presupuestarias Pro-equidad de Género, Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO). Diplomada en Relaciones de Género Construyendo la Equidad entre Mujeres y Hombres. Programa Universitario de Estudios de Género (PUEG). Universidad Nacional Autónoma de México. Consultora en género y derechos humanos de las mujeres, investigadora asociada del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), Ha sido docente de extensión académica de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y la Universidad Iberoamericana (IBERO), abogada. Nombrada el 8 de marzo de 2018, como Mediadora del Comité para prevenir, atender y sancionar la violencia contra laboral en el Senado de la República, Seleccionada en 2014 como la "Experta Nacional en materia de violencia de género por el Instituto Nacional de las Mujeres y la Comisión Nacional de Violencia para formar parte del Primer Grupo de Trabajo que realizó investigaciones para determinar la emisión de la Alerta de Violencia de Género en el Estado de Guanajuato". |
10. Descripción de las actividades que realizarán las autoridades involucradas en el proyecto en la entidad federativa para su ejecución:
1. Apoyo para en la elaboración del diagnóstico sobre índices de violencias.
1. Desarrollo Urbano, Apoyo para la entrega de información fisiográfica y programática de la estructura urbana prevista para el Municipio.
2. IMPLAN, Con base en la información que se concentra en éste instituto, otorgará las cifras y estadística poblacional para el desarrollo del diagnóstico.
3. Catastro, Entrega de información actualizada de los usos de suelo e inventario urbano.
4. SSPyT, Información sobre datos de atención de la violencia, sobre todo la familiar.
5. Fiscalía, Información sobre casos de violencia familiar atendida y procesada por éste organismo.
6. C4, Información sobre llamadas de emergencia y atención a éstas.
7. SSP, Información sobre atenciones ciudadanas.
2. Apoyo en el mapeo y mejora de los espacios públicos.
1. IMPLAN, Entrega de mapas y planos concentrados por ésta dependencia.
2. Desarrollo Urbano, Entrega de mapas y planos concentrados por ésta dependencia, sobre todo el PDU.
3. SEDETUS Entrega de mapas y planos concentrados por ésta dependencia.
3. Participación activa en la identificación de los riesgos de las mujeres.
1. SSP, Llamadas y estadística de atención a la violencia.
2. SSPyT, Llamadas y estadística de atención a la violencia.
3. C4, Llamadas y estadística de atención a la violencia.
4. Centro de Operaciones 911 Llamadas y estadística de atención a la violencia.
4. Participación en la revisión y aprobación de la estrategia (Todas).
11. Proyección del costo del proyecto, que incluya un cronograma de gasto y actividades:
| Actividad | Agosto | Septiembre | 31 de Octubre | Total |
| Fase 1. Diagnóstico de regiones o áreas con mayor índice de violencia de género en el Municipio. | $100,000.00 | | | $100,000.00 |
| Fase 2. Mapeo de los espacios públicos localizados dentro de las áreas de mayores índices de violencia de género. | $100,000.00 | | | $100,000.00 |
| Fase 3. Diagnóstico participativo y comunitario sobre la situación de violencia de género. | | $200,000.00 | | $200,000.00 |
| Fase 4. Fase final, diseño de la estrategia | | | $250,000.00 | $250,000.00 |
| Total | | $650,000.00 |
(Seiscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.)
| Proyección de costo de proyecto |
| ACTIVIDADES | Agosto | Septiembre | 31 de Octubre |
| FISICO % | FINANCIERO % | FISICO % | FINANCIERO % | FISICO % | FINANCIERO % |
| Fase 1. Diagnóstico de regiones o áreas con mayor índice de violencia de género en el Municipio. | 15 | 20 | | | | |
| Fase 2. Mapeo de los espacios públicos localizados dentro de las áreas de mayores índices de violencia de género. | | | 15 | 25 | | |
| Fase 3. Diagnóstico comunitario. | | | 30 | 25 | | |
| Fase 4. Fase final, diseño de la estrategia | | | | | 40 | 30 |
| Avance físico - financiero | 15 | 20 | 45 | 50 | 40 | 30 |
| Avance físico - financiero acumulado | 15 | 20 | 60 | 70 | 100 | 100 |
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal del Anexo Técnico, lo firman en tres ejemplares en la Ciudad de México, a los 31 días del mes de julio de 2018.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Derechos Humanos, Rafael Adrián Juárez Avante.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ángela Quiroga Quiroga.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador, Carlos Manuel Joaquín González.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Francisco Xavier López Mena.- Rúbrica.- La Secretaria de Finanzas y Planeación, Yohanet Teodula Torres Muñoz.- Rúbrica.- El Presidente Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, Remberto Estrada Barba.- Rúbrica.- La Directora General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Benito Juárez, Erika Vanessa Camacho Escalante.- Rúbrica.