ACUERDO para el traspaso de recursos financieros destinados a la operación y administración del Programa Fortalecimiento de la Calidad Educativa, que celebran la Secretaría de Educación Pública y la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México.
ACUERDO PARA EL TRASPASO DE RECURSOS FINANCIEROS DESTINADOS A LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN, DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA CALIDAD EDUCATIVA, EN LO SUCESIVO "PFCE", QUE ESTABLECEN, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR LA DRA. IRMA ADRIANA GÓMEZ CAVAZOS, OFICIAL MAYOR, ASISTIDO POR LA LIC. MÓNICA PÉREZ LÓPEZ, DIRECTORA GENERAL DE PRESUPUESTO Y RECURSOS FINANCIEROS, CON LA PARTICIPACIÓN DEL MTRO. MARIO ALFONSO CHÁVEZ CAMPOS, DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN Y LA AUTORIDAD EDUCATIVA FEDERAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EN LO SUCESIVO "LA AEFCM", REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL DR. LUIS IGNACIO SÁNCHEZ GÓMEZ, DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y ACUERDOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.- Que en los términos del artículo 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y del Decreto por el que se crea la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública.
II.- Que "LA AEFCM" tiene por objeto prestar los servicios de educación inicial, básica -incluyendo la indígena-, especial, así como la normal y demás para la formación de maestros de educación básica en el ámbito de la Ciudad de México.
III.- Que con el propósito de contribuir a mejorar la calidad en los servicios de educación normal, "LA AEFCM" recibe los recursos financieros que le traspasa "LA SEP" para destinarlos a la operación y administración del "PFCE", que se lleva a cabo en el ámbito de su competencia".
IV.- Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece en el artículo 58, que las adecuaciones presupuestarias se realizarán siempre que permitan un mejor cumplimiento de los objetivos de los programas a cargo de las dependencias y entidades, y comprenderán modificaciones a las estructuras: administrativa, funcional y programática, económica y geográfica; modificaciones a los calendarios de presupuesto, y ampliaciones y reducciones líquidas al Presupuesto de Egresos o a los flujos de efectivo correspondientes.
V.- Que en ese contexto y con la finalidad de que "LA SEP" esté en condiciones de cumplir con sus objetivos, metas y programas institucionales, requiere efectuar el traspaso de recursos financieros del Ramo 11 "Educación Pública" al Ramo General 25 "Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos", para la operación y administración del "PFCE", en el ámbito de competencia de "LA AFSEDF".
DECLARACIONES
I.- De "LA SEP":
I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada que tiene a su cargo la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.
I.2.- Que conforme a los artículos 93, fracción I, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 7, fracciones IV, VI y VIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, el Oficial Mayor cuenta con las facultades para suscribir el presente acuerdo.
I.3.- Que dentro de su presupuesto asignado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, cuenta con la disponibilidad presupuestal para hacer frente a los compromisos que derivan del presente instrumento, con cargo a la clave presupuestal: 2018 11 515 2 5 03 00 005 S267 43401 1 1 0 0 09 0 0 0 0 0 0
I.4.- Que para los efectos del presente acuerdo señala como su domicilio el ubicado en la calle de Brasil número 31, oficina 306, Colonia Centro, C.P. 06029, Delegación Cuauhtémoc en la Ciudad de México.
II.- De "LA AEFCM":
II.1.- Que de conformidad con el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de octubre de 2017, por el que se reforma diverso que crea la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, y en los artículos 2 apartado B, fracción 1, 45 y 46 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005, es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, facultada para ejercer las atribuciones en materia de prestación de los servicios de educación inicial, preescolar, básica incluyendo la indígena- especial, así como la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, en la Ciudad de México, en los términos establecidos en la Ley General de Educación y demás disposiciones aplicables.
II.2.- Que el Dr. Luis Ignacio Sánchez Gómez, Titular de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, suscribe el presente acuerdo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 fracciones II y IX de su Decreto por el que se reforma el diverso que crea la Administración Federal de Servicios Educativos del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de octubre de 2017 y el punto VII, numerales 2, 8 y 22 del "Manual General de Organización de la Administración Federal, publicado en el mismo órgano informativo el 23 de agosto de 2005, mismo que sigue teniendo vigencia conforme al Artículo Segundo Transitorio del Decreto referido.
II.3.- Que en el Anexo 22 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, se establece el Ramo 25 "Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos" que contiene los montos de las aportaciones para los servicios de educación básica y normal en la Ciudad de México.
II.4.- Que suscribe el presente instrumento con objeto de recibir del presupuesto autorizado a "LA SEP" un traspaso de recursos públicos federales correspondientes al ejercicio fiscal 2018, para destinarlos exclusivamente a la operación y administración del "PFCE", en el ámbito de su competencia.
II.5.- Que para los efectos del presente instrumento señala como su domicilio el ubicado en Calle de Parroquia No. 1130, 6o. piso, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310, en la Ciudad de México.
III.- De "LA SEP" y "LA AEFCM":
III.1.- Que con el propósito de dar cumplimiento a lo estipulado en el Antecedente V del presente acuerdo, resulta necesario traspasar recursos financieros que tiene asignados "LA SEP" en el Ramo 11, al presupuesto de "LA AEFCM", a fin de que ésta se encuentre en posibilidad de destinarlos a la operación y administración del "PFCE", en el ámbito de su competencia.
III.2.- Que en términos del artículo 93 fracción I, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para que las dependencias lleven a cabo las adecuaciones presupuestarias externas, derivadas de modificaciones a la estructura administrativa, cuando se realicen de un ramo a otro ramo, se requiere de un acuerdo suscrito por el Oficial Mayor o equivalente que justifique las causas del traspaso de recursos.
Con base en los antecedentes y declaraciones antes señalados "LA SEP" y "LA AEFCM" adoptan los siguientes:
ACUERDOS
PRIMERO.- Para la operación y administración del "PFCE", "LA SEP", por conducto de la Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros, adscrita a la Oficialía Mayor, una vez que cuente con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizará el traspaso de recursos financieros a "LA AEFCM" por la cantidad de $9,791,197.68 (Nueve millones setecientos noventa y un mil ciento noventa y siete pesos 68/100 M.N.) del Ramo 11 "Educación Pública" de la clave presupuestaria 2018 11 515 2 5 03 00 005 S267 43401 1 1 0 0 09 0 0 0 0 0 0, al Ramo General 25 "Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos", a (la o) las claves presupuestaria(s) que a continuación se menciona(n):
2018 25 00 2 5 03 00 06 E 26729401 1 1 9 0 $1,691,812.00
2018 25 00 2 5 03 00 06 E 26729501 1 1 9 0 $50,000.00
2018 25 00 2 5 03 00 06 E 26721101 1 1 9 0 $452,045.20
2018 25 00 2 5 03 00 06 E 26721201 1 1 9 0 $48,000.00
2018 25 00 2 5 03 00 06 E 26721401 1 1 9 0 $155,745.00
2018 25 00 2 5 03 00 06 E 26721501 1 1 9 0 $214,780.00
2018 25 00 2 5 03 00 06 E 26721701 1 1 9 0 $34,012.00
2018 25 00 2 5 03 00 06 E 26722102 1 1 9 0 $21,977.20
2018 25 00 2 5 03 00 06 E 26733303 1 1 9 0 $34,500.00
2018 25 00 2 5 03 00 06 E 26733401 1 1 9 0 $1,361,457.60
2018 25 00 2 5 03 00 06 E 26735102 1 1 9 0 $5,214,263.00
2018 25 00 2 5 03 00 06 E 26737101 1 1 9 0 $88,840.00
2018 25 00 2 5 03 00 06 E 26737204 1 1 9 0 $75,000.00
2018 25 00 2 5 03 00 06 E 26737504 1 1 9 0 $163,840.68
2018 25 00 2 5 03 00 06 E 26733604 1 1 9 0 $184,925.00
"LA AEFCM" se obliga a destinar y ejercer los recursos previstos en este acuerdo, exclusivamente para la operación y administración del programa, de conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación del "PFCE" publicadas el 27 de diciembre de 2017 en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- El traspaso de recursos financieros del Ramo 11 "Educación Pública" al Ramo General 25 "Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos", a que se refiere el acuerdo anterior, será solicitado por "LA SEP" a través del Módulo de Adecuaciones Presupuestarias del Portal Aplicativo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
"LA SEP", en cumplimiento al objeto de este instrumento, realizará el traspaso de los recursos financieros, con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2018.
TERCERO.- "LA AEFCM", a través de su Titular, se obliga a realizar las acciones necesarias para que los recursos financieros que le traspase "LA SEP", en términos de los acuerdos anteriores, sean destinados exclusivamente a la operación y administración del "PFCE", en el ámbito de su competencia.
"LA AEFCM" será la responsable de la administración y aplicación de los recursos financieros que le transfiera "LA SEP" dentro de un marco de transparencia y rendición de cuentas, en los términos de la normativa aplicable y ante las instancias fiscalizadoras que así lo requieran.
CUARTO.- "LA SEP" y "LA AEFCM" suscriben el presente acuerdo sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones presupuestarias aplicables.
QUINTO.- Las notificaciones, avisos o cualquier comunicación que "LA SEP" y "LA AEFCM" deban enviarse con motivo del presente acuerdo, incluyendo el cambio de domicilio, se realizarán por escrito, mediante correo certificado con acuse de recibo, o por cualquier otro medio que asegure su recepción, en los domicilios siguientes:
"LA SEP": calle de Brasil número 31, oficina 306, Colonia Centro, C.P. 06029, Delegación Cuauhtémoc en la Ciudad de México.
"LA AEFCM": Calle de Parroquia No. 1130, 6° piso, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310, en la Ciudad de México.
SEXTO.- "LA SEP" y "LA AEFCM" resolverán de común acuerdo, cualquier situación de carácter jurídico, operativo, administrativo y contable que se presente, con motivo de la interpretación, ejecución y cumplimiento del presente instrumento.
SÉPTIMO.- El presente acuerdo comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y terminará al momento de concluir el traspaso de recursos financieros, de conformidad con las disposiciones aplicables.
Leído el presente acuerdo y enteradas la SEP y la AEFCM de su contenido y alcance, lo suscriben por sextuplicado en la Ciudad de México, el 15 de mayo de 2018.- Por la SEP: la Oficial Mayor, Irma Adriana Gómez Cavazos.- Rúbrica.- La Directora General de Presupuesto y Recursos Financieros, Mónica Pérez López.- Rúbrica.- El Director General de Educación Superior para Profesionales de la Educación, Mario Alfonso Chávez Campos.- Rúbrica.- Por la AEFCM: el Titular de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, Luis Ignacio Sánchez Gómez.- Rúbrica.