ACUERDO que modifica al diverso por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Economía, el Centro Nacional de Metrología, el Servicio Geológico Mexicano, el Fideicomiso de Fomento Minero, la Procuraduría Federal del Consumidor y ProMéxico.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Servicio Geológico Mexicano.

Con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 y 69-C segundo párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 46 fracciones VI y VII de la Ley General de Mejora Regulatoria; 22 fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 9 de la Ley Minera; 5 fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que el 22 de marzo de 1999 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se aprueban los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, el Centro Nacional de Metrología, el Consejo de Recursos Minerales, el Fideicomiso de Fomento Minero y la Procuraduría Federal del Consumidor, modificado mediante diversos dados a conocer en el mismo órgano informativo y, que por virtud de los mismos, se denomina actualmente Acuerdo por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Economía, el Centro Nacional de Metrología, el Servicio Geológico Mexicano, el Fideicomiso de Fomento Minero, la Procuraduría Federal del Consumidor y ProMéxico.
Que la Secretaría de la Función Pública, a través de la Unidad de Gobierno Digital, ha definido en la Administración Pública Federal, la estandarización en la imagen y diseño de los formatos que utilizan los ciudadanos para presentar trámites ante las dependencias y entidades, permitiendo que se identifiquen de manera clara, independientemente de la institución ante la que se presenten y facilitar con ello su llenado.
Que como parte de las acciones para uniformar las especificaciones de imagen y diseño de los formatos, la Secretaría de Economía mediante reformas al Acuerdo señalado en el primer considerando, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de julio de 2015, 25 de noviembre de 2015, 31 de mayo de 2016, 29 de diciembre de 2016 y 18 de diciembre de 2017, dio a conocer diversos formatos con dicha estandarización e imagen, por lo que los formatos que se actualicen en lo sucesivo, deberán contar con ese diseño.
Que el 5 de enero de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se establece la Estrategia Integral de Mejora Regulatoria del Gobierno Federal y de Simplificación de Trámites y Servicios, en el cual se señala que los Programas de Mejora Regulatoria que establezcan las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, serán el mecanismo mediante el cual se instrumentará la Estrategia y abarcarán, entre sus capítulos, propuestas para reducir y simplificar continuamente el costo de los trámites y servicios que se encuentran registrados en el Registro Federal de Trámites y Servicios.
Que el 3 de febrero de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se establece la Ventanilla Única Nacional para los Trámites e Información del Gobierno, mismo que señala, en su artículo sexto, que las dependencias, entidades y empresas productivas del Estado deberán observar los criterios técnicos, metodologías y demás instrumentos que emita la Unidad de Gobierno Digital, en los que se establecerán las directrices y definiciones necesarias para la implementación, operación y funcionamiento de la Ventanilla Única Nacional, del Catálogo y del Sistema Nacional de Trámites y Servicios.
Que el 4 de junio de 2015 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Disposiciones Generales para la implementación, operación y funcionamiento de la Ventanilla Única Nacional, mediante las cuales se establecen los criterios técnicos, la metodología, las directrices y las definiciones para la implementación y funcionamiento de la Ventanilla, del Catálogo y del Sistema Nacional de Trámites y Servicios.
Que el 23 de mayo de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se reduce el plazo de respuesta de los trámites que se indican, inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios, que aplica la Secretaría de Economía, el cual tiene la finalidad de propiciar una mejora regulatoria integral que simplifique los trámites que enfrentan los individuos y las empresas, tal como la reducción de plazos para obtener la respuesta de la autoridad a los mismos.
Que para implementar la disposición a que se refiere el considerando anterior es necesario que los interesados conozcan los formatos que deberán utilizar y se cumpla con lo dispuesto en la Ley General de Mejora Regulatoria.
Que el Servicio Geológico Mexicano es un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, coordinado sectorialmente por la Secretaría de Economía, cuyo objeto es promover el mejor aprovechamiento de los recursos minerales y generar la información geológica básica de la Nación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley Minera y su titular en su respectivo ámbito de competencia podrá simplificar trámites y servicios mediante acuerdos generales que publique en el Medio de Difusión correspondiente de conformidad con el artículo 84 de la Ley General de Mejora Regulatoria.
Que con el propósito de acrecentar la simplificación administrativa comprometida en el Programa Definitivo de Mejora Regulatoria 2017-2018 de la Secretaría de Economía, es necesario armonizar los trámites y formatos en términos de las disposiciones jurídicas aplicables a cargo de la propia Dependencia y hacerlo del conocimiento de los particulares a fin de brindarles certeza jurídica en sus trámites.
Que en atención a las medidas de racionalidad, optimización de recursos y simplificación del marco normativo interno vigente, el 21 de septiembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo que abroga al diverso mediante el cual se da a conocer el Portal de Servicio Esquema Integral de Información sobre Comercialización de Azúcar, y se establecen las condiciones para su uso, por lo que resulta necesario eliminar los formatos mediante los cuales se realizaban los trámites ante dicho Portal, toda vez que el mismo ya no es operable.
Que la Secretaría de Economía es una Dependencia del Ejecutivo Federal que cumple con la obligación de mejorar la prestación de los bienes y servicios a la población, por lo cual inició las acciones de estandarización de la imagen y diseño de los formatos y de simplificación de trámites y servicios que aplica la misma, así mismo coordinó la relativa al Servicio Geológico Mexicano, organismo público descentralizado de su sector, de acuerdo con las especificaciones definidas por la Unidad de Gobierno Digital y la autoridad de mejora regulatoria, por lo que expedimos el siguiente:
ACUERDO QUE MODIFICA AL DIVERSO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS FORMATOS QUE
DEBERÁN UTILIZARSE PARA REALIZAR TRÁMITES ANTE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA, EL
CENTRO NACIONAL DE METROLOGÍA, EL SERVICIO GEOLÓGICO MEXICANO, EL FIDEICOMISO
DE FOMENTO MINERO, LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR Y ProMéxico
Primero.- Se reforman los puntos 15, 21, 43 y 46 de la fracción II; 1, 7, 9, 10 y 12 de la fracción III; 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de la fracción V; 8 de la fracción VI y 1 de la fracción X, así como el encabezado de las fracciones VI y VIII del artículo 1o. y se derogan los puntos 1, 2 y 3 de la fracción VI del mismo artículo 1o. del Acuerdo por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Economía, el Centro Nacional de Metrología, el Servicio Geológico Mexicano, el Fideicomiso de Fomento Minero, la Procuraduría Federal del Consumidor y ProMéxico, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 1999 y sus diversas modificaciones, para quedar como sigue:
"ARTÍCULO 1o.- ...
I.        ...
II.       ...
1. al 14.        ...
15.     Solicitud de inscripción en el registro de bienes textiles y prendas de vestir no originarios elegibles para recibir trato de preferencia arancelaria. (SE-FO-03-036-A).
16. al 20.      ...
 
21.     Solicitud de certificados de cupo (obtenido por licitación pública) (SE-FO-03-013-6).
22. al 42.      ...
43.     Solicitud del Registro de proveedores de insumos del sector azucarero para empresas IMMEX. (SE-FO-03-019).
44. y 45.       ...
46.     Solicitud de certificado de elegibilidad de bienes textiles y prendas de vestir con el Estado de Israel. (SE-FO-03-041-B).
47. al 63.      ...
III.      ...
1.       Solicitud de registro como Organismo Nacional de Normalización. (SE-FO-04-006).
2. al 6. ...
7.       Solicitud de certificación, a solicitud de parte, de Normas Oficiales Mexicanas de la Secretaría de Economía. (SE-FO-04-005).
8.       ...
9.       Solicitud de número de registro o de refrendo, de contraste, logotipo o signo propio del importador o productor nacional para identificar sus productos de oro, plata, platino o paladio. (SE-FO-04-013).
10.     Solicitud de autorización para el uso de unidades previstas en otros sistemas de unidades. (SE-FO-04-001).
11.     ...
12.     Solicitud de autorización para operar como entidad de acreditación. (SE-FO-04-008).
13. y 14.       ...
IV.      ...
V.       ...
1. al 3. ...
4.       Solicitud de autorización para operar y administrar sistemas de comercialización consistentes en la integración de grupos de consumidores (Sistemas de Autofinanciamiento). (SE-FO-06-019).
5.       Solicitud de modificación a la autorización para operar y administrar sistemas de comercialización consistentes en la integración de grupos de consumidores (Sistemas de Autofinanciamiento). (SE-FO-06-020).
6.       Solicitud de autorización para actuar como tercero especialista o auditor externo en la revisión del funcionamiento de los sistemas de comercialización consistentes en la integración de grupos de consumidores (Sistemas de Autofinanciamiento). (SE-FO-06-023).
7.       Aviso de la decisión de no celebrar en forma temporal nuevas operaciones con los consumidores relativas al contrato de adhesión para los sistemas de comercialización consistentes en la integración de grupos de consumidores (Sistemas de Autofinanciamiento). (SE-FO-06-024).
8.       Aviso de la fecha de conclusión del ciclo del último grupo de consumidores en los sistemas de comercialización consistentes en la integración de grupos de consumidores (Sistemas de Autofinanciamiento). (SE-FO-06-025).
9.       Solicitud de terminación de autorización para operar y administrar sistemas de comercialización consistentes en la integración de grupos de consumidores (Sistemas de Autofinanciamiento). (SE-FO-06-026).
10.     ...
 
VI.      Ante la Dirección General de Industrias Ligeras:
1.       Derogado.
2.       Derogado.
3.       Derogado.
4. al 7. ...
8.       Informe anual de actividades con máquinas para elaborar cápsulas, tabletas y/o comprimidos. (SE-FO-07-005).
VII.     ...
VIII.    Ante la Oficina del Abogado General:
1. y 2. ...
IX.      ...
X.       ...
1.       Solicitud de Constancia de Registro de Título de Habilitación de Corredor Público con efecto de Credencial (SE-FO-09-013)."
Segundo.- Se reforman los formatos a que se refieren los puntos 15, 21, 43, 46 y 56 de la fracción II; 1, 2, 7, 9, 10, 11, 12 y 14 de la fracción III; 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de la fracción V; 8 de la fracción VI; 2 de la fracción VIII; 1 de la fracción X del artículo 1o. y 4 del artículo 3o. del Acuerdo por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Economía, el Centro Nacional de Metrología, el Servicio Geológico Mexicano, el Fideicomiso de Fomento Minero, la Procuraduría Federal del Consumidor y ProMéxico, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 1999 y sus diversas modificaciones, para quedar como se aprecia al final del presente instrumento.
Tercero.- Los formatos a que hace referencia el presente Acuerdo, quedarán a disposición del particular en el portal de internet www.gob.mx de la Ventanilla Única Nacional para los Trámites e Información del Gobierno, los cuales son de libre reproducción, siempre y cuando no se altere su contenido.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- La Dirección General de Comercio Exterior, la Oficina del Abogado General, la Dirección General de Normas, la Dirección General de Innovación, Servicios y Comercio Interior, la Dirección General de Industrias Ligeras y la Dirección General de Normatividad Mercantil de la Secretaría de Economía podrán recibir las solicitudes aún con los formatos anteriores hasta treinta días hábiles posteriores al día siguiente de la entrada en vigor del presente Acuerdo; una vez transcurrido este plazo, únicamente se recibirán solicitudes con los nuevos formatos.
TERCERO.- El Servicio Geológico Mexicano recibirá los formatos anteriores hasta treinta días hábiles, posteriores al día siguiente de la entrada en vigor del presente Acuerdo. Una vez transcurrido este plazo, únicamente se recibirán solicitudes con el nuevo formato.
CUARTO.- Los trámites que se encuentren pendientes de atención a la entrada en vigor del presente Acuerdo, serán resueltos por las unidades administrativas correspondientes de la Secretaría de Economía y del Servicio Geológico Mexicano, conforme a los formatos vigentes al momento de la solicitud.
Ciudad de México, a 26 de noviembre de 2018.- El Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal.- Rúbrica.- El Director General del Servicio Geológico Mexicano, Raúl Cruz Ríos.- Rúbrica.
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

______________________________