DECLARATORIA por la que se establece que el inmueble federal denominado Conexiones Progreso Nacional y Estacionamiento con superficie de 497.18 metros cuadrados, ubicado en calle Río de los Remedios y Calle 17 s/n, Colonia Ampliación Progreso, Delegación (hoy Alcaldía) Gustavo A. Madero, en la Ciudad de México, forma parte del patrimonio de la Federación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SHCP.- Secretaría de Hacienda.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- Folio: No. 013/2018.
DECLARATORIA POR LA QUE SE ESTABLECE QUE EL INMUEBLE FEDERAL DENOMINADO "CONEXIONES PROGRESO NACIONAL Y ESTACIONAMIENTO" CON SUPERFICIE DE 497.18 METROS CUADRADOS, UBICADO EN CALLE RÍO DE LOS REMEDIOS Y CALLE 17 S/N, COLONIA AMPLIACIÓN PROGRESO, DELEGACIÓN (HOY ALCALDÍA) GUSTAVO A. MADERO, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, FORMA PARTE DEL PATRIMONIO DE LA FEDERACIÓN.
ALAN DANIEL CRUZ PORCHINI, Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, 17, 26 y 31 fracción XXIX, XXX y XXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, fracción VII y VIII, 28, fracción IV, 42 fracción III, 48, 55, 99 fracción IV y 101 fracción IV de la Ley General de Bienes Nacionales; Primero; 2°, Apartado D, fracción VI, 6, fracción XXXV y 98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y 1, 3 fracciones VIII, XXVI y XXVIII, 4 fracción I inciso e), 7 fracciones XIV, XVIII, XXIII y XXIV y 11 fracción XI del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y
CONSIDERANDO
1.- Que el inmueble federal denominado "Conexiones Progreso Nacional y Estacionamiento" con superficie de 497.18 metros cuadrados, ubicado en calle Río de los Remedios y Calle 17 s/n Colonia Ampliación Progreso, Delegación (hoy Alcaldía) Gustavo A. Madero en la Ciudad de México, se encuentra bajo la posesión, control y administración a título de dueño del Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Dependencia del Ejecutivo Federal, a través de su órgano desconcentrado Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, desde la formalización del contrato número CD-A 2015 008, de fecha 14 de agosto de 2015, que celebraron por una parte el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, en su carácter de liquidador del extinto organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro (LyFC) en liquidación y el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de la Función Pública por conducto de su entonces órgano desconcentrado Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en el que se consignó la enajenación a título gratuito y cesión de derechos posesorios sobre bienes inmuebles integrantes del patrimonio LyFC en liquidación, estando el inmueble objeto de la presente declaratoria relacionado con el consecutivo número 315 del ANEXO 3 de dicho contrato, documentos ambos inscritos en el Registro Público de la Propiedad Federal, bajo el folio real número 146102.
2.- Que el inmueble objeto de la presente declaratoria se encuentra controlado en el Inventario del Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal, con el Registro Federal Inmobiliario 9-21090-2.
3.- Que dicho inmueble tiene una superficie de 497.18 metros cuadrados, cuya ubicación geográfica, medidas y colindancias se consignan en el plano elaborado a escala 1:100, aprobado y registrado por la Dirección del Registro Público y Control Inmobiliario bajo el número DRPCI-4336-2012-T con fecha 27 de agosto del 2012.
4.- Que con fecha 16 de agosto del 2012 la Dirección del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del D.F., emitió el resultado de Búsqueda por Pantalla con número de entrada P-455173, en el que señala que una vez hecha la búsqueda a través de los sistemas electrónicos con que cuenta esa Institución no se
localizaron antecedentes registrales del inmueble objeto de la presente declaratoria.
5.- Que cumplidos los requisitos legales se dio inicio al procedimiento administrativo de Declaratoria previsto en el artículo 55 de la Ley General de Bienes Nacionales, realizándose al efecto las siguientes diligencias:
Se publicó el aviso de inicio del procedimiento a que se refiere el artículo 55 fracción I de la Ley General de Bienes Nacionales, en el periódico "Reforma" de circulación nacional, el día 28 de noviembre de 2017.
Con fecha 01 de diciembre de 2017 se notificó el inicio del presente procedimiento a la entonces Delegación Gustavo A. Madero de la Ciudad de México, mediante oficio No. DGAPIF/DIDI/2894/2017, de fecha 16 de noviembre de 2017.
Con fechas 13 y 14 de Diciembre de 2017 se realizó la diligencia de notificación del aviso de inicio de procedimiento al propietario o poseedor del predio colindante al inmueble materia de la presente declaratoria, levantándose al efecto el Acta de Notificación por Instructivo correspondiente.
Se publicó el segundo aviso de inicio del procedimiento a que se refiere el artículo 55, fracción II, de la Ley General de Bienes Nacionales, en el periódico "Reforma" de circulación nacional, el día 31 de octubre de 2018.
Glosándose dichas actuaciones al expediente correspondiente, éste quedó a disposición de los interesados en la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
6.- Que habiéndose integrado el expediente correspondiente, sustanciado debidamente el proceso administrativo y transcurridos los plazos que señala el artículo 55 de la Ley General de Bienes Nacionales sin que se presentase oposición de parte legítimamente interesada; es procedente en términos de lo dispuesto por el artículo 56 de la ley en cita, emitir la siguiente:
DECLARATORIA
PRIMERO.- Se declara que el inmueble señalado en los considerandos 1, 2 y 3 de la presente declaratoria, forma parte del patrimonio de la Federación con fundamento en lo dispuesto por el artículo 55 de la Ley General de Bienes Nacionales.
SEGUNDO.- Se declara en términos de lo dispuesto en el inciso h de la fracción IV del artículo 55 de la Ley General de Bienes Nacionales, que la presente Declaratoria constituye el título de propiedad del inmueble a favor del Gobierno Federal.
TERCERO.- Publíquese la presente Declaratoria en el Diario Oficial de la Federación.
CUARTO.- Inscríbase en el Registro Público de la Propiedad que corresponde a la ubicación del inmueble objeto de esta Declaratoria y en el Registro Público de la Propiedad Federal.
QUINTO.- Cúmplase.
TRANSITORIO
ÚNICO.- La presente Declaratoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Sufragio Efectivo, No Reelección.
Ciudad de México, a los cuatro días del mes de diciembre del dos mil dieciocho.- El Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Alan Daniel Cruz Porchini.- Rúbrica.