Estados Unidos Mexicanos
Poder Legislativo Federal
México
Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
"2019, Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata"
EDICTO
 
C. MAURICIO M. AUDIRAC MURILLO
En los autos del procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias DGRRFEM/D/12/2018/14/092, que se sigue ante esta Dirección General de Responsabilidades a los Recursos Federales en Estados y Municipios, con motivo de la falta de solventación del pliego de observaciones número PO0607/16, formulado al Gobierno del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, como resultado de la revisión y fiscalización superior de la Cuenta Pública 2014, dentro del cual ha sido considerado como presunto responsable de los actos u omisiones que se detallan en el oficio citatorio número DGRRFEM-D-6921/18, de fecha 11 de diciembre de 2018 y que consiste en que durante su carácter de Secretario de Finanzas y Planeación del Gobierno del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, autorizó los dictámenes de suficiencia presupuestal para cubrir las prestaciones salariales y sociales del personal de la educación estatal regular con recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas 2014, ocasionando que se realizaran pagos de sueldos y salarios de maestros estatales de la Secretaría de Educación de Veracruz de Ignacio de la Llave, erogaciones de gasto corriente no financiables con el Fondo, por un monto de $944,398,909.00 (NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NUEVE PESOS 00/100 M.N.); en tal virtud de conformidad con lo previsto en el artículo 57, fracción I de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentasde la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 29 de mayo de 2009, en relación con los artículos PRIMERO y CUARTO Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 18 de julio de 2016; y en cumplimiento al acuerdo de fecha 25 de enero de 2019 por desconocerse su domicilio actual, se le notifica por edictos el procedimiento de mérito, con fundamento en los artículos 35, fracción III y 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria a la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, los que se publicarán por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en el territorio nacional, y se le cita para que comparezca personalmente a la audiencia de ley, que se celebrará a las NUEVE horas del SIETE DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE, en las oficinas que ocupa esta Dirección General, ubicadas en la Carretera Picacho Ajusco, 167, Edificio A, Piso 7, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110, Tlalpan, Ciudad de México, poniéndose a la vista en el citado domicilio, en un horario de las 9:00 a las 14:00 horas en días hábiles, las constancias que integran el expediente de referencia, a fin de que manifieste lo que a su derecho convenga en relación al hecho que se le imputa, ofrezca pruebas y formule alegatos en la audiencia a la que podrá asistir acompañado de su abogado o persona de su confianza, apercibido que de no comparecer sin justa causa, se tendrá por cierto el hecho que se le imputa, y por precluído su derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos, y se resolverá con los elementos que obren en el expediente respectivo; asimismo, se le previene a fin de que señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la circunscripción de la Ciudad de México, sede de la Auditoría Superior de la Federación, de lo contrario las que sean necesarias realizar posteriormente, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en lugar visible en esta Dirección General de Responsabilidades a los Recursos Federales en Estados y Municipios de la Auditoría Superior de la Federación, con fundamento en lo establecido por los artículos 306 y 316 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la materia.
 
Ciudad de México, a 5 de febrero de 2019.
 
El Director General
Lic. Aldo Gerardo Martínez Gómez
Rúbrica.
(R.- 477943)