Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Nulidades
Phyto Tech Corp.
Vs.
Productores de KA'A HE'E de México, S.A. de C.V.
M. 1196606 Bestevia
Exped.: P.C. 356/2018(C-137)3840
Folio: 50021
Productores de KA'A HE'E de México, S.A. de C.V.
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
 
Por escrito y anexos presentados en la Oficialía de partes de esta Dirección el día 6 de febrero de 2018, con folio 3840, ENRIQUE ALBERTO DÍAZ MUCHARRAZ, apoderado de PHYTO TECH CORP., solicitóla declaración administrativa de caducidad del registro de marca 1196606 BESTEVIA, propiedad de PRODUCTORES DE KA'A HE'E DE MÉXICO, S.A. DE C.V.
Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la demandada PRODUCTORES DE KA'A HE'E DE MÉXICO, S.A. DE C.V.; el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente en el que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y dentro del mismo término, presente su contestación manifestando lo que a su derecho convenga, apercibida de que, en caso de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la Repúblicay en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 194de la Ley de la Propiedad Industrial.
 
Atentamente
26 de octubre de 2018
La Coordinadora Departamental de Nulidades.
Yolanda Almazán Padilla.
Rúbrica.
(R.- 477976)