CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de Educación Pública y la Universidad Nacional Autónoma de México, en el marco del Programa Nacional de Becas para el desarrollo del proyecto denominado Programa de Becas de Movilidad Internacional Estudiantil SEP-UNAM 2019.
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR FRANCISCO LUCIANO CONCHEIRO BÓRQUEZ, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASISTIDO POR MARTÍN MIRANDA MARTÍNEZ, COORDINADOR NACIONAL DE BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR, Y POR LA OTRA PARTE, LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, EN LO SUCESIVO "LA UNAM", REPRESENTADA POR LEONARDO LOMELÍ VANEGAS, SECRETARIO GENERAL Y ALBERTO KEN OYAMA NAKAGAWA, SECRETARIO DE DESARROLLO INSTITUCIONAL, ASISTIDOS POR FRANCISCO JOSÉ TRIGO TAVERA, COORDINADOR DE RELACIONES Y ASUNTOS INTERNACIONALES Y FEDERICO GUILLERMO FERNÁNDEZ CHRISTLIEB, DIRECTOR GENERAL DE COOPERACIÓN E INTERNACIONALIZACIÓN; DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:
ANTECEDENTES
Primero.- La Ley General de Educación establece que el Estado promoverá y atenderá, directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio, todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación superior, por lo que las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias desarrollarán programas para otorgar becas y demás apoyos económicos a las y los alumnos(as).
Segundo.- Con fecha 6 y 25 de marzo de 2019, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 10/02/19 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, en lo sucesivo "Las Reglas", así como, el ANEXO del Acuerdo número 10/02/19 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el Ejercicio Fiscal 2019.
DECLARACIONES
I.- De "LA SEP":
I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, la cual tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.
I.2.- Que Francisco Luciano Concheiro Bórquez, Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005, y el "Acuerdo número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 25 de enero de 2017.
I.3.- Que cuenta con los recursos financieros necesarios para la celebración del presente convenio, en su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2019, con cargo a la clave presupuestaria: 11 500 2 5 03 00 005 S243 43901 1 1 09.
I.4.- Que para efectos del presente convenio señala como domicilio legal el ubicado en la Calle de República de Brasil No. 31, oficina 306, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06029, en la Ciudad de México.
II.- De "LA UNAM":
II.1.- Que de conformidad con el artículo 1o. de su Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1945, es una corporación pública, organismo descentralizado del Estado, dotada de plena capacidad jurídica y que tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad; así como organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura.
II.2.- Que la representación legal de esta Casa de Estudios recae en su Rector, Enrique Luis Graue Wiechers, según lo dispuesto en los artículos 9o. de su Ley Orgánica y 30 de su Estatuto General, teniendo conforme a la fracción I del artículo 34 del propio Estatuto, facultades para delegarla.
II.3.- Que Leonardo Lomelí Vanegas, Secretario General y Alberto Ken Oyama Nakagawa, Secretario de Desarrollo Institucional, cuentan con las facultades necesarias para suscribir el presente instrumento, de conformidad con el "Acuerdo que delega y distribuye competencias para la suscripción de convenios, contratos y demás instrumentos consensuales en que la Universidad sea parte", publicado en Gaceta UNAM el 5 de septiembre de 2011.
II.4.- Que dentro de su estructura orgánico administrativa se encuentra la Coordinación de Relaciones y Asuntos Internacionales y la Dirección General de Cooperación e Internacionalización, las cuales cuentan con la infraestructura y los recursos necesarios para dar cumplimiento al objeto de este Convenio, cuyos titulares son Francisco José Trigo Tavera y Federico Guillermo Fernández Christlieb.
II.5.- Que para efectos del presente convenio, señala como domicilio legal el ubicado en el 9° piso de la Torre de Rectoría en Ciudad Universitaria, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04510, en la Ciudad de México.
Una vez manifestado lo anterior, con base en los fines y objetivos que conforme a sus respectivos ámbitos de competencia y de su actuación tienen encomendados y atendiendo al interés de ambas partes, han decidido celebrar este convenio de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Es objeto de este convenio, establecer las bases conforme a las cuales "LA SEP", proporcionará apoyo financiero durante el ejercicio fiscal 2019 para el otorgamiento de hasta 518 (quinientas dieciocho) Becas de Movilidad Internacional a los(as) y alumnos(as) que resulten Beneficiarios(as) en el marco del Programa Nacional de Becas, para el desarrollo del proyecto denominado "Programa de Becas de Movilidad Internacional estudiantil SEP-UNAM 2019", en lo sucesivo el "Programa", de acuerdo con lo establecido en el Anexo de Ejecución, el cual firmado por las partes, forma parte integrante del presente instrumento.
SEGUNDA.- "LA SEP", en cumplimiento al objeto de este convenio, se obliga a:
A).- Aportar con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2019, la cantidad de $40,000,000.00 (Cuarenta Millones de Pesos 00/100 M.N.), que será destinada exclusivamente para cubrir el pago de becas de los(as) Beneficiarios(as) del "Programa", consistentes en la entrega de un apoyo económico conforme al "Tabulador de Asignación de Becas" establecido en el Anexo de Ejecución del presente convenio y en la(s) convocatoria(s) que para tal efecto se emita(n).
B).- Coordinarse con "LA UNAM" por conducto de su Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior (CNBES), para establecer un mecanismo de seguimiento y evaluación del "Programa", a efecto de verificar su cumplimiento y objetivos hasta su total conclusión;
C).- Asesorar a "LA UNAM", respecto de lo previsto en "Las Reglas" y brindarle las facilidades que requiera para la realización de las actividades acordadas en este convenio y su Anexo de Ejecución, y
D).- Realizar las demás actividades que acuerde previamente con "LA UNAM", las que le correspondan derivadas de este convenio y su Anexo de Ejecución, así como aquellas aplicables previstas en "Las Reglas".
TERCERA.- Por su parte, "LA UNAM" se obliga a:
A).- Elaborar la(s) convocatoria(s) correspondiente(s) y someterla(s) a la consideración de la CNBES de "LA SEP".
B).- Invitar a los(as) estudiantes que soliciten una beca en los términos del "Programa", a que proporcionen su información general y específica a través del medio electrónico establecido por la CNBES, mediante el llenado de una solicitud de apoyo, el cual contiene preguntas que le permitirán perfilar a todos(as) los(as) solicitantes, logrando contar con la información necesaria para la evaluación de los requisitos solicitados para ser Beneficiario(a) de una beca. Dicha información se capturará a través de la página web que sea determinada para dicho fin por "LA SEP", por conducto de la CNBES;
C).- Entregar por escrito a la CNBES, los informes técnicos parciales detallados que le solicite, referentes a la operación del "Programa", dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores al cierre de cada trimestre, de conformidad con lo establecido en el Anexo de Ejecución del presente convenio;
D).- Entregar por escrito a la CNBES, un informe técnico final detallado referente a la operación del "Programa" dentro de los 15 (quince) días hábiles posteriores al término de vigencia del presente convenio, de conformidad con lo establecido en su Anexo de Ejecución;
E).- Brindar las facilidades necesarias para la revisión de la documentación que se genere en el marco de este convenio como parte de las acciones de fiscalización que realice la Auditoria Superior de la Federación, en términos de lo establecido en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, correspondientes a los recursos federales que destine "LA SEP" al "Programa";
F).- Realizar las demás actividades que le correspondan indicadas en el presente convenio y su Anexo de Ejecución, así como aquellas que acuerde por escrito con "LA SEP", para el mejor cumplimiento del "Programa", y
G).- Cumplir en lo concerniente lo especificado en "Las Reglas".
CUARTA.- Para los efectos de enlace, coordinación, desarrollo, evaluación y seguimiento del objeto de este convenio, así como para conocer y resolver los asuntos derivados de su ejecución, "LA SEP" y "LA UNAM" acuerdan designar como responsables a:
Por "LA SEP": Al Titular de la CNBES.
Por "LA UNAM": A Federico Guillermo Fernández Christlieb, Titular de la Dirección General de Cooperación e Internacionalización.
QUINTA.- "LA UNAM" se obliga a compartir con "LA SEP" los créditos y reconocimientos en la difusión, promoción, publicaciones y resultados que se obtengan con motivo de este convenio, mismo que realizará mediante la inclusión de la siguiente leyenda:
"Programa realizado con financiamiento de la Secretaría de Educación Pública".
SEXTA.- El presente convenio no podrá interpretarse de ninguna manera como sustituto de cualquier tipo de asociación o vínculo de carácter laboral entre las partes, por lo tanto, las relaciones laborales se mantendrán en todos los casos entre la institución contratante y sus respectivos(as) empleados(as) o trabajadores(as), aun en los casos de trabajos realizados conjuntamente y que se desarrollen en las instalaciones o con equipo de cualquiera de las partes.
SÉPTIMA.- Queda expresamente pactado que las partes no tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios que se pudieran causar o derivar en caso de incumplimiento parcial o total de las acciones señaladas en este instrumento como consecuencia del paro de labores académicas o administrativas, caso fortuito o de fuerza mayor, en la inteligencia de que, una vez superados estos eventos, se reanudarán las acciones en la forma y términos que determinen las partes por escrito.
OCTAVA.- Las partes acuerdan que, en la publicidad que adquieran para la difusión y en la papelería y documentación oficial para el "Programa", deberán incluir, claramente visible y audible según corresponda, la siguiente leyenda:
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
NOVENA.- Las partes acuerdan en tratar como confidencial toda la información intercambiada o acordada con motivo del presente instrumento, excepto aquella que deba considerarse pública en términos de las disposiciones jurídicas aplicables en materia de transparencia y acceso a la información pública.
Por lo que se refiere al tratamiento, resguardo y transmisión de datos personales, las partes se comprometen a observar la normativa aplicable en dicha materia. Asimismo, corresponde a "LA UNAM" observar tanto lo dispuesto en el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Universidad Nacional Autónoma de México como en los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en Posesión de la Universidad Nacional Autónoma de México.
DÉCIMA.- La vigencia de este convenio iniciará a partir de la fecha de su firma y concluirá el día 15 de noviembre de 2020, en el entendido de que solo se refiere a la aplicación de recursos públicos federales extraordinarios del ejercicio fiscal 2019, por lo que no compromete recursos de los subsecuentes ejercicios fiscales; podrá ser modificado de común acuerdo entre las partes o concluido con anticipación, previa notificación que por escrito realice cualquiera de las partes con 60 (sesenta) días naturales de anticipación; en este último caso, las partes tomarán las medidas necesarias para evitar perjuicios tanto a ellas como a terceros.
DÉCIMA PRIMERA.- Las partes manifiestan que el presente convenio es producto de la buena fe, por lo que en caso de presentarse alguna duda respecto a su interpretación o incumplimiento, ésta será resuelta de mutuo acuerdo y, en el supuesto de que no se lograra lo anterior, se someterán expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales competentes en la Ciudad de México, renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente, futuro o por cualquier otra causa.
Enteradas las partes del contenido y alcance de este convenio, lo firman en cuatro tantos, en la Ciudad de México, el día 6 de mayo de 2019.- Por la SEP: el Subsecretario de Educación Superior, Francisco Luciano Concheiro Bórquez.- Rúbrica.- El Coordinador Nacional de Becas de Educación Superior, Martín Miranda Martínez.- Rúbrica.- Por la UNAM: el Secretario General, Leonardo Lomelí Vanegas.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Institucional, Alberto Ken Oyama Nakagawa.- Rúbrica.- El Coordinador de Relaciones y Asuntos Internacionales, Francisco José Trigo Tavera.- Rúbrica.- El Director General de Cooperación e Internacionalización, Federico Guillermo Fernández Christlieb.- Rúbrica.
ANEXO DE EJECUCIÓN, QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN, CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, CON FECHA 06 DE MAYO DE 2019.
"LA SEP" proporcionará apoyo financiero por la cantidad de hasta $40,000,000.00 (Cuarenta Millones de Pesos 00/100 M.N.), para que se destine exclusivamente al desarrollo del "Programa" que a continuación se señala:
Título del Programa: "Programa de Becas de Movilidad Internacional estudiantil SEP-UNAM 2019".
Unidad Ejecutora: La Universidad Nacional Autónoma de México.
Responsables del Programa: Federico Guillermo Fernández Christlieb, Titular de la Dirección General de Cooperación e Internacionalización.
Periodo de vigencia del Convenio: De la firma del presente instrumento al 15 de noviembre de 2020.
Periodo de Ejecución del Programa: De la firma del presente instrumento al 31 de julio de 2020.
Objetivo: Otorgar hasta 518 (quinientas dieciocho) Becas de Movilidad Internacional para alumnos regulares de nivel superior de la Universidad Nacional Autónoma de México, de las siguientes áreas:
Actuaría, Administración, Administración Agropecuaria, Administración de Archivos y Gestión Documental, Antropología, Arquitectura, Arquitectura de Paisaje, Arte y Diseño, Artes Visuales, Bibliotecología y Estudios de la Información, Biología, Bioquímica Diagnóstica, Ciencia de Materiales Sustentables, Ciencia Forense, Ciencias Agrogenómicas, Ciencias Ambientales, Ciencias de la Computación, Ciencias de la Comunicación, Ciencias de la Tierra, Ciencias Genómicas, Ciencias Políticas y Administración Pública, Cinematografía, Cirujano Dentista, Comunicación, Comunicación y Periodismo, Contaduría, Derecho, Desarrollo Comunitario para el Envejecimiento, Desarrollo Territorial, Desarrollo y Gestión Interculturales, Diseño Gráfico, Diseño Industrial, Diseño y Comunicación Visual, Ecología, Economía, Economía Industrial, Enfermería, Enfermería y Obstetricia, Enseñanza de (Alemán) (Español) (Francés) (Inglés) (Italiano) como Lengua Extranjera, Enseñanza de Inglés, Estudios Latinoamericanos, Estudios Sociales y Gestión Local, Etnomusicología, Farmacia, Filosofía, Física, Física Biomédica, Fisioterapia, Geociencias, Geografía, Geografía Aplicada, Geohistoria, Historia, Historia del Arte, Informática, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Ambiental, Ingeniería Civil, Ingeniería de Minas y Metalurgia, Ingeniería Eléctrica Electrónica, Ingeniería en Alimentos, Ingeniería en Computación, Ingeniería en Energías Renovables, Ingeniería en Sistemas Biomédicos, Ingeniería en Telecomunicaciones, Ingeniería en Telecomunicaciones, Sistemas y Electrónica, Ingeniería Geofísica, Ingeniería Geológica, Ingeniería Geomática, Ingeniería Industrial, Ingeniería Mecánica, Ingeniería Mecánica Eléctrica, Ingeniería Mecatrónica, Ingeniería Petrolera, Ingeniería Química, Ingeniería Química Metalúrgica, Investigación Biomédica Básica, Lengua y Literaturas Hispánicas, Lengua y Literaturas Modernas (Letras Alemanas, Francesas, Inglesas, Italianas o Portuguesas), Letras Clásicas, Lingüística Aplicada, Literatura Dramática y Teatro, Literatura Intercultural, Manejo Sustentable de Zonas Costeras, Matemáticas, Matemáticas Aplicadas, Matemáticas Aplicadas y Computación, Medicina, Medicina Veterinaria y Zootecnia, Música-Canto, Música-Composición, Música-Educación Musical, Música-Instrumentista, Música-Piano, Música y Tecnología Artística, Nanotecnología, Negocios Internacionales, Neurociencias, Nutriología, Odontología, Optometría, Órtesis y Prótesis, Pedagogía, Planificación para el Desarrollo Agropecuario, Psicología, Química, Química de Alimentos, Química Farmacéutico Biológica, Química Industrial, Relaciones Internacionales, Sociología, Teatro y Actuación, Tecnología, Tecnologías para la Información en Ciencias, Trabajo Social, Traducción, Urbanismo, o áreas afines.
Metas: Que los(as) Beneficiarios(as) realicen estudios complementarios de licenciatura en Instituciones de Educación Superior Extranjeras para fortalecer su formación profesional.
Aspectos operativos:
"LA UNAM" establecerá los mecanismos y procedimientos necesarios a su interior, para difundir y promover de manera oportuna el "Programa", para propiciar el cumplimiento de los requisitos y tiempos que las correspondientes convocatorias estipulen.
En las convocatorias correspondientes que deberán publicarse en la página oficial de la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior (CNBES), además de los requisitos que deberán de cumplir los Beneficiarios(as) de las becas, se especificarán los compromisos que adquiere cada Beneficiario(a)
"LA UNAM" se obliga a comprobar a "LA SEP" mediante constancia oficial, que los aspirantes se encuentran inscritos en la Universidad Nacional Autónoma de México.
"LA UNAM" validará la información y documentación de los aspirantes que sean seleccionados para el otorgamiento de una beca, en los plazos previstos en las convocatorias correspondientes, verificando que cumpla con los requisitos para ser Beneficiarios(as) conforme a "Las Reglas" y que no cuenten con otro apoyo de recursos federales para el mismo objetivo.
"LA UNAM" deberá verificar que los Beneficiarios(as) cumplan con el objeto del "Programa", así como informar oportunamente a "LA SEP", respecto de las actividades que realicen los becarios y las bajas y cancelaciones de beca.
Los Beneficiarios(as) una vez concluido el "Programa", deberán presentar un informe de los logros y beneficios obtenidos, demostrando haber acreditado el curso o asignaturas correspondientes, mediante la constancia que al efecto emita la institución receptora, misma que deberá ser entregada a "LA UNAM".
Descripción de la beca:
La beca consiste en un apoyo financiero que deberá otorgarse a cada Beneficiario(a) mediante trasferencia bancaria vía Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF) a la cuenta con Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) que pertenezca al/a la Beneficiario(a), misma que deberá ser previamente registrada en el Sistema Único de Beneficiarios de Educación Superior (SUBES)", conforme al "Tabulador de Asignación de Becas" contenido en el presente Anexo de Ejecución y en la(s) Convocatoria(s) respectiva(s), por las cantidades que se señalan y conforme al destino de ubicación de la Institución de Educación Superior extranjera receptora de los(as) alumnos(as) beneficiados(as) con estos apoyos:
| "Programa de Becas de Movilidad Internacional estudiantil SEP-UNAM 2019", |
| OBJETIVO ESPECÍFICO | Otorgar hasta 518 (quinientas dieciocho) Becas de Movilidad Internacional a alumnos regulares de la Universidad Nacional Autónoma de México para la realización de estudios complementarios de licenciatura en Instituciones de Educación Superior extranjeras. |
| POBLACIÓN OBJETIVO | Hasta 518 (quinientos dieciocho) alumnos regulares de la Universidad Nacional Autónoma de México, que cursen estudios de licenciatura en las siguientes áreas del conocimiento: Actuaría, Administración, Administración Agropecuaria, Administración de Archivos y Gestión Documental, Antropología, Arquitectura, Arquitectura de Paisaje, Arte y Diseño, Artes Visuales, Bibliotecología y Estudios de la Información, Biología, Bioquímica Diagnóstica, Ciencia de Materiales Sustentables, Ciencia Forense, Ciencias Agrogenómicas, Ciencias Ambientales, Ciencias de la Computación, Ciencias de la Comunicación, Ciencias de la Tierra, Ciencias Genómicas, Ciencias Políticas y Administración Pública, Cinematografía, Cirujano Dentista, Comunicación, Comunicación y Periodismo, Contaduría, Derecho, Desarrollo Comunitario para el Envejecimiento, Desarrollo Territorial, Desarrollo y Gestión Interculturales, Diseño Gráfico, Diseño Industrial, Diseño y Comunicación Visual, Ecología, Economía, Economía Industrial, Enfermería, Enfermería y Obstetricia, Enseñanza de (Alemán) (Español) (Francés) (Inglés) (Italiano) como Lengua Extranjera, Enseñanza de Inglés, Estudios Latinoamericanos, Estudios Sociales y Gestión Local, Etnomusicología, Farmacia, Filosofía, Física, Física Biomédica, Fisioterapia, Geociencias, Geografía, Geografía Aplicada, Geohistoria, Historia, Historia del Arte, Informática, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Ambiental, Ingeniería Civil, Ingeniería de Minas y Metalurgia, Ingeniería Eléctrica Electrónica, Ingeniería en Alimentos, Ingeniería en Computación, Ingeniería en Energías Renovables, Ingeniería en Sistemas Biomédicos, Ingeniería en Telecomunicaciones, Ingeniería en Telecomunicaciones, Sistemas y Electrónica, Ingeniería Geofísica, Ingeniería Geológica, Ingeniería Geomática, Ingeniería Industrial, Ingeniería Mecánica, Ingeniería Mecánica Eléctrica, Ingeniería Mecatrónica, Ingeniería Petrolera, Ingeniería Química, Ingeniería Química Metalúrgica, Investigación Biomédica Básica, Lengua y Literaturas Hispánicas, Lengua y Literaturas Modernas (Letras Alemanas, Francesas, Inglesas, Italianas o Portuguesas), Letras Clásicas, Lingüística Aplicada, Literatura Dramática y Teatro, Literatura Intercultural, Manejo Sustentable de Zonas Costeras, Matemáticas, Matemáticas Aplicadas, Matemáticas Aplicadas y Computación, Medicina, Medicina Veterinaria y Zootecnia, Música-Canto, Música-Composición, Música-Educación Musical, Música-Instrumentista, Música-Piano, Música y Tecnología Artística, Nanotecnología, Negocios Internacionales, Neurociencias, Nutriología, Odontología, Optometría, Órtesis y Prótesis, Pedagogía, Planificación para el Desarrollo Agropecuario, Psicología, Química, Química de Alimentos, Química Farmacéutico Biológica, Química Industrial, Relaciones Internacionales, Sociología, Teatro y Actuación, Tecnología, Tecnologías para la Información en Ciencias, Trabajo Social, Traducción, Urbanismo, o áreas afines. Solamente se aceptarán las propuestas de alumnos presentadas por los titulares de las entidades de "LA UNAM" y sólo la Dirección General de Cooperación e Internacionalización de la Universidad Nacional Autónoma de México podrá presentar las candidaturas. |
| DURACIÓN DE LA MOVILIDAD | 1 semestre, comprendido dentro de los meses de junio de 2019 a julio de 2020. |
| PERIODOS DE LA MOVILIDAD | Primer grupo: Dentro de los meses de junio de 2019 a marzo de 2020 Segundo grupo: Dentro de los meses de diciembre de 2019 a julio de 2020 Nota: Para cursar los estudios, los alumnos (as) recibirán los recursos antes de iniciar su movilidad con cargo al ejercicio fiscal 2019. |
| INSTITUCIONES RECEPTORAS | | Bauhaus Universität Weimar | Alemania | | EBC Hochschule University of Applied Sciences | Alemania | | Europa-Universität Viadrina Frankfurt (Oder) | Alemania | | Evangelische Hochschule Ludwigsburg | Alemania | | Fachhochschule Aachen | Alemania | | Freie Universität Berlin | Alemania | | Friedrich-Alexander-Universität Erlangen-Nürnberg | Alemania | |
| | | Friedrich-Schiller-Universität Jena | Alemania | | Georg-August-Universität Göttingen | Alemania | | Goethe-Universität Frankfurt Am Main | Alemania | | Hochschule Wismar | Alemania | | Humboldt-Universität zu Berlin | Alemania | | Justus-Liebig-Universität Giessen | Alemania | | Karlsruher Institut für Technologie | Alemania | | Köln International School of Design | Alemania | | Leibniz Universität Hannover | Alemania | | Ludwig-Maximilians-Universität München | Alemania | | Staatliche Akademie der Bildenden Künste Stuttgart | Alemania | | Technische Universität Berlin | Alemania | | Technische Universität Braunschweig | Alemania | | Technische Universität München | Alemania | | Universität Augsburg | Alemania | | Universität Stuttgart | Alemania | | Universität Tübingen | Alemania | | Universität Vechta | Alemania | | Universität zu Köln | Alemania | | Universität zu Lübeck | Alemania | | Universität Potsdam | Alemania | | Universidad Católica de Córdoba | Argentina | | Universidad de Buenos Aires | Argentina | | Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales | Argentina | | Universidad de Mendoza | Argentina | | Universidad Nacional de Córdoba | Argentina | |
| | | Universidad Nacional de La Plata | Argentina | | Universidad Nacional de Luján | Argentina | | Universidad Nacional de Mar del Plata | Argentina | | Universidad Nacional de Quilmes | Argentina | | Universidad Nacional de Río Cuarto | Argentina | | Universidad Nacional de Rosario | Argentina | | Universidad Nacional de Salta | Argentina | | Universidad Nacional de San Juan | Argentina | | Universidad Nacional de San Luis | Argentina | | Universidad Nacional de Tucumán | Argentina | | Universidad Nacional de Villa María | Argentina | | Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires | Argentina | | Universidad Nacional del Litoral | Argentina | |
| | | Universidad Nacional del Nordeste | Argentina | | Universidad Nacional del Sur | Argentina | | Australian National University | Australia | | University of Technology Sydney | Australia | | MCI Management Center Innsbruck | Austria | | Universität Wien | Austria | | ICHEC Brussels Management School | Bélgica | | Université de Liège | Bélgica | | Université de Mons | Bélgica | | Université Libre de Bruxelles | Bélgica | | Universiteit Antwerpen | Bélgica | | Vrije Universiteit Brussel | Bélgica | | Universidad Mayor de San Andrés | Bolivia | | Fundação Universidade do Estado de Santa Catarina | Brasil | | Fundação Universidade Regional do Rio Grande do Norte | Brasil | | Pontifícia Universidade Católica do Paraná | Brasil | | Universidade de Fortaleza | Brasil | |
| | | Universidade de São Paulo | Brasil | | Universidade do Estado do Rio de Janeiro | Brasil | | Universidade do Vale do Rio dos Sinos | Brasil | | Universidade Estadual de Campinas | Brasil | | Universidade Estadual de Ponta Grossa | Brasil | | Universidade Estadual Paulista | Brasil | | Universidade Federal da Paraíba | Brasil | | Universidade Federal de Minas Gerais | Brasil | | Universidade Federal do Rio de Janeiro | Brasil | | Universidade Federal do Rio Grande do Sul (UFRGS) | Brasil | | Brock University | Canadá | | Georgian College | Canadá | | Langara College | Canadá | | MacEwan Univerity | Canadá | | McGill University | Canadá | | Mount Royal University | Canadá | | Saint Mary´s University | Canadá | | Selkirk College | Canadá | | Royal Roads University | Canadá | | The University of British Columbia | Canadá | | Université de Montréal | Canadá | |
| | | Université de Sherbrooke | Canadá | | Université du Québec | Canadá | | Université du Québec à Montréal | Canadá | | Université du Québec à Trois-Rivières | Canadá | | Université Laval | Canadá | | University of Alberta | Canadá | | University of Calgary | Canadá | |
| | | University of Regina | Canadá | | University of Saskatchewan | Canadá | | Pontificia Universidad Católica de Chile | Chile | | Pontificia Universidad Católica de Valparaíso | Chile | | Universidad Arturo Prat Iquique | Chile | | Universidad Austral de Chile | Chile | | Universidad de Chile | Chile | | Universidad de Concepción | Chile | | Universidad de la Frontera | Chile | | Universidad de Magallanes | Chile | | Universidad de Santiago de Chile (USACH) | Chile | | Universidad Técnica Federico Santa María | Chile | | Universidad de Valparaíso | Chile | | Beihang University | China | | Beijing Foreign Studies University | China | | Beijing Normal University | China | | Dongguan University of Technology | China | | Fudan University | China | | Guangdong University of Foreign Studies | China | | Hangzhou Dianzi University | China | | Huazhong University of Science and Technology | China | |
| | | MingDao University | China | | Renmin University of China | China | | Shanghai International Studies University | China | | South China University of Technology | China | | The Hong Kong University of Science and Technology | China | | Tongji University | China | | University of International Business and Economics | China | | Xiangtan University | China | | National Taiwan University | Taiwán | | National Taiwan University of Science and Technology | Taiwán | | National Tsing Hua University | Taiwán | |
| | | Corporación Universidad de Investigación y Desarrollo (UDI) | Colombia | | Universidad EAFIT | Colombia | | Pontificia Universidad Javeriana | Colombia | | Universidad de Antioquia | Colombia | | Universidad de Caldas | Colombia | | Universidad de los Andes | Colombia | | Universidad del Rosario | Colombia | | Universidad Libre (UNILIBRE) | Colombia | | Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia | Colombia | | Universidad Nacional de Colombia | Colombia | | Hankuk University of Foreign Studies | Corea del Sur | | Hanyang University | Corea del Sur | | Keimyung University | Corea del Sur | |
| | | Korea University | Corea del Sur | | Seoul National University | Corea del Sur | | Solbridge International School of Business Woosong Educational Foundation | Corea del Sur | | Sungkyunkwan University (SKKU) | Corea del Sur | | University of Ulsan | Corea del Sur | | Yonsei University | Corea del Sur | | Universidad de Costa Rica | República de Costa Rica | | Universidad Nacional de Costa Rica | República de Costa Rica | | Universidad Técnica Nacional | República de Costa Rica | | Aarhus University | Dinamarca | | University of Copenhagen | Dinamarca | | Universidad Central del Ecuador | Ecuador | | Universidad de Guayaquil | Ecuador | | Universidad Autónoma de Madrid | España | | Universidad Carlos III de Madrid | España | | Universidad CEU Cardenal Herrera-Valencia | España | | Universidad CEU San Pablo-Madrid | España | | Universidad Complutense de Madrid | España | | Universidad de Alicante | España | | Universidad de Almería | España | | Universidad de Cádiz | España | | Universidad de Cantabria | España | | Universidad de Castilla La Mancha | España | | Universidad de Córdoba | España | | Universidad de Extremadura | España | | Universidad de Granada | España | |
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| | | Universitat Pompeu Fabra | España | | Universitat Rovira i Virgili | España | | Arizona State University | Estados Unidos de América | | Eastern New Mexico University | Estados Unidos de América | | Lenoir-Rhyne University | Estados Unidos de América | | Lyon College | Estados Unidos de América | | New Mexico State University | Estados Unidos de América | | New York University | Estados Unidos de América | | Northern Arizona University | Estados Unidos de América | | Southwest Texas State University | Estados Unidos de América | | The Texas State University | Estados Unidos de América | |
| | | The University of Arizona | Estados Unidos de América | | The University of Chicago | Estados Unidos de América | | The University of New Mexico | Estados Unidos de América | | The University of Texas at Austin | Estados Unidos de América | | The University of Texas at El Paso | Estados Unidos de América | | The University of Texas at San Antonio | Estados Unidos de América | | The University of Texas Rio Grande Valley | Estados Unidos de América | | University of California | Estados Unidos de América | | University of Delaware | Estados Unidos de América | | University of Houston | Estados Unidos de América | | University of Illinois | Estados Unidos de América | | University of Massachusetts | Estados Unidos de América | | University of Miami | Estados Unidos de América | | University of Nevada-Reno | Estados Unidos de América | | University of North Texas | Estados Unidos de América | | University of Oregon | Estados Unidos de América | | University of Washington | Estados Unidos de América | | West Virginia University | Estados Unidos de América | | Western New Mexico University | Estados Unidos de América | | University of Tartu | Estonia | | Abo Akademi University | Finlandia | | University of Helsinki | Finlandia | | ECAM Lyon | Francia | | École Bleue Paris | Francia | | École Nationale Supérieure d´Architecture de Clermont Ferrand | Francia | | École Nationale Supérieure d´Architecture de Nancy | Francia | |
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| | | École Supérieure de Commerce de La Rochelle | Francia | | Institut d'Etudes Politiques de Paris (Sciences Po) | Francia | | Sciences Po Lille | Francia | | Université Claude Bernard Lyon 1 | Francia | | Université d'Orléans | Francia | | Université de La Rochelle | Francia | | Université de Montpellier | Francia | | Université de Rouen | Francia | | Université Jean Moulin Lyon 3 | Francia | | Université Lumière Lyon 2 | Francia | | Université Panthéon-Sorbonne Paris 1 | Francia | | Université Paris 8 Vincennes Saint-Denis | Francia | | Université Paris Diderot Paris 7 | Francia | | Université Paris-Sud | Francia | | Université Sorbonne Nouvelle Paris 3 | Francia | | Aristotle University of Thessaloniki | Grecia | | National Technical University of Athens | Grecia | | Universidad de San Carlos de Guatemala | Guatemala | |
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| MONTO DE LA BECA | | Tabulador de Asignación de Becas | | Destino | Número de becas | Monto por cada beca | Monto total por las becas | | Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Guatemala, Perú, República Dominicana, Venezuela | 160 | $65,000.00 (Sesenta y Cinco Mil Pesos 00/100 M.N.) | $10´400,000.00 (Diez Millones Cuatrocientos Mil Pesos 00/100 M.N.) | |
| | | Argentina, Costa Rica, Jamaica, Panamá, Uruguay, Lituania, Malasia | 138 | $75,000.00 (Setenta y Cinco Mil Pesos 00/100 M.N.) | $10´350,000.00 (Diez Millones Trescientos Cincuenta Mil Pesos 00/100 M.N.) | | Canadá, Estados Unidos, Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Rusia, Serbia, Suecia, Suiza, Turquía, Ucrania, Australia, China, Taiwán, Corea del Sur, Israel, Japón, Líbano, Sudáfrica | 220 | $87,500.00 (Ochenta y Siete Mil Quinientos Pesos 00/100 M.N.) | $19´250,000.00 (Diecinueve Millones Doscientos Cincuenta Mil Pesos 00/100 M.N.) | Los conceptos y periodos de pago de la beca, serán definidos en la(s) convocatoria(s) correspondiente(s). |
| MONTO TOTAL DEL PROGRAMA | $40´000,000.00 (Cuarenta Millones de Pesos 00/100 M.N.) |
En caso fortuito de que se presentaran eventualidades técnicas en el SUBES por un periodo superior a 48 horas, la CNBES informará el proceso a seguir para continuar con la operación de la beca.
Informe técnico.
La CNBES establece los requisitos técnicos necesarios para la implementación de los proyectos que se acuerden por medio de convenios con el objetivo de apoyar la Educación Superior. Lo anterior en busca de establecer elementos de seguimiento, monitoreo y rendición de cuentas que sean el sustento de buenas prácticas en la entrega de recursos públicos.
Por lo antes mencionado, los Informes Técnicos deben contener lineamientos, metodologías, procedimientos, manuales, formatos y/o convocatorias definidas, mensurables y objetivos con los siguientes datos:
· Nombre del convenio. Éste debe corresponder al estipulado en el documento por medio del cual se suscribe dicho convenio.
· Año de elaboración del convenio. Fecha en que se firma el convenio.
· Nombre del "Programa". Nombre que aparece en el convenio por el cual se suscribe el "Programa".
· Objetivo del "Programa". Se refiere al fin, al objetivo superior a cuyo logro el "Programa" contribuirá de manera significativa. Es necesario que se incluyan los resultados esperados una vez finalizada la ejecución del "Programa".
· Vigencia del "Programa". La duración esperada en que se ejecutará y completará el proyecto suscrito en el convenio.
· Responsables de la operación del "Programa" junto con sus datos de contacto. Aquella persona que queda estipulada en el convenio y a quién se le solicitará información si es que la CNBES la requiere.
· Los procesos operativos que describan completamente los mecanismos de selección o asignación de los recursos, con reglas claras y consistentes con los objetivos del "Programa", para ello deberán integrar la siguiente información:
o Cobertura del "Programa". Alcance territorial del "Programa", utilizando la división política del territorio nacional se deberá especificar a nivel localidad, municipal, estatal o nacional el alcance de aplicación del "Programa".
o Características de los(as) Beneficiarios(as). Se refiere a las características socioeconómicas, profesionales, entre otras que deberán cumplir los(as) postulantes a ser Beneficiarios(as) del "Programa".
o Requisitos de los Beneficiarios(as). Aquellos documentos que deberán presentar los(as) postulantes a los apoyos para comprobar que son parte del grupo de personas que el "Programa" busca beneficiar.
o Criterios de selección de los(as) Beneficiarios(as). Las valoraciones que realizarán los encargados del "Programa" para elegir a los(as) Beneficiarios(as) del mismo. Estás valoraciones o criterios deberán enlistarse y ordenarse de mayor a menor importancia.
o Tipos de apoyo. Especificar la naturaleza de los apoyos que se darán para alcanzar el objeto estipulado en el convenio. Los apoyos pueden ser becas, materiales, cursos entre otros.
o Los mecanismos de entrega de los apoyos. Estipular en forma de procedimiento la operación del "Programa" y la entrega de los apoyos estipulados en el convenio. En este apartado se deberá agregar un diagrama de flujo que ilustre la operación del "Programa", con el fin de transparentar y obtener información organizada del uso de los recursos.
· Informe de resultados del "Programa", que fortalezca la rendición de cuentas y la evaluación de los recursos entregados, por medio del convenio.
· Un padrón de Beneficiarios(as) que contenga las siguientes variables de acuerdo al Decreto de Creación del Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 12 enero de 2006:
o CURP
o Primer apellido del (de la) Beneficiario(a)
o Segundo apellido del (de la) Beneficiario(a)
o Nombre completo del (de la) Beneficiario(a)
o Fecha de nacimiento
o Entidad federativa de nacimiento
o Sexo, o
o Identificación del domicilio geográfico del (de la) Beneficiario(a) con los siguientes datos:
o Clave del estado civil
o Tipo de vialidad (Catálogo INEGI)
o Nombre de la vialidad
o Nombre compuesto de la carretera
o Nombre Compuesto del Camino
o Número exterior 1
o Número exterior 2
o Parte Alfanumérica del Número Exterior
o Tipo del asentamiento humano-Catálogo INEGI
o Nombre del Asentamiento Humano
o Código Postal
o Nombre de la Localidad
o Clave de la Localidad
o Nombre del Municipio o Alcaldía -o equivalente Catálogo INEGI
o Clave del Municipio o Alcaldía-o equivalente Catálogo INEGI
o Nombre de la Entidad Federativa-Catálogo INEGI
o Clave de la Entidad Federativa-Catálogo INEGI
o Tipo de vialidad de la Entidad Federativa-Catálogo INEGI
o Nombre de la primera de las entre vialidades en donde está establecido el domicilio geográfico de interés
o Tipo de vialidad
o Nombre de la segunda de las entre vialidades en donde está establecido el domicilio geográfico de interés
o Tipo de vialidad
· Adicionalmente el padrón de Beneficiarios(as) deberá contener las siguientes variables:
o Si el/la Beneficiario(a) pertenece a una comunidad indígena.
o Si el/la Beneficiario(a) presenta alguna discapacidad motriz, de lenguaje o de aprendizaje.
o Si el/la Beneficiario(a) está inscrito en el padrón de PROSPERA.
o Número de integrantes de la familia nuclear del (la) Beneficiario(a).
o Nivel de ingreso.
· Indicadores para resultados, de gestión, impacto con perspectiva de género, o aquellos que se hayan definido con la CNBES.
· Flujograma de los procesos relacionados con la convocatoria, selección de Beneficiarios(as), dispersión de pagos, comprobación de pagos y los que se hayan acordado con la CNBES.
· Listado (Nombre y Cargo) de los(as) responsables de operar el "Programa".
· Actas de comité, minutas de sesión o cualquier documento del órgano encargado de la operación del "Programa", del que deriven los acuerdos relacionados con los/las Beneficiarios(as).
Enteradas las partes del contenido y alcance de este Anexo de Ejecución lo firman en cuatro tantos en la Ciudad de México, el día 6 de mayo de 2019.- Por la SEP: el Subsecretario de Educación Superior, Francisco Luciano Concheiro Bórquez.- Rúbrica.- El Coordinador Nacional de Becas de Educación Superior, Martín Miranda Martínez.- Rúbrica.- Por la UNAM: el Secretario General, Leonardo Lomelí Vanegas.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Institucional, Alberto Ken Oyama Nakagawa.- Rúbrica.- El Coordinador de Relaciones y Asuntos Internacionales, Francisco José Trigo Tavera.- Rúbrica.- El Director General de Cooperación e Internacionalización, Federico Guillermo Fernández Christlieb.- Rúbrica.