CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de Educación Pública y la Universidad Nacional Autónoma de México, en el marco del Programa Nacional de Becas para el desarrollo del proyecto denominado Programa de Becas de Movilidad Internacional Estudiantil SEP-UNAM 2019.

CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR FRANCISCO LUCIANO CONCHEIRO BÓRQUEZ, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASISTIDO POR MARTÍN MIRANDA MARTÍNEZ, COORDINADOR NACIONAL DE BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR, Y POR LA OTRA PARTE, LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, EN LO SUCESIVO "LA UNAM", REPRESENTADA POR LEONARDO LOMELÍ VANEGAS, SECRETARIO GENERAL Y ALBERTO KEN OYAMA NAKAGAWA, SECRETARIO DE DESARROLLO INSTITUCIONAL, ASISTIDOS POR FRANCISCO JOSÉ TRIGO TAVERA, COORDINADOR DE RELACIONES Y ASUNTOS INTERNACIONALES Y FEDERICO GUILLERMO FERNÁNDEZ CHRISTLIEB, DIRECTOR GENERAL DE COOPERACIÓN E INTERNACIONALIZACIÓN; DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:
ANTECEDENTES
Primero.- La Ley General de Educación establece que el Estado promoverá y atenderá, directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio, todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación superior, por lo que las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias desarrollarán programas para otorgar becas y demás apoyos económicos a las y los alumnos(as).
Segundo.- Con fecha 6 y 25 de marzo de 2019, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 10/02/19 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, en lo sucesivo "Las Reglas", así como, el ANEXO del Acuerdo número 10/02/19 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el Ejercicio Fiscal 2019.
DECLARACIONES
I.- De "LA SEP":
I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, la cual tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.
I.2.- Que Francisco Luciano Concheiro Bórquez, Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005, y el "Acuerdo número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 25 de enero de 2017.
I.3.- Que cuenta con los recursos financieros necesarios para la celebración del presente convenio, en su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2019, con cargo a la clave presupuestaria: 11 500 2 5 03 00 005 S243 43901 1 1 09.
I.4.- Que para efectos del presente convenio señala como domicilio legal el ubicado en la Calle de República de Brasil No. 31, oficina 306, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06029, en la Ciudad de México.
II.- De "LA UNAM":
II.1.- Que de conformidad con el artículo 1o. de su Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1945, es una corporación pública, organismo descentralizado del Estado, dotada de plena capacidad jurídica y que tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad; así como organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura.
II.2.- Que la representación legal de esta Casa de Estudios recae en su Rector, Enrique Luis Graue Wiechers, según lo dispuesto en los artículos 9o. de su Ley Orgánica y 30 de su Estatuto General, teniendo conforme a la fracción I del artículo 34 del propio Estatuto, facultades para delegarla.
II.3.- Que Leonardo Lomelí Vanegas, Secretario General y Alberto Ken Oyama Nakagawa, Secretario de Desarrollo Institucional, cuentan con las facultades necesarias para suscribir el presente instrumento, de conformidad con el "Acuerdo que delega y distribuye competencias para la suscripción de convenios, contratos y demás instrumentos consensuales en que la Universidad sea parte", publicado en Gaceta UNAM el 5 de septiembre de 2011.
II.4.- Que dentro de su estructura orgánico administrativa se encuentra la Coordinación de Relaciones y Asuntos Internacionales y la Dirección General de Cooperación e Internacionalización, las cuales cuentan con la infraestructura y los recursos necesarios para dar cumplimiento al objeto de este Convenio, cuyos titulares son Francisco José Trigo Tavera y Federico Guillermo Fernández Christlieb.
II.5.- Que para efectos del presente convenio, señala como domicilio legal el ubicado en el 9° piso de la Torre de Rectoría en Ciudad Universitaria, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04510, en la Ciudad de México.
Una vez manifestado lo anterior, con base en los fines y objetivos que conforme a sus respectivos ámbitos de competencia y de su actuación tienen encomendados y atendiendo al interés de ambas partes, han decidido celebrar este convenio de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Es objeto de este convenio, establecer las bases conforme a las cuales "LA SEP", proporcionará apoyo financiero durante el ejercicio fiscal 2019 para el otorgamiento de hasta 518 (quinientas dieciocho) Becas de Movilidad Internacional a los(as) y alumnos(as) que resulten Beneficiarios(as) en el marco del Programa Nacional de Becas, para el desarrollo del proyecto denominado "Programa de Becas de Movilidad Internacional estudiantil SEP-UNAM 2019", en lo sucesivo el "Programa", de acuerdo con lo establecido en el Anexo de Ejecución, el cual firmado por las partes, forma parte integrante del presente instrumento.
SEGUNDA.- "LA SEP", en cumplimiento al objeto de este convenio, se obliga a:
A).- Aportar con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2019, la cantidad de $40,000,000.00 (Cuarenta Millones de Pesos 00/100 M.N.), que será destinada exclusivamente para cubrir el pago de becas de los(as) Beneficiarios(as) del "Programa", consistentes en la entrega de un apoyo económico conforme al "Tabulador de Asignación de Becas" establecido en el Anexo de Ejecución del presente convenio y en la(s) convocatoria(s) que para tal efecto se emita(n).
B).- Coordinarse con "LA UNAM" por conducto de su Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior (CNBES), para establecer un mecanismo de seguimiento y evaluación del "Programa", a efecto de verificar su cumplimiento y objetivos hasta su total conclusión;
C).- Asesorar a "LA UNAM", respecto de lo previsto en "Las Reglas" y brindarle las facilidades que requiera para la realización de las actividades acordadas en este convenio y su Anexo de Ejecución, y
D).- Realizar las demás actividades que acuerde previamente con "LA UNAM", las que le correspondan derivadas de este convenio y su Anexo de Ejecución, así como aquellas aplicables previstas en "Las Reglas".
TERCERA.- Por su parte, "LA UNAM" se obliga a:
A).- Elaborar la(s) convocatoria(s) correspondiente(s) y someterla(s) a la consideración de la CNBES de "LA SEP".
B).- Invitar a los(as) estudiantes que soliciten una beca en los términos del "Programa", a que proporcionen su información general y específica a través del medio electrónico establecido por la CNBES, mediante el llenado de una solicitud de apoyo, el cual contiene preguntas que le permitirán perfilar a todos(as) los(as) solicitantes, logrando contar con la información necesaria para la evaluación de los requisitos solicitados para ser Beneficiario(a) de una beca. Dicha información se capturará a través de la página web que sea determinada para dicho fin por "LA SEP", por conducto de la CNBES;
C).- Entregar por escrito a la CNBES, los informes técnicos parciales detallados que le solicite, referentes a la operación del "Programa", dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores al cierre de cada trimestre, de conformidad con lo establecido en el Anexo de Ejecución del presente convenio;
D).- Entregar por escrito a la CNBES, un informe técnico final detallado referente a la operación del "Programa" dentro de los 15 (quince) días hábiles posteriores al término de vigencia del presente convenio, de conformidad con lo establecido en su Anexo de Ejecución;
E).- Brindar las facilidades necesarias para la revisión de la documentación que se genere en el marco de este convenio como parte de las acciones de fiscalización que realice la Auditoria Superior de la Federación, en términos de lo establecido en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, correspondientes a los recursos federales que destine "LA SEP" al "Programa";
F).- Realizar las demás actividades que le correspondan indicadas en el presente convenio y su Anexo de Ejecución, así como aquellas que acuerde por escrito con "LA SEP", para el mejor cumplimiento del "Programa", y
G).- Cumplir en lo concerniente lo especificado en "Las Reglas".
CUARTA.- Para los efectos de enlace, coordinación, desarrollo, evaluación y seguimiento del objeto de este convenio, así como para conocer y resolver los asuntos derivados de su ejecución, "LA SEP" y "LA UNAM" acuerdan designar como responsables a:
Por "LA SEP": Al Titular de la CNBES.
Por "LA UNAM": A Federico Guillermo Fernández Christlieb, Titular de la Dirección General de Cooperación e Internacionalización.
QUINTA.- "LA UNAM" se obliga a compartir con "LA SEP" los créditos y reconocimientos en la difusión, promoción, publicaciones y resultados que se obtengan con motivo de este convenio, mismo que realizará mediante la inclusión de la siguiente leyenda:
"Programa realizado con financiamiento de la Secretaría de Educación Pública".
SEXTA.- El presente convenio no podrá interpretarse de ninguna manera como sustituto de cualquier tipo de asociación o vínculo de carácter laboral entre las partes, por lo tanto, las relaciones laborales se mantendrán en todos los casos entre la institución contratante y sus respectivos(as) empleados(as) o trabajadores(as), aun en los casos de trabajos realizados conjuntamente y que se desarrollen en las instalaciones o con equipo de cualquiera de las partes.
SÉPTIMA.- Queda expresamente pactado que las partes no tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios que se pudieran causar o derivar en caso de incumplimiento parcial o total de las acciones señaladas en este instrumento como consecuencia del paro de labores académicas o administrativas, caso fortuito o de fuerza mayor, en la inteligencia de que, una vez superados estos eventos, se reanudarán las acciones en la forma y términos que determinen las partes por escrito.
OCTAVA.- Las partes acuerdan que, en la publicidad que adquieran para la difusión y en la papelería y documentación oficial para el "Programa", deberán incluir, claramente visible y audible según corresponda, la siguiente leyenda:
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
NOVENA.- Las partes acuerdan en tratar como confidencial toda la información intercambiada o acordada con motivo del presente instrumento, excepto aquella que deba considerarse pública en términos de las disposiciones jurídicas aplicables en materia de transparencia y acceso a la información pública.
Por lo que se refiere al tratamiento, resguardo y transmisión de datos personales, las partes se comprometen a observar la normativa aplicable en dicha materia. Asimismo, corresponde a "LA UNAM" observar tanto lo dispuesto en el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Universidad Nacional Autónoma de México como en los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en Posesión de la Universidad Nacional Autónoma de México.
DÉCIMA.- La vigencia de este convenio iniciará a partir de la fecha de su firma y concluirá el día 15 de noviembre de 2020, en el entendido de que solo se refiere a la aplicación de recursos públicos federales extraordinarios del ejercicio fiscal 2019, por lo que no compromete recursos de los subsecuentes ejercicios fiscales; podrá ser modificado de común acuerdo entre las partes o concluido con anticipación, previa notificación que por escrito realice cualquiera de las partes con 60 (sesenta) días naturales de anticipación; en este último caso, las partes tomarán las medidas necesarias para evitar perjuicios tanto a ellas como a terceros.
DÉCIMA PRIMERA.- Las partes manifiestan que el presente convenio es producto de la buena fe, por lo que en caso de presentarse alguna duda respecto a su interpretación o incumplimiento, ésta será resuelta de mutuo acuerdo y, en el supuesto de que no se lograra lo anterior, se someterán expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales competentes en la Ciudad de México, renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente, futuro o por cualquier otra causa.
Enteradas las partes del contenido y alcance de este convenio, lo firman en cuatro tantos, en la Ciudad de México, el día 6 de mayo de 2019.- Por la SEP: el Subsecretario de Educación Superior, Francisco Luciano Concheiro Bórquez.- Rúbrica.- El Coordinador Nacional de Becas de Educación Superior, Martín Miranda Martínez.- Rúbrica.- Por la UNAM: el Secretario General, Leonardo Lomelí Vanegas.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Institucional, Alberto Ken Oyama Nakagawa.- Rúbrica.- El Coordinador de Relaciones y Asuntos Internacionales, Francisco José Trigo Tavera.- Rúbrica.- El Director General de Cooperación e Internacionalización, Federico Guillermo Fernández Christlieb.- Rúbrica.
 
ANEXO DE EJECUCIÓN, QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN, CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, CON FECHA 06 DE MAYO DE 2019.
"LA SEP" proporcionará apoyo financiero por la cantidad de hasta $40,000,000.00 (Cuarenta Millones de Pesos 00/100 M.N.), para que se destine exclusivamente al desarrollo del "Programa" que a continuación se señala:
Título del Programa: "Programa de Becas de Movilidad Internacional estudiantil SEP-UNAM 2019".
Unidad Ejecutora: La Universidad Nacional Autónoma de México.
Responsables del Programa: Federico Guillermo Fernández Christlieb, Titular de la Dirección General de Cooperación e Internacionalización.
Periodo de vigencia del Convenio: De la firma del presente instrumento al 15 de noviembre de 2020.
Periodo de Ejecución del Programa: De la firma del presente instrumento al 31 de julio de 2020.
Objetivo: Otorgar hasta 518 (quinientas dieciocho) Becas de Movilidad Internacional para alumnos regulares de nivel superior de la Universidad Nacional Autónoma de México, de las siguientes áreas:
Actuaría, Administración, Administración Agropecuaria, Administración de Archivos y Gestión Documental, Antropología, Arquitectura, Arquitectura de Paisaje, Arte y Diseño, Artes Visuales, Bibliotecología y Estudios de la Información, Biología, Bioquímica Diagnóstica, Ciencia de Materiales Sustentables, Ciencia Forense, Ciencias Agrogenómicas, Ciencias Ambientales, Ciencias de la Computación, Ciencias de la Comunicación, Ciencias de la Tierra, Ciencias Genómicas, Ciencias Políticas y Administración Pública, Cinematografía, Cirujano Dentista, Comunicación, Comunicación y Periodismo, Contaduría, Derecho, Desarrollo Comunitario para el Envejecimiento, Desarrollo Territorial, Desarrollo y Gestión Interculturales, Diseño Gráfico, Diseño Industrial, Diseño y Comunicación Visual, Ecología, Economía, Economía Industrial, Enfermería, Enfermería y Obstetricia, Enseñanza de (Alemán) (Español) (Francés) (Inglés) (Italiano) como Lengua Extranjera, Enseñanza de Inglés, Estudios Latinoamericanos, Estudios Sociales y Gestión Local, Etnomusicología, Farmacia, Filosofía, Física, Física Biomédica, Fisioterapia, Geociencias, Geografía, Geografía Aplicada, Geohistoria, Historia, Historia del Arte, Informática, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Ambiental, Ingeniería Civil, Ingeniería de Minas y Metalurgia, Ingeniería Eléctrica Electrónica, Ingeniería en Alimentos, Ingeniería en Computación, Ingeniería en Energías Renovables, Ingeniería en Sistemas Biomédicos, Ingeniería en Telecomunicaciones, Ingeniería en Telecomunicaciones, Sistemas y Electrónica, Ingeniería Geofísica, Ingeniería Geológica, Ingeniería Geomática, Ingeniería Industrial, Ingeniería Mecánica, Ingeniería Mecánica Eléctrica, Ingeniería Mecatrónica, Ingeniería Petrolera, Ingeniería Química, Ingeniería Química Metalúrgica, Investigación Biomédica Básica, Lengua y Literaturas Hispánicas, Lengua y Literaturas Modernas (Letras Alemanas, Francesas, Inglesas, Italianas o Portuguesas), Letras Clásicas, Lingüística Aplicada, Literatura Dramática y Teatro, Literatura Intercultural, Manejo Sustentable de Zonas Costeras, Matemáticas, Matemáticas Aplicadas, Matemáticas Aplicadas y Computación, Medicina, Medicina Veterinaria y Zootecnia, Música-Canto, Música-Composición, Música-Educación Musical, Música-Instrumentista, Música-Piano, Música y Tecnología Artística, Nanotecnología, Negocios Internacionales, Neurociencias, Nutriología, Odontología, Optometría, Órtesis y Prótesis, Pedagogía, Planificación para el Desarrollo Agropecuario, Psicología, Química, Química de Alimentos, Química Farmacéutico Biológica, Química Industrial, Relaciones Internacionales, Sociología, Teatro y Actuación, Tecnología, Tecnologías para la Información en Ciencias, Trabajo Social, Traducción, Urbanismo, o áreas afines.
Metas: Que los(as) Beneficiarios(as) realicen estudios complementarios de licenciatura en Instituciones de Educación Superior Extranjeras para fortalecer su formación profesional.
Aspectos operativos:
"LA UNAM" establecerá los mecanismos y procedimientos necesarios a su interior, para difundir y promover de manera oportuna el "Programa", para propiciar el cumplimiento de los requisitos y tiempos que las correspondientes convocatorias estipulen.
En las convocatorias correspondientes que deberán publicarse en la página oficial de la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior (CNBES), además de los requisitos que deberán de cumplir los Beneficiarios(as) de las becas, se especificarán los compromisos que adquiere cada Beneficiario(a)
"LA UNAM" se obliga a comprobar a "LA SEP" mediante constancia oficial, que los aspirantes se encuentran inscritos en la Universidad Nacional Autónoma de México.
"LA UNAM" validará la información y documentación de los aspirantes que sean seleccionados para el otorgamiento de una beca, en los plazos previstos en las convocatorias correspondientes, verificando que cumpla con los requisitos para ser Beneficiarios(as) conforme a "Las Reglas" y que no cuenten con otro apoyo de recursos federales para el mismo objetivo.
 
"LA UNAM" deberá verificar que los Beneficiarios(as) cumplan con el objeto del "Programa", así como informar oportunamente a "LA SEP", respecto de las actividades que realicen los becarios y las bajas y cancelaciones de beca.
Los Beneficiarios(as) una vez concluido el "Programa", deberán presentar un informe de los logros y beneficios obtenidos, demostrando haber acreditado el curso o asignaturas correspondientes, mediante la constancia que al efecto emita la institución receptora, misma que deberá ser entregada a "LA UNAM".
Descripción de la beca:
La beca consiste en un apoyo financiero que deberá otorgarse a cada Beneficiario(a) mediante trasferencia bancaria vía Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF) a la cuenta con Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) que pertenezca al/a la Beneficiario(a), misma que deberá ser previamente registrada en el Sistema Único de Beneficiarios de Educación Superior (SUBES)", conforme al "Tabulador de Asignación de Becas" contenido en el presente Anexo de Ejecución y en la(s) Convocatoria(s) respectiva(s), por las cantidades que se señalan y conforme al destino de ubicación de la Institución de Educación Superior extranjera receptora de los(as) alumnos(as) beneficiados(as) con estos apoyos:
"Programa de Becas de Movilidad Internacional estudiantil SEP-UNAM 2019",
OBJETIVO
ESPECÍFICO
Otorgar hasta 518 (quinientas dieciocho) Becas de Movilidad Internacional a alumnos regulares de la Universidad Nacional Autónoma de México para la realización de estudios complementarios de licenciatura en Instituciones de Educación Superior extranjeras.
POBLACIÓN
OBJETIVO
Hasta 518 (quinientos dieciocho) alumnos regulares de la Universidad Nacional Autónoma de México, que cursen estudios de licenciatura en las siguientes áreas del conocimiento:
Actuaría, Administración, Administración Agropecuaria, Administración de Archivos y Gestión Documental, Antropología, Arquitectura, Arquitectura de Paisaje, Arte y Diseño, Artes Visuales, Bibliotecología y Estudios de la Información, Biología, Bioquímica Diagnóstica, Ciencia de Materiales Sustentables, Ciencia Forense, Ciencias Agrogenómicas, Ciencias Ambientales, Ciencias de la Computación, Ciencias de la Comunicación, Ciencias de la Tierra, Ciencias Genómicas, Ciencias Políticas y Administración Pública, Cinematografía, Cirujano Dentista, Comunicación, Comunicación y Periodismo, Contaduría, Derecho, Desarrollo Comunitario para el Envejecimiento, Desarrollo Territorial, Desarrollo y Gestión Interculturales, Diseño Gráfico, Diseño Industrial, Diseño y Comunicación Visual, Ecología, Economía, Economía Industrial, Enfermería, Enfermería y Obstetricia, Enseñanza de (Alemán) (Español) (Francés) (Inglés) (Italiano) como Lengua Extranjera, Enseñanza de Inglés, Estudios Latinoamericanos, Estudios Sociales y Gestión Local, Etnomusicología, Farmacia, Filosofía, Física, Física Biomédica, Fisioterapia, Geociencias, Geografía, Geografía Aplicada, Geohistoria, Historia, Historia del Arte, Informática, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Ambiental, Ingeniería Civil, Ingeniería de Minas y Metalurgia, Ingeniería Eléctrica Electrónica, Ingeniería en Alimentos, Ingeniería en Computación, Ingeniería en Energías Renovables, Ingeniería en Sistemas Biomédicos, Ingeniería en Telecomunicaciones, Ingeniería en Telecomunicaciones, Sistemas y Electrónica, Ingeniería Geofísica, Ingeniería Geológica, Ingeniería Geomática, Ingeniería Industrial, Ingeniería Mecánica, Ingeniería Mecánica Eléctrica, Ingeniería Mecatrónica, Ingeniería Petrolera, Ingeniería Química, Ingeniería Química Metalúrgica, Investigación Biomédica Básica, Lengua y Literaturas Hispánicas, Lengua y Literaturas Modernas (Letras Alemanas, Francesas, Inglesas, Italianas o Portuguesas), Letras Clásicas, Lingüística Aplicada, Literatura Dramática y Teatro, Literatura Intercultural, Manejo Sustentable de Zonas Costeras, Matemáticas, Matemáticas Aplicadas, Matemáticas Aplicadas y Computación, Medicina, Medicina Veterinaria y Zootecnia, Música-Canto, Música-Composición, Música-Educación Musical, Música-Instrumentista, Música-Piano, Música y Tecnología Artística, Nanotecnología, Negocios Internacionales, Neurociencias, Nutriología, Odontología, Optometría, Órtesis y Prótesis, Pedagogía, Planificación para el Desarrollo Agropecuario, Psicología, Química, Química de Alimentos, Química Farmacéutico Biológica, Química Industrial, Relaciones Internacionales, Sociología, Teatro y Actuación, Tecnología, Tecnologías para la Información en Ciencias, Trabajo Social, Traducción, Urbanismo, o áreas afines.
Solamente se aceptarán las propuestas de alumnos presentadas por los titulares de las entidades de "LA UNAM" y sólo la Dirección General de Cooperación e Internacionalización de la Universidad Nacional Autónoma de México podrá presentar las candidaturas.
 
DURACIÓN DE LA
MOVILIDAD
1 semestre, comprendido dentro de los meses de junio de 2019 a julio de 2020.
PERIODOS DE LA
MOVILIDAD
Primer grupo: Dentro de los meses de junio de 2019 a marzo de 2020
Segundo grupo: Dentro de los meses de diciembre de 2019 a julio de 2020
Nota: Para cursar los estudios, los alumnos (as) recibirán los recursos antes de iniciar su movilidad con cargo al ejercicio fiscal 2019.
INSTITUCIONES
RECEPTORAS
Bauhaus Universität Weimar
Alemania
EBC Hochschule University of Applied Sciences
Alemania
Europa-Universität Viadrina Frankfurt (Oder)
Alemania
Evangelische Hochschule Ludwigsburg
Alemania
Fachhochschule Aachen
Alemania
Freie Universität Berlin
Alemania
Friedrich-Alexander-Universität Erlangen-Nürnberg
Alemania
Friedrich-Schiller-Universität Jena
Alemania
Georg-August-Universität Göttingen
Alemania
Goethe-Universität Frankfurt Am Main
Alemania
Hochschule Wismar
Alemania
Humboldt-Universität zu Berlin
Alemania
Justus-Liebig-Universität Giessen
Alemania
Karlsruher Institut für Technologie
Alemania
Köln International School of Design
Alemania
Leibniz Universität Hannover
Alemania
Ludwig-Maximilians-Universität München
Alemania
Staatliche Akademie der Bildenden Künste Stuttgart
Alemania
Technische Universität Berlin
Alemania
Technische Universität Braunschweig
Alemania
Technische Universität München
Alemania
Universität Augsburg
Alemania
Universität Stuttgart
Alemania
Universität Tübingen
Alemania
Universität Vechta
Alemania
Universität zu Köln
Alemania
Universität zu Lübeck
Alemania
Universität Potsdam
Alemania
Universidad Católica de Córdoba
Argentina
Universidad de Buenos Aires
Argentina
Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales
Argentina
Universidad de Mendoza
Argentina
Universidad Nacional de Córdoba
Argentina
 
 
 
 
Universidad Nacional de La Plata
Argentina
Universidad Nacional de Luján
Argentina
Universidad Nacional de Mar del Plata
Argentina
Universidad Nacional de Quilmes
Argentina
Universidad Nacional de Río Cuarto
Argentina
Universidad Nacional de Rosario
Argentina
Universidad Nacional de Salta
Argentina
Universidad Nacional de San Juan
Argentina
Universidad Nacional de San Luis
Argentina
Universidad Nacional de Tucumán
Argentina
Universidad Nacional de Villa María
Argentina
Universidad Nacional del Centro de la Provincia de
Buenos Aires
Argentina
Universidad Nacional del Litoral
Argentina
Universidad Nacional del Nordeste
Argentina
Universidad Nacional del Sur
Argentina
Australian National University
Australia
University of Technology Sydney
Australia
MCI Management Center Innsbruck
Austria
Universität Wien
Austria
ICHEC Brussels Management School
Bélgica
Université de Liège
Bélgica
Université de Mons
Bélgica
Université Libre de Bruxelles
Bélgica
Universiteit Antwerpen
Bélgica
Vrije Universiteit Brussel
Bélgica
Universidad Mayor de San Andrés
Bolivia
Fundação Universidade do Estado de Santa
Catarina
Brasil
Fundação Universidade Regional do Rio Grande do
Norte
Brasil
Pontifícia Universidade Católica do Paraná
Brasil
Universidade de Fortaleza
Brasil
 
 
 
Universidade de São Paulo
Brasil
Universidade do Estado do Rio de Janeiro
Brasil
Universidade do Vale do Rio dos Sinos
Brasil
Universidade Estadual de Campinas
Brasil
Universidade Estadual de Ponta Grossa
Brasil
Universidade Estadual Paulista
Brasil
Universidade Federal da Paraíba
Brasil
Universidade Federal de Minas Gerais
Brasil
Universidade Federal do Rio de Janeiro
Brasil
Universidade Federal do Rio Grande do Sul
(UFRGS)
Brasil
Brock University
Canadá
Georgian College
Canadá
Langara College
Canadá
MacEwan Univerity
Canadá
McGill University
Canadá
Mount Royal University
Canadá
Saint Mary´s University
Canadá
Selkirk College
Canadá
Royal Roads University
Canadá
The University of British Columbia
Canadá
Université de Montréal
Canadá
Université de Sherbrooke
Canadá
Université du Québec
Canadá
Université du Québec à Montréal
Canadá
Université du Québec à Trois-Rivières
Canadá
Université Laval
Canadá
University of Alberta
Canadá
University of Calgary
Canadá
 
 
 
University of Regina
Canadá
University of Saskatchewan
Canadá
Pontificia Universidad Católica de Chile
Chile
Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
Chile
Universidad Arturo Prat Iquique
Chile
Universidad Austral de Chile
Chile
Universidad de Chile
Chile
Universidad de Concepción
Chile
Universidad de la Frontera
Chile
Universidad de Magallanes
Chile
Universidad de Santiago de Chile (USACH)
Chile
Universidad Técnica Federico Santa María
Chile
Universidad de Valparaíso
Chile
Beihang University
China
Beijing Foreign Studies University
China
Beijing Normal University
China
Dongguan University of Technology
China
Fudan University
China
Guangdong University of Foreign Studies
China
Hangzhou Dianzi University
China
Huazhong University of Science and Technology
China
 
 
 
MingDao University
China
Renmin University of China
China
Shanghai International Studies University
China
South China University of Technology
China
The Hong Kong University of Science and
Technology
China
Tongji University
China
University of International Business and Economics
China
Xiangtan University
China
National Taiwan University
Taiwán
National Taiwan University of Science and
Technology
Taiwán
National Tsing Hua University
Taiwán
Corporación Universidad de Investigación y
Desarrollo (UDI)
Colombia
Universidad EAFIT
Colombia
Pontificia Universidad Javeriana
Colombia
Universidad de Antioquia
Colombia
Universidad de Caldas
Colombia
Universidad de los Andes
Colombia
Universidad del Rosario
Colombia
Universidad Libre (UNILIBRE)
Colombia
Universidad Pedagógica y Tecnológica de
Colombia
Colombia
Universidad Nacional de Colombia
Colombia
Hankuk University of Foreign Studies
Corea del Sur
Hanyang University
Corea del Sur
Keimyung University
Corea del Sur
 
 
 
Korea University
Corea del Sur
Seoul National University
Corea del Sur
Solbridge International School of Business
Woosong Educational Foundation
Corea del Sur
Sungkyunkwan University (SKKU)
Corea del Sur
University of Ulsan
Corea del Sur
Yonsei University
Corea del Sur
Universidad de Costa Rica
República de Costa Rica
Universidad Nacional de Costa Rica
República de Costa Rica
Universidad Técnica Nacional
República de Costa Rica
Aarhus University
Dinamarca
University of Copenhagen
Dinamarca
Universidad Central del Ecuador
Ecuador
Universidad de Guayaquil
Ecuador
Universidad Autónoma de Madrid
España
Universidad Carlos III de Madrid
España
Universidad CEU Cardenal Herrera-Valencia
España
Universidad CEU San Pablo-Madrid
España
Universidad Complutense de Madrid
España
Universidad de Alicante
España
Universidad de Almería
España
Universidad de Cádiz
España
Universidad de Cantabria
España
Universidad de Castilla La Mancha
España
Universidad de Córdoba
España
Universidad de Extremadura
España
Universidad de Granada
España
Universidad de Huelva
España
Universidad de Jaén
España
Universidad de La Laguna
España
Universidad de Las Palmas de Gran Canaria
España
 
 
 
Universidad de León
España
Universidad de Málaga
España
Universidad de Murcia
España
Universidad de Navarra
España
Universidad de Oviedo
España
Universidad de Salamanca
España
Universidad de Sevilla
España
Universidad de Valladolid
España
Universidad de Vigo
España
Universidad de Zaragoza
España
Universidad del País Vasco / Euskal Herriko
Unibertsitatea
España
Universidad Europea del Atlántico
España
Universidad Internacional Menéndez Pelayo
España
Universidad Politécnica de Madrid
España
Universidad Pública de Navarra
España
Universidade da Coruña
España
Universidade de Santiago de Compostela
España
Universitat Autònoma de Barcelona
España
Universitat de Barcelona
España
Universitat de Lleida
España
Universitat de València
España
Universitat Jaume I
España
Universitat Politècnica de Catalunya Barcelona
Tech
España
Universitat Politècnica de València
España
 
 
 
Universitat Pompeu Fabra
España
Universitat Rovira i Virgili
España
Arizona State University
Estados Unidos de América
Eastern New Mexico University
Estados Unidos de América
Lenoir-Rhyne University
Estados Unidos de América
Lyon College
Estados Unidos de América
New Mexico State University
Estados Unidos de América
New York University
Estados Unidos de América
Northern Arizona University
Estados Unidos de América
Southwest Texas State University
Estados Unidos de América
The Texas State University
Estados Unidos de América
The University of Arizona
Estados Unidos de América
The University of Chicago
Estados Unidos de América
The University of New Mexico
Estados Unidos de América
The University of Texas at Austin
Estados Unidos de América
The University of Texas at El Paso
Estados Unidos de América
The University of Texas at San Antonio
Estados Unidos de América
The University of Texas Rio Grande Valley
Estados Unidos de América
University of California
Estados Unidos de América
University of Delaware
Estados Unidos de América
University of Houston
Estados Unidos de América
University of Illinois
Estados Unidos de América
University of Massachusetts
Estados Unidos de América
University of Miami
Estados Unidos de América
University of Nevada-Reno
Estados Unidos de América
University of North Texas
Estados Unidos de América
University of Oregon
Estados Unidos de América
University of Washington
Estados Unidos de América
West Virginia University
Estados Unidos de América
Western New Mexico University
Estados Unidos de América
University of Tartu
Estonia
Abo Akademi University
Finlandia
University of Helsinki
Finlandia
ECAM Lyon
Francia
École Bleue Paris
Francia
École Nationale Supérieure d´Architecture de
Clermont Ferrand
Francia
École Nationale Supérieure d´Architecture de
Nancy
Francia
 
 
 
École Nationale Supérieure d´Architecture de Saint
Etienne
Francia
École Nationale Supérieure d´Architecture et de
Paysage de Bordeaux
Francia
École Nationale Supérieure d'Architecture Paris
Malaquais
Francia
École Nationale Supérieure d'Architecture Paris
Belleville
Francia
École Nationale Supérieure d'Architecture Paris
La Villette
Francia
École Nationale Supérieure d´Architecture Paris
Val de Seine
Francia
École Nationale Supérieure de Création Industrielle
Les Ateliers Saint Sabin
Francia
École Normale Supérieure de Lyon
Francia
École Supérieure d´Art et Design Grenoble Valence
Francia
École Supérieure de Commerce de La Rochelle
Francia
Institut d'Etudes Politiques de Paris (Sciences Po)
Francia
Sciences Po Lille
Francia
Université Claude Bernard Lyon 1
Francia
Université d'Orléans
Francia
Université de La Rochelle
Francia
Université de Montpellier
Francia
Université de Rouen
Francia
Université Jean Moulin Lyon 3
Francia
Université Lumière Lyon 2
Francia
Université Panthéon-Sorbonne Paris 1
Francia
Université Paris 8 Vincennes Saint-Denis
Francia
Université Paris Diderot Paris 7
Francia
Université Paris-Sud
Francia
Université Sorbonne Nouvelle Paris 3
Francia
Aristotle University of Thessaloniki
Grecia
National Technical University of Athens
Grecia
Universidad de San Carlos de Guatemala
Guatemala
 
 
 
Universidad Rafael Landívar
Guatemala
University of Debrecen
Hungría
Univesity of Iceland
Islandia
Ben-Gurion University of the Negev
Israel
Tel Aviv University
Israel
The Hebrew University of Jerusalem
Israel
National University of Ireland
Irlanda
Link Campus University
Italia
Politecnico di Milano
Italia
Politecnico di Torino
Italia
Università Ca' Foscari Venezia
Italia
Università degli Studi di Ferrara
Italia
Università degli Studi di Firenze
Italia
Università degli Studi di Palermo
Italia
Università degli Studi di Siena
Italia
Università degli Studi di Trieste
Italia
Università degli Studi di Verona
Italia
Università di Bologna
Italia
Università di Padova
Italia
Università di Pisa
Italia
Università Iuav di Venezia
Italia
The University of the West Indies
Jamaica
Aichi Prefectural University
Japón
Aoyama Gakuin University
Japón
Chiba University
Japón
Chuo University
Japón
Hiroshima University
Japón
Kobe University Graduate School of Business
Administration
Japón
Kyoto University
Japón
 
 
 
Kyushu University
Japón
Nagoya University
Japón
Osaka University
Japón
Saitama University
Japón
Sophia University
Japón
The University of Electro-Communications
Japón
The University of Tokyo
Japón
Tokyo University of Foreign Studies
Japón
University of Fukui
Japón
The Holy Spirit University of Kaslik
Líbano
Vilnius University
Lituania
Malaya University
Malasia
Norwegian University of Science and Technology
Noruega
University of Oslo
Noruega
Leiden University
Países Bajos
University of Amsterdam
Países Bajos
University of Groningen
Países Bajos
University of Twente
Países Bajos
Universidad Tecnológica de Panamá
Panamá
Pontificia Universidad Católica del Perú
Perú
Universidad Continental
Perú
Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Perú
Jagiellonian University in Kraków
Polonia
University of Warsaw
Polonia
Pozna University of Technology
Polonia
Universidade de Coimbra
Portugal
Universidade de Lisboa
Portugal
Universidade do Algarve
Portugal
Universidade do Porto
Portugal
Cardiff University
Reino Unido
Durham University
Reino Unido
King's College London
Reino Unido
The University of Edinburgh
Reino Unido
 
 
 
University of Bristol
Reino Unido
University of Essex 
Reino Unido
University of Glasgow
Reino Unido
University of Leicester
Reino Unido
University of Northumbria at Newcastle
Reino Unido
University of Nottingham
Reino Unido
Charles University in Prague
República Checa
Czech Technical University in Prague
República Checa
Masaryk University
República Checa
Universidad Autónoma de Santo Domingo
República Dominicana
Ion Mincu University of Architecture and Urbanism
Rumanía
Peoples' Friendship University of Russia
Rusia
University of Belgrade
Serbia
University of Cape Town
Sudáfrica
University of Johannesburg
Sudáfrica
University of Pretoria
Sudáfrica
University of the Witwatersrand
Sudáfrica
Stockholm University
Suecia
University of Skövde
Suecia
Fachhochschule Nordwestschweiz
Suiza
Universität Bern
Suiza
Université de Genève
Suiza
Istanbul University
Turquía
Sabanci University
Turquía
Taras Shevchenko National University of Kyiv
Ucrania
Universidad Católica de Uruguay
Uruguay
Universidad de la República
Uruguay
Universidad de Montevideo
Uruguay
Universidad de Los Andes
Venezuela
 
 
 
 
MONTO DE LA
BECA
 
Tabulador de Asignación de Becas
Destino
Número
de becas
Monto por cada
beca
Monto total por las becas
Bolivia, Brasil,
Chile, Colombia,
Ecuador,
Guatemala, Perú,
República
Dominicana,
Venezuela
160
$65,000.00
(Sesenta y Cinco
Mil Pesos 00/100
M.N.)
$10´400,000.00
(Diez Millones Cuatrocientos Mil
Pesos 00/100 M.N.)
Argentina,
Costa Rica,
Jamaica, Panamá,
Uruguay, Lituania,
Malasia
138
$75,000.00
(Setenta y Cinco
Mil Pesos 00/100
M.N.)
$10´350,000.00
(Diez Millones Trescientos
Cincuenta Mil Pesos 00/100 M.N.)
Canadá, Estados
Unidos, Alemania,
Austria, Bélgica,
Dinamarca,
España, Estonia,
Finlandia, Francia,
Grecia, Hungría,
Irlanda, Islandia,
Italia, Noruega,
Países Bajos,
Polonia, Portugal,
Reino Unido,
República Checa,
Rumania, Rusia,
Serbia, Suecia,
Suiza, Turquía,
Ucrania, Australia,
China, Taiwán,
Corea del Sur,
Israel, Japón,
Líbano, Sudáfrica
220
$87,500.00
(Ochenta y Siete
Mil Quinientos
Pesos 00/100
M.N.)
$19´250,000.00
(Diecinueve Millones Doscientos
Cincuenta Mil Pesos 00/100 M.N.)
Los conceptos y periodos de pago de la beca, serán definidos en la(s) convocatoria(s) correspondiente(s).
MONTO TOTAL
DEL PROGRAMA
$40´000,000.00 (Cuarenta Millones de Pesos 00/100 M.N.)
 
En caso fortuito de que se presentaran eventualidades técnicas en el SUBES por un periodo superior a 48 horas, la CNBES informará el proceso a seguir para continuar con la operación de la beca.
Informe técnico.
La CNBES establece los requisitos técnicos necesarios para la implementación de los proyectos que se acuerden por medio de convenios con el objetivo de apoyar la Educación Superior. Lo anterior en busca de establecer elementos de seguimiento, monitoreo y rendición de cuentas que sean el sustento de buenas prácticas en la entrega de recursos públicos.
Por lo antes mencionado, los Informes Técnicos deben contener lineamientos, metodologías, procedimientos, manuales, formatos y/o convocatorias definidas, mensurables y objetivos con los siguientes datos:
·   Nombre del convenio. Éste debe corresponder al estipulado en el documento por medio del cual se suscribe dicho convenio.
·   Año de elaboración del convenio. Fecha en que se firma el convenio.
·   Nombre del "Programa". Nombre que aparece en el convenio por el cual se suscribe el "Programa".
·   Objetivo del "Programa". Se refiere al fin, al objetivo superior a cuyo logro el "Programa" contribuirá de manera significativa. Es necesario que se incluyan los resultados esperados una vez finalizada la ejecución del "Programa".
 
·   Vigencia del "Programa". La duración esperada en que se ejecutará y completará el proyecto suscrito en el convenio.
·   Responsables de la operación del "Programa" junto con sus datos de contacto. Aquella persona que queda estipulada en el convenio y a quién se le solicitará información si es que la CNBES la requiere.
·   Los procesos operativos que describan completamente los mecanismos de selección o asignación de los recursos, con reglas claras y consistentes con los objetivos del "Programa", para ello deberán integrar la siguiente información:
o    Cobertura del "Programa". Alcance territorial del "Programa", utilizando la división política del territorio nacional se deberá especificar a nivel localidad, municipal, estatal o nacional el alcance de aplicación del "Programa".
o    Características de los(as) Beneficiarios(as). Se refiere a las características socioeconómicas, profesionales, entre otras que deberán cumplir los(as) postulantes a ser Beneficiarios(as) del "Programa".
o    Requisitos de los Beneficiarios(as). Aquellos documentos que deberán presentar los(as) postulantes a los apoyos para comprobar que son parte del grupo de personas que el "Programa" busca beneficiar.
o    Criterios de selección de los(as) Beneficiarios(as). Las valoraciones que realizarán los encargados del "Programa" para elegir a los(as) Beneficiarios(as) del mismo. Estás valoraciones o criterios deberán enlistarse y ordenarse de mayor a menor importancia.
o    Tipos de apoyo. Especificar la naturaleza de los apoyos que se darán para alcanzar el objeto estipulado en el convenio. Los apoyos pueden ser becas, materiales, cursos entre otros.
o    Los mecanismos de entrega de los apoyos. Estipular en forma de procedimiento la operación del "Programa" y la entrega de los apoyos estipulados en el convenio. En este apartado se deberá agregar un diagrama de flujo que ilustre la operación del "Programa", con el fin de transparentar y obtener información organizada del uso de los recursos.
·   Informe de resultados del "Programa", que fortalezca la rendición de cuentas y la evaluación de los recursos entregados, por medio del convenio.
·   Un padrón de Beneficiarios(as) que contenga las siguientes variables de acuerdo al Decreto de Creación del Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 12 enero de 2006:
o    CURP
o    Primer apellido del (de la) Beneficiario(a)
o    Segundo apellido del (de la) Beneficiario(a)
o    Nombre completo del (de la) Beneficiario(a)
o    Fecha de nacimiento
o    Entidad federativa de nacimiento
o    Sexo, o
o    Identificación del domicilio geográfico del (de la) Beneficiario(a) con los siguientes datos:
o    Clave del estado civil
o    Tipo de vialidad (Catálogo INEGI)
o    Nombre de la vialidad
o    Nombre compuesto de la carretera
o    Nombre Compuesto del Camino
o    Número exterior 1
o    Número exterior 2
 
o    Parte Alfanumérica del Número Exterior
o    Tipo del asentamiento humano-Catálogo INEGI
o    Nombre del Asentamiento Humano
o    Código Postal
o    Nombre de la Localidad
o    Clave de la Localidad
o    Nombre del Municipio o Alcaldía -o equivalente Catálogo INEGI
o    Clave del Municipio o Alcaldía-o equivalente Catálogo INEGI
o    Nombre de la Entidad Federativa-Catálogo INEGI
o    Clave de la Entidad Federativa-Catálogo INEGI
o    Tipo de vialidad de la Entidad Federativa-Catálogo INEGI
o    Nombre de la primera de las entre vialidades en donde está establecido el domicilio geográfico de interés
o    Tipo de vialidad
o    Nombre de la segunda de las entre vialidades en donde está establecido el domicilio geográfico de interés
o    Tipo de vialidad
·   Adicionalmente el padrón de Beneficiarios(as) deberá contener las siguientes variables:
o    Si el/la Beneficiario(a) pertenece a una comunidad indígena.
o    Si el/la Beneficiario(a) presenta alguna discapacidad motriz, de lenguaje o de aprendizaje.
o    Si el/la Beneficiario(a) está inscrito en el padrón de PROSPERA.
o    Número de integrantes de la familia nuclear del (la) Beneficiario(a).
o    Nivel de ingreso.
·   Indicadores para resultados, de gestión, impacto con perspectiva de género, o aquellos que se hayan definido con la CNBES.
·   Flujograma de los procesos relacionados con la convocatoria, selección de Beneficiarios(as), dispersión de pagos, comprobación de pagos y los que se hayan acordado con la CNBES.
·   Listado (Nombre y Cargo) de los(as) responsables de operar el "Programa".
·   Actas de comité, minutas de sesión o cualquier documento del órgano encargado de la operación del "Programa", del que deriven los acuerdos relacionados con los/las Beneficiarios(as).
Enteradas las partes del contenido y alcance de este Anexo de Ejecución lo firman en cuatro tantos en la Ciudad de México, el día 6 de mayo de 2019.- Por la SEP: el Subsecretario de Educación Superior, Francisco Luciano Concheiro Bórquez.- Rúbrica.- El Coordinador Nacional de Becas de Educación Superior, Martín Miranda Martínez.- Rúbrica.- Por la UNAM: el Secretario General, Leonardo Lomelí Vanegas.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Institucional, Alberto Ken Oyama Nakagawa.- Rúbrica.- El Coordinador de Relaciones y Asuntos Internacionales, Francisco José Trigo Tavera.- Rúbrica.- El Director General de Cooperación e Internacionalización, Federico Guillermo Fernández Christlieb.- Rúbrica.