CONVENIO Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Guanajuato.

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", ACTUANDO EN ESTE ACTO LA DRA. ASA EBBA CHRISTINA LAURELL, SUBSECRETARIA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDA POR EL DR. ALEJANDRO MANUEL VARGAS GARCÍA, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES) Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO DE GUANAJUATO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL DR. DANIEL ALBERTO DÍAZ MARTÍNEZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DEL ESTADO DE GUANAJUATO, EN LO SUBSECUENTE "ISAPEG"; EL DR. HÉCTOR SALGADO BANDA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN, Y LA C.P. Y M.F. MARISOL DE LOURDES RUENES TORRES, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIA DE LA TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     Con fecha 27 de agosto de 2012, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de abril de 2013, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con el objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B, de la Ley General de Salud.
II.     De conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda de "EL ACUERDO MARCO", los instrumentos consensuales específicos que las partes suscriban para el desarrollo de las acciones previstas en el mismo, serán formalizados por el Secretario de Finanzas y Administración (hoy Secretario de Finanzas, Inversión y Administración, en atención a que el 18 de septiembre de 2012, mediante decreto número 287, se publicaron en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, reformas a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato, modificando la denominación de la Secretaría de Finanzas y Administración), el Secretario de la Gestión Pública (hoy Secretario de la Transparencia y Rendición de Cuentas, en atención a que el 18 de septiembre de 2012, mediante decreto número 287, se publicaron en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato reformas a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato, cambiando la denominación de la Secretaría de la Gestión Pública) de "LA ENTIDAD", en tanto que por "LA SECRETARIA", lo harán la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud; la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud; la Subsecretaría de Administración y Finanzas; la Comisión Nacional de Protección Social en Salud; la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y la Comisión Nacional contra las Adicciones, por sí mismas, o asistidas por las unidades administrativas y órganos desconcentrados que tienen adscritos, atendiendo al ámbito de competencia de cada uno de ellos
III.    Directrices hacia el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 que plantea en su Directriz 2 "Bienestar social e igualdad", con las líneas de acción:
·  Bienestar prioritariamente para los grupos vulnerables, quienes sufren por carencias, olvido, y abandono; en especial, a los pueblos indígenas de México. Por el bien de todos, primero los pobres.
·  La salud para el bienestar.
A las cuales se encuentra alineado el Programa.
IV.   Con el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica se dará continuidad a la estrategia federal que
inicia en 2007 como Programa Caravanas de la Salud, el cual posteriormente cambia su denominación a Programa Unidades Médicas Móviles, para que a través de transferencias de recursos presupuestarios federales se coadyuva a que las entidades federativas proporcionen la atención primaria en salud en aquellas localidades con menos de 2,500 personas y que se encuentren sin acceso a los servicios de salud por falta de infraestructura física.
V.    El Programa Fortalecimiento a la Atención Médica tiene como misión ser un Programa que coadyuve con las entidades federativas en la prestación de servicios de atención primaria a la salud en las áreas de enfoque potencial identificadas como localidades que no cuentan con servicios de salud por falta de infraestructura física y con una población menor a 2,500 personas.
DECLARACIONES
I. DE "LA SECRETARÍA":
I.1.   La Dra. Asa Ebba Christina Laurell, en su carácter de Subsecretaria de Integración y Desarrollo del Sector Salud, tiene la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 apartado A, fracción I, 8, fracción XVI y 9, fracciones II, IV, VIII, IX y X, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
I.2.   La DGPLADES es una unidad administrativa de la Secretaría de Salud, adscrita a la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, según lo dispuesto por el Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010, cuyo titular el Dr. Alejandro Manuel Vargas García, se encuentra plenamente facultado para asistir en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con lo establecido en los artículos 16, fracción XIII y 25, fracciones I, III, V y VIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
I.3.   El objetivo general del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, es el de contribuir al aseguramiento del acceso efectivo a servicios de salud con calidad mediante el otorgamiento de servicios de atención primaria a la salud a través de unidades médicas móviles, por medio de la transferencia de recursos presupuestarios federales a las entidades federativas, y dentro de sus objetivos específicos, se encuentra como uno de los más importantes, el de contribuir con las entidades federativas para que cuenten con UMM equipadas de conformidad con la tipología correspondiente y su respectivo personal capacitado, conforme a las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el Ejercicio Fiscal 2019, publicadas en el Diario Oficial de la Federación en fecha 27 de febrero de 2019.
I.4.   Cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico.
I.5.   Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración señala como domicilio el ubicado en el número 7 de la Calle de Lieja, Colonia Juárez, Demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06600, en la Ciudad de México.
II. DE "LA ENTIDAD":
II.1.  Que el Secretario de Salud participa en la suscripción del convenio de conformidad con los artículos 80 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 2, 3, 8, 12, 13, fracción V, 17, 27 fracción I, 35, 45, 49, fracción VII, 53 y 54, fracción IV y VIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; 8 y 9 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; así como la cláusula segunda del Acuerdo Marco de Coordinación del 27 de agosto de 2012, acreditando su cargo con copia del nombramiento que le expidió el Lic. Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, el 26 de septiembre de 2018, el cual se acompaña al presente instrumento, para formar parte integrante de su contexto.
 
II.2.  Que el Secretario de Salud es el Director General del "ISAPEG" de conformidad con el artículo 16 del Decreto Gubernativo número 42, mediante el cual se reestructura la organización interna del "ISAPEG", publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato 50-B, novena parte, de fecha 25 de junio de 2001; y cuenta con facultades para suscribir el presente instrumento, con fundamento en los artículos 49, fracción VII y 54, fracciones IV y VIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; 17, fracciones VI, VII y XVII del Decreto Gubernativo número 42, antes citado; 7 fracciones I y VII del Reglamento Interior del "ISAPEG"; así como Acuerdo número JG/220801/03,49, del 22 de agosto de 2001,mediante el cual la Junta de Gobierno autorizó al Director General la suscripción de convenios.
II.3.  Que el "ISAPEG" es un organismo público descentralizado de la Administración Pública estatal con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual cuenta con autonomía para el manejo de sus recursos humanos, materiales y financieros, sectorizado a la Secretaría de Salud del Estado de Guanajuato, según Decreto Gubernativo número 42, citado y de conformidad con lo previsto en los artículos 35 y 45 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; y que tiene por objeto ser el órgano ejecutor en la prestación de servicios de atención integral a la salud individual, familiar y comunitaria de la población abierta, en cumplimiento a lo dispuesto por las Leyes General y Estatal de Salud y sus respectivos reglamentos, y por el Acuerdo de Coordinación para la Descentralización Integral de los Servicios de Salud en la entidad, suscrito el 20 de agosto de 1996 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 1997. Es el órgano responsable de la administración, vigilancia y correcta aplicación de los recursos humanos, materiales y financieros transferidos de la Federación hacia el Estado, así como los asignados por el propio Gobierno Estatal, asegurándose que se destinen al otorgamiento de servicios de salud oportunos y de la más alta calidad posible.
II.4.  Sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son: Otorgar servicios de promoción y prevención de la salud, así como de atención médica y odontológica a la población objetivo del Programa, que se especifican en el Anexo 6 del presente instrumento jurídico.
II.5.  Que el Secretario de Finanzas, Inversión y Administración asiste a la suscripción de este convenio de conformidad con los artículos 80 y 100 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 2, 3, 8, 12, 13, fracción II y 24 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración; así como la cláusula segunda del Acuerdo Marco de Coordinación del 27 de agosto de 2012, acreditando su cargo con copia del nombramiento que le expidió el Lic. Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato el 26 de septiembre de 2018, el cual se acompaña al presente instrumento, para formar parte integrante de su contexto.
II.6.  Que la Secretaria de la Transparencia y Rendición de Cuentas asiste a la suscripción de este instrumento, de conformidad con los artículos 80 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 2, 3, 8, 12, 13 fracción X y 32, fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; 2, 5 y 6, fracciones XI y XXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas; así como la cláusula segunda del Acuerdo Marco de Coordinación de fecha 27 de agosto de 2012, acreditando su cargo con copia del nombramiento que le expidió el Lic. Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, el 11 de octubre de 2018, el cual se acompaña al presente instrumento para formar parte integrante de su contexto.
II.7.  Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración señala como su domicilio el ubicado en Paseo de la Presa 103, Segundo Piso, C.P. 36000, de Guanajuato, Gto.
 
Una vez expuesto lo anterior, y en virtud de que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las Dependencias se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación; que éstos se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables, así como a las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para el ejercicio fiscal correspondiente, y que dichos subsidios y transferencias se sujetarán a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan; "LAS PARTES" celebran el presente Convenio, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio y sus Anexos, que firmados por "LAS PARTES", forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir a "LA ENTIDAD" recursos presupuestarios federales, con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica en el ejercicio fiscal 2019 en los conceptos y con los alcances estipulados en este instrumento jurídico, y de manera específica para realizar los gastos que se deriven de la operación de las unidades médicas móviles de dicho Programa en "LA ENTIDAD", otorgadas mediante los contratos de comodato suscritos en años anteriores entre "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD", así como los correspondientes convenios modificatorios por los que se prorroga la vigencia de éstos a "LA ENTIDAD" para el desarrollo del Programa; de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico, a efecto de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en la ejecución de este Programa.
Para efecto de lo anterior, "LAS PARTES" convienen expresamente en ajustarse a lo estipulado en el "Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el ejercicio fiscal 2019", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2019, y a las estipulaciones de "EL ACUERDO MARCO", cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente Convenio como si a la letra se insertaran, a las del presente Convenio, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUNDA. TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico, "LA SECRETARÍA" transferirá a "LA ENTIDAD", en varias ministraciones, de acuerdo a lo establecido en el Anexo 2 del mismo, un importe de hasta $7'484,848.84 (Siete millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho pesos 84/100 M.N.), que se precisa en el Anexo 1 del presente Convenio.
Los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo anterior, serán transferidos por "LA SECRETARÍA" a "LA ENTIDAD", de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2.
Para tal efecto, "LA ENTIDAD", a través de su Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, procederá a abrir, en forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio, en la institución de crédito bancaria que determine, con la finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Una vez radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, ésta se obliga a ministrarlos íntegramente junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, al Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato "ISAPEG", que tendrá el carácter de Unidad Ejecutora para efectos del presente Convenio. La Unidad Ejecutora, deberá informar a "LA SECRETARIA" a través de la DGPLADES, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a aquél en que concluya el plazo anterior, el monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan sido ministrados. Para tal efecto, "LA SECRETARIA" a través de la DGPLADES, dará aviso a la Unidad Ejecutora de esta transferencia. La Unidad Ejecutora deberá, previamente a la ministración de los recursos por parte de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, abrir una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio.
La no ministración de estos recursos a la Unidad Ejecutora en el plazo establecido en el párrafo cuarto de esta Cláusula, se considerará incumplimiento de este instrumento jurídico y será causa para solicitar el reintegro de los recursos transferidos, así como el de los rendimientos financieros obtenidos, a la Tesorería de la Federación.
La Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, y la Unidad Ejecutora, deberán remitir a "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, la documentación correspondiente a la apertura de las cuentas a que se refiere esta Cláusula, en la que se especifique que el destino final de los recursos es el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
Los recursos presupuestarios federales que se transfieran en los términos de este Convenio Específico de Colaboración no pierden su carácter federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables.
Queda expresamente acordado, que la transferencia presupuestaria otorgada en el presente Convenio, no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al Ejecutivo Federal, para complementar cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.
TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES.- Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, "LAS PARTES" convienen en sujetarse a lo siguiente:
I.     "LA SECRETARÍA" por conducto de la DGPLADES, dentro del marco de sus atribuciones y a través de los mecanismos que esta última implemente para tal fin, verificará a través de la evaluación del cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño a que se refiere la Cláusula Cuarta de este Convenio, que los recursos presupuestarios federales señalados en la Cláusula Segunda, sean destinados únicamente para cubrir el objeto del presente instrumento jurídico, de conformidad con los anexos 3, 8 y 8A, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.
II.     "LA SECRETARÍA" transferirá los recursos presupuestarios federales a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio, absteniéndose de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD", para cumplir con el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, y sin interferir de forma alguna en el procedimiento y mecanismo de supervisión externo que defina "LA ENTIDAD" durante la aplicación de los recursos presupuestarios destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de "LA ENTIDAD".
III.    "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, considerando su disponibilidad de personal y presupuestaria, podrá practicar visitas de supervisión de acuerdo al Modelo de Supervisión Federal Operativa y formatos que se establezcan para este fin, conforme al periodo de visitas determinado en su Anexo 12, a efecto de verificar la correcta operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como el seguimiento del ejercicio de los recursos y la presentación de informes a la DGPLADES, tales como: los informes de avances financieros, los informes de rendimientos financieros generados con motivo de los recursos presupuestarios federales transferidos, conforme al Anexo 10, relaciones de gasto, estados de cuenta bancaria y las conciliaciones bancarias.
En caso de que con motivo de las visitas de supervisión, "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, detecte incumplimientos a los compromisos establecidos a cargo de "LA ENTIDAD", deberá dar vista a las instancias federales y locales competentes, para que procedan conforme a sus atribuciones.
IV.   "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, solicitará a "LA ENTIDAD" la entrega del reporte de indicadores de desempeño de prestación de servicio, así como la certificación de gasto, conforme al
formato que se incluye en el Anexo 4, mediante los cuales se detallan las erogaciones del gasto y por los que "LA ENTIDAD" sustente y fundamente la correcta aplicación de los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente instrumento jurídico. Para los efectos de verificación anteriormente referidos, "LA ENTIDAD" deberá exhibir la documentación soporte (original en su caso) y archivos electrónicos que así lo acrediten.
V.    "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, podrá en todo momento verificar en coordinación con "LA ENTIDAD" la documentación que permita observar el ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", así como sus rendimientos financieros generados y podrá solicitar a esta última los documentos que justifiquen y comprueben el ejercicio de dichos recursos. El ejercicio de los recursos deberá reflejarse en el formato de certificación de gasto, conforme a lo establecido en el Anexo 4 del presente Convenio; la documentación soporte deberá adjuntarse en archivos electrónicos en la plataforma informática correspondiente.
En caso de presentarse la falta de comprobación los recursos presupuestarios federales que le han sido transferidos a la "LA ENTIDAD", "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, podrá en todo momento determinar la suspensión de la ministración de recursos a "LA ENTIDAD".
VI.   Los recursos presupuestarios federales que "LA SECRETARÍA" se compromete a transferir a "LA ENTIDAD", estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca.
CUARTA. OBJETIVOS, METAS E INDICADORES DE DESEMPEÑO.- Los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Convenio, tendrán los objetivos, metas e indicadores del desempeño que a continuación se mencionan:
OBJETIVO: Transferir recursos a "LA ENTIDAD" para contribuir con la prestación de servicios de atención primaria a la salud, de acuerdo con el Catálogo Universal de Servicios de Salud que se detalla en el Anexo 5 del presente instrumento jurídico, en las localidades integradas en el Anexo 6 de este Convenio Específico de Colaboración a través del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, a cargo del Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato "ISAPEG".
META: Atender a las localidades integradas en el Anexo 6 de este Convenio.
INDICADORES DE DESEMPEÑO: En el Anexo 7 se describen los indicadores y las variables a las que se compromete "LA ENTIDAD" que permitirán evaluar el desempeño y el cumplimiento de los compromisos descritos en este instrumento jurídico.
QUINTA. APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales a que alude la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico, se destinarán en forma exclusiva para cubrir algunos conceptos de gasto para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica en el ejercicio fiscal 2019; no podrán destinarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital; se devengarán conforme a lo establecido en el artículo 175, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se registrarán por "LA ENTIDAD" en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal.
Los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios a que se refiere el párrafo anterior, podrán destinarse, previa autorización de "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, al Programa Fortalecimiento a la Atención Médica objeto del presente Convenio, de conformidad con lo estipulado en el Anexo 8 (a excepción de las partidas 12101 y 13202), así como las partidas estipuladas en el Anexo 8A.
"LA ENTIDAD" presentará un informe de los rendimientos financieros y el seguimiento de su ejercicio deberá hacerse mediante el formato de certificación de gasto, conforme a los Anexos 4 y 10.
 
Los remanentes de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", junto con los rendimientos financieros generados, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, al cierre del ejercicio fiscal, en los términos del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, debiendo informarlo a "LA SECRETARÍA" por conducto de la DGPLADES, de manera escrita y con los documentos soportes correspondientes.
SEXTA. GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Los gastos administrativos diferentes a los que se mencionan en el Anexo 8 del presente Convenio, deberán ser realizados por "LA ENTIDAD" con cargo a sus recursos propios.
SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO" y en el presente Convenio, "LA ENTIDAD" se obliga a:
I.        Vigilar el cumplimiento estricto de las disposiciones legales aplicables en el ejercicio del gasto público federal, dando aviso ante las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada al respecto, y conforme a lo establecido en las Reglas de Operación, por conducto del Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato "ISAPEG", como Unidad Ejecutora, responsable ante "LA SECRETARÍA" del adecuado ejercicio y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico.
II.       Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente, de aquélla generada con motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos presupuestarios federales transferidos, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
III.      Aplicar los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, sujetándose a los objetivos, metas e indicadores de desempeño a que se refiere el presente Convenio.
IV.      Remitir por conducto de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración a "LA SECRETARÍA", a través de la DGPLADES, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones que se detallan en el Anexo 2 del presente Convenio, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable. La documentación comprobatoria a que se refiere éste párrafo, deberá remitirse en archivo electrónico con el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
         Así mismo, la Unidad Ejecutora deberá remitir a "LA SECRETARÍA", a través de la DGPLADES, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones realizadas por parte de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable.
V.       Mantener bajo su custodia la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por "LA SECRETARÍA" y, en su caso por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o los órganos fiscalizadores competentes de la Secretaría de la Función Pública, así como la información adicional que estas últimas le requieran.
VI.      Verificar que la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, cumpla con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, entre otros, aquéllos que determinan los artículos 29 y 29-A, del Código Fiscal de la Federación, los que deberán expedirse a nombre de "LA ENTIDAD". Para lo cual, se deberá remitir archivo electrónico CFDI, salvo los casos de excepción establecidos en la legislación y normativa de la materia que así lo establezcan, en cuyo caso se deberán atender las disposiciones especiales para su comprobación. Así mismo, deberá remitir a "LA SECRETARÍA", a través de la
DGPLADES, el archivo electrónico con la verificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
VII.     Reintegrar a la Tesorería de la Federación dentro de los quince (15) días naturales siguientes en que los requiera "LA SECRETARÍA", los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, que después de radicados a la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración de "LA ENTIDAD", no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última, se mantengan ociosos o no sean ejercidos en los términos del presente Convenio.
VIII.    Realizar con recursos propios de "LA ENTIDAD", el aseguramiento de las unidades médicas móviles asignadas en comodato a "LA ENTIDAD" para el desarrollo del Programa. Para el caso de UMM otorgadas en comodato la póliza de aseguramiento respectiva deberá expedirse a favor de la Tesorería de la Federación.
         Dicho aseguramiento deberá comprender, adicionalmente, a los ocupantes y equipamiento de las referidas unidades médicas móviles, con cobertura amplia y para casos de desastres naturales, garantizando que quede cubierto el presente ejercicio fiscal. Dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la contratación del aseguramiento, "LA ENTIDAD" deberá enviar a la DGPLADES, copia de las pólizas, conforme a los lineamientos que se emitan por "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES.
IX.      Realizar las acciones necesarias para el mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades médicas móviles. "LA ENTIDAD" deberá remitir trimestralmente, a la DGPLADES, dentro de los quince (15) días naturales siguientes al trimestre que se reporte, el informe correspondiente que acredite el mantenimiento preventivo y correctivo de dichas unidades, resguardando la documentación comprobatoria.
X.       Realizar con recursos propios de la "LA ENTIDAD", el pago de emplacamiento (placas de circulación), tenencia y/o derechos federales o locales que correspondan a las unidades médicas móviles.
XI.      Brindar las facilidades para que "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES pueda verificar, el cumplimiento de las rutas aprobadas.
XII.     Informar de manera trimestral a "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, por conducto de la Unidad Ejecutora, dentro de los quince (15) primeros días siguientes al trimestre que se reporta, utilizando las plataformas electrónicas desarrolladas para tal fin, la aplicación y comprobación de los recursos transferidos, los rendimientos financieros, con base en los avances financieros, relaciones de gasto, estados de cuenta bancarios y conciliaciones bancarias, respecto de los recursos presupuestarios federales transferidos con motivo de este instrumento jurídico, conforme a los Anexos 4 y 10 del presente Convenio. (Adjuntando en archivos electrónicos la documentación soporte correspondiente).
XIII.    Estampar en la documentación comprobatoria, el sello con la leyenda "Operado con recursos presupuestarios federales, para el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica del Ejercicio Fiscal 2019".
XIV.    Reportar y dar seguimiento trimestralmente, por conducto de la Unidad Ejecutora, dentro de los quince (15) primeros días de los meses de abril, julio y octubre correspondientes al ejercicio 2019 y enero del siguiente año, el avance en el cumplimiento de indicadores de desempeño y el resultado de las acciones que lleve a cabo, de conformidad con este instrumento jurídico.
XV.     El Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato "ISAPEG", realizará los trámites para la contratación del personal que se requiera para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica y/o para el cumplimiento del objeto de este instrumento jurídico, durante el
ejercicio fiscal 2019, conforme a los requisitos establecidos en las Reglas de Operación del Programa y de conformidad con el Anexo 9 del presente Convenio Específico de Colaboración.
XVI.    El Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato "ISAPEG", deberá informar a "LA SECRETARÍA" sobre el cierre del ejercicio presupuestario de los recursos federales asignados a "LA ENTIDAD" para la operación del Programa, mediante el formato descrito en el Anexo 11, incluyendo como documentación soporte los estados de cuenta, conciliaciones bancarias y cancelación de las cuentas abiertas por ambas instancias. Dicho informe será entregado a la DGPLADES dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal vigente.
XVII.   Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos, con base en los resultados y supervisiones realizadas.
XVIII.  Informar sobre la suscripción de este Convenio, a la Auditoría Superior de "LA ENTIDAD", por conducto del Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato "ISAPEG".
XIX.    Realizar las gestiones para la publicación del presente instrumento jurídico en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato de "LA ENTIDAD", así como en su página de internet, por conducto de la Secretaria de Salud y/o el Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato "ISAPEG".
XX.     Realizar las acciones necesarias para la promoción de la Contraloría Social del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica con base en los documentos de Contraloría Social que la Secretaría de la Función Pública autorice, así como en las Reglas de Operación del Programa y en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social.
Al efecto, los mecanismos y acciones para impulsar y apoyar la implementación de la Contraloría Social que se utilizarán son:
a.     Difusión.- Instancia Normativa y "LA ENTIDAD";
b.    Capacitación y asesoría a servidores públicos - Instancia Normativa y "LA ENTIDAD";
c.     Capacitación a integrantes de Comités "LA ENTIDAD"; y
d.    Recopilación de Informes y Atención a quejas y denuncias.- "LA ENTIDAD".
OCTAVA. OBLIGACIONES DE "LA SECRETARÍA".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO", "LA SECRETARÍA" se obliga a:
I.        Transferir a "LA ENTIDAD" a través de la DGPLADES, con el carácter de subsidios, los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente Convenio, de acuerdo con los plazos y calendario establecidos en su Anexo 2.
II.       Verificar, a través de la DGPLADES, que los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto del mismo, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y/o de "LA ENTIDAD".
III.      Practicar periódicamente a través de la DGPLADES, dependiendo de su disponibilidad de personal y presupuestaria, visitas de supervisión de acuerdo al Programa que para tal efecto se establezca con "LA ENTIDAD", conforme al formato de visitas establecido en su Anexo 12, con el propósito de verificar el uso adecuado de los recursos y el estado general que guarden los bienes dados en comodato.
IV.      Solicitar a "LA ENTIDAD", a través de la DGPLADES, dentro de los quince (15) primeros días de los meses de abril, julio y octubre correspondientes al ejercicio 2019 y enero del siguiente año, el avance en el cumplimiento de indicadores de desempeño (Anexo 7) y el resultado de las acciones
que lleve a cabo, de conformidad con este instrumento jurídico.
V.       Dar seguimiento al ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos y rendimientos financieros, con base en lo reportado en el Anexo 10, así como en el Anexo 4.
VI.      Solicitar la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales transferidos, que "LA ENTIDAD" debe presentar a "LA SECRETARÍA", en términos de lo estipulado en el presente Convenio.
VII.     Suspender o cancelar las ministraciones subsecuentes de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, cuando aquéllos que se hayan transferido no sean comprobados o reintegrados a la Tesorería de la Federación.
VIII.    Presentar el Informe de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio.
IX.      Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico.
X.       Realizar, en el ámbito de su competencia, a través de la DGPLADES, la verificación y seguimiento de los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento serán ministrados a "LA ENTIDAD", de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal.
XI.      Verificar a través de la DGPLADES, de manera aleatoria, que las unidades médicas móviles estén cubriendo la totalidad de rutas previamente planeadas y avaladas, así como prestando los servicios establecidos en las Reglas de Operación.
XII.     Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación.
XIII.    Difundir en la página de internet de la DGPLADES, el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica y los recursos presupuestarios federales transferidos mediante el presente instrumento jurídico, en los términos de las disposiciones aplicables.
XIV.    Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos.
NOVENA. ACCIONES DE VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO.- La verificación y seguimiento al ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos por "LA SECRETARÍA" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente instrumento jurídico, corresponderá a "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, en los términos de las disposiciones aplicables y estipulaciones del presente Convenio.
Cuando los servidores públicos que participen en la ejecución del presente Convenio detecten que los recursos presupuestarios federales transferidos han permanecido ociosos o han sido utilizados para fines distintos a los que se señalan en el presente Convenio, deberán hacerlo del conocimiento, en forma inmediata, de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.
DÉCIMA. RELACIÓN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquélla que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación, demanda o sanción, que su personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
 
DÉCIMA PRIMERA. VIGENCIA.- El presente Convenio surtirá sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2019.
DÉCIMA SEGUNDA. MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECÍFICO.- "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato de "LA ENTIDAD".
En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente.
DÉCIMA TERCERA. CAUSAS DE TERMINACIÓN.- El presente Convenio podrá darse por terminado de manera anticipada por las causas que señala "EL ACUERDO MARCO".
DÉCIMA CUARTA. CAUSAS DE RESCISIÓN.- El presente Convenio podrá rescindirse administrativamente, por las causas que señala "EL ACUERDO MARCO".
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, lo firman por cuadruplicado, en la Ciudad de México, al primer día del mes de marzo de dos mil diecinueve.- Por la Secretaría: la Subsecretaria de Integración y Desarrollo del Sector Salud, Asa Ebba Christina Laurell.- Rúbrica.- El Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Alejandro Manuel Vargas García.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato, Daniel Alberto Díaz Martínez.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Inversión y Administración, Héctor Salgado Banda.- Rúbrica.- La Secretaria de la Transparencia y Rendición de Cuentas, Marisol de Lourdes Ruenes Torres.- Rúbrica.
ANEXO 1 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS
 
CAPÍTULO DE GASTO
APORTACIÓN
FEDERAL
APORTACIÓN
ESTATAL
TOTAL 2019
4000 "Transferencias, Asignaciones, Subsidios y
Otras Ayudas"
$7,484,848.84
$ -
$7,484,848.84
TOTAL
$7,484,848.84
$ -
$7,484,848.84
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7'484,848.84 (Siete millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho pesos 84/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Guanajuato, por conducto de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, la Secretaría de Salud e Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato y la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 2 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
 
CALENDARIO DE MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES
 
CONCEPTO
PERIODO: 1 ENE
- 30 ABR
PERIODO: 1
MAY - 31 AGO
PERIODO: 1
SEPT - 31 DIC
TOTAL 2019
4000 "Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas"
43801 "Subsidios a las Entidades
Federativas y Municipios.
$2,215,464.64
$2,267,964.64
$3,001,419.56
$7,484,848.84
TOTAL ACUMULADO
$2,215,464.64
$4,483,429.28
$7,484,848.84
$7,484,848.84
 
"La Secretaría" podrá suspender la transferencia de los recursos presupuestarios federales, con carácter de subsidios para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, en caso de presentarse incumplimiento en la comprobación de los recursos transferidos a "La Entidad" mediante el presente instrumento.
La comprobación de los recursos deberá de realizarse dentro de los primeros 15 días hábiles siguientes al término del trimestre correspondiente.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7'484,848.84 (Siete millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho pesos 84/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Guanajuato, por conducto de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, la Secretaría de Salud e Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato y la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 3 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CAPÍTULO, CONCEPTO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA
 
GASTOS DE OPERACIÓN ANUALES PARA 11 UMM
TOTAL 2019
1000 "SERVICIOS PERSONALES"
$7,334,548.84
1ERA. RADICACIÓN - 12101
$2,165,364.64
2DA. RADICACIÓN - 12101
$2,217,864.64
3ERA. RADICACIÓN - 12101
$2,217,864.64
3ERA. RADICACIÓN - 13202 (*)
$733,454.92
3700 "SERVICIOS DE TRASLADOS Y VIÁTICOS" (**)
$150,300.00
1ERA. RADICACIÓN
$50,100.00
2DA. RADICACIÓN
$50,100.00
3ERA. RADICACIÓN
$50,100.00
TOTAL
$7,484,848.84
 
* La asignación presupuestal correspondiente a la parte proporcional de gratificación de fin de año, se encuentra programada para ministrarse en el último cuatrimestre del año.
** En caso de que personal del FAM en la entidad federativa, realice comisiones oficiales vía terrestre, en las cuales genere gastos por concepto de peaje podrá comprobar el gasto en la partida 39202.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7'484,848.84 (Siete millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho pesos 84/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de
Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Guanajuato, por conducto de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, la Secretaría de Salud e Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato y la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas.
 

 
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL ANEXO 4
FORMATO DE CERTIFICACIÓN DE GASTO 2019 PARA "GASTOS DE OPERACIÓN"
 
    INSTRUCTIVO
 
Se deberá anotar lo siguiente:
1
Entidad Federativa.
2
Monto por concepto de gasto
3
Concepto de Gasto de Aplicación
4
Nombre del Concepto de Gasto
5
Fecha de elaboración del certificado
6
Partida Específica de gasto
7
Número del Comprobante Fiscal Digital por Internet(CFDI)
8
Póliza Cheque y/o Transferencia Electrónica del pago efectuado
9
Fecha de la Póliza de Cheque y/o Transferencia Electrónica
10
Siglas de la modalidad de adquisición (conforme a la LAASSP)
11
Especificar si es contrato o pedido
12
Proveedor o Prestador de Servicios
13
Importe neto del CFDI (incluye IVA) y/o ISR.
14
Observaciones Generales
15
Total del gasto efectuado.
16
Nombre del Responsable de elaborar la comprobación.
17
Cargo del Responsable de elaborar la comprobación.
18
Nombre del Director de Administración de los Servicios de Salud o equivalente.
19
Secretario de Salud o Director de los Servicios de Salud de la entidad (o su equivalente).
20
Mes en que se reporta
NOTA:   ES IMPORTANTE MENCIONAR QUE DEBERÁ EMITIRSE UN FORMATO DE CERTIFICACIÓN DE GASTO POR CADA CONCEPTO DE GASTO COMPROBADO (EJERCIDO), ASÍ COMO PARA EL CASO DE LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS, DE ACUERDO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS ASIGNADOS A LA ENTIDAD FEDERATIVA.
LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA DEL GASTO DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES OBJETO DE ESTE CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, DEBERÁ CUMPLIR CON LOS REQUISITOS FISCALES ESTABLECIDOS EN LAS DISPOSICIONES FEDERALES APLICABLES, COMO SON ENTRE OTROS LOS DISPUESTOS POR LOS ARTÍCULOS 29 Y 29-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, LOS CUALES DEBERÁN EXPEDIRSE A NOMBRE DE "LA ENTIDAD" (SEGÚN CORRESPONDA), ESTABLECIENDO DOMICILIO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC), CONCEPTOS DE PAGO, ETC., PARA LO CUAL DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRÓNICO DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFDI), SALVO LOS CASOS DE EXCEPCIÓN ESTABLECIDOS EN LA LEGISLACIÓN Y NORMATIVA DE LA MATERIA QUE ASÍ LO ESTABLEZCA, EN CUYO CASO SE DEBERÁN ATENDER LAS DISPOSICIONES ESPECIALES PARA SU COMPROBACIÓN. ASIMISMO, DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRÓNICO CON LA VERIFICACIÓN DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET, EMITIDO POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT).
POR OTRA PARTE DAR CUMPLIMIENTO A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 66 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7'484,848.84 (Siete millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho pesos 84/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Guanajuato, por conducto de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, la Secretaría de Salud e Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato y la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 5 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
INTERVENCIONES DEL CAUSES 2018 POR CONGLOMERADOS
 
NUM.
CAUSES
NUM.
FAM
INTERVENCIÓN
PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN EN SALUD
1
1
Vacunación contra tuberculosis (B.C.G)
2
2
Vacunación contra hepatitis b (HB)
3
3
Administración de vacuna pentavalente (DPT, HB, HIB)
4
4
Vacunación contra rotavirus
5
5
Vacunación contra neumococo conjugado
6
6
Vacunación profiláctica contra influenza (gripe estacional)
7
7
Vacunación contra sarampión, parotiditis y rubéola (SRP)
8
8
Vacunación contra difteria, tosferina y tétanos (DPT)
9
9
Vacunación contra poliomielitis (SABIN)
10
10
Vacunación contra el virus del papiloma humano (VPH)
11
11
Vacunación contra sarampión y rubeola (SR)
12
12
Vacunación contra tétanos y difteria (TD)
13
13
Vacunación contra tétanos, difteria y pertussis acelular (TDPA) en el embarazo
14
14
Vacunación contra el neumococo para el adulto mayor
 
15
15
Prevención y tamizaje en el recién nacido
16
16
Prevención y tamizaje en menores de 5 años
17
17
Prevención y tamizaje en niñas y niños de 5 a 9 años
18
18
Prevención y tamizaje en adolescentes de 10 a 19 años
19
19
Prevención y tamizaje en mujeres de 20 a 59 años
20
20
Prevención y tamizaje en hombres de 20 a 59 años
21
21
Prevención y tamizaje en adultos mayores (60 años en adelante)
22
22
Detección precoz de los trastornos de la conducta alimentaria
23
23
Prevención y atención a violencia familiar y de género
24
24
Otras acciones de promoción a la salud y prevención de riesgos
25
25
Prevención de caries dental
26
26
Consejo y asesorías sobre el uso del condón
27
27
Detección temprana de adicciones (consejería)
CONSULTA DE MEDICINA GENERAL Y DE ESPECIALIDAD, INCLUYE ODONTOLOGÍA
28
28
Diagnóstico y tratamiento de anemia por deficiencia de hierro y por deficiencia de vitamina b12
29
29
Diagnóstico y tratamiento de desnutrición leve, moderada y severa
 
30
30
Diagnóstico y tratamiento de desnutrición severa tipo Kwashiorkor
31
31
Diagnóstico y tratamiento de desnutrición tipo marasmo
32
32
Diagnóstico y tratamiento de secuelas de desnutrición
33
33
Diagnóstico y tratamiento de escarlatina
34
34
Diagnóstico y tratamiento de sarampión, rubeola y parotiditis
35
35
Diagnóstico y tratamiento de varicela
36
36
Diagnóstico y tratamiento del dengue no grave /y otras fiebres producidas por flavovirus y arbovirus)
37
37
Diagnóstico y tratamiento de paludismo
38
38
Diagnóstico y tratamiento de ricketsiosis y oncocercosis
39
39
Diagnóstico y tratamiento de enfermedad de Chagas
40
40
Diagnóstico y tratamiento de leishmaniasis
41
41
Diagnóstico y tratamiento de influenza
42
42
Diagnóstico y tratamiento de faringoamigdalitis aguda
43
43
Diagnóstico y tratamiento de tosferina
44
44
Diagnóstico y tratamiento de otitis media no supurativa
45
45
Diagnóstico y tratamiento de rinofaringitis aguda
46
46
Diagnóstico y tratamiento de laringotraqueitis aguda
47
47
Diagnóstico y tratamiento de otitis media supurativa
48
48
Diagnóstico y tratamiento de sinusitis aguda
49
49
Diagnóstico y tratamiento del asma y sus exacerbaciones en adultos
50
50
Diagnóstico y tratamiento del asma y sus exacerbaciones en menores de 18 años
51
51
Diagnóstico y tratamiento de tuberculosis (TAES)
52
52
Diagnóstico y tratamiento de tuberculosis farmacorresistente (TAES)
53
53
Diagnóstico y tratamiento de conjuntivitis
54
54
Diagnóstico y tratamiento de rinitis alérgica y vasomotora
55
55
Diagnóstico y tratamiento del síndrome diarreico agudo
56
56
Diagnóstico y tratamiento de fiebre paratifoidea y otras salmonelosis
57
57
Diagnóstico y tratamiento de fiebre tifoidea
58
58
Diagnóstico y tratamiento de gastritis aguda, duodenitis y dispepsia
59
59
Diagnóstico y tratamiento del síndrome de intestino irritable
60
60
Diagnóstico y tratamiento de esofagitis por reflujo
61
61
Diagnóstico y tratamiento de úlcera gástrica y péptica crónica no perforada
62
62
Diagnóstico y tratamiento de lepra
63
63
Diagnóstico y tratamiento del herpes zoster
 
64
64
Diagnóstico y tratamiento de infección aguda por virus de la hepatitis A y B
65
65
Diagnóstico y tratamiento de candidiasis oral
66
66
Diagnóstico y tratamiento de micosis superficiales (excepto onicomicosis)
67
67
Diagnóstico y tratamiento de onicomicosis
68
68
Diagnóstico y tratamiento de amebiasis
69
69
Diagnóstico y tratamiento de anquilostomiasis y necatoriasis
70
70
Diagnóstico y tratamiento de ascariasis
71
71
Diagnóstico y tratamiento de enterobiasis
72
72
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de equinococosis
73
73
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de esquistosomiasis
74
74
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de estrongiloidiasis
75
75
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de filariasis
76
76
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de giardiasis
77
77
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de teniasis
78
78
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de tricuriasis
79
79
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de triquinosis
80
80
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de brucelosis
81
81
Diagnóstico y tratamiento de escabiosis
82
82
Diagnóstico y tratamiento de pediculosis y phthiriasis
83
83
Diagnóstico y tratamiento de erisipela y celulitis
84
84
Diagnóstico y tratamiento de gonorrea
85
85
Diagnóstico y tratamiento de infecciones por chlamydia
86
86
Diagnóstico y tratamiento de trichomoniasis
87
87
Diagnóstico y tratamiento de sífilis precoz y tardía
88
88
Diagnóstico y tratamiento de chancro blando
89
89
Diagnóstico y tratamiento de cistitis
90
90
Diagnóstico y tratamiento de herpes genital
91
91
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis alérgica y de contacto
92
92
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis atópica
93
93
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis de contacto por irritantes
94
94
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis del pañal
95
95
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis exfoliativa
96
96
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis seborreica
97
97
Diagnóstico y tratamiento de verrugas vulgares
 
98
98
Diagnóstico y tratamiento del acné
99
99
Diagnóstico y tratamiento de psoriasis
100
100
Diagnóstico y tratamiento de dislipidemia
101
101
Diagnóstico y tratamiento médico del sobrepeso y obesidad exógena
102
102
Diagnóstico y tratamiento de diabetes mellitus tipo 1
103
103
Diagnóstico y tratamiento de prediabetes y diabetes mellitus tipo 2
105
104
Diagnóstico y tratamiento de hipertiroidismo
107
105
Diagnóstico y tratamiento de hipotiroidismo
108
106
Diagnóstico y tratamiento conservador de artrosis y poliartrosis no especificada
109
107
Diagnóstico y tratamiento de lumbalgia
110
108
Diagnóstico y tratamiento de osteoporosis
111
109
Diagnóstico y tratamiento de hiperuricemia y gota
112
110
Diagnóstico y tratamiento de artritis reumatoide
113
111
Diagnóstico y tratamiento conservador de luxación congénita de cadera
116
112
Métodos de planificación familiar temporales
117
113
Método de planificación familiar temporal con dispositivo intrauterino
124
114
Diagnóstico y tratamiento de dismenorrea primaria
125
115
Diagnóstico y tratamiento del climaterio y menopausia
126
116
Diagnóstico y tratamiento de trastornos benignos de la mama
128
117
Diagnóstico y tratamiento de vaginitis subaguda y crónica
129
118
Diagnóstico y tratamiento de vulvovaginitis
130
119
Diagnóstico y tratamiento de endometriosis
131
120
Diagnóstico y tratamiento de uretritis y síndrome uretral
132
121
Diagnóstico y tratamiento de lesiones escamosas intraepiteliales de grados bajo y moderado
134
122
Diagnóstico y tratamiento integral de hipertensión arterial
137
123
Diagnóstico y tratamiento médico de enfermedad de Parkinson
138
124
Diagnóstico y tratamiento de parálisis facial
141
125
Aplicación de selladores de fosetas y fisuras dentales
142
126
Restauraciones dentales con amalgama, ionómero de vidrio y resina, por caries o fractura de los dientes
143
127
Diagnóstico y tratamiento de focos infecciosos bacterianos agudos en la cavidad bucal
144
128
Extracción de dientes erupcionados y restos radiculares
145
129
Terapia pulpar
146
130
Extracción de tercer molar
147
131
Atención por algunos signos, síntomas y otros factores que influyen en el estado de salud
 
URGENCIAS
149
132
Diagnóstico y tratamiento de hipoglucemia secundaria a diabetes
163
133
Envenenamiento por insecticidas organofosforados y carbamatos
166
134
Picadura de alacrán
167
135
Picaduras de abeja, araña y otros artrópodos
168
136
Intoxicación aguda alimentaria
169
137
Manejo de mordedura y prevención de rabia en humanos
171
138
Curación y sutura de lesiones traumáticas de tejidos blandos
180
139
Diagnóstico y tratamiento de varicocele e hidrocele
181
140
Esguince cervical
182
141
Esguince de hombro
183
142
Esguince de codo
184
143
Esguince de muñeca y mano
185
144
Esguince de rodilla
186
145
Esguince de tobillo y pie
198
146
Diagnóstico y tratamiento de pielonefritis
207
147
Diagnóstico y tratamiento de enfermedad pélvica inflamatoria
212
148
Diagnóstico y tratamiento de retención aguda de orina
215
149
Diagnóstico y tratamiento de neuropatía periférica secundaria a diabetes
CIRUGÍA GENERAL
226
150
Diagnóstico y tratamiento de enfermedad hemorroidal
OBSTETRICIA
271
151
Diagnóstico de embarazo y atención prenatal
272
152
Atención del parto y puerperio fisiológico
285
153
Diagnóstico y tratamiento de infección de episiorrafia o herida quirúrgica obstétrica
290
154
Atención del recién nacido
292
155
Diagnóstico y tratamiento del recién nacido pretérmino sin complicaciones
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7'484,848.84 (Siete millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho pesos 84/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Guanajuato, por conducto de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, la Secretaría de Salud e Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato y la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas.
 
ANEXO 6 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
GUANAJUATO, RUTAS 2019
No. de unidades: 5 UMM-0, 4 UMM-2 y 2 UMM-3.
Dirección General de Información en Salud
Localidades en ruta
Población
Objetivo
Personal
Jornada de
la Unidad
Móvil
Red de Atención
CLUES
Nombre de la UMM
Tipo de UMM
y año
Municipio
Centro de Salud ANCLA (para las
Tipo 0)
Unidad de 2o. Nivel (Emergencias
Obstétricas)
Clave
Nombre
Clave
Nombre Localidad
CLUES
Nombre
CLUES
Nombre
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200479
Sauz Seco
101
Médico,
Odontologo,
Polivalente,
Enfermera
8 horas por
dia 160
horas
mensuales
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200668
El Gachupín
14
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200322
Estancia de Otates
51
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200908
El Durazno
26
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200666
Cañadita del Agua
35
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200264
Los Alisos
54
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200611
Los Bancos
49
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110201254
El Caracol
8
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110201010
La Calera de Los Alisos
31
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200367
La Manzanilla
75
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200321
Estancia de Medina
10
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200327
Garabatillo
12
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200431
San Antonio del Gigante
61
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200698
El Gigante
64
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200620
Los Charcos
65
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110201403
Las Cabañas Del Gigante
*
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200531
Virgen de Alfaro
17
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200621
La Joya (Cerro Gigante)
41
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
 
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200338
El Huizache
6
 
 
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200342
La Jaraleña
19
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200344
Xoconoxtle
2
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200349
La Lagunita
24
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200481
Sitio Viejo
7
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200652
La Campechana
25
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200660
Rancho Viejo
17
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110201042
Majada de las Hierbas
2
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110201194
El Potrerito
1
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110201321
Palos Colorados (Ejido de
Manzanillas)
25
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200280
Buenos Aires
128
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200292
El Capulín
121
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200326
Fundiciones
70
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200371
Mesa de Ibarrilla
220
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200370
Media Luna
53
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200475
Saucillo de Avalos
101
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200652
La Campechana
25
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200699
Guanajuatito
(Guanajuatillo)
23
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200926
Las Tortugas (San Jorge)
15
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110200927
San Jorge
10
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
020
León
110201099
Brinco de la Zorra
17
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01696
5
Caravana Tipo II Los Alisos
UMM-2, 2007
1
 
39
1,625
4
 
 
 
1
1
 
GTSSA01694
1
Caravana Tipo II Mesa de Jesús
UMM-2, 2007
033
San Luis de
la Paz
110330055
Espinas Blancas
238
Médico,
Odontologo,
Polivalente,
Enfermera
8 horas por
dia 160
horas
mensuales
 
 
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01694
1
Caravana Tipo II Mesa de Jesús
UMM-2, 2007
033
San Luis de
la Paz
110330315
El Pozo
23
 
 
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01694
1
Caravana Tipo II Mesa de Jesús
UMM-2, 2007
033
San Luis de
la Paz
110330462
La Providencia (La
Providencia Del Salitre)
159
 
 
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01694
1
Caravana Tipo II Mesa de Jesús
UMM-2, 2007
033
San Luis de
la Paz
110330459
San Juan Y Fortuna
179
 
 
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01694
1
Caravana Tipo II Mesa de Jesús
UMM-2, 2007
033
San Luis de
la Paz
110330468
San Antonio De Las
Tejas
143
 
 
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01694
1
Caravana Tipo II Mesa de Jesús
UMM-2, 2007
033
San Luis de
la Paz
110330086
La Luz De La Esquina
659
 
 
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01694
1
Caravana Tipo II Mesa de Jesús
UMM-2, 2007
033
San Luis de
la Paz
110330121
Palmarito
214
 
 
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01694
1
Caravana Tipo II Mesa de Jesús
UMM-2, 2007
033
San Luis de
la Paz
110330151
El Pringón
429
 
 
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01694
1
Caravana Tipo II Mesa de Jesús
UMM-2, 2007
033
San Luis de
la Paz
110330099
El Varal (La Merced)
526
 
 
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01694
1
Caravana Tipo II Mesa de Jesús
UMM-2, 2007
033
San Luis de
la Paz
110330155
Puerto del Gato
165
 
 
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01694
1
Caravana Tipo II Mesa de Jesús
UMM-2, 2007
033
San Luis de
la Paz
110330311
Puerto del Varal
82
 
 
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01694
1
Caravana Tipo II Mesa de Jesús
UMM-2, 2007
033
San Luis de
la Paz
110330544
El Boludo
490
 
 
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01694
1
Caravana Tipo II Mesa de Jesús
UMM-2, 2007
033
San Luis de
la Paz
110330393
Buenavista Tercero
66
 
 
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01694
1
Caravana Tipo II Mesa de Jesús
UMM-2, 2007
033
San Luis de
la Paz
110330028
Cerro Blanco
89
 
 
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01694
1
Caravana Tipo II Mesa de Jesús
UMM-2, 2007
033
San Luis de
la Paz
110330317
Rancho Nuevo de Las
Trojes
119
 
 
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01694
1
Caravana Tipo II Mesa de Jesús
UMM-2, 2007
 
1
 
15
3,581
4
 
 
 
1
1
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230176
Mesa de Méndez
278
Médico,
Odontologo,
Polivalente,
Enfermera
8 horas por
dia 160
horas
mensuales
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230610
El Basilón
8
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230374
Cerro Prieto (Las Letras)
70
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230178
Las Minas
23
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230410
La Gloria
10
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230478
Las Carretas
16
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
 
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230479
Cerro Colorado
20
 
 
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230472
El Rosario
15
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230477
Las Minas Dos
16
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230055
Cerro Alto
20
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230239
Rancho Nuevo de
Gutiérrez
69
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230205
Las Paredes
125
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230660
El Gato
8
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230033
La Campana
17
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230356
Las Pomas
30
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230595
El Salto
18
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230355
Mesa del Arregladero
4
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230380
El Zarco
55
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230170
El Manzano
7
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230710
Panza Cola
22
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230430
Piedra Parada
7
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230109
El Gallo
158
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230322
Tierras Negras
288
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230448
Pozo Azul
21
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230409
Providencia
2
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230480
La Cumbre
16
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230700
La Montaña
21
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
023
Pénjamo
110230469
El Lomillo
*
 
 
GTSSA002760
Hospital General
Pénjamo
GTSSA01695
3
Caravana Tipo II Tierras Negras
UMM-2, 2007
 
1
 
28
1,344
4
 
 
 
1
1
 
GTSSA01693
6
Caravana Tipo II Cienega de Juana Ruiz
UMM-2, 2007
003
San Miguel
de Allende
110030289
San Lucas
608
Médico,
Odontologo,
Polivalente,
Enfermera
8 horas por
dia 160
horas
mensuales
 
 
GTSSA000310
Hosp. Gral. Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01693
6
Caravana Tipo II Cienega de Juana Ruiz
UMM-2, 2007
003
San Miguel
de Allende
110030859
Villa de Santiago (San
Lucas)
42
 
 
GTSSA000310
Hosp. Gral. Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01693
6
Caravana Tipo II Cienega de Juana Ruiz
UMM-2, 2007
003
San Miguel
de Allende
110030560
Rancho Nuevo Villa de
Guadalupe
180
 
 
GTSSA000310
Hosp. Gral. Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01693
6
Caravana Tipo II Cienega de Juana Ruiz
UMM-2, 2007
003
San Miguel
de Allende
110030840
San Lorenzo (Baldomero
Jiménez)
32
 
 
GTSSA000310
Hosp. Gral. Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01693
6
Caravana Tipo II Cienega de Juana Ruiz
UMM-2, 2007
003
San Miguel
de Allende
110030064
Ciénega de Juana Ruiz
466
 
 
GTSSA000310
Hosp. Gral. Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01693
6
Caravana Tipo II Cienega de Juana Ruiz
UMM-2, 2007
003
San Miguel
de Allende
110030249
El Salitre
166
 
 
GTSSA000310
Hosp. Gral. Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01693
6
Caravana Tipo II Cienega de Juana Ruiz
UMM-2, 2007
003
San Miguel
de Allende
110030899
La Esquina
18
 
 
GTSSA000310
Hosp. Gral. Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01693
6
Caravana Tipo II Cienega de Juana Ruiz
UMM-2, 2007
003
San Miguel
de Allende
110030258
San Antonio de La Joya
249
 
 
GTSSA000310
Hosp. Gral. Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01693
6
Caravana Tipo II Cienega de Juana Ruiz
UMM-2, 2007
003
San Miguel
de Allende
110030316
El Shotolar
33
 
 
GTSSA000310
Hosp. Gral. Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01693
6
Caravana Tipo II Cienega de Juana Ruiz
UMM-2, 2007
003
San Miguel
de Allende
110030045
Cañada de La Virgen
10
 
 
GTSSA000310
Hosp. Gral. Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01693
6
Caravana Tipo II Cienega de Juana Ruiz
UMM-2, 2007
003
San Miguel
de Allende
110030330
La Tinaja
466
 
 
GTSSA000310
Hosp. Gral. Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01693
6
Caravana Tipo II Cienega de Juana Ruiz
UMM-2, 2007
003
San Miguel
de Allende
110030949
El Cañón
27
 
 
GTSSA000310
Hosp. Gral. Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01693
6
Caravana Tipo II Cienega de Juana Ruiz
UMM-2, 2007
 
1
 
12
2,297
4
 
 
 
1
1
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220085
San José del Torreón
1149
Médico
Polivalente
Enfermera
8 horas por
dia 160
horas
mensuales
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220176
Cabras de Moncada
2
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220204
Presa de Dolores (El
Clavelito)
24
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220008
Buenavista (El Barroso)
5
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220016
El Cerrito de La Cruz
45
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220019
El Coecillo de La Palma
20
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220124
El Tigre
2
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220064
Laguna de Purísima
(Purísima de Ortuño)
4
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220082
Tanque Colorado
13
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
 
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220123
Santa Catarina
5
 
 
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220127
Puerta de Cabras
1
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220136
Vista Hermosa
186
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220061
Puerta del Tigre
34
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220057
Puente, El
*
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220151
Las Presitas (El Dorado)
2
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220044
Latas, Las
*
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220125
El Garabato
51
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220137
Las Cuevas
*
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220175
El Cielo
7
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220191
Llanos del Clavel
8
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220198
Marias Viejas
*
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220212
San Francisco
135
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220075
San Rafael de Las Ánimas
65
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220096
San Isidro Buena Vista
*
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220105
El Durazno
*
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220222
Santa Fe
4
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220259
El Potrero de Manzanillas
22
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220076
San Ramon
*
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220103
El Pedernal (La Puerta Del
Pedernal)
*
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220174
El Carmen(Las Largatijas)
*
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220215
San Jose De La Manga
*
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
 
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220003
Animas
*
 
 
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220228
Santa Rosa
*
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220004
El Arbolito
7
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220014
Carmen del Norte
89
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220068
El Rosario
33
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220072
San Bernardo
24
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220066
Purísima de Rangel (La
Chiripa)
7
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220067
Rancho Nuevo
27
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220132
Piedras Negras
*
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220181
Las Cuatas
1
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220208
El Rosario (El Ombligo)
*
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220217
San Juan De La Cruz (Los
Borregos)
*
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220232
Manuel Salas
8
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
022
Ocampo
110220053
Piedras Negras
*
GTSSA002690
Ocampo-UMAPS
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01718
0
Caravana Tipo 0 San Francisco
UMM-0, 2009
 
1
 
45
1,980
3
 
1
1
1
1
GTSSA01720
4
Caravana Tipo 0 San Ernesto
UMM-0, 2009
033
San Luis de
la Paz
110330188
San Ernesto
599
Médico
Polivalente
Enfermera
8 horas por
dia 160
horas
mensuales
GTSSA004015
San Luis de La
Paz-CAISES
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01720
4
Caravana Tipo 0 San Ernesto
UMM-0, 2009
033
San Luis de
la Paz
110330473
Las Rosas
*
GTSSA004015
San Luis de La
Paz-CAISES
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01720
4
Caravana Tipo 0 San Ernesto
UMM-0, 2009
033
San Luis de
la Paz
110330253
La Cieneguilla del
Refugio
264
GTSSA004015
San Luis de La
Paz-CAISES
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01720
4
Caravana Tipo 0 San Ernesto
UMM-0, 2009
033
San Luis de
la Paz
110330209
Ex -Hacienda de Santa
Ana (Santa Ana y Lobos)
444
GTSSA004015
San Luis de La
Paz-CAISES
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01720
4
Caravana Tipo 0 San Ernesto
UMM-0, 2009
033
San Luis de
la Paz
110330469
Colonia Valle de
Guadalupe
325
GTSSA004015
San Luis de La
Paz-CAISES
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01720
4
Caravana Tipo 0 San Ernesto
UMM-0, 2009
033
San Luis de
la Paz
110330432
La Huerta Dos
239
GTSSA004015
San Luis de La
Paz-CAISES
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01720
4
Caravana Tipo 0 San Ernesto
UMM-0, 2009
033
San Luis de
la Paz
110330533
El Huizachal de Santa
Ana
323
GTSSA004015
San Luis de La
Paz-CAISES
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
 
GTSSA01720
4
Caravana Tipo 0 San Ernesto
UMM-0, 2009
033
San Luis de
la Paz
110330238
Zamarripa (San José de
Zamarripa)
142
 
 
GTSSA004015
San Luis de La
Paz-CAISES
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01720
4
Caravana Tipo 0 San Ernesto
UMM-0, 2009
033
San Luis de
la Paz
110330331
San Pedro de La Cruz
226
GTSSA004015
San Luis de La
Paz-CAISES
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01720
4
Caravana Tipo 0 San Ernesto
UMM-0, 2009
033
San Luis de
la Paz
110330174
San Antonio (San Antonio
de San Isidro)
262
GTSSA004015
San Luis de La
Paz-CAISES
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01720
4
Caravana Tipo 0 San Ernesto
UMM-0, 2009
033
San Luis de
la Paz
110330326
San Antonio
3
GTSSA004015
San Luis de La
Paz-CAISES
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01720
4
Caravana Tipo 0 San Ernesto
UMM-0, 2009
033
San Luis de
la Paz
110330129
Nuevo Paso de Vaqueros
323
GTSSA004015
San Luis de La
Paz-CAISES
GTSSA017472
Hospital Materno de
San Luis de La Paz
GTSSA01720
4
Caravana Tipo 0 San Ernesto
UMM-0, 2009
 
1
 
12
3,150
3
 
1
1
1
1
GTSSA01722
1
Caravana Tipo 0 Maravillas
UMM-0, 2009
037
Silao
110370176
San José de Rivera
465
Médico
Polivalente
Enfermera
8 horas por
dia 160
horas
mensuales
GTSSA004312
Silao CAISES
GTSSA017023
Hospital General
Silao
GTSSA01722
1
Caravana Tipo 0 Maravillas
UMM-0, 2009
037
Silao
110370505
Jesus Trujillo
*
GTSSA004312
Silao CAISES
GTSSA017023
Hospital General
Silao
GTSSA01722
1
Caravana Tipo 0 Maravillas
UMM-0, 2009
037
Silao
110370265
Los Olivos
4
GTSSA004312
Silao CAISES
GTSSA017023
Hospital General
Silao
GTSSA01722
1
Caravana Tipo 0 Maravillas
UMM-0, 2009
037
Silao
110370486
Granja Barajas
6
GTSSA004312
Silao CAISES
GTSSA017023
Hospital General
Silao
GTSSA01722
1
Caravana Tipo 0 Maravillas
UMM-0, 2009
037
Silao
110370055
Maravillas de Las
Victorias
667
GTSSA004312
Silao CAISES
GTSSA017023
Hospital General
Silao
GTSSA01722
1
Caravana Tipo 0 Maravillas
UMM-0, 2009
037
Silao
110370499
La Fracción Gloria
1
GTSSA004312
Silao CAISES
GTSSA017023
Hospital General
Silao
GTSSA01722
1
Caravana Tipo 0 Maravillas
UMM-0, 2009
037
Silao
110370523
Granja Ana Teresa (Noria
de Chencho)
5
GTSSA004312
Silao CAISES
GTSSA017023
Hospital General
Silao
GTSSA01722
1
Caravana Tipo 0 Maravillas
UMM-0, 2009
037
Silao
110370005
La Asunción (Las Fincas)
178
GTSSA004312
Silao CAISES
GTSSA017023
Hospital General
Silao
GTSSA01722
1
Caravana Tipo 0 Maravillas
UMM-0, 2009
037
Silao
110370120
San Ramón de Gallegos
492
GTSSA004312
Silao CAISES
GTSSA017023
Hospital General
Silao
GTSSA01722
1
Caravana Tipo 0 Maravillas
UMM-0, 2009
037
Silao
110370316
San José del Progreso
16
GTSSA004312
Silao CAISES
GTSSA017023
Hospital General
Silao
GTSSA01722
1
Caravana Tipo 0 Maravillas
UMM-0, 2009
037
Silao
110370124
La Sierrita
169
GTSSA004312
Silao CAISES
GTSSA017023
Hospital General
Silao
GTSSA01722
1
Caravana Tipo 0 Maravillas
UMM-0, 2009
037
Silao
110370534
Puerta de Rivera
5
GTSSA004312
Silao CAISES
GTSSA017023
Hospital General
Silao
GTSSA01722
1
Caravana Tipo 0 Maravillas
UMM-0, 2009
037
Silao
110370549
Santa Irene
4
GTSSA004312
Silao CAISES
GTSSA017023
Hospital General
Silao
GTSSA01722
1
Caravana Tipo 0 Maravillas
UMM-0, 2009
037
Silao
110370613
Ascensión Vargas
7
GTSSA004312
Silao CAISES
GTSSA017023
Hospital General
Silao
GTSSA01722
1
Caravana Tipo 0 Maravillas
UMM-0, 2009
037
Silao
110370517
Miguel Ramirez Anguiano
*
GTSSA004312
Silao CAISES
GTSSA017023
Hospital General
Silao
GTSSA01722
1
Caravana Tipo 0 Maravillas
UMM-0, 2009
037
Silao
110370612
Marcos Segura
*
GTSSA004312
Silao CAISES
GTSSA017023
Hospital General
Silao
GTSSA01722
1
Caravana Tipo 0 Maravillas
UMM-0, 2009
 
1
 
16
2,019
3
 
1
1
1
1
GTSSA01723
3
Caravana Tipo III El Salto
UMM-0, 2009
031
San
Francisco
del Rincón
110310148
Las Canales Dos
54
Médico,
Odontologo,
Polivalente,
Enfermera
8 horas por
dia 160
horas
mensuales
 
 
GTSSA002101
Hospital General
Regional de León
GTSSA01723
3
Caravana Tipo III El Salto
UMM-0, 2009
031
San
Francisco
del Rincón
110310149
San José de Las Palmas
(Los Canales)
9
 
 
GTSSA002101
Hospital General
Regional de León
GTSSA01723
3
Caravana Tipo III El Salto
UMM-0, 2009
031
San
Francisco
del Rincón
110310155
El Chocho
*
 
 
GTSSA002101
Hospital General
Regional de León
GTSSA01723
3
Caravana Tipo III El Salto
UMM-0, 2009
031
San
Francisco
del Rincón
110310096
San Antonio del Alto
61
 
 
GTSSA002101
Hospital General
Regional de León
 
GTSSA01723
3
Caravana Tipo III El Salto
UMM-0, 2009
031
San
Francisco
del Rincón
110310085
El Tejocote
149
 
 
 
 
GTSSA002101
Hospital General
Regional de León
GTSSA01723
3
Caravana Tipo III El Salto
UMM-0, 2009
031
San
Francisco
del Rincón
110310163
Cerrito Blanco
39
 
 
GTSSA002101
Hospital General
Regional de León
GTSSA01723
3
Caravana Tipo III El Salto
UMM-0, 2009
031
San
Francisco
del Rincón
110310191
El Guaje
146
 
 
GTSSA002101
Hospital General
Regional de León
GTSSA01723
3
Caravana Tipo III El Salto
UMM-0, 2009
031
San
Francisco
del Rincón
110310126
Las Canales Uno
42
 
 
GTSSA002101
Hospital General
Regional de León
GTSSA01723
3
Caravana Tipo III El Salto
UMM-0, 2009
031
San
Francisco
del Rincón
110310048
Los Placeres
79
 
 
GTSSA002101
Hospital General
Regional de León
GTSSA01723
3
Caravana Tipo III El Salto
UMM-0, 2009
031
San
Francisco
del Rincón
110310053
El Reparo
212
 
 
GTSSA002101
Hospital General
Regional de León
GTSSA01723
3
Caravana Tipo III El Salto
UMM-0, 2009
031
San
Francisco
del Rincón
110310021
Las Higuerillas
56
 
 
GTSSA002101
Hospital General
Regional de León
GTSSA01723
3
Caravana Tipo III El Salto
UMM-0, 2009
031
San
Francisco
del Rincón
110310055
El Salto de Abajo
443
 
 
GTSSA002101
Hospital General
Regional de León
GTSSA01723
3
Caravana Tipo III El Salto
UMM-0, 2009
031
San
Francisco
del Rincón
110310056
El Salto de Arriba
94
 
 
GTSSA002101
Hospital General
Regional de León
GTSSA01723
3
Caravana Tipo III El Salto
UMM-0, 2009
031
San
Francisco
del Rincón
110310041
La Muralla del Cadillal
267
 
 
GTSSA002101
Hospital General
Regional de León
GTSSA01723
3
Caravana Tipo III El Salto
UMM-0, 2009
026
Romita
110260215
La Muralla Nueva
147
 
 
GTSSA002101
Hospital General
Regional de León
GTSSA01723
3
Caravana Tipo III El Salto
UMM-0, 2009
031
San
Francisco
del Rincón
110310093
La Esperanza
13
 
 
GTSSA002101
Hospital General
Regional de León
GTSSA01723
3
Caravana Tipo III El Salto
UMM-0, 2009
031
San
Francisco
del Rincón
110310114
Los Palos Amarillos
*
 
 
GTSSA002101
Hospital General
Regional de León
GTSSA01723
3
Caravana Tipo III El Salto
UMM-0, 2009
 
2
 
17
1,811
4
 
 
 
1
1
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300050
La Ceja
444
Médico,
Odontologo,
Polivalente,
Enfermera
8 horas por
dia 160
horas
mensuales
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300687
El Paraíso
3
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300030
Buenavista del Cubo
428
 
 
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300043
Capetillo
40
 
 
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300585
El Lindero (Arroyo
Blanco)
58
 
 
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
 
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300293
Arroyo Blanco
37
 
 
 
 
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300164
El Pescado
9
 
 
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300045
El Capulín
38
 
 
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300086
El Estaño
119
 
 
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300284
Las Vigas
25
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300587
Mesa del Rosario
32
 
 
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300112
Jerico
*
 
 
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300007
Los Altos de Ibarra
137
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300276
La Trinidad
*
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300512
Ojo De Agua Grande
*
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300227
San José del Llano
117
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300479
El Refugio
20
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300510
La Manga
9
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300230
San José del Tanque
430
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300181
Puerta del Zorrillo
4
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300312
La Loma (Loma Colorada)
20
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300538
Nombre de Dios
21
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300539
La Manga de Ibarra
(Ranchito)
11
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300725
El Garañón (Cortijo San
Antonio)
4
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300743
Sierra Verde
14
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300748
Laguna Cercada
9
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300750
La Mesa
4
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300752
Pozo Redondo
8
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
 
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300753
San Miguel
3
 
 
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300758
Arroyo del Pino
5
 
 
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300810
Las Margaritas (Alfredo
Solmón)
9
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300821
La Cejita del Cañón
3
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300098
Gavilanes
*
 
 
GTSSA001290
Hosp. Gral. Cuna de
La Independencia
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300040
Cañada Grande
28
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300326
Potrero de La Cruz
65
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300174
Potrero de León
12
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300496
La Concha
*
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-0, 2009
030
San Felipe
110300495
Cieneguita
*
 
 
GTSSA002101
Hosp. Gral Regional
de Leon
GTSSA01724
5
Caravana Tipo III La Ceja
UMM-3, 2009
 
1
 
38
2,166
4
 
 
 
2
2
GTSSA01736
1
Caravana Tipo 0 La Huerta
UMM-0, 2011
003
San Miguel
de Allende
110030156
Los Martínez
189
Médico
Polivalente
Enfermera
8 horas por
dia 160
horas
mensuales
GTSSA000322
San Miguel de
Allende-CAISES
GTSSA000310
Hosp. Gral. Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01736
1
Caravana Tipo 0 La Huerta
UMM-0, 2011
003
San Miguel
de Allende
110030124
La Huerta
861
GTSSA000322
San Miguel de
Allende-CAISES
GTSSA000310
Hospital General
Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01736
1
Caravana Tipo 0 La Huerta
UMM-0, 2011
003
San Miguel
de Allende
110030315
Soria
412
GTSSA000322
San Miguel de
Allende-CAISES
GTSSA000310
Hospital General
Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01736
1
Caravana Tipo 0 La Huerta
UMM-0, 2011
003
San Miguel
de Allende
110030023
El Batán
192
GTSSA000322
San Miguel de
Allende-CAISES
GTSSA000310
Hospital General
Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01736
1
Caravana Tipo 0 La Huerta
UMM-0, 2011
003
San Miguel
de Allende
110030070
Clavellinas (Clavellinas
Coyotes)
1152
GTSSA000322
San Miguel de
Allende-CAISES
GTSSA000310
Hospital General
Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01736
1
Caravana Tipo 0 La Huerta
UMM-0, 2011
003
San Miguel
de Allende
110030228
Purísima de Ríos
29
GTSSA000322
San Miguel de
Allende-CAISES
GTSSA000310
Hospital General
Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01736
1
Caravana Tipo 0 La Huerta
UMM-0, 2011
003
San Miguel
de Allende
110030153
Marroquín Chiquito
16
GTSSA000322
San Miguel de
Allende-CAISES
GTSSA000310
Hospital General
Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01736
1
Caravana Tipo 0 La Huerta
UMM-0, 2011
003
San Miguel
de Allende
110030511
San José de Palmas
26
GTSSA000322
San Miguel de
Allende-CAISES
GTSSA000310
Hospital General
Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01736
1
Caravana Tipo 0 La Huerta
UMM-0, 2011
003
San Miguel
de Allende
110030497
Cañada de San José
17
GTSSA000322
San Miguel de
Allende-CAISES
GTSSA000310
Hospital General
Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01736
1
Caravana Tipo 0 La Huerta
UMM-0, 2011
003
San Miguel
de Allende
110030251
Salto del Chiquihuitillo
38
GTSSA000322
San Miguel de
Allende-CAISES
GTSSA000310
Hospital General
Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01736
1
Caravana Tipo 0 La Huerta
UMM-0, 2011
003
San Miguel
de Allende
110030087
Hacienda Chiquihuitillo
*
GTSSA000322
San Miguel de
Allende-CAISES
GTSSA000310
Hospital General
Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01736
1
Caravana Tipo 0 La Huerta
UMM-0, 2011
003
San Miguel
de Allende
110030730
La Estrella (Purisima De
Rios)
*
GTSSA000322
San Miguel de
Allende-CAISES
GTSSA000310
Hospital General
Felipe G.
Dobarganes
GTSSA01736
1
Caravana Tipo 0 La Huerta
UMM-0, 2011
 
1
 
12
2,932
3
 
1
1
1
1
 
GTSSA01735
6
Caravana Tipo 0 Loma Blanca
UMM-0, 2011
010
Coroneo
110100008
Cruz del Pastor
173
Médico
Polivalente
Enfermera
8 horas por
dia 160
horas
mensuales
GTSSA017163
Jerecuaro-
CAISES
GTSSA017414
H.G. Acambaro
Miguel Hidalgo
GTSSA01735
6
Caravana Tipo 0 Loma Blanca
UMM-0, 2011
019
Jerécuaro
110190003
Altamira
67
GTSSA017163
Jerecuaro-
CAISES
GTSSA017414
H.G. Acambaro
Miguel Hidalgo
GTSSA01735
6
Caravana Tipo 0 Loma Blanca
UMM-0, 2011
019
Jerécuaro
110190107
La Yerbabuena
265
GTSSA017163
Jerecuaro-
CAISES
GTSSA017414
H.G. Acambaro
Miguel Hidalgo
GTSSA01735
6
Caravana Tipo 0 Loma Blanca
UMM-0, 2011
019
Jerécuaro
110190150
La Joya del Clarín
20
GTSSA017163
Jerecuaro-
CAISES
GTSSA017414
H.G. Acambaro
Miguel Hidalgo
GTSSA01735
6
Caravana Tipo 0 Loma Blanca
UMM-0, 2011
019
Jerécuaro
110190244
Lagunilla del Clarín
13
GTSSA017163
Jerecuaro-
CAISES
GTSSA017414
H.G. Acambaro
Miguel Hidalgo
GTSSA01735
6
Caravana Tipo 0 Loma Blanca
UMM-0, 2011
019
Jerécuaro
110190162
Rancho de Nieves
29
GTSSA017163
Jerecuaro-
CAISES
GTSSA017414
H.G. Acambaro
Miguel Hidalgo
GTSSA01735
6
Caravana Tipo 0 Loma Blanca
UMM-0, 2011
019
Jerécuaro
110190161
El Tejocote de Puruagua
73
GTSSA017163
Jerecuaro-
CAISES
GTSSA017414
H.G. Acambaro
Miguel Hidalgo
GTSSA01735
6
Caravana Tipo 0 Loma Blanca
UMM-0, 2011
019
Jerécuaro
110190248
La Lagunilla
2
GTSSA017163
Jerecuaro-
CAISES
GTSSA017414
H.G. Acambaro
Miguel Hidalgo
GTSSA01735
6
Caravana Tipo 0 Loma Blanca
UMM-0, 2011
019
Jerécuaro
110190204
La Lagunita
9
GTSSA017163
Jerecuaro-
CAISES
GTSSA017414
H.G. Acambaro
Miguel Hidalgo
GTSSA01735
6
Caravana Tipo 0 Loma Blanca
UMM-0, 2011
019
Jerécuaro
110190002
El Agostadero
76
GTSSA017163
Jerecuaro-
CAISES
GTSSA017414
H.G. Acambaro
Miguel Hidalgo
GTSSA01735
6
Caravana Tipo 0 Loma Blanca
UMM-0, 2011
019
Jerécuaro
110190040
Loma Blanca
287
GTSSA017163
Jerecuaro-
CAISES
GTSSA017414
H.G. Acambaro
Miguel Hidalgo
GTSSA01735
6
Caravana Tipo 0 Loma Blanca
UMM-0, 2011
019
Jerécuaro
110190102
Tierras Coloradas
224
GTSSA017163
Jerecuaro-
CAISES
GTSSA017414
H.G. Acambaro
Miguel Hidalgo
GTSSA01735
6
Caravana Tipo 0 Loma Blanca
UMM-0, 2011
019
Jerécuaro
110190061
Las Pilas de Puruagua
575
GTSSA017163
Jerecuaro-
CAISES
GTSSA017414
H.G. Acambaro
Miguel Hidalgo
GTSSA01735
6
Caravana Tipo 0 Loma Blanca
UMM-0, 2011
 
2
 
13
1,813
3
 
1
1
1
1
11
11
11
 
11
 
247
24,718
39
8 Hras.
5
5
7
7
 
* NOTA: En el ejercicio 2019, las UMM-3 operarán como UMM-2.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7'484,848.84 (Siete millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho pesos 84/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Guanajuato, por conducto de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, la Secretaría de Salud e Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato y la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 7 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2019
Entidad Federativa
 
 
Consultas de primera
vez por diagnóstico y/
o tratamiento
reportadas en IG en el
periodo
Consultas de primera
vez por diagnóstico
y/o tratamiento
reportadas en DGIS*
Consultas
subsecuentes
reportadas en IG
en el periodo
Consultas
subsecuentes
reportadas en DGIS*
Acciones al
individuo + acciones
a la comunidad
reportadas en IG en
el periodo
Acciones al individuo +
acciones a la
comunidad reportadas
en DGIS*
Muertes
maternas por
lugar de origen
en el periodo
Trimestre:
 
 
TABLA 1. PIRÁMIDE POBLACIONAL (COBERTURA OBJETIVO UNIDADES
MÉDICAS MÓVILES)
 
Cobertura
Operativa por
trimestre
Hombres
Rango de Edad
Mujeres
Hombres+Mujeres
 
 
70 y más
 
 
 
1er
 
 
 
 
 
 
 
 
 
65 a 69
 
 
2do
 
 
 
 
 
 
 
 
 
60 a 64
 
 
3er
 
 
 
 
 
 
 
 
 
55 a 59
 
 
4to
 
 
 
 
 
 
 
 
 
50 a 54
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
 
 
 
45 a 49
 
 
 
 
40 a 44
 
 
Causa de diferencia entre cifras de IG y plataforma de la DGIS
 
35 a 39
 
 
Consultas de 1ra vez
por diagnóstico o
tratamiento
 
 
30 a 34
 
 
 
25 a 29
 
 
 
20 a 24
 
 
Consultas
subsecuentes
 
 
15 a 19
 
 
 
10 a 14
 
 
 
5 a 9
 
 
Acciones al individuo
y acciones a la
comunidad
 
 
2 a 4 años
 
 
 
1 año
 
 
 
< de 1 año
 
 
Otros comentarios
Fecha de la consulta en DGIS:
 
Total
 
 
 
 
 
 
Población de Anexo 6:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Supervisor Estatal (nombre y firma)
 
 
 
Coordinador Estatal (nombre y firma)
Responsable de Integración
 
 
 
Responsable de Validación
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7'484,848.84 (Siete millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho pesos 84/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Guanajuato, por conducto de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, la Secretaría de Salud e Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato y la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas.
 
Entidad Federativa:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Trimestre:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Fecha de validación DGPLADES:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
I. Control Nutricional
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
1.1
Porcentaje de niños con obesidad y sobrepeso
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.2
Porcentaje de niños con peso para la talla normal
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.3
Porcentaje de niños con desnutrición leve
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.4
Porcentaje de niños con desnutrición moderada
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.5
Porcentaje de niños con desnutrición grave
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.6
Porcentaje de niños con recuperados de desnutrición
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
II. Enfermedades Diarreicas Agudas en menores de cinco años
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
2.1
Porcentaje de enfermedades diarreicas agudas de primera vez en menores de cinco años
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
2.2
Porcentaje de casos de enfermedades diarreicas agudas en menores de cinco años que requirieron plan A
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
2.3
Porcentaje madres capacitadas en enfermedades diarreicas agudas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
III. Enfermedades Respiratoria Agudas en menores de cinco años
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
3.1
Porcentaje de infecciones respiratorias agudas en menores de cinco años
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
3.2
Porcentaje de casos de infecciones respiratorias agudas en menores de cinco años que requirieron antibiótico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
3.3
Porcentaje madres capacitadas en infecciones respiratorias agudas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
IV. Diabetes Mellitus
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
4.1
Porcentaje de pacientes con Diabetes Mellitus en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
4.2
Porcentaje de pacientes con Diabetes Mellitus controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
4.3
Porcentaje de casos nuevos de Diabetes Mellitus
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
4.4
Porcentaje de detecciones para Diabetes Mellitus
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
V. Hipertensión Arterial Sistémica
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
5.1
Porcentaje de pacientes con Hipertensión Arterial Sistémica en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5.2
Porcentaje de pacientes con Hipertensión Arterial Sistémica controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5.3
Porcentaje de casos nuevos de Hipertensión Arterial Sistémica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5.4
Porcentaje de detecciones para Hipertensión Arterial Sistémica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VI. Obesidad
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
6.1
Porcentaje de pacientes con Obesidad en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6.2
Porcentaje de pacientes con Obesidad controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6.3
Porcentaje de casos nuevos de Obesidad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6.4
Porcentaje de detecciones para Obesidad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VII. Dislipidemias
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
7.1
Porcentaje de pacientes con Dislipidemias en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7.2
Porcentaje de pacientes con Dislipidemias controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7.3
Porcentaje de casos nuevos de Dislipidemias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7.4
Porcentaje de detecciones para Dislipidemias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VIII. Síndrome Metabólico
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
8.1
Porcentaje de pacientes con Síndrome metabólico en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
8.2
Porcentaje de pacientes con Síndrome metabólico controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
8.3
Porcentaje de casos nuevos de Síndrome metabólico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
IX. Cáncer Cervicouterino
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
9.1
Porcentaje de detecciones oportunas de cáncer cérvico uterino
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.2
Porcentaje de detecciones de Virus de Papiloma Humano
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.3
Cobertura de tamizaje en mujeres de 25 a 64 años con citología o prueba de VPH
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.4
Porcentaje de casos nuevos de Displasia (leve, moderada y severa)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.5
Tasa de detección de cáncer cérvico uterino
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
X. Cáncer de Mama
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
10.1
Cobertura de tamizaje en mujeres de 25 a 39 años con exploración clínica de mama
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
10.2
Tasa de detección de cáncer de mama
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XI. Control Prenatal y Puerperio
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
11.1
Porcentaje de detecciones de mujeres embarazadas en el primer trimestre de gestación
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.2
Proporción de consultas a mujeres embarazadas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.3
Porcentaje de mujeres con embarazo de alto riesgo de primera vez
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.4
Porcentaje de mujeres con embarazo de alto riesgo de primera vez referidas a segundo o tercer nivel
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.5
Proporción de consultas de seguimiento a puérperas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XII. Prevención de defectos al nacimiento
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
12.1
Porcentaje de mujeres en edad fértil que recibieron ácido fólico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XIII. Planificación Familiar
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
13.1
Porcentaje de usuarios activos de planificación familiar
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
13.2
Porcentaje de puérperas aceptantes de planificación familiar
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XIV. Atención Odontológica
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
14.1
Promedio de pacientes que reciben consulta odontológica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
14.2
Porcentaje de acciones preventivas odontológicas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
14.3
Porcentaje de acciones curativas odontológicas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XV. Vacunación
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
(N/D)*100
Numerador (N)
Denominador (D)
15.1
Porcentaje de vacunación en embarazadas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
15.2
Porcentaje de vacunación en menores de 9 años
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CAUSAS POR LAS QUE SE OBTUVIERON LOS RESULTADOS
ACCIONES PARA MEJORAR
I
1.1
 
 
 
1.2
 
 
 
1.3
 
 
 
1.4
 
 
 
1.5
 
 
 
1.6
 
 
II
2.1
 
 
 
2.2
 
 
 
2.3
 
 
III
3.1
 
 
 
3.2
 
 
 
3.3
 
 
IV
4.1
 
 
 
4.2
 
 
 
4.3
 
 
 
4.4
 
 
V
5.1
 
 
 
5.2
 
 
 
5.3
 
 
 
5.4
 
 
VI
6.1
 
 
 
6.2
 
 
 
6.3
 
 
 
6.4
 
 
VII
7.1
 
 
 
7.2
 
 
 
7.3
 
 
 
7.4
 
 
VIII
8.1
 
 
 
8.2
 
 
 
8.3
 
 
IX
9.1
 
 
 
9.2
 
 
 
9.3
 
 
 
9.4
 
 
 
9.5
 
 
X
10.1
 
 
 
10.2
 
 
XI
11.1
 
 
 
11.2
 
 
 
11.3
 
 
 
11.4
 
 
 
11.5
 
 
XII
12.1
 
 
XIII
13.1
 
 
 
13.2
 
 
XIV
14.1
 
 
 
14.2
 
 
 
14.3
 
 
XV
15.1
 
 
 
15.2
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7'484,848.84 (Siete millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho pesos 84/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Guanajuato, por conducto de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, la Secretaría de Salud e Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato y la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas.
 
ANEXO 8 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
GASTOS ADMINISTRATIVOS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO DE:
12101
HONORARIOS
Asignaciones destinadas a cubrir el pago por la prestación de servicios contratados con personas físicas, como profesionistas, técnicos, expertos y peritos, entre otros, por estudios, obras o trabajos determinados que correspondan a su especialidad.
HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIOS DERIVADO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVO DEL PROGRAMA FAM.
13202
GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO
Asignaciones por concepto de gratificación de fin de año al personal operativo y gerencial del Programa FAM en las entidades.
GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO PARA EL PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVO DEL PROGRAMA FAM.
37101*
PASAJES ÁEREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37103*
PASAJES ÁEREOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37104*
PASAJES ÁEREOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37101 Pasajes aéreos nacionales para labores en campo y de supervisión, 37102 Pasajes aéreos nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37103 Pasajes aéreos nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37201*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Incluye los gastos para pasajes del personal operativo que realiza funciones de reparto y entrega de mensajería, y excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37203*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
 
37204*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37201 Pasajes terrestres nacionales para labores en campo y de supervisión, 37202 Pasajes terrestres nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37203 Pasajes terrestres nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento
37501*
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, derivado de la realización de labores de campo o supervisión e inspección, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37101 y 37201.
37503*
VIÁTICOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37103 y 37203.
37504*
VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en lugares distintos a los de su adscripción, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37501, 37502, 37503, 37104 y 37204. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos.
37901*
GASTOS PARA OPERATIVOS Y TRABAJOS DE CAMPO EN ÁREAS RURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que realizan las dependencias y entidades, por la estadía de servidores públicos que se origina con motivo del levantamiento de censos, encuestas, y en general trabajos en campo para el desempeño de funciones oficiales, cuando se desarrollen en localidades que no cuenten con establecimientos que brinden servicios de hospedaje y alimentación, y no sea posible cumplir con los requisitos de otorgamiento de viáticos y pasajes previstos en las partidas del concepto 3700.
39202
OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS
Asignaciones destinadas a cubrir otra clase de impuestos y derechos tales como gastos de escrituración, legislación de exhortos notariales, de registro público de la propiedad, tenencias y canje de placas de vehículos oficiales, diligencias judiciales, derechos y gastos de navegación de aterrizaje y despegue de aeronaves, de verificación, certificación y demás impuestos y derechos conforme a las disposiciones aplicables. Excluye el impuesto sobre la renta que las dependencias retienen y registran contra las partidas correspondientes del Capítulo 1000 "Servicios Personales".
EXCLUSIVO PARA PAGO DE PEAJE
* PARTIDAS DEL CONCEPTO 3700 SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS, SE AUTORIZA LA APLICACIÓN DE RECURSOS PARA CUBRIR LOS GASTOS DE ESTAS PARTIDAS PARA COORDINADOR , SUPERVISORES Y ENLACE ADMINISTRATIVO.
EN EL CASO DEL PERSONAL OPERATIVO, SE PODRÁ HACER USO DE ESTAS PARTIDAS, SIEMPRE Y CUANDO SEA CONVOCADO POR "LA SECRETARÍA" (DGPLADES),
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7'484,848.84 (Siete millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho pesos 84/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Guanajuato, por conducto de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, la Secretaría de Salud e Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato y la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 8 A DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
APLICACIÓN DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR
CONCEPTO DE:
21101
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA
Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales y artículos diversos de oficina, para el uso en las unidades médicas móviles federales, tales como: artículos papelería, libretas, carpetas, útiles de escritorio como engrapadoras, perforadoras, sacapuntas, entre otros.
26102
COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS
Asignaciones destinadas a la adquisición de gasolina para vehículos federales (unidades médicas móviles) del Programa FAM.
27101
VESTUARIO Y UNIFORMES
Asignaciones destinadas a la adquisición de prendas y accesorios de vestir: camisas, pantalones, calzado; uniformes e insignias para el personal de las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.
29501
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO
Asignaciones destinadas a la adquisición de refacciones y accesorios para todo tipo de aparatos e instrumentos médicos y de laboratorio (electrocardiógrafos, ultrasonido, piezas de mano de alta y baja velocidad dentales, esterilizadores (autoclave), equipo de rayos x dental, baumanómetro, fonodetectores de latidos fetales, estuche de diagnóstico), entre otros correspondientes a las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.
29601
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE
Asignaciones destinadas a la adquisición de autopartes de equipo de transporte tales como: llantas, suspensiones, sistemas de frenos, partes eléctricas, alternadores, distribuidores, partes de suspensión y dirección, marchas, embragues, retrovisores, tapetes, limpiadores, volantes, gatos hidráulicos o mecánicos de las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.
33401
SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A SERVIDORES PÚBLICOS
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios profesionales que se contraten con personas físicas y morales por concepto de preparación e impartición de cursos de capacitación y/o actualización de los servidores públicos, en territorio nacional, en cumplimiento de los programas anuales de capacitación que establezcan en el Programa conforme al numeral 6.5.3 de la Reglas de Operación 2019.
35401
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio (electrocardiógrafos, ultrasonido, piezas de mano de alta y baja velocidad dentales, esterilizadores (autoclave), equipo de rayos x dental, baumanómetro, fonodetectores de latidos fetales, estuche de diagnóstico, entre otros), de las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.
35501
MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de mantenimiento y conservación de unidades médicas móviles federales del Programa FAM y su planta de luz o de emergencia.
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7'484,848.84 (Siete millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho pesos 84/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Guanajuato, por conducto de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, la Secretaría de Salud e Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato y la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 9 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
PERSONAL EN EL ESTADO DE GUANAJUATO
PERSONAL AUTORIZADO PARA CONTRATACIÓN POR HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIOS, DERIVADO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DEL PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVO DEL PROGRAMA.
 
DESCRIPCIÓN
No.
PAGO DE
HONORARIOS POR
LA PRESTACIÓN DE
SERVICIOS (BRUTO
MENSUAL)
PARTE
PROPORCIONAL
DE GRATIFICACIÓN
DE FIN DE AÑO *
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONE
S
COORDINADOR (DIR. ÁREA "A")
1
$47,973.69
$5,330.41
$53,304.10
12
$639,649.20
SUPERVISOR (JEFE DE DEPTO. RAMA
MÉDICA "A")
1
$33,531.45
$3,725.72
$37,257.17
12
$447,086.04
ENLACE ADMINISTRATIVO
1
$17,500.00
$1,944.44
$19,444.44
9
$175,000.00
 
 
 
 
 
 
$1,261,735.24
UNIDAD MÓVIL TIPO 0
 
 
 
 
 
 
DESCRIPCIÓN
No.
PAGO DE
HONORARIOS POR
LA PRESTACIÓN DE
SERVICIOS (BRUTO
MENSUAL)
PARTE
PROPORCIONAL
DE GRATIFICACIÓN
DE FIN DE AÑO *
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONE
S
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
5
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
12
$1,031,732.40
PROMOTOR (SOPORTE
ADMINISTRATIVO "A")
5
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
12
$861,207.60
 
 
 
 
 
 
$1,892,940.00
UNIDAD MÓVIL TIPO 1
 
 
 
 
 
 
DESCRIPCIÓN
No.
PAGO DE
HONORARIOS POR
LA PRESTACIÓN DE
SERVICIOS (BRUTO
MENSUAL)
PARTE
PROPORCIONAL
DE GRATIFICACIÓN
DE FIN DE AÑO *
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONE
S
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
0
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
12
$-
PROMOTOR (SOPORTE
ADMINISTRATIVO "A")
0
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
12
$-
 
 
 
 
 
 
$-
UNIDAD MÓVIL TIPO 2
 
 
 
 
 
 
DESCRIPCIÓN
No.
PAGO DE
HONORARIOS POR
LA PRESTACIÓN DE
SERVICIOS (BRUTO
MENSUAL)
PARTE
PROPORCIONAL
DE GRATIFICACIÓN
DE FIN DE AÑO *
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONE
S
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
4
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
12
$825,385.92
PROMOTOR (SOPORTE
ADMINISTRATIVO "A")
4
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
12
$688,966.08
CIRUJANO DENTISTA "A"
4
$23,854.32
$2,650.48
$26,504.80
12
$1,272,230.40
 
 
 
 
 
 
$2,786,582.40
UNIDAD MÓVIL TIPO 3 (En el ejercicio 2019 estas unidades operarán como UMM-2.)
 
 
 
DESCRIPCIÓN
No.
PAGO DE
HONORARIOS POR
LA PRESTACIÓN DE
SERVICIOS (BRUTO
MENSUAL)
PARTE
PROPORCIONAL
DE GRATIFICACIÓN
DE FIN DE AÑO *
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONE
S
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
2
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
12
$412,692.96
PROMOTOR (SOPORTE
ADMINISTRATIVO "A")
2
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
12
$344,483.04
CIRUJANO DENTISTA "A"
2
$23,854.32
$2,650.48
$26,504.80
12
$636,115.20
 
 
 
 
 
 
$1,393,291.20
 
 
 
 
TOTAL
 
$7,334,548.84
 
* La asignación presupuestal correspondiente a la parte proporcional de gratificación de fin de año, se encuentra programada para ministrarse en el último cuatrimestre del año.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7'484,848.84 (Siete millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho pesos 84/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Guanajuato, por conducto de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, la Secretaría de Salud e Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato y la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 10 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
REPORTE DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS 2019
ENTIDAD FEDERATIVA:
 
 
 
TRIMESTRE:
 
 
MES:
SECRETARIA DE
FINANZAS
SERVICIOS DE SALUD
TOTAL
 
RENDIMIENTOS GENERADOS NETOS
 
No. CUENTA PRODUCTIVA
No. DE CUENTA PRODUCTIVA
 
ENERO
 
 
 
 
FEBRERO
 
 
 
 
MARZO
 
 
 
 
ABRIL
 
 
 
 
MAYO
 
 
 
 
JUNIO
 
 
 
 
JULIO
 
 
 
 
AGOSTO
 
 
 
 
SEPTIEMBRE
 
 
 
 
OCTUBRE
 
 
 
 
NOVIEMBRE
 
 
 
 
DICIEMBRE
 
 
 
 
MONTO TRIMESTRAL
 
 
 
 
MONTO TOTAL ACUMULABLE
$                          -
$                                 -
$              -
*ENVIAR LOS 15 PRIMEROS DÍAS, AL TÉRMINO DEL TRIMESTRE.
 
 
RESPONSABLE DE LA
INFORMACIÓN
 
DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE
LOS SERVICIOS DE SALUD (O SU
EQUIVALENTE)
 
SECRETARIO DE SALUD O DIRECTOR DE
LOS SERVICIOS DE SALUD DE LA
ENTIDAD (O SU EQUIVALENTE)
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7'484,848.84 (Siete millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho pesos 84/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Guanajuato, por conducto de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, la Secretaría de Salud e Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato y la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 11 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
 
CIERRE PRESUPUESTARIO EJERCICIO 2019
Capítulo
de gasto
Presupuesto
autorizado
Presupuesto
modificado
Presupuesto
ejercido
(comprobado)
Reintegro
TESOFE (1)
 
No. Cuenta
Rendimientos
generados
Rendimientos
ejercidos
Rendimiento
s
reintegrados
a TESOFE (2)
1000
 
 
 
 
 
No. Cuenta Secretaría
de Finanzas
 
 
 
3000
 
 
 
 
 
No. Cuenta Servicios
de Salud
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN
 
DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LOS
SERVICIOS DE SALUD (O SU
EQUIVALENTE)
 
SECRETARIO DE SALUD O DIRECTOR DE LOS
SERVICIOS DE SALUD DE LA ENTIDAD (O SU
EQUIVALENTE)
NOTAS:
(1) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro presupuestal y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
(2) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro de rendimientos financieros y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7'484,848.84 (Siete millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho pesos 84/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Guanajuato, por conducto de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, la Secretaría de Salud e Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato y la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas.
ANEXO 12 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
PROGRAMA DE VISITAS DE SUPERVISIÓN A REALIZAR EN EL ESTADO DE GUANAJUATO
PERIODO DE VISITA:
DEL MES DE: FEBRERO A DICIEMBRE 2019
De conformidad con el Modelo de Supervisión y la información de las Plataformas Informáticas para el Seguimiento y Supervisión del Programa, se podrán realizar visitas, en cumplimiento de lo especificado en las Cláusulas TERCERA fracciones I, III y V y Octava fracción III del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, que celebran el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Guanajuato con el propósito de verificar la operación y el uso adecuado de los recursos presupuestarios transferidos con carácter de subsidios por la cantidad de $7'484,848.84 (Siete millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho pesos 84/100 M.N.), así como el estado general que guarden los bienes dados en comodato del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica. Por lo que con tal finalidad, las autoridades de "LA ENTIDAD" se comprometen a proporcionar toda la documentación necesaria y permitir el acceso a los archivos correspondientes al Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7'484,848.84 (Siete millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho pesos 84/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Guanajuato, por conducto de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, la Secretaría de Salud e Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato y la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas.
Firmas de los anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 8A, 9, 10, 11 y 12 del Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.- Por la Secretaría: la Subsecretaria de Integración y Desarrollo del Sector Salud, Asa Ebba Christina Laurell.- Rúbrica.- El Director General de Planeación y
Desarrollo en Salud, Alejandro Manuel Vargas García.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato, Daniel Alberto Díaz Martínez.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Inversión y Administración, Héctor Salgado Banda.- Rúbrica.- La Secretaria de la Transparencia y Rendición de Cuentas, Marisol de Lourdes Ruenes Torres.- Rúbrica.