CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Fiscalía General de la República, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la persona moral denominada Compañía Reamex, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.- Área de Responsabilidades.- Expediente Número: SANC/01/2019.

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA PERSONA MORAL DENOMINADA COMPAÑÍA REAMEX, S.A de C.V.
Fiscalía General de la República y las
Unidades de Administración y Finanzas o sus
Equivalentes en la Administración Pública Federal,
Gobiernos de las Entidades Federativas y Municipios
Presentes.
Con fundamento en los artículos 14, 16 y 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37 fracciones XII y XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2 fracción VII, 3 fracción I, 4, 29 fracción VIII, 60 fracción IV párrafos segundo, tercero y cuarto, y 61 fracciones de la I a la IV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 99 fracción I numerales 12, 13 y 16 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, 38 del Reglamento Interior de la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación ahora Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural; 29 y 30 del Reglamento Interior del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria y en cumplimiento a lo ordenado en el Resolutivo Tercero de la Resolución de fecha veintiocho de mayo de 2019, que se dictó en el expediente SANC/001/2019, mediante el cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción incoado a la persona moral denominada COMPAÑÍA REAMEX S.A DE C.V, esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, con la empresa denominada COMPAÑÍA REAMEX S.A DE C.V, de manera directa o por interpósita persona, por un periodo de tres meses.
En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular.
Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando realicen procedimientos de contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios, con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
El plazo antes señalado queda sujeto a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 60 de la Ley Federal de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Atentamente
Ciudad de México, a 26 de agosto de 2019.- La Titular del Área de Responsabilidades, Yone Altamirano Colín.- Rúbrica.