Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito
Cancún, Q. Roo
EDICTO.
 
TERCEROS INTERESADOS: José Luis Dorantes Peralta y José Luis Dorantes Venancio.
EN EL LUGAR EN DONDE SE ENCUENTRE;
EN AUTOS DEL EXPEDIENTE NÚMERO 219/2019, RELATIVO AL JUICIO DE AMPARO DIRECTO PROMOVIDO POR JAIRO ALEJANDRO LIMÓN RAMÓN, CONTRA LA SENTENCIA DE SIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE, DICTADA POR LA OCTAVA SALA ESPECIALIZADA EN MATERIA PENAL TRADICIONAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, CON SEDE EN ESTA CIUDAD; LA MAGISTRADA PRESIDENTA DEL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO, DICTÓ EL SIGUIENTE PRONUNCIAMIENTO:
En cumplimiento a lo ordenado en acuerdo de veintitrés de julio de mil diecinueve, se ordenó realizar el emplazamiento de los terceros interesados José Luis Dorantes Peralta y José Luis Dorantes Venancio, por medio de edictos por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndoles saber a los aludidos terceros interesados que deberán presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, tal como lo dispone el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, de considerarlo pertinente a la defensa de sus intereses; asimismo, en su oportunidad, fíjese en la puerta de este Tribunal, copia íntegra de la resolución que se ordena publicar, por todo el tiempo del emplazamiento.
 
Atentamente.
Cancún, Quintana Roo, a 23 de julio de 2019.
Secretaria del Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito.
Lic. Bárbara Valeria Rosas Sifuentes.
Rúbrica.
(R.- 485021)