Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO.
 
8. María Eugenia Josefina Fernández Velázquez; 29.1 Irene Moncada Baltierra (por conducto de su representante); 29.2 Antonio Almaza Luna (por sí o por conducto de su representante); 32. José Carlos Ramón Reyes Corono; 36. Flor de María Cebada Sánchez; 45. Martha Patricia García Calderón; 55. Rocío Palomera Arroyo (por conducto de su representante); 62. Margarito Flores Flores (por conducto de su representante); 64. José Jorge Diaz Mendoza; 68. Rafael Lazcano Caza; 69. María Luisa Serrano Hernández; 83. Hilario Santel Durán; 84. Fernando Gerardo Garduño Xolapa; 92. Mabel Milla Castellanos; 103. Mari Carmen Rivera Sánchez; 114. María Pía Martínez Mar; 137. Carlos González, Orozco; 138. José Aldair González Cuacuitl; 149. Gerardo Manríquez Ministro; 150. Leonardo López Baltazar (por sí o por conducto de su representante); 161.1 Sofía Cruz Flores; y, 161.2 Fernando Padilla Manjarrez (por sí o por conducto de su representante), terceros interesados en el juicio de amparo 200/2018-B, de este Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Puebla, promovido por Jaime Cruz Mendoza, contra actos del Juez Primero de lo Penal de la ciudad de Puebla y otras autoridades; se ha ordenado emplazar por edictos a los referidos terceros interesados; que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el "Diario Oficial de la Federación" y en cualquiera de los periódicos siguientes: "Reforma", "Excélsior", "El Financiero" o "El Universal", a elección del Consejo de la Judicatura Federal; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27, fracción III , inciso c) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley citada y con el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales. Queda a disposición en la actuaría de este juzgado copia autorizada de la demanda de amparo, del auto admisorio, y del auto de dieciséis de agosto de dos mil diecinueve, haciéndoles saber que deberán presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación.
 
San Andrés Cholula, Puebla, 16 de agosto de 2019.
Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Puebla
Romina Ortiz Avila
Rúbrica.
(R.- 485615)