Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO
 
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Primerode Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, a quince de agosto de dos mil diecinueve.
Tercera interesada: María Virginia Antonia Coria Meza.
En el juicio de amparo 458/2019-II, promovido por Ernesto Cedillo Arrieta, en su carácter de albacea de la sucesión a bienes de Concepción Arrieta Guerrero, contra actos del Juez Décimo Octavo de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y actuario adscrito a dicho juzgado; se señaló como ACTO RECLAMADO: la falta de emplazamiento al juicio ordinario civil expediente 1217/1997, del índice del Juzgado Décimo Octavo de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, así como todas y cada una de las actuaciones procesales llevadas a cabo, posteriores al citado emplazamiento; como lo es la sentencia definitiva y la escrituración del inmueble materia de la litis, ubicado en calle Juárez 30, colonia Iztacalco, alcaldía Iztacalco, en la Ciudad de México, a favor de María Virginia Antonia Coria Meza; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27, fracción III, inciso b), segundo párrafo, y 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria de la Ley de Amparo, se ordena emplazar por edictos a juicio a la tercera interesada María Virginia Antonia Coria Meza, a fin de que comparezca a deducir sus derechos en el término de treinta días contado a partir del día siguiente en que se efectúe la última publicación, quedando a su disposición en la secretaría de este juzgado copia simple del escrito inicial de demanda, así como del auto admisorio de quince de mayo de dos mil diecinueve, edictos que serán publicados por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación de la República, apercibida que en caso de no apersonarse a este juicio de amparo, las ulteriores notificaciones se le harán por medio de lista, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 26, fracción III de la Ley de Amparo.
 
Atentamente.
Ciudad de México, 15 de agosto de 2019.
El Secretario de Acuerdos del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México.
César Martínez Uribe.
Rúbrica.
(R.- 486318)