Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Puente Grande
EDICTO
 
Al margen, el Escudo Nacional, con la leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. Juzgado Octavode Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, Puente Grande.
En acatamiento al acuerdo de diecisiete de septiembre de dos mil diecinueve, dictado en el juicio de amparo 363/2019-II, del índice de este Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, promovido por José Raúl Moya Ruiz, contra actos de la Primera Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, de quien reclamó la resolución emitida el veintidós de marzo de dos mil diecinueve, dictada en el toca penal 53/2018; juicio de amparo en el cual la persona de nombre Hugo Armando López Cabrera, fue señalada como tercero interesado y se ordena su emplazamiento por medio de edictos por ignorarse su domicilio, en términos del artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, a efecto de que se apersone al mismo y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibida que de no hacerlo así, las ulteriores y aun las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado, en el entendido que se deja a su disposición la copia de traslado de la demanda de amparo en la secretaría correspondiente de este juzgado. Se hace de su conocimiento que debe presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación.
 
Atentamente
Puente Grande, Jalisco, 17 de septiembre de 2019
Secretario del Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco.
Lic. Enrique Benítez López.
Rúbrica.
(R.- 486827)