Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
EDICTO
 
VIAJES NOSANA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, RAÚL GARDUÑO CHAVERO
Y MIGUEL ÁNGEL GUTIÉRREZ MARTÍNEZ.
 
En los autos del juicio de amparo 2471/2018-III, promovido por JAIME ESPINOZA ÁLVAREZ, contra los actos que reclama de la Junta Especial Número Ocho de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México y otra autoridad, al ser señalados como terceros interesados y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción III, inciso b), del artículo 27 de la Ley de Amparo, así como en el diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia, por disposición expresa de su numeral 2º, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito, por edictos que se publicarán por tres veces, de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; haciendo de su conocimiento que en la secretaría de este juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo que originó el aludido juicio y que cuentan con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de estos edictos, para que ocurran a este juzgado a hacer valer sus derechos.
 
Atentamente
Ciudad de México, veintinueve de agosto de dos mil diecinueve.
Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México.
Lic. Faviola Ramírez Franco.
Rúbrica.
(R.- 485942)