Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Delegación Yucatán
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
 
- - - En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas carpetas de investigación, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, de los siguientes bienes afectos a las indagatorias que a continuación se describen: 1.- Carpeta de investigación FED/YUC/MER/0000429/2016, iniciada por el delito EN MATERIA DE DERECHOS DE AUTOR, previsto y sancionado en el artículo 424 Bis, Fracción I del Código Penal Federal, en la cual en fechas once y dieciséis de enero del dos mil diecisiete, se decretó el aseguramiento de 11,915 (once mil novecientos quince) discos compactos apócrifos en formatos DVD, cada uno con sus respectivas portadillas, por ser objeto del delito investigado; 2.- Carpeta de investigación FED/YUC/MER/0000219/2015, iniciada por el delito en MATERIA DE DERECHOS DE AUTOR, previsto y sancionado en el artículo 424 bis fracción I del Código Penal Federal, en la cual en fecha 6 de septiembre del año 2015, se decretó el aseguramiento del numerario consistente en $6,500.00 (seis mil quinientos pesos moneda nacional), por ser producto del delito investigado; 3.- Carpeta de investigación FED/SEIDF/UNAI-YUC/0000566/2016, iniciada por el delito EN MATERIA DE PROPIEDAD INDUSTRIAL, previsto y sancionado en el artículo 223 fracción III de la Ley de Propiedad Industrial, en la cual en fecha 22 de marzo del año 2017, se decretó el aseguramiento de la cantidad de 1000 (un mil) cables USB; por ser objeto del delito investigado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a disposición jurídica y material del agente del Ministerio Público de la Federación, Delegación en el estado de Yucatán con domicilio en periférico poniente, km. 46.5, tramo susula-uman, Mérida, estadode Yucatán.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
 
Atentamente.
Mérida, Yucatán a 15 de octubre de 2019.
El Delegado de la Fiscalía General de la República
en el Estado de Yucatán.
Lic. Juan Manuel León León.
Rúbrica.
(R.- 489009)