ACUERDO por el que se suspende en el cómputo de los plazos y términos el día 11 de diciembre de 2019, en los procedimientos llevados a cabo de manera electrónica ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.

OSCAR ROSADO JIMÉNEZ, Presidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), con fundamento en lo dispuesto por los artículos 59, fracciones I y V de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 16 y 26, fracción I de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros; 2 Bis de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros y 12 del Estatuto Orgánico de la CONDUSEF, y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el principio de seguridad jurídica que deben tener los particulares frente a las actuaciones de la autoridad, por lo que es fundamental brindarles certeza a los procedimientos que en ejercicio de sus atribuciones realiza la CONDUSEF.
Que la CONDUSEF para el desahogo de los procedimientos de protección y defensa a los usuarios de servicios financieros y para los de supervisión a las Instituciones Financieras, contemplados en la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros y en la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, ha implementado el uso de medios electrónicos.
Que de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, los términos podrán suspenderse por causa de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente fundada y motivada.
Que mediante memorándum la Vicepresidencia Técnica de la CONDUSEF, informó que el día 11 de diciembre de 2019, la comunicación externa de algunos sistemas presentó fallas a causa del software denominado Web Application Firewall (WAF) de la CONDUSEF, por lo que se tuvo que suspender el acceso público a los sistemas de Notificaciones Electrónicas (SINE), de Gestión Electrónica (SIGE), del Registro de Despachos de Cobranza (REDECO) y del Diplomado de Educación Financiera, sistemas que se ubican en el portal de Internet de la CONDUSEF, acontecimientos que actualizan una casual de caso fortuito, motivo por el cual se tuvieron que realizar labores de mantenimiento al WAF.
Que la CONDUSEF, con fundamento en los artículos 5, 11 fracción II, 16, 26, fracción I, 59 Bis 1 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros; 2 Bis, 17 Bis 1 y 17 Bis 4 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, lleva a cabo procedimientos a través de los sistemas denominados: Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINE), Sistema de Gestión Electrónica (SIGE) y Registro de Despachos de Cobranza (REDECO), asimismo lleva a cabo el establecimiento de programas educativos, tales como el Diplomado de Educación Financiera de la CONDUSEF.
Que con el fin de brindar certeza y seguridad jurídica tanto a los usuarios, como a las Instituciones Financieras que tienen asuntos en trámite ante la Comisión Nacional, así como a todo el público en general, respecto de los términos y plazos relativos a los procedimientos administrativos correspondientes, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE SUSPENDE EN EL CÓMPUTO DE LOS PLAZOS Y TÉRMINOS EL DÍA 11 DE
DICIEMBRE DE 2019, EN LOS PROCEDIMIENTOS LLEVADOS A CABO DE MANERA ELECTRÓNICA
ANTE LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE
SERVICIOS FINANCIEROS
ARTÍCULO PRIMERO. Para efectos de los actos y procedimientos que en ejercicio de sus atribuciones realiza la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINE), del Sistema de Gestión Electrónica (SIGE), del Registro de Despachos de Cobranza (REDECO) y de la plataforma web del Diplomado de Educación Financiera, se suspenden para el computo de los plazos y términos el día 11 de diciembre de 2019.
ARTÍCULO SEGUNDO. Los procedimientos y actuaciones pendientes por desahogar en dichos sistemas con fecha de vencimiento 11 de diciembre de 2019, se recorren al día 13 de diciembre de 2019.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente,
Ciudad de México, a 11 de diciembre de 2019.- El Presidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, Oscar Rosado Jiménez.- Rúbrica.