ANEXO al Acuerdo número 33/12/19 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa para el ejercicio fiscal 2020, publicado el 29 de diciembre de 2019.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020
ÍNDICE
GLOSARIO
1. INTRODUCCIÓN
2. OBJETIVOS
2.1. General
2.2. Específicos
3. LINEAMIENTOS
3.1. Cobertura
3.2. Población objetivo
3.3. Beneficiarios/as
3.3.1. Requisitos
3.3.2. Procedimiento de selección
3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)
3.4.1 Devengo, aplicación y reintegro de los recursos
3.4.1.1 Devengos
3.4.1.2 Aplicación
3.4.1.3 Reintegros
3.5. Derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos
3.6. Participantes
3.6.1. Instancia(s) ejecutora(s)
3.6.2. Instancia(s) normativa(s)
3.7. Coordinación institucional
4. OPERACIÓN
4.1. Proceso
4.2. Ejecución
4.2.1. Avance físico financiero
4.2.2. Acta de entrega-recepción
4.2.3. Cierre de ejercicio
5. AUDITORÍA, CONTROL Y SEGUIMIENTO
6. EVALUACIÓN
6.1. Interna
6.2. Externa
6.3. Indicadores
7. TRANSPARENCIA
7.1. Difusión
7.2. Contraloría social
8. QUEJAS Y DENUNCIAS
ANEXOS
Anexo 1A | Listado de Institución(es) de Educación Superior Pública(s) (IES) que conforman la población objetivo del Programa · Dirección General de Educación Superior Universitaria (DGESU) · Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas (CGUTyP) · Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación (DGESPE) |
Anexo 2A | Guía PROFEXCE 2020-2021 para universidades con DES. |
Anexo 3A | Guía PROFEXCE 2020-2021 para universidades sin DES. |
Anexo 4A Anexo 4B Anexo 4C | Formatos de seguimiento académico y financiero DGESU CGUTyP DGESPE |
Anexo 5A Anexo 5B Anexo 5C | Diagramas de flujo DGESU CGUTyP DGESPE |
Anexo 6A Anexo 6B | Criterios, requisitos y formatos para formular y presentar solicitudes de transferencias de productos financieros, remanentes y reprogramaciones DGESU CGUTyP |
Anexo 7A Anexo 7B Anexo 7C | Convocatorias DGESU CGUTyP DGESPE |
Anexo 8A | Reprogramación DGESU |
Anexo 9A Anexo 9B Anexo 9C | Modelos de convenio DGESU CGUTyP DGESPE |
Anexo 10A Anexo 10B Anexo 10C | Acta de entrega-recepción de documentos DGESU CGUTyP DGESPE |
Anexo 11A Anexo 11B Anexo 11C | Formato de oficio de liberación DGESU CGUTyP DGESPE |
GLOSARIO
Acta entrega-recepción de documentos.- Documento que suscriben las Instituciones de Educación Superior y las instancias normativas que participan en este Programa, para formalizar la entrega de los documentos de planeación participativa y sus proyectos integrales.
AEFCM.- Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, Órgano Administrativo Desconcentrado, del Ramo 25 "Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos", con autonomía técnica y de gestión, que tiene por objeto prestar los servicios de educación inicial, básica -incluyendo la indígena-, especial, así como la normal y demás para la formación de maestras/os de educación básica en el ámbito de la Ciudad de México.
AEL.- Autoridad Educativa Local. Se hace referencia al/la titular de cada uno de los Estados de la Federación o su homólogo, así como a las Entidades que, en su caso, se establezcan para el ejercicio de la función social educativa. Para efectos de las presentes Reglas de Operación quedará incluida la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México
Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Es un plan de acción en favor de las personas, el planeta y la prosperidad. También tiene por objeto fortalecer la paz universal dentro de un concepto más amplio de la libertad. Se reconoce que la erradicación de la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el mayor desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un requisito indispensable para el desarrollo sostenible.
Alumna o alumno.- Niña, niño, adolescente o joven en edad de cursar la Educación, matriculada/o en cualquier grado de los diversos niveles, modalidades y servicios educativos que se brindan como parte del Sistema Educativo Nacional.
APF.- Administración Pública Federal.
ASF.- Auditoría Superior de la Federación.
Avance Físico-Financiero. Es un reporte que permite conoce la evolución y resultados de las metas programadas en relación con los recursos del Gasto público en un lapso de Tiempo determinado para su evaluación.
CA.- Cuerpo Académico. Grupo de profesores/as de tiempo completo que comparten una o varias líneas de generación de conocimiento, investigación aplicada o desarrollo tecnológico e innovación en temas disciplinares o multidisciplinares y un conjunto de objetivos y metas académicas. Dado el nivel de investigación que realizan, son un instrumento de profesionalización del profesorado y de su permanente actualización, por lo tanto, favorecen una plataforma sólida para enfrentar el futuro cada vez más exigente en la formación de capital humano. Adicionalmente atienden los programas educativos afines a su especialidad en varios tipos (Cuerpo Académico Consolidado, Cuerpo Académico y Cuerpo Académico En Formación).
CAC.- Cuerpo Académico Consolidado.
CAEC.- Cuerpo Académico en Consolidación.
CAEF.- Cuerpo Académico En Formación.
CENEVAL.- Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior, A.C.
CFDI.- Comprobante Fiscal Digital por Internet o Factura Electrónica.
CGUTyP.- Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas de la Subsecretaría de Educación Superior (SES) de la Secretaría de Educación Pública de la APF.
CIEES.- Comités Interinstitucionales para la Evaluación de la Educación Superior, A.C.
CLC.- Cuenta por liquidar certificada. El medio por el cual se realizan cargos al Presupuesto de Egresos para efectos de registro y pago.
Comité de Contraloría Social.- Es la organización social constituida por los/las beneficiarios/as de los programas de desarrollo social a cargo de las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal, para el seguimiento, supervisión y vigilancia de la ejecución y cumplimiento de las acciones comprometidas en dichos Programas, así como para apoyar en el ejercicio de transparencia y rendición de cuentas de los recursos asignados. Para el caso de las escuelas de educación básica podrá ser conformado por integrantes del Consejo Escolar de Participación Social, con excepción de personal directivo, docente, representantes sindicales y funcionarios/as públicos/as que desempeñen actividades en el mismo centro escolar.
Comités Pares Académicos.- Comités integrados por expertas y expertos del más alto nivel y prestigio académico del país, convocados por la Subsecretaría de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública, para evaluar los documentos de planeación y sus proyectos asociados formulados por las IES, en el marco de las metodologías de planeación establecidas por la SES.
CONACYT.- Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto elaborar las políticas de ciencia y tecnología en México; así como coordinar y promover el desarrollo científico y tecnológico del país.
Conceptos de gasto.- Son los aspectos o requerimientos que se formulan en los proyectos de cada Instancia normativa mediante los cuales los beneficiarios del Programa aplican el recurso económico otorgado. Estos conceptos de gasto se clasifican en cinco tipos.- honorarios, servicios, materiales, infraestructura académica y acervo.
CONRICYT.- Consorcio Nacional de Recursos de Información Científica y Tecnológica, que tiene por objeto fortalecer las capacidades de las Instituciones de Educación Superior y los Centros de Investigación, para que el conocimiento científico y tecnológico universal sea del dominio de estudiantes, de cuerpos académicos, investigadores y otros usuarios, ampliando, consolidando y facilitando el acceso a la información científica en formatos digitales. En lo sucesivo "CONSORCIO".
Contraloría social.- Es el mecanismo de los beneficiarios, para que de manera organizada verifiquen el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los programas de desarrollo social.
Convenio.- Instrumento consensual por virtud del cual, dos o más sujetos establecen derechos y obligaciones, así como acciones a desarrollar con un fin común.
Convenio Marco de Coordinación.- Instrumento jurídico a través del cual la Secretaría de Educación Pública de la APF, por conducto de la Subsecretaría de Educación Básica, acuerda con la AEL, entre otros aspectos, los derechos y obligaciones a cargo de cada una de ellas, la operación y la transferencia de recursos del Fortalecimiento a la Excelencia Educativa para el ejercicio fiscal 2020, en el marco de las presentes Reglas de Operación. Para el caso de la Ciudad de México se celebra con la AEFCM Lineamientos Internos de Coordinación.
Convocatoria.- Documento emitido por las Instancias normativas correspondientes, mediante el cual se dan a conocer los requisitos, bases y fechas para participar en el Programa, conforme a lo establecido en las presentes Reglas de Operación.
COPAES.- Consejo para la Acreditación de la Educación Superior, A.C.
Curso.- Espacio curricular en el cual se intercambia información y construye conocimiento.
Cuenta bancaria productiva específica.- Cuenta bancaria que apertura la Tesorería o equivalente de las entidades federativas para la transferencia de los subsidios del Programa presupuestario S300 Fortalecimiento a la Excelencia Educativa.
DES.- Dependencia(s) de Educación Superior. Conjunto de departamentos, escuelas, facultades y/o unidades académicas en Universidades Públicas Estatales, de Apoyo Solidario y Universidades Federales, según sea el caso que se trate, con afinidad temática o disciplinaria, que se asocian para el óptimo uso de recursos humanos y materiales. Puede o no corresponder a una dependencia orgánica de la institución.
DGESPE.- Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación adscrita a la Subsecretaría de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública de la APF.
DGESU.- Dirección General de Educación Superior Universitaria adscrita a la Subsecretaría de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública de la APF.
DOF.- Diario Oficial de la Federación.
Economías o remanentes.- Recursos económicos sobrantes una vez que la institución beneficiaria adquirió la totalidad de las unidades y/o servicios de los conceptos de gasto que fueron programados con los recursos asignados en un ejercicio fiscal y que además se hayan cumplido los valores cualitativos asociados a las acciones y metas autorizadas.
EDINEN.- Estrategia para el Desarrollo Institucional de la Nueva Escuela Normal. En el marco de la reforma educativa, es una estrategia para impulsar la capacidad de planeación prospectiva y participativa para el fortalecimiento específico de las Entidades Federativas y las escuelas normales públicas, de modo que se favorezca la integración y consolidación de un sistema estatal de educación normal de buena calidad, así como el mejoramiento de los servicios educativos y de la gestión de las instituciones formadoras de las maestras y los maestros.
Educación inclusiva.- Un proceso educativo que parte del respeto a la dignidad humana y de la valoración a la diversidad y que, en consecuencia, propicia que todas las personas, especialmente de los sectores sociales en desventaja , (mujeres, personas con alguna discapacidad, personas indígenas, etc.), desarrollen al máximo sus potencialidades mediante una acción pedagógica diferenciada y el establecimiento de condiciones adecuadas a tal diversidad, lo que implica la eliminación o minimización de todo aquello que constituya una barrera al desarrollo, aprendizaje y a la participación en la comunidad escolar.
Educación superior.- Tipo educativo que comprende la formación que se imparte después del bachillerato o de sus equivalentes. Está compuesto por técnico superior universitario, la licenciatura, la especialidad, la maestría y el doctorado, así como por opciones terminales previas a la conclusión de la licenciatura. Comprende la educación normal en todos sus niveles y especialidades.
Ejercicio fiscal.- Período comprendido del primero de enero al 31 de diciembre de cada año.
Entidades Federativas.- Los 31 Estados de la República Mexicana y la Ciudad de México.
Equidad.- Trato diferenciado a las personas en función de sus características, cualidades, y necesidades a fin de que dispongan de iguales oportunidades en la vida social.
Equidad educativa.- Atención con mayores y mejores recursos a grupos sociales o a estudiantes en desventaja sea esta derivada de su origen étnico, sus condiciones socioeconómicas, capacidades individuales, género, entre otras con base en el reconocimiento de sus características, cualidades y necesidades particulares, con el fin de que alcancen el máximo desarrollo de sus potencialidades y participen en igualdad de condiciones en la vida social.
Escuela Normal Pública.- Institución educativa que ofrece una o varias de las siguientes Licenciaturas en modalidad escolarizada y mixta.- en Educación Preescolar, Plan 1999; en Educación Primaria, Plan 1997; en Educación Secundaria, Plan 1999; en Educación Física, Plan 2002; en Educación Especial, Plan 2004; Educación Primaria Intercultural Bilingüe, Plan 2004; en Educación Preescolar, Plan 2012; en Educación Primaria, Plan 2012; en Educación Preescolar Intercultural Bilingüe, Plan 2012; en Educación Primaria Intercultural Bilingüe, Plan 2012; publicados mediante los Acuerdos Secretariales 259, 268, 269, 284, 322, 349, 492, 649, 650, 651 y 652 en el DOF los días 2 de agosto de 1999, 11 de mayo de 2000, 21 de septiembre de 2000, 30 de enero de 2003, 3 de diciembre de 2004, 31 de agosto de 2009 y 20 de agosto de 2012.
Escuela normal pública federal.- Institución Educativa de la Ciudad de México (adscritas a la AEFCM).
Evaluación.- Proceso sistemático, mediante el cual se observa, analiza y recopila información respecto al impacto de las acciones del Programa y permite la correcta toma de decisiones, realizada por autoridad educativa local o instituciones externas.
Evaluación interna.- Procedimiento que se realiza con el fin de dar seguimiento y monitorear el desempeño de un Programa presupuestario, constituyendo para tal efecto indicadores relacionados con su objetivo general y específicos.
Excelencia.- Criterio de la educación que se orienta al mejoramiento integral constante que promueve el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para el desarrollo de su pensamiento crítico y el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad.
FAM.- Fondo de Aportaciones Múltiples para Educación Superior.
Fideicomiso.- Contrato constituido por cada Institución de Educación Superior Pública beneficiada con recursos federales extraordinarios mediante una institución de crédito legalmente autorizada, con el fin de administrar los recursos aportados por el Gobierno de México, para cada uno de los apoyos establecidos en el respectivo Convenio.
Fortalecimiento académico.- Acciones dirigidas al personal docente y directivo que contribuyan a brindar herramientas para el desarrollo de competencias y habilidades específicas colegiado y toma de decisiones como base para el mejoramiento continuo de la educación.
Fortalecimiento de la Excelencia Educativa.- Es una estrategia del Gobierno de México que tiene como objetivo integrar a las escuelas públicas de educación superior en un proceso de cambio o plan de mejora que las convierta y consolide en el elemento eficaz y eficiente de la educación, para garantizar el compromiso de toda la sociedad para la formación de sus futuras generaciones y la continuidad de las políticas y programas puestos en marcha para el logro de estos objetivos.
Gasto comprometido.- El momento contable del gasto que refleja la aprobación por autoridad competente de un acto administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza una relación jurídica con terceros para la adquisición de bienes y servicios o ejecución de obras. En el caso de las obras a ejecutoras o de bienes y servicios a recibirse durante varios ejercicios, el compromiso será registrado por la parte que se ejecutará o recibirá, durante cada ejercicio.
Gasto devengado.- El momento contable del gasto que refleja el reconocimiento de una obligación de pago a favor de terceros por la recepción de conformidad de bienes, servicios y obras oportunamente contratados; así como de las obligaciones que derivan de tratados, leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas.
Guía EDINEN.- Documento metodológico orientador para quienes coordinan y participan en la elaboración del EDINEN en el ciclo bienal respectivo, misma que puede ser consultada en la siguiente liga.- https://guiaEDINENdgespe.weebly.com.
Guía PROFEXCE.- Documento que contiene los lineamientos para que las Universidades Públicas Estatales (UPES), Universidades Públicas Estatales de Apoyo Solidario (UPEAS), Universidades Federales (UPF) y Universidades Interculturales(UUII) formulen y/o actualicen su planeación estratégica participativa, en apego a las presentes Reglas de Operación. En las presentes Reglas de Operación, para el caso de la DGESU se referirán a su versión 2020-2021.
Habilitación docente.- Conjunto de acciones para apoyar la superación académica del personal directivo y docente para cursar estudios de maestría y doctorado integrados al Padrón Nacional de Posgrados y los autorizados por la DGESPE.
IES.- Institución(es) de Educación Superior Pública(s), que para efectos de las presentes Reglas de Operación, comprenden.- Universidades Públicas Estatales (UPES), Universidades Públicas Estatales de Apoyo Solidario (UPEAS), Universidades Politécnicas (UUPP), Universidades Tecnológicas (UUTT), Universidades Interculturales(UUII), Universidades Federales (UPF) y Escuelas Normales.
Igualdad de género.- Situación en la cual mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar.
Inclusión educativa.- Proceso de identificar y responder a la diversidad de las necesidades de todas y todos los estudiantes a través de la mayor participación en el aprendizaje, las culturas y las comunidades, y reduciendo la exclusión en la educación
Instancia(s) ejecutora(s).- Son las Instituciones de Educación Superior que se enlistan en el Anexo 1A de las presentes Reglas de Operación.
Instancia(s) normativa(s).- Son la Subsecretaría de Educación Superior, la Dirección General de Educación Superior Universitaria, la Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas y la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación.
LDFEFM.- Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los municipios.
LFPRH.- Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
LGCG.- Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Lineamientos Internos para la Operación de Programas Federales (Lineamientos).- Acto jurídico que suscriben la Secretaría de Educación Pública y la AEFCM, con el propósito de establecer los compromisos que permitan el cumplimiento de objetivos y metas definidas en los mismos lineamientos. Para el caso de la DGESU, constituye el instrumento jurídico a través del cual la Secretaria de Educación Pública, acuerda con Universidades Públicas Federales los derechos, obligaciones a cargo de cada una de las partes y los criterios de operación del subsidio que otorga el Programa.
MIR.- Matriz de Indicadores para Resultados. Herramienta de planeación estratégica que en forma resumida, sencilla y armónica establece con claridad los objetivos del programa presupuestario y su alineación con aquellos de la planeación nacional y sectorial; incorpora los indicadores que miden los objetivos y resultados esperados; identifica los medios para obtener y verificar la información de los indicadores; describe los bienes y servicios a la sociedad, así como las actividades e insumos para producirlos; e incluye supuestos sobre los riesgos y contingencias que pueden afectar el desempeño del programa.
MML.- Metodología de Marco Lógico. Herramienta de planeación estratégica basada en la estructuración y solución de problemas, que permite organizar de manera sistémica y lógica los objetivos de un programa y sus relaciones de causalidad; identificar y definir los factores externos al programa que pueden influir en el cumplimiento de los objetivos; evaluar el avance en la consecución de los mismos, así como examinar el desempeño del programa en todas sus etapas. La MML facilita el proceso de conceptualización y diseño de programas. Permite fortalecer la vinculación de la planeación con la programación.
ODS.- Objetivos de Desarrollo Sostenible. Son los compromisos adoptados por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, tras más de dos años de un intenso proceso de consultas públicas y negociaciones, para guiar las acciones de la comunidad internacional hasta el 2030. Los ODS están formulados para erradicar la pobreza, promover la prosperidad y el bienestar para todos, proteger el medio ambiente y hacer frente al cambio climático a nivel mundial. En su conjunto, los 17 ODS y sus 169 metas conforman la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, son de carácter integrado e indivisible, de alcance mundial y de aplicación universal, tienen en cuenta las diferentes realidades, capacidades y niveles de desarrollo de cada país y respetan sus políticas y prioridades nacionales. OIC.- Órgano Interno de Control en la Secretaría en la Educación Pública.
Oficio de liberación.- Documento que expide la Secretaría de Educación Pública a través de las Instancias normativas del programa en el ámbito de sus respectivas atribuciones y competencias, para dar por concluidos los compromisos contraídos en el convenio correspondiente para el desarrollo del Programa
Orientaciones generales para la ministración, ejercicio y comprobación del gasto.- Documento metodológico para quienes participan en la elaboración de la Estrategia para el Desarrollo Institucional de la Nueva Escuela Normal (EDINEN).
Plan Anual de Trabajo (PAT).- Mecanismo de planificación que sirve a la AEL, para organizar y establecer objetivos, metas y acciones a desarrollar en el Programa de Fortalecimiento a la Excelencia Educativa.
PE.- Programa Educativo. Conjunto estructurado de elementos que ofrece una institución de educación de cualquier tipo educativo, a fin de formar egresados/as con el perfil establecido que cuenten con la capacidad de ejercer una cierta actividad profesional ya sea práctica o académica. Está compuesto por.- personal académico, alumnado, infraestructura, plan de estudios, actividades académicas, resultados y procesos administrativos
PEF.- Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2020.
PFCE.- Programa Fortalecimiento de la Calidad Educativa que operó hasta el ejercicio fiscal 2019.
Perfil deseable.- Reconocimiento otorgado por la Subsecretaría de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública de la APF, a los/as profesores/as de tiempo completo que cumplen satisfactoriamente las funciones universitarias, preferentemente cuenta con el doctorado y, además, realiza de forma equilibrada actividades de docencia, generación o aplicación innovadora de conocimientos, tutorías y gestión académica-vinculación y dan evidencia de ello por lo menos en los tres últimos años. Adicionalmente, el personal docente con este perfil puede tener las siguientes características:
En universidades públicas estatales, de apoyo solidario y federales.- Profesor/a universitario que posee un nivel de habilitación académica superior al de los programas educativos que imparte.
En universidades politécnicas.- Profesor/a universitario que posee una habilitación científica-tecnológica superior a la de los programas educativos que imparte.
En universidades tecnológicas.- Profesores/as que cuentan con una habilitación profesional tecnológica superior a la de los programas educativos que imparten y que les permite contribuir en el desarrollo industrial regional y nacional.
En las escuelas normales públicas.- Profesores/as que poseen un nivel de habilitación académica de maestría o doctorado, preferentemente en el campo de la educación y de la formación de docentes, superior a la de los programas educativos que imparten, lo cual les permite contribuir a la formación pertinente de los/as profesores/as de educación básica y responder con calidad a las demandas del desarrollo educativo del país.
En las universidades interculturales.- Profesores/as que poseen un nivel de habilitación académica de maestría o doctorado y que realizan de forma equilibrada actividades de docencia, investigación, tutorías y gestión académica-vinculación relacionada con las comunidades originarias.
Perspectiva de género.- Concepto que se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género.
Programa o PROFEXCE.- El presente Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa. Se refiere al Programa presupuestario con clave S300, sujeto a Reglas de Operación.
Plan de estudios.- Documentos en que se establecen los propósitos de formación general y, en su caso, la adquisición de conocimientos, habilidades, capacidades y destrezas que correspondan a cada nivel educativo; contenidos fundamentales de estudio, organizados en asignaturas u otras unidades de aprendizaje que, como mínimo, el estudiante debe acreditar para cumplir los propósitos de cada nivel educativo; secuencias indispensables que deben respetarse entre las asignaturas o unidades de aprendizaje y que constituyen un nivel educativo; y criterios y procedimientos de evaluación y acreditación para verificar que la o el estudiante cumple los propósitos de cada nivel educativo.
PNPC.- Programa Nacional de Posgrado de Calidad.
Procesos de estudio.- Conjunto de interacciones que se producen entre el alumnado, el profesorado y las actividades que éste plantea, con la finalidad de que los/as alumnos/as aprendan.
PRODEP.- Programa para el Desarrollo Profesional Docente.
ProFEN.- Proyecto de Fortalecimiento de la Escuela Normal. Es el segundo nivel de concreción de la EDINEN en el que se describen, de manera específica y detallada, las estrategias y acciones que la Escuela Normal Pública implementará para incidir en el mejoramiento y fortalecimiento del trabajo académico y de la gestión institucional
Profesionalización.- Desarrollo y consolidación de las competencias necesarias para la práctica de una profesión, para lo cual se requiere organizar los conocimientos, habilidades y actitudes que son específicos de la profesión.
PROGEN.- Proyecto de Fortalecimiento de la Gestión Estatal. Es el primer nivel de concreción de la EDINEN, en el que se describen las estrategias y acciones que la entidad implementará para atender los problemas académicos comunes o transversales de las escuelas normales públicas, y elevar la eficiencia y eficacia de la gestión del sistema estatal de educación normal..
PTC.- Profesora/or (as/es) de Tiempo Completo.
Réplica.- Procedimiento a través del cual las Universidades Públicas Estatales, de Apoyo Solidario, Federales, Interculturales, Escuelas Normales, Universidades Tecnológicas y Politécnicas, ejercen su derecho a presentar su inconformidad sobre los resultados de la evaluación efectuada a sus documentos de actualización de la planeación estratégica, específicamente en aquellos donde los subrubros de cierre hayan obtenido una evaluación en los escenarios 1 o 2, que se consideran como no aprobados. El resultado de la dictaminación en la etapa de réplica es definitivo e inapelable.
Reprogramación.- Recalendarización del alcance de las metas académicas e indicadores de calidad, así como del ejercicio de los recursos.
RLFPRH.- Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
RO.- Las presentes Reglas de Operación.
Seguimiento.- Observación y recolección sistemática de datos sobre la ejecución de acciones, logro de objetivos y metas, así como el ejercicio de recursos transferidos del Programa.
SEN.- Sistema Educativo Nacional. Está constituido, entre otros, por las instituciones educativas del Estado y de sus organismos descentralizados, las instituciones de los particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, y las instituciones de educación superior a las que la ley otorga autonomía.
SEP.- Secretaría de Educación Pública de la APF.
SES.- Subsecretaría de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública.
SFP.- Secretaría de la Función Pública de la APF.
SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público de la APF.
SIIPP-G.- Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales.
Sistema escolarizado.- Modalidad de enseñanza presencial que se imparte a los/as alumnos/as en grupos o individualmente, dentro de las instalaciones de la escuela pública, con horarios y calendarios específicos.
SNCA.- Sistema Nacional de Creadores de Arte.
SNI.- Sistema Nacional de Investigadores.
Subsidios.- Son las asignaciones de recursos federales previstas en el Presupuesto de Egresos de la Federación que, a través de las dependencias y entidades, se otorgan a los diferentes sectores de la sociedad, a las Entidades Federativas o municipios para fomentar el desarrollo de actividades sociales o económicas prioritarias de interés general.
TESOFE.- Tesorería de la Federación.
TG 1.- Tipo de gasto 1, para efectos de estas reglas de operación corresponde a los subsidios corrientes que son otorgados a través del Programa.
TG 7.- Tipo de gasto 7, para efectos de estas reglas de operación corresponde a los gastos indirectos para la supervisión y operación del Programa.
Transparencia.- Obligación de los organismos garantes de dar publicidad a las deliberaciones y actos relacionados con sus atribuciones, así como dar acceso a la información que generen.
TSU.- Técnico Superior Universitario y Profesional Asociado/a, opción educativa posterior al bachillerato y previa a la licenciatura, orientada fundamentalmente a la práctica, que conduce a la obtención del título profesional correspondiente. Este nivel puede ser acreditado como parte del plan de estudios de una licenciatura.
UAF.- Unidad de Administración y Finanzas de la SEP.
UPEAS.- Universidades Públicas Estatales de Apoyo Solidario. Instituciones de Educación Superior que reciben aportaciones del Programa y cuyo financiamiento proviene principalmente de los gobiernos de las Entidades Federativas, así mismo, el Gobierno de México a través de la SEP. Al igual que las Universidades Públicas Estatales, desarrollan las funciones de docencia, generación y aplicación innovadora del conocimiento, así como de extensión y difusión de la cultura.
UPES.- Universidades Públicas Estatales Instituciones de Educación Superior creadas por decreto de los congresos locales, bajo la figura jurídica de organismos públicos descentralizados. Estas Instituciones Estatales desarrollan las funciones de docencia, generación y aplicación innovadora del conocimiento, así como de extensión y difusión de la cultura.
UPF.- Universidades Públicas Federales. Instituciones de Educación Superior que realizan, además de las funciones de docencia, un amplio espectro de programas y proyectos de investigación (generación y aplicación innovadora del conocimiento), y de extensión y difusión de la cultura.
UUII.- Universidades Interculturales. Instituciones de Educación Superior que tienen como objetivos impartir programas formativos en los niveles de profesional asociado, licenciatura, especialización, maestría y doctorado, pertinentes al desarrollo regional, estatal y nacional, orientados a formar profesionales comprometidos con el desarrollo económico, social y cultural en los ámbitos comunitario, regional y nacional, cuyas actividades contribuyan a promover un proceso de valoración y revitalización de las lenguas y culturas originarias.
UUPP.- Universidades Politécnicas. Instituciones de Educación Superior creadas en 2001 como un proyecto educativo para ofrecer carreras de licenciatura y estudios de posgrado al nivel de especialidad.
UUTT.- Universidades Tecnológicas. Creadas en 1991. Son organismos públicos descentralizados de los gobiernos estatales que ofrecen carreras a nivel de TSU y continuidad de estudios a través de licenciaturas. Incluye a la Universidad Aeronáutica en Querétaro.
XML: Formato en que se generarán los documentos tributarios.
1. INTRODUCCIÓN
El Programa es una iniciativa del Gobierno de México que busca dar cumplimiento al artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus párrafos primero, segundo, cuarto y fracción X, toda persona tiene derecho a la educación. Ésta, además de obligatoria, será universal, inclusiva, pública, gratuita y laica. El Estado Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación básica, la media superior y superior serán obligatorias. El Estado promoverá la inclusión de los jóvenes a la educación superior y establecerá políticas enfocadas a evitar la deserción y fomentar su permanencia.
Durante los Foros de Consulta realizados por la actual administración federal, se definió que la educación es base de la Cuarta Transformación ya que la educación es un derecho de todos que hay que hacer efectivo, y no un privilegio de unos cuantos.
Conforme a lo anterior, el PROFEXCE se adscribe al Eje 2 Política Social del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 a través del cual se articularán las acciones del Gobierno Federal en el ámbito educativo siendo una de sus vertientes la de garantizar el acceso efectivo de las y los mexicanos a una educación de excelencia. La Ley General de Educación publicada el 30 de septiembre de 2019 en el DOF, señala en sus artículos 8 y 16, fracción VI, VII y X que el Estado está obligado a prestar servicios educativos con equidad y excelencia, que favorezca el pleno ejercicio del derecho a la educación de todas las personas y orientada al mejoramiento permanente de los procesos formativos que propicien el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para el desarrollo de su pensamiento crítico, así como el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad.
Las presentes RO se encuentran en el marco de lo establecido en el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para incorporar la perspectiva de género en las Reglas de Operación de los programas presupuestarios federales, publicado en el DOF el 29 de junio de 2016.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 179 del RLFPRH, se verificó que el Programa objeto de las presentes RO no se contrapone, afecta ni presenta duplicidades con otros programas y acciones del Gobierno de México, en cuanto a su diseño, beneficios, apoyos otorgados y población objetivo, así como que se cumplen las disposiciones aplicables.
Con el propósito de contar con un marco de referencia que permita identificar las acciones que coadyuven al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030, el programa S300 se vincula al Objetivo 4 "Educación de Calidad" de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en específico a las siguientes metas:4.3 "Para 2030, asegurar el acceso en condiciones de igualdad para todos los hombres y las mujeres a una formación técnica, profesional y superior de calidad, incluida la enseñanza universitaria";4.4 "Para 2030, aumentar sustancialmente el número de jóvenes y adultos que tienen las competencias necesarias, en particular técnicas y profesionales, para acceder al empleo, el trabajo decente y el emprendimiento"; 4.7 "Para 2030, garantizar que todos los alumnos adquieran los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para promover el desarrollo sostenible, entre otras cosas mediante la educación para el desarrollo sostenible y la adopción de estilos de vida sostenibles, los derechos humanos, la igualdad de género, la promoción de una cultura de paz y no violencia, la ciudadanía mundial y la valoración de la diversidad cultural y de la contribución de la cultura al desarrollo sostenible, entre otros medios. 4.8 "Construir y adecuar instalaciones escolares que respondan a las necesidades de los niños y personas discapacitadas y tengan en cuenta las cuestiones de género, y que ofrezcan entornos de aprendizaje seguros, no violentos y eficaces para todos".
La educación superior tiene como elemento central la formación integral de las personas desde una perspectiva universal que favorezca el aprendizaje de todas las formas de producir, interpretar y transmitir el conocimiento, las culturas, ciencias, lenguajes, tecnologías, considerando factores como la interculturalidad, la territorialidad, el trabajo interdisciplinario, los derechos humanos, la internacionalización de la educación superior y el bienestar social de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos.
La educación superior (ES) se plantea mejorar las condiciones de vida y de estudio de las/os jóvenes y adultos, desarrollando su capacidad de comprenderse a sí mismos como sujetos de derechos, como actores de transformación de las realidades y como sujetos sociales integrantes de una nación.
Para que las instituciones de educación superior contribuyan efectivamente al desarrollo social, científico, tecnológico, económico y cultural del país, resulta necesario que cuenten con niveles apreciables de capacidad y competitividad académicas, con mecanismos y esquemas eficaces de mejora continua y de rendición de cuentas a la sociedad. Deben caracterizarse también por su capacidad de innovación, su intensa colaboración interinstitucional, por su participación en redes académicas de alcance estatal, regional, nacional e internacional, por la movilidad de sus profesores y estudiantes, y por la búsqueda permanente de nuevas formas de aprendizaje, con igualdad de género, inclusión y equidad. El logro de estos propósitos hace indispensable la participación y el compromiso de todos los actores involucrados en su operación. - los servidores públicos, los profesores-investigadores, los estudiantes, el personal administrativo y los órganos colegiados.
En síntesis, la participación de las comunidades universitarias busca propiciar el diálogo, el intercambio de información, la interacción y el incremento de las capacidades institucionales para diseñar, ejecutar y evaluar políticas, estrategias y proyectos dirigidos al fortalecimiento integral de la universidad, así como para reconocer y valorar los resultados alcanzados
Para lograr una Educación Superior de Excelencia en el marco de la Cuarta Transformación del país, la Subsecretaría de Educación Superior (SES), plantea los siguientes Ejes
Compromiso social de las Instituciones de Educación Superior (IES):
a) IES y profesionales socialmente responsables.
b) Aplicar conocimientos para atender los problemas nacionales, regionales y locales.
c) Vincular a las IES con los sectores de la sociedad para contribuir al bienestar social.
Transformación de la Educación Superior:
a) Transformar los modelos y procesos educativos de las IES.
b) Fortalecer las trayectorias académicas de los profesores e investigadores.
c) Vincular el posgrado con la investigación, con un enfoque de bienestar social y desarrollo sostenible.
d) Renovar las políticas y procesos de evaluación y acreditación.
Cobertura con Equidad:
a) Incrementar la matrícula con una perspectiva, local, regional y nacional en las modalidades escolarizada, no escolarizada y mixta.
b) Disminuir las brechas de cobertura entre grupos sociales, población indígena, con una perspectiva de equidad, inclusión e interculturalidad.
c) Crear nuevas universidades a partir de criterios de calidad y pertinencia social.
Gobernanza del Sistema de Educación Superior:
a) Crear un marco normativo que promueva el desarrollo de la calidad con equidad de la Educación Superior.
b) Impulsar un sistema para la movilidad de estudiantes y personal académico y la participación de las comunidades en la gestión y gobierno institucional.
c) Crear un sistema nacional de información que fortalezca la planeación.
Financiamiento de la Educación Superior:
a) Impulsar un acuerdo nacional para el financiamiento de la Educación Superior, Ciencia y Tecnología con un esquema de corresponsabilidad financiera de los tres niveles de gobierno.
b) Impulsar programas y acciones para el saneamiento y la reestructuración financiera de las IES públicas.
Bajo el contexto anterior, el programa presupuestario S300 Fortalecimiento a la Excelencia Educativa se convierte en el medio estratégico para otorgar recursos financieros extraordinarios que contribuyan para la construcción de un país con bienestar, con desarrollo sostenible y derecho a la educación, enfatizando en la mejora continua de los elementos que caracterizan a una institución de educación superior, reconocida por su excelencia educativa con bienestar social.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 179 del RLFPRH, se verificó que el Programa objeto de las presentes RO no se contrapone, afecta ni presenta duplicidades con otros programas y acciones del Gobierno Federal, en cuanto a su diseño, beneficios, apoyos otorgados y población objetivo, así como que se cumplen las disposiciones aplicables.
2. OBJETIVOS
2.1. General
Apoyar a las Instituciones de Educación Superior Públicas con recursos financieros necesarios para desarrollar sus capacidades académicas y de gestión, a fin de contar con programas educativos evaluables de técnico superior universitario y licenciatura, con calidad reconocida por las instancias responsables de otorgar dicho reconocimiento
2.2. Específicos
Otorgar apoyos económicos a las Instituciones de Educación Superior Públicas para que a partir de ejercicios de planeación participativa implementen:
1. Proyectos académicos.
2. Proyectos de gestión.
3. LINEAMIENTOS
3.1. Cobertura
La cobertura del Programa es nacional.
3.2. Población objetivo
La población objetivo la conforman Instituciones de Educación Superior Públicas que oferten programas educativos de TSU, licenciatura y posgrado en las modalidades presencial, semipresencial y a distancia o mixta y que se encuentren en el ámbito de competencia de las instancias normativas definidas en las presentes Reglas de Operación; las cuales se enlistan en el Anexo 1A.
DGESU
El CONACyT se considera parte de la población objetivo al ser responsable de operar el CONSORCIO, a fin de que las IES (competencia de la DGESU), continúen beneficiándose con el acceso a los recursos de información científica y tecnológica que se contratan a través del mismo.
Asimismo, otras IES (competencia de la DGESU) que estén interesadas en formar parte de la población objetivo, deberán solicitar por escrito a la SES su ingreso al año 2022, a más tardar el último día hábil del mes de mayo de 2021, conforme al siguiente procedimiento:
1. Solicitar a la SES el reconocimiento como una institución de los siguientes subsistemas:
a) Universidad Pública Federal.
b) Universidad Pública Estatal.
c) Universidad Pública Estatal con Apoyo Solidario.
d) Universidad Intercultural.
2. Una vez que la SES clasifique a la institución solicitante en cualquiera de los subsistemas antes mencionados y emita el oficio de reconocimiento respectivo, la institución deberá de presentar a la DGESU, la solicitud para validar el grado de habilitación de su planta académica a fin de que pueda ser reconocida en la población objetivo del Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa.
3. En caso de que la institución solicitante cumpla con los dos puntos anteriores, deberá de presentar una solicitud de ingreso a la DGESU, acompañada con los oficios emitidos tanto por la SES y la DGESU, para que esté en posibilidades de formar parte de la población objetivo del programa en cuestión.
Las solicitudes que se reciban después de la fecha antes citada, sólo podrán ser consideradas para las subsecuentes RO, que en su caso se publiquen en el marco del Programa.
DGESPE
Está dirigido a Sistemas de Educación Normal en las entidades federativas, la Ciudad de México y en las Escuelas Normales Públicas que los integran, que ofrecen la formación inicial de docentes de educación básica, conforme a los planes y programas de estudio establecidos por la SEP.
Considerando que la EDINEN está dirigida a fortalecer los sistemas de Educación Normal e instituciones educativas públicas en las Entidades Federativas o la Ciudad de México, la población objetivo se presenta en el Anexo 1A información desagregada por Entidad Federativa y Escuela Normal.
3.3. Beneficiarios/as
Los beneficiarios son las UPES, UPEAS, UUII, UPF, UUTT, UUPP y Escuelas Normales Públicas que presentaron voluntariamente a evaluación el documento de planeación estratégica participativa respectivo, ante las instancias normativas correspondientes y cumplan con lo establecido en el apartado 3.3.1 de las presentes ROP.
3.3.1. Requisitos
Los requisitos que las instituciones de educación superior pública deben cumplir para participar en el PROFEXCE son:
1. Ser una IES que oferte los servicios de educación de nivel TSU, licenciatura y posgrado en las modalidades presencial, semipresencial y a distancia o mixta u ofertar los servicios de educación para la formación inicial de maestras y maestros de educación básica, conforme a los planes y programas de estudio establecidos por la SEP.
2. Haber entregado a la Instancia normativa correspondiente los documentos de planeación estratégica participativa y sus proyectos integrales asociados, en el marco de las presentes RO y conforme a las guías (Anexos 2A y 3A) emitidas por las Instancias normativas o en las páginas electrónicas.
· http://cgutyp.sep.gob.mx/
· http://www.dgespe.sep.gob.mx/
Adicionalmente, las IES participantes tendrán que cumplir con los requisitos que se especifican a continuación por la Instancia normativa correspondiente del Programa:
CGUTyP
Contar con instalaciones propias.
2. La comprobación del recurso asignado del ejercicio fiscal inmediato anterior (ejercido o reintegrado) en el marco del Programa de Fortalecimiento de la Calidad Educativa PFCE conforme al porcentaje y fecha que establezca la Instancia normativa.
3. No tener adeudo en el Programa de Fortalecimiento de la Calidad Educativa de años anteriores.
DGESPE
Las AEL, la AEFCM y las Escuelas Normales Públicas que deseen participar en el proceso de selección para la obtención de los beneficios del programa, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Ser escuela normal pública que oferte los servicios de educación para la formación inicial de maestras y maestros de educación básica, conforme a los planes y programas de estudio establecidos por la SEP en la modalidad escolarizada y mixta, derivados de la reforma educativa.
1. Ser AEL o AEFCM con Escuelas Normales Públicas que oferten los servicios de educación para la formación inicial de maestras y maestros.
2. Participar en las actividades que se programen, relacionadas con la implementación del programa, tanto las referidas a la actualización y capacitación, como al seguimiento y evaluación, así como cumplir con las disposiciones establecidas en la Guía Metodológica del EDINEN y en el documento Orientaciones Generales para la Ministración, Ejercicio y Comprobación del Gasto.
3. Entregar a la DGESPE la EDINEN, el ProGEN, los ProFEN y los proyectos integrales correspondientes a la etapa de planeación del ejercicio fiscal 2020 en el marco del EDINEN, especificando las metas y acciones a realizar en función de los objetivos.
4. Haber obtenido dictamen favorable como resultado de la evaluación integral realizada al EDINEN, el ProGEN y los ProFEN, así como a los proyectos integrales que los constituyen.
5. Estar al corriente con la entrega de los informes trimestrales y los avances técnicos y financieros de las metas correspondientes a las etapas anteriores del programa y no tener adeudos de años anteriores
6. Para participar en el programa, las AEL, la AEFCM y las Escuelas Normales Públicas deberán apegarse a las disposiciones establecidas en las presentes RO; y en las orientaciones que para su ejecución se incluyan en los documentos y materiales de apoyo elaborados para tal fin.
3.3.2. Procedimiento de selección
SES, DGESU (5A Diagramas de flujo)
Procedimiento para la selección de la población beneficiaria |
Etapa | Actividad | Responsable |
Actualización de los documentos de planeación Estratégica | Las IES formularán los documentos de planeación estratégica y sus proyectos asociados, conforme a los criterios establecidos en la Guía PROFEXCE (Anexo 2A o 3A). Antes del plazo fijado para la recepción del documento especificado en la Guía PROFEXCE, las IES registrarán en el sistema electrónico dispuesto por la DGESU, la versión electrónica de estos documentos y capturaron sus proyectos asociados en el módulo específico del sistema antes referido, los cuales se orientarán a atender los siguientes puntos de énfasis: | IES |
| 1. La cobertura con equidad. 2. La interculturalidad. 3. La interdisciplinariedad. 4. La internacionalización solidaria. 5. La educación para la vida. 6. Programas de estudio flexibles e integrales. 7. Enseñanzas pertinentes y en contextos reales. 8. Las habilidades para la inclusión digital. 9. La Territorialidad. 10. La formación inclusiva. 11. La Equidad de género. 12. Los conocimientos y valores sobre el medio ambiente. 13. Vinculación. 14. Rendición de cuentas. 15. La atención a los problemas estructurales. 16. Optimizar la infraestructura física instalada. | |
Entrega-Recepción de documentos | Las IES presentarán a la DGESU, en los términos y plazo fijado en la respectiva convocatoria, la documentación para participar en el Programa, acompañado con su documento de planeación estratégica participativa y sus proyectos integrales asociados, conforme a los criterios y lineamientos establecidos en la Guía PROFEXCE (anexos 2A y 3A). La DGESU emitirá un documento denominado "Acta de entrega-recepción de documentos" (Anexo 10A) con el cual formalizará de común acuerdo con las IES, la recepción del documento de planeación respectivo. Con este documento las IES aceptarán que sean evaluadas por Comités de Pares Académicos externos a la SES. | SES (asistido por la DGESU), DGESU e IES |
Evaluación | Para garantizar la imparcialidad, objetividad, calidad y transparencia, la DGESU, conformará Comités de Pares Académicos que dictaminarán integralmente el documento de planeación estratégica participativa PROFEXCE 2020-2021 y sus proyectos asociados de las IES, en donde se valore la calidad, el grado de consistencia interna y la factibilidad para el logro de sus metas. Cada Comité asentará en las actas respectivas el resultado de la dictaminación, que aportará elementos fundamentales para la asignación de recursos, con base en la combinación de los puntajes alcanzados en los documentos establecidos en la Guía PROFEXCE, así como las observaciones que sustentarán su dictamen, con el nombre y la firma de cada uno de ellos. La DGESU dará a conocer a las IES el resultado de la evaluación de su documento de planeación estratégica participativa PROFEXCE 2020-2021 y sus proyectos asociados, así como los criterios para presentar sus propuestas de réplica, una vez concluido el proceso de dictaminación. El resultado de la evaluación será definitivo, mientras que los documentos evaluados no favorablemente que cumplieran con los criterios para presentar propuesta de réplica, se someterán a una nueva evaluación. | SES (asistido por la DGESU), DGESU |
Réplica | Únicamente tendrán derecho de réplica las IES que presenten documentos de planeación estratégica y que en los subrubros de cierre fueron dictaminados en los escenarios 1 o 2. Las IES tendrán un máximo de cinco días hábiles para presentar a la DGESU sus propuestas de réplica, una vez que reciban el resultado de la evaluación. La DGESU conformará nuevos Comités de Pares Académicos que reevaluarán en su totalidad la consistencia de las propuestas de réplica presentadas por las IES. El resultado de esta evaluación se asentará en actas y éstos serán definitivos e inapelables. | SES (asistido por la DGESU), DGESU e IES |
Ratificación de los resultados de evaluación y réplica | En el periodo establecido por la DGESU, las IES le solicitarán el resultado final de las etapas de evaluación y réplica emitido por el Comité de Pares Académicos, al documento PROFEXCE y sus proyectos asociados. | IES |
Asignación de recursos | La asignación de los recursos, según sea el caso, se hará con base en: a) La disponibilidad presupuestal del Programa. b) El resultado de la evaluación y, en su caso, de la réplica, del documento de planeación estratégica participativa PROFEXCE 2020-2021 y sus proyectos asociados por parte de los Comités de Pares Académicos. c) La dimensión y el desarrollo de la matrícula de calidad de cada IES evaluada favorablemente d) El cumplimiento trimestral académico y financiero establecido en los proyectos asociados, apoyados en el anterior ejercicio fiscal por el PFCE, relacionado con la evolución de los indicadores de calidad. El monto que resulte, una vez aplicados los criterios anteriores, se distribuirá al interior de las IES con base al puntaje alcanzado por cada documento y su proyecto asociado, evaluado favorablemente, considerando, en primera instancia el monto sugerido por el Comité de Pares Académicos, y en caso de sobrar recursos a distribuir, entonces se tomará como referencia el monto solicitado en cada uno de los proyectos, considerando las prioridades institucionales. | SES-DGESU |
| | |
CGUTyP
Procedimiento para la selección de la población beneficiaria |
Etapa | Actividad | Responsable |
Actualización de los documentos de planeación estratégica | Las IES formularán los documentos de planeación estratégica y sus proyectos asociados, conforme a los criterios establecidos en la Guía PROFEXCE que publicará la CGUTyP en la página http://cgutyp.sep.gob.mx/. Antes del plazo fijado para la recepción del documento especificado en la Guía PROFEXCE, las IES capturarán en el sistema electrónico de la CGUTyP, la versión electrónica sus proyectos asociados en el módulo específico del sistema antes referido, los cuales deberán orientarse a: | IES |
| 1. Contar con las condiciones para la acreditación de PE de TSU y Licenciatura que otorgan organismos especializados reconocidos por el COPAES y/o la clasificación en el nivel 1 del Padrón de Programas Evaluados por los CIEES. 2. Consolidar en las IES, estructuras organizacionales académicas y procesos de planeación estratégica participativa que permita: a. La rendición de cuentas a la sociedad sobre su funcionamiento. b. Certificar los procesos académico-administrativos. 3. Fortalecer la vinculación de la IES con el entorno social y productivo. 4. Ampliar y modernizar los sistemas integrales de información y la infraestructura académica de laboratorios, talleres, plantas piloto, centros de lenguas extranjeras, cómputo y bibliotecas de conformidad con el modelo académico. 5. Fortalecer los programas institucionales de acompañamiento a las y los estudiantes para su permanencia, egreso, graduación y titulación oportuna desde una perspectiva de Educación inclusiva. 6. Fomentar una política transversal de educación inclusiva entre el personal administrativo, profesoras/es y las/los estudiantes, así como en los procesos educativos. 7. Optimizar los sistemas e instrumentos de las IES para la evaluación de los aprendizajes alcanzados por las y los estudiantes. 8. Promover y contribuir a una educación superior de calidad que forme personal técnico superior, profesionistas, especialistas y profesoras/es-investigadoras/es que contribuyan a la sociedad del conocimiento al aplicar, innovar y transmitir conocimientos actuales, académicamente pertinentes y relevantes en las distintas áreas y disciplinas, con responsabilidad social. 9. Fortalecer modelos educativos centrados en el aprendizaje de las y los estudiantes y en el desarrollo de su capacidad de aprender a lo largo de la vida. 10. Atender las recomendaciones académicas de los organismos evaluadores y acreditadores externos reconocidos por la SES (CIEES, COPAES, CONACyT y CENEVAL). 11. Fomentar la pertinencia y flexibilidad curricular, con apoyo en los resultados de los estudios de seguimiento de egresados y empleadores. 12. Contribuir al Incremento del número de Profesores de Tiempo Completo (PTC) con perfil deseable y miembros del Sistema Nacional de Investigadores (SNI) Sistema Nacional de Creadores de Arte (SNCA). 13. Coadyuvar a la consolidación de los Cuerpos Académicos (CA) reconocidos por la "SES" de la "SEP". | IES |
| 14. Impulsar y fortalecer la internacionalización de la educación superior, la innovación educativa la formación integral y en valores de las y los estudiantes. 15. Impulsar la educación ambiental para el desarrollo sustentable a través de la oferta educativa relacionada con el medio ambiente. 16. Impulsar y fortalecer la igualdad de género y la educación inclusiva como medio eficaz para el bienestar social de la población mexicana. | |
Entrega-Recepción de documentos | Las IES presentarán a la CGUTyP, en los términos y plazo fijado en la respectiva convocatoria (Anexo 7B), la documentación para participar en el programa, acompañado con su documento PROFEXCE y sus proyectos asociados, conforme a los criterios y lineamientos establecidos en la Guía PROFEXCE. La CGUTyP emitió un documento denominado "Acta de entrega-recepción de documentos" (Anexo 10B) con el cual formalizará de común acuerdo con las IES, la recepción del documento PROFEXCE. Con este documento las IES aceptan que sean evaluadas por Comités de Pares Académicos externos a la SES. | CGUTyP e IES |
Evaluación | Para garantizar la imparcialidad, objetividad, calidad y transparencia, la CGUTyP, conformará Comités de Evaluación que dictaminarán integralmente el documento PROFEXCE y sus proyectos asociados de las IES, en donde se valorará la calidad, el grado de consistencia interna y la factibilidad para el logro de sus metas. Cada Comité de Evaluación asentará en las actas respectivas el resultado de la dictaminación, la cual aportará elementos fundamentales para la asignación de recursos en los ejercicios fiscales, así como las observaciones que sustentaron su dictamen, con el nombre y la firma de cada uno de ellos. La CGUTyP dará a conocer a las IES el resultado de la evaluación de su documento PROFEXCE y sus proyectos asociados, una vez concluido el l proceso de dictaminación. Las IES cuyos documentos no hayan sido evaluados favorablemente y que cumplieron con los criterios, podrán presentar réplica, la cual se someterá a una nueva evaluación. El resultado de la evaluación es definitivo e inapelable. | CGUTyP |
Réplica | Únicamente tendrán derecho de réplica las IES que presentaron documentos de planeación estratégica y que en los subrubros de cierre fueron dictaminados en los escenarios 1 o 2. Las IES tendrán un máximo de cinco días hábiles para presentar a la CGUTyP sus propuestas de réplica, una vez que recibieron el resultado de la evaluación. La CGUTyP conformará nuevos comités de evaluación que analizaran en su totalidad la consistencia de las propuestas de réplica presentadas por las IES. El resultado de esta evaluación se asentará en actas y éstos fueron definitivos e inapelables. | CGUTyP e IES |
Ratificación de los resultados de evaluación y réplica | En el periodo establecido por la CGUTyP, las IES serán notificadas sobre el resultado final de evaluación emitido por el Comité de Evaluación, al documento PROFEXCE y sus proyectos asociados. | IES |
Asignación de recursos | La asignación de los recursos, según sea el caso, se hará con base en: a) La disponibilidad presupuestal del programa. b) El resultado de la evaluación y, en su caso, de la réplica, del documento de planeación estratégica participativa y sus proyectos asociados por parte de los Comités de Evaluación. c) El cumplimiento de los informes académico y financiero establecido en los proyectos asociados, apoyados en el anterior ejercicio fiscal por el programa S267 PFCE, relacionado con la evolución de los indicadores de calidad, conforme al porcentaje y fecha que establezca la Instancia normativa. El monto que resulte, una vez aplicados los criterios anteriores, se distribuirá al interior de las IES con base en los dictámenes de los evaluadores y su proyecto asociado evaluado favorablemente, considerando, la suficiencia presupuestal del programa, y empleando un ponderador entre los recursos autorizados por los comités evaluadores y el presupuesto disponible. | CGUTyP |
DGESPE
Las Escuelas Normales Públicas postulantes presentarán a la DGESPE, en el plazo fijado en la convocatoria, el oficio de entrega con los documentos de planeación o adecuación conforme a los criterios y lineamientos que se establezcan en la Guía Metodológica EDINEN, instrumento metodológico de planeación y los lineamientos para la adecuación que para tal efecto emita la DGESPE y que publicará oportunamente en su portal oficial. - www.dgespe.sep.gob.mx/
La DGESPE emitirá el acta de entrega-recepción de documentos de planeación o adecuación (Anexo 10 C) con el cual formalizará, la recepción del documento de planeación o adecuación respectivo. Con este documento las escuelas normales acceden a que la planeación o adecuación entregada a la DGESPE sea evaluada por comités de evaluación externos a la SES.
Para garantizar la imparcialidad, objetividad, calidad y transparencia, la DGESPE conformará comités para evaluar y dictaminar integralmente los proyectos que formen parte de los documentos de planeación o adecuación de las escuelas normales, considerando entre otros aspectos su calidad, contenido, precisión de objetivos, estrategias y metas a alcanzar, incidencia sobre la mejora de los PE, el cumplimiento de los compromiso de las IES registradas en el PRODEP, su consistencia y el grado de articulación.
Cada comité asentará en las actas respectivas el resultado de la dictaminación y la evaluación, que aportarán elementos fundamentales para la asignación de recursos con base en la combinación de los puntajes alcanzados en los documentos establecidos, así como las observaciones que sustenten su dictamen con el nombre y firma de cada uno de ellos.
Para el proceso de evaluación del EDINEN, se integrarán comités que revisarán y valorarán integralmente la planeación o la adecuación del EDINEN, los ProGEN y los ProFEN y los proyectos integrales que los constituyen.
El comité evaluador asentará el dictamen técnico y en los formatos correspondientes el resultado de la evaluación al EDINEN, así como las recomendaciones de orden académico que considere pertinentes y con base en dicha evaluación, la SEP distribuirá los recursos del Programa para el ejercicio fiscal 2020.
Sólo los proyectos que forman parte de los ProGEN y el ProFEN en el marco del EDINEN, cuyos resultados de evaluación fueron favorables en la etapa correspondiente, serán seleccionados para recibir los apoyos del programa conforme al siguiente procedimiento:
a) Las AEL, la AEFCM y las Escuelas Normales Públicas presentarán la planeación o adecuación del EDINEN, el ProGEN y los ProFEN y proyectos integrales que los constituyen.
b) Corresponderá a la Autoridad Educativa Federal la asignación y distribución de los recursos del Programa, quien, entre otros criterios, apoyará sus decisiones en los resultados del proceso de evaluación y dictaminación del EDINEN, el ProGEN y los ProFEN, y proyectos integrales que los constituyen.
c) El comité evaluador valorará la calidad del EDINEN, ProGEN, ProFEN y los proyectos integrales presentados por las AEL, la AEFCM y las Escuelas Normales Públicas participantes, y emitirá las recomendaciones académicas respectivas.
Para ello, considerará las características de la planeación o adecuación del EDINEN descritas en la guía de operación publicada en el portal oficial. - www.dgespe.sep.gob.mx/, además de los siguientes criterios:
- La pertinencia y viabilidad de los proyectos integrales formulados con base en la autoevaluación realizada, en especial el grado de contribución potencial que tienen en la integración del sistema de educación normal en las entidades, así como en la mejora de la calidad de la educación normal.
- La congruencia que existe entre los propósitos y las metas que la entidad y las Escuelas Normales Públicas han planteado en la EDINEN con los criterios y orientaciones académicas que promueve la reforma a la educación normal.
- La integralidad y continuidad de los proyectos, los ProGEN y el ProFEN en el marco del EDINEN para impulsar la mejora del sistema estatal de educación normal y de cada Escuela Normal Pública.
- El nivel y tipo de participación de los distintos actores que conforman el Sistema de Educación Normal en el estado y las comunidades normalistas de las escuelas seleccionadas en la planeación realizada, valorando las diferentes formas en que van logrando la incorporación de la planta docente, dadas las condiciones que prevalecen.
d) El Comité evaluará integralmente los EDINEN, ProGEN y ProFEN, y proyectos integrales que los constituyen, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes RO y la normatividad aplicable, a la vez que sobre la base de los resultados emitidos, realizará recomendaciones sobre los proyectos susceptibles de ser financiados.
e) El Comité se rige bajo los principios de objetividad, imparcialidad, transparencia, equidad y congruencia, dando así la certeza sobre el correcto desarrollo de las tareas que están bajo su responsabilidad.
f) Las AEL, la AEFCM y las Escuelas Normales Públicas participantes, así como la autoridad educativa federal, que debido a un caso fortuito o de fuerza mayor, incluyendo paro de labores académicas o administrativas incurran en el incumplimiento total o parcial del convenio de colaboración firmado para el uso y ejercicio de los recursos otorgados por la EDINEN, estarán exentas de responsabilidad por los daños y perjuicios que se puedan derivar de ello y una vez que desaparezcan dichas circunstancias, podrán continuar con las acciones contenidas en el convenio.
En el marco de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y, en su caso, la ley de transparencia local respectiva, las Escuelas Normales Públicas pondrán a disposición de la sociedad e incorporarán en su página de internet la información relacionada con los proyectos y los montos autorizados, la aplicación y uso de los recursos recibidos a través de este Presupuesto de Egresos. En particular, el registro, la asignación, los avances técnicos y/o académicos y el seguimiento del ejercicio de recursos, manteniendo la información actualizada con periodicidad trimestral.
Los recursos destinados a programas educativos deberán ser ejercidos exclusivamente por las autoridades educativas, tanto federales como estatales.
Los recursos autorizados a cada escuela normal estarán debidamente etiquetados en el convenio de colaboración para el ejercicio fiscal 2020.
La DGESPE verificará que en el ejercicio fiscal 2020 no se dupliquen apoyos federales equivalentes dirigidos a la misma población beneficiaria, específicamente en aquellas Escuelas Normales Públicas que hayan sido beneficiadas por la federación con recursos o apoyos extraordinarios adicionales a su presupuesto asignado.
El plazo de respuesta que observarán las escuelas normales para el ejercicio fiscal 2020 con respecto a sus proyectos integrales que sean dictaminados favorablemente es:
Actividad | Unidad Responsable | Fecha |
1. Notificación de la asignación de recursos. | DGESPE | A más tardar el 31 de diciembre del año respectivo. |
2. Firma de convenios de colaboración y apoyo. | DGESPE | A más tardar el 30 de octubre del año respectivo. |
3. Comprobación de las IES de los recursos asignado. | DGESPE | A más tardar el 31 de diciembre del año respectivo. |
Procedimiento para la selección de la población beneficiaria |
Etapa | Actividad | Responsable |
Difusión | Publicar las RO | DGESPE |
Emitir y publicar la Convocatoria de participación | DGESPE |
Proceso de planeación | Elaborar la Guía de planeación Asesorar a los equipos técnicos estatales y escuelas normales públicas | DGESPE |
Proceso de planeación | Integrar los documentos de planeación | Las AEL, la AFSEDF y Escuelas Normales Públicas |
Entrega de documentación | Entregar los documentos de planeación o adecuación a la DGESPE la cual emite el acta entrega-recepción de documentos | Las AEL, la AEFCM y Escuelas Normales Públicas |
Evaluación y dictaminación | Acordar los criterios y procedimientos de evaluación e integrar el comité de evaluación. Elaborar las herramientas de evaluación. Validar el proceso de evaluación y dictaminación. | DGESPE |
Selección de beneficiarios/as | Integrar el padrón de beneficiarios seleccionando a aquellos proyectos cuyos resultados de evaluación sean favorables para recibir los apoyos del programa | DGESPE |
Para las Instancias normativas, los plazos de respuesta que observarán las IES que resulten beneficiadas para el ejercicio fiscal 2020 son los siguientes:
Actividad | Instancia normativa | Fecha límite |
Comprobación del recurso financiero asignado por la SEP en el ejercicio fiscal anterior en el marco del Programa de Fortalecimiento de la Calidad Educativa conforme al porcentaje y fecha que establezca la Instancia normativa. | DGESU | En el ejercicio fiscal vigente, incluyendo en dicha temporalidad los recursos que se canalicen al CONSORCIO para las acciones emprendidas a través del CONSORCIO a cargo del CONACyT, conforme lo establecido en el convenio de apoyo y el Anexo 8 de las presentes Reglas de Operación, y una vez que la DGESU emita el oficio de autorización para la ejecución de la propuesta de reprogramación de los recursos asignados. |
CGUTYP | A más tardar al 31 de diciembre de 2020 ejercer y comprobar el 100% de los recursos financieros y el cumplimiento de las metas, sin menos cabo de dar cumplimiento puntual a la entrega de todos los informes académicos programáticos y financieros |
DGESPE | 31 de diciembre de 2020 |
Notificación de la asignación de recursos | SES (asistida por la DGESU), | A más tardar el 31 de marzo de 2020. |
DGESU | A más tardar el 31 de marzo de 2020 |
CGUTYP | En el primer semestre de 2020. |
DGESPE | En el segundo semestre de 2020. |
Firma de convenios de apoyo | SES (asistida por la DGESU), | A más tardar el 30 de abril de 2020. |
DGESU | A más tardar el 30 de abril de 2020. |
CGUTYP | En el primer semestre de 2020 |
DGESPE | 30 de octubre de 2020 |
La SES, DGESU, la CGUTyP y la DGESPE serán las instancias responsables de dar cumplimiento a lo previsto en el Decreto Presidencial por el que se crea el SIIPP-G, publicado en el DOF el 12 de enero de 2006, para lo cual deberá integrar y actualizar los datos correspondientes a cada IES de conformidad a lo establecido en el Acuerdo mediante el cual se da a conocer el Manual de Operación del SIIPP-G, publicado en el propio DOF el 29 de junio de 2011, a fin de que el enlace operativo designado de cada unidad responsable transmita la información correspondiente a la SFP.
La participación de mujeres y hombres en la solicitud y elegibilidad de los apoyos que proporciona el presente Programa, será en igualdad de oportunidades, por lo que, la condición de mujer u hombre no será motivo de restricción para la participación y elegibilidad en la obtención de los apoyos, asimismo buscará fomentar la igualdad de género y el respeto a los derechos humanos.
Sólo podrán exigirse los datos y documentos anexos estrictamente necesarios para tramitar la solicitud y acreditar si el potencial beneficiario/a cumple con los criterios de elegibilidad.
El PROFEXCE adoptará, en lo procedente, el modelo de estructura de datos del domicilio geográfico establecido en el Acuerdo por el que se aprueba la norma técnica sobre domicilios geográficos, emitido por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicado en el DOF el 12 de noviembre de 2010. Lo anterior en estricta observancia al Acuerdo antes referido y al oficio circular números 801.1.-279 y SSFP/400/124/2010 emitidos por la SHCP y la SFP, respectivamente.
Los componentes que integran el modelo de estructura de datos del Domicilio Geográfico son:
COMPONENTES |
ESPACIALES | DE REFERENCIA | GEOESTADÍSTICOS |
Vialidad | No. Exterior | Área Geoestadística Estatal o de la Ciudad de México |
Carretera | No. Interior | Área Geoestadística Municipal o Alcaldía de la Ciudad de México |
Camino | Asentamiento Humano | Localidad |
| Código Postal | |
| Descripción de Ubicación | |
La SES asistida por la DGESU seleccionará y priorizará los apoyos conforme a los siguientes criterios:
a) La evaluación del documento de planeación estratégica participativa y sus proyectos asociados que formulen las UUII en el marco de la Guía PROFEXCE.
En el caso de la DGESU, la selección y priorización de los apoyos se hará conforme a los siguientes criterios:
a) La evaluación del documento de planeación estratégica participativa y sus proyectos asociados.
b) La dimensión y el desarrollo de la matrícula de calidad de cada institución de educación pública evaluada.
c) Cumplimiento trimestral académico y financiero establecido en los proyectos asociados, apoyados en el anterior ejercicio fiscal, relacionado con la evolución de los indicadores de calidad de los PE.
d) Para el caso de los proyectos de estancias infantiles, se dará prioridad a los proyectos de continuidad.
3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)
Los subsidios son las asignaciones de recursos federales previstas en el Presupuesto de Egresos de la Federación que, a través de las dependencias y entidades, se otorgan a los diferentes sectores de la sociedad, los gobiernos de las entidades federativas y, en su caso, los municipios para fomentar el desarrollo de actividades sociales o económicas prioritarias de interés general.
Dichos subsidios, deben sujetarse a las demás disposiciones aplicables en la materia, pudiendo constituirse en apoyos técnicos o financieros. Estos serán de carácter no regularizable y se entregarán a la población beneficiaria por única ocasión mediante los mecanismos administrativos establecidos en el convenio anexo a las presentes RO, y en función de la disponibilidad presupuestaria de la instancia normativa, como responsable del ejercicio de su presupuesto autorizado para el presente Programa.
El otorgamiento de los subsidios deberá sujetarse a lo dispuesto en los artículos 74 al 79 de la LFPRH y 174 al 181 del RLFPRH y en las presentes RO y su ejercicio deberá cumplir con las disposiciones legales aplicables, el principio de anualidad y serán ministrados siempre y cuando las Instancias ejecutoras o, en su caso, los gobiernos de las Entidades Federativas y, en su caso, la AEFCM cumplan con lo previsto en la LDFEFM, la LFPRH, la LGCG y el PEF. Los subsidios se considerarán devengados de acuerdo a los criterios señalados en el numeral 3.4.1.1 denominado "Devengos".
Los convenios que se suscriban con los Gobiernos de las Entidades Federativas con el propósito de formalizar el otorgamiento de subsidios a cargo de este Programa, no tienen carácter de convenio de coordinación para transferir recursos del presupuesto de la Secretaría de Educación Pública a los gobiernos de las entidades federativas o, en su caso, Municipios con el propósito de descentralizar o reasignar la ejecución de funciones, programas o proyectos federales o, en su caso, recursos humanos y materiales a que hace referencia el artículo 82 de la LFPRH.
Los subsidios que se otorguen tendrán la temporalidad y características que se autoricen en el marco de las presentes RO y, conforme la disponibilidad presupuestaria autorizada; por lo que los beneficiarios del Programa, en término de lo previsto en el numeral 3.3 denominado "Beneficiarios/as" de las presentes RO y, en su caso, los Gobiernos de las Entidades Federativas deberán buscar fuentes alternativas de ingresos para lograr una mayor autosuficiencia con apego al artículo 75, párrafo primero y fracción VI de la LFPRH.
Respecto al subsidio directo TG 1, en ningún caso, se podrán utilizar los recursos financieros para el pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos o sobresueldos a personal directivo, docente o empleadas/os, que laboren en la SEP, en las Secretarías de Educación Estatales o en la AEFCM, ni becas, tratamientos médicos o apoyos económicos directos a las alumnas y los alumnos.
Para el TG 7, los recursos se podrán utilizar en cualquier partida de gasto específica prevista en el Clasificador por Objeto del Gasto, respetando el porcentaje autorizado a cada UR para dar atención a los gastos indirectos de operación de las RO. En ningún caso, estos recursos se podrán utilizar para el pago de prestaciones de carácter económico, sobresueldos, compensaciones, así como tampoco para pasajes y viáticos internacionales, arrendamiento para oficinas y equipo, ni becas, tratamientos médicos o apoyos económicos directos a las alumnas y los alumnos.
Del mismo modo, las AEL, adicional a lo anterior, en ningún caso podrán utilizar los apoyos en la operación local para la adquisición de equipo de cómputo, celulares, equipo administrativo, línea blanca, material de oficina o vehículos.
De acuerdo a la disponibilidad presupuestaria autorizada para el presente Programa, se podrán otorgar los siguientes apoyos:
SES |
Tipo de apoyo |
Población objetivo | Tipo de subsidio | Monto o porcentaje | Periodicidad |
UUII | Financiero Realización de proyectos indicados en la Guía PROFEXCE que tengan como propósito contribuir al cumplimiento del objetivo general y específicos del Programa y que hayan resultado evaluados favorablemente en las etapas de evaluación y réplica, según sea el caso, en el marco de la planeación bienal que se estableció en las presentes Reglas de Operación. | 97.0% | Anual |
SES | Financiero: Destinado únicamente para cubrir los gastos relacionados con servicios personales (honorarios o eventuales) y la adquisición de materiales y la contratación de servicios para apoyar la operación de este Programa. | 3.0% | Anual |
DGESU |
Tipo de apoyo |
Población objetivo | Tipo de subsidio | Monto o porcentaje | Periodicidad |
UPES, UPEAS, UPF y UUII | Financiero: Realización de proyectos indicados en la Guía PROFEXCE que tengan como propósito contribuir al cumplimiento del objetivo general y específicos del Programa y que hayan resultado evaluados favorablemente en las etapas de evaluación y réplica, según sea el caso, en el marco de la planeación bienal que se estableció en las presentes Reglas de Operación | (Hasta 92.5428244468311), del cual se podrá otorgar hasta 50 millones por institución | Anual |
UPES, UPEAS, UPF y UUII | Financiero: Realización de proyectos que fomenten la Educación inclusiva y la igualdad de género, con resultado favorable en las etapas de evaluación y réplica, según sea el caso, en el marco de la planeación bienal que se estableció en las Reglas de Operación del ejercicio fiscal inmediato anterior de este Programa. | (4.30347764902895), del cual se podrá otorgar hasta dos millones y medio de pesos, de acuerdo a su matrícula total. | Anual |
CONACyT | Financiero: Continuar apoyando las acciones establecidas en el CONSORCIO. | 1.97145039769389% | Anual |
DGESU | Financiero: Destinado únicamente para cubrir los gastos relacionados con servicios personales (honorarios o eventuales) y la adquisición de materiales y la contratación de servicios para apoyar la operación de este Programa. | 2.5% | Anual |
En apego a lo establecido en el convenio de apoyo y el Anexo 8 de las presentes RO, las IES que resulten beneficiadas, deberán comprobar los recursos asignados en el ejercicio fiscal vigente, incluyendo en dicha temporalidad los recursos que se canalicen al CONSORCIO a través del CONACyT. Conceptos que no apoya la SES/DGESU, en el marco del PROFEXCE: 1. Becas, apoyos de transporte y viáticos para realizar estudios de posgrado de PTC (deben de solicitarse a través del PRODEP). 2. Apoyo de transporte y viáticos a evaluadores/as para realizar acreditaciones de programas educativos de licenciatura por parte de los organismos acreditadores reconocidos por el COPAES, o en su caso, para el personal de organismos certificadores de procesos de gestión. 3. Becas para estudiantes de nivel TSU, licenciatura y posgrado (quienes aspiren a una beca de licenciatura deben de solicitarse a través del Programa de becas que corresponda y para posgrado deberán cursar un programa de este nivel inscrito en el Programa Nacional de Posgrado de Calidad, PNPC). 4. Compensaciones salariales, estímulos económicos, sobresueldos al personal académico y administrativo que labora en la IES. Solo se autoriza el pago de sueldos bajo el régimen de honorarios, en los proyectos de estancias infantiles y/o guarderías. 5. Muebles para oficinas administrativas. 6. Obsequios de cualquier índole y para cualquier tipo de evento que organice la IES. 7. Medicamentos que no tengan relación con los programas educativos que se imparten en la IES (solo se autorizan para la DES de Salud). 8. Vehículos (terrestres, acuáticos y aéreos) 9. Contratación de base de datos, libros y revistas electrónicas (éstos se deben canalizar a través del CONRICyT). 10. Gastos de operación tales como (agua, luz, telefonía fija y móvil, internet, mensajería y papelería), así como el mantenimiento de vehículos terrestres, acuáticos y/o aéreos. 11. Cafetería de oficina y/o de eventos. 12. Publicidad y promoción de programas educativos de licenciatura y posgrado (spots de radio, pancartas, posters). 13. Plazas de personal académico y administrativo que labora en la IES. 14. Publicaciones de libros y revistas no arbitradas. 15. Registros de patentes. (solicitarse a través del PRODEP). 16. Reconocimientos y estímulos para estudiantes. 17. Transporte, hospedaje y alimentación para firma de convenios. |
18. Renta de espacios y mobiliario de la propia institución para la realización de eventos académicos. 19. Pago de personal de la institución y externo, para llevar a cabo presentaciones musicales, artísticas, teatrales, así como personal de seguridad (solo se apoyan las actividades relacionadas con el plan de estudios de programas educativos de artes). 20. Pago de peajes y combustible para personal administrativo. 21. Pago de propinas. 22. Pago para certificación de idiomas extranjeros. 23. Transporte, hospedaje y alimentación para establecer redes de colaboración. 24. Consultorías y asesorías sobre normas de calidad. 25. Membresías para asociaciones sin relación con los programas educativos. 26. Servicios de diseño de páginas web. 27. Seguros de viaje 28. Pago de Impresión de tesis para alumnos de posgrado. 29. Certificaciones para docentes en su área disciplinar. 30. Desarrollo de software para control de proyectos institucionales. 31. Viáticos a estudiantes para la asistencia a ferias de libro. 32. Pago de inscripción a organismos para el desarrollo de internet. 33. La construcción y/o adecuación de espacios físicos. 34. La compra de animales de granjas, a excepción de los programas educativas relacionados con la práctica agropecuaria 35. Los siguientes conceptos se deberán de solicitar a través de proyectos formulados en el marco del FAM: a) Equipo de audio y video Proyectores.- para el equipamiento de salones de clase, aulas interactivas, aulas de usos múltiples, aulas magnas, salas de juicios orales, auditorios, teatros. Pizarrones Interactivos.- cuando su uso esté destinado a salones de clases, aulas interactivas, aulas de usos múltiples. Conmutadores. |
b) Mobiliario Mesa bancos.- para el equipamiento de salones de clases o sustitución del ya existente. Butacas.- para auditorios y aulas magnas. Lockers.- cuando su usó esté destinado exclusivamente para talleres, laboratorios, bibliotecas. Lámparas.- únicamente para proyectos técnicos sustentables. c) Equipo de laboratorio Mesas de laboratorio d) Otros Sistemas e instalaciones especiales. - aire acondicionado para uso en aulas magnas, aulas interactivas, aulas de usos múltiples, salas de juicios orales, talleres, laboratorios, bibliotecas, infotecas, centros de idiomas, centro de cómputo, auditorios, teatros, salas de música. Sistemas y equipos contra incendio (detectores de humo) para uso en aulas magnas, aulas interactivas, aulas de usos múltiples, salas de juicios orales, talleres, laboratorios, bibliotecas, infotecas, centros de idiomas, centro de cómputo, auditorios, teatros, salas de música. Sistemas e instalaciones especiales. - instalación eléctrica para uso en aulas magnas, aulas interactivas, aulas de usos múltiples, salas de juicios orales, talleres, laboratorios, bibliotecas, infotecas, centros de idiomas, centro de cómputo, auditorios, teatros, salas de música. Extintores. - para uso en aulas magnas, aulas interactivas, aulas de usos múltiples, salas de juicios orales, talleres, laboratorios, bibliotecas, infotecas, centros de idiomas, centro de cómputo, auditorios, teatros, salas de música. Sistemas e instalaciones especiales. - instalación hidráulica. - para Talleres y laboratorios. Sistemas e instalaciones especiales. - regaderas. - para Talleres y laboratorios. Sistemas e instalaciones especiales. - instalación de gas. - para Talleres y laboratorios. |
Pódium. Puertas de emergencia. - aulas, talleres, laboratorios y auditorios. Sistema de iluminación. - aulas, talleres, laboratorios y auditorios Ventilador de techo para salones de clase. Equipo de accesibilidad para personas con discapacidad. - para uso en aulas magnas, aulas interactivas, aulas de usos múltiples, salas de juicios orales, talleres, laboratorios, bibliotecas, infotecas, centros de idiomas, centro de cómputo, auditorios, teatros, salas de música. Paneles solares. - para proyectos técnicos sustentables. Arco detector.- bibliotecas, hemerotecas, infotecas, xilotecas. |
36. Pago de casetas y gasolina como rembolso para facilitadores de cursos, talleres, seminarios, conferencias, entre otros. 35 En el proyecto de Educación inclusiva Igualdad de Género, no se apoyan los siguientes conceptos de gasto: a) Papelería. b) Equipo de cómputo, impresoras, escáner, cartuchos para impresión y fotocopiadoras. c) Software. d) Infraestructura (muebles, escritorios, sillas, entre otros). e) Diseño y elaboración de cursos en línea y/o presenciales (únicamente se apoya el pago de cursos y viáticos de ponentes en el proyecto de capacitación). f) Servicios de impresión de material de difusión, cuando no exista acciones de capacitación y sensibilización que lo justifiquen. g) Servicio de cafetería para eventos de capacitación. h) Viáticos al personal docente, administrativo o estudiantil para la asistencia a eventos de capacitación fuera de las instalaciones de la universidad. i) Viáticos al personal docente y/o administrativo para recabar información en trabajo de campo. j) Títeres y materiales para teatro guiñol. k) Acervo bibliográfico que, en el marco de un proyecto de capacitación, los títulos no estén relacionados con la temática de género. l) Lotes de acervo (los acervos.- libros, material audiovisual y suscripciones a revistas indexadas, deben registrarse individualmente especificando título, autor y editorial. m) Gasolina y casetas para trabajo de campo (levantamiento de encuestas). n) Gasolina y casetas para el traslado de ponentes y participantes en talleres, cursos, seminarios, simposios y conferencias. o) Pago de facturas a empresas que no demuestren experiencia en el tema de género. p) La compra de alimentos (papas, refrescos, galletas, café, etc.) en la comprobación de los gastos correspondientes a "alimentos". 37. En el proyecto de estancias infantiles y/o guarderías, no se apoyan los siguientes conceptos de gasto: a) Uniformes, zapatos y cualquier otra prenda de vestir, para el personal operativo, administrativo y alumnos de la Estancia y/o guardería infantil. b) El equipo de cómputo, impresoras, escáner, cartuchos para impresión y fotocopiadoras, estará destinada única y exclusivamente al personal administrativo, por tal motivo no puede exceder al número del personal contratado y/o como máximo 4 equipos de cómputo por Estancia Infantil y/o Guardería, siempre y cuando no haya sido apoyado este rubro en ejercicios anteriores. c) Equipos de cómputo de gama alta para el apoyo en la operación de las Estancias Infantiles. d) IPads, iPods, tablets o cualquier otro tipo de tableta electrónica. e) Servicio para el suministro de alimentos preparados. f) Servicio de capacitación hacia el personal de la estancia infantil con fines de dar cumplimiento a las certificaciones requeridas por la DFI, ya que éstas son un requisito de participación y apoyo. g) Contratación de prestadores de servicios para la atención de la guardería o estancia infantil, por honorarios asimilables a salarios. h) No se autoriza la compra de papelería para uso administrativo por un monto mayor a $50,000 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), esto incluye cartuchos para impresión y/o tóner. i) Compra y/o renta de terrenos j) Subrogación del servicio de estancia infantil y/o guardería. |
CGUTYP |
Tipo de apoyo |
Población objetivo | Tipo de subsidio | Monto o porcentaje | Periodicidad |
UUTT y UUPP anexo 1A de las presentes RO | Financiero: Realización de los proyectos indicados en las guías de planeación que tengan como propósito contribuir al cumplimiento del objetivo general y específicos del Programa y que resulten evaluados favorablemente en el marco de la planeación anual establecida en las RO del Programa. | Al menos el 97.5% (Noventa y siete punto cinco por ciento). Hasta $5, 000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.), en una o varias ministraciones, incluyendo el monto que se autorice. | Anual |
CGUTYP | Financiero: Destinado únicamente para cubrir los gastos relacionados con servicios personales (honorarios o eventuales), materiales y suministros, servicios generales y bienes muebles, indispensables para apoyar la operación de la trazabilidad y logística de evaluación de proyectos de este Programa. | Hasta el 2.5% | Anual |
Nota: I. Al menos el 97.5% (Noventa y siete punto cinco por ciento) para financiar la realización de proyectos indicados en la guía de planeación que tenga como propósito contribuir al cumplimiento del objetivo general y específicos del Programa y que resulten evaluados favorablemente en el marco de la planeación anual establecida en RO. Para fomentar la educación inclusiva distribuido en los siguientes rubros: 1. Para los proyectos que en apego a lo establecido en RO y a la guía de planeación, se deberá presentar dos objetivos particulares en el proyecto de la Gestión, que fomente la educación inclusiva al interior de la comunidad universitaria y que hayan considerado lo siguiente: a) El monto de cada objetivo no deberá exceder de $300,000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 M.N.). b) Formular un estudio sobre educación inclusiva al interior de las UUTT y UUPP y su publicación respectiva, que le otorgue a la institución los elementos necesarios para formular e implementar un Plan de Igualdad. c) Diseñar e implementar un plan de capacitación para el personal administrativo, profesoras/es y/o estudiantes en materia de perspectiva de género mediante la impartición de diplomados, cursos, talleres, seminarios y/o conferencias magistrales en temas relacionados con.- derechos humanos de las mujeres; violencia de género; hostigamiento y acoso sexual; conciliación laboral-familiar; masculinidad, educación sexual integral, entre otros; así como diseñar y difundir una campaña que sensibilice o promueva la prevención y atención de la violencia de género entre otros aspectos que fortalezcan la educación inclusiva. d) Adquirir material bibliohemerográfico (libros, videos, CD´s, revistas, software) en materia de educación inclusiva; así como la elaboración y publicación de libros arbitrados que consideren las perspectivas de igualdad de género, derechos humanos y erradicación de la violencia de género, entre otros aspectos que fortalezcan la educación inclusiva. e) Certificación en materia de educación inclusiva. II. Hasta el 2.5% (dos punto cinco por ciento) sobre el monto total asignado a la CGUTyP en el PEF vigente, el cual será destinado para gastos de operación relacionados con servicios personales (honorarios), materiales y suministros, servicios generales y bienes muebles, indispensables para apoyar la operación de la trazabilidad y logística de evaluación de proyectos de este Programa y su adecuada implementación. En apego a lo establecido en el convenio de colaboración y el Anexo 9B de RO, y una vez que la CGUTyP, según corresponda, emita el oficio de autorización para el ejercicio de la propuesta de reprogramación de los recursos asignados; las IES que aparecen en el apartado 3.2 de RO y que resulten apoyadas con recursos de este Programa, deberán ejercer y comprobar el 100% de los recursos financieros y el cumplimiento de las metas a más tardar el 31 de diciembre del año 2020, y la entrega de los informes académicos, programáticos y financieros en las fechas y porcentajes establecidos por las instancias normativas. Las solicitudes de construcción de infraestructura física, deberán canalizarse a través del FAM para Educación Superior. |
Gastos no financiables por el PROFEXCE: a) Becas de Personal académico y alumnos/as, apoyos de transporte para personal académico, alimentación y hospedaje para realizar estudios de posgrado al personal académico; así como para la publicación de tesis para obtención del grado académico o viáticos para presentación de exámenes de grado (deben canalizarse al PRODEP). b) Apoyos de transporte, alimentación y hospedaje a alumnos/as y docentes que no justifiquen fortalecer la internacionalización de la educación superior, a través del establecimiento de redes internacionales de cooperación en las funciones sustantivas, la movilidad estudiantil y de académicos. c) El establecimiento de sistemas de acreditación de estudios, entre otros aspectos; alimentación y hospedaje a evaluadores para realizar las acreditaciones de los organismos reconocidos por el COPAES, o en su caso para el personal de organismos certificadores de procesos de gestión. d) Apoyos de transporte, alimentación y hospedaje para personal de empresas con las que se contrate servicios de certificación y recertificación de procesos de gestión. e) Becas para estudiantes (quienes aspiren a una beca deben canalizarse al Programa Nacional de Becas). f) Compensaciones salariales. g) Compra de muebles para oficinas administrativas. h) Compra de obsequios de cualquier índole y para cualquier tipo de evento. i) Compra de medicamentos que no estén relacionados con alguno de los PE del área de Ciencias de la Salud que se imparten en las IES. |
j) Compra de vehículos (terrestres, acuáticos y/o aéreos). k) Estímulos económicos al personal académico y administrativo que labora en la IES. l) Eventos culturales sin relación con la misión de los PE. m) Gastos de operación tales como. - el pago de servicios de la IES (agua, luz y teléfono, combustibles), servicios de internet, mantenimiento de vehículos, tractores, lanchas y servicio de mensajería. n) Honorarios para personal de la propia IES o pago de personal de apoyo. o) Materiales de oficina o cafetería (este requerimiento se debe atender con los recursos del presupuesto ordinario de la IES). p) Materiales para promoción de la oferta educativa. q) Los rubros restringidos conforme a lo dispuesto en el PEF vigente. r) Plazas de personal académico y administrativo que labora en la IES. s) Proyectos, objetivos, metas, acciones o conceptos que se dupliquen con los inherentes a apoyos financieros otorgados o por otorgarse en el marco de fondos extraordinarios previstos en el PEF vigente. t) Publicaciones de libros y revistas no arbitradas. u) Reconocimientos y/o estímulos a estudiantes. v) Recursos para firma de convenios. w) Renta de espacios y mobiliario para la realización de eventos académicos. x) Sobresueldos y sueldos. y) Pago a profesoras/es bajo los rubros de honorarios o servicios para atender actividades de docencia. z) Pago de personal para llevar a cabo presentaciones musicales, artísticas, trabajo de seguridad o para el apoyo de actividades deportivas. aa) Apoyo a solicitudes de gastos (triviales) que no impactan a la mejora de la calidad. bb) Pago de peajes para personal administrativo, de profesoras/es, alumnos o alumnas que no estén relacionados con actividades propias del quehacer académico. cc) Pago de propinas. |
DGESPE
Tipo de subsidio | Población objetivo | Monto o porcentaje | Periodicidad |
Financiero | Autoridades Educativas Locales y Escuelas Normales Públicas del país | 95% | Los recursos se radicarán a las entidades federativas, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria, y tendrán vigencia de un año a partir de la recepción por parte de la Autoridad Educativa Local de los mismos. |
Para el otorgamiento de los apoyos, se dará prioridad a los sistemas de educación normal y a las Escuelas Normales Públicas que hayan:
· Participado en el PRODEP y elevado permanentemente el nivel de habilitación de sus profesores/as.
· Evaluado sus programas educativos a través de áreas evaluadoras y acreditadoras y hayan mejorado sus resultados.
· Realizado las gestiones necesarias para que la AEL y la AEFCM, se comprometa a llevar a cabo un esfuerzo presupuestal; para que aporte un tanto presupuestal igual al asignado por la Federación, con el propósito de impulsar el desarrollo de instituciones de alta calidad académica.
Los recursos federales para la operación e implementación del programa corresponderán al presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2020
Monto del Apoyo
Para la realización de los proyectos integrales del ProGEN y del ProFEN formulados en el marco la EDINEN respectivo, que resulten evaluados favorablemente, el Gobierno Federal destinará los recursos aprobados para el programa de acuerdo con el PEF respectivo.
Dichos montos se podrán incrementar durante el ejercicio fiscal 2020, con base en la disponibilidad presupuestaria y se formalizarán mediante la suscripción de Anexos de Ejecución, los cuales formarán parte del Convenio de Colaboración.
El ejercicio del gasto de los recursos será de un año a partir de la recepción por parte de la Autoridad Educativa Local de los mismos
Dichos apoyos son adicionales al presupuesto que destinen los Gobiernos Estatales para el funcionamiento de los servicios de educación normal; en ningún caso sustituirán a los recursos regulares destinados para la operación del gasto corriente.
Asimismo, estos apoyos se pueden incrementar con aportaciones adicionales de los gobiernos estatales, sin detrimento a los acuerdos estipulados en el convenio.
Para el cumplimiento de los objetivos del programa, la DGESPE destinará hasta el 5% (cinco por ciento) del monto autorizado, en gastos relacionados con servicios personales (honorarios), materiales y suministros y servicios generales, indispensables para apoyar la adecuada implementación del Programa.
Los apoyos del programa serán destinados a las Entidades Federativas y a las Escuelas Normales Públicas participantes que hayan obtenido dictamen favorable en la evaluación la EDINEN, emitido por los Comités de Evaluación o Dictaminación mediante la entrega de recursos financieros, los cuales pueden contener las siguientes acciones:
Tipo de apoyo |
Población objetivo | Tipo de subsidio | Monto o porcentaje | Periodicidad |
Gobiernos de las Entidades Federativas, AEL, AEFCM y a las Escuelas Normales Públicas | Financiero: Destinado para realizar alguna de las siguientes acciones: a) Construir, mantener y remodelar espacios educativos. b) Adquirir equipo con tecnología actualizada y mobiliario para los espacios educativos. c) Diseñar e implementar un plan de capacitación para personal directivo, docente, administrativo y estudiantes, certificación de una segunda lengua, TIC y planes y programas de estudio mediante la impartición de diplomados, cursos, talleres, seminarios y/o conferencias magistrales. d) Adquirir material bibliohemerográfico (libros, videos, CD's, revistas, software) en materia de la reforma educativa, nuevo modelo educativo, planes y programas de estudio. e) Adquirir implementos para desarrollar actividades de cultura física y el deporte f) Diseñar e implementar programas de seguimiento a egresados, asesoría y tutoría considerando para ello la perspectiva de género. g) Diseñar e implementar acciones para la movilidad académica, intercambios académicos y convenios entre Instituciones de educación superior nacionales o internacionales. h) Promover la cultura de la evaluación para favorecer la acreditación de los planes y programas de estudio y la certificación de los procesos de gestión. | El monto o porcentaje, se determinará con base en el dictamen llevado a cabo por el comité evaluador y el presupuesto autorizado. | Los recursos se radicarán a las Entidades Federativas, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria, y tendrán una vigencia de un año a partir de la recepción por parte de la Autoridad Educativa Local de los mismos. |
265 Escuelas Normales Públicas | Financiero: Realización de los proyectos integrales del ProGEN y del ProFEN formulados en el marco del EDINEN respectivo, que resulten evaluados favorablemente, el Gobierno de México destinará los recursos aprobados para el Programa de acuerdo con el PEF respectivo | Los montos se determinarán, o en su caso, incrementarán durante el ejercicio fiscal 2020, con base en la disponibilidad presupuestaria y se formalizarán mediante la suscripción de anexos de ejecución los cuales formarán parte del convenio de colaboración. Dichos apoyos son adicionales al presupuesto que destinen los gobiernos de las Entidades Federativas para el funcionamiento de los servicios de educación normal; en ningún caso sustituirán a los recursos regulares destinados para la operación del gasto corriente. Asimismo, estos apoyos se pueden incrementar con aportaciones adicionales de los gobiernos estatales, sin detrimento a los acuerdos estipulados en el convenio | Un año a partir de la recepción por parte de la Autoridad Educativa Local de los recursos. |
DGESPE | Financiero: Destinado únicamente para cubrir los gastos relacionados con servicios personales (honorarios o eventuales), materiales y suministros, servicios generales y bienes muebles, indispensables para apoyar la adecuada implementación del EDINEN. | Hasta el 5% | |
Gastos que no son financiables por la EDINEN: a. Pago de sueldos, sobresueldos, estímulos o compensaciones del personal académico y administrativo contratado por la Escuela Normal Pública, por la AEL, la AEFCM y por la SEP. b. Contratación de personal académico, técnico y de apoyo para incorporarse a la Escuela Normal Pública, sin excepción. c. Desarrollo de cursos, talleres y demás actividades de carácter motivacional o cualquier otra ajena a los enfoques, propósitos y contenidos de los planes y programas de estudio de las licenciaturas en educación normal. d. Adquisición de vehículos para transporte de menos de 12 plazas (no automóviles particulares o camionetas tipo SUV). e. Pagos de inscripciones y colegiaturas para estudios de educación superior de programas que no pertenecen al PNP, padrón de posgrados de la DGESPE, Centros Regionales (Chiapas, Tamaulipas y Sonora) o que sus beneficiarios laboren en el plantel donde se impartirá el posgrado. f. Otros fines distintos a los establecidos en las RO. g. Para el pago de los gastos de las Coordinaciones Estatales, de las escuelas normales públicas u otras instancias, entre los que se encuentran: Agua, Luz, Teléfono y Predial. Servicios de fletes, maniobras y seguros de bienes patrimoniales. Servicios de vigilancia. Cualquier tipo de cargo o impuesto derivado por obligaciones fiscales. Comisiones por manejo de cuentas bancarias o gastos de representación. |
En el caso de los subsidios, su ministración se realizará, en función de la disponibilidad presupuestaria autorizada, mediante transferencia electrónica de los apoyos podrán ser utilizados durante un año, a partir de la recepción de los recursos, en el entendido que sólo se refiere a la aplicación de recursos públicos federales extraordinarios no regularizables del ejercicio fiscal 2020, por lo que no compromete recursos de los subsecuentes ejercicios fiscales.
Durante la operación del Programa, la SES, DGESU, CGUTYP y la DGESPE, como responsable del ejercicio de su presupuesto autorizado, la instancia ejecutora del apoyo otorgado y la población beneficiaria, deberán observar que la administración de los recursos se realice bajo os criterios d legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas ye igualdad de género, establecidos en los artículos 1, 75 y 77 de la LFPRH, en el Título Cuarto, Capítulo XII, sección IV del RLFPRH, así como con las demás disposiciones que para tal efecto emita la SHCP, y disponga el PEF para el ejercicio fiscal 2020.
Las erogaciones previstas en el PEF que no se encuentren devengadas al 31 de diciembre de 2020, no podrán ejercerse.
La(s) instancia(s) ejecutora(s) del Programa está(n) obligada(s) a reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal 2020 no se haya devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago, en términos de lo dispuesto en los artículos 54 de la LFPRH; y, 176, primer párrafo del RLFPRH.
3.4.1 Devengo, aplicación y reintegro de los recursos
3.4.1.1 Devengos
Cuando los beneficiarios del presente Programa sean personas físicas o morales diferentes a los gobiernos de las Entidades Federativas, o en su caso, municipios los recursos se considerarán devengados una vez que se haya constituido la obligación de entregar el recurso al/los beneficiario/s por haberse acreditado su elegibilidad antes del 31 de diciembre del ejercicio fiscal 2020, independientemente de la fecha en la que dichos recursos se pongan a disposición para el cobro correspondiente a través de los mecanismos previstos en estas RO y en las demás disposiciones aplicables.
Cuando el/los beneficiario/s del presente Programa sean los gobiernos de las Entidades Federativas y, en su caso, los municipios, los recursos se considerarán devengados a partir de su entrega a dichos órdenes de gobierno, la Instancia ejecutora será responsable de gestionar la entrega del apoyo a más tardar el 31 de diciembre de 2020.
Los recursos se considerarán devengados para efecto del/losbeneficiario/s cuando en sus registros contables, presupuestarios o a través de instrumentos legales, reconozcan obligaciones de pago a favor de terceros.
Los recursos se considerarán vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago cuando a través de un instrumento legal se haya asumido la obligación o compromiso de realizar una erogación en favor de un tercero, o cuando el PAT objeto del apoyo autorizado determine dichas erogaciones.
Los Gobiernos de los Estados, deberán reintegrar a la TESOFE a más tardar el 15 de enero de 2021, los recursos que no hayan sido devengados al 31 de diciembre de 2020, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el primer párrafo del artículo 17 de la LDFEFM. Por su parte, la AEFCM deberá sujetarse a lo previsto en el artículo 54, segundo párrafo de la LFPRH y disposiciones normativas aplicables en la materia.
3.4.1.2 Aplicación
El/la beneficiario/a de los apoyos tendrán la obligación de aplicar los recursos recibidos para el objeto y los fines que les fueron otorgados.
Los recursos se considerarán comprometidos cuando exista un instrumento que formalice una relación jurídica con terceros por la adquisición de bienes y servicios o ejecución de obras; o devengados cuando se reconozca una obligación de pago a favor de terceros por la recepción de conformidad de bienes, servicios y obras oportunamente contratados, así como de las obligaciones que deriven de tratados, leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas.
En los casos que el/la beneficiario/a no haya podido aplicar los recursos debido a causas ajenas o de fuerza mayor, éste/a lo deberá informar a la instancia ejecutora del Programa y reintegros a la TESOFE, así como, en su caso, realizar el entero de los rendimientos que se hubieren generado, en un plazo no mayor a 15 días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la notificación formal con las instrucciones para efectuar el reintegro.
Los recursos que se otorgan mediante el PROFEXCE, no pierden su carácter Federal por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse en todo momento las disposiciones jurídicas federales aplicables.
DGESPE
Los recursos se aplicarán exclusivamente a los proyectos integrales establecidos en el anexo A del convenio de colaboración en el cual se describen los montos asignados para cada uno de ellos, con base en los rubros de gasto autorizados por la SEP, y en los resultados de la evaluación de la planeación o adecuación del ProGEN y los ProFEN y proyectos integrales que los constituyen en el marco del EDINEN respectivo.
Los recursos asignados a un objetivo son intransferibles a otro objetivo. La SEP podrá establecer orientaciones específicas para favorecer la congruencia con los propósitos que persigue la EDINEN y la optimización de los recursos autorizados a las AEL, a la AEFCM y a las escuelas normales públicas.
3.4.1.3 Reintegros
Cuando en las actividades de seguimiento o supervisión que defina la instancia normativa, identifique que los recursos fueron destinados a fines distintos a los autorizados, o bien existan remanentes en su aplicación, solicitará a el/la beneficiario/a realizar su reintegro a la TESOFE, quien estará obligado a realizarlo en un plazo no mayor a 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba de la unidad responsable, la notificación formal con las instrucciones para efectuar dicho reintegro.
Los recursos a reintegrar a la TESOFE, en términos de lo dispuesto en el artículo 176 del RLFPRH, se realizarán mediante línea de captura, para lo cual el/la beneficiario/a deberá solicitar a la Instancia normativas del Programa e informar de la realización del reintegro a la misma, adjuntando el comprobante del depósito correspondiente en un plazo no mayor a tres días hábiles contados a partir de que haya sido realizado el reintegro.
Con fundamento en lo establecido en el artículo 54 párrafos segundo y tercero de la LFPRH, la Instancia Ejecutora del Programa, de acuerdo a lo previsto en el numeral 3.6.1 denominado "Instancia(s) ejecutora(s)" y la persona beneficiaria que, al 31 de diciembre de 2020, conserven recursos federales deberán reintegrarlos a la TESOFE, conjuntamente con los rendimientos financieros obtenidos, dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio fiscal 2020.
Los gobiernos de las entidades federativas, o en su caso, los municipios, deberán reintegrar a la TESOFE a más tardar el 15 de enero de 2021, los recursos que no hayan sido devengados al 31 de diciembre de 2020, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el primer párrafo del artículo 17 de la LDFEFM. En el caso de la AEFCM, esta deberá sujetarse a lo previsto en el segundo y cuarto párrafo del artículo 54 de la LFPRH y demás disposiciones normativas aplicables en la materia.
Para el caso de los gobiernos de las entidades federativas; o, en su caso, los municipios y sus entes públicos que cuenten con transferencias federales etiquetadas y que al 31 de diciembre del 2020 se hayan comprometido y aquellas devengadas pero que no hayan sido pagadas, deberán cubrir los pagos respectivos a más tardar el 31 de marzo del 2021, o bien, de conformidad con el calendario de ejecución establecido en el convenio correspondiente; una vez cumplido dicho plazo, los recursos remanentes deberán reintegrarse a la TESOFE a más tardar dentro de los 15 días naturales siguientes, conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 17 de la LDFEFM.
En los casos en que la o el beneficiaria/o esté obligada/o a reintegrar los recursos federales objeto de los apoyos otorgados, éstos no podrán deducir las comisiones bancarias que por manejo de cuenta y operaciones haya cobrado la institución financiera. El/La beneficiario/a deberá cubrir dichas comisiones con cargo a sus propios recursos.
Los rendimientos que la o el beneficiaria/o deba enterar a la TESOFE, por habérsele requerido el reintegro parcial o total de los recursos objeto de los apoyos otorgados, serán aquellos que puedan verificarse a través de los estados de cuenta bancarios, descontando el Impuesto Sobre la Renta (ISR).
En caso de que la o el beneficiaria/o no reintegre los recursos en el plazo establecido en las presentes RO, será sujeto de las sanciones y penas correspondientes, conforme a las disposiciones aplicables en la materia.
Penas por atraso en los reintegros
El cálculo de la pena por atraso en el reintegro deberá realizarse conforme a lo señalado en la Ley de la Tesorería de la Federación y conforme la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2020, conforme a lo siguiente.-
La/s persona/s beneficiaria/s que no reintegre los recursos en el plazo establecido en las presentes RO, deberá pagar una pena por atraso multiplicando el importe no reintegrado oportunamente por el número de días naturales de retraso y tasa diaria conforme a la siguiente fórmula:
Pena=importe x días x tasa/30
Variable | Concepto |
Importe | Monto no reintegrado en el plazo establecido |
Días | Número de días naturales de atraso en reintegros contados a partir del día siguiente en que el plazo establecido venció |
Tasa | Tasa establecida en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2020 |
Nota.- Para el ejercicio fiscal 2020 la tasa se establecerá conforme a la Ley de Ingresos de la Federación
Estas penas por atraso deberán estar indicadas en los convenios que se suscriban con las/os beneficiaria/os y serán pagadas conforme al procedimiento que establezca la SHCP.
3.5. Derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos
Derechos aplicables a todas las Instancias ejecutoras:
1. Recibir los apoyos conforme lo establecido en el apartado 3.4 Características de los apoyos (tipo y monto) de las presentes RO, salvo que incidan en causas de incumplimiento que den lugar a su suspensión, cancelación o reintegro, conforme a lo señalado en el presente numeral.
2. Recibir de las Instancias normativas del Programa asesoría y apoyo sobre la operación del mismo sin costo y a petición de la Instancia ejecutora.
3. Tener acceso a la información necesaria, de manera clara y oportuna, para resolver sus dudas respecto de los apoyos del Programa.
4. Recibir el comunicado por parte de las Instancias normativas sobre la asignación del apoyo, por el medio correspondiente en los términos establecidos en las presentes RO.
5. Tener la reserva y privacidad de sus datos personales en los términos de lo establecido en la normativa jurídica aplicable en la materia.
6. Presentar cualquier tipo de denuncia, queja o sugerencia cuando considere haber sido objeto de algún trato discriminatorio o de mala atención por parte de los/as servidores públicos durante el proceso para obtener el apoyo.
7. Solicitar y recibir en los casos de suspensión o cancelación, la resolución fundada y motivada de la Instancia normativa correspondiente.
8. Conocer el monto asignado del ejercicio fiscal 2020 para el desarrollo de los proyectos integrales dictaminados favorablemente por los Comités de Evaluación, en apego al resultado de la evaluación de los documentos indicados en la guía metodológica de planeación, según corresponda.
9. Solicitar transferencias por productos financieros generados, remanentes y/o reprogramaciones del ejercicio fiscal 2020, en apego a las obligaciones establecidas en las presentes RO y conforme a los criterios que se establecen en el Anexo 6A de las presentes RO, para aplicarse en proyectos apoyados con recursos del Programa, que se encuentren vigentes, conforme los términos y fechas que en su momento la Instancia normativa comunique.
10. En el caso de la DGESPE, recibir los recursos financieros para el desarrollo de los proyectos autorizados.
Obligaciones aplicables a todas las Instancias ejecutoras:
1. Cumplir en tiempo y forma con los requisitos señalados en el numeral 3.3.1 de las presentes RO.
2. Aceptar las disposiciones establecidas en las presentes RO, en la (s) convocatoria (s), guías o en los instrumentos jurídicos que para tal efecto se emitan las Instancias normativas.
3. Contar con una cuenta bancaria específica, que sea exclusiva para la transferencia de subsidios del Programa, en apego al artículo 69 de la LGCG. Para la AEFCM, se ajustará a lo establecido en los Lineamientos Internos de Coordinación para el Desarrollo de los Programas y para las UPF se ajustarán a los lineamientos internos de coordinación para UPF.
4. Aplicar y destinar los recursos del Programa de forma transparente, única y exclusivamente para los objetivos previstos en las presentes RO y conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
5. Elaborar y entregar los informes de avances físicos y financieros del Programa, en el medio que determine la Instancia normativa, incluyendo los estados de cuenta bancarios correspondientes.
6. Resguardar de conformidad con las disposiciones legales aplicables, la documentación original justificativa y comprobatoria del ejercicio y aplicación de los recursos financieros para efectos de rendición de cuentas, transparencia y futuras revisiones o auditorías, misma que podrá ser requerida por las instancias fiscalizadoras conforme a la normativa jurídica aplicable.
7. Comprobar el ejercicio de los recursos conforme a las disposiciones jurídicas aplicables y, en su caso, realizar los reintegros que correspondan al erario federal de conformidad con el primer párrafo del artículo 17 de la LDFEFM.
8. Presentar un informe final de cierre del ejercicio fiscal, y remitirlo a la Instancia normativa que corresponda, en los plazos y formas establecidas por la instancia normativa. Excepto para las Instancias ejecutoras a cargo de la DGESU.
9. Facilitar la fiscalización por parte de la ASF de los recursos federales que reciba, en términos de lo establecido en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, así como rendir cuentas sobre su ejercicio en los términos de las disposiciones aplicables.
10. Promover la contraloría social.
Adicionalmente, las Instancias ejecutoras tendrán la obligación de:
1. Gestionar en un periodo no mayor a 5 (cinco) días hábiles posteriores a la notificación de la asignación de los recursos del PROFEXCE, ante las tesorerías de las entidades federativas la apertura de la cuenta bancaria productiva específica y entregar a la Instancia normativa correspondiente, los datos de la misma.
2. Formalizar la transferencia de los recursos mediante el comprobante fiscal digital por internet emitido a la Tesorería o equivalente de las Entidades Federativas, que compruebe la cantidad asignada en los términos de lo dispuesto en los artículos 75 del RLFPRH; y, 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación, de los recursos ministrados para la operación del Programa, en un plazo que no exceda los 10 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de los mismos.
3. Gestionar ante la Tesorería o equivalente de las Entidades Federativas, la liberación de los subsidios para la operación del Programa, una vez que le sea notificada la ministración del recurso.
SES y DGESU
1. Modificar la denominación del fideicomiso PFCE a PROFEXCE y abrir una subcuenta para administrar los recursos asignados en el ejercicio fiscal 2020 a más tardar 10 (diez) días hábiles posteriores a la notificación de la asignación de recursos del PROFEXCE. En los casos en donde el monto asignado sea menor a 3 (tres) millones de pesos abrir una cuenta bancaria productiva específica en el mismo periodo de tiempo indicado en el presente numeral.
2. Entregar a la DGESU y cargar en el módulo de seguimiento financiero, copia de la modificación de la denominación de fideicomiso y de la apertura de la subcuenta 2020 o de la cuenta bancaria productiva específica PROFEXCE, en un periodo de 10 (diez) días hábiles posteriores a su celebración.
3. Formalizar la recepción de los recursos en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la primera ministración la SES/DGESU cargando en el módulo de seguimiento financiero copia del CFDI emitido a la entidad federativa y copia de la transferencia bancaria realizada por los Gobiernos de las Entidades Federativas, por la cantidad que aporte la SEP en el marco del PROFEXCE.
4. Concluir en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la notificación de la apertura del sistema electrónico de reprogramación, el ajuste de los rubros de gasto asociados a las acciones de cada proyecto evaluado favorablemente por los Comités de Pares Académicos. Dicha reprogramación deberá estar sustentada en el anexo de ejecución del convenio, en el entendido que únicamente se podrá ejercer los recursos una vez que la SES/DGESU le emita y envíe el oficio de autorización correspondiente junto con el Anexo 8 de las presentes Reglas de Operación.
5. Destinar los recursos exclusivamente para la ejecución de las acciones contenidas en su documento institucional PROFEXCE, ajustándose a lo establecido en las presentes RO, en su Anexo 8 y en el Anexo de Ejecución del convenio.
6. Dar cumplimiento a los objetivos particulares de los proyectos integrales previstos en el anexo de ejecución del convenio y en el Anexo 8 de las presentes RO, con base en el documento institucional PROFEXCE.
7. Cargar al sistema que la DGESU disponga, los informes trimestrales de avance académico y financiero respecto de los apoyos recibidos a través del programa, respecto de los proyectos integrales indicados en el Anexo de Ejecución que acompañe al convenio y en el Anexo 8 de las presentes RO, en las fechas que la DGESU, de acuerdo con lo indicado en el numeral 4.2.1 de estas RO.
8. Rendir trimestralmente a la SEP, a través de la DGESU, mediante los formatos del Anexo 4AB de las presentes RO; turnando copia al Órgano de Fiscalización y Control de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados y a la SFP o instancia correspondiente que para tal efecto se determine, sobre el cumplimiento académico, financiero y el avance de los indicadores asociados a los proyectos integrales y de las observaciones que surjan. El informe deberá contar con el aval del/de la titular de la IES.
9. Entregar a la DGESU, el reporte final académico y financiero a que se refiere el numeral 4.2.3 de las presentes RO, en un periodo no mayor a 10 (diez) días hábiles posteriores a la conclusión del periodo del ejercicio de los recursos.
10. Comprobar financieramente la totalidad de los recursos asignados, a la conclusión del ejercicio de los recursos y de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios;
11. Finiquitar la subcuenta correspondiente del fideicomiso PROFEXCE o cuenta bancaria productiva específica, en la fecha que determina la DGESU a través del oficio respectivo.
12. Entregar a la DGESU y cargar al sistema de seguimiento financiero, el documento que avale la cancelación de la subcuenta o cuenta bancaria productiva específica correspondiente al ejercicio fiscal 2020, conjuntamente con el reporte del fideicomiso PROFEXCE en ceros, 10 (diez) días posteriores a la conclusión del ejercicio de los recursos o conforme al calendario que determine la DGESU mediante el oficio respectivo.
13. Incluir el nombre del Programa en la difusión, promoción, publicación o en cualquier documento que se obtenga como resultado de las acciones que se desarrollen con motivo del objeto de este convenio
14 Poner a disposición de la sociedad a través de las páginas de Internet de cada IES beneficiada, específicamente en el Portal de Transparencia Institucional, la información sobre la aplicación y uso de los recursos recibidos a través del Programa. En particular, el registro, la asignación, los avances académicos y el seguimiento del ejercicio financiero de los recursos apoyados, manteniendo la información autorizada con periodicidad trimestral, en el marco de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y, en su caso, la Ley local respectiva.
15. Para el caso de las UPES, UPEAS, UUII y UPF que tengan la obligación de administrar los recursos asignados a través del fideicomiso PROFEXCE, deberán designar el Comité Técnico del Fideicomiso formado por al menos cuatro personas de las IES.- una nombrada por su titular; otra cuya función esté directamente relacionada con la operación y administración del fideicomiso; una tercera con la responsabilidad específica de vigilar la aplicación y el ejercicio del patrimonio del fideicomiso y la cuarta persona que será el/la Titular de la IES quien presidirá el Comité Técnico. El acta que formaliza la conformación del Comité deberá de remitirse a la DGESU en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la apertura de la subcuenta en el Fideicomiso PROFEXCE. Este Comité será responsable de:
a) Vigilar el efectivo cumplimiento de todos y cada uno de los fines del fideicomiso.
b) Autorizar el ejercicio de recursos para llevar a cabo los fines del fideicomiso, de acuerdo con los programas y las instrucciones que el mismo establezca y en cumplimiento de lo convenido entre la SEP y las IES en el marco de la aplicación de los recursos extraordinarios concursables no regularizables recibidos a través del programa.
c) Autorizar la celebración de actos jurídicos de los cuales se deriven derechos y obligaciones con cargo al patrimonio del fideicomiso.
d) Instruir a la institución fiduciaria respecto a la política de inversión del patrimonio del fideicomiso.
e) Atender en el marco de sus atribuciones y facultades, todo lo relacionado con el fin para el que fue constituido el fideicomiso y cualesquiera otras obligaciones derivadas de las disposiciones jurídicas aplicables
f) Establecer la obligación de la institución fiduciaria de enviar mensualmente a la IES, los estados de cuenta, dentro de los quince días calendario al cierre del mes que se reporta, para verificar el cumplimiento de lo establecido en el convenio de apoyo, el monto de los recursos liberados y el concepto del destino de los mismos.
g) La persona que designe la institución para vigilar la aplicación y el ejercicio del patrimonio del fideicomiso será responsable de:
i. Realizar las acciones de control y auditoría interna sobre el ejercicio de recursos, la ejecución y el desarrollo de los proyectos aprobados. Estos podrán ser auditados externamente por la Cámara de Diputados, a través de su Órgano de Fiscalización y Control, así como por la SEP utilizando los medios que considere más adecuados.
ii. Vigilar y verificar el estricto cumplimiento del objeto del Convenio de Apoyo.
16. Realizar la comprobación del monto asignado para los fines autorizados en este programa, a través de la carga de documentos "xml" en el sistema de seguimiento financiero, conforme a los criterios que establezca la DGESU.
17. Atender las solicitudes de información relacionadas con el resultado académico de los proyectos apoyados con recursos del PROFEXCE.
CGUTYP
1. Abrir una cuenta bancaria específica para el manejo de los recursos financieros del PROFEXCE para el ejercicio fiscal 2020, en el plazo y términos establecidos por la instancia normativa, mismo que será notificado a las instancias ejecutoras. Los gastos de apertura y administración de dicha cuenta serán sufragados en su totalidad por las instituciones, sin considerar los recursos asignados en el marco del PROFEXCE.
2. Entregar a la Instancia normativa correspondiente, los datos de la cuenta bancaria específica, en los plazos y términos que la instancia normativa determine y notifique a las instancias beneficiarias, la cual deberán remitir adjuntando el contrato de apertura.
3. Gestionar ante la Secretaría de Finanzas Estatal o equivalente, la liberación de los subsidios para la operación del Programa, una vez que le sea notificada la ministración del recurso.
4. Entregar a la instancia normativa, el estado mensual de movimientos financieros de la institución bancaria respecto de la cuenta que abra para la recepción de dichos recursos financieros que reciba de la SEP, dentro de los primeros 10 (diez) días hábiles posteriores al término del mes, hasta el cierre de la cuenta.
5.- Entregar a la instancia normativa, en los plazos y términos que determine y notifique a las instancias beneficiarias, la recepción en el sistema electrónico de reprogramación, el ajuste de los rubros de gasto de las acciones de cada proyecto evaluado favorablemente por los comités de pares académicos de conformidad con el techo presupuestal. Dicha reprogramación deberá estar avalada en el informe de ejecución de los montos asignados, en el entendido que las instituciones, únicamente podrán ejercer los recursos que reciban con motivo de este instrumento, una vez que la instancia normativa les envíe la autorización correspondiente. En caso de que instancias beneficiarias no entreguen a la instancia normativa el ajuste de los rubros de gasto en el plazo máximo señalado, ésta dará por definitiva y validada la reprogramación enviada mediante el sistema electrónico de reprogramación, a efecto de agilizar la aplicación de los recursos y su posterior comprobación.
6. Destinar los recursos que les aporte la SEP por conducto de la instancia normativa, exclusivamente a los fines autorizados para la ejecución del plan de acción contenido en su PROFEXCE, los proyectos integrales y los objetivos particulares asociados, de conformidad con la "Guía para Actualizar el PROFEXCE", que oportunamente hizo de su conocimiento la instancia normativa a la(s) instancia(s) beneficiaria(s) a través de su titular, ajustándose a lo establecido en las presentes RO y en el Anexo de Ejecución del convenio respectivo.
7. Finiquitar el saldo generado por remanentes de la cuenta de banco especifica; para lo cual deberán solicitar por escrito, a más tardar los 30 días posteriores al plazo determinado para la ejecución del proyecto, a través del formato de solicitud de transferencia de subsidios proporcionado por la instancia normativa o, según corresponda, observando los criterios establecidos en las presentes RO. En el caso de las instituciones que no presentaron la solicitud en tiempo y forma, el recurso de remanentes del mismo ejercicio fiscal deberá reintegrarse a la TESOFE en un periodo no mayor a veinte días hábiles posteriores a la conclusión de la fecha establecida para presentar este tipo de solicitud.
8. Ejercer el 100% de los recursos financieros y el cumplimiento de las metas a más tardar el 31 de diciembre de 2020 y la entrega de los informes académico, programático y financiero en las fechas establecidas y formas establecidas por la instancia normativa.
9. Entregar la carta de cancelación de la cuenta, conjuntamente con el reporte de la cuenta de banco específica en ceros, una vez que concluya el periodo de ejecución de los recursos, para poder solicitar la Carta de Liberación correspondiente.
10. Haber cumplido con las acciones convenidas en el Anexo de Ejecución, así como los compromisos académico-programáticos y financieros de los proyectos integrales y sus objetivos particulares asociados conforme a lo establecido en las presentes RO.
11. Entregar los informes de avance académico-programático y financieros en los plazo y formas establecidas por la instancia normativa respecto de los proyectos apoyados que asumen las IES (anexo 4A de las presente RO), atendiendo a lo que al efecto señala el numeral 4.2.1. de las presentes RO y donde se incorpore el periodo respectivo; el avance en el cumplimiento del fin y propósito, los ingresos, rendimientos financieros, los egresos y su destino, y las disponibilidades o saldos.
12. Entregar durante los quince días hábiles posteriores a la terminación de cada periodo establecido por la instancia normativa, los informes correspondientes
13. Finiquitar el saldo generado por remanentes en la cuenta de banco especifica; para lo cual deberán solicitar por escrito, a más tardar los 30 días posteriores al plazo determinado por la instancia normativa para la ejecución del proyecto, a través del formato de solicitud de transferencia proporcionado por la instancia normativa o, según corresponda, observando los criterios establecidos en el anexo 6A de las presentes RO. En el caso de las instituciones que no presentaron la solicitud en tiempo y forma, el recurso de remanentes del mismo ejercicio fiscal deberá reintegrarse a la TESOFE en un periodo no mayor a veinte días hábiles posteriores a la conclusión de la fecha establecida para presentar este tipo de solicitud.
14. Ejercer el 100% de los recursos financieros y el cumplimiento de las metas más tardar el 31 de diciembre de 2020 y la entrega de los informes académicos, programáticos y financieros en las fechas establecidas por la instancia normativa.
15. Entregar la carta de cancelación de la cuenta, conjuntamente con el reporte de la cuenta de banco específica en ceros, una vez que concluya el periodo de ejecución de los recursos, para poder solicitar la Carta de Liberación correspondiente.
16. Haber cumplido con las acciones convenidas en el anexo de ejecución, así como los compromisos programáticos y financieros de los proyectos integrales y sus objetivos particulares asociados (ver Anexo 4A de las presentes RO).
17. Entregar los tres informes de avance académico-programático y financieros en los plazo y formas establecidas por la instancia normativa, respecto de los proyectos apoyados que asumen las IES (anexo 4B de las presente RO), atendiendo a lo que al efecto señala el numeral 4.2.1. de las presentes RO y donde se incorpore el periodo respectivo; el avance en el cumplimiento del fin y propósito, los ingresos, rendimientos financieros, los egresos y su destino, y las disponibilidades o saldos.
18.- Entregar durante los quince días hábiles posteriores a la terminación de cada trimestre que se reporta, los informes correspondientes.
DGESPE
1. Entregar a la DGESPE en un plazo máximo de diez días hábiles posteriores a la recepción de los recursos, el comprobante fiscal digital que compruebe la cantidad asignada en los términos de lo dispuesto en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, cuyas características se describen en el anexo 5C de las presentes RO.
2. Cumplir cabalmente con las disposiciones establecidas en RO, así como en la Guía metodológica del EDINEN y las Orientaciones Generales para la Ministración, Ejercicio y Comprobación del Gasto del Programa.
3. Suscribir el Convenio de colaboración o los Lineamientos Internos de Coordinación, entre la SEP y la AEL y, para el caso de la Ciudad de México, la SES y la AEFCM. Asimismo, un convenio de desempeño institucional entre la AEL y las escuelas normales públicas beneficiadas y, para el caso de la Ciudad de México, los Lineamientos de Desempeño las escuelas normales públicas bajo su administración.
4. Es obligación de "LA AEFCM" suscribir el "Acuerdo para el Traspaso de Recursos destinados a la Operación del Programa PROFEXCE" sujetos a RO, para que la Subsecretaría de Educación Superior destine los recursos asignados en la operación, desarrollo y ejecución del EDINEN, el ProGEN, y los ProFEN, de conformidad con la tabla de distribución indicada en el Anexo 1A.
5. Generar las condiciones institucionales necesarias para la elaboración, ejecución y evaluación del EDINEN, el ProGEN y los ProFEN.
6. Coordinarse para la ejecución de los proyectos integrales del ProGEN.
7. Comprobar al 100% de los recursos asignados por la SEP a través del PROFEXCE el ejercicio de los recursos de los años fiscales anteriores, rendir los informes trimestrales y presentar los avances técnicos de las metas, a través del sistema informático de seguimiento, evaluación y rendición de cuentas, así como el reporte final del ejercicio de los recursos recibidos de acuerdo con el formato establecido en el Anexo 4C de las presentes RO.
8. Brindar facilidades a la SEP, por conducto de la DGESPE, a fin de que verifiquen los avances en la instrumentación del ProGEN, los ProFEN y proyectos integrales que los constituyen en el marco del EDINEN financiados con recursos del programa.
9. Conservar la documentación original comprobatoria de los recursos ejercidos del ProGEN y los ProFEN en el marco de la EDINEN, en los términos de la normatividad fiscal federal.
10. Entregar a la DGESPE una vez concluido el ejercicio de los recursos, el reporte del cierre con la documentación comprobatoria correspondiente, en un plazo no mayor de dos meses.
Causales de suspensión:
No son aplicables las causales de suspensión, debido a que los únicos supuestos en los que puede incurrir una Instancia ejecutora dan lugar a un reintegro del beneficio.
Causales de cancelación aplicables a todas las Instancias ejecutoras:
1. Cuando la operación del Programa no haya sido efectuada conforme a las disposiciones establecidas en las presentes RO.
2. Cuando los recursos económicos sean destinados para un fin distinto a lo establecido en las mismas, así como en contravención a las disposiciones jurídicas aplicables, les será cancelada la ministración de los subsidios para el ejercicio fiscal 2020.
3. Cuando se detecten desviaciones en la ejecución de los proyectos integrales y objetivos particulares autorizados o en la aplicación de los recursos correspondientes
4. Cuando no exista una entrega de los informes señalados en el numeral 4.2.1. de las presentes RO.
5. Cuando no entreguen debidamente suscrito a la Instancia normativa que corresponda, el convenio respectivo en los plazos y formas convenidos.
6. Que los subsidios a ejercer por concepto de transferencia no se comprueben en el periodo establecido por la instancia normativa respectiva.
7. Incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en las presentes RO y en la(s) convocatoria(s) que se emita(n) o en el (los) instrumento(s) jurídico(s) aplicable(s) para cada Instancia ejecutora. Inexistencia de mecanismos transparentes de control de recursos y la no aplicación de los apoyos conforme a los fines del Programa. Sin menoscabo de aquellas que determinen los organismos de control y auditoría.
8. Incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las presentes RO.
9. No ejerzan sus presupuestos de conformidad con las disposiciones aplicables.
DGESPE
En el caso de que el beneficiario no concluya los estudios de posgrado o los concluya fuera del plazo establecido por causas imputables al mismo, se deberá reintegrar la totalidad del recurso otorgado para realizar la maestría o el doctorado a nivel nacional o internacional.
a) En el caso de que el beneficiario no concluya los estudios de posgrado debido a caso fortuito o fuerza mayor, solo se deberá reintegrar el recurso no ejercido.
b) En el caso de que el beneficiario reciba apoyos de otros programas, se deberá reintegrar la totalidad del recurso otorgado por el programa.
1. En este último supuesto, se requerirá a la Escuela Normal Pública, o a la Institución Pública de Educación Superior, que imparta programas de educación normal o autoridad educativa omisa, para que en un término de quince días hábiles rinda un informe pormenorizado que justifique las razones de su incumplimiento, anexando la documentación que lo soporte y la DGESPE resolverá al respecto.
Causales de reintegro aplicables a todas las Instancias ejecutoras:
El reintegro será aplicable cuando la Instancia normativa del Programa lo determine dentro de la(s) convocatoria(s) que se emita(n) o en el (los) instrumento(s) jurídico(s) aplicable(s) para cada una, ya sea de forma total o parcial, garantizando la devolución al erario federal. Adicionalmente, serán causas de reintegro las siguientes:
1. Que los apoyos no se destinen a los fines autorizados o se apliquen en rubros no financiables.
2. Que los apoyos no se hayan devengado dentro de los periodos establecidos por la SEP en las presentes RO y en los convenios o lineamientos respectivos.
3. Omisión alguno de los preceptos normativos de las presentes RO, Convenios respectivos o normatividad jurídica aplicable al programa.
4. Que la documentación comprobatoria no cumpla con los requisitos fiscales y/o los que establezca la DGESU por medio de Oficio respectivo.
3.6. Participantes
3.6.1. Instancia(s) ejecutora(s)
Instancia ejecutora | Funciones |
IES beneficiadas | 1. Entregar el convenio o lineamientos, según sea el caso, debidamente rubricado y firmado por los funcionarios que ahí aparecen, en un periodo no mayor del enlistado a continuación, contados a partir del día siguiente a la recepción del documento: · SES.- 5 días hábiles · DGESU.- 5 días hábiles · DGESU.- 5 días hábiles · CGUTYP.- 15 días hábiles · DGESPE.- 10 días hábiles 2. Para el caso de la SES, la DGESU y la CGUTyP, el Anexo 8 de las presentes RO, a que hace referencia el convenio será formalizado una vez concluido el proceso de ajuste de las unidades y costos de los conceptos de gasto asociados a los proyectos autorizados (Reprogramación). 3. Realizar las gestiones necesarias ante las Tesorerías o equivalente en las entidades federativas, para que se les transfiera el monto indicado en cada convenio, que haya sido ministrado por el Gobierno Federal a través de la SEP. 4. Una vez que la SEP ministre a las Tesorerías o equivalente en las entidades federativas, el monto asignado a cada IES beneficiada en una cuenta bancaria productiva específica aperturada para tal depósito, éstas tendrán la obligación de transferir en un periodo no mayor a 10 días hábiles, el monto a la cuenta bancaria productiva específica o en su caso, la subcuenta del fideicomiso PROFEXCE gestionadas por las IES, incluyendo los intereses financieros generados. 5. Las IES serán las responsables de vigilar el efectivo cumplimiento de todos y cada uno de los fines del fideicomiso y resguardar toda la documentación oficial que justifique el ejercicio de los recursos asignados indicados en el Anexo 6A Y 6B de las presentes RO. 6. DGESPE.- Administrar y aplicar los recursos autorizados en el desarrollo de los proyectos aprobados en el marco del EDINEN, el ProGEN y los ProFEN de conformidad con las presentes Reglas de Operación. CGUTyP y DGESPE Una vez transferido y recibido el monto asignado a cada entidad federativa, ésta tendrá la obligación de depositar en las cuentas bancarias de las UUTT, UUPP y escuelas normales beneficiarias, los recursos asignados, en un periodo no mayor a 5 días hábiles. Reintegrar a la TESOFE los recursos que no se destinen a los fines autorizados de conformidad con las presentes Reglas de Operación. Por su parte, la DGESPE tiene la responsabilidad de: a) Realizar el análisis, de los informes de seguimiento académico y financiero-programático para validar el grado de avance y consistencia de los datos en función del convenio de colaboración y apoyo signado en el ejercicio fiscal 2020. En caso de detectarse retrasos notorios o irregularidades en el uso de los recursos en alguna de las IES financiadas, la DGESPE, podrá solicitar informes sobre las causas, así como las estrategias y las acciones correctivas necesarias con que dará cabal cumplimiento, en los plazos previstos, de las metas acordadas en el convenio de colaboración y apoyo correspondiente. b) Decidir la suspensión de la participación de la IES en el programa, sin menoscabo de las demás obligaciones contraídas por ésta con base en la información recibida o en ausencia de ésta. c) Emitir la carta de liberación de los compromisos académicos, financieros-programáticos contraídos por las IES, tal como se indica en el formato del Anexo 11B y11C de RO |
3.6.2. Instancia(s) normativa(s)
Instancia normativa | Funciones |
SES DGESU CGUTYP DGESPE | La SES, la DGESU, la CGUTyP y la DGESPE fungirán como Instancias normativas del Programa, podrán resolver cualquier duda que se genere de la interpretación y aplicación de las presentes RO y deberán realizar las siguientes funciones: 1. Definir las bases para la difusión, planeación, operación, evaluación, asignación, seguimiento y supervisión de éste para el desarrollo de los proyectos integrales 2.-Elaborar los convenios de apoyo, así como sus anexos correspondientes, que al efecto suscriba la SEP con cada una de las IES y Entidades Federativas participantes en el Programa, y los Lineamientos Internos de Colaboración de la SES con la instancia equivalente, que tendrán como finalidad el de comprometer los recursos para cubrir las necesidades asentadas en los anexos respectivos del convenio. 3. Formalizar y verificar los convenios de apoyo, lineamientos internos de coordinación y su anexo que se realizan para formalizar el otorgamiento y/o ministración de los apoyos descritos en las presentes RO. 4. Remitir el convenio o en su caso, los lineamientos internos de coordinación correspondientes, (a las entidades federativas, en el caso de la CGUTyP y DGESPE), una vez que se hayan determinado las IES que serán beneficiarias del Programa en el ejercicio fiscal 2020. 5. Una vez recibidos los convenios por parte de las IES beneficiarias (Entidades Federativas para la CGUTyP), realizar las gestiones necesarias para que se ministre el monto indicado en cada convenio, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. 6. Una vez transferido y recibido el monto asignado a cada entidad federativa, ésta tendrá la obligación de depositar en la subcuenta 2020 del fideicomiso PROFEXCE o en la cuenta bancaria específica apertura por la IES, los recursos asignados, en un periodo no mayor a 10 (diez) días hábiles, incluyendo los intereses financieros generados. Solo DGESU 7. Dar seguimiento a la transferencia del monto indicado en el convenio de apoyo, que las tesorerías de los gobiernos de las entidades federativas deberán realizar a las IES beneficiadas en un periodo no mayor de 10 (diez) días hábiles contados a partir de la fecha de la ministración que realice "LA SEP". Solo DGESU 8. Dar seguimiento a los aspectos financieros de cada una de las IES que tiene a su cargo (solicitud de radicación de recursos, entrega directa y verificación de subsidios, resguardar y conservar la documentación comprobatoria correspondientes a la etapa de entrega-recepción del subsidio y comprobación. Solo DGESU). 9. Asimismo, con apego a lo establecido en el artículo XX, fracción XX, del PEF 2020, los gobiernos de las Entidades Federativas deberán enviar informes trimestrales tanto a la Cámara de Diputados, como a la SEP, sobre la aplicación de fondos para la operación de los subsistemas de educación media superior y superior. 10. Realizar el análisis de los informes de seguimiento académico y financiero para validar el grado de avance y la consistencia de los datos en función del convenio de apoyo signado en el marco del Programa. 11. En caso de detectarse retrasos notorios o irregularidades en el uso de los recursos en alguna de las IES beneficiadas, se les podrá solicitar informes sobre las causas de ello, así como de las estrategias y las acciones correctivas necesarias con que dará cabal cumplimiento, en los plazos previstos, de las metas acordadas en el convenio de apoyo correspondiente. 12. Decidir la suspensión, o en su caso, cancelación de la participación de las IES beneficiarias en el Programa, sin menoscabo de las demás obligaciones contraídas por ésta con base en la información recibida o en ausencia de ésta. 13. Supervisar a las IES beneficiadas en el eficiente ejercicio de los recursos destinados al Programa, atendiendo a los criterios establecidos en las presentes RO y en la normativa aplicable. 14. Emitir la carta de liberación de los compromisos académicos, financieros-programáticos contraídos por las IES, con base en el Anexo 11A, 11B, 11C de las presentes RO. El Órgano Interno de Control en la SEP conjuntamente con la SES, DGESU o la CGUTyP o la DGESPE, podrán aplicar los mecanismos de control y vigilancia que estimen pertinentes para verificar la aplicación de los recursos en el cumplimiento de los objetivos del Programa. |
DGESPE | 1. Coordinación de las acciones del EDINEN estarán a cargo de la DGESPE. A esta instancia le corresponde definir las bases para la difusión, planeación, operación, evaluación, asignación, seguimiento y supervisión, para el desarrollo de los proyectos integrales. 2. Conformar el o los comité(s) evaluador(es) para la evaluación de los documentos de la planeación o adecuación de la EDINEN, ProGEN y los ProFEN y proyectos integrales que los constituyen 3. Asignar presupuestalmente los recursos asignados, que sustentará como uno de sus elementos, los resultados obtenidos en la evaluación de los documentos de planeación o adecuación. 4. Entregar el recurso autorizado por la SEP a cada Escuela Normal Pública para la ejecución de sus ProFEN, de acuerdo con los resultados del proceso de evaluación y dictaminación, transfiriéndolo a las cuentas bancarias individuales previstas para tal fin. 5. Resolver cualquier duda que se genere de la interpretación y aplicación de las presentes RO. 6. Supervisar a las IES beneficiadas en el eficiente ejercicio de los recursos destinados al ProFEN, atendiendo a los criterios establecidos en RO y en la normativa aplicable. |
3.7. Coordinación institucional
Las Instancias Normativas podrán establecer acciones de coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales, las cuales tendrán que darse en el marco de las disposiciones de las presentes RO y de la normativa aplicable, a fin de evitar duplicidades con otros programas del Gobierno Federal.
Para el mejor cumplimiento de las acciones que se ejecutan a través del presente Programa se podrán realizar los ajustes necesarios en su planeación y alcances, estableciendo los acuerdos, la coordinación y vinculación interinstitucional correspondientes, en el marco de lo dispuesto en las disposiciones jurídicas aplicables en la materia, lo establecido por las presentes Reglas de Operación y de las metas establecidas, así como en función de la disponibilidad presupuestaria autorizada.
4. OPERACIÓN
4.1. Proceso
(Anexo 4C Diagramas de flujo)
SES y DGESU
Etapa | Actividad | Responsable |
Firma de Convenio | Las IES que resulten seleccionadas para recibir recursos del Programa, contarán con 5 (cinco) días hábiles, contados a partir de la recepción electrónica del Convenio de Apoyo, para remitirlo a la DGESU en cuatro tantos originales debidamente firmados por cada titular. | UPES, UPEAS, UPFC y UUII |
Reprogramación | Las IES entregarán a la DGESU, en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la notificación de la apertura del módulo de reprogramación, el ajuste de los rubros de gasto asociado a las acciones de cada proyecto evaluado favorablemente por los Comités de Pares Académicos de conformidad con la disponibilidad presupuestaria del Programa. Si al término del proceso de reprogramación las UPES, UPEAS, UPF y UUII no subsanan las observaciones que emita la DGESU a la propuesta de reprogramación, el monto asociado a los rubros de gasto observados será reintegrado a la TESOFE en un plazo no mayor a 15 días hábiles posteriores a la conclusión del periodo de ajuste. Dicha reprogramación deberá estar avalada en el informe de ejecución de los montos asignados, en el entendido que la IES beneficiada, únicamente podrá ejercer los recursos asignados, una vez que la DGESU le envíe la autorización correspondiente junto con el Anexo 8 de las presentes "RO". | DGESU, UPES, UPEAS, UPF y UUII |
Seguimiento Académico y Financiero | Las IES beneficiadas que cuenten con el oficio de autorización y el anexo de reprogramación respectivo, presentarán cuatro informes trimestrales de seguimiento académico y financiero, así como un informe final que deberá entregarse con el cuarto informe trimestral de conformidad con las fechas que se establezcan en el oficio correspondiente; respecto de los montos apoyados a los proyectos evaluados favorablemente en las etapas de evaluación y réplica. Cargar todos los estados de cuenta que mensualmente expida la institución bancaria respectiva, incluyendo el registro de los movimientos financieros en el reporte del fideicomiso o cuenta bancaria productiva específica en el reporte respectivo del sistema que la DGESU disponga, únicamente en versión electrónica en el sistema PROFEXCE, dentro de los quince días calendario posteriores al cierre del mes, hasta el finiquito de dicha subcuenta o cuenta bancaria productiva específica. La DGESU realizará un análisis de los informes trimestrales académico y financieros, así como al informe final presentados por las IES beneficiadas, en un periodo no mayor a treinta días hábiles y enviarán a éstas las observaciones que en su caso haya lugar. Las observaciones deberán ser subsanadas por las IES beneficiadas en un periodo no mayor a diez días hábiles. El seguimiento académico asegura que el subsidio otorgado a las IES sea el medio más eficiente y eficaz para alcanzar los objetivos y metas establecidos en los proyectos apoyados en el marco del Programa. Asimismo, la DGESU podrá conformar Comités de Pares Académicos externos a la SES, con el objetivo de evaluar en las propias instalaciones de las IES beneficiadas, el grado de cumplimiento de los objetivos, estrategias, metas acciones establecidos en el documento de planeación estratégica y sus proyectos asociados que representan los propósitos de las IES para lograr la calidad de sus programas educativos. | DGESU, UPES, UPEAS, UPF y UUII |
Liberación de compromiso | La SES/DGESU emitirá un oficio de liberación, conforme al Anexo 11A de las presentes RO, a las IES beneficiadas una vez que éstas hayan subsanado las observaciones (apoyados con las evidencias documentales respectivas) emitidas al cuarto informe trimestral y final académico y financiero. | SES (asistida por la DGESU), DGESU |
CGUTyP
Etapa | Actividad | Responsable |
Difusión del Programa | En enero de 2020 la CGUTyP publicará en la página http://cgutyp.sep.gob.mx la convocatoria para participar en el Programa que las IES y los aspectos que deberán seguir para formular los documentos en el marco del Programa, y sus proyectos asociados, posteriormente se publicará la Guía Metodológica del PROFEXCE. | CGUTyP |
Solicitud de Apoyos | Las IES postulantes presentarán a la CGUTyP, en los plazos establecidos, mediante oficio la entrega del proyecto en el marco PROFEXCE y sus proyectos asociados, en dos tantos impresos, en carpetas de tres arillos. Antes del plazo fijado para la recepción del proyecto PROFEXCE, las IES cargarán en el sistema electrónico de la CGUTyP los proyectos correspondientes. Aunado a lo anterior, entregarán tres (3) Memorias USB las cuales deberán contener las siguientes especificaciones.- los archivos electrónicos deberán estar claramente ordenados bajo un índice y con nombres que permitan su rápida ubicación; los archivos de texto deben estar en formato Word; todas las tablas deben presentarse en Excel; los proyectos integrales deben presentarse conforme a lo establecido en la guía PROFEXCE; los archivos no deben tener claves de acceso y la versión electrónica deberá coincidir con la versión impresa. | CGUTyP, UUTT y UUPP |
Resultado de la Evaluación | La CGUTyP dará a conocer a las IES el resultado de la evaluación de sus Proyectos en el marco del PROFEXCE y los criterios para presentar su réplica, una vez concluido el proceso de dictaminación. Las IES tendrán un máximo de cinco días hábiles para presentar a la CGUTyP sus documentos de réplica. Únicamente podrán tener derecho de réplica las IES que tengan documento PROFEXCE, que en el sub rubro de cierre haya sido dictaminado en los escenarios 1 o 2. La CGUTyP conformará, nuevos comités de evaluación que reevaluarán en su totalidad la consistencia de las propuestas de réplica presentadas por las IES. El resultado de esta evaluación se asentará en actas y éste será definitivo e inapelable. | CGUTyP, UUTT y UUPP |
Asignación de recursos | La CGUTyP asignarán los recursos a más tardar en el primer semestre el ejercicio fiscal 2020, a través de un convenio de apoyo que que las Entidades Federativas y el/la titular de la IES beneficiada deberá rubricar y firmar en cuatro tantos originales y entregar a la CGUTyP, según corresponda, en un periodo no mayor a quince días hábiles posteriores a su recepción electrónica. La CGUTyP gestionará ante las instancias globalizadoras de la SEP correspondientes, la ministración de los recursos a las Entidades Federativas, una vez que haya sido concluida la formalización del Convenio respectivo. | CGUTyP, UUTT y UUPP |
Ejecución de los subsidios | Las IES beneficiadas y que cuenten con el oficio de autorización y el anexo de reprogramación respectivo, presentarán tres informes de seguimiento académico y financiero; respecto de los montos apoyados a los proyectos evaluados favorablemente en los procesos de evaluación en los plazos y términos establecidos por la instancia normativa. | CGUTyP, UUTT y UUPP |
Análisis de indicadores | La CGUTyP realizarán un análisis de los informes de seguimiento académico y financiero presentados por las IES beneficiadas, y se enviarán a éstas las observaciones que en su caso haya lugar. Las observaciones deberán ser subsanadas por las IES en los plazos y términos establecidos por la instancia normativa. | CGUTyP, UUTT y UUPP |
Finalización | La CGUTyP emitirá un oficio de liberación (Anexo 11B) a las IES beneficiadas una vez que éstas hayan subsanado las observaciones (apoyados con las evidencias documentales respectivas) emitidas a los informes , en los plazos y términos establecidos por la instancia normativa. | CGUTyP, UUTT y UUPP |
DGESPE
Los documentos de difusión, la metodología y los lineamientos para la elaboración de los documentos de planeación o adecuación de la EDINEN se publicarán en el portal oficial de la DGESPE.- http://www.dgespe.sep.gob.mx.
En el Anexo 4C se presenta el esquema con las acciones genéricas por etapa que se deberán cumplir para desarrollar los diferentes procesos de la EDINEN.
Etapa | Actividad | Responsable |
Difusión | Publicar en el portal electrónico www.dgespe.sep.gob.mx la información relativa al padrón de beneficiarios requisitos, procedimientos o lineamientos y fechas de las diferentes etapas del Programa. Publicar y difundir las RO Publicar y difundir la Convocatoria entre las AEL y para el caso de la Ciudad de México la AEFCM y la comunidad normalista de las Escuelas Normales Públicas, las fechas, requisitos, procedimientos o lineamientos y lugares para la entrega de los documentos de planeación o actualización de la EDINEN, ProGEN, los ProFEN y proyectos integrales que los constituyen. | DGESPE |
Difundir entre la comunidad normalista de las Escuelas Normales Públicas, los objetivos, características, etapas de operación, avance del Programa, la normatividad aplicable y beneficios institucionales obtenidos con la aplicación de los recursos asignados a los planteles educativos. Para consulta de los operadores del Programa y la comunidad normalista, cada área responsable de educación normal y Escuela Normal Pública deberá contar con al menos diez ejemplares de RO. | Las AEL y la AEFCM |
Promoción | Elaborar y publicar la Guía Metodológica de Operación. Informar las finalidades, características, beneficios, requisitos y estrategias a seguir, para el desarrollo de los documentos de planeación o adecuación de la EDINEN, del ProGEN y ProFEN y proyectos integrales que los constituyen para el ejercicio fiscal 2020. Recibir documentos de planeación o adecuación y proyectos integrales que los constituyen Emitir el acta de recepción de los documentos de planeación o adecuación y proyectos integrales que los constituyen | DGESPE |
Integrar y entregar a la DGESPE, los documentos de planeación o adecuación y proyectos integrales que los constituyen en impreso y digital. La DGESPE recibe estos documentos de planeación o adecuación y emite el acta de recepción de los documentos. | Las AEL, AEFCM y Escuelas Normales Públicas |
Validación y Dictaminación | Con el acta de recepción, autorizan a la DGESPE, llevar a cabo el proceso de evaluación y dictaminación de los documentos de planeación o adecuación de la EDINEN, ProGEN y los ProFEN y proyectos integrales que los constituyen. | Las AEL y la AEFCM |
Acordar los criterios y procedimientos de evaluación Integrar el/los comité(s) de pares académicos Elaborar las herramientas de evaluación y dictaminación Llevar a cabo el proceso de evaluación de los documentos y proyectos del ProGEN y los ProFEN de la EDINEN respectivo, y entregar a la DGESPE los resultados, recomendaciones y observaciones sobre los proyectos susceptibles de recibir los apoyos de la EDINEN. Recibir dictámenes y publicar los resultados, las observaciones y recomendaciones emitidas por el/los comité(s) de evaluación a las Escuelas Normales Públicas participantes | DGESPE |
Réplica | Recibir los resultados de la evaluación. Elaborar y presentar el documento de réplica en los subrubros de cierre que hayan sido dictaminados en los escenarios 1 o 2, que se consideran como no aprobados. Las entidades federativas cuentan con cinco días hábiles para presentar la solicitud de réplica, y los documentos que la sustenten. El oficio de la solicitud de réplica deberá dirigirse por escrito a la DGESPE. Los documentos de réplica deberán contener la información descrita en la Guía Metodológica de la EDINEN, los argumentos de inconformidad deberán estar sustentados en la información presentada en los documentos de planeación del EDINEN, no se podrá incluir información complementaria a la que se presentó en estos documentos. | Las AEL, AEFCM y Escuelas Normales Públicas |
Recibir y revisar los documentos de réplica para definir los que procedan. Validar el proceso de evaluación y dictaminación del proceso de réplica Las réplicas que procedan serán reevaluadas y se asentarán en actas los resultados, los cuales serán definitivos e inapelables. La DGESPE procederá a informar los resultados obtenidos, las observaciones y recomendaciones emitidas por el comité a las AEL y AEFCM a través de la página web del colorama de la réplica. Emitir el dictamen y publicar los resultados definitivos e inapelables de los comité (s) de evaluación a las Escuelas Normales Públicas participantes | DGESPE |
Asignación | Notificar los montos de los recursos asignados y entregar los dictámenes a las AEL Elaborar los Convenios de Colaboración Entregar la propuesta de reprogramación Emitir el acta de recepción de los documentos de reprogramación de proyectos integrales | DGESPE |
Firmar los Convenios de Colaboración o en su caso, los Lineamientos Internos de Coordinación y el acuerdo de traspaso respectivo. Ministrar los recursos asignados Entregar la reprogramación de metas y acciones de los proyectos integrales. Recibir el acta de recepción de los documentos de reprogramación de los proyectos integrales. | Las AEL, AEFCM y Escuelas Normales Públicas |
Ejecución | Asesorar en la ejecución de los proyectos Concentrar y analizar los reportes de los avances físicos y financieros de las obras y/o acciones definidas en los proyectos integrales. | DGESPE |
Formular y entregar trimestralmente el reporte de los avances físicos y financieros de las obras y/o acciones Remitir los reportes durante los 15 días hábiles posteriores a la terminación del trimestre que se reporta. | Las AEL, AEFCM y Escuelas Normales Públicas |
Validación y comprobación | Valorar los resultados del informe final Recibir el expediente de las obras o acciones desarrolladas | DGESPE |
Verificar a través de los Órganos Internos de Control el seguimiento a las obras terminadas o acciones entregadas por las instancias ejecutoras. Entregar a la DGESPE el expediente de la obra o acción. | Las AEL, AEFCM y Escuelas Normales Públicas |
Aplicación, distribución y financiamiento | Aplicar los recursos exclusivamente a los proyectos integrales y objetivos particulares, metas, acciones y rubro de gasto autorizados en los proyectos integrales de la reprogramación. | Las AEL, AEFCM y Escuelas Normales Públicas |
Supervisar la aplicación de los recursos exclusivamente a los proyectos integrales y objetivos particulares, metas, acciones y rubro de gasto autorizados en los proyectos integrales de la reprogramación. | DGESPE |
Cierre del ejercicio | Entregar a las Escuelas Normales Públicas el oficio de liberación de objetivos y metas académicas una vez cumplidos los compromisos señalados en los Convenios de Colaboración, y comprobado el ejercicio y uso correcto de los recursos otorgados, la AEL y la AEFCM, respectivamente. | DGESPE |
Recibir el oficio de liberación de objetivos y metas académicas. | Las AEL, AEFCM y Escuelas Normales Públicas |
4.2. Ejecución
4.2.1. Avances físicos y financieros
Las instancias ejecutoras formularán en los plazos y términos establecidos por la instancia normativa correspondiente. el reporte de los avances sobre la aplicación de los recursos y/o de las acciones que se ejecuten bajo su responsabilidad con cargo a los recursos otorgados mediante el PROFEXCE, mismo (s) que deberá(n) remitir a las instancias normativas correspondientes en los plazos y términos establecidos por dicha instancia. Para el caso de la SES y DGESU durante los 10 (diez) días hábiles posterior a la terminación del trimestre que se reporte. Invariablemente, la instancia ejecutora deberá acompañar a dicho reporte, la explicación de las variaciones entre el presupuesto autorizado, el modificado y, el ejercido y entre las metas programadas y las alcanzadas.
Dichos reportes, deberán identificar y registrar a la población atendida diferenciada por sexo, grupo de edad, región del país, entidad federativa, municipio o alcaldía de la Ciudad de México.
Los reportes permitirán dar a conocer los avances de la operación del PROFEXCE en el periodo que se reporta, y la información contenida en los mismos será utilizada para integrar los informes institucionales correspondientes.
Será responsabilidad de las instancias normativas correspondientes, concentrar y analizar dicha información, para la toma oportuna de decisiones.
DGESPE
Las AEL, la AEFCM y Escuelas Normales participantes no podrán recibir los recursos asignados para el ejercicio fiscal 2020, cuando:
a) No cumplan con la entrega de los Convenios de Colaboración en los plazos establecidos por la DGESPE.
b) Presenten adeudos en la comprobación financiera.
c) Hayan incumplido en la documentación que acredite la comprobación de los recursos del ejercicio fiscal anterior.
d) Presenten atraso en la entrega de los informes trimestrales o que estos sean inconsistentes con la comprobación presentada.
Las Escuelas Normales Públicas, las AEL y la AEFCM formularán trimestralmente el reporte de los avances físicos y financieros de las obras y/o acciones bajo su responsabilidad, que deberán remitir a la DGESPE durante los quince días hábiles posteriores a la terminación del trimestre que se reporta.
Las Escuelas Normales Públicas entregarán a la AEL y a la AEFCM, los informes trimestrales, avances de metas y el reporte final del ejercicio de los recursos, en los formatos oficiales generados por el SISERC (Sistema Informático para el Seguimiento Evaluación y Rendición de Cuentas) registro que ofrece información adecuada para el monitoreo y la evaluación, tal como se muestra en el Anexo 4C para el caso de EDINEN en RO.
Por su parte, las AEL y la AEFCM analizarán la consistencia de los datos proporcionados por las Escuelas Normales Públicas en los informes antes referidos e integrarán la información en los formatos oficiales proporcionados para tal efecto y la enviarán a la DGESPE. En el caso del informe final, incluirá la información correspondiente al cumplimiento de metas y ejercicio del presupuesto autorizado para el desarrollo del ProGEN y los ProFEN, en el informe programático.
En caso de reportar retrasos en el cumplimiento de las metas previstas, desfases significativos en el desarrollo de las actividades comprometidas o irregularidades en el uso de los recursos económicos, la AEL y la AEFCM informarán por medio de oficio a la DGESPE, las medidas correctivas que aplicarán y las estrategias de seguimiento que llevarán a cabo para evitar futuras demoras o fallas en el ejercicio del presupuesto. La DGESPE analizará y autorizará dichas medidas para solventarlas.
Esta información permitirá conocer la eficiencia de la operación del programa en el periodo que se reporta, y será utilizada para integrar los informes institucionales correspondientes.
La DGESPE concentrará, analizará y reportará trimestralmente a la H. Cámara de Diputados, por conducto de su Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a la SHCP y a la SFP o instancia correspondiente que para tal efecto se determine, sobre los informes en comento para la toma oportuna de decisiones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y 41 del Decreto de PEF respectivo.
4.2.2. Acta de entrega-recepción
Para la DGESPE y únicamente para el caso de ser aplicable, se entregará un acta de entrega-recepción de las obras terminadas, la cual será elaborada por las instancias ejecutoras, la cual formará parte del expediente de la obra y constituirá la prueba documental que certifica su existencia.
4.2.3. Cierre de ejercicio
Las instancias ejecutoras y normativas estarán obligadas a presentar, como parte de su informe correspondiente al cuarto trimestre del año fiscal 2020, una estimación de cierre (objetivos, metas y gasto) conforme a lo establecido por la SHCP en los respectivos Lineamientos de Cierre de Ejercicio Fiscal; mismo que se consolidarán con los informes trimestrales de avance físico-financiero y/o físico presupuestario entregados por los beneficiarios, a más tardar 10 días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal 2020.
Las IES beneficiadas tienen la obligación de formular reportes de avances y final de los avances financieros de los apoyos recibidos en apego al programa, que deberán remitir a la Instancia normativa correspondiente, conforme a los plazos que se establezcan mediante oficio.
DGESPE
La SEP integrará el cierre del ejercicio programático presupuestal, en los formatos establecidos para dicho efecto. Asimismo, concentrará, analizará y solicitará a las entidades federativas las aclaraciones a que haya lugar respecto de dicha información.
Los Gobiernos Estatales, a través de las AEL y a la AEFCM para el caso de la Ciudad de México, deberán proporcionar a la SEP, toda la información concerniente al cierre del ejercicio del programa dentro de los tres meses siguientes a su conclusión.
La documentación original que acredita la comprobación de los recursos del programa, quedarán a disposición de los órganos estatales o federales facultados para la Fiscalización y/o Inspección del ejercicio de los recursos, en las Coordinaciones Estatales del programa y en las Escuelas Normales Públicas.
Con base en los informes trimestrales y final del cumplimiento de objetivos y metas académicas, del ProGEN, los ProFEN y proyectos integrales que los constituyen en el marco la EDINEN respectivo, comprometidas en los convenios de coordinación institucional, y comprobado el ejercicio y uso correcto de los recursos otorgados, la AEL y la AEFCM, respectivamente, entregarán a las Escuelas Normales Públicas el oficio de liberación.
La SEP remitirá el oficio de liberación a cada Entidad Federativa en el momento en que se acredite la conclusión del 100% de las obras públicas y acciones comprometidas en los convenios y se demuestre la aplicación correcta de los recursos mediante la entrega a la DGESPE de los oficios de liberación de las Escuelas Normales Públicas, las actas de entrega recepción de las obras y la documentación comprobatoria, conforme se establezca en los Lineamientos de Operación del programa.
5. AUDITORÍA, CONTROL Y SEGUIMIENTO
Los subsidios mantienen su naturaleza jurídica de recursos públicos federales para efectos de su fiscalización y transparencia, por lo tanto, podrán ser revisados por la SFP o instancia fiscalizadora correspondiente que se determine; por el OIC y/o auditores independientes contratados para dicho fin, en coordinación con los Órganos Locales de Control; por la SHCP; por la ASF y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes.
Como resultado de las acciones de auditoría que se lleven a cabo, la instancia de control que las realice mantendrá un seguimiento interno que permita emitir informes de las revisiones efectuadas, dando principal importancia a la atención en tiempo y forma de las anomalías detectadas hasta su total solventación.
6. EVALUACIÓN
6.1. Interna
Las Instancias normativas del Programa podrán instrumentar un procedimiento de evaluación interna con el fin de monitorear el desempeño del Programa construyendo, para tal efecto, indicadores relacionados con sus objetivos específicos, de acuerdo con lo que establece la MML. El procedimiento se operará considerando la disponibilidad de los recursos humanos y presupuestarios de las instancias que intervienen.
Asimismo, se deberán incorporar indicadores específicos que permitan evaluar la incidencia de los Programas presupuestarios en la igualdad entre mujeres y hombres, la prevención de la violencia de género y de cualquier forma de discriminación de género, discapacidad, origen étnico, u otras formas.
6.2. Externa
La Dirección General de Evaluación de Políticas es la unidad administrativa ajena a la operación de los Programas que, en coordinación con las Instancias normativas del Programa, instrumentarán lo establecido para la evaluación externa de programas federales, de acuerdo con la Ley General de Desarrollo Social, el PEF para el ejercicio fiscal 2020, los Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal y el Programa Anual de Evaluación. Dicha evaluación deberá incorporar la perspectiva de género.
Asimismo, es responsabilidad de las Instancias normativas del Programa cubrir el costo de las evaluaciones externas, continuar y, en su caso, concluir con lo establecido en los programas anuales de evaluación de años anteriores. En tal sentido y una vez concluidas las evaluaciones del Programa, éste habrá de dar atención y seguimiento a los aspectos susceptibles de mejora.
Las presentes RO fueron elaboradas bajo el enfoque de la MML, conforme a los criterios emitidos conjuntamente por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social y la SHCP mediante oficio números 419-A-19-00598 y VQZ.SE.123/19, respectivamente, de fecha 27 de junio de 2019.
6.3 Indicadores
Los indicadores del PROFEXCE a nivel de propósito, componente y actividades de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) 2020, cuyo nivel de desagregación es nacional, serán reportados por la SES en el Módulo PbR del Portal Aplicativo de la SHCP (PbR PASH).
La MIR es pública y se encuentra disponible en las siguientes ligas:
· Portal de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público:
https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/es/PTP/programas#inicio
La consulta puede realizarse de la siguiente manera:
o En la pestaña Ramo, seleccionar "11-Educación Pública".
o En la pestaña Modalidad, seleccionar "S-Sujetos a Reglas de Operación".
o En la pestaña Clave, seleccionar "300".
o Dar clic en el nombre del Programa Presupuestario "Fortalecimiento a la Excelencia Educativa"
Para acceder a la MIR, es necesario en la pantalla de la "Ficha del Programa" dar clic en la opción "Resultados" y en esa pantalla, seleccionar la opción "Descarga los Objetivos, Indicadores y Metas".
· Portal de la Dirección General de Planeación, Programación y Estadística Educativa, de la SEP:
http://planeacion.sep.gob.mx/cortoplazo.aspx
La consulta puede realizarse de la siguiente manera:
o Seleccionar el año a consultar
o Descargar la Matriz de Indicadores del Programa.
7. TRANSPARENCIA
7.1. Difusión
En la operación del programa, se deberán atender las disposiciones aplicables en materia de transparencia y protección de datos personales establecidas por la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como la Ley General de Protección de Datos personales en Posesión de Sujetos Obligados y la normatividad que éstas deriva.
Para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos públicos, se dará amplia difusión al Programa a nivel nacional, y se promoverán acciones similares por parte de las autoridades locales y municipales. La papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción de este Programa, deberán incluir la siguiente leyenda.- "Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa deberá ser denunciada/o y sancionada/o de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
Además, se deberán difundir todas aquellas medidas que contribuyen a promover el acceso igualitario entre mujeres y hombres a los beneficios del Programa.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 70, fracción XV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública la UR tendrá la obligación de publicar y mantener actualizada la información relativa a los Programas de subsidios.
La operación de mecanismos de consulta e información para impulsar la transparencia y rendición de cuentas, y acciones similares por parte de las autoridades locales y municipales, conforme a lo señalado en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Asimismo, la SES, DGESU, CGUTyP o la DGESPE, según corresponda, pondrán a disposición del público en general en sus respectivas páginas de internet (https://educacionsuperior.sep.gob.mx/acciones.html, http://www.dgesu.ses.sep.gob.mx/PROFEXCE.htm, http://cgutyp.sep.gob.mx y http://www.dgespe.sep.gob.mx/, la publicación en el DOF de las presentes RO, las cuales podrán también consultarse en las oficinas del responsable institucional del Programa en cada IES participante o en las oficinas de la DGESU, CGUTyP o de la DGESPE, según corresponda.
Asimismo, la información del Programa se dará a conocer en las páginas de internet https://educacionsuperior.sep.gob.mx/acciones.html, http://www.dgesu.ses.sep.gob.mx/PROFEXCE.htm, http://cgutyp.sep.gob.mx y http://www.dgespe.sep.gob.mx/ conforme lo establecen los Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas de la Administración Pública Federal, en el numeral vigésimo sexto.
Lo anterior, respetando la normatividad vigente en materia de transparencia y protección de datos personales.
7.2. Contraloría social
Se promoverá la participación de la población beneficiaria del programa, así como de organizaciones de la sociedad civil o ciudadanía interesada en dar seguimiento al programa. Lo anterior será a través de la integración, operación y vinculación de contralorías sociales o figuras análogas, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
El programa se sujetará a los lineamientos vigentes emitidos por la Secretaría de la Función Pública, para promover las acciones necesarias que permitan la efectividad de la contraloría social, bajo el esquema o esquemas validados por la Secretaría de la Función Pública.
8. QUEJAS Y DENUNCIAS
Las quejas y denuncias con respecto de las presentes ROP, ya sea del beneficiario y la ciudadanía en general se podrán presentar de acuerdo a las disposiciones establecidas, las cuales podrán ser.- vía personal, escrita, telefónica, por internet o directamente en las oficinas de cada una de las Instancias normativas, de acuerdo a lo siguiente:
Tipo superior |
Instancia normativa | Enlace permanente |
Dirección | Conmutador/ Extensión | Correo electrónico |
SES | República de Brasil 31, oficina 314, Col. Centro Histórico, Ciudad de México | Teléfono: 36011000 extensión 50839 | Sandra.baez@nube.sep.gob.mx Lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas |
DGESU | Dirección de Fortalecimiento Institucional (DFI) de la DGESU, avenida Universidad 1200, 5° piso, cuadrante 5-27, Colonia Xoco, Demarcación territorial Benito Juárez,C.P. 03330 Ciudad de México | Teléfono: (55) 3600-2511, Exts. 65604/ 65605 | dudas_dfi@nube.sep.gob.mx Lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas |
CGUTyP | Dirección de Planeación, Evaluación e Informática, Avenida Universidad 1200, 3er piso, cuadrante 3-G, Colonia Xoco, Demarcación territorial Benito Juárez,C.P. 03330 Ciudad de México | Teléfono: (55) 3601-1614 | correoPROFEXCE@nube.sep.gob.mx PROFEXCE Lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas |
DGESPE | Av. Universidad, No 1200, Colonia Xoco, Demarcación territorial Coyoacán, C.P. 03330, Ciudad de México | Teléfono: (55) 3600-2511 Ext. 25121, 25146 53575 | dgespe.edinen@nube.sep.gob.mx Lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas |
SACTEL | Teléfono: 01800-0014-800 01 54 80 20 00 | Lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas |
OIC | Teléfono: 3601-8650 Ext. 66224, 66242, 66243, 66244 01800-2288-368 | quejas@sep.gob.mx Lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas |
SFP | Teléfono: 2000-3000 Ext. 2164 | contactociudadano@funcionpublica.gob.mx Lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas |
ANEXOS
Anexo 1a Listado de Institución(es) de Educación Superior Pública(s) (IES) que conforman la población objetivo del Programa
· Dirección General de Educación Superior Universitaria (DGESU)
No. | Entidad | Municipio | Institución de Educación Superior |
1 | Aguascalientes | Aguascalientes | Universidad Autónoma de Aguascalientes |
2 | Baja California | Mexicali | Universidad Autónoma de Baja California |
3 | Baja California Sur | La Paz | Universidad Autónoma de Baja California Sur |
4 | Campeche | Campeche | Instituto Campechano |
5 | Campeche | Campeche | Universidad Autónoma de Campeche |
6 | Campeche | Ciudad del Carmen | Universidad Autónoma del Carmen |
7 | Coahuila | Saltillo | Universidad Autónoma de Coahuila |
8 | Colima | Colima | Universidad de Colima |
9 | Chiapas | Tuxtla Gutiérrez | Universidad Autónoma de Chiapas |
10 | Chiapas | Tuxtla Gutiérrez | Universidad de Ciencias y Artes de Chiapas |
11 | Chiapas | San Cristóbal de las Casas | Universidad Intercultural de Chiapas |
12 | Chihuahua | Chihuahua | Universidad Autónoma de Chihuahua |
13 | Chihuahua | Juárez | Universidad Autónoma de Ciudad Juárez |
14 | Ciudad de México | Tlalpan | Universidad Pedagógica Nacional |
15 | Durango | Durango | Universidad Juárez del Estado de Durango |
16 | Guanajuato | Guanajuato | Universidad de Guanajuato |
17 | Guerrero | Chilpancingo de los Bravo | Universidad Autónoma de Guerrero |
18 | Guerrero | Malinaltepec | Universidad Intercultural del Estado de Guerrero |
19 | Hidalgo | Pachuca de Soto | Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo |
20 | Hidalgo | Tenango de Doria | Universidad Intercultural del Estado de Hidalgo |
21 | Jalisco | Guadalajara | Universidad de Guadalajara |
22 | Estado de México | Toluca | Universidad Autónoma del Estado de México |
23 | Estado de México | Ecatepec | Universidad Estatal del Valle de Ecatepec |
24 | Estado de México | Ocoyoacac | Universidad Estatal del Valle de Toluca |
25 | Estado de México | Ocoyoacac | Universidad Mexiquense del Bicentenario |
26 | Estado de México | San Felipe del Progreso | Universidad Intercultural del Estado de México |
27 | Michoacán | Morelia | Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo |
28 | Michoacán | Sahuayo | Universidad de la Ciénega del Estado de Michoacán de Ocampo. |
29 | Michoacán | Pátzcuaro | Universidad Intercultural Indígena de Michoacán |
30 | Morelos | Cuernavaca | Universidad Autónoma del Estado de Morelos |
31 | Nayarit | Tepic | Universidad Autónoma de Nayarit |
32 | Nuevo León | San Nicolás de los Garza | Universidad Autónoma de Nuevo León |
33 | Oaxaca | Oaxaca de Juárez | Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca |
34 | Oaxaca | Teotitlán de Flores de Magón | Universidad de la Cañada |
35 | Oaxaca | Ixtlán de Juárez | Universidad de la Sierra Juárez |
36 | Oaxaca | Miahuatlán de Porfirio Díaz | Universidad de la Sierra Sur |
37 | Oaxaca | Santo Domingo Tehuantepec | Universidad del Istmo |
38 | Oaxaca | Puerto Ángel | Universidad del Mar |
39 | Oaxaca | Loma Bonita | Universidad del Papaloapan |
40 | Oaxaca | Huajuapan de León | Universidad Tecnológica de la Mixteca |
41 | Puebla | Ahuacatlán | Universidad Interserrana del Estado de Puebla- Ahuacatlán. |
42 | Puebla | Puebla | Benemérita Universidad Autónoma de Puebla |
43 | Puebla | Huehuetla | Universidad Intercultural del Estado de Puebla |
44 | Querétaro | Santiago de Querétaro | Universidad Autónoma de Querétaro |
45 | Quintana Roo | Chetumal | Universidad de Quintana Roo |
46 | Quintana Roo | Benito Juárez | Universidad del Caribe |
47 | Quintana Roo | José María Morelos | Universidad Intercultural Maya de Quintana Roo |
48 | San Luis Potosí | San Luis Potosí | Universidad Autónoma de San Luis Potosí |
49 | San Luis Potosí | San Luis Potosí | Universidad Intercultural de San Luis Potosí |
50 | Sinaloa | Culiacán Rosales | Universidad Autónoma de Sinaloa |
51 | Sinaloa | Los Mochis | Universidad de Occidente |
52 | Sinaloa | Los Mochis | Universidad Autónoma Intercultural de Sinaloa |
53 | Sonora | Hermosillo | Universidad de Sonora |
54 | Sonora | Obregón | Instituto Tecnológico de Sonora |
55 | Sonora | Hermosillo | Universidad Estatal de Sonora |
56 | Sonora | Moctezuma | Universidad de la Sierra |
57 | Tabasco | Villahermosa | Universidad Juárez Autónoma de Tabasco |
58 | Tabasco | Lázaro Cárdenas | Universidad Popular de la Chontalpa |
59 | Tabasco | Tacotalpa | Universidad Intercultural del Estado de Tabasco |
60 | Tamaulipas | Victoria | Universidad Autónoma de Tamaulipas |
61 | Tlaxcala | Tlaxcala | Universidad Autónoma de Tlaxcala |
62 | Veracruz | Xalapa | Universidad Veracruzana |
63 | Yucatán | Mérida | Universidad Autónoma de Yucatán |
64 | Yucatán | Valladolid | Universidad de Oriente |
65 | Zacatecas | Zacatecas | Universidad Autónoma de Zacatecas |
· Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas (CGUTyP)
No. | Entidad | Universidad |
1 | Aguascalientes | Universidad Tecnológica de Aguascalientes |
2 | Universidad Tecnológica del Norte de Aguascalientes |
3 | Universidad Tecnológica El Retoño |
4 | Universidad Tecnológica de Calvillo |
5 | Universidad Tecnológica Metropolitana de Aguascalientes |
6 | Universidad Politécnica de Aguascalientes |
7 | Baja California | Universidad Tecnológica de Tijuana |
8 | Universidad Politécnica de Baja California |
9 | Baja California Sur | Universidad Tecnológica de La Paz |
10 | Campeche | Universidad Tecnológica de Campeche |
11 | Universidad Tecnológica de Candelaria |
12 | Universidad Tecnológica de Calakmul |
13 | Coahuila | Universidad Tecnológica de Coahuila |
14 | Universidad Tecnológica del Norte de Coahuila |
15 | Universidad Tecnológica de Torreón |
16 | Universidad Tecnológica de la Región Centro de Coahuila |
17 | Universidad Tecnológica de la Región Carbonífera de Coahuila |
18 | Universidad Tecnológica de Saltillo |
19 | Universidad Tecnológica de Parras de la Fuente |
20 | Universidad Tecnológica de Ciudad Acuña |
21 | Universidad Politécnica de Piedras Negras |
22 | Universidad Politécnica de la Región Laguna |
23 | Universidad Politécnica de Ramos Arizpe |
24 | Universidad Politécnica de Monclova Frontera |
25 | Colima | Universidad Tecnológica de Manzanillo |
26 | Chiapas | Universidad Tecnológica de la Selva |
27 | Universidad Politécnica de Chiapas |
28 | Universidad Politécnica de Tapachula |
29 | Chihuahua | Universidad Tecnológica de Ciudad Juárez |
30 | Universidad Tecnológica de Chihuahua |
31 | Universidad Tecnológica de la Tarahumara |
32 | Universidad Tecnológica de la Babícora |
33 | Universidad Tecnológica de Parral |
34 | Universidad Tecnológica Paso del Norte |
35 | Universidad Tecnológica de Paquimé |
36 | Universidad Tecnológica de Camargo |
37 | Universidad Tecnológica de Chihuahua Sur |
38 | Universidad Politécnica de Chihuahua |
39 | Durango | Universidad Tecnológica de Durango |
40 | Universidad Tecnológica de La Laguna Durango |
41 | Universidad Tecnológica del Mezquital |
42 | Universidad Tecnológica de Poanas |
43 | Universidad Tecnológica de Rodeo |
44 | Universidad Tecnológica de Tamazula |
45 | Universidad Politécnica de Durango |
46 | Universidad Politécnica de Gómez Palacio |
47 | Universidad Politécnica de Cuencamé |
48 | Guanajuato | Universidad Tecnológica del Norte de Guanajuato |
49 | Universidad Tecnológica de León |
50 | Universidad Tecnológica del Suroeste de Guanajuato |
51 | Universidad Tecnológica de San Miguel de Allende |
52 | Universidad Tecnológica de Salamanca |
53 | Universidad Tecnológica de Laja Bajío |
54 | Universidad Politécnica de Guanajuato |
55 | Universidad Politécnica de Juventino Rosas |
56 | Universidad Politécnica de Pénjamo |
57 | Universidad Politécnica del Bicentenario |
58 | Guerrero | Universidad Tecnológica de la Costa Grande de Guerrero |
59 | Universidad Tecnológica de la Región Norte de Guerrero |
60 | Universidad Tecnológica de Acapulco |
61 | Universidad Tecnológica de la Tierra Caliente |
62 | Universidad Tecnológica del Mar del Estado de Guerrero |
63 | Universidad Politécnica del Estado de Guerrero |
64 | Hidalgo | Universidad Tecnológica de Tula Tepeji |
65 | Universidad Tecnológica de Tulancingo |
66 | Universidad Tecnológica de la Huasteca Hidalguense |
67 | Universidad Tecnológica del Valle Del Mezquital |
68 | Universidad Tecnológica de la Sierra Hidalguense |
69 | Universidad Tecnológica de la Zona Metropolitana del Valle de México |
70 | Universidad Tecnológica Minera de Zimapán |
71 | Universidad Tecnológica de Mineral de la Reforma |
72 | Universidad Politécnica de Tulancingo |
73 | Universidad Politécnica de Pachuca |
74 | Universidad Politécnica Francisco I. Madero |
75 | Universidad Politécnica Metropolitana de Hidalgo |
76 | Universidad Politécnica de Huejutla |
77 | Universidad Politécnica de la Energía |
78 | Jalisco | Universidad Tecnológica de Jalisco |
79 | Universidad Tecnológica de la Zona Metropolitana de Guadalajara |
80 | Universidad Politécnica de la Zona Metropolitana de Guadalajara |
81 | México | Universidad Tecnológica de Nezahualcóyotl |
82 | Universidad Tecnológica Fidel Velázquez |
83 | Universidad Tecnológica de Tecámac |
84 | Universidad Tecnológica del Sur del Estado de México |
85 | Universidad Tecnológica del Valle de Toluca |
86 | Universidad Tecnológica de Zinacantepec |
87 | Universidad Politécnica del Valle de México |
88 | Universidad Politécnica del Valle de Toluca |
89 | Universidad Politécnica de Tecámac |
90 | Universidad Politécnica de Texcoco |
91 | Universidad Politécnica de Atlacomulco |
92 | Universidad Politécnica de Chimalhuacán |
93 | Universidad Politécnica de Cuautitlán Izcalli |
94 | Universidad Politécnica de Atlautla |
95 | Universidad Politécnica de Otzolotepec |
96 | Michoacán | Universidad Tecnológica de Morelia |
97 | Universidad Tecnológica del Oriente de Michoacán |
98 | Universidad Politécnica de Lázaro Cárdenas |
99 | Universidad Politécnica de Uruapan |
100 | Morelos | Universidad Tecnológica Emiliano Zapata del Estado de Morelos |
101 | Universidad Tecnológica del Sur del Estado de Morelos |
102 | Universidad Politécnica del Estado de Morelos |
103 | Nayarit | Universidad Tecnológica de Nayarit |
104 | Universidad Tecnológica de la Costa |
105 | Universidad Tecnológica de Bahía de Banderas |
106 | Universidad Tecnológica de la Sierra |
107 | Universidad Politécnica de Nayarit |
108 | Nuevo León | Universidad Tecnológica Gral. Mariano Escobedo |
109 | Universidad Tecnológica Santa Catarina |
110 | Universidad Tecnológica Cadereyta |
111 | Universidad Tecnológica Linares |
112 | Universidad Tecnológica Bilingüe Franco Mexicana de Nuevo León |
113 | Universidad Politécnica de Apodaca |
114 | Universidad Politécnica de García Nuevo León |
115 | Oaxaca | Universidad Tecnológica de los Valles Centrales de Oaxaca |
116 | Universidad Tecnológica de la Sierra Sur de Oaxaca |
117 | Puebla | Universidad Tecnológica de Puebla |
118 | Universidad Tecnológica de Tecamachalco |
119 | Universidad Tecnológica de Izúcar de Matamoros |
120 | Universidad Tecnológica de Huejotzingo |
121 | Universidad Tecnológica de Xicotepec de Juárez |
122 | Universidad Tecnológica de Oriental |
123 | Universidad Tecnológica de Tehuacán |
124 | Universidad Tecnológica Bis Puebla |
125 | Universidad Politécnica de Puebla |
126 | Universidad Politécnica de Amozoc |
127 | Universidad Politécnica Metropolitana de Puebla |
128 | Querétaro | Universidad Tecnológica de Querétaro |
129 | Universidad Tecnológica de San Juan del Rio |
130 | Universidad Tecnológica de Corregidora |
131 | Universidad Aeronáutica en Querétaro |
132 | Universidad Politécnica de Querétaro |
133 | Universidad Politécnica de Santa Rosa Jáuregui |
134 | Quintana Roo | Universidad Tecnológica de Cancún |
135 | Universidad Tecnológica de la Riviera Maya |
136 | Universidad Tecnológica de Chetumal |
137 | Universidad Politécnica de Quintana Roo |
138 | Universidad Politécnica de Bacalar |
139 | San Luis Potosí | Universidad Tecnológica de San Luis Potosí |
140 | Universidad Tecnológica Metropolitana de San Luis Potosí |
141 | Universidad Politécnica de San Luis Potosí |
142 | Sinaloa | Universidad Tecnológica de Culiacán |
143 | Universidad Tecnológica de Escuinapa |
144 | Universidad Politécnica de Sinaloa |
145 | Universidad Politécnica del Valle de Évora |
146 | Universidad Politécnica del Mar y La Sierra |
147 | Sonora | Universidad Tecnológica de Hermosillo |
148 | Universidad Tecnológica de Nogales |
149 | Universidad Tecnológica del Sur de Sonora |
150 | | Universidad Tecnológica de Puerto Peñasco |
151 | Universidad Tecnológica de San Luis Rio Colorado |
152 | Universidad Tecnológica de Etchojoa |
153 | Universidad Tecnológica de Guaymas |
154 | Tabasco | Universidad Tecnológica de Tabasco |
155 | Universidad Tecnológica del Usumacinta |
156 | Universidad Politécnica Mesoamericana |
157 | Universidad Politécnica del Golfo de México |
158 | Universidad Politécnica del Centro |
159 | Tamaulipas | Universidad Tecnológica de Tamaulipas Norte |
160 | Universidad Tecnológica de Matamoros |
161 | Universidad Tecnológica de Altamira |
162 | Universidad Tecnológica de Nuevo Laredo |
163 | Universidad Tecnológica del Mar de Tamaulipas Bicentenario |
164 | Universidad Politécnica de Victoria |
165 | Universidad Politécnica de Altamira |
166 | Universidad Politécnica de la Región Ribereña |
167 | Tlaxcala | Universidad Tecnológica de Tlaxcala |
168 | Universidad Politécnica de Tlaxcala |
169 | Universidad Politécnica de Tlaxcala Región Poniente |
170 | Veracruz | Universidad Tecnológica del Sureste de Veracruz |
171 | Universidad Tecnológica del Centro de Veracruz |
172 | Universidad Tecnológica de Gutiérrez Zamora |
173 | Universidad Politécnica de Huatusco |
174 | Yucatán | Universidad Tecnológica Metropolitana |
175 | Universidad Tecnológica Regional del Sur |
176 | Universidad Tecnológica del Centro |
177 | Universidad Tecnológica de Poniente |
178 | Universidad Tecnológica del Mayab |
179 | Universidad Politécnica de Yucatán |
180 | Zacatecas | Universidad Tecnológica del Estado de Zacatecas |
181 | Universidad Politécnica de Zacatecas |
182 | Universidad Politécnica del Sur de Zacatecas |
· Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación (DGESPE)
Entidad | No. | Escuela Normal Pública |
Aguascalientes | 1 | Centro Regional de Educación Normal de Aguascalientes |
2 | Escuela Normal de Aguascalientes |
3 | Escuela Normal Superior Federal de Aguascalientes "Profr. José Santos Valdés" |
4 | Escuela Normal Rural "Justo Sierra Méndez" |
5 | Escuela Normal de Rincón de Romos "Dr. Rafael Francisco Aguilar Lomelí" |
Baja California | 6 | Benemérita Escuela Normal Urbana Federal "Fronteriza" de Mexicali |
7 | Escuela Normal Experimental "Mtro. Rafael Ramírez " |
8 | Benemérita Escuela Normal Estatal, Profesor Jesús Prado Luna |
9 | Benemérita Escuela Normal para Licenciadas en Educación Preescolar "Rosaura Zapata" |
10 | Escuela Normal Fronteriza Tijuana |
11 | Escuela Normal de Educación Preescolar "Estefanía Castañeda y Núñez de Cáceres" |
12 | Escuela Normal Experimental de Baja California "Benito Juárez" |
13 | Benemérita Escuela Normal Urbana Nocturna del Estado, Ing. José G. Valenzuela |
14 | Escuela Normal "Profr. Gregorio Torres Quintero" |
15 | Universidad Estatal de Estudios Pedagógicos |
16 | Escuela Normal Estatal de Ensenada (Ext. San Quintín) |
17 | Universidad Pedagógica Nacional Unidad 021 Mexicali |
18 | Instituto de Bellas Artes del Estado de Baja California |
Baja California Sur | 19 | Escuela Normal Superior del Estado de Baja California Sur |
20 | Escuela Normal Superior del Estado de Baja California Sur (extensión Cd. Constitución) |
21 | Escuela Normal Superior del Estado de Baja California Sur (extensión Los Cabos) |
22 | Centro Regional de Educación Normal "Marcelo Rubio Ruiz" |
23 | Benemérita Escuela Normal Urbana "Profr. Domingo Carballo Félix" |
24 | Escuela Superior de Cultura Física de Baja California Sur |
Campeche | 25 | Escuela Normal de Educación Preescolar Lic. Miriam Cuevas Trujillo |
26 | Escuela Normal de Educación Primaria "Profra. Pilar Elena Flores Acuña" del Instituto Campechano |
27 | Escuela Normal de Licenciatura en Educación Especial |
28 | Escuela Normal de Licenciatura en Educación Física |
29 | Escuela Normal de Licenciatura en Educación Preescolar "Profr. Pastor Rodríguez Estrada" |
30 | Escuela Normal de Licenciatura en Educación Primaria de Calkiní |
31 | Escuela Normal Rural "Justo Sierra Méndez" |
32 | Escuela Normal Superior del Instituto Campechano |
33 | Escuela Normal Superior Federal de Campeche |
34 | Escuela Normal de Licenciatura en Educación Preescolar "Profr. Pastor Rodríguez Estrada" (Módulo Hecelchakán) |
35 | Escuela Normal de Licenciatura en Educación Primaria (Módulo Hopelchén) |
Coahuila | 36 | Benemérita Escuela Normal de Coahuila |
37 | Escuela Normal de Torreón |
38 | Escuela Normal Experimental |
39 | Escuela Normal de Educación Física |
40 | Escuela Normal de Educación Preescolar del Estado de Coahuila |
41 | Escuela Normal Regional de Especialización del Estado de Coahuila |
42 | Escuela Normal Superior del Estado de Coahuila |
43 | Escuela Normal Oficial "Dora Madero" |
Colima | 44 | Instituto Superior de Educación Normal del Estado de Colima "Profr. Gregorio Torres Quintero" (Subsede Cuauhtémoc) |
45 | Instituto Superior de Educación Normal del Estado de Colima "Profr. Gregorio Torres Quintero" (Subsede Manzanillo) |
46 | Instituto Superior de Educación Normal del Estado de Colima "Profr. Gregorio Torres Quintero" (Subsede Tecomán) |
Chiapas | 47 | Escuela Normal Experimental "La Enseñanza" e "Ignacio Manuel Altamirano" |
48 | Escuela Normal de Licenciatura en Educación Preescolar "Bertha Von Glumer y Leyva" |
49 | Escuela Normal de Licenciatura en Educación Primaria "Del Occidente de Chiapas" |
50 | Escuela Normal de Licenciatura en Educación Primaria "Dr. Manuel Velasco Suárez" |
51 | Escuela Normal de Licenciatura en Educación Preescolar "Lic. Manuel Larráinzar" |
52 | Escuela Normal de Licenciatura en Educación Primaria del Estado |
53 | Escuela Normal en Licenciatura en Educación Especial y Educación Primaria Intercultural Bilingüe. |
54 | Escuela Normal Experimental "Fray Matías Antonio de Córdova y Ordoñez" |
55 | Escuela Normal en Educación Primaria "Fray Matías de Córdova" |
56 | Escuela Normal de Licenciatura en Educación Primaria "Lic. Manuel Larraínzar" |
57 | Escuela Normal Rural Mactumactzá |
58 | Escuela Normal de Licenciatura en Educación Preescolar "Rosario Castellanos" |
59 | Escuela Normal de Licenciatura en Educación Física "Profr. Pedro Reynol Ozuna Henning" |
60 | Escuela Normal de Licenciatura en Educación Física de Tapachula |
61 | Escuela Normal de Licenciatura en Educación Preescolar y Primaria del Estado "Tonalá" |
62 | Escuela Normal Superior de Chiapas |
63 | Escuela Normal de Licenciatura en Educación Preescolar "Rosaura Zapata Cano" |
64 | Escuela Normal de Licenciatura en Educación Primaria "Villaflores" |
65 | Escuela Normal Indígena Intercultural Bilingüe "Jacinto Canek" |
Chihuahua | 66 | Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado "Profr. Luis Urías Belderráin" |
67 | Escuela Normal Experimental "Miguel Hidalgo" |
68 | Escuela Normal Rural "Ricardo Flores Magón" |
69 | Escuela Normal Superior "Profr. José E. Medrano R." |
70 | Escuela Normal Superior "Profr. José E. Medrano R." (Unidad Juárez) |
71 | Escuela Normal Superior "Profr. José E. Medrano R." (Unidad Nuevo Casas Grandes) |
72 | Escuela Normal Superior "Profr. José E. Medrano R." (Unidad Parral) |
Ciudad de México | 73 | Escuela Nacional para Maestras de Jardines de Niños |
74 | Benemérita Escuela Nacional de Maestros |
75 | Escuela Superior de Educación Física |
76 | Escuela Normal de Especialización |
77 | Escuela Normal Superior de México |
78 | Dirección General de Educación Normal y Actualización del Magisterio |
Durango | 79 | Centro de Actualización del Magisterio de Durango |
80 | Escuela Normal Rural "J. Guadalupe Aguilera" |
81 | Instituto de Estudios Superiores de Educación Normal "Gral. Lázaro Cárdenas del Río" |
82 | Escuela Normal Urbana "Profr. Carlos A. Carrillo" |
83 | Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado de Durango |
Guanajuato | 84 | Benemérita y Centenaria Escuela Normal Oficial de Guanajuato |
85 | Centro de Estudios Superiores de Educación Especializada |
86 | Escuela Normal Oficial de Irapuato |
87 | Escuela Normal Oficial de León |
88 | Escuela Normal Superior Oficial de Guanajuato |
Guerrero | 89 | Escuela Normal Urbana Federal "Profr. Rafael Ramírez " |
90 | Centro de Actualización del Magisterio de Acapulco |
91 | Centro de Actualización del Magisterio de Iguala |
92 | Centro de Actualización del Magisterio de Chilpancingo |
93 | Escuela Normal Rural "Profr. Raúl Isidro Burgos" |
94 | Centro Regional de Educación Normal "Adolfo López Mateos" |
95 | Escuela Normal Preescolar "Adolfo Viguri" |
96 | Escuela Normal "Vicente Guerrero" |
97 | Escuela Normal Regional de Tierra Caliente |
98 | Escuela Normal Regional de la Montaña "José Vasconcelos" |
99 | Centenaria Escuela Normal del Estado "Ignacio Manuel Altamirano" |
100 | Escuela Normal Superior de Educación Física |
Hidalgo | 101 | Centro Regional de Educación Normal "Benito Juárez" |
102 | Escuela Normal "Sierra Hidalguense" |
103 | Escuela Normal Experimental "De Las Huastecas" |
104 | Escuela Normal "Valle del Mezquital" |
105 | Escuela Normal Superior Pública del Estado de Hidalgo |
106 | Centro de Educación Superior del Magisterio |
Jalisco | 107 | Escuela Normal Rural "Miguel Hidalgo" de Atequiza |
108 | Escuela Normal para Educadoras de Arandas |
109 | Escuela Normal Experimental de Colotlán |
110 | Benemérita y Centenaria Escuela Normal de Jalisco |
111 | Escuela Normal Superior de Especialidades |
112 | Escuela Normal para Educadoras de Guadalajara |
| 113 | Escuela Superior de Educación Física de Jalisco |
114 | Escuela Normal para Educadoras de Unión de Tula, Jalisco |
115 | Centro Regional de Educación Normal de Cd. Guzmán |
116 | Escuela Normal Experimental de "San Antonio Matute" |
117 | Escuela Normal Superior de Jalisco |
México | 118 | Escuela Normal de Santa Ana Zicatecoyan |
119 | Escuela Normal de Sultepec |
120 | Escuela Normal de Ixtlahuaca |
121 | Escuela Normal de Valle de Bravo |
122 | Escuela Normal de Cuautitlán Izcalli |
123 | Escuela Normal de Ixtapan de la Sal |
124 | Escuela Normal de Santiago Tianguistenco |
125 | Escuela Normal No. 1 de Toluca |
126 | Escuela Normal de Teotihuacán |
127 | Escuela Normal de San Felipe del Progreso |
128 | Escuela Normal de Tlalnepantla |
129 | Escuela Normal No. 3 de Nezahualcóyotl |
130 | Escuela Normal de Tecámac |
131 | Escuela Normal de Jilotepec |
132 | Escuela Normal de Tejupilco |
133 | Escuela Normal Superior del Estado de México |
134 | Escuela Normal de Capulhuac |
135 | Escuela Normal de Educación Especial del Estado de México |
136 | Escuela Normal de Atlacomulco |
137 | Escuela Normal No. 2 de Nezahualcóyotl |
138 | Escuela Normal de Naucalpan |
139 | Escuela Normal de Zumpango |
140 | Escuela Normal de Texcoco |
141 | Escuela Normal No. 3 de Toluca |
142 | Escuela Normal de Chalco |
143 | Escuela Normal de Ecatepec |
144 | Escuela Normal de Atizapán de Zaragoza |
145 | Centenaria y Benemérita Escuela Normal para Profesores |
146 | Escuela Normal No. 4 de Nezahualcóyotl |
147 | Escuela Normal de Tenancingo |
148 | Escuela Normal de Coatepec Harinas |
149 | Escuela Normal de Educación Física "Gral. Ignacio M. Beteta" |
150 | Escuela Normal de Amecameca |
151 | Escuela Normal de Coacalco |
152 | Escuela Normal No. 1 de Nezahualcóyotl |
153 | Escuela Normal de Los Reyes Acaquilpan |
México | 154 | Escuela Normal Rural "Gral. Lázaro Cárdenas del Río" |
155 | Centro de Actualización del Magisterio del Estado de México sede Nezahualcóyotl |
156 | Centro de Actualización del Magisterio del Estado de México sede Toluca |
157 | Unidad de Desarrollo Profesional de Tlalnepantla |
Michoacán | 158 | Escuela Normal Urbana Federal "J. Jesús Romero Flores" |
159 | Escuela Normal Superior de Michoacán |
160 | Escuela Normal para Educadoras de Morelia |
161 | Escuela Normal de Educación Física |
162 | Escuela Normal Indígena de Michoacán |
163 | Centro Regional de Educación Normal Licenciatura en Preescolar de Arteaga |
164 | Centro Regional de Educación Normal Licenciatura en Primaria |
165 | Centro de Actualización del Magisterio en Michoacán |
166 | Escuela Normal Rural "Vasco de Quiroga" |
167 | Instituto Michoacano de Ciencias de la Educación "José María Morelos" Plantel Morelia |
Morelos | 168 | Escuela Normal Urbana Federal Cuautla |
169 | Escuela Normal Rural "Gral. Emiliano Zapata" |
170 | Centro de Actualización del Magisterio |
Nayarit | 171 | Escuela Normal Experimental de Acaponeta |
172 | Instituto Estatal de Educación Normal de Nayarit "Profr. y Lic. Francisco Benítez Silva" |
173 | Escuela Normal Superior de Nayarit |
Nuevo León | 174 | Escuela Normal de Especialización |
175 | Escuela Normal "Profr. Serafín Peña" |
176 | Escuela Normal "Ing. Miguel F. Martínez" Centenaria y Benemérita |
177 | Escuela Normal Superior "Profr. Moisés Sáenz Garza" |
178 | Escuela Normal Pablo Livas |
Oaxaca | 179 | Centro Regional de Educación Normal de Oaxaca |
180 | Centro Regional de Educación Normal de Río Grande |
181 | Escuela Normal Bilingüe e Intercultural de Oaxaca |
182 | Escuela Normal de Educación Especial de Oaxaca |
183 | Escuela Normal de Educación Preescolar de Oaxaca |
184 | Escuela Normal Experimental "Presidente Lázaro Cárdenas" |
185 | Escuela Normal Experimental "Presidente Venustiano Carranza" |
186 | Escuela Normal Experimental de Teposcolula |
187 | Escuela Normal Experimental Huajuapan |
188 | Escuela Normal Rural Vanguardia |
189 | Escuela Normal Urbana Federal del Istmo |
190 | Escuela Normal Superior Federal de Oaxaca |
Puebla | 191 | Escuela Normal Primaria Oficial "Profr. Jesús Merino Nieto" |
192 | Escuela Normal Experimental "Profr. Darío Rodríguez Cruz." |
193 | Escuela Normal Rural "Carmen Serdán" |
194 | Instituto Jaime Torres Bodet |
195 | Escuela Normal Oficial "Lic. Benito Juárez" |
196 | Benemérito Instituto Normal del Estado "Gral. Juan Crisóstomo Bonilla" |
197 | Escuela Normal Superior del Estado |
198 | Normal Oficial "Profr. Luis Casarrubias Ibarra" |
199 | Escuela Normal Superior Federalizada del Estado de Puebla |
200 | Escuela Normal "Profr. Fidel Meza y Sánchez" |
201 | Escuela Normal Superior de Tehuacán |
Querétaro | 202 | Centenaria y Benemérita Escuela Normal del Estado de Querétaro "Andrés Balvanera" |
203 | Escuela Normal Superior de Querétaro |
204 | Centenaria y Benemérita Escuela Normal del Estado de Querétaro "Andrés Balvanera" (Unidad San Juan del Río ) |
205 | Centenaria y Benemérita Escuela Normal del Estado de Querétaro "Andrés Balvanera" (Unidad Jalpan) |
Quintana Roo | 206 | Centro Regional de Educación Normal "Lic. Javier Rojo Gómez" |
207 | Centro de Actualización del Magisterio |
208 | Centro Regional de Educación Normal |
San Luis Potosí | 209 | Escuela Normal Experimental "Normalismo Mexicano" |
210 | Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado de San Luis Potosí |
211 | Centro Regional de Educación Normal "Profra. Amina Madera Lauterio" |
212 | Escuela Normal de La Huasteca Potosina |
213 | Escuela Normal de Estudios Superiores del Magisterio Potosino, Plantel 1, San Luis Potosí |
214 | Escuela Normal de Estudios Superiores del Magisterio Potosino. Plantel 2, Ciudad Valles |
215 | Escuela Normal de Estudios Superiores del Magisterio Potosino. Plantel 3, Matehuala |
216 | Escuela Normal de Estudios Superiores del Magisterio Potosino. Plantel 4, Río Verde |
217 | Escuela Normal de Estudios Superiores del Magisterio Potosino. Plantel 3, Tamazunchale |
Sinaloa | 218 | Escuela Normal de Sinaloa |
219 | Escuela Normal de Especialización del Estado de Sinaloa |
220 | Escuela Normal Experimental de El Fuerte "Profr. Miguel Castillo Cruz" |
221 | Escuela Normal Experimental de El Fuerte "Profr. Miguel Castillo Cruz" (extensión Mazatlán) |
Sonora | 222 | Escuela Normal del Estado "Profr. Jesús Manuel Bustamante Mungarro" |
223 | Escuela Normal Estatal de Especialización |
224 | Escuela Normal Superior de Hermosillo |
225 | Escuela Normal de Educación Física "Profr. Emilio Miramontes Nájera" |
226 | Centro Regional de Educación Normal "Rafael Ramírez Castañeda" (Navojoa) |
227 | Escuela Normal Superior de Hermosillo (Subsede Cd. Obregón) |
228 | Escuela Normal Superior de Hermosillo (Subsede Navojoa) |
229 | Escuela Normal Rural "Gral. Plutarco Elías Calles" |
Tabasco | 230 | Escuela Normal "Pablo García Ávalos" |
231 | Escuela Normal Urbana de Balancán |
232 | Escuela Normal "Graciela Pintado de Madrazo" |
233 | Instituto de Educación Superior del Magisterio (IESMA) |
234 | Escuela Normal de Educación Preescolar "Rosario María Gutiérrez Eskildsen" |
235 | Escuela Normal del Estado de Educación Primaria "Rosario María Gutiérrez Eskildsen" |
Tamaulipas | 236 | Escuela Normal "Profr. y Gral. Alberto Carrera Torres" |
237 | Escuela Normal Federal de Educadoras "Mtra. Estefanía Castañeda" |
238 | Escuela Normal Rural de Tamaulipas "Mtro. Lauro Aguirre" |
239 | Escuela Normal "Lic. J. Guadalupe Mainero" y Escuela Normal Federal de Educadoras "Rosaura Zapata" |
240 | Centro de Actualización del Magisterio (Victoria) |
241 | Benemérita Escuela Normal Federalizada de Tamaulipas |
242 | Escuela Normal Urbana Cuauhtémoc |
Tlaxcala | 243 | Centro de Estudios Superiores de Comunicación Educativa de Tlaxcala |
244 | Escuela de Educación Física de Tlaxcala "Revolución Mexicana " |
245 | Escuela Normal Estatal "Profra. Leonarda Gómez Blanco" |
246 | Escuela Normal Preescolar "Profra. Francisca Madera Martínez" |
247 | Centro de Actualización del Magisterio |
248 | Escuela Normal Rural "Lic. Benito Juárez" |
249 | Escuela Normal Urbana Federal "Lic. Emilio Sánchez Piedras " |
Veracruz | 250 | Benemérita Escuela Normal Veracruzana "Enrique C. Rébsamen" |
251 | Centro de Estudios Superiores de Educación Rural "Luis Hidalgo Monroy" |
252 | Centro Regional de Educación Normal "Dr. Gonzalo Aguirre Beltrán " |
253 | Escuela Normal "Juan Enríquez" |
254 | Escuela Normal Superior Veracruzana "Dr. Manuel Suárez Trujillo" |
Yucatán | 255 | Benemérita y Centenaria Escuela Normal de Educación Primaria "Rodolfo Menéndez de la Peña" |
256 | Escuela Normal de Educación Preescolar |
257 | Escuela Normal Superior de Yucatán "Antonio Betancourt Pérez" |
258 | Escuela Normal de Dzidzantún |
259 | Escuela Normal de Ticul |
260 | Escuela Normal "Juan de Dios Rodríguez Heredia" |
Zacatecas | 261 | Escuela Normal "Manuel Ávila Camacho" |
262 | Escuela Normal Experimental "Rafael Ramírez Castañeda" |
263 | Escuela Normal Experimental "Salvador Varela Reséndiz" |
264 | Centro de Actualización del Magisterio |
265 | Escuela Normal Rural "General Matías Ramos Santos" |
Anexo 2A Guia PROFEXCE 2020-2021 para universidades con DES
Guía para la formulación de la planeación estratégica académica y de la gestión institucional
2020-2021
Índice
1. | Presentación de la Guía |
2. | Objetivos PROFEXCE 2020-2021 |
| 2.1 | General |
| 2.2 | Específicos |
3. | Énfasis PROFEXCE 2020-2021 |
4. | Autoevaluación académica y de la gestión institucional |
| 4.1 | Análisis de la cobertura con equidad |
| 4.2 | Análisis de programas de estudio flexibles e integrales |
| 4.3 | Análisis de enseñanzas pertinentes y en contextos reales |
| 4.4 | Análisis del uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación |
| 4.5 | Análisis de la internacionalización solidaria |
| 4.6 | Análisis de la formación integral del estudiante |
| 4.7 | Análisis de la vinculación académica y social |
| 4.8 | Análisis de la igualdad de género universitaria |
| 4.9 | Análisis de la capacidad y competitividad académica |
| 4.10 | Análisis de la evaluación de la gestión institucional |
| 4.11 | Análisis de los problemas estructurales |
| 4.12 | Análisis de la capacidad física instalada |
| 4.13 | Síntesis de la autoevaluación académica y de gestión institucional |
5. | Actualización de la planeación institucional académica y de la gestión |
6. | Estructura para formular el documento PROFEXCE 2020-2021 |
7. | Estructura para formular el documento de la DES en el marco del PROFEXCE 2020-2021 |
8. | Características de los proyectos integrales de las DES |
9. | Características de los proyectos de la gestión institucional |
10. | Criterios de evaluación |
11. | Criterios para presentar las propuestas de réplica |
12. | Criterios para la asignación de recursos |
13. | Criterios para la entrega-recepción del documento PROFEXCE 2020-2021 |
14. | Conceptos que no apoya la SEP en el marco del PROFEXCE |
15. | Diagrama para la formulación de proyectos |
16. | Estructura de un proyecto integral |
17. | Integración de proyectos del PROFEXCE institucional |
18. | Contenido mínimo de un proyecto integral |
19. | Anexos |
| Anexo I. | Descripción de conceptos utilizados en la Guía para formular el PROFEXCE 2020-2021. |
| Anexo II A. | Indicadores de capacidad académica (SES). |
| Anexo II B. | Indicadores de competitividad académica (SES). |
| Anexo III. | Reporte de las causas de la demora en las obras apoyadas. |
| Anexo IV | Síntesis de la autoevaluación (fortalezas y problemas). |
| Anexo V | Indicadores de calidad institucional. |
| Anexo VI | Indicadores básicos de la institución. |
| Anexo VII | Lineamientos para la formulación de los proyectos de igualdad de género. |
| Anexo VIII | Criterios para realizar la descripción de los rubros o conceptos de gasto. |
| Anexo IX | Guía para formular los proyectos de infraestructura educativa (FAM). |
| Anexo X | Formatos proyectos FAM |
1. Presentación de la Guía
La educación superior tiene como elemento central la formación integral de las personas desde una perspectiva universal que favorezca el aprendizaje de todas las formas de producir, interpretar y transmitir el conocimiento, las culturas, ciencias, lenguajes, tecnologías, considerando factores como la interculturalidad, la territorialidad, el trabajo interdisciplinario, los derechos humanos, la internacionalización de la educación superior y el bienestar social de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos.
La educación superior (ES) se plantea mejorar las condiciones de vida y de estudio de las/os jóvenes y adultos, desarrollando su capacidad de comprenderse a sí mismos como sujetos de derechos, como actores de transformación de las realidades y como sujetos sociales integrantes de una nación.
Por mandato constitucional, el Estado mexicano debe garantizar a todas y todos las/os mexicanas/os una educación de calidad bajo los principios de laicidad, universalidad, gratuidad, obligatoriedad, igualdad, democracia e integralidad; que desarrolle armónicamente todas las facultades y habilidades del ser humano y que promueva logros intelectuales y afectivos fundamentales para la vida en sociedad.
Por otro lado, la política educativa es la herramienta que, de forma más profunda, tiene el potencial de realizar aportaciones significativas a cada uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible que conforman la Agenda 2030 aprobada en 2015 por los países miembros de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
En el marco de estas políticas el programa presupuestario S300 Fortalecimiento a la Excelencia Educativa (PROFEXCE) representa una estrategia para promover en las Universidades Públicas Estatales (UPES), de Apoyo Solidario (UPEAS), Interculturales (UUII) y Federales (UPF) el logro de la excelencia de toda su oferta educativa y a la vez contribuir con la Agenda 2030 en su Objetivo 4.- Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos, específicamente con las metas:
4.3 De aquí a 2030, asegurar el acceso igualitario de todos los hombres y las mujeres a una formación técnica, profesional y superior de calidad, incluida la enseñanza universitaria.
4.4 Para 2030, aumentar sustancialmente el número de jóvenes y adultos que tienen las competencias necesarias, en particular técnicas y profesionales, para acceder al empleo, el trabajo decente y el emprendimiento.
4.7 Para 2030, garantizar que todos los alumnos adquieran los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para promover el desarrollo sostenible, entre otras cosas mediante la educación para el desarrollo sostenible y la adopción de estilos de vida sostenibles, los derechos humanos, la igualdad entre los géneros, la promoción de una cultura de paz y no violencia, la ciudadanía mundial y la valoración de la diversidad cultural y de la contribución de la cultura al desarrollo sostenible, entre otros medios.
Para lograr una Educación Superior de Excelencia en el marco de la Cuarta Transformación del país, la Subsecretaría de Educación Superior (SES), se planteó los Ejes y Estrategias siguientes para la transformación de la ES:
Compromiso social de las Instituciones de Educación Superior (IES)
Ø IES y profesionales socialmente responsables.
Ø Aplicar conocimientos para atender los problemas nacionales, regionales y locales.
Ø Vincular a las IES con los sectores de la sociedad para contribuir al bienestar social.
Transformación de la Educación Superior
Ø Transformar los modelos y procesos educativos de las IES.
Ø Fortalecer las trayectorias académicas de los profesores e investigadores.
Ø Vincular el posgrado con la investigación, con un enfoque de bienestar social y desarrollo sostenible.
Ø Renovar las políticas y procesos de evaluación y acreditación.
Cobertura con Equidad
Ø Incrementar la matrícula con una perspectiva, local, regional y nacional en las modalidades escolarizada, no escolarizada y mixta.
Ø Disminuir las brechas de cobertura entre grupos sociales, población indígena, con una perspectiva de equidad, inclusión e interculturalidad.
Ø Crear nuevas universidades a partir de criterios de calidad y pertinencia social.
Gobernanza del Sistema de Educación Superior
Ø Crear un marco normativo que promueva el desarrollo de la calidad con equidad de la Educación
Superior.
Ø Impulsar un sistema para la movilidad de estudiantes y personal académico y la participación de las comunidades en la gestión y gobierno institucional.
Ø Crear un sistema nacional de información que fortalezca la planeación.
(Meta.- Sistema Integral de Información de la Educación Superior)
Financiamiento de la Educación Superior
Ø Impulsar un acuerdo nacional para el financiamiento de la Educación Superior, Ciencia y Tecnología con un esquema de corresponsabilidad financiera de los tres niveles de gobierno.
Ø Impulsar programas y acciones para el saneamiento y la reestructuración financiera de las IES públicas.
Para alcanzar estos propósitos, la Dirección General de Educación Superior Universitaria (DGESU), pone a disposición de las UPES, UPEAS, UUII y UPF, la Guía para formular su Programa de Fortalecimiento a la Excelencia Educativa. Se presenta como un apoyo que no debe limitar la reflexión y acción que conduzcan a fortalecer la planeación estratégica académica y de la gestión institucional participativa, cuyos objetivos son la excelencia educativa, así como de los servicios que ofertan las Instituciones de Educación Superior Públicas que atiende la DGESU, a partir de los diferentes ámbitos que constituyen el quehacer universitario diseñando políticas, objetivos estratégicos, estrategias, proyectos y los indicadores de resultados que permitan continuar consolidando las fortalezas institucionales, atender los principales problemas e incidir en la excelencia de sus Programas Educativos.
Para dar inicio al proceso de actualización y formulación del ejercicio de planeación estratégica participativa que se lleva a cabo de manera bienal a través del PROFEXCE, se realizó una "Consulta para mejorar la eficacia del PFCE", orientada a recabar las experiencias a partir de la operación del programa en las UPES, UPEAS, UPF y UUII.
Con el propósito de lograr el objetivo del programa, la participación de las IES en la encuesta fue muy relevante para elaborar la Guía PROFEXCE 2020-2021. En la encuesta que se realizó del 23 al 31 de mayo, se obtuvo la valiosa respuesta de las UPE de.- Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Guanajuato, Estado de Hidalgo, Guadalajara, Estado de México, Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, Estado de Morelos, Nuevo León, Benito Juárez de Oaxaca, Benemérita de Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Occidente, Sonora, Instituto Tecnológico de Sonora, Tamaulipas, Veracruzana y Yucatán. Las UPEAS.- Ciencias y Artes de Chiapas, Estatal del Valle de Ecatepec, Estatal del Valle de Toluca, del Istmo, de la Sierra Sur, de la Sierra Juárez, Tecnológica de la Mixteca, del Mar, de la Sierra, Estatal de Sonora, Popular de la Chontalpa, de Oriente y del Papaloapan; así como las Interculturales.- de Chiapas, del Estado de México, Indígena de Michoacán y Sinaloa.
Se utilizará como insumo para el análisis y la reflexión, la evolución en el periodo de diciembre de 2016 a junio de 2019 de los principales indicadores institucionales que integran la capacidad y competitividad académicas.
Para llevar a cabo el proceso de planeación es conveniente realizar análisis integrales y profundos sobre.- a) los avances logrados del 2016 a la fecha en el fortalecimiento de la capacidad y competitividad académicas institucionales y b) la situación actual académica y de la gestión con el propósito de identificar las acciones a desarrollar para alcanzar los objetivos del Plan de Desarrollo Institucional y los indicadores de calidad que se establecerán para el periodo 2020-2022.
Con los recursos que se aprueben al PROFEXCE en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2020 y 2021, será financiado el desarrollo de los proyectos asociados a la formulación del PROFEXCE 2020-2021 y que resulten dictaminados favorablemente por los Comités de Evaluadores conformados por la SEP para tal propósito.
Es importante señalar las diferencias fundamentales entre esta Guía y la del PFCE 2018-2019:
Ø Se incrementa a cuatro el número de objetivos particulares de los proyectos de gestión y se reduce a dos el número de acciones por cada meta académica, de las tres posibles que se pueden asociar a cada objetivo particular.
Ø Se incrementa a cuatro el número de objetivos particulares y se reduce a dos metas académicas y dos acciones en el proyecto de las Dependencias de Educación Superior (DES).
Ø Se reduce a un objetivo particular, una meta académica y dos acciones asociadas por cada meta, en los proyectos de Igualdad de Género y Estancias Infantiles y/o Guarderías.
Ø El resultado de la Síntesis de la Autoevaluación Académica y de la Gestión Institucional se deberá relacionar con las acciones de los proyectos de Problemas Comunes de las DES y de la Gestión.
Ø El formato de indicadores básicos abarcará los años 2018 a 2022.
Cuando sea necesario conocer el significado de algún término utilizado en esta Guía, se sugiere consultar el glosario contenido en el Anexo I de esta Guía.
Para cualquier aclaración o duda favor de comunicarse a los correos electrónicos dudas_dfi@nube.sep.gob.mx, isaias.elizarraraz@nube.sep.gob.mx y sconde@nube.sep.gob.mx.
Para los proyectos de infraestructura física a los correos rocioc@nube.sep.gob.mx y cenrique.sanchez@nube.sep.gob.mx.
2. Objetivos PROFEXCE 2020-2021
El Programa ha establecido el siguiente objetivo general:
Apoyar a las Instituciones de Educación Superior Públicas con recursos financieros necesarios para desarrollar sus capacidades académicas y de gestión, a fin de contar con programas educativos evaluables de técnico superior universitario y licenciatura, con calidad reconocida por las instancias responsables de otorgar dicho reconocimiento.
El Programa ha establecido los siguientes objetivos específicos:
Otorgar apoyos económicos a las Instituciones de Educación Superior para que a partir de ejercicios de planeación participativa implementen:
1. Proyectos académicos.
2. Proyectos de gestión
3. Énfasis PROFEXCE 2020-2021
En el marco de la Nueva Escuela Mexicana(1), se hace visible como sus ejes formativos que cruzan transversalmente al conjunto de las instituciones de educación superior y contribuyen a la educación integral de las mexicanas y mexicanos.- En esta Guía se han incluido estos ejes dentro de los énfasis del PROFEXCE:
Cobertura con equidad
La oportunidad de acceder a la educación superior representa una evidente causa de inequidad, que se manifiesta en desiguales coberturas por Estado, en bajo número de estudiantes graduados, en pocos estudiantes de posgrado y un número aún menor de estudiantes de doctorado.
La interculturalidad
La noción intercultural comprende al conjunto de la población en su diversidad; supone el empoderamiento permanente de las múltiples identidades lingüísticas, de género, sociales y culturales en el que los sujetos (en su dimensión individual o colectiva) pueden afirmarse desde su diferencia para reconocerse como ciudadanos activos de una comunidad que colabora en la construcción de soluciones colectivas a problemas locales, regionales, nacionales e internacionales.
Las prácticas de enseñanza-aprendizaje interculturales apelan a la transformación de las instituciones de educación superior de cara a la construcción de un proyecto educativo, nacional-popular, orientado a la construcción de saberes que impulsen procesos de descolonialidad y transformación de la realidad internacional, nacional, regional y local.
La interdisciplinariedad
La formación interdisciplinaria implica que las ciencias y humanidades, estén en diálogo y aprendizaje recíproco con otras disciplinas y se concentren en el estudio de diferentes dimensiones de la vida y su complejidad. Ello permite un tipo de formación en las instituciones de educación superior en donde sus egresados deben problematizar la realidad y generar propuestas de cambio y vinculación social, política y educativa en el plano local, regional, nacional e internacional.
Los procesos formativos interdisciplinarios permiten la incursión de los egresados en nuevos campos de estudio de carácter transdisciplinario como la bioética, la neuroética, la biomedicina, las tecnociencias y neurociencias del tipo nano-bio-info-cognitivas que se aplican en distintos aspectos de la vida.
La internacionalización solidaria
La internacionalización solidaria debe comprenderse como la acción de investigación en el centro de la educación ya que permite compartir las acumulaciones científicas y de saberes de los países en beneficio de
los seres humanos, construyendo puentes de colaboración binacional basados en el conocimiento de la historia de nuestros pueblos y regiones, en la comprensión de la urgencia de superar las desigualdades, en el respeto de la diversidad de las culturas, las artes y sus multifacéticas expresiones, en la igualdad de derechos entre mujeres y hombres, y en la reinvención creativa de las relaciones entre los seres humanos y la naturaleza.
La internacionalización solidaria impulsa la idea de que la educación es formativa y a la vez, un bien público nacional e internacional, que confiere responsabilidades y derechos a los sujetos de la educación, académicos e investigadores, por lo que introduce procesos de movilidad estudiantil, el aprendizaje interdisciplinario internacional en el marco de convenios y alianzas interinstitucionales, así como la creación y extensión de múltiples redes de colaboración académica, centrada en el desarrollo de la investigación, la enseñanza, proyectos curriculares y de difusión cultural y laborales.
Lo anterior requiere del dominio de dos o más idiomas; convivir en la diferencia; conocimiento cultural, social, político, económico del mundo global; conocimiento y dominio de las tecnologías de la información y experiencia creciente en campos de desarrollo académico o labora internacional.
En el mundo globalizado de hoy, la internacionalización solidaria es un factor que contribuye a elevar la excelencia educativa de las instituciones y sistemas ya que siempre han reflejado la calidad de unas y otros.
La educación para la vida
La educación parte de un concepto universal de que implica el acceso de las personas a todos los ámbitos de la cultura artística, a la ciencia y la tecnología, al conocimiento humanístico y social en los ámbitos local, nacional y universal. Implica formar personas capaces de resolver situaciones problemáticas de manera satisfactoria; movilizar los conocimientos aprendidos a situaciones concretas fuera de la institución educativa, privilegiar el dominio de estrategias de búsqueda y de procesamiento de información, pensamiento crítico y competencias básicas para el aprendizaje, necesarias para aprender a aprender.
Programas de estudio flexibles e integrales
Una de las principales razones por las que los jóvenes abandonan o no ingresan a la educación superior es porque las enseñanzas en ella no responden al contexto actual y porque se obliga a los jóvenes a elegir un programa educativo un plan de estudios para toda la vida cuando cuentan con poca información sobre las oportunidades educativas en un mundo que se caracteriza por el cambio continuo y donde las estadísticas señalan que son pocas las personas que hacen una carrera en el área de formación profesional.
Enseñanzas pertinentes y en contextos reales
Una de las causas frecuentes para el abandono de los estudios y para la irritación entre los graduados es la poca relación que se percibe entre, por un lado, las enseñanzas impartidas y los aprendizajes esperados con, por el otro, los contextos reales y las oportunidades y necesidades laborales.
Las habilidades para la inclusión digital
Las habilidades para acceder, usar y adaptar las tecnologías de la información y la comunicación (TIC's) a la vida cotidiana, se relacionan con la adaptación rápida a los cambios; trabajo remoto y en entornos digitales; aprendizaje dirigido y enfocado; resolución de problemas complejos; creatividad e innovación práctica; gestión sostenible de la empleabilidad; flexibilidad cognitiva; escucha activa multicanal; gestión del tiempo; comunicación en diferentes entornos; planeación para escenarios inciertos; integración en entornos robotizados; inteligencia práctica; pensamiento crítico, especialmente para la búsqueda, selección, evaluación y tratamiento de información; diseño y creación de contenidos a través de diferentes lenguajes digitales; comunicación on-line.
Las TIC's han transformado el mundo y a la educación. Su potencial para mejorar las enseñanzas y acelerar los aprendizajes es muy grande, su uso es muy desigual.- son pocos los profesores experimentados que la usan ampliamente para la enseñanza y la pedagogía digital está naciendo.
La Territorialidad
La territorialidad implica saberes y procesos, prácticas y acciones de sujetos sociales que interactúan de diferentes planos de la realidad, con capacidad de modificar su realidad y condiciones de vida en diferentes planos de la comunidad, local, regional, nacional e internacional. Estos procesos permiten desarrollar conocimientos, prácticas, estudios e investigaciones de acuerdo con las relaciones culturales, sociales, económicas de los distintos territorios, pueblos, comunidades del país y fuera de este, que permita aplicar diversos conocimientos para atender los problemas nacionales, regionales y locales.
El criterio de territorialidad anudado al de interculturalidad permite diseñar programas de formación e investigación en el que se expongan saberes locales en el mismo nivel que los saberes científicos y humanísticos convencionales para establecer ejes de trabajo interdisciplinario a partir del diálogo e intercambio con diversos sistemas de conocimiento y construir proyectos para atender problemáticas de diversa índole, como los conflictos por el agua y sus implicaciones sociales, organizacionales, políticas y territoriales; o los conflictos socioambientales del neoextractivismo en México y América Latina.
La formación inclusiva
Formación que favorezca la construcción de una sociedad en la que los diferentes sectores de la población, que han sido excluidos por motivos de clase, género, lengua, discapacidad o por pertenecer a un pueblo indígena, participen activamente en el desarrollo del país.
Esto requiere de procesos de enseñanza y aprendizaje de los que se desprendan prácticas sociales en contra de acciones discriminatorias que producen estereotipos, prejuicios y distinciones que generan nuevas categorías de excluidos.
Implica procesos de construcción de una cultura cívica que comprenda el desarrollo de actitudes, habilidades y conocimientos que vinculen los valores enseñados en la escuela con el entorno familiar y comunitario de los sujetos de la educación; favorezcan valores solidarios a partir del debate de los modelos de vida producidos por la racionalidad individualista neoliberal; generen conciencia de que la desigualdad destruye el tejido social, empezando por la desigualdad alimentaria, educativa y de género.
La Equidad de género
La equidad implica que se replanteen los contenidos de las ciencias y humanidades en los que prevalezcan paradigmas de verdad y universalización que desconozcan la igualdad de género; que se resignifiquen los valores, creencias y prácticas que condicionan la participación de la mujer en la sociedad global de la información al cumplimiento de parámetros institucionales de rendimiento y productividad establecidos por la sociedad patriarcal tradicional; transformación de los principios filosóficos, culturales, éticos y sociales de la educación tradicional en todos sus niveles y modalidades que reproducen las desigualdades, violencia y discriminación de las mujeres de las culturas y pueblos de México.
Las instituciones educativas actúan de manera directa en la construcción de una cultura que potencialmente puede cambiar o perpetuar formas de pensamiento y acción social para mantenerlas jerarquizadas o para incidir en su transformación, permitiendo de esta forma reorientar los mecanismos que trasmiten los valores y concepciones acerca de las mujeres y los hombres.
Los conocimientos y valores sobre el medio ambiente
Permiten que las personas construyan marcos de referencia para una sociedad sustentable que impulse el desarrollo de las potencialidades de las personas en pleno vínculo con el medio ambiente. Implica la construcción de saberes prácticos y experiencias socioculturales de sustentabilidad que se desprenden de diferentes contextos, para integrar el potencial productivo, social y cultural de las comunidades en distintos planos, local, regional, nacional e internacional.
Promueve la construcción de saberes que permiten la problematización de las relaciones de producción y consumo que afectan el medio ambiente; la resignificación de las formas de apropiación y significación de los valores culturales, sociales, productivos que han contribuido a la actual crisis del medio ambiente, con el propósito de construir, individual y colectivamente, alternativas de sustentabilidad ambiental, desde una perspectiva crítica e interdisciplinaria que favorezca la solución de problemas que inciden en la sustentabilidad.
Vinculación
En la nueva economía global resulta de capital importancia la vinculación entre las IES y los sectores productivo, social y gubernamental, para que incidan en el desarrollo social y económico del país. Las acciones de vinculación son estratégicas por contribuir a la formación integral del estudiante, al incremento de las condiciones de empleabilidad y capacidad emprendedora, a la pertinencia social de la educación superior.
Rendición de cuentas
Es importante continuar con el fortalecimiento o establecimiento de mecanismos institucionales que informen el cumplimiento de compromisos sociales, la transparencia y el manejo adecuado de los recursos asignados a la institución (acreditación de PE, informes oportunos sobre el cumplimiento de indicadores de resultados, ejercicio de los recursos públicos recibidos, resultado de las auditorías externas realizadas por despachos registrados ante la Secretaría de la Función Pública, entre otras).
Problemas estructurales
Los problemas estructurales son aquellos que, de no resolverse, ponen en riesgo la viabilidad académica y financiera de la institución.
Infraestructura física
Realizar un análisis detallado del estado actual de su infraestructura física educativa, el grado de optimización del uso de los espacios físicos construidos en los últimos años, así como una proyección de sus necesidades como respuesta a su planeación académica y administrativa.
El PROFEXCE 2020-2021 debe hacer énfasis en la mejora continua de los elementos que caracterizan a una institución de educación superior reconocida por su excelencia educativa con bienestar social.
4. Autoevaluación Académica y de la gestión institucional
4.1 Análisis de la cobertura con equidad
Para contribuir a lograr una cobertura con equidad, es importante analizar aspectos en cuanto a.-
· Alcanzar una cobertura general de 50% en el 2024, favoreciendo una oferta de programas en áreas de conocimiento y niveles de estudio más equitativa por regiones del país.
· Impulsar y fortalecer las modalidades de educación abierta y a distancia y mixta que la institución oferte actualmente o que ofertarán en el futuro próximo.
· Contar con una oferta educativa con perspectiva de equidad, inclusión e interculturalidad en los contextos local y regional.
· Impulsar la educación dual.
· Fortalecer la oferta educativa y su complementariedad de la capacidad académica, así como el uso intensivo de la infraestructura de los nuevos campus y/o unidades académicas que brinden alternativas de acceso a los estudiantes excluidos.
· Analizar las acciones que se han realizado en vinculación con las instituciones de educación media superior para la planeación conjunta de la ampliación de la cobertura.
· Contar con mecanismos objetivos, equitativos y transparentes de selección y admisión de nuevos estudiantes.
· Revisar los modelos de acceso e inclusión que se han impulsado para promover su oferta educativa.
· Emprender acciones que disminuyan la deserción e incrementen la graduación.
· Impulsar los estudios de posgrado, en especial los doctorados (académicos y profesionales), a fin de lograr que los alumnos matriculados en ellos representen al menos el 10% de aquellos en licenciatura.
· Impulsar acciones para el desarrollo de un espacio común de educación superior con otras instituciones de la región o el país.
Como resultado del análisis, señalar las principales conclusiones respecto a las acciones que brindan para impulsar una cobertura con equidad, y en caso de ser incipiente, plantear en la parte de planeación, las políticas, objetivos, estrategias y acciones adecuadas para su atención.
4.2 Análisis de programas de estudios flexibles e integrales
Para lograr que los programas de estudio sean flexibles e integrales, se recomienda revisar aspectos en cuanto.-
· Programas de estudio más cortos, así como menos especializados, rígidos y enciclopédicos; con procesos y modalidades de enseñanza-aprendizaje acordes con las circunstancias y condiciones tecnológicas actuales; programas que doten al estudiante con la capacidad para aprender por sí mismo y para enfrentar nuevos retos.
· La reestructuración o transformación de los mapas curriculares a fin de asegurar su flexibilidad que permitan a los jóvenes decidir y modificar su trayectoria de estudios, y su integralidad que además del desarrollo cognitivo de los estudiantes se ocupen de su desarrollo personal y social.
· La atención y formación integral del estudiante en cuanto a conocimientos, competencias laborales, metodologías, aptitudes, actitudes, destrezas, habilidades y valores, todo ello con compromiso social.
· La inducción sobre el uso y la certificación de competencias profesionales disciplinarias.
o Establecer en los programas educativos de licenciatura aplicables las salidas laterales pertinentes, para otorgar certificados que permitan a los estudiantes que no puedan continuar con sus estudios, una oportunidad de incorporarse al mercado laboral.
· Involucrar el Aprendizaje Basado en Problemas (ABP) como uno de los métodos de enseñanza-aprendizaje para involucrar a los estudiantes en un aprendizaje autodirigido en la solución de problemas del mundo real.
Como resultado del análisis, señalar las principales conclusiones respecto a las acciones que brinda la institución para contar con programas educativos flexibles e integrales, y en caso de ser incipiente, plantear en la parte de planeación, las políticas, objetivos, estrategias y acciones adecuadas para su atención.
4.3 Análisis de enseñanzas pertinentes y en contextos reales
En este apartado se recomienda analizar los aspectos que permitirán contar con una enseñanza pertinente que atienda contextos reales:
· Las prioridades establecidas por los planes de desarrollo (institucional, estatal y nacional).
· La actualización de los profesores en los avances delos temas que imparten trátese de disciplinas, profesiones, instrumentos y tecnologías, métodos y enfoques, bibliografía y fuentes de información, y la incorporación de ellos en los procesos de enseñanza-aprendizaje.
· La actualización del profesorado en procesos e instrumentos de enseñanza aprendizaje desde diseño curricular y uso de medios hasta seguimiento y evaluación de los aprendizajes de los alumnos. En algunos casos es necesario re-enseñarles a enseñar.
· El desarrollo de proyectos relevantes en Líneas de Generación y Aplicación de conocimiento con atención a problemas regionales, estatales, nacionales e internacionales.
· El uso de los resultados de los estudios de oferta y demanda educativa (factibilidad).
· El análisis del modelo de estudio educativo vigente, sí es o no el adecuado para la formación integral del estudiante.
· El uso de los resultados de los estudios de seguimiento de egresados y empleadores.
· En materia de investigación, dar cuenta de la existencia de programas y proyectos que tengan como objeto de estudio, problemas de la realidad nacional y la búsqueda de la solución de ellos o la generación de alternativas que contribuyan a crear mayor riqueza y mejores condiciones de vida para las personas.
Como resultado del análisis, señalar las principales conclusiones respecto a las acciones que realiza la institución para impulsar enseñanzas pertinentes, y en caso de que éstas sean incipientes, plantear en la parte de planeación, las políticas, objetivos, estrategias y acciones adecuadas para su atención.
4.4 Análisis del uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación
En el presente apartado resulta importante analizar el nivel del programa de estudios aplicables que ha tenido el uso intensivo de las tecnologías de la información y comunicación en el proceso de enseñanza-aprendizaje, específicamente en el desarrollo de los siguientes temas:
· Impulso del uso de las tecnologías de comunicación e información. Revolución 4.0 y Educación 4.0.
· Adaptación de la inclusión digital en los mapas curriculares de los programas de estudio que permita a los alumnos/as acceder, usar y adaptar las tecnologías de la información a la vida cotidiana.
· Incremento del acceso a la tecnología de la información y las comunicaciones para proporcionar acceso a Internet a la comunidad universitaria.
· Comunidades en línea (programas virtuales o mixtos).
· Contenidos y objetivos de aprendizaje en línea (MOOCs).
· Seguimiento individual de alumnos/as a través de la utilización de sistemas de información.
Como resultado del análisis, señalar las principales conclusiones respecto a las acciones que realiza la institución para incorporar el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación en el proceso de enseñanza aprendizaje, y en caso de ser incipientes éstas, plantear en la parte de planeación, las políticas, objetivos, estrategias y acciones adecuadas para su atención.
4.5 Análisis de la internacionalización solidaria
Para continuar con el fortalecimiento de la internacionalización solidaria de las instituciones de educación superior, es importante analizar aspectos tales como:
· Programas educativos interinstitucionales con o sin doble titulación.
· Cursos de licenciatura y posgrado impartidos en inglés.
· Convenios de cooperación académica con universidades nacionales y extranjeras (reconocimiento de créditos, posgrados conjuntos, programas de investigación, movilidad académica de profesores y estudiantes, apoyos mutuos, cuotas diferenciadas, entre otros).
· Prácticas profesionales en empresas o instituciones extranjeras.
· Establecimiento de redes de colaboración para incrementar la movilidad y la cooperación académica nacional e internacional.
· Contribución al fortalecimiento de la capacidad de investigación en el centro de la educación en áreas estratégicas del conocimiento y fomentar la cooperación y el intercambio académico.
· Captación de fondos internacionales a través de la cooperación y el intercambio académico.
· Fomentar el manejo de la lengua e interculturización del país donde se realiza el intercambio, así como la realización de actividades extracurriculares para profesores y estudiantes extranjeros.
· Fomentar la colaboración en programas y proyectos de investigación científica y tecnológica, en donde participen estudiantes.
Como resultado del análisis, señalar las principales conclusiones respecto al impulso que la institución brinda a la internacionalización, y en caso de que ésta sea incipiente, plantear en la parte de planeación, las políticas, objetivos, estrategias y acciones adecuadas para su atención.
4.6 Análisis de la formación integral del estudiante
Analizar las acciones emprendidas por la institución que muestre el impacto en la atención y formación integral del estudiante, y en la mejora de su permanencia, egreso y titulación oportuna, en cuanto a:
· Programas de tutorías y de acompañamiento académico del estudiante a lo largo de la trayectoria escolar para mejorar con oportunidad su aprendizaje y rendimiento académico.
· Programas para que el alumno termine sus estudios en los tiempos previstos en los programas académicos y así incrementar los índices de titulación.
· Programas de apoyo para la regularización del estudiante de nuevo ingreso con deficiencias académicas, además de programas orientados a desarrollar hábitos y habilidades de estudio.
· Promoción de actividades de integración del estudiante de nuevo ingreso a la vida social, académica y cultural de la institución.
· Atención y prevención a las adicciones a través del impulso de programas de detección y canalización a los sectores especializados. Así como el fomento de actividades deportivas, artísticas y culturales.
· Simplificación de los procedimientos y de los trámites necesarios para la titulación, registro de título y expedición de cédula profesional.
· Apoyo para facilitar la transición de la educación superior al empleo o, en su caso, al posgrado.
· Realización de actividades que fomenten el aprecio por las diversas expresiones de la cultura y el arte que propicien la convivencia con los diferentes actores sociales.
· Impulsar la creación de una cultura del cuidado de la salud por medio de campañas informativas.
· Desarrollar en el estudiante capacidades para la vida, actitudes favorables para "aprender a aprender" y habilidades para desempeñarse de manera productiva y competitiva en el mercado laboral.
· Impulsar la formación de los valores democráticos, el respeto a los derechos humanos, el medio ambiente, la justicia, la honestidad y en general fomentar la ciudadanía socialmente responsable.
· Avances logrados en la permanencia, egreso y titulación oportuna.
Como resultado del análisis, señalar las principales conclusiones respecto al impulso que la institución brinda a la formación integral del estudiante, y en caso de ser limitada e insuficiente, plantear en la parte de planeación las políticas, objetivos, estrategias y acciones adecuadas para su atención.
4.7 Análisis de la vinculación académica y social
Para continuar con el fortalecimiento de la vinculación académica de las instituciones de educación superior, es fundamental analizar las acciones que la institución lleva a cabo en cuanto:
· La formación profesional universitaria a partir del servicio social, práctica profesional, estancias en
empresas.
· La formación a lo largo de la vida.- educación continua en modalidad abierta y a distancia.
· Convenios, programas y proyectos de colaboración con los sectores productivo, social y gubernamental.
· Convenios para apoyar en la Educación de Adultos con estudiantes y docentes en Servicio Social para favorecer el proceso de formación permanente de las diferentes figuras educativas de este nivel para que fortalezcan sus habilidades, conocimientos, saberes, experiencias, actitudes y valores para mejorar la práctica educativa.
· Convenios con el Nivel de Educación Básico y Medio Superior para promover el interés de las niñas y jóvenes mexicanas/os por estudiar carreras en Ciencias, Tecnología, Ingeniería, Artes y Matemáticas (STEAM, por sus siglas en inglés), como una estrategia para eliminar los estereotipos de género que limitan las posibilidades de desarrollo académico y profesional de las mujeres mexicanas, en el contexto de la cuarta revolución industrial (Industria 4.0) y educativa 4.0.
· Transferencia tecnológica, del conocimiento y de Resultados de Investigaciones.
· Servicios que la institución brinda a la sociedad (laboratorios, elaboración de proyectos, asesorías técnicas, realización de estudios, entre otros).
· Capacidad institucional para promover y dar seguimiento a la vinculación (marco normativo, Consejo Institucional de Vinculación, oficina y gestores de vinculación, así como elaboración de catálogos de servicios).
· Acciones de difusión de la cultura y extensión de los servicios que ha realizado la institución para estrechar sus lazos con las comunidades locales, con las empresas, con organizaciones de la sociedad civil y con los diferentes niveles de gobierno.
· Programas comunitarios de servicio social que realizan los/as estudiantes.
· Análisis del posicionamiento de la universidad en materia de vinculación, con los sectores público, social y privado.
· Avances de la implementación del Modelo Mexicano de Formación Dual.
· Esquemas y modelos de desarrollo de negocios y centros de negocios.
· Fortalecimiento de la capacidad de investigación participativa en áreas estratégicas del conocimiento.
Como resultado del análisis, señalar las principales conclusiones respecto a las acciones que la institución realiza sobre el tema de la vinculación académica, y en caso de ser limitada e insuficiente plantear, en la parte de planeación, las políticas, objetivos, estrategias y acciones adecuadas para su atención.
4.8 Análisis de la igualdad de género universitaria
Las instituciones educativas actúan de manera directa en la construcción de una cultura que potencialmente puede cambiar o perpetuar formas de pensamiento y acción social para mantenerlas jerarquizadas o para incidir en su transformación, permitiendo de esta forma reorientar los mecanismos que trasmiten los valores y concepciones acerca de las mujeres y los hombres enfocados a erradicar la violencia contra las mujeres.
Para fortalecer esta tarea y con base en la información con que cuenta la institución y los estudios realizados, considerar para el análisis sobre el tema de la igualdad de género los siguientes aspectos:
· Programas Educativos actualizados con enfoques centrados en promover la igualdad de género.
· Existencia de diagnósticos, estudios y/o investigaciones sobre la igualdad de género.
· Elaborar un protocolo de atención institucional para los casos relacionados con violencia de género, hostigamiento sexual y acoso sexual.
· Normativa universitaria actualizada con perspectiva de género.
· Deserción de alumnas y alumnos a causa de embarazo no planeado o debido al cuidado de menores de edad.
Como resultado del análisis, señalar las principales conclusiones respecto a las acciones que se han realizado para impulsar la igualdad de género, y en caso de ser incipiente, plantear en la parte de planeación las políticas, objetivos, estrategias y acciones adecuadas para su atención.
4.9 Análisis de la capacidad y competitividad académicas
Capacidad académica
Con base en la información con que cuenta la institución y la información proporcionada por la SES (nivel de habilitación de la planta académica, PTC con perfil deseable, PTC adscritos al SNI, evolución de los CA), se recomienda llevar a cabo un análisis profundo de cada uno de los elementos que integran actualmente la capacidad académica de la institución, cuyos resultados sirvan de insumo al proceso de actualización de la planeación institucional y de las DES, y con ello continuar propiciando su fortalecimiento (ver Anexo II A).
Por lo que es recomendable realizar el análisis en cuanto a:
· Análisis del programa de formación, capacitación y actualización del personal académico (talleres, cursos y diplomados sobre métodos didácticos, tutorías, enfoques centrados en el aprendizaje del estudiante, modelo educativo, entre otros) y su impacto en la formación integral de los/as estudiantes.
· Que acciones se ha realizado para la revisión de los criterios de la planta académica y el impulso a la investigación científica, humanística y tecnológica para mantenerlos en el SNI y PRODEP.
· Que políticas se han impulsado para el mejoramiento de la calidad y profesionalización de la planta académica para que facilite el acceso al financiamiento o la capacidad de producción científica en forma equitativa en la institución.
Como resultado final del análisis de los principales problemas que han impedido una evolución favorable de los indicadores, se deberán presentar las principales conclusiones de los impactos de la capacidad académica en la calidad de los programas educativos, así como la eficacia de las políticas y estrategias implementadas.
Competitividad académica
Con base en la información con que cuenta la institución y la información proporcionada por la SES (evolución del número de PE de TSU y Licenciatura de calidad, porcentaje de matrícula de TSU y Licenciatura reconocidos por su calidad, PE de posgrado de calidad, porcentaje de matrícula en PE de posgrado de calidad, evolución del porcentaje de egresados registrados en la Dirección General de Profesiones (DGP), resultados de la aplicación de examen de egreso EGEL y/o EGETSU aplicados por el CENEVAL) asociados a los PE, realizar un análisis profundo de los elementos que integran la competitividad académica del conjunto de la institución y a nivel de sus DES, e identificar las fortalezas y los principales problemas que han impedido, en su caso, el reconocimiento de la calidad de los PE. Los resultados del análisis permitirán realizar inferencias para formular el proceso de planeación y de mejora continua del funcionamiento institucional (ver Anexo II B).
Por lo que es recomendable realizar el análisis en cuanto a:
· Resultado de la aplicación de los exámenes EGEL y/o EGETSU aplicados por el CENEVAL.
· La competencia de los programas educativos en el marco internacional.
· Oferta educativa de posgrado con pertinencia e impacto en el bienestar social.
· Impulso en las políticas de responsabilidad social y acreditación con Normas de Certificación nacionales e internacionales.
Como resultado final del análisis de los principales problemas que han impedido una evolución más favorable de los indicadores, se deberá presentar las principales conclusiones de los impactos reflejados en el ámbito de la competitividad académica, así como de la eficacia de las políticas y estrategias implementadas.
4.10 Análisis de la evaluación de la gestión
Es importante que, en el marco de la gestión, la institución realice un análisis explícito y jerarquice los principales avances en los procesos de mejora de la gestión y, el impacto que han tenido en la mejora de los servicios académicos y de la gestión institucional y los principales rezagos de los temas que se proponen a continuación:
· Análisis de los cambios realizados al marco normativo de la institución (Ley Orgánica, Estatutos y Reglamentos Internos) y su impacto en la gobernabilidad de la universidad.
· Análisis de la estructura organizacional académica (modelo académico).
· Análisis de la planeación institucional (modelo de planeación).
· Análisis de la infraestructura de la conectividad institucional y sistemas de información, en cuanto a:
ü Operación de los sistemas de información y generación de indicadores académicos y de gestión a partir de los sistemas de información con que cuenta la institución.
ü Funcionamiento y operación de la red institucional de información.
· Análisis sobre el desarrollo de la cultura artística y deportiva y la prevención a las adicciones.
· Análisis sobre la evolución de la certificación de los procesos estratégicos (recursos humanos, financiero, administración escolar y bibliotecas), en cuanto a los siguientes puntos:
ü Evolución y beneficios de la certificación (ISO 9001, 14001, 21001 entre otras) de los procesos estratégicos certificados en los últimos tres años
ü Debilidades de la certificación.
· Situación que guarda la acreditación institucional (CIEES) a nivel nacional e internacional.
· Rendición de cuentas y transparencia institucional. La existencia de una página web para dar acceso a toda la información de la institución (total de plantilla de base y confianza; salarios de los funcionarios; subsidios ordinarios y extraordinarios recibidos y ejercidos por año, presupuesto asignado a las dependencias universitarias, campus, entre otros).
· La realización de auditorías externas practicadas por despachos contables prestigiados certificados y la publicación de los resultados.
· La existencia y funcionamiento de contralorías sociales.
· La publicación de los estados financieros auditados y aprobados por el máximo órgano de gobierno universitario.
Como resultado del análisis, señalar las principales conclusiones respecto a los temas antes planteados, y en caso de requerirse, formular en la parte de planeación de la gestión, las políticas, objetivos, estrategias y acciones adecuadas para su correcta atención.
4.11 Análisis de los problemas estructurales
En este tema del proceso de autoevaluación de la gestión institucional, es importante que se realice un análisis de los principales problemas estructurales, cuáles han sido atendidos y en su caso, qué obstáculos existen aún y que incidencia han tenido en el fortalecimiento de la calidad educativa y como su falta de atención puede frenar la vida académica de las instituciones. En este sentido, para dar sustento a las acciones realizadas para la atención de los problemas estructurales de la institución, resulta necesario llevar a cabo una actualización y una revisión continua de la normativa institucional.
Como resultado del análisis, señalar las principales conclusiones respecto a los temas antes planteados, y en caso de requerirse, proponer en la parte de planeación de la gestión, las políticas, objetivos, estrategias y acciones adecuadas para su correcta atención.
4.12 Análisis de la capacidad física instalada
Es importante que, en el marco de la gestión, la institución realice un análisis detallado de su capacidad física instalada, su grado de utilización, así como los requerimientos a futuro, con el propósito de sustentar adecuadamente, el proyecto integral de infraestructura física.
En el marco del análisis de la capacidad física instalada se requiere:
· Elaborar un diagnóstico de la situación actual de la capacidad física instalada y el grado de optimización de su uso.
· Identificar los problemas y áreas de oportunidad.
· Elaborar un análisis de las obras en proceso, sus causas de demora y acciones para su conclusión. Se sugiere utilizar el Anexo III.
· Presentar la Visión al 2024 respecto de la Infraestructura Física Educativa.
· Establecer las estrategias, políticas y acciones para cumplir con la visión al 2024.
Con base en esta información, presentar el Proyecto Integral de Infraestructura Física, de conformidad con la Guía que se presenta en el Anexo IX y X.
4.13 Síntesis de la autoevaluación académica y de la gestión institucional
Una vez formuladas las conclusiones en la autoevaluación académica y de la gestión, es conveniente identificar y priorizar las principales fortalezas y problemas con el propósito de sustentar la actualización de la planeación (revisión y actualización de objetivos, políticas, estrategias y proyectos) que dé lugar al PROFEXCE 2020-2021.
Para llevar a cabo lo anterior, se deberá presentar la priorización en el cuadro que aparece en el Anexo IV.
5. Actualización de la planeación académica y de la gestión institucional
Se recomienda que una vez realizada la fase de autoevaluación y tomando en consideración la misión y visión de la institución en el marco del PROFEXCE, se diseñen, fortalezcan o actualicen, en su caso, políticas, objetivos, estrategias y acciones debidamente articuladas(2) para fortalecer los puntos de énfasis que se analizaron en la autoevaluación académica y de la gestión institucional que permita la mejora continua e integral de la calidad académica para alcanzar los indicadores comprometidos en el marco del PROFEXCE.
Considerando la misión y visión institucional
· Misión.
· Visión al 2030.
Plantear políticas, objetivos, estrategias y acciones de mejora de la calidad de los servicios académicos y de la gestión institucional, por ejemplo:
· Mejorar la cobertura con equidad.
· Contar con programas de estudio flexibles e integrales.
· Impulsar enseñanzas pertinentes y en contextos reales.
· Impulsar el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación.
· Impulsar la internacionalización solidaria.
· Mejorar la atención y formación integral del estudiante.
· Mejorar y/o fortalecer la vinculación académica y social.
· Fomentar la igualdad de género universitaria.
· Mejorar y/o fortalecer la capacidad y competitividad académica.
· Fortalecer la evaluación de la gestión institucional.
· Atender los problemas estructurales.
· Aprovechar la capacidad física instalada y la consolidación de los espacios ya existentes.
Indicadores de calidad académica
En esta fase de formulación del PROFEXCE se deberán plantear los valores de los indicadores académicos y de la gestión más importantes, que permitan reflejar el nivel de consolidación académica para los años 2020, 2021 y 2022, a los cuales se les dará seguimiento en su cumplimiento a través de los informes trimestrales académicos.
Para el establecimiento de los principales indicadores se deberá utilizar el formato que aparece en el Anexo V y que se encuentra debidamente sistematizado en el módulo de captura en línea del sistema de información de la DFI, en donde además se deberá calendarizar el avance trimestral que tendrá cada uno de los indicadores de calidad.
6. Estructura para formular el documento PROFEXCE 2020-2021
I. Descripción del proceso llevado a cabo para la formulación del PROFEXCE 2020-2021 (3 Cuartillas)
· Describir el proceso mediante el cual se llevó a cabo el ejercicio de planeación estratégica académica y de la gestión institucional en el conjunto de la institución y que dio lugar a la formulación del PROFEXCE.
· Mencionar los nombres de los profesores-investigadores, CA, funcionarios, personal de apoyo, etc., que intervinieron activamente en dicho proceso y, en su caso, los órganos colegiados.
II. Autoevaluación Institucional. (50 cuartillas)
· Seguimiento académico.
o En esta sección se deben consignar las conclusiones de las reflexiones propuestas en la fase de autoevaluación académica, presentando los resultados del análisis de cada uno de los apartados que conforman este ámbito.
· Seguimiento de la gestión.
o En esta sección se deben consignar las conclusiones de las reflexiones propuestas en la fase de autoevaluación de la gestión institucional, presentando los resultados del análisis de cada uno de los apartados que conforman este ámbito.
III. Políticas de la institución para formular el PROFEXCE y los proyectos de la gestión y de las DES (5 cuartillas)
· En esta sección se deben describir las políticas que estableció la institución para impulsar la formulación del PROFEXCE y de los proyectos de la gestión y de las DES.
IV. Actualización de la planeación en el ámbito institucional. (10 cuartillas)
· En esta sección se debe incluir:
ü La Misión institucional.
ü La Visión institucional a 2030
ü Los objetivos estratégicos para el periodo 2020-2022.
ü Las estrategias y acciones para el cumplimiento de los objetivos estratégicos, alcanzar los indicadores y atender las áreas débiles identificadas en la autoevaluación del PROFEXCE 2020-2021. Plantear estrategias y acciones para atender los énfasis que contempla la presente Guía.
ü Indicadores 2020-2021 (Anexo V).
V. Valores de los indicadores institucionales a 2018 ... 2022.
· Llenar la tabla mostrada en el Anexo VI de esta Guía.
VI. Formulación de los proyectos de la Gestión.
· Los proyectos deben constituir un planteamiento congruente y articulado.
· Cada proyecto integral de la gestión deberá contener una justificación y como máximo cuatro objetivos particulares, tres metas académicas por objetivo particular y dos acciones articuladas por meta con sus respectivos recursos debidamente priorizados y calendarizados.
· Cada proyecto integral de la gestión debe incidir transversalmente en el cumplimiento de los énfasis establecidos por la institución, por lo cual, los problemas y fortalezas detectados en la síntesis de la autoevaluación académica institucional deberán responder a la síntesis de la planeación institucional (Indicadores de Calidad).
· Los proyectos que pueden presentarse en el ámbito de la gestión se refieren a la atención integral de.- 1) los problemas comunes de las DES que deban ser atendidos a nivel institucional, 2) los problemas de la gestión, 3) la igualdad de género, 4) la adecuación, remodelación, equipamiento y/o atención de Estancias Infantiles o Guarderías y 5) las necesidades de adecuación, construcción de espacios físicos y la consolidación de los espacios ya existentes.
VII. Descripción de la consistencia del impacto institucional de los proyectos propuestos para el periodo 2020-2021, con el proceso de planeación académica y de la gestión institucional.
VIII. Conclusiones.
7. Estructura para formular el documento de la DES en el marco del PROFEXCE 2020-2021
I. Autoevaluación en el ámbito de la DES. (15 cuartillas)
· En esta sección se deben consignar las conclusiones de las reflexiones propuestas en la fase de autoevaluación académica de la DES, presentando los resultados del análisis de cada uno de los apartados que conforman este ámbito a nivel de la DES.
II. Valores de los indicadores de la DES y de los PE a 2018 ... 2022.
· Llenar la tabla mostrada en el Anexo VI de esta Guía correspondiente a la DES.
III. Formulación del proyecto integral.
· Los proyectos deben constituir un planteamiento congruente y articulado.
· Cada proyecto integral deberá contener una justificación y como máximo cuatro objetivos particulares, dos metas académicas por objetivo particular y dos acciones articuladas por meta con sus respectivos recursos debidamente priorizados y calendarizados.
· Cada proyecto integral debe incidir transversalmente en el cumplimiento de los énfasis, por lo cual, los problemas y fortalezas detectados en la síntesis de la autoevaluación académica institucional y de la DES deberán responder a la síntesis de la planeación institucional (Indicadores de Calidad).
IV. Conclusiones
8. Características de los proyectos integrales de las DES
Las DES presentarán un proyecto que atienda integralmente la problemática identificada a partir de un ejercicio de autoevaluación, para que aprovechen las fortalezas y mejoren las debilidades de las DES para el fortalecimiento de la capacidad y competitividad académicas. Un proyecto de esta naturaleza demanda un amplio trabajo colaborativo y la articulación de esfuerzos que faciliten el logro de los objetivos planteados en el proyecto y el cumplimiento de los indicadores de las DES e institucionales, a partir del uso óptimo de los recursos.
La prioridad de los objetivos particulares deberá ser definida por las DES con base en la contextualización que realicen a nivel institucional y las prioridades de su Programa de Desarrollo.
Cada uno de los objetivos particulares del proyecto debe contener como máximo, dos metas académicas y dos acciones articuladas por meta, especificando los recursos solicitados que en el detalle, en algunos casos, no sean tan pocos que quedan planteados de manera muy general, pero que a su vez no sean tantos que lo hagan demasiado específico y extenso y que además deberán estar debidamente priorizados(3) y calendarizados.
A continuación, se presenta a manera de ejemplo los temas que pueden abordarse en los objetivos particulares del proyecto integral académico:
Atención a la infraestructura básica para el desarrollo del trabajo de los CA. |
Incremento del número de profesores con perfil deseable y los adscritos al SNI/SNCA. |
Proyectos de vinculación ligados a las LGAC establecidas por los cuerpos académicos. |
Movilidad del profesorado en estancias cortas de investigación. |
Capacitación y actualización de los docentes en los procesos de enseñanza aprendizaje. |
Atención a las recomendaciones de los CIEES y los organismos reconocidos por el COPAES. |
Mejorar los resultados del EGEL. |
Garantizar la pertinencia de los PE incorporando los resultados de los estudios de seguimiento de egresados y empleadores. |
Fortalecer la vinculación con los sectores sociales. |
Impulsar la movilidad estudiantil nacional e internacional. |
Incrementar las tasas de egreso, titulación y graduación. |
Impulsar la innovación. |
Estudios de trayectoria estudiantil. |
Implementación de programas de tutoría. |
Fomento a la educación en valores. |
Servicio social. |
Práctica profesional y normativa estudiantil. |
Apoyo para el EGEL y el examen de trayectoria "a medio camino". |
Fomento a las actividades culturales y deportivas. |
Fomento de la educación ambiental y cuidado de la salud. |
Atención y prevención de las adicciones. |
Para capturar el proyecto integral es necesario utilizar el módulo de captura del sistema electrónico que disponga la Dirección de Fortalecimiento Institucional, dependiente de la Dirección General de Educación Superior Universitaria.
El equipamiento debe considerase como un medio para lograr metas académicas, por tal motivo, deberá justificarse en términos de compromisos académicos.
Las necesidades de las DES en materia de construcción y adecuación de espacios físicos deben incorporarse al proyecto de infraestructura educativa. Así mismo, las necesidades de las DES sobre perspectiva de género, deben de incorporarse para su gestión en el proyecto relacionado con este tema.
En el proyecto integral de cada DES, no deberán presupuestarse las solicitudes de nuevas plazas y becas para la formación de profesores, estos requerimientos deben canalizarse al Programa para el Desarrollo Profesional.
Es necesario que el proyecto integral que presenten las DES, sea consecuencia de la planeación institucional articulando las fases de autoevaluación institucional, definición de políticas, objetivos, estrategias, metas y líneas de acción. Debe ser claro el impacto que tendrá en la atención a los principales problemas y en el aprovechamiento de las fortalezas para lograr la calidad educativa institucional.
9. Características de los proyectos de gestión institucional
En atención al punto del PROFEXCE 2020-2021 (bienal) que se refiere a la articulación de políticas, objetivos, estrategias, metas y proyectos, para atender los principales problemas identificados y aprovechar sus fortalezas; será necesario que los proyectos que presente la institución en el ámbito de la gestión, sean el resultado de esa articulación y la contextualización de sus problemas y fortalezas que resultaron del ejercicio de autoevaluación realizado a nivel de cada DES.
En el ámbito de la gestión se podrán presentar un máximo de cinco proyectos.- uno enfocado a la atención de los problemas comunes a las DES que deban ser atendidos a nivel institucional; otro cuyo objetivo sea atender integralmente la problemática identificada en la autoevaluación de la gestión; el tercero que fomente la igualdad de género; un cuarto para la adecuación, remodelación y/o equipamiento de Estancias Infantiles y Guarderías; un quinto que atienda las necesidades de adecuación y construcción de espacios físicos que será financiado a través del Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM).
El quinto proyecto debe formularse de acuerdo con los requisitos y formato contenidos en los Anexos IX y X de esta Guía.
Los proyectos de problemas comunes de las DES y de la gestión deberán contener un objetivo general, una justificación y derivado de éstos, como máximo cuatro objetivos particulares, tres metas de gestión por objetivo particular y dos acciones articuladas por meta, especificando los recursos solicitados que en el detalle, en algunos casos, no sean tan pocos que queden planteados de manera muy general, pero que a su vez no sean tantos que lo hagan demasiado específico y extenso, y que además deberán estar debidamente priorizados(4) y calendarizados.
Los proyectos que atiendan problemas comunes de las DES, de la gestión, de igualdad de género y de estancias infantiles o guarderías deben capturarse en el Módulo de Captura del sistema electrónico que la Dirección de Fortalecimiento Institucional disponga para tal fin.
Igualdad de género
Los proyectos de igualdad de género y Estancias Infantiles y Guarderías se formularán ambos considerando un objetivo particular, con sus respectivas metas, acciones y recursos.
Los proyectos que se enmarcan en este rubro, se formularán de acuerdo a los criterios establecidos en el Anexo VII.
Infraestructura física
El Proyecto Integral de Infraestructura Física deberá presentarse de conformidad con lo establecido en la Guía que se presenta en los Anexos IX y X.
10. Criterios de evaluación
Para garantizar la imparcialidad, objetividad, calidad y transparencia, la DGESU conformará Comités de Evaluación que dictaminarán integralmente el documento de planeación estratégica participativa PROFEXCE 2020-2021 y sus proyectos asociados, en donde se valorará.- la calidad, el grado de consistencia interna y la
factibilidad para el logro de sus metas.
Es imprescindible que en la fase de actualización de la planeación se atienda el propósito de fortalecer la capacidad y la competitividad académicas y de manera especial en los énfasis abordados en la presente Guía.
Los proyectos integrales deberán:
· Incidir significativamente en el fortalecimiento de la capacidad y competitividad académicas a partir de los énfasis que se incorporan en este proceso de planeación.
· Consolidar las fortalezas y aprovecharlas en la solución de los problemas identificados en el ámbito de la institución.
· Contribuir de manera significativa al cumplimiento de los indicadores de calidad institucionales.
· Mostrar que sus metas sean congruentes, con la misión, visión, objetivos y las políticas de la institución, así como la factibilidad de su realización.
· Contener de manera explícita la priorización de metas, acciones y recursos asociados y su calendarización.
· Contener objetivos particulares que estén justificados con base en los resultados de un diagnóstico objetivo de la capacidad académica y su relación con la competitividad respectiva y la gestión institucional, realizada en la fase de autoevaluación.
En el proceso de evaluación de los proyectos se considerará de manera importante su carácter integral. Es decir, la atención holística de los problemas de la DES o de la gestión, la incorporación en un mínimo de objetivos particulares de las diversas situaciones a atender evitando redundancias y dispersiones, buscando la complementariedad y las soluciones sinérgicas.
El PROFEXCE 2020-2021 y sus proyectos asociados constituyen un planteamiento integral y de esa manera serán dictaminados por los Comités de Evaluación. Se pondrá particular atención a la forma en que el PROFEXCE pueda impactar en la excelencia de la educación superior universitaria.
Cada Comité de Evaluación asentará en las actas respectivas el resultado de la dictaminación, que aporta elementos fundamentales para la asignación de recursos en los ejercicios fiscales, con base en la combinación de los puntajes alcanzados en los documentos establecidos en la Guía PROFEXCE, así como las observaciones que sustenten su dictamen, con el nombre y la firma de cada uno de ellos.
En el proceso de evaluación, los titulares de las Instituciones de Educación Superior deberán realizar una defensa de su documento PROFEXCE ante el Comité de Pares Académicos que se conforme para tal propósito.
La DGESU dará a conocer a las IES el resultado de la evaluación de su documento de planeación estratégica participativa PROFEXCE y sus proyectos asociados, así como los criterios para presentar sus propuestas de réplica, una vez concluido el proceso de dictaminación.
El resultado de los documentos con evaluación favorable es definitivo, mientras que los documentos evaluados no favorablemente y que cumplan con los criterios para presentar propuesta de réplica, se someterán a una nueva evaluación.
11. Criterios para presentar las propuestas de réplica
Las IES tendrán derecho de réplica de los resultados de la evaluación del PROFEXCE, específicamente de aquellas propuestas que en el subrubro que se denominará de "cierre", hayan obtenido una calificación en los escenarios 1 ó 2.
Las réplicas que procedan serán reevaluadas por los Comités de Evaluación, que asentarán en actas los resultados, y éstos serán definitivos e inapelables; es decir, el resultado de la evaluación de la réplica será el resultado final, de ninguna manera se hará una combinación de resultados entre la evaluación inicial y la réplica.
De la réplica:
· A partir de que la institución reciba los resultados de la evaluación vía electrónica, si fuese el caso, cuenta con cinco días hábiles para presentar la solicitud de réplica y los documentos que la sustenten, a la Dirección de Fortalecimiento Institucional.
· El oficio de la solicitud deberá dirigirse por escrito a la/el Titular de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, en dos copias impresas y una electrónica.
· Las solicitudes de réplica deberán contener un texto, presentado en formato libre, donde apelan la calificación emitida por el Comité Académico de Evaluación y ofrecen los argumentos con base en la información de los documentos que conforman el PROFEXCE 2020-2021 presentada originalmente
(no se aceptará información complementaria), que sustente su inconformidad.
· La evaluación de la réplica no requiere de la presencia del titular de la institución.
· La DGESU dará a conocer a las IES el resultado de la evaluación de la réplica, una vez concluido el proceso de dictaminación correspondiente.
12. Criterios para la asignación de recursos
En atención a las Reglas de Operación del programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa (PROFEXCE), la asignación de recursos se hará con base en:
· La disponibilidad presupuestal del programa.
· El dictamen de la evaluación y, en su caso, de la réplica, según sea el caso, del documento de planeación estratégica participativa PROFEXCE 2020-2021 y sus proyectos asociados por los Comités de Pares Académicos de Evaluación.
· La dimensión y desarrollo de la matrícula de calidad en cada IES evaluada favorablemente.
· El cumplimiento trimestral académico y financiero establecido en los proyectos asociados apoyados en el ejercicio fiscal anterior, relacionado con la evolución de los indicadores de calidad.
13. Criterios para la entrega-recepción del documento PROFEXCE 2020-2021
1. La fecha de entrega de los documentos que conforman la propuesta PROFEXCE 2020-2021, se llevará a cabo del 21 al 25 de octubre de 2020, el día y hora se comunicará oportunamente a cada institución por parte de la DGESU.
2. El Documento institucional se presentará en carpeta de tres argollas, en dos tantos impresos. conforme al contenido establecido en el apartado 6.- Estructura para la formulación del documento PROFEXCE 2020-2021 de la Guía PROFEXCE 2020-2021. Deberá tener índice de su contenido, con una numeración consecutiva y separadores por cada apartado que conforme el documento.
3. Los documentos de las DES asociados al PROFEXCE 2020-2021, se recibirán individualmente en carpetas de tres argollas, en dos tantos impresos.
4. Los proyectos de las DES deberán incluir en la carpeta de tres argollas, el análisis de la autoevaluación académica que lleven a cabo a partir de un ejercicio de planeación estratégica participativa, que permita contextualizar la priorización y atención de sus principales problemas y fortalezas.
5. Las DES que presenten proyectos deberán estar registradas ante la Dirección de Superación Académica y contar con el oficio de notificación de registro que emite esta Dirección.
6. Sólo se recibirá el PROFEXCE 2020-2021 y los proyectos de los cuatro primeros proyectos de la Gestión y de las DES que contengan los Indicadores de Resultados respectivos, y que el quinto proyecto no requiere asociarle indicadores.
7. Los proyectos de la gestión deberán presentarse individualmente en carpeta de tres argollas cada uno, en dos tantos impresos, siguiendo las presentes especificaciones:
a. Los proyectos de los problemas comunes de las DES y problemas de la Gestión no deberán de presentar ningún tipo de anexo.
b. Los proyectos de Igualdad de Género deberán presentar de acuerdo al tipo de proyecto la siguiente documentación:
· Proyectos de capacitación.- El diseño del plan de capacitación.
· Proyectos de Transversalización.- El estudio diagnóstico institucional de género y la estrategia de género.
c. Los proyectos de Guarderías Infantiles deberán presentar los siguientes documentos:
· El Análisis de la problemática presentada por la IES para crear u operar una guardería.
· El documento mencionado en el Anexo 1 de los Lineamientos que se encuentran en la Guía PROFEXCE 2020-2021.
· La totalidad de los documentos normativos:
o Constancia de registro de incorporación al Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia;
o Aviso de funcionamiento y aviso de responsable sanitario;
o Copia legible del documento emitido por la autoridad competente en materia de protección civil que avale que el inmueble ocupado o propuesto para la Estancia y/o Guardería Infantil, según sea el caso, no se encuentra ubicado a menos de 50 metros de áreas que representen un alto riesgo, de acuerdo a lo previsto por la legislación en materia de Protección Civil;
o Dictamen estructural vigente.
o Programa Interno de Protección Civil vigente,
o Documentación que acredite que los Responsables de la Guardería Infantil cuentan con:
§ La certificación vigente en el Estándar de Competencia EC0435 o en el Estándar de Competencia EC0024 vigente.
§ Estudios mínimos de bachillerato o carrera afín al Servicio de Cuidado y Atención Infantil.
o Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil y Daños a Terceros vigente que maneje como beneficiarios a las niñas y niños asistentes a la Guardería Infantil
o Reglamento Interno de la Guardería Infantil actualizado.
· Los siguientes planos arquitectónicos:
o Plantas, cortes y fachadas, con escala 1:75 o 1:100, dependiendo de la magnitud del proyecto, con calidades de línea, impreso en papel bond, tamaño 0.90 m x 0.60 m y acotado. Se colocará solapa o pie de plano con todos los datos.- Nombre de la universidad, ubicación de la obra, área de terreno y construcción, escala, cotas, croquis de localización y nombres del proyectista, de quien revisa y autoriza el proyecto y firmas de todos los anteriores.
o Perspectiva o render del proyecto en formato libre.
8. Los proyectos de remodelación, construcción y/o equipamiento de Estancias Infantiles o Guarderías, siempre y cuando se apeguen a los criterios establecidos en los lineamientos que acompañan a esta Guía.
9. El Proyecto Integral de Infraestructura Física deberá cumplir con los requisitos establecidos en esta Guía y presentarse en carpeta por separado, debidamente identificada y numerada y con la documentación soporte que se señala en los Anexos IX y X, así como en soporte electrónico (USB) debidamente identificado.
10. Adicionalmente a lo anterior, a continuación se presentan las características que deben reunir los documentos:
ü Presentar un índice y numerar sus páginas en forma continua (no iniciar la numeración en cada apartado o sección).
ü Contener separadores por apartado o sección.
ü Respetar la extensión establecida (número de cuartillas).
ü Presentarlos en carpetas de tres argollas (no se recibirán engargolados).
ü Presentar dos tantos impresos del documento PROFEXCE 2020-2021.
ü Dos memorias USB con el contenido del PROFEXCE 2020-2021 y sus proyectos con las siguientes características:
a. Documento PROFEXCE 2020-2021 en formato Word y PDF, que no contengan elementos multimedia.
b. Documentos de autoevaluación de cada DES y sus proyectos asociados en formato Word y PDF, sin contenido multimedia.
c. Anexo III (Reporte de las causas de la demora en las obras apoyadas) de la Guía PROFEXCE.
ü Una memoria USB que contenga en formato electrónico, el proyecto de Igualdad de Género, así como los archivos listados en el inciso b), punto 7.
ü Una memoria USB que contenga en formato electrónico el proyecto de Estancia Infantil o Guardería, así como los archivos señalados en el inciso c), punto 7.
ü Los archivos de texto deben estar en formato Word y todas las tablas descritas en los Anexos que aparecen en esta Guía, deben capturarse en el sistema de información de la DFI, conforme a lo siguiente:
a) Los archivos electrónicos deberán estar claramente ordenados bajo un índice y con nombres que permitan su rápida ubicación;
b) Los archivos de texto deben estar en formato Word;
c) Las tablas deben presentarse en formato Excel;
d) Los proyectos integrales deben presentarse conforme a lo establecido en la Guía metodológica PROFEXCE 2020-2021;
e) Los archivos no deben tener claves de acceso y las versiones que contengan las USB deben coincidir con la versión impresa.
f) El Anexo de los indicadores básicos deberá cargarse en el Sistema DFI, a nivel institucional y por cada una de las DES, incluyendo los PE.
g) Los formatos de indicadores básicos a nivel de PE no deberán imprimirse para incorporar su incorporación al documento de las DES.
11. El documento PROFEXCE 2020-2021 (documento institucional, de las DES y anexos) deberá convertirse en formato PDF y no debe contener elementos multimedia para que sea cargado al Módulo Electrónico de Evaluación del sistema de información de la DFI, previo a la fecha de entrega-recepción de la versión física de los mismos (el contenido de ambas versiones debe ser la misma); y los proyectos de la gestión y de las DES serán capturados en el módulo específico del sistema antes referido.
14. Conceptos que no apoya la SEP en el marco del PROFEXCE
A continuación, se presenta el listado de los conceptos de gasto o rubros que no pueden adquirirse con los recursos que se asignen a través del PROFEXCE:
1. Becas, apoyos de transporte y viáticos para realizar estudios de posgrado de PTC (Solicitarse a través del PRODEP).
2. Apoyo de transporte y viáticos a evaluadores/as para realizar acreditaciones de programas educativos de licenciatura por parte de los organismos acreditadores reconocidos por el COPAES, o en su caso, para el personal de organismos certificadores de procesos de gestión.
3. Becas para estudiantes de nivel TSU, licenciatura y posgrado (quienes aspiren a una beca de licenciatura deben canalizarse al Programa respectivo y para posgrado deberán cursar un programa de este nivel inscrito en el Programa Nacional de Posgrado de Calidad, PNPC).
4. Compensaciones salariales, estímulos económicos, sobresueldos al personal académico y administrativo que labora en la IES. Solo se autoriza el pago de sueldos bajo el régimen de honorarios, no asimilables a salarios, en los proyectos de estancias infantiles y/o guarderías.
5. Muebles para oficinas administrativas.
6. Obsequios de cualquier índole y para cualquier tipo de evento que organice la IES.
7. Medicamentos que no tengan relación con los programas educativos que se imparten en la IES (solo se autorizan para la DES de Salud).
8. Vehículos (terrestres, acuáticos y aéreos).
9. Contratación de base de datos, libros y revistas electrónicas (éstos se deben solicitar a través del Consorcio Nacional de Recursos de Información Científica y Tecnología, CONRICyT).
10. Gastos de operación tales como (agua, luz, telefonía fija y móvil, internet, mensajería y papelería), así como el mantenimiento de vehículos terrestres, acuáticos y/o aéreos.
11. Cafetería de oficina y/o de eventos.
12. Publicidad y promoción de programas educativos de licenciatura y posgrado (spots de radio, pancartas, posters).
13. Plazas de personal académico y administrativo que labora en la IES.
14. Publicaciones de libros y revistas no arbitradas.
15. Registros de patentes. (solicitarse a través del PRODEP).
16. Reconocimientos y estímulos para estudiantes.
17. Transporte, hospedaje y alimentación para firma de convenios.
18. Renta de espacios y mobiliario de la propia institución para la realización de eventos académicos.
19. Pago de personal de la institución y externo, para llevar a cabo presentaciones musicales, artísticas, teatrales, así como personal de seguridad (solo se apoyan las actividades relacionadas con el plan de estudios de programas educativos de artes).
20. Pago de peajes y combustible para personal administrativo.
21. Pago de propinas.
22. Pago para certificación de idiomas extranjeros.
23. Transporte, hospedaje y alimentación para establecer redes de colaboración.
24. Consultorías y asesorías sobre normas de calidad.
25. Membresías para asociaciones sin relación con los programas educativos.
26. Servicios de diseño de páginas web.
27. Seguros de viaje.
28. Pago de Impresión de tesis para alumnos de posgrado.
29. Certificaciones para docentes en su área disciplinar.
30. Desarrollo de software para control de proyectos institucionales.
31. Viáticos (hospedaje, alimentación y transporte) a estudiantes para la asistencia a ferias de libro.
32. Pago de servicios profesionales a intérpretes del lenguaje a señas.
33. Pago de inscripción a organismos para el desarrollo de internet.
34. Los siguientes conceptos se deberán solicitar a través de proyectos formulados en el marco del FAM:
EQUIPO DE AUDIO Y VIDEO | OBSERVACIONES |
Proyectores | Para el equipamiento de salones de clase, aulas interactivas, aulas de usos múltiples, aulas magnas, salas de juicios orales, auditorios, teatros. |
Pizarrones Interactivos | Se apoyara a través de FAM cuando su uso esté destinado a salones de clases, aulas interactivas, aulas de usos múltiples. |
MOBILIARIO | OBSERVACIONES |
Mesa bancos | Para el equipamiento de salones de clases o sustitución del ya existente. |
Butacas | Para auditorios y aulas magnas |
Lockers | Se apoyara por FAM cuando su usó esté destinado exclusivamente para Talleres, Laboratorios, Bibliotecas. |
Lámparas | Únicamente para proyectos técnicos sustentables |
EQUIPO DE LABORATORIO | OBSERVACIONES |
Mesas de laboratorio | |
OTROS | OBSERVACIONES |
Sistemas e instalaciones especiales.- aire acondicionado | para uso en aulas magnas, aulas interactivas, aulas de usos múltiples, salas de juicios orales, talleres, laboratorios, bibliotecas, infotecas, centros de idiomas, centro de cómputo, auditorios, teatros, salas de música |
Sistemas y equipos contra incendio (detectores de humo) | para uso en aulas magnas, aulas interactivas, aulas de usos múltiples, salas de juicios orales, talleres, laboratorios, bibliotecas, infotecas, centros de idiomas, centro de cómputo, auditorios, teatros, salas de música |
Sistemas e instalaciones especiales.- instalación eléctrica | para uso en aulas magnas, aulas interactivas, aulas de usos múltiples, salas de juicios orales, talleres, laboratorios, bibliotecas, infotecas, centros de idiomas, centro de cómputo, auditorios, teatros, salas de música |
Extintores | para uso en aulas magnas, aulas interactivas, aulas de usos múltiples, salas de juicios orales, talleres, laboratorios, bibliotecas, infotecas, centros de idiomas, centro de cómputo, auditorios, teatros, salas de música |
Sistemas e instalaciones especiales.- instalación hidráulica | Para Talleres y laboratorios |
Sistemas e instalaciones especiales.- regaderas | Para Talleres y laboratorios |
Sistemas e instalaciones especiales.- instalación de gas | Para Talleres y laboratorios |
Pódium | Para sala de juicios orales |
Puertas de emergencia. | Aulas, talleres, laboratorios y auditorios |
Sistema de iluminación | Aulas, talleres, laboratorios y auditorios |
Ventilador de techo | Salones de clase |
Equipo de accesibilidad para personas con capacidades diferentes. | para uso en aulas magnas, aulas interactivas, aulas de usos múltiples, salas de juicios orales, talleres, laboratorios, bibliotecas, infotecas, centros de idiomas, centro de cómputo, auditorios, teatros, salas de música |
Paneles solares | Para proyectos técnicos sustentables |
Arco detector | Bibliotecas, hemerotecas, infotecas, xilotecas |
35. Pago de casetas y gasolina como rembolso para facilitadores de cursos, talleres, seminarios, conferencias, entre otros
36. En el proyecto de Igualdad de Género, no se apoyan los siguientes conceptos de gasto:
a) Papelería.
b) Equipo de cómputo, impresoras, escáner, cartuchos para impresión y fotocopiadoras.
c) Software.
d) Infraestructura (muebles, escritorios, sillas, etc.).
e) Diseño y elaboración de cursos en línea y/o presenciales (únicamente se apoya el pago de cursos y viáticos de ponentes en el proyecto de capacitación).
f) Servicios de impresión de material de difusión, cunado no exista acciones de capacitación y sensibilización que lo justifiquen.
g) Servicio de cafetería para eventos de capacitación.
h) Viáticos al personal docente, administrativo o estudiantil para la asistencia a eventos de capacitación fuera de las instalaciones de la universidad.
i) Viáticos al personal docente y/o administrativo para recabar información en trabajo de campo.
j) Títeres y materiales para teatro guiñol.
k) Acervo bibliográfico que en el marco de un proyecto de capacitación, los títulos no estén relacionados con la temática de género.
l) Lotes de acervo (los acervos.- libros, material audiovisual y suscripciones a revistas indexadas, deben registrarse individualmente especificando título, autor y editorial).
m) Gasolina y casetas para trabajo de campo (levantamiento de encuestas).
n) Gasolina y casetas para el traslado de ponentes y participantes en talleres, cursos, seminarios, simposios y conferencias.
o) Pago de facturas a empresas que no demuestren experiencia en el tema de género.
p) La compra de alimentos (papas, refrescos, galletas, café, etc.) en la comprobación de los gastos correspondientes a "alimentos".
37. En el proyecto de estancias infantiles y/o guarderías, no se apoyan los siguientes conceptos de gasto:
a) Uniformes, zapatos y cualquier otra prenda de vestir, para el personal operativo, administrativo y alumnos de la Estancia infantil.
b) El equipo de cómputo, impresoras, escáner, cartuchos para impresión y fotocopiadoras, estará destinada única y exclusivamente al personal administrativo, por tal motivo no puede exceder al número del personal contratado y/o como máximo 4 equipos de cómputo por Estancia y/o Guardaría Infantil, siempre y cuando no haya sido apoyado este rubro en ejercicios anteriores.
c) Equipos de cómputo de gama alta para el apoyo en la operación de las Estancias Infantiles.
d) IPads, iPods, tablets o cualquier otro tipo de tableta electrónica.
e) Servicio para el suministro de alimentos preparados.
f) Servicio de capacitación hacia el personal de la estancia infantil con fines de dar cumplimiento a las certificaciones requeridas por la DFI, ya que éstas son un requisito de participación para recibir el apoyo financiero.
g) Contratación de prestadores de servicios para la atención de la guardería o estancia infantil, por honorarios asimilables a salarios.
h) No se autoriza la compra de papelería para uso administrativo por un monto mayor a $50,000 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), esto incluye cartuchos para impresión y/o tóner.
i) Compra y/o renta de terrenos
j) Subrogación del servicio de estancia infantil y/o guardería.
15. Diagramas para la formulación de proyectos
16. Estructura de un proyecto integral
17. Integración de proyectos del PROFEXCE institucional
18. Contenido mínimo de un proyecto integral
Nombre del proyecto.- __________________________________________
Responsable del proyecto.- ______________________________________
Cargo:
Grado académico:
Perfil deseable:
Teléfono:
Correo electrónico
CONTENIDO
· Objetivo general.
· Justificación del proyecto.
ü Objetivos particulares.
ü Metas académicas y sus valores asociados(5).
ü Acciones y sus recursos calendarizados.
Ø Descripción detallada de los recursos necesarios.(6)
Resumen de los proyectos integrales 1 y 2 de gestión
Objetivo Particular | Meta | Acciones | Recursos(7) solicitados por prioridad para 2020 | Recursos solicitados por prioridad para 2021 |
1 | 1.1 | 1.1.1 | | |
1.1.2 | | |
1.2 | 1.2.1 | | |
1.2.2 | | |
1.3 | 1.3.1 | | |
1.3.2 | | |
2 | 2.1 | 2.1.1 | | |
2.1.2 | | |
2.2 | 2.2.1 | | |
2.2.2 | | |
2.3 | 2.3.1 | | |
2.3.2 | | |
3 | 3.1 | 3.1.1 | | |
3.1.2 | | |
3.2 | 3.2.1 | | |
3.2.2 | | |
3.3 | 3.3.1 | | |
3.3.2 | | |
4 | 4.1 | 4.1.1 | | |
4.1.2 | | |
4.2 | 4.2.1 | | |
4.2.2 | | |
4.3 | 4.3.1 | | |
4.3.2 | | |
Totales | | |
Resumen del proyecto integral de la DES
Objetivo Particular | Meta | Acciones | Recursos solicitados por prioridad para 2020 | Recursos solicitados por prioridad para 2021 |
1 | 1.1 | 1.1.1 | | |
1.1.2 | | |
1.2 | 1.2.1 | | |
1.2.2 | | |
2 | 2.1 | 2.1.1 | | |
2.1.2 | | |
2.2 | 2.2.1 | | |
2.2.2 | | |
3 | 3.1 | 3.1.1 | | |
3.1.2 | | |
3.2 | 3.2.1 | | |
3.2.2 | | |
4 | 4.1 | 4.1.1 | | |
4.1.2 | | |
4.2 | 4.2.1 | | |
4.2.2 | | |
Totales | | |
Indicadores de Calidad
Cobertura geográfica
Municipio:
Localidad:
ANEXO 3A Guía PROFEXCE 2020-2021 para universidades sin DES
Guía para la formulación de la planeación estratégica académica y de la gestión institucional
2020-2021
Para IES de Menor Tamaño
Índice
1. | Presentación de la Guía... |
2. | Objetivos PROFEXCE 2020-2021 |
| 2.1 | General |
| 2.2 | Específicos |
3. | Énfasis PROFEXCE 2020-2021 |
4. | Autoevaluación académica y de la gestión institucional |
| 4.1 | Análisis de la cobertura con equidad |
| 4.2 | Análisis de programas de estudio flexibles e integrales |
| 4.3 | Análisis de enseñanzas pertinentes y en contextos reales |
| 4.4 | Análisis del uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación |
| 4.5 | Análisis de la internacionalización solidaria |
| 4.6 | Análisis de la formación integral del estudiante |
| 4.7 | Análisis de la vinculación académica y social |
| 4.8 | Análisis de la igualdad de género universitaria |
| 4.9 | Análisis de la capacidad y competitividad académica |
| 4.10 | Análisis de la evaluación de la gestión institucional |
| 4.11 | Análisis de los problemas estructurales |
| 4.12 | Análisis de la capacidad física instalada |
| 4.13 | Síntesis de la autoevaluación académica y de gestión institucional |
5. | Actualización de la planeación institucional académica y de la gestión |
6. | Estructura para formular el documento PROFEXCE 2020-2021 |
7. | Características del proyecto integral académico |
8. | Características de los proyectos de la gestión institucional |
9. | Criterios de evaluación |
10. | Criterios para presentar las propuestas de réplica |
11. | Criterios para la asignación de recursos |
12. | Criterios para la entrega-recepción del documento PROFEXCE 2020-2021 |
13. | Conceptos que no apoya la SEP en el marco del PROFEXCE |
14. | Diagrama para la formulación de proyectos |
15. | Estructura de un proyecto integral |
16. | Integración de proyectos del PROFEXCE institucional |
17. | Contenido mínimo de un proyecto integral |
18. | Anexos |
| Anexo I. | Descripción de conceptos utilizados en la Guía para formular el PROFEXCE 2020-2021. |
| Anexo II A. | Indicadores de capacidad académica (SES). |
| Anexo II B. | Indicadores de competitividad académica (SES). |
| Anexo III. | Reporte de las causas de la demora en las obras apoyadas. |
| Anexo IV | Síntesis de la autoevaluación (fortalezas y problemas). |
| Anexo V | Indicadores de calidad institucional. |
| Anexo VI | Indicadores básicos de la institución. |
| Anexo VII | Lineamientos para la formulación de los proyectos de igualdad de género. |
| Anexo VIII | Criterios para realizar la descripción de los rubros o conceptos de gasto. |
| Anexo IX | Guía para formular los proyectos de infraestructura educativa (FAM). |
| Anexo X | Formatos proyectos FAM |
1. Presentación de la Guía
La educación superior tiene como elemento central la formación integral de las personas desde una perspectiva universal que favorezca el aprendizaje de todas las formas de producir, interpretar y transmitir el conocimiento, las culturas, ciencias, lenguajes, tecnologías, considerando factores como la interculturalidad, la territorialidad, el trabajo interdisciplinario, los derechos humanos, la internacionalización de la educación superior y el bienestar social de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos.
La educación superior (ES) se plantea mejorar las condiciones de vida y de estudio de las/os jóvenes y adultos, desarrollando su capacidad de comprenderse a sí mismos como sujetos de derechos, como actores de transformación de las realidades y como sujetos sociales integrantes de una nación.
Por mandato constitucional, el Estado mexicano debe garantizar a todas y todos las/os mexicanas/os una educación de calidad bajo los principios de laicidad, universalidad, gratuidad, obligatoriedad, igualdad, democracia e integralidad; que desarrolle armónicamente todas las facultades y habilidades del ser humano y que promueva logros intelectuales y afectivos fundamentales para la vida en sociedad.
Por otro lado, la política educativa es la herramienta que, de forma más profunda, tiene el potencial de realizar aportaciones significativas a cada uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible que conforman la Agenda 2030 aprobada en 2015 por los países miembros de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
En el marco de estas políticas el programa presupuestario S300 Fortalecimiento a la Excelencia Educativa (PROFEXCE) representa una estrategia para promover en las Universidades Públicas Estatales (UPES), de Apoyo Solidario (UPEAS), Interculturales (UUII) y Federales (UPF) el logro de la excelencia de toda su oferta educativa y a la vez contribuir con la Agenda 2030 en su Objetivo 4.- Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos, específicamente con las metas:
4.3 De aquí a 2030, asegurar el acceso igualitario de todos los hombres y las mujeres a una formación técnica, profesional y superior de calidad, incluida la enseñanza universitaria.
4.4 Para 2030, aumentar sustancialmente el número de jóvenes y adultos que tienen las competencias necesarias, en particular técnicas y profesionales, para acceder al empleo, el trabajo decente y el emprendimiento.
4.7 Para 2030, garantizar que todos los alumnos adquieran los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para promover el desarrollo sostenible, entre otras cosas mediante la educación para el desarrollo sostenible y la adopción de estilos de vida sostenibles, los derechos humanos, la igualdad entre los géneros, la promoción de una cultura de paz y no violencia, la ciudadanía mundial y la valoración de la diversidad cultural y de la contribución de la cultura al desarrollo sostenible, entre otros medios.
Para lograr una Educación Superior de Excelencia en el marco de la Cuarta Transformación del país, la Subsecretaría de Educación Superior (SES), se planteó los Ejes y Estrategias siguientes para la transformación de la ES:
Compromiso social de las Instituciones de Educación Superior (IES)
Ø IES y profesionales socialmente responsables.
Ø Aplicar conocimientos para atender los problemas nacionales, regionales y locales.
Ø Vincular a las IES con los sectores de la sociedad para contribuir al bienestar social.
Transformación de la Educación Superior
Ø Transformar los modelos y procesos educativos de las IES.
Ø Fortalecer las trayectorias académicas de los profesores e investigadores.
Ø Vincular el posgrado con la investigación, con un enfoque de bienestar social y desarrollo sostenible.
Ø Renovar las políticas y procesos de evaluación y acreditación.
Cobertura con Equidad
Ø Incrementar la matrícula con una perspectiva, local, regional y nacional en las modalidades escolarizada, no escolarizada y mixta.
Ø Disminuir las brechas de cobertura entre grupos sociales, población indígena, con una perspectiva de equidad, inclusión e interculturalidad.
Ø Crear nuevas universidades a partir de criterios de calidad y pertinencia social.
Gobernanza del Sistema de Educación Superior
Ø Crear un marco normativo que promueva el desarrollo de la calidad con equidad de la Educación Superior.
Ø Impulsar un sistema para la movilidad de estudiantes y personal académico y la participación de las comunidades en la gestión y gobierno institucional.
Ø Crear un sistema nacional de información que fortalezca la planeación.
(Meta.- Sistema Integral de Información de la Educación Superior)
Financiamiento de la Educación Superior
Ø Impulsar un acuerdo nacional para el financiamiento de la Educación Superior, Ciencia y Tecnología con un esquema de corresponsabilidad financiera de los tres niveles de gobierno.
Ø Impulsar programas y acciones para el saneamiento y la reestructuración financiera de las IES públicas.
Para alcanzar estos propósitos, la Dirección General de Educación Superior Universitaria (DGESU), pone a disposición de las UPES, UPEAS, UUII y UPF, la Guía para formular su Programa de Fortalecimiento a la Excelencia Educativa. Se presenta como un apoyo que no debe limitar la reflexión y acción que conduzcan a fortalecer la planeación estratégica académica y de la gestión institucional participativa, cuyos objetivos son la excelencia educativa, así como de los servicios que ofertan las Instituciones de Educación Superior Públicas que atiende la DGESU, a partir de los diferentes ámbitos que constituyen el quehacer universitario diseñando políticas, objetivos estratégicos, estrategias, proyectos y los indicadores de resultados que permitan continuar consolidando las fortalezas institucionales, atender los principales problemas e incidir en la excelencia de sus Programas Educativos.
Para dar inicio al proceso de actualización y formulación del ejercicio de planeación estratégica participativa que se lleva a cabo de manera bienal a través del PROFEXCE, se realizó una "Consulta para mejorar la eficacia del PFCE", orientada a recabar las experiencias a partir de la operación del programa en las UPES, UPEAS, UPF y UUII.
Con el propósito de lograr el objetivo del programa, la participación de las IES en la encuesta fue muy relevante para elaborar la Guía PROFEXCE 2020-2021. En la encuesta que se realizó del 23 al 31 de mayo, se obtuvo la valiosa respuesta de las UPE de.- Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Guanajuato, Estado de Hidalgo, Guadalajara, Estado de México, Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, Estado de Morelos, Nuevo León, Benito Juárez de Oaxaca, Benemérita de Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Occidente, Sonora, Instituto Tecnológico de Sonora, Tamaulipas, Veracruzana y Yucatán. Las UPEAS.- Ciencias y Artes de Chiapas, Estatal del Valle de Ecatepec, Estatal del Valle de Toluca, del Istmo, de la Sierra Sur, de la Sierra Juárez, Tecnológica de la Mixteca, del Mar, de la Sierra, Estatal de Sonora, Popular de la Chontalpa, de Oriente y del Papaloapan; así como las Interculturales.- de Chiapas, del Estado de México, Indígena de Michoacán y Sinaloa.
Se utilizará como insumo para el análisis y la reflexión, la evolución en el periodo de diciembre de 2016 a junio de 2019 de los principales indicadores institucionales que integran la capacidad y competitividad académicas.
Para llevar a cabo el proceso de planeación es conveniente realizar análisis integrales y profundos sobre.- a) los avances logrados del 2016 a la fecha en el fortalecimiento de la capacidad y competitividad académicas institucionales y b) la situación actual académica y de la gestión con el propósito de identificar las acciones a desarrollar para alcanzar los objetivos del Plan de Desarrollo Institucional y los indicadores de calidad que se establecerán para el periodo 2020-2022.
Con los recursos que se aprueben al PROFEXCE en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2020 y 2021, será financiado el desarrollo de los proyectos asociados a la formulación del PROFEXCE 2020-2021 y que resulten dictaminados favorablemente por los Comités de Evaluadores conformados por la SEP para tal propósito.
Es importante señalar las diferencias fundamentales entre esta Guía y la del PFCE 2018-2019:
Ø Se incrementa a cuatro el número de objetivos particulares del proyecto académico y de la gestión institucional y se reduce a dos el número de acciones por cada meta académica, de las tres posibles que se pueden asociar a cada objetivo particular.
Ø Se reduce a un objetivo particular, una meta académica y dos acciones asociadas por cada meta, en los proyectos de Igualdad de Género y Estancias Infantiles y/o Guarderías.
Ø El resultado de la Síntesis de la Autoevaluación Académica y de la Gestión Institucional se deberá relacionar con las acciones del proyecto académico y de la gestión institucional.
Ø El formato de indicadores básicos abarcará los años 2018 a 2022.
Cuando sea necesario conocer el significado de algún término utilizado en esta Guía, se sugiere consultar el glosario contenido en el Anexo I de esta Guía.
Para cualquier aclaración o duda favor de comunicarse a los correos electrónicos dudas_dfi@nube.sep.gob.mx, isaias.elizarraraz@nube.sep.gob.mx y sconde@nube.sep.gob.mx.
Para los proyectos de infraestructura física a los correos rocioc@nube.sep.gob.mx y cenrique.sanchez@nube.sep.gob.mx.
2. Objetivos PROFEXCE 2020-2021
El Programa ha establecido el siguiente objetivo general:
Apoyar a las Instituciones de Educación Superior Públicas con recursos financieros necesarios para desarrollar sus capacidades académicas y de gestión, a fin de contar con programas educativos evaluables de técnico superior universitario y licenciatura, con calidad reconocida por las instancias responsables de otorgar dicho reconocimiento
El Programa ha establecido los siguientes objetivos específicos:
Otorgar apoyos económicos a las Instituciones de Educación Superior para que a partir de ejercicios de planeación participativa implementen:
1. Proyectos académicos.
2. Proyectos de gestión
3. Énfasis PROFEXCE 2020-2021
En el marco de la Nueva Escuela Mexicana(8), se hace visible como sus ejes formativos que cruzan transversalmente al conjunto de las instituciones de educación superior y contribuyen a la educación integral de las mexicanas y mexicanos.- En esta Guía se han incluido estos ejes dentro de los énfasis del PROFEXCE:
Cobertura con equidad
La oportunidad de acceder a la educación superior representa una evidente causa de inequidad, que se manifiesta en desiguales coberturas por Estado, en bajo número de estudiantes graduados, en pocos estudiantes de posgrado y un número aún menor de estudiantes de doctorado.
La interculturalidad
La noción intercultural comprende al conjunto de la población en su diversidad; supone el empoderamiento permanente de las múltiples identidades lingüísticas, de género, sociales y culturales en el que los sujetos (en su dimensión individual o colectiva) pueden afirmarse desde su diferencia para reconocerse como ciudadanos activos de una comunidad que colabora en la construcción de soluciones colectivas a problemas locales, regionales, nacionales e internacionales.
Las prácticas de enseñanza-aprendizaje interculturales apelan a la transformación de las instituciones de educación superior de cara a la construcción de un proyecto educativo, nacional-popular, orientado a la construcción de saberes que impulsen procesos de descolonialidad y transformación de la realidad internacional, nacional, regional y local.
La interdisciplinariedad
La formación interdisciplinaria implica que las ciencias y humanidades, estén en diálogo y aprendizaje recíproco con otras disciplinas y se concentren en el estudio de diferentes dimensiones de la vida y su complejidad. Ello permite un tipo de formación en las instituciones de educación superior en donde sus egresados deben problematizar la realidad y generar propuestas de cambio y vinculación social, política y educativa en el plano local, regional, nacional e internacional.
Los procesos formativos interdisciplinarios permiten la incursión de los egresados en nuevos campos de estudio de carácter transdisciplinario como la bioética, la neuroética, la biomedicina, las tecnociencias y neurociencias del tipo nano-bio-info-cognitivas que se aplican en distintos aspectos de la vida.
La internacionalización solidaria
La internacionalización solidaria debe comprenderse como la acción de investigación en el centro de la educación ya que permite compartir las acumulaciones científicas y de saberes de los países en beneficio de los seres humanos, construyendo puentes de colaboración binacional basados en el conocimiento de la historia de nuestros pueblos y regiones, en la comprensión de la urgencia de superar las desigualdades, en el respeto de la diversidad de las culturas, las artes y sus multifacéticas expresiones, en la igualdad de derechos entre mujeres y hombres, y en la reinvención creativa de las relaciones entre los seres humanos y la naturaleza.
La internacionalización solidaria impulsa la idea de que la educación es formativa y a la vez, un bien público nacional e internacional, que confiere responsabilidades y derechos a los sujetos de la educación, académicos e investigadores, por lo que introduce procesos de movilidad estudiantil, el aprendizaje interdisciplinario internacional en el marco de convenios y alianzas interinstitucionales, así como la creación y extensión de múltiples redes de colaboración académica, centrada en el desarrollo de la investigación, la enseñanza, proyectos curriculares y de difusión cultural y laborales.
Lo anterior requiere del dominio de dos o más idiomas; convivir en la diferencia; conocimiento cultural, social, político, económico del mundo global; conocimiento y dominio de las tecnologías de la información y experiencia creciente en campos de desarrollo académico o labora internacional.
En el mundo globalizado de hoy, la internacionalización solidaria es un factor que contribuye a elevar la excelencia educativa de las instituciones y sistemas ya que siempre han reflejado la calidad de unas y otros.
La educación para la vida
La educación parte de un concepto universal de que implica el acceso de las personas a todos los ámbitos de la cultura artística, a la ciencia y la tecnología, al conocimiento humanístico y social en los ámbitos local, nacional y universal. Implica formar personas capaces de resolver situaciones problemáticas de manera satisfactoria; movilizar los conocimientos aprendidos a situaciones concretas fuera de la institución educativa, privilegiar el dominio de estrategias de búsqueda y de procesamiento de información, pensamiento crítico y competencias básicas para el aprendizaje, necesarias para aprender a aprender.
Programas de estudio flexibles e integrales
Una de las principales razones por las que los jóvenes abandonan o no ingresan a la educación superior es porque las enseñanzas en ella no responden al contexto actual y porque se obliga a los jóvenes a elegir un programa educativo un plan de estudios para toda la vida cuando cuentan con poca información sobre las oportunidades educativas en un mundo que se caracteriza por el cambio continuo y donde las estadísticas señalan que son pocas las personas que hacen una carrera en el área de formación profesional.
Enseñanzas pertinentes y en contextos reales
Una de las causas frecuentes para el abandono de los estudios y para la irritación entre los graduados es la poca relación que se percibe entre, por un lado, las enseñanzas impartidas y los aprendizajes esperados con, por el otro, los contextos reales y las oportunidades y necesidades laborales.
Las habilidades para la inclusión digital
Las habilidades para acceder, usar y adaptar las tecnologías de la información y la comunicación (TIC's) a la vida cotidiana, se relacionan con la adaptación rápida a los cambios; trabajo remoto y en entornos digitales; aprendizaje dirigido y enfocado; resolución de problemas complejos; creatividad e innovación práctica; gestión sostenible de la empleabilidad; flexibilidad cognitiva; escucha activa multicanal; gestión del tiempo; comunicación en diferentes entornos; planeación para escenarios inciertos; integración en entornos robotizados; inteligencia práctica; pensamiento crítico, especialmente para la búsqueda, selección, evaluación y tratamiento de información; diseño y creación de contenidos a través de diferentes lenguajes digitales; comunicación on-line.
Las TIC's han transformado el mundo y a la educación. Su potencial para mejorar las enseñanzas y acelerar los aprendizajes es muy grande, su uso es muy desigual.- son pocos los profesores experimentados que la usan ampliamente para la enseñanza y la pedagogía digital está naciendo.
La Territorialidad
La territorialidad implica saberes y procesos, prácticas y acciones de sujetos sociales que interactúan de diferentes planos de la realidad, con capacidad de modificar su realidad y condiciones de vida en diferentes planos de la comunidad, local, regional, nacional e internacional. Estos procesos permiten desarrollar conocimientos, prácticas, estudios e investigaciones de acuerdo con las relaciones culturales, sociales, económicas de los distintos territorios, pueblos, comunidades del país y fuera de este, que permita aplicar diversos conocimientos para atender los problemas nacionales, regionales y locales.
El criterio de territorialidad anudado al de interculturalidad permite diseñar programas de formación e investigación en el que se expongan saberes locales en el mismo nivel que los saberes científicos y humanísticos convencionales para establecer ejes de trabajo interdisciplinario a partir del diálogo e intercambio con diversos sistemas de conocimiento y construir proyectos para atender problemáticas de diversa índole, como los conflictos por el agua y sus implicaciones sociales, organizacionales, políticas y territoriales; o los conflictos socioambientales del neoextractivismo en México y América Latina.
La formación inclusiva
Formación que favorezca la construcción de una sociedad en la que los diferentes sectores de la población, que han sido excluidos por motivos de clase, género, lengua, discapacidad o por pertenecer a un pueblo indígena, participen activamente en el desarrollo del país.
Esto requiere de procesos de enseñanza y aprendizaje de los que se desprendan prácticas sociales en contra de acciones discriminatorias que producen estereotipos, prejuicios y distinciones que generan nuevas categorías de excluidos.
Implica procesos de construcción de una cultura cívica que comprenda el desarrollo de actitudes, habilidades y conocimientos que vinculen los valores enseñados en la escuela con el entorno familiar y comunitario de los sujetos de la educación; favorezcan valores solidarios a partir del debate de los modelos de vida producidos por la racionalidad individualista neoliberal; generen conciencia de que la desigualdad destruye el tejido social, empezando por la desigualdad alimentaria, educativa y de género.
La Igualdad de género
La igualdad implica que se replanteen los contenidos de las ciencias y humanidades en los que prevalezcan paradigmas de verdad y universalización que desconozcan la igualdad de género; que se resignifiquen los valores, creencias y prácticas que condicionan la participación de la mujer en la sociedad global de la información al cumplimiento de parámetros institucionales de rendimiento y productividad establecidos por la sociedad patriarcal tradicional; transformación de los principios filosóficos, culturales, éticos y sociales de la educación tradicional en todos sus niveles y modalidades que reproducen las desigualdades, violencia y discriminación de las mujeres de las culturas y pueblos de México.
Las instituciones educativas actúan de manera directa en la construcción de una cultura que potencialmente puede cambiar o perpetuar formas de pensamiento y acción social para mantenerlas jerarquizadas o para incidir en su transformación, permitiendo de esta forma reorientar los mecanismos que trasmiten los valores y concepciones acerca de las mujeres y los hombres.
Los conocimientos y valores sobre el medio ambiente
Permiten que las personas construyan marcos de referencia para una sociedad sustentable que impulse el desarrollo de las potencialidades de las personas en pleno vínculo con el medio ambiente. Implica la construcción de saberes prácticos y experiencias socioculturales de sustentabilidad que se desprenden de diferentes contextos, para integrar el potencial productivo, social y cultural de las comunidades en distintos planos, local, regional, nacional e internacional.
Promueve la construcción de saberes que permiten la problematización de las relaciones de producción y consumo que afectan el medio ambiente; la resignificación de las formas de apropiación y significación de los valores culturales, sociales, productivos que han contribuido a la actual crisis del medio ambiente, con el propósito de construir, individual y colectivamente, alternativas de sustentabilidad ambiental, desde una perspectiva crítica e interdisciplinaria que favorezca la solución de problemas que inciden en la sustentabilidad.
Vinculación
En la nueva economía global resulta de capital importancia la vinculación entre las IES y los sectores productivo, social y gubernamental, para que incidan en el desarrollo social y económico del país. Las acciones de vinculación son estratégicas por contribuir a la formación integral del estudiante, al incremento de las condiciones de empleabilidad y capacidad emprendedora, a la pertinencia social de la educación superior.
Rendición de cuentas
Es importante continuar con el fortalecimiento o establecimiento de mecanismos institucionales que informen el cumplimiento de compromisos sociales, la transparencia y el manejo adecuado de los recursos asignados a la institución (acreditación de PE, informes oportunos sobre el cumplimiento de indicadores de resultados, ejercicio de los recursos públicos recibidos, resultado de las auditorías externas realizadas por despachos registrados ante la Secretaría de la Función Pública, entre otras).
Problemas estructurales
Los problemas estructurales son aquellos que, de no resolverse, ponen en riesgo la viabilidad académica y financiera de la institución.
Infraestructura física
Realizar un análisis detallado del estado actual de su infraestructura física educativa, el grado de optimización del uso de los espacios físicos construidos en los últimos años, así como una proyección de sus necesidades como respuesta a su planeación académica y administrativa.
El PROFEXCE 2020-2021 debe hacer énfasis en la mejora continua de los elementos que caracterizan a una institución de educación superior reconocida por su excelencia educativa con bienestar social.
4. Autoevaluación Académica y de la gestión institucional
4.1 Análisis de la cobertura con equidad
Para contribuir a lograr una cobertura con equidad, es importante analizar aspectos en cuanto a.-
· Alcanzar una cobertura general de 50% en el 2024, favoreciendo una oferta de programas en áreas de conocimiento y niveles de estudio más equitativa por regiones del país.
· Impulsar y fortalecer las modalidades de educación abierta y a distancia y mixta que la institución oferte actualmente o que ofertarán en el futuro próximo.
· Contar con una oferta educativa con perspectiva de equidad, inclusión e interculturalidad en los contextos local y regional.
· Impulsar la educación dual.
· Fortalecer la oferta educativa y su complementariedad de la capacidad académica, así como el uso intensivo de la infraestructura de los nuevos campus y/o unidades académicas que brinden alternativas de acceso a los estudiantes excluidos.
· Analizar las acciones que se han realizado en vinculación con las instituciones de educación media superior para la planeación conjunta de la ampliación de la cobertura.
· Contar con mecanismos objetivos, equitativos y transparentes de selección y admisión de nuevos estudiantes.
· Revisar los modelos de acceso e inclusión que se han impulsado para promover su oferta educativa.
· Emprender acciones que disminuyan la deserción e incrementen la graduación.
· Impulsar los estudios de posgrado, en especial los doctorados (académicos y profesionales), a fin de lograr que los alumnos matriculados en ellos representen al menos el 10% de aquellos en licenciatura.
· Impulsar acciones para el desarrollo de un espacio común de educación superior con otras instituciones de la región o el país.
Como resultado del análisis, señalar las principales conclusiones respecto a las acciones que brindan para impulsar una cobertura con equidad, y en caso de ser incipiente, plantear en la parte de planeación, las políticas, objetivos, estrategias y acciones adecuadas para su atención.
4.2 Análisis de programas de estudios flexibles e integrales
Para lograr que los programas de estudio sean flexibles e integrales, se recomienda revisar aspectos en cuanto.-
· Programas de estudio más cortos, así como menos especializados, rígidos y enciclopédicos; con procesos y modalidades de enseñanza-aprendizaje acordes con las circunstancias y condiciones tecnológicas actuales; programas que doten al estudiante con la capacidad para aprender por sí mismo y para enfrentar nuevos retos.
· La reestructuración o transformación de los mapas curriculares a fin de asegurar su flexibilidad que permitan a los jóvenes decidir y modificar su trayectoria de estudios, y su integralidad que además del desarrollo cognitivo de los estudiantes se ocupen de su desarrollo personal y social.
· La atención y formación integral del estudiante en cuanto a conocimientos, competencias laborales, metodologías, aptitudes, actitudes, destrezas, habilidades y valores, todo ello con compromiso social.
· La inducción sobre el uso y la certificación de competencias profesionales disciplinarias.
o Establecer en los programas educativos de licenciatura aplicables las salidas laterales pertinentes, para otorgar certificados que permitan a los estudiantes que no puedan continuar con sus estudios, una oportunidad de incorporarse al mercado laboral.
· Involucrar el Aprendizaje Basado en Problemas (ABP) como uno de los métodos de enseñanza-aprendizaje para involucrar a los estudiantes en un aprendizaje autodirigido en la solución de problemas del mundo real.
Como resultado del análisis, señalar las principales conclusiones respecto a las acciones que brinda la institución para contar con programas educativos flexibles e integrales, y en caso de ser incipiente, plantear en la parte de planeación, las políticas, objetivos, estrategias y acciones adecuadas para su atención.
4.3 Análisis de enseñanzas pertinentes y en contextos reales
En este apartado se recomienda analizar los aspectos que permitirán contar con una enseñanza pertinente que atienda contextos reales:
· Las prioridades establecidas por los planes de desarrollo (institucional, estatal y nacional).
· La actualización de los profesores en los avances delos temas que imparten trátese de disciplinas, profesiones, instrumentos y tecnologías, métodos y enfoques, bibliografía y fuentes de información, y la incorporación de ellos en los procesos de enseñanza-aprendizaje.
· La actualización del profesorado en procesos e instrumentos de enseñanza aprendizaje desde diseño curricular y uso de medios hasta seguimiento y evaluación de los aprendizajes de los alumnos. En algunos casos es necesario re-enseñarles a enseñar.
· El desarrollo de proyectos relevantes en Líneas de Generación y Aplicación de conocimiento con atención a problemas regionales, estatales, nacionales e internacionales.
· El uso de los resultados de los estudios de oferta y demanda educativa (factibilidad).
· El análisis del modelo de estudio educativo vigente, sí es o no el adecuado para la formación integral del estudiante.
· El uso de los resultados de los estudios de seguimiento de egresados y empleadores.
· En materia de investigación, dar cuenta de la existencia de programas y proyectos que tengan como objeto de estudio, problemas de la realidad nacional y la búsqueda de la solución de ellos o la generación de alternativas que contribuyan a crear mayor riqueza y mejores condiciones de vida para las personas.
Como resultado del análisis, señalar las principales conclusiones respecto a las acciones que realiza la institución para impulsar enseñanzas pertinentes, y en caso de que éstas sean incipientes, plantear en la parte de planeación, las políticas, objetivos, estrategias y acciones adecuadas para su atención.
4.4 Análisis del uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación
En el presente apartado resulta importante analizar el nivel del programa de estudios aplicables que ha tenido el uso intensivo de las tecnologías de la información y comunicación en el proceso de enseñanza-aprendizaje, específicamente en el desarrollo de los siguientes temas:
· Impulso del uso de las tecnologías de comunicación e información. Revolución 4.0 y Educación 4.0.
· Adaptación de la inclusión digital en los mapas curriculares de los programas de estudio que permita a los alumnos/as acceder, usar y adaptar las tecnologías de la información a la vida cotidiana.
· Incremento del acceso a la tecnología de la información y las comunicaciones para proporcionar acceso a Internet a la comunidad universitaria.
· Comunidades en línea (programas virtuales o mixtos).
· Contenidos y objetivos de aprendizaje en línea (MOOCs).
· Seguimiento individual de alumnos/as a través de la utilización de sistemas de información.
Como resultado del análisis, señalar las principales conclusiones respecto a las acciones que realiza la institución para incorporar el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación en el proceso de enseñanza aprendizaje, y en caso de ser incipientes éstas, plantear en la parte de planeación, las políticas, objetivos, estrategias y acciones adecuadas para su atención.
4.5 Análisis de la internacionalización solidaria
Para continuar con el fortalecimiento de la internacionalización solidaria de las instituciones de educación superior, es importante analizar aspectos tales como:
· Programas educativos interinstitucionales con o sin doble titulación.
· Cursos de licenciatura y posgrado impartidos en inglés.
· Convenios de cooperación académica con universidades nacionales y extranjeras (reconocimiento de créditos, posgrados conjuntos, programas de investigación, movilidad académica de profesores y estudiantes, apoyos mutuos, cuotas diferenciadas, entre otros).
· Prácticas profesionales en empresas o instituciones extranjeras.
· Establecimiento de redes de colaboración para incrementar la movilidad y la cooperación académica nacional e internacional.
· Contribución al fortalecimiento de la capacidad de investigación en el centro de la educación en áreas estratégicas del conocimiento y fomentar la cooperación y el intercambio académico.
· Captación de fondos internacionales a través de la cooperación y el intercambio académico.
· Fomentar el manejo de la lengua e interculturización del país donde se realiza el intercambio, así como la realización de actividades extracurriculares para profesores y estudiantes extranjeros.
· Fomentar la colaboración en programas y proyectos de investigación científica y tecnológica, en donde participen estudiantes.
Como resultado del análisis, señalar las principales conclusiones respecto al impulso que la institución brinda a la internacionalización, y en caso de que ésta sea incipiente, plantear en la parte de planeación, las políticas, objetivos, estrategias y acciones adecuadas para su atención.
4.6 Análisis de la formación integral del estudiante
Analizar las acciones emprendidas por la institución que muestre el impacto en la atención y formación integral del estudiante, y en la mejora de su permanencia, egreso y titulación oportuna, en cuanto a:
· Programas de tutorías y de acompañamiento académico del estudiante a lo largo de la trayectoria escolar para mejorar con oportunidad su aprendizaje y rendimiento académico.
· Programas para que el alumno termine sus estudios en los tiempos previstos en los programas académicos y así incrementar los índices de titulación.
· Programas de apoyo para la regularización del estudiante de nuevo ingreso con deficiencias académicas, además de programas orientados a desarrollar hábitos y habilidades de estudio.
· Promoción de actividades de integración del estudiante de nuevo ingreso a la vida social, académica y cultural de la institución.
· Atención y prevención a las adicciones a través del impulso de programas de detección y canalización a los sectores especializados. Así como el fomento de actividades deportivas, artísticas y culturales.
· Simplificación de los procedimientos y de los trámites necesarios para la titulación, registro de título y expedición de cédula profesional.
· Apoyo para facilitar la transición de la educación superior al empleo o, en su caso, al posgrado.
· Realización de actividades que fomenten el aprecio por las diversas expresiones de la cultura y el arte que propicien la convivencia con los diferentes actores sociales.
· Impulsar la creación de una cultura del cuidado de la salud por medio de campañas informativas.
· Desarrollar en el estudiante capacidades para la vida, actitudes favorables para "aprender a aprender" y habilidades para desempeñarse de manera productiva y competitiva en el mercado laboral.
· Impulsar la formación de los valores democráticos, el respeto a los derechos humanos, el medio ambiente, la justicia, la honestidad y en general fomentar la ciudadanía socialmente responsable.
· Avances logrados en la permanencia, egreso y titulación oportuna.
Como resultado del análisis, señalar las principales conclusiones respecto al impulso que la institución brinda a la formación integral del estudiante, y en caso de ser limitada e insuficiente, plantear en la parte de planeación las políticas, objetivos, estrategias y acciones adecuadas para su atención.
4.7 Análisis de la vinculación académica
Para continuar con el fortalecimiento de la vinculación académica de las instituciones de educación superior, es fundamental analizar las acciones que la institución lleva a cabo en cuanto:
· La formación profesional universitaria a partir del servicio social, práctica profesional, estancias en empresas.
· La formación a lo largo de la vida.- educación continua en modalidad abierta y a distancia.
· Convenios, programas y proyectos de colaboración con los sectores productivo, social y gubernamental.
· Convenios para apoyar en la Educación de Adultos con estudiantes y docentes en Servicio Social para favorecer el proceso de formación permanente de las diferentes figuras educativas de este nivel para que fortalezcan sus habilidades, conocimientos, saberes, experiencias, actitudes y valores para mejorar la práctica educativa.
· Convenios con el Nivel de Educación Básico y Medio Superior para promover el interés de las niñas y jóvenes mexicanas/os por estudiar carreras en Ciencias, Tecnología, Ingeniería, Artes y Matemáticas
(STEAM, por sus siglas en inglés), como una estrategia para eliminar los estereotipos de género que limitan las posibilidades de desarrollo académico y profesional de las mujeres mexicanas, en el contexto de la cuarta revolución industrial (Industria 4.0) y educativa 4.0.
· Transferencia tecnológica, del conocimiento y de Resultados de Investigaciones.
· Servicios que la institución brinda a la sociedad (laboratorios, elaboración de proyectos, asesorías técnicas, realización de estudios, entre otros).
· Capacidad institucional para promover y dar seguimiento a la vinculación (marco normativo, Consejo Institucional de Vinculación, oficina y gestores de vinculación, así como elaboración de catálogos de servicios).
· Acciones de difusión de la cultura y extensión de los servicios que ha realizado la institución para estrechar sus lazos con las comunidades locales, con las empresas, con organizaciones de la sociedad civil y con los diferentes niveles de gobierno.
· Programas comunitarios de servicio social que realizan los/as estudiantes.
· Análisis del posicionamiento de la universidad en materia de vinculación, con los sectores público, social y privado.
· Avances de la implementación del Modelo Mexicano de Formación Dual.
· Esquemas y modelos de desarrollo de negocios y centros de negocios.
· Fortalecimiento de la capacidad de investigación participativa en áreas estratégicas del conocimiento.
Como resultado del análisis, señalar las principales conclusiones respecto a las acciones que la institución realiza sobre el tema de la vinculación académica, y en caso de ser limitada e insuficiente plantear, en la parte de planeación, las políticas, objetivos, estrategias y acciones adecuadas para su atención.
4.8 Análisis de la igualdad de género universitaria
Las instituciones educativas actúan de manera directa en la construcción de una cultura que potencialmente puede cambiar o perpetuar formas de pensamiento y acción social para mantenerlas jerarquizadas o para incidir en su transformación, permitiendo de esta forma reorientar los mecanismos que trasmiten los valores y concepciones acerca de las mujeres y los hombres enfocados a erradicar la violencia contra las mujeres.
Para fortalecer esta tarea y con base en la información con que cuenta la institución y los estudios realizados, considerar para el análisis sobre el tema de la igualdad de género los siguientes aspectos:
· Programas Educativos actualizados con enfoques centrados en promover la igualdad de género.
· Existencia de diagnósticos, estudios y/o investigaciones sobre la igualdad de género.
· Elaborar un protocolo de atención institucional para los casos relacionados con violencia de género, hostigamiento sexual y acoso sexual.
· Normativa universitaria actualizada con perspectiva de género.
· Deserción de alumnas y alumnos a causa de embarazo no planeado o debido al cuidado de menores de edad.
Como resultado del análisis, señalar las principales conclusiones respecto a las acciones que se han realizado para impulsar la igualdad de género, y en caso de ser incipiente, plantear en la parte de planeación las políticas, objetivos, estrategias y acciones adecuadas para su atención.
4.9 Análisis de la capacidad y competitividad académicas
Capacidad académica
Con base en la información con que cuenta la institución y la información proporcionada por la SES (nivel de habilitación de la planta académica, PTC con perfil deseable, PTC adscritos al SNI, evolución de los CA), se recomienda llevar a cabo un análisis profundo de cada uno de los elementos que integran actualmente la capacidad académica de la institución, cuyos resultados sirvan de insumo al proceso de actualización de la planeación institucional y con ello continuar propiciando su fortalecimiento (ver Anexo II A).
Por lo que es recomendable realizar el análisis en cuanto a:
· Análisis del programa de formación, capacitación y actualización del personal académico (talleres, cursos y diplomados sobre métodos didácticos, tutorías, enfoques centrados en el aprendizaje del estudiante, modelo educativo, entre otros) y su impacto en la formación integral de los/as estudiantes.
· Que acciones se ha realizado para la revisión de los criterios de la planta académica y el impulso a la investigación científica, humanística y tecnológica para mantenerlos en el SNI y PRODEP.
· Que políticas se han impulsado para el mejoramiento de la calidad y profesionalización de la planta académica para que facilite el acceso al financiamiento o la capacidad de producción científica en forma equitativa en la institución.
Como resultado final del análisis de los principales problemas que han impedido una evolución favorable de los indicadores, se deberán presentar las principales conclusiones de los impactos de la capacidad académica en la calidad de los programas educativos, así como la eficacia de las políticas y estrategias implementadas.
Competitividad académica
Con base en la información con que cuenta la institución y la información proporcionada por la SES (evolución del número de PE de TSU y Licenciatura de calidad, porcentaje de matrícula de TSU y Licenciatura reconocidos por su calidad, PE de posgrado de calidad, porcentaje de matrícula en PE de posgrado de calidad, evolución del porcentaje de egresados registrados en la Dirección General de Profesiones (DGP), resultados de la aplicación de examen de egreso EGEL y/o EGETSU aplicados por el CENEVAL) asociados a los PE, realizar un análisis profundo de los elementos que integran la competitividad académica del conjunto de la institución e identificar las fortalezas y los principales problemas que han impedido, en su caso, el reconocimiento de la calidad de los PE. Los resultados del análisis permitirán realizar inferencias para formular el proceso de planeación y de mejora continua del funcionamiento institucional (ver Anexo II B).
Por lo que es recomendable realizar el análisis en cuanto a:
· Resultado de la aplicación de los exámenes EGEL y/o EGETSU aplicados por el CENEVAL.
· La competencia de los programas educativos en el marco internacional.
· Oferta educativa de posgrado con pertinencia e impacto en el bienestar social.
· Impulso en las políticas de responsabilidad social y acreditación con Normas de Certificación nacionales e internacionales.
Como resultado final del análisis de los principales problemas que han impedido una evolución más favorable de los indicadores, se deberá presentar las principales conclusiones de los impactos reflejados en el ámbito de la competitividad académica, así como de la eficacia de las políticas y estrategias implementadas.
4.10 Análisis de la evaluación de la gestión
Es importante que, en el marco de la gestión, la institución realice un análisis explícito y jerarquice los principales avances en los procesos de mejora de la gestión y, el impacto que han tenido en la mejora de los servicios académicos y de la gestión institucional y los principales rezagos de los temas que se proponen a continuación:
· Análisis de los cambios realizados al marco normativo de la institución (Ley Orgánica, Estatutos y Reglamentos Internos) y su impacto en la gobernabilidad de la universidad.
· Análisis de la estructura organizacional académica (modelo académico).
· Análisis de la planeación institucional (modelo de planeación).
· Análisis de la infraestructura de la conectividad institucional y sistemas de información, en cuanto a:
ü Operación de los sistemas de información y generación de indicadores académicos y de gestión a partir de los sistemas de información con que cuenta la institución.
ü Funcionamiento y operación de la red institucional de información.
· Análisis sobre el desarrollo de la cultura artística y deportiva y la prevención a las adicciones.
· Análisis sobre la evolución de la certificación de los procesos estratégicos (recursos humanos, financiero, administración escolar y bibliotecas), en cuanto a los siguientes puntos:
ü Evolución y beneficios de la certificación (ISO 9001, 14001, 21001 entre otras) de los procesos estratégicos certificados en los últimos tres años
ü Debilidades de la certificación.
· Situación que guarda la acreditación institucional (CIEES) a nivel nacional e internacional.
· Rendición de cuentas y transparencia institucional. La existencia de una página web para dar acceso a toda la información de la institución (total de plantilla de base y confianza; salarios de los funcionarios; subsidios ordinarios y extraordinarios recibidos y ejercidos por año, presupuesto asignado a las dependencias universitarias, campus, entre otros).
· La realización de auditorías externas practicadas por despachos contables prestigiados certificados y la publicación de los resultados.
· La existencia y funcionamiento de contralorías sociales.
· La publicación de los estados financieros auditados y aprobados por el máximo órgano de gobierno universitario.
Como resultado del análisis, señalar las principales conclusiones respecto a los temas antes planteados, y en caso de requerirse, formular en la parte de planeación de la gestión, las políticas, objetivos, estrategias y acciones adecuadas para su correcta atención.
4.11 Análisis de los problemas estructurales
En este tema del proceso de autoevaluación de la gestión institucional, es importante que se realice un análisis de los principales problemas estructurales, cuáles han sido atendidos y en su caso, qué obstáculos existen aún y que incidencia han tenido en el fortalecimiento de la calidad educativa y como su falta de atención puede frenar la vida académica de las instituciones. En este sentido, para dar sustento a las acciones realizadas para la atención de los problemas estructurales de la institución, resulta necesario llevar a cabo una actualización y una revisión continua de la normativa institucional.
Como resultado del análisis, señalar las principales conclusiones respecto a los temas antes planteados, y en caso de requerirse, proponer en la parte de planeación de la gestión, las políticas, objetivos, estrategias y acciones adecuadas para su correcta atención.
4.12 Análisis de la capacidad física instalada
Es importante que, en el marco de la gestión, la institución realice un análisis detallado de su capacidad física instalada, su grado de utilización, así como los requerimientos a futuro, con el propósito de sustentar adecuadamente, el proyecto integral de infraestructura física.
En el marco del análisis de la capacidad física instalada se requiere:
· Elaborar un diagnóstico de la situación actual de la capacidad física instalada y el grado de optimización de su uso.
· Identificar los problemas y áreas de oportunidad.
· Elaborar un análisis de las obras en proceso, sus causas de demora y acciones para su conclusión. Se sugiere utilizar el Anexo III.
· Presentar la Visión al 2024 respecto de la Infraestructura Física Educativa.
· Establecer las estrategias, políticas y acciones para cumplir con la visión al 2024.
Con base en esta información, presentar el Proyecto Integral de Infraestructura Física, de conformidad con la Guía que se presenta en el Anexo IX y X.
4.13 Síntesis de la autoevaluación académica y de la gestión institucional
Una vez formuladas las conclusiones en la autoevaluación académica y de la gestión, es conveniente identificar y priorizar las principales fortalezas y problemas con el propósito de sustentar la actualización de la planeación (revisión y actualización de objetivos, políticas, estrategias y proyectos) que dé lugar al PROFEXCE 2020-2021.
Para llevar a cabo lo anterior, se deberá presentar la priorización en el cuadro que aparece en el Anexo IV.
5. Actualización de la planeación académica y de la gestión institucional
Se recomienda que una vez realizada la fase de autoevaluación y tomando en consideración la misión y visión de la institución en el marco del PROFEXCE, se diseñen, fortalezcan o actualicen, en su caso, políticas, objetivos, estrategias y acciones debidamente articuladas(9) para fortalecer los puntos de énfasis que se analizaron en la autoevaluación académica y de la gestión institucional que permita la mejora continua e integral de la calidad académica para alcanzar los indicadores comprometidos en el marco del PROFEXCE.
Considerando la misión y visión institucional
· Misión.
· Visión al 2030.
Plantear políticas, objetivos, estrategias y acciones de mejora de la calidad de los servicios académicos y de la gestión institucional, por ejemplo:
· Mejorar la cobertura con equidad.
· Contar con programas de estudio flexibles e integrales.
· Impulsar enseñanzas pertinentes y en contextos reales.
· Impulsar el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación.
· Impulsar la internacionalización solidaria.
· Mejorar la atención y formación integral del estudiante.
· Mejorar y/o fortalecer la vinculación académica y social.
· Fomentar la igualdad de género universitaria.
· Mejorar y/o fortalecer la capacidad y competitividad académica.
· Fortalecer la evaluación de la gestión institucional.
· Atender los problemas estructurales.
· Aprovechar la capacidad física instalada y la consolidación de los espacios ya existentes.
Indicadores de calidad académica
En esta fase de formulación del PROFEXCE se deberán plantear los valores de los indicadores académicos y de la gestión más importantes, que permitan reflejar el nivel de consolidación académica para los años 2020, 2021 y 2022, a los cuales se les dará seguimiento en su cumplimiento a través de los informes trimestrales académicos.
Para el establecimiento de los principales indicadores se deberá utilizar el formato que aparece en el Anexo V y que se encuentra debidamente sistematizado en el módulo de captura en línea del sistema de información de la DFI, en donde además se deberá calendarizar el avance trimestral que tendrá cada uno de los indicadores de calidad.
6. Estructura para formular el documento PROFEXCE 2020-2021
IX. Descripción del proceso llevado a cabo para la formulación del PROFEXCE 2020-2021 (3 Cuartillas)
· Describir el proceso mediante el cual se llevó a cabo el ejercicio de planeación estratégica académica y de la gestión institucional en el conjunto de la institución y que dio lugar a la formulación del PROFEXCE.
· Mencionar los nombres de los profesores-investigadores, CA, funcionarios, personal de apoyo, etc., que intervinieron activamente en dicho proceso y, en su caso, los órganos colegiados.
X. Autoevaluación Institucional. (50 cuartillas)
· Seguimiento académico.
o En esta sección se deben consignar las conclusiones de las reflexiones propuestas en la fase de autoevaluación académica, presentando los resultados del análisis de cada uno de los apartados que conforman este ámbito.
· Seguimiento de la gestión.
o En esta sección se deben consignar las conclusiones de las reflexiones propuestas en la fase de autoevaluación de la gestión institucional, presentando los resultados del análisis de cada uno de los apartados que conforman este ámbito.
XI. Políticas de la institución para formular el PROFEXCE y los proyectos académicos y de la gestión institucional. (3 cuartillas)
· En esta sección se deben describir las políticas que estableció la institución para impulsar la formulación del PROFEXCE y de los proyectos académico y de la gestión institucional.
XII. Actualización de la planeación en el ámbito institucional. (10 cuartillas)
· En esta sección se debe incluir:
ü La Misión institucional.
ü La Visión institucional a 2030
ü Los objetivos estratégicos para el periodo 2020-2022.
ü Las estrategias y acciones para el cumplimiento de los objetivos estratégicos, alcanzar los indicadores y atender las áreas débiles identificadas en la autoevaluación del PROFEXCE 2020-2021. Plantear estrategias y acciones para atender los énfasis que contempla la presente Guía.
ü Indicadores 2020-2021 (Anexo V).
XIII. Valores de los indicadores institucionales a 2018 ... 2022.
· Llenar la tabla mostrada en el Anexo VI de esta Guía.
XIV. Formulación de los proyectos de la Gestión.
· Los proyectos deben constituir un planteamiento congruente y articulado.
· Cada proyecto integral de la gestión deberá contener una justificación y como máximo cuatro objetivos particulares, tres metas académicas por objetivo particular y dos acciones articuladas por meta con sus respectivos recursos debidamente priorizados y calendarizados.
· Cada proyecto integral de la gestión debe incidir transversalmente en el cumplimiento de los énfasis establecidos por la institución, por lo cual, los problemas y fortalezas detectados en la síntesis de la autoevaluación académica institucional deberán responder a la síntesis de la planeación institucional (Indicadores de Calidad).
· Los proyectos que pueden presentarse en el ámbito de la gestión se refieren a la atención integral de.- 1) la problemática académica institucional, 2) los problemas de la gestión, 3) la igualdad de género, 4) la adecuación, remodelación, equipamiento y/o atención de Estancias Infantiles o Guarderías y 5) las necesidades de adecuación, construcción de espacios físicos y la consolidación de los espacios ya existentes.
XV. Descripción de la consistencia del impacto institucional de los proyectos propuestos para el periodo 2020-2021, con el proceso de planeación académica y de la gestión institucional.
XVI. Conclusiones.
7. Características del proyecto integral académico
La institución presentará un proyecto que atienda integralmente la problemática identificada en los programas educativos, a partir de un ejercicio de autoevaluación, para que aprovechen las fortalezas y mejoren las debilidades de los Programa Educativos para el fortalecimiento de la capacidad y competitividad académicas. Un proyecto de esta naturaleza demanda un amplio trabajo colaborativo y la articulación de esfuerzos que faciliten el logro de los objetivos planteados en el proyecto y el cumplimiento de los indicadores institucionales, a partir del uso óptimo de los recursos.
La prioridad de los objetivos particulares deberá ser definida con base en la contextualización de la institución y las prioridades de su Programa de Desarrollo.
Cada uno de los objetivos particulares del proyecto debe contener como máximo, tres metas académicas y dos acciones articuladas por meta, especificando los recursos solicitados que en el detalle, en algunos casos, no sean tan pocos que quedan planteados de manera muy general, pero que a su vez no sean tantos que lo hagan demasiado específico y extenso y que además deberán estar debidamente priorizados(10) y calendarizados.
A continuación, se presenta a manera de ejemplo los temas que pueden abordarse en los objetivos particulares del proyecto integral académico:
Atención a la infraestructura básica para el desarrollo del trabajo de los CA. |
Incremento del número de profesores con perfil deseable y los adscritos al SNI/SNCA. |
Proyectos de vinculación ligados a las LGAC establecidas por los cuerpos académicos. |
Movilidad del profesorado en estancias cortas de investigación. |
Capacitación y actualización de los docentes en los procesos de enseñanza aprendizaje. |
Atención a las recomendaciones de los CIEES y los organismos reconocidos por el COPAES. |
Mejorar los resultados del EGEL. |
Garantizar la pertinencia de los PE incorporando los resultados de los estudios de seguimiento de egresados y empleadores. |
Fortalecer la vinculación con los sectores sociales. |
Impulsar la movilidad estudiantil nacional e internacional. |
Incrementar las tasas de egreso, titulación y graduación. |
Impulsar la innovación. |
Estudios de trayectoria estudiantil. |
Implementación de programas de tutoría. |
Fomento a la educación en valores. |
Servicio social. |
Práctica profesional y normativa estudiantil. |
Apoyo para el EGEL y el examen de trayectoria "a medio camino". |
Fomento a las actividades culturales y deportivas. |
Fomento de la educación ambiental y cuidado de la salud. |
Atención y prevención de las adicciones. |
Para capturar el proyecto integral es necesario utilizar el módulo de captura del sistema electrónico que disponga la Dirección de Fortalecimiento Institucional, dependiente de la Dirección General de Educación Superior Universitaria.
El equipamiento debe considerase como un medio para lograr metas académicas, por tal motivo, deberá justificarse en términos de compromisos académicos.
Las necesidades en materia de construcción y adecuación de espacios físicos deben incorporarse al proyecto de infraestructura educativa. Así mismo, las necesidades sobre perspectiva de género, deben incorporarse para su gestión en el proyecto relacionado con este tema.
Es necesario que el proyecto integral académico que formule la institución, sea consecuencia de la planeación institucional articulando las fases de autoevaluación institucional, definición de políticas, objetivos, estrategias, metas y líneas de acción. Debe ser claro el impacto que tendrá en la atención a los principales problemas y en el aprovechamiento de las fortalezas para lograr la calidad educativa institucional.
8. Características de los proyectos de gestión institucional
En atención al punto del PROFEXCE 2020-2021 (bienal) que se refiere a la articulación de políticas, objetivos, estrategias, metas y proyectos, para atender los principales problemas identificados y aprovechar sus fortalezas; será necesario que los proyectos que presente la institución en el ámbito de la gestión, sean el resultado de esa articulación y la contextualización de sus problemas y fortalezas que resultaron del ejercicio de autoevaluación realizado a nivel de cada Programa Educativo.
En el ámbito de la gestión se podrán presentar un máximo de cinco proyectos.- uno enfocado a la atención de los problemas comunes de los PE; otro cuyo objetivo sea atender integralmente la problemática identificada en la autoevaluación de la gestión; el tercero que fomente la igualdad de género; un cuarto para la adecuación, remodelación y/o equipamiento de Estancias Infantiles y Guarderías; un quinto que atienda las necesidades de adecuación y construcción de espacios físicos que será financiado a través del Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM).
El quinto proyecto debe formularse de acuerdo con los requisitos y formato contenidos en los Anexos IX y X de esta Guía.
Los proyectos académico (que atienda los problemas comunes de los PE) y de la gestión deberán contener un objetivo general, una justificación y derivado de éstos, como máximo cuatro objetivos particulares, tres metas de gestión por objetivo particular y dos acciones articuladas por meta, especificando los recursos solicitados que en el detalle, en algunos casos, no sean tan pocos que queden planteados de manera muy general, pero que a su vez no sean tantos que lo hagan demasiado específico y extenso, y que además deberán estar debidamente priorizados(11) y calendarizados.
El proyecto académico (que atiendan problemas comunes de los PE), de la gestión, de igualdad de género y de estancias infantiles o guarderías deben capturarse en el Módulo de Captura del sistema electrónico que la Dirección de Fortalecimiento Institucional disponga para tal fin.
Igualdad de género
Los proyectos de igualdad de género y Estancias Infantiles y Guarderías se formularán ambos considerando un objetivo particular, con sus respectivas metas, acciones y recursos.
Los proyectos que se enmarcan en este rubro, se formularán de acuerdo a los criterios establecidos en el Anexo VII.
Infraestructura física
El Proyecto Integral de Infraestructura Física deberá presentarse de conformidad con lo establecido en la Guía que se presenta en los Anexos IX y X.
En el proyecto integral de cada académico y de la gestión, no deberán presupuestarse las solicitudes de nuevas plazas y becas para la formación de profesores, estos requerimientos deben canalizarse al Programa para el Desarrollo Profesional Docente, Tipo Superior.
9. Criterios de evaluación
Para garantizar la imparcialidad, objetividad, calidad y transparencia, la DGESU conformará Comités de Evaluación que dictaminarán integralmente el documento de planeación estratégica participativa PROFEXCE 2020-2021 y sus proyectos asociados, en donde se valorará.- la calidad, el grado de consistencia interna y la factibilidad para el logro de sus metas.
Es imprescindible que en la fase de actualización de la planeación se atienda el propósito de fortalecer la capacidad y la competitividad académicas y de manera especial en los énfasis abordados en la presente Guía.
Los proyectos integrales deberán:
· Incidir significativamente en el fortalecimiento de la capacidad y competitividad académicas a partir de los énfasis que se incorporan en este proceso de planeación.
· Consolidar las fortalezas y aprovecharlas en la solución de los problemas identificados en el ámbito de la institución.
· Contribuir de manera significativa al cumplimiento de los indicadores de calidad institucionales.
· Mostrar que sus metas sean congruentes, con la misión, visión, objetivos y las políticas de la institución, así como la factibilidad de su realización.
· Contener de manera explícita la priorización de metas, acciones y recursos asociados y su calendarización.
· Contener objetivos particulares que estén justificados con base en los resultados de un diagnóstico objetivo de la capacidad académica y su relación con la competitividad respectiva y la gestión institucional, realizada en la fase de autoevaluación.
En el proceso de evaluación de los proyectos se considerará de manera importante su carácter integral. Es decir, la atención holística de los problemas comunes de los Programas Educativos o de la gestión, la incorporación en un mínimo de objetivos particulares de las diversas situaciones a atender evitando redundancias y dispersiones, buscando la complementariedad y las soluciones sinérgicas.
El PROFEXCE 2020-2021 y sus proyectos asociados constituyen un planteamiento integral y de esa manera serán dictaminados por los Comités de Evaluación. Se pondrá particular atención a la forma en que el PROFEXCE pueda impactar en la excelencia de la educación superior universitaria.
Cada Comité de Evaluación asentará en las actas respectivas el resultado de la dictaminación, que aporta elementos fundamentales para la asignación de recursos en los ejercicios fiscales, con base en la combinación de los puntajes alcanzados en los documentos establecidos en la Guía PROFEXCE, así como las observaciones que sustenten su dictamen, con el nombre y la firma de cada uno de ellos.
En el proceso de evaluación, los titulares de las Instituciones de Educación Superior deberán realizar una defensa de su documento PROFEXCE ante el Comité de Pares Académicos que se conforme para tal propósito.
La DGESU dará a conocer a las IES el resultado de la evaluación de su documento de planeación estratégica participativa PROFEXCE y sus proyectos asociados, así como los criterios para presentar sus propuestas de réplica, una vez concluido el proceso de dictaminación.
El resultado de los documentos con evaluación favorable es definitivo, mientras que los documentos evaluados no favorablemente y que cumplan con los criterios para presentar propuesta de réplica, se someterán a una nueva evaluación.
10. Criterios para presentar las propuestas de réplica
Las IES tendrán derecho de réplica de los resultados de la evaluación del PROFEXCE, específicamente de aquellas propuestas que en el subrubro que se denominará de "cierre", hayan obtenido una calificación en los escenarios 1 o 2.
Las réplicas que procedan serán reevaluadas por los Comités de Evaluación, que asentarán en actas los resultados, y éstos serán definitivos e inapelables; es decir, el resultado de la evaluación de la réplica será el resultado final, de ninguna manera se hará una combinación de resultados entre la evaluación inicial y la réplica.
De la réplica:
· A partir de que la institución reciba los resultados de la evaluación vía electrónica, si fuese el caso, cuenta con cinco días hábiles para presentar la solicitud de réplica y los documentos que la sustenten, a la Dirección de Fortalecimiento Institucional.
· El oficio de la solicitud deberá dirigirse por escrito a la/el Titular de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, en dos copias impresas y una electrónica.
· Las solicitudes de réplica deberán contener un texto, presentado en formato libre, donde apelan la calificación emitida por el Comité Académico de Evaluación y ofrecen los argumentos con base en la información de los documentos que conforman el PROFEXCE 2020-2021 presentada originalmente (no se aceptará información complementaria), que sustente su inconformidad.
· La evaluación de la réplica no requiere de la presencia del titular de la institución.
· La DGESU dará a conocer a las IES el resultado de la evaluación de la réplica, una vez concluido el proceso de dictaminación correspondiente.
11. Criterios para la asignación de recursos
En atención a las Reglas de Operación del programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa (PROFEXCE), la asignación de recursos se hará con base en:
· La disponibilidad presupuestal del programa.
· El dictamen de la evaluación y, en su caso, de la réplica, según sea el caso, del documento de planeación estratégica participativa PROFEXCE 2020-2021 y sus proyectos asociados por los Comités de Pares Académicos de Evaluación.
· La dimensión y desarrollo de la matrícula de calidad en cada IES evaluada favorablemente.
· El cumplimiento trimestral académico y financiero establecido en los proyectos asociados apoyados en el ejercicio fiscal anterior, relacionado con la evolución de los indicadores de calidad.
12. Criterios para la entrega-recepción del documento PROFEXCE 2020-2021
1. La fecha de entrega de los documentos que conforman la propuesta PROFEXCE 2020-2021, se llevará a cabo del 21 al 25 de octubre de 2020, el día y hora se comunicará oportunamente a cada institución por parte de la DGESU.
2. El Documento institucional se presentará en carpeta de tres argollas, en dos tantos impresos. conforme al contenido establecido en el apartado 6.- Estructura para la formulación del documento PROFEXCE 2020-2021 de la Guía PROFEXCE 2020-2021. Deberá tener índice de su contenido, con una numeración consecutiva y separadores por cada apartado que conforme el documento.
3. Sólo se recibirá el PROFEXCE 2020-2021 y los proyectos que contengan los Indicadores de Resultados respectivos. El quinto proyecto no requiere asociarle indicadores.
4. Los proyectos de la gestión deberán presentarse individualmente en carpeta de tres argollas cada uno, en dos tantos impresos, siguiendo las presentes especificaciones:
d. Los proyectos integrales académico y de la Gestión no deberán tener ningún tipo de anexo.
e. Los proyectos de Igualdad de Género deberán presentar de acuerdo al tipo de proyecto lo siguiente:
· Proyectos de capacitación.- El diseño del plan de capacitación.
· Proyectos de Transversalización.- El estudio diagnóstico institucional de género y la estrategia de género.
f. Los proyectos de Guarderías Infantiles deberán presentar los siguientes documentos:
· El Análisis de la problemática presentada por la IES para crear u operar una guardería.
· El documento correspondiente al Anexo 1 de los lineamientos correspondientes.
· La totalidad de los documentos normativos:
o Constancia de registro de incorporación al Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia;
o Aviso de funcionamiento y aviso de responsable sanitario;
o Copia legible del documento emitido por la autoridad competente en materia de protección civil que avale que el inmueble ocupado o propuesto para la Estancia y/o Guardería Infantil, según sea el caso, no se encuentra ubicado a menos de 50 metros de áreas que representen un alto riesgo, de acuerdo a lo previsto por la legislación en materia de Protección Civil;
o Dictamen estructural vigente.
o Programa Interno de Protección Civil vigente,
o Documentación que acredite que el/los Responsable(s) de la Guardería Infantil cuentan con:
§ La certificación vigente en el Estándar de Competencia EC0435 o en el Estándar de Competencia EC0024 vigente.
§ Estudios mínimos de bachillerato o carrera afín al Servicio de Cuidado y Atención Infantil.
o Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil y Daños a Terceros vigente que maneje como beneficiarios a las niñas y niños asistentes a la Guardería Infantil
o Reglamento Interno de la Guardería Infantil actualizado.
· Los siguientes planos arquitectónicos:
o Plantas, cortes y fachadas, con escala 1:75 o 1:100, dependiendo de la magnitud del proyecto, con calidades de línea, impreso en papel bond, tamaño 0.90 m x 0.60 m y acotado. Se colocará solapa o pie de plano con todos los datos.- Nombre de la universidad, ubicación de la obra, área de terreno y construcción, escala, cotas, croquis de localización y nombres del proyectista, de quien revisa y autoriza el proyecto y firmas de todos los anteriores.
o Se complementará esta información con una perspectiva o rendir del proyecto en formato libre.
5. Los proyectos de remodelación, construcción y/o equipamiento de Estancias Infantiles o Guarderías, serán recibidos siempre y cuando se apeguen a los criterios establecidos en los lineamientos que acompañan a esta Guía.
6. El Proyecto Integral de Infraestructura Física deberá cumplir con los requisitos establecidos en esta Guía y presentarse en carpeta por separado, debidamente identificada y numerada y con la documentación soporte que se señala en los Anexos IX y X, así como en soporte electrónico (USB) debidamente identificado.
7. Adicionalmente a lo anterior, a continuación, se presentan las características que deben reunir los documentos:
ü Presentar un índice y numerar sus páginas en forma continua (no iniciar la numeración en cada apartado o sección).
ü Contener separadores por apartado o sección.
ü Respetar la extensión establecida (número de cuartillas).
ü Presentarlos en carpetas de tres argollas (no se recibirán engargolados).
ü Presentar dos tantos impresos del documento PROFEXCE 2020-2021.
ü Dos memorias USB con el contenido del PROFEXCE 2020-2021 y sus proyectos con las siguientes características:
a. Documento PROFEXCE 2020-2021 en formato Word y PDF, sin contenido multimedia.
b. Proyecto integral académico y de la Gestión en formato Word y PDF, sin contenido multimedia.
c. Anexo III (Reporte de las causas de la demora en las obras apoyadas) indicado en la Guía PROFEXCE 2020-2021.
ü Una memoria USB que contenga en formato electrónico, el proyecto de Igualdad de Género, así como los archivos listados en el inciso b), punto 4.
ü Una memoria USB que contenga en formato electrónico el proyecto de Estancia Infantil o Guardería, así como los archivos señalados en el inciso c), punto 4.
ü Los archivos de texto deben estar en formato Word y todas las tablas descritas en los Anexos que aparecen en esta Guía, deben capturarse en el sistema de información de la DFI, conforme a lo siguiente:
h) Los archivos electrónicos deberán estar claramente ordenados bajo un índice y con nombres que permitan su rápida ubicación;
i) Los archivos de texto deben estar en formato Word;
j) Las tablas deben presentarse en formato Excel;
k) Los proyectos integrales deben presentarse conforme a lo establecido en la Guía metodológica PROFEXCE 2020-2021;
l) Los archivos no deben tener claves de acceso y las versiones que contengan las USB deben coincidir con la versión impresa.
m) El Anexo de los indicadores básicos deberá de cargarse en el sistema DFI, en el que se incluya los PE.
n) Los formatos de indicadores básicos a nivel de PE no deberán imprimirse para incorporar su incorporación al documento PROFEXCE 2020-2021.
8. El documento PROFEXCE 2020-2021 (documento institucional y anexos) deberá convertirse en formato PDF y no debe contener elementos multimedia para que sea cargado al Módulo Electrónico de Evaluación del sistema de información de la DFI, previo a la fecha de entrega-recepción de la versión física de los mismos (el contenido de ambas versiones debe ser la misma); y los proyectos académicos y de la gestión serán capturados en el módulo específico del sistema antes referido.
13. Conceptos que no apoya la SEP en el marco del PROFEXCE
A continuación, se presenta el listado de los conceptos de gasto o rubros que no pueden adquirirse con los recursos que se asignen a través del PROFEXCE:
38. Becas, apoyos de transporte y viáticos para realizar estudios de posgrado de PTC (Solicitarse a través del PRODEP).
39. Apoyo de transporte y viáticos a evaluadores/as para realizar acreditaciones de programas educativos de licenciatura por parte de los organismos acreditadores reconocidos por el COPAES, o en su caso, para el personal de organismos certificadores de procesos de gestión.
40. Becas para estudiantes de nivel TSU, licenciatura y posgrado (quienes aspiren a una beca de licenciatura deben canalizarse al Programa respectivo y para posgrado deberán cursar un programa de este nivel inscrito en el Programa Nacional de Posgrado de Calidad, PNPC).
41. Compensaciones salariales, estímulos económicos, sobresueldos al personal académico y administrativo que labora en la IES. Solo se autoriza el pago de sueldos bajo el régimen de honorarios, no asimilables a salarios, en los proyectos de estancias infantiles y/o guarderías.
42. Muebles para oficinas administrativas.
43. Obsequios de cualquier índole y para cualquier tipo de evento que organice la IES.
44. Medicamentos que no tengan relación con los programas educativos que se imparten en la IES (solo se autorizan para la DES de Salud).
45. Vehículos (terrestres, acuáticos y aéreos).
46. Contratación de base de datos, libros y revistas electrónicas (éstos se deben solicitar a través del Consorcio Nacional de Recursos de Información Científica y Tecnología, CONRICyT).
47. Gastos de operación tales como (agua, luz, telefonía fija y móvil, internet, mensajería y papelería), así como el mantenimiento de vehículos terrestres, acuáticos y/o aéreos.
48. Cafetería de oficina y/o de eventos.
49. Publicidad y promoción de programas educativos de licenciatura y posgrado (spots de radio, pancartas, posters).
50. Plazas de personal académico y administrativo que labora en la IES.
51. Publicaciones de libros y revistas no arbitradas.
52. Registros de patentes. (solicitarse a través del PRODEP).
53. Reconocimientos y estímulos para estudiantes.
54. Transporte, hospedaje y alimentación para firma de convenios.
55. Renta de espacios y mobiliario de la propia institución para la realización de eventos académicos.
56. Pago de personal de la institución y externo, para llevar a cabo presentaciones musicales, artísticas, teatrales, así como personal de seguridad (solo se apoyan las actividades relacionadas con el plan de estudios de programas educativos de artes).
57. Pago de peajes y combustible para personal administrativo.
58. Pago de propinas.
59. Pago para certificación de idiomas extranjeros.
60. Transporte, hospedaje y alimentación para establecer redes de colaboración.
61. Consultorías y asesorías sobre normas de calidad.
62. Membresías para asociaciones sin relación con los programas educativos.
63. Servicios de diseño de páginas web.
64. Seguros de viaje.
65. Pago de Impresión de tesis para alumnos de posgrado.
66. Certificaciones para docentes en su área disciplinar.
67. Desarrollo de software para control de proyectos institucionales.
68. Viáticos (hospedaje, alimentación y transporte) a estudiantes para la asistencia a ferias de libro.
69. Pago de servicios profesionales a intérpretes del lenguaje a señas.
70. Pago de inscripción a organismos para el desarrollo de internet.
71. Los siguientes conceptos se deberán solicitar a través de proyectos formulados en el marco del FAM:
EQUIPO DE AUDIO Y VIDEO | OBSERVACIONES |
Proyectores | Para el equipamiento de salones de clase, aulas interactivas, aulas de usos múltiples, aulas magnas, salas de juicios orales, auditorios, teatros. |
Pizarrones Interactivos | Se apoyara a través de FAM cuando su uso esté destinado a salones de clases, aulas interactivas, aulas de usos múltiples. |
MOBILIARIO | OBSERVACIONES |
Mesa bancos | Para el equipamiento de salones de clases o sustitución del ya existente. |
Butacas | Para auditorios y aulas magnas |
Lockers | Se apoyara por FAM cuando su usó esté destinado exclusivamente para Talleres, Laboratorios, Bibliotecas. |
Lámparas | Únicamente para proyectos técnicos sustentables |
EQUIPO DE LABORATORIO | OBSERVACIONES |
Mesas de laboratorio | |
OTROS | OBSERVACIONES |
Sistemas e instalaciones especiales.- aire acondicionado | para uso en aulas magnas, aulas interactivas, aulas de usos múltiples, salas de juicios orales, talleres, laboratorios, bibliotecas, infotecas, centros de idiomas, centro de cómputo, auditorios, teatros, salas de música |
Sistemas y equipos contra incendio (detectores de humo) | para uso en aulas magnas, aulas interactivas, aulas de usos múltiples, salas de juicios orales, talleres, laboratorios, bibliotecas, infotecas, centros de idiomas, centro de cómputo, auditorios, teatros, salas de música |
Sistemas e instalaciones especiales.- instalación eléctrica | para uso en aulas magnas, aulas interactivas, aulas de usos múltiples, salas de juicios orales, talleres, laboratorios, bibliotecas, infotecas, centros de idiomas, centro de cómputo, auditorios, teatros, salas de música |
Extintores | para uso en aulas magnas, aulas interactivas, aulas de usos múltiples, salas de juicios orales, talleres, laboratorios, bibliotecas, infotecas, centros de idiomas, centro de cómputo, auditorios, teatros, salas de música |
Sistemas e instalaciones especiales.- instalación hidráulica | Para Talleres y laboratorios |
Sistemas e instalaciones especiales.- regaderas | Para Talleres y laboratorios |
Sistemas e instalaciones especiales.- instalación de gas | Para Talleres y laboratorios |
Pódium | Para sala de juicios orales |
Puertas de emergencia. | Aulas, talleres, laboratorios y auditorios |
Sistema de iluminación | Aulas, talleres, laboratorios y auditorios |
Ventilador de techo | Salones de clase |
Equipo de accesibilidad para personas con capacidades diferentes. | para uso en aulas magnas, aulas interactivas, aulas de usos múltiples, salas de juicios orales, talleres, laboratorios, bibliotecas, infotecas, centros de idiomas, centro de cómputo, auditorios, teatros, salas de música |
Paneles solares | Para proyectos técnicos sustentables |
Arco detector | Bibliotecas, hemerotecas, infotecas, xilotecas |
72. Pago de casetas y gasolina como rembolso para facilitadores de cursos, talleres, seminarios, conferencias, entre otros
73. En el proyecto de Igualdad de Género, no se apoyan los siguientes conceptos de gasto:
q) Papelería.
r) Equipo de cómputo, impresoras, escáner, cartuchos para impresión y fotocopiadoras.
s) Software.
t) Infraestructura (muebles, escritorios, sillas, etc.).
u) Diseño y elaboración de cursos en línea y/o presenciales (únicamente se apoya el pago de cursos y viáticos de ponentes en el proyecto de capacitación).
v) Servicios de impresión de material de difusión, cunado no exista acciones de capacitación y sensibilización que lo justifiquen.
w) Servicio de cafetería para eventos de capacitación.
x) Viáticos al personal docente, administrativo o estudiantil para la asistencia a eventos de capacitación fuera de las instalaciones de la universidad.
y) Viáticos al personal docente y/o administrativo para recabar información en trabajo de campo.
z) Títeres y materiales para teatro guiñol.
aa) Acervo bibliográfico que, en el marco de un proyecto de capacitación, los títulos no estén relacionados con la temática de género.
bb) Lotes de acervo (los acervos.- libros, material audiovisual y suscripciones a revistas indexadas, deben registrarse individualmente especificando título, autor y editorial).
cc) Gasolina y casetas para trabajo de campo (levantamiento de encuestas).
dd) Gasolina y casetas para el traslado de ponentes y participantes en talleres, cursos, seminarios, simposios y conferencias.
ee) Pago de facturas a empresas que no demuestren experiencia en el tema de género.
ff) La compra de alimentos (papas, refrescos, galletas, café, etc.) en la comprobación de los gastos correspondientes a "alimentos".
74. En el proyecto de estancias infantiles y/o guarderías, no se apoyan los siguientes conceptos de gasto:
k) Uniformes, zapatos y cualquier otra prenda de vestir, para el personal operativo, administrativo y alumnos de la Estancia infantil.
l) El equipo de cómputo, impresoras, escáner, cartuchos para impresión y fotocopiadoras, estará destinada única y exclusivamente al personal administrativo, por tal motivo no puede exceder al número del personal contratado y/o como máximo 4 equipos de cómputo por Estancia y/o guardería Infantil, siempre y cuando no haya sido apoyado este rubro en ejercicios anteriores.
m) Equipos de cómputo de gama alta para el apoyo en la operación de las Estancias Infantiles.
n) IPads, iPods, tablets o cualquier otro tipo de tableta electrónica.
o) Servicio para el suministro de alimentos preparados.
p) Servicio de capacitación hacia el personal de la estancia infantil con fines de dar cumplimiento a las certificaciones requeridas por la DFI, ya que éstas son un requisito de participación para recibir el apoyo financiero.
q) Contratación de prestadores de servicios para la atención de la guardería o estancia infantil, por honorarios asimilables a salarios.
r) No se autoriza la compra de papelería para uso administrativo por un monto mayor a $50,000 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), esto incluye cartuchos para impresión y/o tóner.
s) Compra y/o renta de terrenos
t) Subrogación del servicio de estancia infantil y/o guardería.
14. Diagramas para la formulación de proyectos
15. Estructura de un proyecto integral
Contenido mínimo de un proyecto integral
Nombre del proyecto.- __________________________________________
Responsable del proyecto.- ______________________________________
Cargo:
Grado académico:
Perfil deseable:
Teléfono:
Correo electrónico
CONTENIDO
· Objetivo general.
· Justificación del proyecto.
ü Objetivos particulares.
ü Metas académicas y sus valores asociados(12).
ü Acciones y sus recursos calendarizados.
Ø Descripción detallada de los recursos necesarios.(13)
Resumen de los proyectos integrales académico y de gestión
Objetivo Particular | Meta | Acciones | Recursos(14) solicitados por prioridad para 2020 | Recursos solicitados por prioridad para 2021 |
1 | 1.1 | 1.1.1 | | |
| 1.1.2 | | |
1.2 | 1.2.1 | | |
| 1.2.2 | | |
1.3 | 1.3.1 | | |
| 1.3.2 | | |
2 | 2.1 | 2.1.1 | | |
| 2.1.2 | | |
2.2 | 2.2.1 | | |
| 2.2.2 | | |
2.3 | 2.3.1 | | |
| 2.3.2 | | |
3 | 3.1 | 3.1.1 | | |
| 3.1.2 | | |
3.2 | 3.2.1 | | |
| 3.2.2 | | |
3.3 | 3.3.1 | | |
| 3.3.2 | | |
4 | 4.1 | 4.1.1 | | |
Indicadores de Calidad
Cobertura geográfica
Municipio:
Localidad:
Formatos de seguimiento académico y financiero
Anexo 4a DGESU
Formatos de Seguimiento Académico
Seguimiento de metas académicas.
No. OP | Descripción del objetivo particular |
|
No. MA | Descripción de la meta académica | Valores cualitativos |
| | Programado | Alcanzado | % |
| | | | |
| | | | |
Totales |
No. OP | Descripción del objetivo particular |
|
No. MA | Descripción de la meta académica | Valores financieros |
| | Programado | Alcanzado | % |
| | | | |
No. MA | Trimestre 1 | Trimestre 2 |
Meta | Monto | Observaciones | Meta | Monto | Observaciones |
| | | | | | |
| | | | | | |
No. MA | Trimestre 2 | Trimestre 3 |
Meta | Monto | Observaciones | Meta | Monto | Observaciones |
| | | | | | |
| | | | | | |
Seguimiento de indicadores de resultado
Indicador de resultado | Valor original | Ajustado Anual |
Número | % | Número | % |
Capacidad académica |
Total de Profesores de Tiempo Completo: | |
| | | | |
Total de Profesores que conforman la planta académica: | |
| | |
Total de Cuerpos Académicos: | |
| | |
Competitividad académica |
Total de Programas Educativos de TSU/PA y Lic. | |
| | |
Total de matrícula evaluable de nivel TSU/PA y Lic. | |
| | |
Tasa de egreso por cohorte generacional de Licenciatura | M1 | M2 | % | M1 | % |
| | | | | |
Tasa de titulación por cohorte generacional de Licenciatura | M1 | M2 | % | M1 | % |
| | | | | |
Indicador de resultado | Programado trimestral | Alcanzado trimestral |
Número | % | Número | % |
Capacidad académica |
Total de Profesores de Tiempo Completo: | |
| | | | |
Total de Profesores que conforman la planta académica: | |
| | |
Total de Cuerpos Académicos: | |
| | |
Competitividad académica |
Total de Programas Educativos de TSU/PA y Lic. | |
| | |
Total de matrícula evaluable de nivel TSU/PA y Lic. | |
| | |
Tasa de egreso por cohorte generacional de Licenciatura | M1 | M2 | % | M1 | % |
| | | | | |
Tasa de titulación por cohorte generacional de Licenciatura | M1 | M2 | % | M1 | % |
| | | | | |
Reporte trimestral |
Indicador de resultado | Comprometido | Alcanzado |
Número | % | Número | % |
Capacidad académica |
Total de Profesores de Tiempo Completo: | |
| | | | |
Total de Profesores que conforman la planta académica: | |
| | |
Total de Cuerpos Académicos: | |
| | |
Competitividad académica |
Total de Programas Educativos de TSU/PA y Lic. | |
| | |
Total de matrícula evaluable de nivel TSU/PA y Lic. | |
| | |
Tasa de egreso por cohorte generacional de Licenciatura | M2 | % | M2 | % |
| | | | | |
Tasa de titulación por cohorte generacional de Licenciatura | M2 | % | M2 | % |
| | | | | |
Avance anual | |
Indicador de resultado | | |
Número | % | Justificación IES |
Capacidad académica | |
Total de Profesores de Tiempo Completo: | | |
| | | |
Total de Profesores que conforman la planta académica: | | |
| | |
Total de Cuerpos Académicos: | | |
| | |
Competitividad académica | |
Total de Programas Educativos de TSU/PA y Lic. | | |
| | |
Total de matrícula evaluable de nivel TSU/PA y Lic. | | |
| | |
Tasa de egreso por cohorte generacional de Licenciatura | M2 | % | |
| | | | |
Tasa de titulación por cohorte generacional de Licenciatura | M2 | % | |
| | | | |
REPORTE FINAL
1.- Valoración General del avance o cumplimiento académico del proyecto |
|
2.- Problemas atendidos |
|
3.- Fortalezas aseguradas |
|
4.- Impacto de la innovación educativa en la mejora de la calidad |
|
5.- Atención a las recomendaciones de organismos evaluadores y/o acreditadores (CIEES, COPAES, PNPC, otros) |
|
6.- Contribución a la mejora de los indicadores planteados en el Anexo XIII del PROFEXCE |
|
7.- Número de estudiantes y profesores beneficiados |
Profesores/as beneficiados/as | Movilidad académica |
| Número | Nacional | Internacional |
Tipo de contratación | | | |
Profesores/as de Tiempo Completo | | | |
Profesores/as de Medio Tiempo | | | |
Profesores/as de Asignatura | | | |
Total |
Alumnos beneficiados | | Movilidad académica |
| | Complemento de la formación | Complemento de la formación |
| Número | Nacional | Internacional | Nacional | Internacional |
Tipo | | | | | |
Alumnos/as de TSU/PA | | | | | |
Alumnos/as de Licenciatura | | | | | |
Alumnos/as de Posgrado | | | | | |
Total |
8.- Impacto en la modernización de la infraestructura (servicios de apoyo académico) |
|
9.- Impacto en la capacitación de los/las profesores/as y de los cuerpos académicos |
|
10.- Impacto en la formación y atención integral del estudiante |
|
11.- Producción científica |
Libros |
Capítulos de Libros |
Artículos |
Ponencias |
Memorias |
Patentes |
12.- Otros aspectos |
|
Dictamen de la autoevaluación |
| |
| |
Rectora/or | Responsable del proyecto |
Reporte del Estado de Cuenta del Fideicomiso/Cuenta productiva
| Capital |
Mes y Año | Capital asignado PROFEXCE (1) | Retiro de fideicomiso/cuenta productiva (2) | Pago a fideicomisarios y/o proveedores (3) |
| | | |
| | | |
| | | |
| | | |
| | | |
| | | |
| | | |
TOTALES: | $0.00 | $0.00 | $0.00 |
Capital |
Devolución a TESOFE (4) | Reintegros al Fideicomiso/Cuenta Productiva (5) | Saldo final acumulado (6) = ((1-2-3-4+5)+6 mes anterior) |
| | |
| | |
| | |
| | |
| | |
| | |
| | |
$0.00 | $0.00 | $0.00 |
Productos Financieros |
Capital (Rendimiento bruto) (7) | Costo del Fideicomiso/Cuenta Productiva (8) | Rendimiento neto (9) = 7-8 |
| | |
| | |
| | |
| | |
| | |
| | |
| | |
$0.00 | $0.00 | $0.00 |
Productos Financieros |
Pago a fideicomisarios y/o proveedores (10) | Devolución a TESOFE (11) | Reintegros por Comisiones Cobradas de más (12) |
| | |
| | |
| | |
| | |
| | |
| | |
| | |
$0.00 | $0.00 | $0.00 |
Productos Financieros | Saldo total según estado de cuenta (14)=(6) +(13) |
Ejercicio Neto (13) = (9-10- 11+12+(13 mes anterior)) |
| |
| |
| |
| |
| |
| |
| |
$0.00 | $0.00 |
| NOMBRE Y FIRMA DEL/LA TITULAR DE LA INSTITUCIÓN | | | | | | NOMBRE Y FIRMA DEL/LA RESPONSABLE INSTITUCIONAL |
Reporte de Formato acumulativo por proyecto
Trimestre: | |
Clave proyecto | Total asignado | Honorarios | Materiales |
| | | | | | |
| | | | | | |
| | | | | | |
Trimestre: | |
Clave proyecto | Servicios | Infraestructura académica |
| | | | |
| | | | |
| | | | |
Trimestre: | |
Clave proyecto | Acervos | Comprobado Trimestral |
| | | | |
| | | | |
| | | | |
| | | | | | | | | | | | | |
| NOMBRE Y FIRMA DEL/LA TITULAR DE LA INSTITUCIÓN | | | | | | NOMBRE Y FIRMA DEL/LA RESPONSABLE INSTITUCIONAL |
Beneficiarios para Estancias Infantiles
|
Tabla de Estudiantes Beneficiarios para Estancias Infantiles PROFEXCE 2020-2021 |
No. | Nombre del Alumno | Edad | Sexo | Num. Hijos (as) beneficiarios | Num. Control Escolar | Programa Educativo | Duración programa educativo (semestres) | Semestre que cursa | Estatus del Alumno |
1 | | | | | | | | | |
2 | | | | | | | | | |
3 | | | | | | | | | |
4 | | | | | | | | | |
5 | | | | | | | | | |
|
Tabla de Niños(as) Beneficiarios para Estancias Infantiles PROFEXCE 2020-2021 |
No. | Num. Control Escolar del Responsable del menor | Nombre del niño (a) | Edad | Sexo | Historial de vigencia |
Enero- Marzo | Abril- Junio | Julio- Septiembre | Octubre- Diciembre |
1 | | | | | | | | |
2 | | | | | | | | |
3 | | | | | | | | |
4 | | | | | | | | |
5 | | | | | | | | |
6 | | | | | | | | |
7 | | | | | | | | |
8 | | | | | | | | |
9 | | | | | | | | |
10 | | | | | | | | |
11 | | | | | | | | |
n | | | | | | | | |
Anexo 4B CGUTyP
| COORDINACIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES TECNOLÓGICAS Y POLITÉCNICAS |
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS |
SUBDIRECCIÓN DE PROGRAMAS DE FINANCIAMIENTO |
Subsecretaría de Educación Superior | | PROFEXCE 2020 |
REPORTE DE LA CUENTA BANCARIA PRODUCTIVA y/o FIDEICOMISO |
Nombre de la Institución: | | | | | | | | | | | Clave del Convenio | | |
Informe acumulado | | 1ro. | 2do. | 3ro. | 4to. | Final | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | Fecha de entrega: | | |
Institución Bancaria: | | | | | | | | | | | | | | |
Número de cuenta: | | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | |
MES | SALDO CHEQUERA | RENDIMIENTO | COMISIONES | RENDIMIENTO NETO | PAGO A PROVEEDORES | REINTEGROS | RETIRO A INVERSIÓN | DEPÓSITO DE INVERSIÓN | EJERCIDO NETO | SALDO CHEQUERA | SALDO INVERSIÓN | RENDIMIENTO | SALDO INVERSIÓN | | SALDO TOTAL |
| INICIAL | | | | | | | | | FINAL | INICIAL | | FINAL | | FINAL |
ASIGNACION | 0.00 | | | | | | | | | | | | | | |
nov-14 | 0.00 | | | 0.00 | | | | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | | 0.00 | | 0.00 |
dic-14 | 0.00 | | | 0.00 | | | | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | | 0.00 | | 0.00 |
ene-15 | 0.00 | | | 0.00 | | | | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | | 0.00 | | 0.00 |
feb-15 | 0.00 | | | 0.00 | | | | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | | 0.00 | | 0.00 |
mar-15 | 0.00 | | | 0.00 | | | | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | | 0.00 | | 0.00 |
abr-15 | 0.00 | | | 0.00 | | | | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | | 0.00 | | 0.00 |
may-15 | 0.00 | | | 0.00 | | | | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | | 0.00 | | 0.00 |
jun-15 | 0.00 | | | 0.00 | | | | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | | 0.00 | | 0.00 |
jul-15 | 0.00 | | | 0.00 | | | | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | | 0.00 | | 0.00 |
ago-15 | 0.00 | | | 0.00 | | | | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | | 0.00 | | 0.00 |
sep-15 | 0.00 | | | 0.00 | | | | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | | 0.00 | | 0.00 |
oct-15 | 0.00 | | | 0.00 | | | | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | | 0.00 | | 0.00 |
nov-15 | 0.00 | | | 0.00 | | | | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | | 0.00 | | 0.00 |
dic-15 | 0.00 | | | 0.00 | | | | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | | 0.00 | | 0.00 |
| | | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | |
TOTAL | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | | 0.00 |
__________________________________ ___________ | | __________________________________ ___________ | | __________________________________ ___________ |
| | | | |
DIRECTOR DE FINANZAS | | CONTRALOR DE LA INSTITUCIÓN | | RECTOR |
| COORDINACIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES TECNOLÓGICAS Y POLITÉCNICAS |
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS |
SUBDIRECCIÓN DE PROGRAMAS DE FINANCIAMIENTO |
Subsecretaría de Educación Superior | | | PROFEXCE 2020 |
RELACIÓN DE DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA POR PROYECTO, BIEN O SERVICIO |
Nombre de la Institución: | | | | | | | | | | Clave del Convenio : | |
Informe acumulado | 1ro. | 2do. | | 4to. | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | |
Institución Bancaria: | | | | | | | | | | | |
Número de cuenta: | | | | | | | | | | Fecha de entrega: | |
| | | | | | | | | | | |
Nombre del Proyecto | (1) | Asignado al Proyecto | | |
| | | | Acción y Rubro | | | | | | | |
Acción | Concepto | Cantidad | Total | Proveedor | RFC | Número de Factura | Fecha de Factura | Descripción del Bien o Servicio | Importe | Comprobado Acumulado | Por Comprobar |
| | | |
| | | |
| | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | |
- | - | - | - |
- | - | - | - |
- | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - |
| | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | |
- | - | - | - |
- | - | - | - |
- | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - |
| | | | | | | | | | | |
- | - | - | - |
- | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - |
| | | | | | | | | | | |
|
| REVISADO EN COMPROBACIONES ANTERIORES | | | | TOTAL | COMPROBADO | | |
| | | | | | | | POR COMPROBAR | | |
_________________________ ____________________ | | __________________________ ___________________ | | __________________________ ___________________ |
DIRECTOR DE FINANZAS | | CONTRALOR DE LA INSTITUCIÓN | | RECTOR |
| COORDINACIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES TECNOLÓGICAS Y POLITÉCNICAS |
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS |
SUBDIRECCIÓN DE PROGRAMAS DE FINANCIAMIENTO |
Subsecretaría de Educación Superior | | | PROFEXCE 2020 |
COMPROBACIÓN FINANCIERA ACUMULADA |
Nombre de la Institución: | | | | | | | | | | | | Clave del Convenio .- | | | | |
Informe acumulado | | 1ro. | 2do. | 3ro. | 4to. | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | Fecha de Entrega: | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | |
ACCIÓN | CONCEPTO | RECURSO ASIGNADO (a) | TRANFERENCIAS AUTORIZADAS (b) | RECURSO MODIFICADO c = a+b | 2016 | | | | |
TRIMESTRE | | | | |
1RO. | 2DO. | 3RO. | 4TO. | | | | |
C. PARCIAL | % | C. PARCIAL | % | C. PARCIAL | % | C. PARCIAL | % | COMPROBADO | % | POR COMPROBAR | % |
(5) |
| | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | |
TOTAL | | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
|
(5) |
| | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | |
TOTAL | | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
GRAN TOTAL | | | | | | | | | | | | | | | | |
_______________________ ______________________ | | _________________________ ____________________ | | ____________________________ _________________ | | |
DIRECTOR DE FINANZAS | | CONTRALOR DE LA INSTITUCIÓN | | RECTOR | | |
CÉDULA DE RESULTADOS DEL ANÁLISIS FINANCIERO
| PROFEXCE | | PRODEP | | Otro_____ | Monto comprobado | |
Universidad: | |
Ejercicio: | |
Periodo de comprobación: | | 1er. Informe | | 2do. Informe | | 3ro. Informe | | |
Otro: | |
Fecha de comprobación: | |
Nombre, firma y cargo del responsable de la comprobación de la Universidad | Nombre, firma y cargo del personal que realizó el análisis de la CGUTyP |
______________________________________________ | ______________________________________________- |
Correo: Teléfono: | Correo: Teléfono:: |
INDICADORES BÁSICOS QUE LAS UNIVERSIDADES TECNOLÓGICAS Y POLITÉCNICAS DEBERÁN RESPONDER PARA MEDIR EL IMPACTO EN LA GESTIÓN ACADÉMICA Y ADMINISTRATIVA DERIVADO DEL EJERCICIO DE PLANEACIÓN DEL PROFEXCE (DE ACUERDO A LOS NIVELES EDUCATIVOS QUE LA INSTITUCIÓN IMPARTE HABRÁ RUBROS QUE NO APLIQUEN)
INDICADORES DE LOS PROFESORES DE TIEMPO COMPLETO (PTC) |
Nombre | 1er Informe | 2º Informe | 3er Informe | Total |
Número Total de PTC. | | | | |
Número de PTC con: | |
Técnico Superior Universitario | | | | |
Licenciatura | | | | |
Especialidad | | | | |
Maestría | | | | |
Maestría en el área disciplinar del programa educativo que participa | | | | |
Doctorado | | | | |
Doctorado en el área disciplinar del programa educativo que participa | | | | |
Perfil PRODEP | | | | |
Que participación en el programa de tutorías | | | | |
Adscritos en el SNI | | | | |
Número de Cuerpos Académicos: | |
En Formación | | | | |
En Consolidación | | | | |
Consolidados | | | | |
INDICADORES DE LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS |
Nombre | 1er Informe | 2º Informe | 3er Informe | Total |
Número de PE de: | |
Técnico Superior Universitario | | | | |
Licenciatura | | | | |
Especialidad | | | | |
Maestría | | | | |
Doctorado | | | | |
INDICADORES DE LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS |
Nombre | 1er. Informe | 2º. Informe | 3er. Informe | Final |
| TSU | LIC | ESP | MAE | DOC | TSU | LIC | ESP | MAE | DOC | TSU | LIC | ESP | MAE | DOC | TSU | LIC | ESP | MAE | DOC |
Número y % de PE: |
Con estudios de factibilidad vigentes y/o Pertinentes | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
En el modelo BIS (Bilingüe, Internacional y Sustentable) | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
Basados en competencias | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
Que alcanzarán el nivel 1 los CIEES | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
Que serán acreditados por organismos reconocidos por el COPAES | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
Que serán reconocidos por el Programa Nacional de Posgrado de Calidad (PNPC) | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
Que ingresarán al Programa de Fomento a la Calidad (PFC) | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
Que ingresarán al Padrón Nacional de Posgrado (PNP) | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
De calidad del total de la oferta educativa evaluable | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
De licenciatura/ campus con estándar 1 del IDAP del CENEVAL | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
De licenciatura/c ampus con estándar 2 del IDAP del CENEVAL | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
*IDAP (Indicador de Desempeño Académico por Programa de licenciatura)
INDICADORES DE LOS PROGRAMAS EDUCATIVOS |
Nombre | 1er. Informe | 2º. Informe | 3er. Informe | Final |
T S U | L I C | E S P | M A E | D O C | T S U | L I C | E S P | M A E | D O C | T S U | L I C | E S P | M A E | D O C | T S U | L I C | E S P | M A E | D O C |
Número y % de PE que se actualizarán incorporando: |
Elementos de enfoques centrados en el estudiante o en el aprendizaje | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
Estudios de seguimiento de egresados y empleadores | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
INDICADORES DE EFICIENCIA TERMINAL |
Nombre | 1er Informe | 2º Informe | 3er Informe | Final |
Tasa de: | |
Egreso por cohorte de TSU. | | | | |
Titulación por cohorte de TSU | | | | |
Egreso por cohorte de licenciatura | | | | |
Titulación por cohorte de licenciatura | | | | |
Graduación del posgrado | | | | |
INDICADORES ESTRATÉGICOS |
Nombre | 1er Informe | 2º Informe | 3er Informe | 4º Final |
Matrícula Total atendida en PE evaluables: | TSU | | | | |
Licenciatura | | | | |
No. de alumnos inscritos en programas reconocidos por su buena calidad | TSU | | | | |
Licenciatura | | | | |
No. de Programas en el nivel 1 de los CIEES | TSU | | | | |
Licenciatura | | | | |
No. de Programas acreditados por organismos reconocidos por COPAES | TSU | | | | |
Licenciatura | | | | |
No. de Programas reconocidos por el Programa Nacional de Posgrado de Calidad (PNPC) | | | | |
INDICADORES DE GESTIÓN |
Nombre | 1er Informe | 2º Informe | 3er Informe | 4º Final |
Acciones establecidas en el Anexo de Ejecución: | | | | |
Destinadas para incorporar los PE de posgrado al PNCP. | | | | |
Destinadas para la realización de Estadías de alumnos y Estancias de los profesores en el extranjero. | | | | |
Para atender las recomendaciones de los organismos evaluadores y acreditadores en materia de la habilitación de talleres y/o laboratorios y equipo de cómputo. | | | | |
Los Indicadores de gestión serán llenados en base al cumplimiento de las acciones establecidas en el anexo de ejecución.
En el trimestre 1 se reportará como se encuentra cada rubro y posteriormente la evolución conforme al ejercicio de los recursos y el cumplimiento de las metas y acciones
Anexo 4C DGESPE
RELACIÓN DE COMPROBANTES DEL PRESUPUESTO EJERCIDO DEL ProGEN, QUE SON ENTREGADOS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN
1. | Secretaría o Instituto en el Estado de.- ________________________________________________________________ |
2. | Plantel: ______________________________________________________________________ |
3. | Nombre del proyecto.- _________________________________________________________________ |
4. | Clave del proyecto:__________________________________ | 5. | Monto autorizado al proyecto.- $________________ |
6. | Responsable del proyecto.- ___________________________________________________________________ |
7. | Vigencia del proyecto:______________________________________________________ |
8. | Objetivo.- _____________________________________________________________________ |
9. | Monto autorizado al objetivo.- $_________________ |
10. | Monto de los comprobantes que se presentan.- $_________________________ |
11. | Número de copias(s) fotostáticas anexa a esta carátula.- ______________________ |
12. | Fecha de envío de esta relación.- _____________________ |
Comprobantes |
13. Concepto de gasto | 14. Número | 15. Importe más I.V.A. |
SERVICIOS PERSONALES: | | |
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ACERVOS: | | |
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MOBILIARIO Y EQUIPO: | | |
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INFRAESTRUCTURA: | | |
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16. Suma del presupuesto ejercido | |
17. Este informe es.- PARCIAL ( ) FINAL ( ) 18. Observaciones: |
Certifico que los documentos que amparan esta relación, se encuentran en el archivo de la institución, fueron debidamente requisitados conforme a la normatividad vigente y que fueron aplicados al proyecto arriba mencionado. Asimismo, acepto que las copias con importes no legibles, se considerarán no entregadas.
19. Responsable del Proyecto | 20. Sello Dependencia | 20.1. Vo. Bo. |
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______________________________ | | |
19.1 Sello Plantel | | ______________________________________ |
Nombre y Firma | | Titular de la Dependencia o Instituto de Educación Estatal |
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
RELACIÓN DE COMPROBANTES DEL PRESUPUESTO EJERCIDO ProFEN, QUE SON ENTREGADOS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN
1. | Secretaría o Instituto en el Estado de.- ________________________________________________________________ |
2. | Plantel.- ________________________________________________________________ |
3. | Nombre del proyecto.- ____________________________________________________________ |
4. | Clave del proyecto:__________________________________ | 5. | Monto autorizado al proyecto.- $____________ |
6. | Responsable del proyecto.- ___________________________________________________________________ |
7. | Vigencia del proyecto:______________________________________________________ |
8. | Objetivo.- _____________________________________________________________________ |
9. | Monto autorizado al objetivo.- $_________________ |
10. | Monto de los comprobantes que se presentan.- $_________________________ |
11. | Número de copias(s) fotostáticas anexa a esta carátula.- ______________________ |
12. | Fecha de envío de esta relación.- _____________________ |
Comprobantes |
13. Concepto de gasto | 14. Número | 15. Importe más I.V.A. |
SERVICIOS PERSONALES: | | |
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ACERVOS: | | |
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MOBILIARIO Y EQUIPO: | | |
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INFRAESTRUCTURA: | | |
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16. Suma del presupuesto ejercido | |
17. Este informe es.- PARCIAL ( ) FINAL ( ) 18. Observaciones: |
Certifico que los documentos que amparan esta relación, se encuentran en el archivo de la institución, fueron debidamente requisitados conforme a la normatividad vigente y que fueron aplicados al proyecto arriba mencionado. Asimismo, acepto que las copias con importes no legibles, se considerarán no entregadas.
19. Responsable del Proyecto | 20. Sello Dependencia | 20.1. Vo. Bo. |
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______________________________ | | |
19.1 Sello Plantel | | _______________________________ |
Nombre y Firma | | Titular de la Dependencia o Instituto de Educación Estatal |
INSTRUCTIVO DE LLENADO
1. | Indicar la entidad federativa encargada del proyecto |
2. | Indicar la clave y nombre del Plantel en donde se efectuó el Proyecto |
3. | Indicar el nombre del Proyecto desarrollado en cada plantel |
4. | Indicar la Clave asignada al Proyecto |
5. | Indicar el monto destinado para la ejecución del proyecto |
6. | Indicar el nombre de la persona responsable del proyecto |
7. | Indicar el periodo en el cual el Proyecto se llevó a cabo (Inicio y Término) |
8. | Indicar el objetivo del proyecto |
9. | Indicar el monto autorizado por objetivo del proyecto |
10. | Indicar montos de los comprobantes del objetivo por proyecto |
11. | Indicar el No. de copias fotostáticas anexos a ésta carátula |
12. | Indicar la fecha en la que se nos está enviando la documentación |
13. | Indicar el concepto del gasto efectuado y comprobado |
14. | Indicar los números impresos de cada comprobante |
15. | Indicar el monto total incluyendo el IVA |
16. | Indicar el monto total del presupuesto ejercido según comprobantes anexos |
17. | Indicar con una "X" si el informe es parcial o final |
18. | Indicar comentarios, aclaraciones u otros que considere relevantes a éste reporte, (Indicar si los montos otorgados a la dependencia o Instituto fueron erogados al 100%, caso contrario indicar monto no erogado y fecha de depósito a la TESOFE) |
19. | Anotar el nombre y firma del responsable del proyecto en la entidad |
19.1 | Asentar el sello oficial del plantel o centro de trabajo en donde se aplicaron los objetivos del proyecto |
20 | Anotar el nombre, cargo y firma del/la titular de la Dependencia o Instituto de Educación Estatal |
20.1 | Asentar el sello oficial de la Dependencia o Instituto |
Nota. Deberá llenar el formato para cada uno de los objetivos que integran el proyecto integral.
Diagramas de flujo
Anexo 5a DGESU
Anexo 5B CGUTYP
Anexo 5C DGESPE
Criterios, requisitos y formatos para formular y presentar solicitudes de transferencias de productos financieros, remanentes y reprogramaciones
Anexo 6a DGESU
A continuación se presentan los criterios que las UPES, UPEAS, UPF y UUII beneficiadas con recursos públicos del programa deben de tomar como referencia obligatoria para formular y presentar solicitudes de transferencia de subsidios.- Las transferencias de recursos detallados en anexo 6A de las presentes reglas de operación se clasifican en:
1. Transferencia de productos financieros.- Se refiere al uso de los rendimientos financieros generados en una subcuenta aperturada en el fideicomiso PROFEXCE, para el manejo de los recursos que otorga el programa. Se pueden realizar con las siguientes indicaciones:
1.1 A proyectos apoyados en el ejercicio fiscal vigente, que hayan sido evaluados favorablemente y que los montos a transferir no sean mayores a los sugeridos en el dictamen de los proyectos o en su caso, de ser necesario a lo solicitado originalmente, considerando el numeral 2. del subapartado Derechos del lineamiento 3.5, de las presentes reglas de operación.
1.2 Se deberá señalar el monto y ejercicio del programa de dónde proviene y en dónde se aplicará(n) los recursos e indicar la clave de(los) proyecto(s), objetivo(s) particular(es), meta(s) académica(s) y acción(es).
2. Transferencia de remanentes.- Se refiere al uso de los saldos generados para complementar la adquisición de un concepto de gasto autorizado o activar un recurso original que no haya sido seleccionado en el proceso de reprogramación. . La solicitud de este tipo de transferencia se deberá realizar considerando los siguientes criterios:
2.1 Se pueden considerar que un concepto de gasto generó remanente o saldo, una vez que se adquirieron todas las unidades autorizadas en el anexo de reprogramación respectivo (Anexo 6A de las presentes reglas de operación).
2.2 Se pueden considerar que un concepto de gasto generó remanente o saldo, cuando su costo unitario se incrementó respecto de lo establecido en el anexo de reprogramación respectivo y que por consecuencia no será posible adquirir todas las unidades programadas.
2.3 Se podrá autorizar el uso de los remanentes o saldos en la(s) acción(es) de(los) proyectos que origina(n) el remanente o en otras acciones de proyectos aprobados en el mismo ejercicio fiscal siempre y cuando en este último caso, el monto a transferir no sea mayor a lo sugerido en el dictamen emitido por los comités de evaluación, o en su caso, de ser necesario a lo solicitado originalmente, considerando el numeral 2 del subapartado Derechos del lineamiento 3.5, , de la presentes reglas de operación
2.4 El formato de solicitud de transferencia deberá señalar la clave y nombre del proyecto, además de la clave y descripción del o los objetivo(s) particular(es), las meta(s), la(s) acción(es) y los conceptos de recursos que generan remanente, señalando igualmente a dónde se aplicarán.
2.5 En caso de quedar algún remanente en alguna acción y después de cumplir con la meta programada, se podrán adquirir más unidades de los conceptos de gasto programados en el anexo de reprogramación autorizado sin que se requiera autorización expresa emitida por parte de la DGESU, siempre y cuando sea al interior de la misma acción que genera el remanente o saldo.
3. Transferencia por reprogramación.- Se refiere al uso del monto total programado para la adquisición de las unidades de un concepto de gasto autorizado en el anexo de reprogramación (Anexo 6A), para un concepto de gasto autorizado o activar un recurso original que no haya sido seleccionado en el proceso de reprogramación. Conforme a los siguientes criterios:
3.1 Sólo se autorizarán al interior de una misma meta académica, en los rubros de gasto solicitados originalmente y autorizados por el comité de evaluación, siempre y cuando se haya cumplido el valor cualitativo de la meta académica, considerando el numeral II del subapartado Derechos del lineamiento 3.5, , de las presentes reglas de operación.
3.2 El formato de solicitud deberá especificar la clave y nombre del proyecto, la clave y descripción de(los) objetivo(s) particular(es), la(s) meta(s), la(s) acción(es), el(los) concepto(s) de gasto que se reprogramarán e indicar qué adquirirán con esta afectación
La formulación y presentación de la solicitud de cada uno de los tres tipos de transferencias, se debe hacer de conformidad con los siguientes requisitos:
a) El oficio de solicitud debe estar firmado por el titular de la IES.
b) El (Los) formato(s) debe(n) estar firmado(s) por el/la responsable institucional del programa y el/la responsable de cada proyecto beneficiado.
c) Llenar el formato de solicitud de transferencia de subsidios que se encuentra en este anexo, indicando el tipo de transferencia.
d) Ser entregadas ante la DGESU en versión impresa y con su respectivo soporte electrónico en formato Excel.
Las solicitudes de transferencia podrán ser autorizadas por una sola ocasión a partir del dictamen académico favorable que emita la Dirección de Fortalecimiento Institucional (DFI) de la DGESU, con base en la justificación académica apegada al proceso de planeación realizado por las IES y los dictámenes financieros.
Los conceptos de gasto que sean autorizadas en cualquiera de sus opciones de transferencia (productos financieros, remanentes y/o reprogramaciones) deberán ejercerse y comprobarse en el periodo que se indique en el oficio de autorización respectivo, contados a partir de la fecha de autorización emitida por la DGESU, con el propósito de finiquitar en su totalidad los recursos del ejercicio en cuestión. Al término de dicho periodo y en caso de presentarse algún remanente, no se podrá solicitar otra transferencia sobre el mismo u otro concepto y el recurso no ejercido deberá reintegrarse a la TESOFE al cierre de la subcuenta respectiva, entregando la IES el comprobante de dicho reintegro a la DGESU.
Los conceptos de gasto que resultan de una transferencia no podrán ser afectados por otra solicitud de transferencia, por lo cual, estos conceptos tendrán que ejercerse en su totalidad en el periodo de tiempo definido en el oficio de autorización respectivo y al término de éste, en caso de existir algún monto no ejercido, deberá de reintegrarse a la TESOFE en un periodo no mayor a cinco días hábiles posteriores a la fecha indicada en el oficio antes referido. Conforme a lo anterior, los saldos o remanentes que se mencionan en este párrafo no podrán solicitarse para ejercerse en otro tipo de concepto de gasto.
Sólo se autorizarán transferencias cuando los objetivos particulares, metas académicas y acciones a las que se aplicarán los recursos, hayan sido evaluadas favorablemente y que el monto a aplicar no sea mayor al monto sugerido por el comité de evaluación, o en su caso, de ser necesario a lo solicitado originalmente en el proyecto.
En ningún caso se autorizarán transferencias por cantidades mayores al monto solicitado a nivel de cada acción aprobada o por conceptos de gasto que no hayan sido presentados en los proyectos originales. Para sustentar las solicitudes de transferencias, se podrán consultar los montos sugeridos por los comités de evaluación en la página http://www.siidfi.sep.gob.mx/pfce/index.php.
El formato que se debe utilizar para formular las solicitudes de transferencia es el siguiente:
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR | |
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA | |
DIRECCIÓN DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL | |
| | | | | | | | | | | | | | |
Anexo 4. FORMATO DE SOLICITUD DE TRANSFERENCIA(S) DE RECURSOS | |
DATOS GENERALES DEL MOVIMIENTO | |
| | | | | | | | | | | | | | |
INSTITUCIÓN: | (1) | |
| | | | | | | | | | | | | | |
SOLICITUD | | Año de la subcuenta del fideicomiso | (15) | |
OFICIO | Nombre | (4) | | | | | | |
Fecha | Número | Puesto | (5) | | | | | | |
(2) | (3) | Teléfono: | (6) | E-mail: | (7) | | Datos de aplicación de los recursos | |
| | | | | | | | | | Año de ejercicio del PROFEXCE | (16) | |
TIPO DE SOLICITUD | | GES | (17) | |
Remanentes | Productos financieros | Reprogramación | Monto Total Solicitado | | DES | (18) | |
(8) | (10) | (12) | | Clave DES | | (19) | |
(9) | (11) | (13) | (14) | | Nombre DES | (20) | |
| | | | | | | | | | | | | | |
JUSTIFICACIÓN ACADÉMICA DE LA SOLICITUD: | |
(21) | |
| | | | | | | | | | | | | | |
1 .- ORIGEN DE LOS RECURSOS * | Monto Apoyado | |
Concepto | Clave | Nombre | PROFEXCE | |
Proyecto | (22) | (23) | (24) | |
Objetivo Particular | (25) | (26) | (27) | |
Meta Académica | (28) | (29) | (30) | |
Acción específica | (31) | (32) | (33) | |
Nota.- En caso de que sea más de un proyecto, objetivo, meta o acción, se repetirá el o los conceptos que correspondan. |
*El apartado 1 (origen de los recursos), no debe ser llenado en ninguna de sus partes que lo conforman, cuando se trata de una solicitud de autorización de aplicación de productos financieros. |
1.1. REMANENTES. Sólo registrar los montos remanentes que solicitan transferir. | |
| | | | | | | | | | | | | | |
1.1.1. Conceptos de gasto que generaron remanentes | |
| | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | Detalle de costo autorizado | Detalle de costo final | | |
Clave acción | Rubro de Gasto | Número de BMS | Descripción del Bien Mueble o Servicio (BMS) | Unidad | Costo Unitario | Monto Total | Unidad final | Costo Unitario final | Monto Total final | Monto Reman ente | |
(34) | (35) | (36) | (37) | (38) | (39) | (40) | (41) | (42) | (43) | (44) | |
Nota.- El desglose de los conceptos de gasto que generaron remanentes, se deberán detallar conforme aparecen en el Anexo de Reprogramación. | | |
| | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | |
1.2. REPROGRAMACIONES. Registrar únicamente los conceptos de gasto que solicitan reprogramar. | |
| | | | | | | | | | | | | | |
Clave acción | Rubro de Gasto | Número de BMS | Descripción del Bien Mueble o Servicio (BMS) | Unidad | Costo Unitario | Monto Total | |
(45) | (46) | (47) | (48) | (49) | (50) | (51) | |
Nota.- El desglose de los conceptos de gasto para reprogramar, se deberán detallar conforme aparecen en el Anexo de Reprogramación. | | |
| | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | |
2.- APLICACIÓN DE LOS RECURSOS | Monto Apoyado | |
Concepto | Clave | Nombre | PROFEXCE | |
Proyecto | (52) | (53) | (54) | |
Objetivo Particular | (55) | (56) | (57) | |
Meta Académica | (58) | (59) | (60) | |
Nota.- En caso de ser más de un proyecto, objetivo o meta, se repetirá el o los conceptos que correspondan. | | |
| | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | Monto Apoyado | |
Concepto | Clave | Nombre | PROFEXCE | |
Acción específica | (61) | (62) | (63) | |
Nota.- En caso de ser más de una acción, se repetirá el o los conceptos que correspondan | | | |
| | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | |
2.1 APLICACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS, REPROGRAMACIONES O REMANENTES. Sólo desglosar el monto a afectar en los rubros de gasto correspondientes. | |
| | | | | | | | | | | | | | |
Clave acción | Rubro de Gasto | Número de BMS | Descripción del Bien Mueble o Servicio (BMS) | Unidad | Costo Unitario | Monto Total | |
(64) | (65) | (66) | (67) | (68) | (69) | (70) | |
| | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | |
(71) | | | (72) | |
| | |
| | |
| | |
Nombre y firma del representante institucional | | | Nombre y firma del responsable del proyecto | |
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO DE TRANSFERENCIAS DE RECURSOS DEL PROFEXCE 2020
No. | Campo | Actividad |
1 | INSTITUCIÓN: | Anotar el nombre de la Institución que solicita la transferencia. |
2 | Fecha | Anotar la fecha de oficio con el que la institución formaliza la solicitud. |
3 | Número | Anotar el número de oficio con el que la institución formaliza la solicitud. |
4 | Nombre | Anotar el nombre del Rector, que por Reglas de Operación, debe firmar el oficio con el que se formaliza la solicitud. |
5 | Puesto | De acuerdo a la normativa de cada institución, se debe anotar el cargo con el que se identifica al titular de la institución, que por Regla de Operación, debe firmar el oficio con el que se formaliza la solicitud. |
6 | Teléfono | Anotar el teléfono del titular de la institución, que por Reglas de Operación, debe firmar el oficio con el que se formaliza la solicitud. |
7 | E-mail | Anotar el correo electrónico del titular de la institución, que por Reglas de Operación, debe firmar el oficio con el que se formaliza la solicitud. |
8 | Remanentes | Señalar con una X si el origen de los recursos es por el concepto de remanentes. |
9 | Monto de remanentes | Anotar el monto de remanentes que se solicita transferir. |
10 | Productos financieros | Señalar con una X si el origen de los recursos es por el concepto de productos financieros, generados por el fideicomiso PROFEXCE. |
11 | Monto de productos financieros | Anotar el monto de productos financieros PROFEXCE que se solicita aplicar. |
12 | Reprogramación | Señalar con una X si la transferencia solicitada es por el concepto de reprogramación de recursos. |
13 | Monto de Reprogramación | Anotar el monto que se solicita reprogramar. |
14 | Monto total solicitado | El monto total solicitado se debe obtener por formula, la que resulta de sumar en su caso el monto anotado en los campos (9), (11) y (13). |
15 | Año de la subcuenta del fideicomiso | Anotar el año dela subcuenta aperturada en el fideicomiso PROFEXCE de donde provienen los recursos que en su caso se solicitan aplicar. |
16 | Año de ejercicio del PROFEXCE | Anotar el año del ejercicio PROFEXCE vigente, en donde se aplicarán los montos, que en su caso se anoten en los campos 9, 11 y 13. |
17 | GES | Señalar con una X si el proyecto afectado corresponde al nivel GES. |
18 | DES | Señalar con una X si el proyecto afectado corresponde al nivel DES. |
19 | Clave DES | Anotar la clave de la Dependencia de Educación Superior que corresponde al valor numérico consecutivo que asigna PRODEP. |
20 | Nombre DES | Anotar el nombre de la Dependencia de Educación Superior que debe ser el mismo con el que está registrado ante PRODEP. |
21 | Justificación Académica de la Solicitud | Anotar la justificación académica que respalde la solicitud de transferencia para la adquisición de bienes o servicios, que coadyuven al cumplimiento del propósito de la acción, al logro de las metas académicas e Indicadores de Calidad del Proyecto. |
22 | Clave del Proyecto | Anotar la (s) clave (s) del (los) proyecto (s) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, los cuales deben coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
23 | Nombre del Proyecto | Anotar el (los) nombre (s) del (los) proyecto (s) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, los cuales deben coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
24 | Monto del Proyecto | Anotar el (los) monto (s) del (los) proyecto (s) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, los cuales deben coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
25 | Clave del Objetivo Particular | Anotar la (las) clave (s) del (los) objetivo (s) particular (es) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, los cuales deben coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
26 | Nombre del Objetivo Particular | Anotar el (los) nombre (s) del (los) objetivo (s) particular (es) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, los cuales deben coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
27 | Monto del Objetivo Particular | Anotar el (los) monto (s) del (los) objetivo (s) particular (es) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, los cuales deben coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
28 | Clave de la Meta Académica | Anotar la (s) clave (s) de la (s) meta académica (s) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, las cuales se deben construir de la siguiente manera: · Anotar el último número de la clave del (los) proyecto (s) a la (los) que pertenece (n) la (s) meta (s) académica (s). · P/PROFEXCE-2020-10MCU6010C -07 · Anotar el último número de la clave del (los) objetivo (s) particular (es) a la (los) que pertenece (n) la (s) meta (s) académica (s). · P/PROFEXCE-2020-10MCU6010C-07-01 · Anotar la clave de la (s) meta (s) académica (s):2Resultado:7.1.2 |
29 | Nombre de la Meta Académica | Anotar el (los) nombre (s) de la (s) meta (s) académica (s) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, los cuales deben coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
30 | Monto de la Meta Académica | Anotar el (los) monto (s) de la (s) meta (s) académica (s) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, los cuales deben coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
31 | Clave de la Acción específica | Anotar la (s) clave (s) de la (s) acción (es) especifica (s) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, las cuales se deben construir de la siguiente manera: · Anotar el último número de la clave del (los) proyecto (s) a la (los) que pertenece (n) la (s) acción (es) especifica (s). · P/PROFEXCE-2020-10MCU6010C-07 · Anotar el último número de la clave del (los) objetivo (s) particular (es) a la (los) que pertenece (n) la (s) acción (es) especifica (s). · P/PROFEXCE-2020-10MCU6010C-07-01 · Anotar la clave de la (s) meta (s) académica (s).- 2 · Anotar la (s) clave de la (s) acción (es) especifica (s).- 2 · Resultado.- 7.1.2.2 |
32 | Nombre de la Acción específica | Anotar el (los) nombre (s) de la (s) acción (es) especifica (s) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, los cuales deben coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
33 | Monto de la Acción específica | Anotar el (los) monto (s) de la (s) acción (es) especifica (s) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, los cuales deben coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
34 | Clave de acción | Anotar la (s) clave (s) de la (s) acción (es) especifica (s) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, las cuales se deben construir de la siguiente manera: · Anotar el último número de la clave del (los) proyecto (s) a la (los) que pertenece (n) la (s) acción (es) especifica (s). · P/PROFEXCE-2020-10MCU6010C-07. · Anotar el último número de la clave del (los) objetivo (s) particular (es) a la (los) que pertenece (n) la (s) acción (es) especifica (s). · P/PROFEXCE-2020-10MCU6010C-07-01 · Anotar la clave de la (s) meta (s) académica (s).- 2 · Anotar la (s) clave de la (s) acción (es) especifica (s).- 2 · Resultado.- 7.1.2.2 |
35 | Rubro de Gasto | Anotar el tipo de cada rubro de gasto numérico de origen de los recursos que genera el remanente, los cuales deben coincidir conforme a las siguientes claves numéricas: 1. Honorarios Profesionales 2. Servicios 3. Materiales 4. Infraestructura académica (bienes muebles) 5. Acervo |
36 | Número de BMS | Anotar el número de BMS de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia. Esta (s) clave (s) debe (n) ser igual a los valor anotado en el campo 34 y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16, tal y como se describe a continuación: · Anotar el último número de la clave del (los) proyecto (s) a la (los) que pertenece (n) la (s) acción (es) especifica (s). · P/PROFEXCE-2020-10MCU6010C-07. · Anotar el último número de la clave del (los) objetivo (s) particular (es) a la (los) que pertenece (n) la (s) acción (es) especifica (s). · P/PROFEXCE-2020-10MCU6010C-07-01 · Anotar la clave de la (s) meta (s) académica (s).- 2 · Anotar la (s) clave de la (s) acción (es) especifica (s).- 2 · Anotar la (s) clave(s) del (los) BMS.- 1 · Resultado.- 7.1.2.2.1 |
37 | Descripción del Bien Mueble o Servicio (BMS) | Anotar la descripción específica del (os) concepto (s) de gasto que se genera (n) el remanente. |
38 | Unidad | Anotar el número de unidades autorizadas de origen de los recursos que genera el remanente, los cuales deben coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
39 | Costo Unitario | Anotar el costo unitario de los bienes o servicios autorizados de origen de los recursos que genera el remanente, los cuales deben coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
40 | Monto Total | El monto total se debe obtener por fórmula, la que resulta de multiplicar los campos (38) y (39). |
41 | Unidad final | Anotar el número de bienes o servicios realmente adquiridos y comprobados en el área financiera. |
42 | Costo Unitario final | Anotar el costo unitario de adquisición de los bienes o servicios reportados y comprobados en el área financiera. El costo unitario sólo se debe registrar con dos cifras después del punto. |
43 | Monto Total final | El monto total final se debe de obtener por fórmula, la que resulta de multiplicar los campos (41) y (42). |
44 | Monto Remanente | El monto remanente se debe obtener por fórmula, la que resulta de restar al monto total autorizado (40) el monto total realmente ejercido (43). |
45 | Clave acción | Anotar la (s) clave (s) de la (s) acción (es) especifica (s) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, las cuales se deben construir de la siguiente manera: · Anotar el último número de la clave del (los) proyecto (s) a la (los) que pertenece (n) la (s) acción (es) especifica (s). · P/PROFEXCE-2020-10MCU6010C-07. · Anotar el último número de la clave del (los) objetivo (s) particular (es) a la (los) que pertenece (n) la (s) acción (es) especifica (s). · P/PROFEXCE-2020-10MCU6010C-07-01. · Anotar la clave de la (s) meta (s) académica (s).- 2. · Anotar la (s) clave de la (s) acción (es) especifica (s).- 2. · Resultado.- 7.1.2.2. |
46 | Rubro de Gasto | Anotar el tipo de cada rubro de gasto numérico que se solicita reprogramar (cancelar), para adquirir otro(s) concepto(s) de gasto el cual deben coincidir conforme a las siguientes claves numéricas: 1. Honorarios Profesionales 2. Servicios 3. Materiales 4. Infraestructura académica (bienes muebles) 5. Acervo |
47 | Número de BMS | Anotar el número de BMS de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia. Esta (s) clave (s) debe (n) ser igual a los valor anotado en el campo 34 y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16, tal y como se describe a continuación: · Anotar el último número de la clave del (los) proyecto (s) a la (los) que pertenece (n) la (s) acción (es) especifica (s). · P/PROFEXCE-2020-10MCU6010C-07. · Anotar el último número de la clave del (los) objetivo (s) particular (es) a la (los) que pertenece (n) la (s) acción (es) especifica (s). · P/PROFEXCE-2020-10MCU6010C-07-01 · Anotar la clave de la (s) meta (s) académica (s).- 2 · Anotar la (s) clave de la (s) acción (es) especifica (s).- 2 · Anotar la (s) del (los) BMS.- 1 · Resultado.- 7.1.2.2.1 |
48 | Descripción del Bien Mueble o Servicio (BMS) | Anotar la descripción de cada rubro de gasto que se solicita reprogramar (cancelar), el cual debe coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
49 | Unidad | Anotar el número de bien o servicio de origen de los recursos que van a reprogramar, los cuales deben coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
50 | Costo Unitario | Anotar el costo unitario del bien o servicio de origen de los recursos que van a reprogramar, los cuales deben coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
51 | Monto Total | El monto total se debe de obtener por fórmula, la que resulta de multiplicar los campos (49) y (50) |
52 | Clave del Proyecto | Anotar la clave del proyecto en donde se aplicarán los recursos (remanentes, reprogramación y/o productos financieros), el cual debe coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
53 | Nombre del Proyecto | Anotar el nombre del proyecto donde se aplicarán los recursos (remanentes, reprogramación y/o productos financieros), el cual debe coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
54 | Monto del Proyecto | Anotar el monto del proyecto donde se aplicarán los recursos (remanentes, reprogramación y/o productos financieros), el cual debe coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
55 | Clave del Objetivo Particular | Anotar la (las) clave (s) del (los) objetivo (s) particular (es) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, los cuales deben coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
56 | Nombre del Objetivo Particular | Anotar el (los) nombre (s) del (los) objetivo (s) particular (es) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, los cuales deben coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
57 | Monto del Objetivo Particular | Anotar el (los) monto (s) del (los) objetivo (s) particular (es) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, los cuales deben coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
58 | Clave de la Meta Académica | Anotar la (s) clave (s) de la (s) meta académica (s) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, las cuales se deben construir de la siguiente manera: · Anotar el último número de la clave del (los) proyecto (s) a la (los) que pertenece (n) la (s) meta (s) académica (s). · P/PROFEXCE-2020-10MCU6010C-07 · Anotar el último número de la clave del (los) objetivo (s) particular (es) a la (los) que pertenece (n) la (s) meta (s) académica (s). · P/PROFEXCE-2020-10MCU6010C-07-01 · Anotar la clave de la (s) meta (s) académica (s).- 2 · Resultado.- 7.1.2 |
59 | Nombre de la Meta Académica | Anotar el (los) nombre (s) de la (s) meta (s) académica (s) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, los cuales deben coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
60 | Monto de la Meta Académica | Anotar el (los) monto (s) de la (s) meta (s) académica (s) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, los cuales deben coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
61 | Clave de la Acción específica | Anotar la (s) clave (s) de la (s) acción (es) especifica (s) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, las cuales se deben construir de la siguiente manera: · Anotar el último número de la clave del (los) proyecto (s) a la (los) que pertenece (n) la (s) acción (es) especifica (s). · P/PROFEXCE-2020-10MCU6010C-07 · Anotar el último número de la clave del (los) objetivo (s) particular (es) a la (los) que pertenece (n) la (s) acción (es) especifica (s). · P/PROFEXCE-2020-10MCU6010C-07-01 · Anotar la clave de la (s) meta (s) académica (s).- 2 · Anotar la (s) clave de la (s) acción (es) especifica (s).- 2 · Resultado.- 7.1.2.2 |
62 | Nombre de la Acción específica | Anotar el (los) nombre (s) de la (s) acción (s) especifica (s) de origen de los recursos que se solicitan afectar por transferencia, los cuales deben coincidir con el Anexo de Reprogramación autorizado y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16. |
63 | Monto de la Acción específica | Anotar el monto apoyado por el PROFEXCE en donde se aplicarán los recursos (remanentes, reprogramación y/o productos financieros), en apego al Anexo de Reprogramación autorizado, que debe coincidir con el año anotado en el campo 16 |
64 | Clave acción | Anotar la clave de la (s) acción (es) en donde se aplicará (n) el (los) monto (s) solicitado (s) por el concepto transferencia (remanentes, reprogramación y/o productos financieros). Esta (s) clave(s) debe coincidir con los valores anotados en el campo y al mismo tiempo guardar coincidencia con el año anotado en el campo 16, tal y como se describe a continuación: 1. Último número de la clave del proyecto: P/PROFEXCE-2020-10MCU6010C-07 2. Último número de la clave del objetivo particular OP/PROFEXCE-2020-10MCU6010C-07-01 3. Clave de la Meta Académica:2 4. Clave de la acción:2 5. Resultado:7.1.2.2 |
65 | Rubro de Gasto | Anotar el tipo de cada rubro de gasto numérico con el que se identifican los nuevos conceptos de gasto que se adquirirán con el monto solicitado por el concepto de transferencia (remanentes, reprogramación y/o productos financieros). El valor numérico para identificar los tipos de rubro de gasto son los siguientes: 1. Honorarios Profesionales 2. Servicios 3. Materiales 4. Infraestructura académica (bienes muebles) 5. Acervo |
66 | Número de BMS | Nuevo número de BMS consecutivo que sirve para identificar los conceptos de gasto que se solicitan adquirir con el (los) monto (s) de transferencia (remanentes, reprogramación, productos financieros) y que debe construirse de la siguiente manera, Anotar la clave de la acción seguido de la siguiente numeración: · Si se trata de recursos por concepto de reprogramación la numeración será a partir de 1001 Ejemplo.- 7.1.2.1001 · Para recursos por remanentes empezará con 2001. Ejemplo.- 7.1.2.2001 · En el caso de aplicación de productos financiera la numeración será 3001. Ejemplo.- 7.1.2.3001 |
67 | Descripción del Bien Mueble o Servicio (BMS) | Anotar la descripción específica del (os) nuevo (s) concepto (s) de gasto que se requiere (n) adquirir con el (los) monto (s) solicitado (s) por el concepto de transferencia (remanentes, reprogramación y/o productos financieros). |
68 | Unidad | Anotar el número de bienes o servicios en que se aplicarán los recursos que se requiere adquirir con el (los) monto (s) solicitado (s) por el concepto de transferencia (remanentes, reprogramación y/o productos financieros). |
69 | Costo Unitario | Anotar el costo unitario del nuevo BMS que se requiere adquirir con el monto solicitado por el concepto de transferencia (remanentes, reprogramación y/o productos financieros). El Costo unitario sólo se debe reportar con dos cifras después del punto. |
70 | Monto Total | El monto total sólo se debe obtener por fórmula, la que resulta de multiplicar los campos (68) y (69). |
71 | Nombre y firma del representante institucional | Registrar el nombre y firma del representante institucional |
72 | Nombre y firma del responsable del proyecto | Registrar el nombre y firma del responsable del proyecto |
Anexo 6B CGUTyP
DATOS GENERALES DEL MOVIMIENTO
INSTITUCIÓN: | |
SOLICITUD | | Año de ejercicio del PROFEXCE | |
OFICIO | Nombre | | |
Fecha | Número | Puesto | | |
| | Teléfono: | | E-mail: | | |
| |
TIPO DE SOLICITUD | |
Remanentes | Productos financieros | Reprogramación | Monto Total Solicitado | |
| | | |
$0.00 | $0.00 | $0.00 | $0.00 | |
DESCRIPCIÓN BREVE DE LA SOLICITUD: |
|
ORIGEN DE LOS RECURSOS | Monto Apoyado |
Concepto | Nombre | | |
Proyecto | | | |
Objetivo Particular | | | |
Meta Académica | | | |
Acción específica | | | |
Nota.- En caso de que sea más de un proyecto, objetivo, meta o acción, se repetirá el o los conceptos que correspondan.
I. Remanentes. Sólo registrar los montos remanentes que solicitan transferir.
| Detalle de costo autorizado | Detalle de costo final | |
Rubro de Gasto | Número de BMS | Descripción del Bien Mueble o Servicio (BMS) | Unidad | Costo Unitario | Monto Total | Unidad | Costo Unitario | Monto Total | Monto Remanente |
| | | | | | | | | |
Nota.- El desglose de los conceptos de gasto que generaron remanentes, se deberá detallar conforme aparece en el Anexo A de Reprogramación.
II. Reprogramaciones. Registrar únicamente los conceptos de gasto que solicitan reprogramar.
Rubro de Gasto | Número de BMS | Descripción del Bien Mueble o Servicio (BMS) | Unidad | Costo Unitario | Monto Total |
| | | | | |
Nota.- El desglose de los conceptos de gasto para reprogramar, se deberá detallar conforme aparece en el Anexo A de Reprogramación.
Aplicación de los Recursos | Monto Apoyado |
Concepto | Nombre |
Proyecto | | |
Objetivo Particular | | | |
Meta Académica | | | |
Nota.- En caso de ser más de un proyecto, objetivo, meta o acción, se repetirá el o los conceptos que correspondan.
| Monto Apoyado |
Concepto | Nombre |
Acción específica | | | |
Nota.- En caso de ser más de un proyecto, objetivo, meta o acción, tanto de origen de recursos como de su aplicación, se repetirá el o los conceptos que correspondan
III. Aplicación de recursos financieros, reprogramaciones o remanentes. Sólo desglosar el monto a afectar en los rubros de gasto correspondientes.
Rubro de Gasto | Número de BMS | Descripción del Bien Mueble o Servicio (BMS) | Unidad | Costo Unitario | Monto Total |
| | | | | |
JUSTIFICACIÓN ACADÉMICA |
|
| Avance de los proyectos afectados | |
% Programático | % Presupuestal |
Alcanzado | Reportado | Ejercido | Comprobado |
Nombre y firma de la persona representante institucional | | Nombre y firma de la persona responsable del proyecto |
Convocatorias
Anexo 7a DGESU
Fortalecimiento a la Excelencia Educativa
Considerando
- Que la Secretaría de Educación Pública (SEP) ha fomentado en las Instituciones de Educación Superior Públicas (IES) ejercicios de planeación estratégica participativa con el propósito de lograr la calidad de los programas educativos (PE), evolucionar hacia el nivel 1 los PE clasificados en los niveles 2 y 3 del Padrón de Programas Evaluados por los Comités Interinstitucionales para la Evaluación de la Educación Superior (CIEES), o su acreditación por parte de los organismos reconocidos por El Consejo para la Acreditación de la Educación Superior, A.C. (COPAES), fomentar la mejora continua de los PE de posgrado que estén registrados en el programa nacional de posgrados de calidad (PNPC), incrementar el número de Profesores de Tiempo Completo (PTC) con perfil deseable y miembros del Sistema Nacional de Investigadores (SNI), desarrollar y consolidar los Cuerpos Académicos (CA), incrementar el número de procesos estratégicos de gestión certificados por normas internacionales, entre otros;
- Que es necesario continuar apoyando y promoviendo la cultura de la planeación estratégica participativa en las instituciones de educación superior que conforman la población objetivo del programa presupuestario S300 Fortalecimiento a la Excelencia Educativa para ampliar las oportunidades de acceso y permanencia de estudiantes a programas educativos de calidad;
- Que el Gobierno Federal seguirá apoyando con recursos extraordinarios, enmarcados en el programa presupuestario S300 Fortalecimiento a la Excelencia Educativa los esfuerzos que realicen las instituciones de educación superior que conforman la población objetivo del programa mencionado, que expresan la voluntad y el compromiso institucional con la mejora continua de la excelencia y calidad, que les permitirá alcanzar la acreditación de sus PE y la certificación de sus procesos de gestión;
- Que el programa presupuestario S300 Fortalecimiento a la Excelencia Educativa constituye un medio estratégico para financiar, a través de su operación, la calidad de la oferta educativa y servicios de las instituciones de educación superior que conforman su población objetivo;
En virtud de lo anterior, la Subsecretaría de Educación Superior a través de la Dirección General de Educación Superior Universitaria:
Convoca
A las Instituciones de Educación Superior que conforman la población objetivo que aparecen en el Anexo 1A de las Reglas de Operación 2020 del programa presupuestario S300 Fortalecimiento a la Excelencia Educativa para participar en la formulación de los documentos de planeación estratégica participativa definidos en la Guía que para tal efecto emitió la DGESU (Anexos 2 y 3 de las Reglas de Operación 2020 del PROFEXCE), conforme a las siguientes:
Bases
I. Los términos de la presente convocatoria se rigen por las Reglas de Operación del ejercicio fiscal vigente del programa presupuestario S300 Fortalecimiento a la Excelencia Educativa publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
II. La formulación y presentación del documento PROFEXCE, las IES se sujetaron a las disposiciones que aparecen en la Guía PROFEXCE 2020-2021 que para tal efecto publicó la SES en los anexos 2A y 3A de las Reglas de Operación 2020.
III. Las Instituciones de Educación Superior que conforman la población objetivo de este programa, entregaron a la DGESU su documento PFCE 2020-2021 y sus proyectos asociados.
IV. El presente programa presupuestario se sujetará al siguiente calendario.-
Acciones | Fechas |
Notificación de la asignación de recursos | A más tardar el 31 de marzo |
Firma de convenios de Apoyo | A más tardar el 30 de abril |
Ministración de recursos | De conformidad al calendario autorizado por la DGPyRF |
Reprogramación de recursos asignados | A más tardar el 30 de abril |
Autorización de la reprogramación de los recursos asignados | A más tardar el 31 de mayo |
Para mayor información sobre esta convocatoria, favor de consultar la página de internet http://www.dgesu.ses.sep.gob.mx o directamente a la Dirección de Fortalecimiento Institucional (DFI) en la Dirección General de Educación Superior Universitaria, en avenida Universidad 1200, 5° piso cuadrante 5-27, Colonia Xoco, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03330 Ciudad de México o bien comunicarse al número telefónico (55) 3601-1000 extensión 65604 ó 65605 o en el correo electrónico dfi_dgesu@.nube.sep.gob.mx.
Atentamente
Ciudad de México, enero de 2020.
Anexo7B CGUTyP
Subsecretaría de Educación Superior (SES)
Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas (CGUTyP)
Programa Fortalecimiento de la Excelencia Educativa
PROFEXCE 2020
Considerando:
- Que la Secretaría de Educación Pública (SEP); ha fomentado en las Instituciones de Educación Superior (IES), la formulación de Programa de Fortalecimiento de la Excelencia Educativa (PROFEXCE), con el propósito de mejorar la calidad de los Programas Educativos (PE), evolucionar hacia el nivel 1 los PE clasificados en los niveles 2 y 3 del Padrón de Programas Evaluados por los Comités Interinstitucionales de la Evaluación de la Educación Superior (CIEES), o su acreditación por parte de los organismos reconocidos por el Consejo para la Acreditación de la Educación Superior (COPAES), fomentar la mejora continua de los PE de posgrado que estén registrados en el Programa Nacional de Posgrados de Calidad (PNPC), incrementar el número de Profesores de Tiempo Completo (PTC) con perfil deseable y miembros del Sistema Nacional de Investigadores (SNI), desarrollar y consolidar los Cuerpos Académicos (CA), incrementar el número de procesos estratégicos de gestión certificados por normas internacionales tipo ISO 9000, entre otros;
- Que es necesario continuar apoyando y promoviendo la actualización del PROFEXCE en las IES para ampliar las oportunidades de acceso y permanencia de estudiantes a PE de buena calidad;
- Que las IES han establecido estrategias para mejorar su nivel de capacidad y competitividad académicas, la consolidación de los CA y sus Líneas de Generación y Aplicación del Conocimiento (LGAC), mediante la formulación del PROFEXCE y sus proyectos asociados;
- Que el gobierno federal seguirá apoyando con recursos extraordinarios, enmarcados en el PROFEXCE, los esfuerzos que realicen las IES que expresan la voluntad y el compromiso institucional con la mejora continua de la calidad, que les permitirá alcanzar la acreditación de sus PE y la certificación de sus procesos de gestión;
- Que el PROFEXCE constituye un medio estratégico para financiar, a través de su operación, la mejora integral de la calidad de la oferta educativa y servicios de las IES;
En virtud de lo anterior, la Secretaría de Educación Pública a través de la Subsecretaría de Educación Superior.
Convoca:
A las Universidades Tecnológicas (UUTT) y a las Universidades Politécnicas (UUPP) a participar en la presentación del PROFEXCE 2020 y sus proyectos asociados en su versión de planeación anual, conforme a las siguientes:
Bases
I.- Los términos de la presente Convocatoria se rigen por las Reglas de Operación del PROFEXCE 2020 publicadas en el Diario Oficial de la Federación el XX de diciembre de 2019.
II.- Para la formulación y presentación del PROFEXCE 2020 y sus proyectos asociados las UUTT y UUPP se sujetarán a las disposiciones contempladas en los siguientes instrumentos:
1. Las Reglas de operación del PROFEXCE 2020.
2. La Guía PROFEXCE que para tal efecto se emita y publique la CGUTyP oportunamente en la página de internet.- http://cgut.sep.gob.mx.
III.- El proceso PROFEXCE 2020 se sujetará al siguiente calendario, del año respectivo:
Acciones | Mes |
Publicación de Convocatoria | Primer semestre de 2020 |
Publicación de la Guía PROFEXCE | Primer semestre de 2020 |
Capacitación a UUTT y UUPP | Primer semestre de 2020 |
Captura de Proyectos en sistema PROFEXCE | Primer semestre de 2020 |
Recepción de Documento PROFEXCE | Primer semestre de 2020 |
Evaluación de Documento PROFEXCE | Primer semestre de 2020 |
Evaluación de Réplica | Primer semestre de 2020 |
Notificación de la asignación de recursos | Primer semestre de 2020 |
Reprogramación de recursos asignados | Primer semestre de 2020 |
Firma de convenios de Apoyo | Primer semestre de 2020 |
Ministración de recursos | Primer semestre de 2020 |
IV. Se dará prioridad al apoyo de proyectos que vayan dirigidos a la evaluación diagnóstica por parte de CIEES, a la acreditación por organismos reconocidos por el COPAES y el reconocimiento del PNPC de los PE en las instituciones, así como a las estrategias para fortalecer la educación inclusiva en las instituciones.
V.- La temporalidad de la entrega de los recursos se realizará a partir del primer semestre del 2020.
VI.- La temporalidad de la ejecución de los recursos será hasta el 31 de diciembre de 2020. Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3.5 de las Reglas de Operación.
VII.- Podrán participar aquellas UUTT y UUPP que hayan cubierto los compromisos enmarcados en el PFCE 2016 2017, PFCE 2018-2019; lo cual se acreditará con la Carta de Liberación correspondiente. En el caso de las IES que derivado del incumplimiento al marco normativo del programa, hayan reintegrado recursos a la TESOFE, deberá acreditarlo con el recibo correspondiente.
VIII. Para aquellas instituciones que en el marco del programa no hayan sido beneficiadas con recursos extraordinarios, podrán participar de conformidad con lo establecido en el Anexo 1A "Población Objetivo" publicado en las Reglas de Operación.
IX. Las IES podrán renunciar al monto autorizado mediante oficio emitido por el titular de la institución, cuando considere que éste no cubre las necesidades básicas de los proyectos presentados.
X.- Dudas y aclaraciones:
Para las IES coordinadas por la CGUTyP en Avenida Universidad 1200, 3er piso, cuadrante 3-G, Colonia Xoco, Alcaldía Benito Juárez,C.P. 03330 Ciudad de México, o bien comunicarse a los teléfonos.- (01-55) 3601-1609 o 3601-1614, o en la dirección electrónica
correoPROFEXCE@nube.sep.gob.mx.
Atentamente
Ciudad de México a XXX de enero de 2020
Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas
"Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los
establecidos en el programa. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser
denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente".
Anexo 7C DGESPE
| | |
La Secretaría de Educación Pública por conducto de la Subsecretaría de Educación Superior a través de la Estrategia de Desarrollo Institucional de la Escuela Normal (EDINEN), dependiente de la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación (DGESPE) y con el objeto de contribuir a la consolidación de un Sistema Estatal de Educación Normal de buena calidad en cada entidad federativa, así como al mejoramiento de las instituciones formadoras de maestros que lo integran. |
A las Secretarías Estatales de Educación o equivalente, las Autoridades Educativas Locales (AEL), la Administración Federal de Servicios Educativos para el caso del Distrito Federal (AEFCM) y Escuelas Normales Públicas a participar en el Concurso de selección a fin de obtener los beneficios del Programa con base en las disposiciones y lineamientos de las Reglas de Operación y en los siguientes:
Las (AEL), y la (AEFCM) para el caso del Distrito Federal y las Escuelas Normales Públicas que deseen participar en el proceso de selección, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Ser escuela normal pública que oferte los servicios de educación para la formación inicial de maestras y maestros de educación básica, conforme a los planes y programas de estudio establecidos por la SEP en la modalidad escolarizada y mixta, derivados de la reforma educativa.
b) Ser autoridad educativa local con Escuelas Normales Públicas que oferten los servicios de educación para la formación inicial de maestras y maestros.
c) Participar en las actividades que se programen, relacionadas con la implementación del Programa,
tanto las referidas a la actualización y capacitación, como al seguimiento y evaluación.
d) Entregar a la DGESPE la planeación o actualización la EDINEN, el ProGEN, los ProFEN y los proyectos integrales que los constituyen correspondientes al ejercicio fiscal respectivo, especificando las metas y acciones a realizar en función de los objetivos.
e) Haber obtenido dictamen favorable como resultado de la evaluación integral realizada al EDINEN, el ProGEN y los ProFEN, así como a los proyectos que lo constituyen en el ejercicio fiscal respectivo.
f) Estar al corriente con la entrega de los informes trimestrales y los avances técnicos de las metas, así como el reporte final del ejercicio de los recursos recibidos correspondientes a ejercicios anteriores del Programa.
g) Para participar las AEL, la AEFCM y las Escuelas Normales Públicas se apegarán a las disposiciones establecidas en las Reglas de Operación; y en las orientaciones que, para su ejecución, se incluyan en los documentos y materiales de apoyo elaborados para tal fin.
En tal virtud, la Subsecretaría de Educación Superior invita a las AEL, la AEFCM y las Escuelas Normales Públicas a participar en la presentación de la actualización la EDINEN, ProGEN y los ProFEN y proyectos integrales que los constituyen, conforme a las siguientes:
I. Los términos de la presente Convocatoria se rigen por las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa publicadas en el Diario Oficial de la Federación el (día/mes/ año).
II. Para la formulación y presentación de la planeación la EDINEN, ProGEN y ProFEN, y proyectos integrales que los constituyen, de la entidad y Escuelas Normales Públicas, se sujetarán a las disposiciones que aparecen en los siguientes instrumentos:
a) Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa
b) Guía de Operación la EDINEN que para tal efecto emita y publique la DGESPE oportunamente en su portal oficial.- http://www.dgespe.sep.gob.mx/pfce
Los procedimientos, metodología y lineamientos para la formulación e implementación la EDINEN, se encuentran en las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa y en la Guía de Operación la EDINEN, ambos documentos estarán disponibles en el portal oficial de la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación.- http://www.dgespe.sep.gob.mx/pfce.
Asimismo, en dicho sitio se darán a conocer las etapas de operación y periodos de realización.
Para dudas y aclaraciones que se deriven de la presente Convocatoria, las instancias de Educación Estatal podrán contactarse con la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación (DGESPE), Av. Universidad No. 1200 Colonia Xoco, Alcaldía Coyoacán, C. P. 03330, Ciudad de México, o bien comunicarse a los teléfonos.- (55) 3600-2511 extensión 53575
Ciudad de México (día/mes/año)
Reprogramación
Anexo 8 DGESU
Metas compromiso | Número | % |
| | |
| | |
Objetivos Particulares | Metas | Acciones | Recursos | Monto |
| | | | |
| | | | |
Totales | | | | $0.00 |
Clave Objetivo | Descripción del Objetivo Particular | Monto |
| | |
Número de Meta | Descripción de la Meta Académica | Meta Académica | Monto |
| | | |
Número de Acción | Descripción de la Acción | Monto |
| | |
BMS | Rubro de Gasto | Unidades | Descripción del Bien Mueble o Servicio (BMS) | Costo Unitario | Monto |
| | | | | |
Resumen General de Rubros de Rubros |
Clave del Proyecto |
Rubro de Gasto | Monto | % |
Honorarios | | |
Servicios | | |
Materiales | | |
Infraestructura | | |
Acervos | | |
Total | | |
Modelos de convenio
Anexo 9A DGESU
PARA IES CON FIDEICOMISO
CONVENIO DE APOYO, QUE EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO S300 FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA, EN LO SUCESIVO EL "PROGRAMA", CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUBSECUENTE LA "SEP", REPRESENTADA POR LA/EL (NOMBRE Y APELLIDOS DE LA PERSONA TITULAR), SUBSECRETARIA/O DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASISTIDO POR LA/EL (NOMBRE Y APELLIDOS DE LA PERSONA TITULAR), DIRECTORA/OR GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA Y POR LA OTRA PARTE, (NOMBRE DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA ESTATAL, DE APOYO SOLIDARIO O INTERCULTURAL), EN LO SUCESIVO LA "INSTITUCIÓN", REPRESENTADA POR SU (CARGO DE LA PERSONA TITULAR DE LA INSTITUCIÓN), "(NOMBRE Y APELLIDOS DE LA PERSONA TITULAR)", A QUIENES EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES" AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO.-
La educación superior tiene como elemento central la formación integral de las personas desde una perspectiva universal que favorezca el aprendizaje de todas las formas de producir, interpretar y transmitir el conocimiento, las culturas, ciencias, lenguajes, tecnologías, considerando factores como la interculturalidad, la territorialidad, el trabajo interdisciplinario, los derechos humanos, la internacionalización de la educación superior y el bienestar social de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos.
La educación superior (ES) se plantea mejorar las condiciones de vida y de estudio de las/os jóvenes y adultos, desarrollando su capacidad de comprenderse a sí mismos como sujetos de derechos, como actores de transformación de las realidades y como sujetos sociales integrantes de una nación.
La política educativa es la herramienta que, de forma más profunda, tiene el potencial de realizar aportaciones significativas a cada uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible que conforman la Agenda 2030 aprobada en 2015 por los países miembros de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Bajo el contexto anterior, el "PROGRAMA" se convierte en el medio estratégico para otorgar recursos financieros extraordinarios y que se alinea al Eje 2 Política Social del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 a través del cual se articularán las acciones del Gobierno Federal en el ámbito educativo siend una de sus vertientes la de garantizar el acceso efectivo de las y los mexicanos a una educación de excelencia. Así mismo, se alinea al Objetivo 4 "Educación de Calidad" de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como a las siguientes metas:
Meta 4.3 Para 2030, asegurar el acceso en condiciones de igualdad para todos los hombres y las mujeres a una formación técnica, profesional y superior de calidad, incluida la enseñanza universitaria.
Meta 4.7 Para 2030, garantizar que todos los alumnos adquieran los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para promover el desarrollo sostenible, entre otras cosas mediante la educación para el desarrollo sostenible y la adopción de estilos de vida sostenibles, los derechos humanos, la igualdad de género, la promoción de una cultura de paz y no violencia, la ciudadanía mundial y la valoración de la diversidad cultural y de la contribución de la cultura al desarrollo sostenible, entre otros medios.
Para que las instituciones de educación superior contribuyan efectivamente al desarrollo social, científico, tecnológico, económico y cultural del país, resulta necesario que cuenten con niveles apreciables de capacidad y competitividad académicas, con mecanismos y esquemas eficaces de mejora continua y de rendición de cuentas a la sociedad. Deben caracterizarse también por su capacidad de innovación, su intensa colaboración interinstitucional, por su participación en redes académicas de alcance estatal, regional, nacional e internacional, por la movilidad de sus profesores y estudiantes, y por la búsqueda permanente de nuevas formas de aprendizaje, con equidad de género, inclusión y equidad. El logro de estos propósitos hace indispensable la participación y el compromiso de todos los actores involucrados en su operación, los servidores públicos, los profesores-investigadores, los estudiantes, el personal administrativo y los órganos colegiados.
En síntesis, la participación de las comunidades universitarias busca propiciar el diálogo, el intercambio de información, la interacción y el incremento de las capacidades institucionales para diseñar, ejecutar y evaluar políticas, estrategias y proyectos dirigidos al fortalecimiento integral de la universidad, así como para reconocer y valorar los resultados alcanzados.
Por lo tanto, el "PROGRAMA" debe hacer énfasis en la mejora continua de los elementos que caracterizan a una institución de educación superior reconocida por su excelencia educativa con bienestar social.
El "PROGRAMA" es una iniciativa del Gobierno de México que busca dar cumplimiento al artículo 3°. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus párrafos primero, tercero y fracción X, que dispone que toda persona tiene derecho a recibir educación; que el Estado-Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará una educación desde el nivel inicial hasta superior. En este sentido, la educación deberá desarrollar todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a todos los derechos, las libertades, la cultura de paz y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia; promoverá la honestidad, los valores y la mejora continua del proceso de enseñanza aprendizaje y que al mismo tiempo promuevan políticas para fomentar la inclusión, permanencia y continuidad en los términos de la normatividad jurídica aplicable.
La Ley General de Educación publicada el 30 de septiembre de 2019 en el DOF, señala en sus artículos 8 y 16, fracción VI y X que el Estado está obligado a prestar servicios educativos con equidad y excelencia, que favorezca el pleno ejercicio del derecho a la educación de todas las personas y orientada al mejoramiento permanente de los procesos formativos que propicien el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para el desarrollo de su pensamiento crítico, así como el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad.
SEGUNDO.- Con fecha (día) de (mes) de (año), la "SEP" publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo número (número del acuerdo) por el que se emiten las Reglas de Operación (año) en lo sucesivo las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", las cuales norman la ejecución de los recursos públicos federales otorgados a las Instituciones de Educación Superior (IES) que conforman su población objetivo, a partir del documento institucional formulado en el marco de la metodología de planeación estratégica participativa que plantea el Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa (versión), en lo sucesivo "PROFEXCE".
El "PROGRAMA" se convierte en el medio estratégico para otorgar recursos financieros extraordinarios concursables no regularizables que contribuyan para la construcción de un país con bienestar, con desarrollo sostenible y derecho a la educación, enfatizando en la mejora continua de los elementos que caracterizan a una institución de educación superior, reconocida por su excelencia educativa con bienestar social y que coadyuven a la excelencia de la oferta educativa y servicios que ofrecen las Instituciones de Educación Superior Públicas, a través de la formulación de un documento institucional basado en la metodología de la planeación estratégicas participativa que se promueve a través del "PROFEXCE".
TERCERO.- El "PROGRAMA" tiene por objetivo general apoyar a las Instituciones de Educación Superior Públicas con recursos financieros necesarios para desarrollar sus capacidades académicas y de gestión, a fin de contar con programas educativos evaluables de técnico superior universitario y licenciatura, con calidad reconocida por las instancias responsables de otorgar dicho reconocimiento y por objetivos específicos:
Otorgar apoyos económicos a las Instituciones de Educación Superior Públicas para que a partir de ejercicios de planeación participativa implementen:
1. Proyectos académicos.
2. Proyectos de gestión.
DECLARACIONES
I.- La "SEP" a través de su Representante, declara:
I.1.- Que en términos de los artículos 2°, fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, que tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, la cual comprende entre otras acciones, promover y atender todos los tipos y modalidades educativos, incluyendo la educación superior, necesarias para el desarrollo de la nación.
I.2.- Que (nombre y apellidos del titular), Subsecretaria/o de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005 y reformado el 16 de enero de 2018, así como el "Acuerdo número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 25 de enero de 2017.
I.3.- Que para el cumplimiento de sus funciones, tiene adscrita a la Dirección General de Educación Superior Universitaria, en lo sucesivo la "DGESU", la cual de conformidad con el artículo 18 fracciones III, IV, VIII, IX y XI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de enero de 2005 y reformado el 16 de enero de 2018, le corresponde entre otras atribuciones.- establecer mecanismos de coordinación con las instituciones que impartan educación superior universitaria, a efecto de acordar políticas y acciones para la planeación y evaluación de este tipo educativo; promover que las instituciones universitarias formulen, mediante procesos de planeación estratégica participativa, programas integrales de fortalecimiento institucional que les permitan alcanzar niveles superiores de desarrollo, impulsar en las instituciones a que se refiere este artículo, la atención a las recomendaciones formuladas por organismos evaluadores externos en relación con sus programas educativos, así como con su gestión y administración institucional con el propósito de que alcancen y mantengan sus reconocimientos de calidad; fomentar que las instituciones cuenten con sistemas integrales de información que permitan la toma de las mejores decisiones y que den sustento a los procesos de planeación y evaluación; y gestionar, con la intervención de las unidades administrativas de la dependencia, las aportaciones federales a las instituciones de educación superior que funcionen como organismos descentralizados y a las otras instituciones que sean de su competencia.
I.4.- Que (nombre y apellidos de la persona titular), Directora/or General de Educación Superior Universitaria, participa en el presente convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, Apartado A, fracción XIII, 11, fracción I y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de enero de 2005 y reformado el 16 de enero de 2018.
I.5.- Que el "PROGRAMA" apoyará a la "INSTITUCIÓN" con los recursos financieros necesarios, en la implementación del "PROFEXCE" para que responda a los planteamientos y esté fundamentado en los resultados de las diferentes modalidades de la planeación y evaluación y gestión estratégica institucional, así como a los objetivos y metas de la planeación nacional.
I.6.- Que el apoyo a la "INSTITUCIÓN" referido en la declaración anterior, lo realizará a través de recursos públicos federales extraordinarios concursables no regularizables provenientes del "PROGRAMA", con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal (año).
I.7.- Que señala como su domicilio el ubicado en la calle de República de Brasil No. 31, 2o. piso, oficina 306, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México, para los fines y efectos legales de este convenio.
II.- La "INSTITUCIÓN", a través de su representante, declara que:
II.1.- Que es (naturaleza jurídica), de conformidad con lo dispuesto en (disposición jurídica de creación), publicada en (nombre del órgano informativo) el día (día en número) del (mes) de (año).
II.2.- Que de acuerdo con su Ley Orgánica y/o Decreto de Creación, tiene los siguientes fines (objetivos).- (precisar los fines/objetivos de la IES).
II.3.- Que su (nombre del cargo del titular) cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente instrumento en términos de lo señalado en el/los artículo/s (número del artículo/s) de su (nombre del instrumento legal que la regula).
II.4.- Que para un mejor desarrollo de los fines que tiene encomendados, requiere del apoyo de recursos públicos federales extraordinarios concursables no regularizables por parte del gobierno federal, para destinarlos exclusivamente a fortalecer la operación de los servicios educativos que ofrece, en términos de lo establecido por las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA" y con base en su documento institucional "PROFEXCE".
II.5.- Que para efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en (nombre de la calle) No. (número), Colonia (nombre de la colonia), C.P. (código postal), en la Ciudad de (nombre de la ciudad), Estado de (nombre del Estado).
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" manifiestan su voluntad de celebrar el presente convenio, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.- Es objeto de este convenio, establecer las bases conforme a las cuales la "SEP" apoyará a la "INSTITUCIÓN" con recursos públicos federales extraordinarios concursables no regularizables correspondientes al "PROGRAMA", en el ejercicio fiscal (año), para fortalecer los programas educativos de Técnico Superior Universitario y Licenciatura y la operación de los servicios educativos de tipo superior que ofrece, considerando su documento institucional "PROFEXCE", a fin de lograr la excelencia de los mismos; de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", el presente instrumento y su Anexo de Ejecución, el cual firmado por "LAS PARTES", forma parte integrante del mismo.
Segunda.- La "SEP", por conducto de la "DGESU" se obliga a:
a).- Aportar a la "INSTITUCIÓN" con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal (año), la cantidad de $(cantidad con número) (cantidad con letra), que le será transferida a través de la Secretaría de Finanzas o su equivalente en el gobierno del Estado de (nombre de la entidad federativa), en una o más exhibiciones, conforme lo estipulado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, para que la destine exclusivamente a lo establecido en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", en el presente instrumento y su Anexo de Ejecución;
b).- Dar seguimiento a la transferencia que la Secretaría de Finanzas o su equivalente en el gobierno del Estado de (nombre de la entidad federativa) deberá realizar a la "INSTITUCIÓN" en un periodo no mayor de 10 (diez) días hábiles contados a partir de la fecha de la ministración que le realice la "SEP".
c).- Dar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones de la "INSTITUCIÓN" que se establecen en el presente convenio y en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA"; y
d).- Las demás previstas a su cargo en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA".
Tercera.- Por su parte la "INSTITUCIÓN", se obliga a:
a).- Aceptar las disposiciones establecidas en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", en la convocatoria que aparece en su Anexo 7A y en la Guía metodológica "PROFEXCE", que se encuentra en su Anexo 2A (o 3A para IES sin DES). ;
b) Modificar la denominación del fideicomiso PFCE a PROFEXCE y abrir una subcuenta para administrar los recursos que le aporte la "SEP" en el ejercicio fiscal (año) en este fideicomiso, a más tardar 10 (diez) días hábiles posteriores a la notificación que realice la "DGESU" sobre la asignación de recursos a cargo del "PROGRAMA".
c) Entregar a la "DGESU" y cargar en el módulo de seguimiento financiero, copia de la modificación de la denominación del fideicomiso y de la apertura de la subcuenta (año), en un periodo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores a su celebración;
d) Formalizar la recepción de los recursos en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la primera ministración que realice la "DGESU", cargando en el módulo de seguimiento financiero copia del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CDFI) emitido a la Entidad Federativa y copia de la transferencia bancaria realizada por el Gobierno del Estado de (nombre de la entidad federativa), por la cantidad que le aporte la "SEP" en el marco del presente instrumento;
e).- Entregar a la "DGESU", en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la notificación de la apertura del sistema electrónico de reprogramación, el ajuste de los rubros de gasto asociados a las acciones de cada proyecto evaluado favorablemente por los Comités de Pares Académicos. Dicha reprogramación deberá estar sustentada en el Anexo de Ejecución del presente instrumento, en el entendido que la "INSTITUCIÓN", únicamente podrá ejercer los recursos que reciba con motivo de este instrumento, una vez que la "DGESU" le emita y envíe el oficio de autorización correspondiente junto con el Anexo 8 de las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA";
f).- Destinar los recursos que le aporte la "SEP" por conducto de la "DGESU", exclusivamente para la ejecución de las acciones contenidas en su documento institucional "PROFEXCE", ajustándose a lo establecido en las "Reglas de Operación", en su Anexo 8 y en el Anexo de Ejecución de este convenio;
g).- Dar cumplimiento a los objetivos particulares de los proyectos integrales previstos en el Anexo de Ejecución de este convenio y en el Anexo 8 de las "Reglas de Operación" (año) del "PROGRAMA", con base en su documento institucional "PROFEXCE";
h).- Cargar al sistema que la "DGESU" disponga, los informes trimestrales de avance académico y financiero del "PROGRAMA", respecto de los proyectos integrales indicados en el Anexo de Ejecución del presente instrumento y en el Anexo 8 de sus "Reglas de Operación", en las fechas que establezca la "DGESU", de acuerdo con lo indicado en el numeral 4.2.1 de las citadas reglas y responsabilizándose de la custodia de los comprobantes de gasto correspondientes para futuras revisiones o auditorías;
i).- Rendir a la "SEP", por conducto de la "DGESU", los informes trimestrales mediante los formatos del Anexo 4A de las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA" turnando copia al Órgano de Fiscalización y Control de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados y a la Secretaría de la Función Pública o instancia correspondiente que para tal efecto se determine, sobre el cumplimiento académico, financiero y el avance de los indicadores asociados a los proyectos integrales y de las observaciones que surjan. El informe deberá contar con el aval de la/del titular de la "INSTITUCIÓN";
j).- Entregar a la "DGESU", el reporte final académico y financiero a que se refiere el numeral 4.2.3 relativo a la "DGESU" de las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", en un periodo no mayor a 10 (diez) días hábiles posteriores a la conclusión del periodo del ejercicio de los recursos;
k) Comprobar financieramente la totalidad de los recursos asignados por el "PROGRAMA", a la conclusión del ejercicio de los recursos y de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios;
l) Finiquitar la subcuenta (año) del fideicomiso "PROFEXCE", en la fecha que determine la "DGESU" a través del oficio respectivo;
m) Entregar a la "DGESU" y cargar al sistema de seguimiento financiero, el documento que avale la cancelación de la subcuenta (año), conjuntamente con el reporte del fideicomiso "PROFEXCE" en ceros que emite el sistema de seguimiento financiero, 10 (diez) días posterior a la conclusión del ejercicio de los recursos, conforme a la fecha que determine la "DGESU" a través del oficio respectivo;
n) Reintegrar a la TESOFE los recursos del "PROGRAMA" en la fecha que determine la "DGESU" a través del oficio respectivo, que al 31 de diciembre de (año) no hayan sido devengados, que hayan sido ejercidos en conceptos de gasto no considerados en los proyectos o en conceptos de gasto que el "PROGRAMA" no apoya; así como los montos asociados a los comprobantes que no cumplan con los requisitos fiscales, en la forma y plazo que establezcan las disposiciones aplicables en la materia, ;
o).- Incluir el nombre del "PROGRAMA" en la difusión, promoción, publicación o en cualquier documento que se obtengan como resultado de las acciones que se desarrollen con motivo del objeto de este convenio;
p).- Facilitar la fiscalización por parte de la Auditoría Superior de la Federación de los recursos federales que reciba, en términos de lo establecido en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, así como rendir cuentas sobre su ejercicio en los términos de las disposiciones aplicables;
q).- Resguardar de conformidad con las disposiciones legales aplicables, la documentación original justificativa y comprobatoria del ejercicio y aplicación de los recursos financieros materia de este convenio para efectos de rendición de cuentas y transparencia;
r).- Poner a disposición de la sociedad a través de su página de internet, específicamente en el Portal de Transparencia Institucional, la información sobre la aplicación y uso de los recursos recibidos a través del "PROGRAMA". En particular, el registro, la asignación, los avances académicos y el seguimiento del ejercicio financiero de los recursos que reciba con motivo de este convenio, manteniendo la información actualizada con periodicidad trimestral, en el marco de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y, en su caso, la Ley local respectiva;
s).- Ejercer los recursos que reciba para el cumplimiento del objeto de este convenio, ajustándose a las disposiciones legales aplicables,
t).- Realizar la comprobación del monto asignado para los fines autorizados en este programa, a través de la carga de documentos "xml" en el sistema de seguimiento financiero, conforme a los criterios que establezca la "DGESU";
u).- Atender las solicitudes de información relacionadas con el resultado académico de los proyectos apoyados con recursos del "PROGRAMA"
v).- Las demás previstas a su cargo en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA".
Cuarta.- Para el manejo del fideicomiso que al efecto se constituya para la administración de los recursos que reciba de la "SEP":
A).- La "INSTITUCIÓN" se obliga a designar el Comité Técnico del Fideicomiso formado por al menos cuatro personas de la "INSTITUCIÓN".- una nombrada por su titular; otra cuya función esté directamente relacionada con la operación y administración del fideicomiso; una tercera con la responsabilidad específica de vigilar la aplicación y el ejercicio del patrimonio del fideicomiso y la cuarta persona que será el/la titular de la "INSTITUCIÓN" quien presidirá el Comité Técnico, de conformidad con el numeral 3.5, relativo a la "DGESU", punto 13 de las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA". El acta que formaliza la conformación del Comité deberá de remitirse a la "DGESU" en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la apertura de la subcuenta en el Fideicomiso "PROFEXCE".
B).- El Comité Técnico será responsable de:
1).- Vigilar el efectivo cumplimiento de todos y cada uno de los fines del fideicomiso;
2).- Autorizar el ejercicio de recursos para llevar a cabo los fines del fideicomiso, de acuerdo con los programas y las instrucciones que el mismo establezca y en cumplimiento de lo acordado entre la "SEP" y la "INSTITUCIÓN", en el marco de la aplicación de los recursos extraordinarios concursables no regularizables recibidos a través del "PROGRAMA";
3).- Autorizar la celebración de actos jurídicos de los cuales se deriven derechos y obligaciones con cargo al patrimonio del fideicomiso;
4).- Instruir a la institución fiduciaria respecto a la política de inversión del patrimonio del fideicomiso;
5).- Atender, en el marco de sus atribuciones y facultades, todo lo relacionado con el fin para el que fue constituido el fideicomiso y cualesquiera otras obligaciones derivadas de las disposiciones jurídicas aplicables;
6).- Establecer la obligación a la fiduciaria de enviar mensualmente a la "INSTITUCIÓN", los estados de cuenta para verificar el cumplimiento de lo establecido en el inciso c), de la cláusula tercera, el monto de los recursos liberados y el concepto del destino de los mismos;
7).- La persona que designe la "INSTITUCIÓN" para vigilar la aplicación y el ejercicio del patrimonio del fideicomiso será responsable de:
a).- Realizar las acciones de control y auditoría interna sobre el ejercicio de recursos, la ejecución y el desarrollo de los proyectos aprobados. Éstos podrán ser auditados externamente por la Cámara de Diputados a través de su Órgano de Fiscalización y Control, así como por la "SEP" utilizando los medios que considere más adecuados;
b).- Vigilar y verificar el estricto cumplimiento del objeto de este Convenio de Apoyo.
8.- Las demás que se establezcan a su cargo en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA".
Quinta.- "LAS PARTES" acuerdan que, en caso de que la "SEP" no esté en posibilidades de cumplir con lo señalado en el inciso a) de la cláusula SEGUNDA por causas no imputables a la misma, quedará liberada de entregar los recursos, dándose por terminado el presente convenio sin responsabilidad alguna.
Sexta.- La "INSTITUCIÓN" para la adquisición, contratación de servicios de cualquier naturaleza o arrendamiento de bienes muebles que requiera para el cumplimiento de este convenio, se obliga a aplicar, en su caso, las normas, criterios y procedimientos previstos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, ambas de carácter federal, que correspondan, así como sus respectivos reglamentos.
Séptima.- La "INSTITUCIÓN" en cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal (año fiscal) y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en la papelería, documentación oficial, así como en la publicidad y promoción que adquiera, deberá incluir, claramente visible y audible, la siguiente leyenda:
"Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa."
Octava.- "LAS PARTES" acuerdan que una vez que la "SEP" entregue los recursos financieros objeto de este convenio a la "INSTITUCIÓN", será de absoluta responsabilidad de ésta última, cualquier reclamación que derive directamente o indirectamente con motivo de su aplicación y ejercicio.
Novena.- Los bienes que la "INSTITUCIÓN" adquiera con cargo a los recursos extraordinarios, concursables no regularizables que le aporte la "SEP" a través del "PROGRAMA" formarán parte de su patrimonio, por lo que las facturas y demás documentación comprobatoria que ampare su propiedad, deberán expedirse a su nombre y contener los requisitos que establezcan las disposiciones legales aplicables.
Décima.- Por parte de la "SEP", el titular de la "DGESU", en el ámbito de sus atribuciones, será el responsable del seguimiento de este Convenio y su Anexo de Ejecución. Por parte de la "INSTITUCIÓN" su propio titular será el responsable de su ejecución y cumplimiento.
Décima Primera.- "LAS PARTES" acuerdan que serán corresponsables de promover las acciones de contraloría social, en sus respectivos ámbitos de competencia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Desarrollo Social; en los lineamientos para la promoción de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2016; en los documentos normativos de Contraloría Social (Esquema, Guía Operativa y Programa Anual de Trabajo) debidamente validados y autorizados por la Secretaría de la Función Pública y en las Reglas de Operación (año) del "PROGRAMA".
Décima Segunda.- La aplicación y ejercicio de los recursos referidos en la cláusula segunda, su comprobación y el cumplimiento de los proyectos integrales y objetivos particulares asociados que se establecen en el Anexo de Ejecución y en el Anexo 8 de las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", serán responsabilidad de la "INSTITUCIÓN", de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA" y en este convenio.
Décima Tercera. - "LAS PARTES" acuerdan que el personal que designen para la ejecución de las actividades derivadas de este convenio, se entenderá exclusivamente relacionado con aquella que lo emplee, y en ningún caso, podrá considerarse a la otra parte como patrón solidario o sustituto.
Décima Cuarta. - En caso de que la "INSTITUCIÓN" destine parte o la totalidad de los recursos financieros referidos en la cláusula Segunda a fines distintos a los establecidos en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA" o este convenio, la "SEP" podrá darlo por terminado anticipadamente, obligándose la "INSTITUCIÓN" a devolver las cantidades no justificadas junto con los productos financieros que hayan generado, en términos de las disposiciones legales aplicables.
Décima Quinta.- "LAS PARTES" acuerdan, que la "INSTITUCIÓN" responderá ante cualquier autoridad o terceros, cuando se vincule a la "SEP" en el cumplimiento de resoluciones pronunciadas en juicios de cualquier naturaleza derivados del presente instrumento, sin que hubiere sido parte en el proceso correspondiente.
Décima Sexta.- Este convenio surtirá sus efectos a partir de la fecha de su firma y para efectos presupuestarios de la "SEP" concluirá el 31 de diciembre de (año), por lo que no compromete recursos de subsecuentes ejercicios fiscales para la Federación; comprometiéndose "LAS PARTES" al seguimiento y cumplimiento de las obligaciones adquiridas, en los términos indicados en el presente convenio y las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA".
Podrá ser modificado de común acuerdo por escrito o concluido con antelación, previa notificación que por escrito se realice con 60 (sesenta) días de anticipación; en este último caso, se tomarán las providencias necesarias a efecto de que las acciones que se hayan iniciado, se desarrollen hasta su total conclusión, obligándose la "INSTITUCIÓN" a devolver los recursos financieros y productos que generen, que no se hayan ejercido para los fines autorizados.
Décima Séptima.- "LAS PARTES" acuerdan que los asuntos que no estén expresamente previstos en este convenio, así como las dudas que pudieran surgir con motivo de su interpretación y cumplimiento, se resolverán de común acuerdo y por escrito entre ellas, acorde a lo previsto en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA" y demás disposiciones administrativas, jurídicas y presupuestarias aplicables y, en caso de que no se lograra lo anterior, acuerdan en someterse a la competencia de los Tribunales Federales competentes, renunciando al fuero que por su domicilio presente o futuro pudieran tener.
ENTERADAS "LAS PARTES" DEL CONTENIDO, ALCANCE Y TÉRMINOS DE ESTE CONVENIO, LO FIRMAN DE CONFORMIDAD POR CUADRUPLICADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EL (DÍA) DE (MES) DE (AÑO).
Por.- La "SEP" | Por.- La "INSTITUCIÓN" |
(Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) Cargo de la persona titular Subsecretaría/o de Educación Superior | (Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) |
(Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) Cargo de la persona titular Directora/or General de Educación Superior Universitaria | |
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ÚLTIMA HOJA DEL CONVENIO DE APOYO CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y LA (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN) EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO S300 FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA (AÑO), CONSTA DE ANEXO DE EJECUCIÓN.
ANEXO DE EJECUCIÓN
(PARA UNIVERSIDADES CON DEPENDENCIAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR)
ANEXO DE EJECUCIÓN QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE APOYO CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y LA (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN), EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO S300 FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL (AÑO).
Gestión Institucional (Monto apoyado)
Clave del proyecto | Nombre del proyecto | Monto Asignado |
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Dependencias de Educación Superior (Monto apoyado)
Clave del proyecto | Nombre del proyecto | Monto Asignado |
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Monto total:
ENTERADAS LAS "PARTES" DEL CONTENIDO, ALCANCE Y TÉRMINO DE ESTE ANEXO DE EJECUCIÓN, LO FIRMAN DE CONFORMIDAD POR CUADRUPLICADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EL (DÍA) DE (MES)DE (AÑO).
Por La "SEP" | Por La "INSTITUCIÓN" |
(Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) Cargo de la persona titular Subsecretaría/o de Educación Superior | (Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) |
(Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) Cargo de la persona titular Directora/or General de Educación Superior Universitaria | |
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ÚLTIMA HOJA DEL ANEXO DE EJECUCIÓN, QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE APOYO CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y LA (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN), EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO S300 FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL (AÑO).
ANEXO DE EJECUCIÓN
(PARA UNIVERSIDADES SIN DEPENDENCIAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR)
ANEXO DE EJECUCIÓN QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE APOYO CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y LA (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN), EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO S300 FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL (AÑO).
Gestión Institucional (Monto apoyado)
Clave del proyecto | Nombre del proyecto | Monto Asignado |
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Proyecto académico (Monto apoyado)
Clave del proyecto | Nombre del proyecto | Monto Asignado |
| | |
Monto total:
ENTERADAS LAS "PARTES" DEL CONTENIDO, ALCANCE Y TÉRMINO DE ESTE ANEXO DE EJECUCIÓN, LO FIRMAN DE CONFORMIDAD POR CUADRUPLICADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EL (DÍA) DE (MES)DE (AÑO).
Por La "SEP" | Por La "INSTITUCIÓN" |
(Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) Cargo de la persona titular Subsecretaría/o de Educación Superior | (Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) |
(Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) Cargo de la persona titular Directora/or General de Educación Superior Universitaria | |
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ÚLTIMA HOJA DEL ANEXO DE EJECUCIÓN, QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE APOYO CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y LA (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN), EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO S300 FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL (AÑO).
PARA IES CON CUENTA DE BANCO PRODUCTIVA
CONVENIO DE APOYO, QUE EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO S300 FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA, EN LO SUCESIVO EL "PROGRAMA", CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUBSECUENTE LA "SEP", REPRESENTADA POR LA/EL (NOMBRE Y APELLIDOS DE LA PERSONA TITULAR), SUBSECRETARIA/O DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASISTIDO POR LA/EL (NOMBRE Y APELLIDOS DE LA PERSONA TITULAR), DIRECTORA/OR GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA Y POR LA OTRA PARTE, (NOMBRE DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA ESTATAL, DE APOYO SOLIDARIO O INTERCULTURAL), EN LO SUCESIVO LA "INSTITUCIÓN", REPRESENTADA POR SU (CARGO DE LA PERSONA TITULAR DE LA INSTITUCIÓN), (NOMBRE Y APELLIDOS DE LA PERSONA TITULAR), A QUIENES EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES" AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO.-
La educación superior tiene como elemento central la formación integral de las personas desde una perspectiva universal que favorezca el aprendizaje de todas las formas de producir, interpretar y transmitir el conocimiento, las culturas, ciencias, lenguajes, tecnologías, considerando factores como la interculturalidad, la territorialidad, el trabajo interdisciplinario, los derechos humanos, la internacionalización de la educación superior y el bienestar social de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos.
La educación superior (ES) se plantea mejorar las condiciones de vida y de estudio de las/os jóvenes y adultos, desarrollando su capacidad de comprenderse a sí mismos como sujetos de derechos, como actores de transformación de las realidades y como sujetos sociales integrantes de una nación.
La política educativa es la herramienta que, de forma más profunda, tiene el potencial de realizar aportaciones significativas a cada uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible que conforman la Agenda 2030 aprobada en 2015 por los países miembros de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Bajo el contexto anterior, el "PROGRAMA" se convierte en el medio estratégico para otorgar recursos financieros extraordinarios y que se alinea al Eje 2 Política Social del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 a través del cual se articularán las acciones del Gobierno Federal en el ámbito educativo siend una de sus vertientes la de garantizar el acceso efectivo de las y los mexicanos a una educación de excelencia. Así mismo, se alinea al Objetivo 4 "Educación de Calidad" de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como a las siguientes metas:
Meta 4.3 Para 2030, asegurar el acceso en condiciones de igualdad para todos los hombres y las mujeres a una formación técnica, profesional y superior de calidad, incluida la enseñanza universitaria.
Meta 4.7 Para 2030, garantizar que todos los alumnos adquieran los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para promover el desarrollo sostenible, entre otras cosas mediante la educación para el desarrollo sostenible y la adopción de estilos de vida sostenibles, los derechos humanos, la igualdad de género, la promoción de una cultura de paz y no violencia, la ciudadanía mundial y la valoración de la diversidad cultural y de la contribución de la cultura al desarrollo sostenible, entre otros medios.
Para que las instituciones de educación superior contribuyan efectivamente al desarrollo social, científico, tecnológico, económico y cultural del país, resulta necesario que cuenten con niveles apreciables de capacidad y competitividad académicas, con mecanismos y esquemas eficaces de mejora continua y de rendición de cuentas a la sociedad. Deben caracterizarse también por su capacidad de innovación, su intensa colaboración interinstitucional, por su participación en redes académicas de alcance estatal, regional, nacional e internacional, por la movilidad de sus profesores y estudiantes, y por la búsqueda permanente de nuevas formas de aprendizaje, con equidad de género, inclusión y equidad. El logro de estos propósitos hace indispensable la participación y el compromiso de todos los actores involucrados en su operación los servidores públicos , los profesores-investigadores, los estudiantes, el personal administrativo y los órganos colegiados.
En síntesis, la participación de las comunidades universitarias busca propiciar el diálogo, el intercambio de información, la interacción y el incremento de las capacidades institucionales para diseñar, ejecutar y evaluar políticas, estrategias y proyectos dirigidos al fortalecimiento integral de la universidad, así como para reconocer y valorar los resultados alcanzados.
Por lo tanto, el "PROGRAMA" debe hacer énfasis en la mejora continua de los elementos que caracterizan a una institución de educación superior reconocida por su excelencia educativa con bienestar social.
El "PROGRAMA" es una iniciativa del Gobierno de México que busca dar cumplimiento al artículo 3°. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus párrafos primero, tercero y fracción X, que dispone que toda persona tiene derecho a recibir educación; que el Estado-Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará una educación desde el nivel inicial hasta superior. En este sentido, la educación deberá desarrollar todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a todos los derechos, las libertades, la cultura de paz y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia; promoverá la honestidad, los valores y la mejora continua del proceso de enseñanza aprendizaje y que al mismo tiempo promuevan políticas para fomentar la inclusión, permanencia y continuidad en los términos de la normatividad jurídica aplicable.
La Ley General de Educación publicada el 30 de septiembre de 2019 en el DOF, señala en sus artículos 8 y 16, fracción VI y X que el Estado está obligado a prestar servicios educativos con equidad y excelencia, que favorezca el pleno ejercicio del derecho a la educación de todas las personas y orientada al mejoramiento permanente de los procesos formativos que propicien el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para el desarrollo de su pensamiento crítico, así como el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad.
SEGUNDO.- Con fecha (día) de (mes) de (año), la "SEP" publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo número (número del acuerdo)por el que se emiten las Reglas de Operación (año) en lo sucesivo las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", las cuales norman la ejecución de los recursos públicos federales otorgados a las Instituciones de Educación Superior (IES) que conforman su población objetivo, a partir del documento institucional formulado en el marco de la metodología de planeación estratégica participativa que plantea el Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa (versión), en lo sucesivo "PROFEXCE".
El "PROGRAMA" se convierte en el medio estratégico para otorgar recursos financieros extraordinarios concursables no regularizables que contribuyan para la construcción de un país con bienestar, con desarrollo sostenible y derecho a la educación, enfatizando en la mejora continua de los elementos que caracterizan a una institución de educación superior, reconocida por su excelencia educativa con bienestar social y que coadyuven a la excelencia de la oferta educativa y servicios que ofrecen las Instituciones de Educación Superior Públicas, a través de la formulación de un documento institucional basado en la metodología de la planeación estratégicas participativa que se promueve a través del "PROFEXCE".
TERCERO.- El "PROGRAMA", tiene por objetivo general apoyar a las Instituciones de Educación Superior Públicas con los recursos financieros necesarios para desarrollar sus capacidades académicas y de gestión, a fin de contar con programas educativos evaluables de técnico superior universitarios y licenciatura, con calidad reconocida por las instancias responsables de otorgar dicho reconocimiento y por objetivos específicos:
Otorgar apoyos económicos a las Instituciones de Educación Superior Públicas para que a partir de ejercicios de planeación participativa implementen:
1. Proyectos académicos.
2. Proyectos de gestión.
DECLARACIONES
I.- La "SEP" a través de su Representante, declara:
I.1.- Que en términos de los artículos 2°, fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, que tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, la cual comprende entre otras acciones, promover y atender todos los tipos y modalidades educativos, incluyendo la educación superior, necesarias para el desarrollo de la nación.
I.2.- Que (nombre y apellidos del titular), Subsecretaria/o de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005 y reformado el 16 de enero de 2018, así como y el "Acuerdo número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 25 de enero de 2017.
I.3.- Que para el cumplimiento de sus funciones, tiene adscrita a la Dirección General de Educación Superior Universitaria, en lo sucesivo la "DGESU", la cual de conformidad con el artículo 18 fracciones III, IV, VIII, IX y XI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de enero de 2005 y reformado el 16 de enero de 2018, le corresponde entre otras atribuciones.- establecer mecanismos de coordinación con las instituciones que impartan educación superior universitaria, a efecto de acordar políticas y acciones para la planeación y evaluación de este tipo educativo; promover que las instituciones universitarias formulen, mediante procesos de planeación estratégica participativa, programas integrales de fortalecimiento institucional que les permitan alcanzar niveles superiores de desarrollo, impulsar en las instituciones a que se refiere este artículo, la atención a las recomendaciones formuladas por organismos evaluadores externos en relación con sus programas educativos, así como con su gestión y administración institucional con el propósito de que alcancen y mantengan sus reconocimientos de calidad; fomentar que las instituciones cuenten con sistemas integrales de información que permitan la toma de las mejores decisiones y que den sustento a los procesos de planeación y evaluación; y gestionar, con la intervención de las unidades administrativas de la dependencia, las aportaciones federales a las instituciones de educación superior que funcionen como organismos descentralizados y a las otras instituciones que sean de su competencia.
I.4.- Que (nombre y apellidos de la persona titular), Directora/or General de Educación Superior Universitaria, participa en el presente convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, Apartado A, fracción XIII, 11, fracción I y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de enero de 2005 y reformado el 16 de enero de 2018.
I.5.- Que el "PROGRAMA" apoyará a la "INSTITUCIÓN" con los recursos financieros necesarios, en la implementación del "PROFEXCE" para que responda a los planteamientos y esté fundamentado en los resultados de las diferentes modalidades de la planeación y evaluación y gestión estratégica institucional, así como a los objetivos y metas de la planeación nacional.
I.6.- Que el apoyo a la "INSTITUCIÓN" referido en la declaración anterior, lo realizará a través de
recursos públicos federales extraordinarios concursables no regularizables, provenientes del "PROGRAMA", con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal (año).
I.7.- Que señala como su domicilio el ubicado en la calle de República de Brasil No. 31, 2o. piso, oficina 306, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México, para los fines y efectos legales de este convenio.
II.- La "INSTITUCIÓN", a través de su representante, declara que:
II.1.- Que es (naturaleza jurídica), de conformidad con lo dispuesto en (disposición jurídica de creación), publicada en (nombre del órgano informativo) el día (día en número) del (mes) de (año).
II.2.- Que de acuerdo con su Ley Orgánica y/o Decreto de Creación, tiene los siguientes fines (objetivos).- (precisar los fines/objetivos de la IES).
II.3.- Que su (nombre del cargo del titular) cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente instrumento en términos de lo señalado en el/los artículo/s (número del artículo/s) de su (nombre del instrumento legal que la regula).
II.4.- Que para un mejor desarrollo de los fines que tiene encomendados, requiere del apoyo de recursos públicos federales extraordinarios concursables no regularizables por parte del gobierno federal, para destinarlos exclusivamente a fortalecer la operación de los servicios educativos que ofrece, en términos de lo establecido por las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA" y con base en su documento institucional "PROFEXCE".
II.5.- Que para efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en (nombre de la calle) No. (número), Colonia (nombre de la colonia), C.P. (código postal), en la Ciudad de (nombre de la ciudad), Estado de (nombre del Estado).
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" manifiestan su voluntad de celebrar el presente convenio, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.- Es objeto de este convenio, establecer las bases conforme a las cuales la "SEP" apoyará a la "INSTITUCIÓN" con recursos públicos federales extraordinarios concursables no regularizables correspondientes al "PROGRAMA", en el ejercicio fiscal (año), para fortalecer la oferta educativa y la operación de los servicios educativos de tipo superior que ofrece, considerando su documento institucional "PROFEXCE", a fin de lograr la excelencia de los mismos; de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", el presente instrumento y su Anexo de Ejecución, el cual firmado por "LAS PARTES", forma parte integrante del mismo.
Segunda.- La "SEP", por conducto de la "DGESU" se obliga a:
a).- Aportar a la "INSTITUCIÓN" con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal (año), la cantidad de $(cantidad con número) (cantidad con letra), que le será transferida a través de la Secretaría de Finanzas o su equivalente en el gobierno del Estado de (nombre de la entidad federativa), en una o más exhibiciones, conforme lo estipulado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, para que la destine exclusivamente a lo establecido en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", este convenio y su Anexo de Ejecución;
b).- Dar seguimiento a la transferencia que la Secretaría de Finanzas o su equivalente en el gobierno del Estado de (nombre de la entidad federativa) deberá realizar a la "INSTITUCIÓN" en un periodo no mayor de 10 (diez) días hábiles contados a partir de la fecha de la ministración que le realice la "SEP".
c).- Dar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones de la "INSTITUCIÓN" que se establecen en el presente convenio y en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA"; y
d).- Las demás previstas a su cargo en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA".
Tercera.- Por su parte la "INSTITUCIÓN", se obliga a:
a).- Aceptar las disposiciones establecidas en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", en la
convocatoria que aparece en su Anexo 7A y en la Guía metodológica "PROFEXCE", que se encuentra en su Anexo 2A (o 3A para IES sin DES);
b) Abrir una cuenta bancaria productiva específica para administrar los recursos que le aporte la "SEP" en el ejercicio fiscal (año), a más tardar 10(diez) días hábiles posteriores a la notificación que realice la "DGESU" sobre la asignación de recursos a cargo del "PROGRAMA".
c) Entregar a la "DGESU" y cargar en el módulo de seguimiento financiero, copia de la apertura de la cuenta bancaria productiva específica, en un periodo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores a su celebración;
d) Formalizar la recepción de los recursos en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la primera ministración que realice la "DGESU", cargando en el módulo de seguimiento financiero copia del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CDFI) emitido a la Entidad Federativa y copia de la transferencia bancaria realizada por el Gobierno del Estado de (nombre de la entidad federativa), por la cantidad que le aporte la "SEP" en el marco del presente instrumento;
e).- Entregar a la "DGESU", en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la notificación de la apertura del sistema electrónico de reprogramación, el ajuste de los rubros de gasto asociados a las acciones de cada proyecto evaluado favorablemente por los Comités de Pares Académicos. Dicha reprogramación deberá estar sustentada en el Anexo de Ejecución del presente instrumento, en el entendido que la "INSTITUCIÓN", únicamente podrá ejercer los recursos que reciba con motivo de este instrumento, una vez que la "DGESU" le emita y envíe el oficio de autorización correspondiente junto con el Anexo 8 de las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA";
f).- Destinar los recursos que le aporte la "SEP" por conducto de la "DGESU", exclusivamente para la ejecución de las acciones contenidas en su documento institucional "PROFEXCE", ajustándose a lo establecido en las "Reglas de Operación", en su Anexo 8 y en el Anexo de Ejecución de este convenio;
g).- Dar cumplimiento a los objetivos particulares de los proyectos integrales previstos en el Anexo de Ejecución de este convenio y en el Anexo 8 de las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", con base en su documento institucional "PROFEXCE";
h).- Cargar al sistema que la "DGESU" disponga, los informes trimestrales de avance académico y financiero del "PROGRAMA", respecto de los proyectos integrales indicados en el Anexo de Ejecución del presente instrumento y en el Anexo 8 de sus "Reglas de Operación", en las fechas que establezca la "DGESU", de acuerdo con lo indicado en el numeral 4.2.1 de las citadas reglas y responsabilizándose de la custodia de los comprobantes de gasto correspondientes para futuras revisiones o auditorías;
i).- Rendir a la "SEP", por conducto de la "DGESU", los informes trimestrales mediante los formatos del Anexo 4A, de las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA" turnando copia al Órgano de Fiscalización y Control de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados y a la Secretaría de la Función Pública o instancia correspondiente que para tal efecto se determine, sobre el cumplimiento académico, financiero y el avance de los indicadores asociados a los proyectos integrales y de las observaciones que surjan. El informe deberá contar con el aval de la/del titular de la "INSTITUCIÓN";
j).- Entregar a la "DGESU", el reporte final académico y financiero a que se refiere el numeral 4.2.3 relativo a la "DGESU" de las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", en un periodo no mayor a 10 (diez) días hábiles posteriores a la conclusión del periodo del ejercicio de los recursos;
k) Comprobar financieramente la totalidad de los recursos asignados por el "PROGRAMA", a la conclusión del ejercicio de los recursos y de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios;
l) Finiquitar la cuenta bancaria productiva específica, en la fecha que determine la "DGESU" a través del oficio respectivo;
m) Entregar a la "DGESU" y cargar al sistema de seguimiento financiero, el documento que avale la cancelación de la cuenta bancaria productiva específica, conjuntamente con el reporte de la cuenta en
ceros que emite el sistema de seguimiento financiero, 10 (diez) días posterior a la conclusión del ejercicio de los recursos, conforme a la fecha que determine la "DGESU" a través del oficio respectivo;
n) Reintegrar a la TESOFE los recursos del "PROGRAMA" en la fecha que determine la "DGESU" a través del oficio respectivo, que al 31 de diciembre de (año) no hayan sido devengados, que hayan sido ejercidos en conceptos de gasto no considerados en los proyectos o en conceptos de gasto que el "PROGRAMA" no apoya; así como los montos asociados a los comprobantes que no cumplan con los requisitos fiscales, en la forma y plazo que establezcan las disposiciones aplicables en la materia;
o).- Incluir el nombre del "PROGRAMA" en la difusión, promoción, publicación o en cualquier documento que se obtengan como resultado de las acciones que se desarrollen con motivo del objeto de este convenio;
p).- Facilitar la fiscalización por parte de la Auditoría Superior de la Federación de los recursos federales que reciba, en términos de lo establecido en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, así como rendir cuentas sobre su ejercicio en los términos de las disposiciones aplicables;
q).- Resguardar de conformidad con las disposiciones legales aplicables, la documentación original justificativa y comprobatoria del ejercicio y aplicación de los recursos financieros materia de este convenio para efectos de rendición de cuentas y transparencia;
r).- Poner a disposición de la sociedad a través de su página de internet, específicamente en el Portal de Transparencia Institucional, la información sobre la aplicación y uso de los recursos recibidos a través del "PROGRAMA". En particular, el registro, la asignación, los avances académicos y el seguimiento del ejercicio financiero de los recursos que reciba con motivo de este convenio, manteniendo la información actualizada con periodicidad trimestral, en el marco de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y, en su caso, la Ley local respectiva;
s).- Ejercer los recursos que reciba para el cumplimiento del objeto de este convenio, ajustándose a las disposiciones legales aplicables,
t).- Realizar la comprobación del monto asignado para los fines autorizados en este programa, a través de la carga de documentos "xml" en el sistema de seguimiento financiero, conforme a los criterios que establezca la "DGESU";
u).- Atender las solicitudes de información relacionadas con el resultado académico de los proyectos apoyados con recursos del "PROGRAMA";
v).- Realizar las acciones de seguimiento, control y auditoría interna sobre el ejercicio de recursos, la ejecución y el desarrollo de los proyectos aprobados. Éstos podrán ser auditados externamente por la Cámara de Diputados a través de su Órgano de Fiscalización y Control, así como por la "SEP" utilizando los medios que considere más adecuados;
x).- Vigilar y verificar el estricto cumplimiento del objeto de este Convenio de Apoyo.
y).- Las demás previstas a su cargo en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA".
Cuarta.- La "INSTITUCIÓN" para la adquisición, contratación de servicios de cualquier naturaleza o arrendamiento de bienes muebles que requiera para el cumplimiento de este convenio, se obliga a aplicar, en su caso, las normas, criterios y procedimientos previstos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, ambas de carácter federal, que correspondan, así como sus respectivos reglamentos.
Quinta.- "LAS PARTES" acuerdan que, en caso de que la "SEP" no esté en posibilidades de cumplir con lo señalado en el inciso a) de la cláusula SEGUNDA por causas no imputables a la misma, quedará liberada de entregar los recursos, dándose por terminado el presente convenio sin responsabilidad alguna.
Sexta.- La "INSTITUCIÓN" en cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal (año fiscal) y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en la papelería, documentación oficial, así como en la publicidad y promoción que adquiera, deberá incluir, claramente visible y audible, la siguiente leyenda:
"Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa."
Séptima.- "LAS PARTES" acuerdan que una vez que la "SEP" entregue los recursos financieros objeto de este convenio a la "INSTITUCIÓN", será de su absoluta responsabilidad de esta última cualquier reclamación que derive directamente o indirectamente con motivo de su aplicación y ejercicio.
Octava.- Los bienes que la "INSTITUCIÓN" adquiera con cargo a los recursos extraordinarios, concursables no regularizables que le aporte la "SEP" a través del "PROGRAMA" formarán parte de su patrimonio, por lo que las facturas y demás documentación comprobatoria que ampare su propiedad, deberán expedirse a su nombre y contener los requisitos que establezcan las disposiciones legales aplicables.
Novena.- Por parte de la "SEP", el titular de la "DGESU", en el ámbito de sus atribuciones, será el responsable del seguimiento de este Convenio y su Anexo de Ejecución. Por parte de la "INSTITUCIÓN" su propio titular será el responsable de su ejecución y cumplimiento.
Décima.- "LAS PARTES" acuerdan que serán corresponsables de promover las acciones de contraloría social, en sus respectivos ámbitos de competencias, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Desarrollo Social, en los lineamientos para la promoción de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2016; en los documentos normativos de Contraloría Social (Esquema, Guía Operativa y Programa Anual de Trabajo) debidamente validados y autorizados por la Secretaría de la Función Pública y en las Reglas de Operación (año) del "PROGRAMA".
Décima Primera.- La aplicación y ejercicio de los recursos referidos en la cláusula segunda, su comprobación y el cumplimiento de los proyectos integrales y objetivos particulares asociados que se establecen en el Anexo de Ejecución y en el Anexo 8 de las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", serán responsabilidad de la "INSTITUCIÓN", de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA" y en este convenio.
Décima Segunda.- "LAS PARTES" acuerdan que el personal que designen para la ejecución de las actividades derivadas de este convenio, se entenderá exclusivamente relacionado con aquella que lo emplee, y en ningún caso, podrá considerarse a la otra parte como patrón solidario o sustituto.
Décima Tercera.- En caso de que la "INSTITUCIÓN" destine parte o la totalidad de los recursos financieros referidos en la cláusula Segunda a fines distintos a los establecidos en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA" o este convenio, la "SEP" podrá darlo por terminado anticipadamente, obligándose la "INSTITUCIÓN" a devolver las cantidades no justificadas junto con los productos financieros que hayan generado, en términos de las disposiciones legales aplicables.
Décima Cuarta.- "LAS PARTES" acuerdan, que la "INSTITUCIÓN" responderá ante cualquier autoridad o terceros, cuando se vincule a la "SEP" en el cumplimiento de resoluciones pronunciadas en juicios de cualquier naturaleza derivados del presente instrumento, sin que hubiere sido parte en el proceso correspondiente.
Décima Quinta.- Este convenio surtirá sus efectos a partir de la fecha de su firma y para efectos presupuestarios de la "SEP" concluirá el 31 de diciembre de (año), por lo que no compromete recursos de subsecuentes ejercicios fiscales para la Federación; comprometiéndose "LAS PARTES" al seguimiento y cumplimiento de las obligaciones adquiridas, en los términos indicados en el presente convenio y las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA".
Podrá ser modificado de común acuerdo por escrito o concluido con antelación, previa notificación que por escrito se realice con 60 (sesenta) días de anticipación; en este último caso, se tomarán las providencias necesarias a efecto de que las acciones que se hayan iniciado, se desarrollen hasta su total conclusión, obligándose la "INSTITUCIÓN" a devolver los recursos financieros y productos que generen, que no se hayan ejercido para los fines autorizados.
Décima Sexta.- "LAS PARTES" acuerdan que los asuntos que no estén expresamente previstos en este convenio, así como las dudas que pudieran surgir con motivo de su interpretación y cumplimiento, se resolverán de común acuerdo y por escrito entre ellas, acorde a lo previsto en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA" y demás disposiciones administrativas, jurídicas y presupuestarias aplicables y, en caso de que no se lograra lo anterior, acuerdan en someterse a la competencia de los Tribunales Federales competentes, renunciando al fuero que por su domicilio presente o futuro pudieran tener.
ENTERADAS "LAS PARTES" DEL CONTENIDO, ALCANCE Y TÉRMINOS DE ESTE CONVENIO, LO FIRMAN DE CONFORMIDAD POR CUADRUPLICADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EL (DÍA) DE (MES) DE (AÑO).
Por La "SEP" | Por La "INSTITUCIÓN" |
(Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) Cargo de la persona titular Subsecretaría/o de Educación Superior | (Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) |
(Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) Cargo de la persona titular Directora/or General de Educación Superior Universitaria | |
| |
ÚLTIMA HOJA DEL CONVENIO DE APOYO CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y LA (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN) EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO S300 FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA (AÑO), CONSTA DE ANEXO DE EJECUCIÓN.
ANEXO DE EJECUCIÓN
(PARA UNIVERSIDADES CON DEPENDENCIAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR)
ANEXO DE EJECUCIÓN QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE APOYO CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y LA (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN), EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO S300 FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL (AÑO).
Gestión Institucional (Monto apoyado)
Clave del proyecto | Nombre del proyecto | Monto Asignado |
| | |
Dependencias de Educación Superior (Monto apoyado)
Clave del proyecto | Nombre del proyecto | Monto Asignado |
| | |
Monto total:
ENTERADAS LAS "PARTES" DEL CONTENIDO, ALCANCE Y TÉRMINO DE ESTE ANEXO DE EJECUCIÓN, LO FIRMAN DE CONFORMIDAD POR CUADRUPLICADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EL (DÍA) DE (MES)DE (AÑO).
Por La "SEP" | Por La "INSTITUCIÓN" |
(Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) Cargo de la persona titular Subsecretaría/o de Educación Superior | (Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) |
(Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) Cargo de la persona titular Directora/or General de Educación Superior Universitaria | |
| |
ÚLTIMA HOJA DEL ANEXO DE EJECUCIÓN, QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE APOYO CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y LA (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN), EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO S300 FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL (AÑO).
ANEXO DE EJECUCIÓN
(PARA UNIVERSIDADES SIN DEPENDENCIAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR)
ANEXO DE EJECUCIÓN QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE APOYO CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y LA (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN), EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO S300 FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL (AÑO).
Gestión Institucional (Monto apoyado)
Clave del proyecto | Nombre del proyecto | Monto Asignado |
| | |
Proyecto académico (Monto apoyado)
Clave del proyecto | Nombre del proyecto | Monto Asignado |
| | |
Monto total:
ENTERADAS LAS "PARTES" DEL CONTENIDO, ALCANCE Y TÉRMINO DE ESTE ANEXO DE EJECUCIÓN, LO FIRMAN DE CONFORMIDAD POR CUADRUPLICADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EL (DÍA) DE (MES)DE (AÑO).
Por La "SEP" | Por La "INSTITUCIÓN" |
(Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) Cargo de la persona titular Subsecretaría/o de Educación Superior | (Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) |
(Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) Cargo de la persona titular Directora/or General de Educación Superior Universitaria | |
| |
ÚLTIMA HOJA DEL ANEXO DE EJECUCIÓN, QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE APOYO CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y LA (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN), EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO S300 FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL (AÑO).
MODELOS DE LINEAMIENTOS INTERNOS DE COORDINACIÓN PARA UPF
LINEAMIENTOS INTERNOS DE COORDINACIÓN QUE EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO S300 FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA, EN LO SUCESIVO EL "PROGRAMA", CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, EN LO SUBSECUENTE LA "SES", REPRESENTADA POR LA/EL (NOMBRE Y APELLIDOS DE LA PERSONA TITULAR), SUBSECRETARIA/O DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASISTIDO POR LA/EL (NOMBRE Y APELLIDOS DE LA PERSONA TITULAR), DIRECTORA/OR GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA Y POR LA OTRA PARTE, (NOMBRE DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA FEDERAL), EN LO SUCESIVO LA "INSTITUCIÓN", REPRESENTADA POR SU (CARGO DE LA PERSONA TITULAR DE LA INSTITUCIÓN), (NOMBRE Y APELLIDOS DE LA PERSONA TITULAR), A QUIENES EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES" AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO.-
La educación superior tiene como elemento central la formación integral de las personas desde una perspectiva universal que favorezca el aprendizaje de todas las formas de producir, interpretar y transmitir el conocimiento, las culturas, ciencias, lenguajes, tecnologías, considerando factores como la interculturalidad, la territorialidad, el trabajo interdisciplinario, los derechos humanos, la internacionalización de la educación superior y el bienestar social de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos.
La educación superior (ES) se plantea mejorar las condiciones de vida y de estudio de las/os jóvenes y adultos, desarrollando su capacidad de comprenderse a sí mismos como sujetos de derechos, como actores de transformación de las realidades y como sujetos sociales integrantes de una nación.
La política educativa es la herramienta que, de forma más profunda, tiene el potencial de realizar aportaciones significativas a cada uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible que conforman la Agenda 2030 aprobada en 2015 por los países miembros de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Bajo el contexto anterior, el "PROGRAMA" se convierte en el medio estratégico para otorgar recursos financieros extraordinarios y que se alinea al Eje 2 Política Social del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 a través del cual se articularán las acciones del Gobierno Federal en el ámbito educativo siend una de sus vertientes la de garantizar el acceso efectivo de las y los mexicanos a una educación de excelencia. Así mismo, se alinea al Objetivo 4 "Educación de Calidad" de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como a las siguientes metas:
Meta 4.3 Para 2030, asegurar el acceso en condiciones de igualdad para todos los hombres y las mujeres a una formación técnica, profesional y superior de calidad, incluida la enseñanza universitaria.
Meta 4.7 Para 2030, garantizar que todos los alumnos adquieran los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para promover el desarrollo sostenible, entre otras cosas mediante la educación para el desarrollo sostenible y la adopción de estilos de vida sostenibles, los derechos humanos, la igualdad de género, la promoción de una cultura de paz y no violencia, la ciudadanía mundial y la valoración de la diversidad cultural y de la contribución de la cultura al desarrollo sostenible, entre otros medios.
Para que las instituciones de educación superior contribuyan efectivamente al desarrollo social, científico, tecnológico, económico y cultural del país, resulta necesario que cuenten con niveles apreciables de capacidad y competitividad académicas, con mecanismos y esquemas eficaces de mejora continua y de rendición de cuentas a la sociedad. Deben caracterizarse también por su capacidad de innovación, su intensa colaboración interinstitucional, por su participación en redes académicas de alcance estatal, regional, nacional e internacional, por la movilidad de sus profesores y estudiantes, y por la búsqueda permanente de nuevas formas de aprendizaje, con igualdad equidad de género, inclusión y equidad. El logro de estos propósitos hace indispensable la participación y el compromiso de todos los actores involucrados en su operación.- los servidores públicos , los profesores-investigadores, los estudiantes, el personal administrativo y los órganos colegiados.
En síntesis, la participación de las comunidades universitarias busca propiciar el diálogo, el intercambio de información, la interacción y el incremento de las capacidades institucionales para diseñar, ejecutar y evaluar políticas, estrategias y proyectos dirigidos al fortalecimiento integral de la universidad, así como para reconocer y valorar los resultados alcanzados.
Por lo tanto, el "PROGRAMA" debe hacer énfasis en la mejora continua de los elementos que caracterizan a una institución de educación superior reconocida por su excelencia educativa con bienestar social.
El "PROGRAMA" es una iniciativa del Gobierno de México que busca dar cumplimiento al artículo 3°. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus párrafos primero, tercero y fracción X, que dispone que toda persona tiene derecho a recibir educación; que el Estado-Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará una educación desde el nivel inicial hasta superior. En este sentido, la educación deberá desarrollar todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a todos los derechos, las libertades, la cultura de paz y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia; promoverá la honestidad, los valores y la mejora continua del proceso de enseñanza aprendizaje y que al mismo tiempo promuevan políticas para fomentar la inclusión, permanencia y continuidad en los términos de la normatividad jurídica aplicable.
La Ley General de Educación publicada el 30 de septiembre de 2019 en el DOF, señala en sus artículos 8 y 16, fracción VI y X que el Estado está obligado a prestar servicios educativos con equidad y excelencia, que favorezca el pleno ejercicio del derecho a la educación de todas las personas y orientada al mejoramiento permanente de los procesos formativos que propicien el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para el desarrollo de su pensamiento crítico, así como el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad.
SEGUNDO.- Con fecha (día) de (mes) de (año), la "SEP" publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo número (número del acuerdo) por el que se emiten las Reglas de Operación (año) en lo sucesivo las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", las cuales norman la ejecución de los recursos públicos federales otorgados a las Instituciones de Educación Superior (IES) que conforman su población objetivo, a partir del documento institucional formulado en el marco de la metodología de planeación estratégica participativa que plantea el Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa (versión), en lo sucesivo "PROFEXCE".
El "PROGRAMA" constituye un medio estratégico para otorgar subsidios extraordinarios concursables no regularizables que coadyuven a la excelencia de la oferta educativa y servicios que ofrecen las Instituciones de Educación Superior Públicas, a través de la formulación de un documento institucional basado en la metodología de la planeación estratégicas participativa que se promueve a través del "PROFEXCE".
TERCERO.- El "PROGRAMA", tiene por objetivo general apoyar a las Instituciones de Educación Superior Públicas con los recursos financieros necesarios para desarrollar sus capacidades académicas y de gestión, a fin de contar con programas educativos evaluables de técnico superior universitarios y licenciatura, con calidad reconocida por las instancias responsables de otorgar dicho reconocimiento y por objetivos
específicos:
Otorgar apoyos económicos a las Instituciones de Educación Superior Públicas para que a partir de ejercicios de planeación participativa implementen:
1. Proyectos académicos.
2. Proyectos de gestión.
DECLARACIONES
I.- La "SES" a través de su Representante, declara:
I.1.- Que es una unidad administrativa de la Secretaría de Educación Pública, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2, inciso A, fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de enero de 2005, a la que corresponde, entre otras atribuciones, planear, programar, organizar, dirigir y evaluar las actividades de las unidades administrativas que tiene adscritas y, proponer en el ámbito de su competencia, lineamientos y normas para el mejor funcionamiento de los órganos desconcentrados de la dependencia.
I.2.- Que (nombre y apellidos del titular), Subsecretaria/o de Educación Superior, suscribe los presentes instrumentos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública y el "Acuerdo número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 25 de enero de 2017.
I.3.- Para el cumplimiento de sus funciones, tiene adscrita a la Dirección General de Educación Superior Universitaria, en lo sucesivo la "DGESU", la cual de conformidad con el artículo 18 fracciones III, IV, VIII, IX y XI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de enero de 2005 y reformado el 16 de enero de 2018, le corresponde entre otras atribuciones.- establecer mecanismos de coordinación con las instituciones que impartan educación superior universitaria, a efecto de acordar políticas y acciones para la planeación y evaluación de este tipo educativo; promover que las instituciones universitarias formulen, mediante procesos de planeación estratégica participativa, programas integrales de fortalecimiento institucional que les permitan alcanzar niveles superiores de desarrollo,; impulsar en las instituciones a que se refiere este artículo, la atención a las recomendaciones formuladas por organismos evaluadores externos en relación con sus programas educativos, así como con su gestión y administración institucional con el propósito de que alcancen y mantengan sus reconocimientos de calidad; fomentar que las instituciones cuenten con sistemas integrales de información que permitan la toma de las mejores decisiones y que den sustento a los procesos de planeación y evaluación; y gestionar, con la intervención de las unidades administrativas de la dependencia, las aportaciones federales a las instituciones de educación superior que funcionen como organismos descentralizados y a las otras instituciones que sean de su competencia.
I.4.- Que (nombre y apellidos de la persona titular), Directora/or General de Educación Superior Universitaria, participa en el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, Apartado A, fracción XIII, 11, fracción I y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de enero de 2005 y reformado el 16 de enero de 2018.
I.5.- Que el "PROGRAMA" apoyará a la "INSTITUCIÓN" con los recursos financieros necesarios, en la implementación del "PROFEXCE" para que responda a los planteamientos y esté fundamentado en los resultados de las diferentes modalidades de la planeación y evaluación y gestión estratégica institucional, así como a los objetivos y metas de la planeación nacional.
I.6.- Que el apoyo referido a la "INSTITUCIÓN" en la declaración anterior, lo realizará a través de recursos públicos federales extraordinarios concursables no regularizables, provenientes del "PROGRAMA", con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal (año).
I.7.- Que señala como su domicilio el ubicado en la calle de República de Brasil No. 31, 2o. piso, oficina 306, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México, para los fines y efectos legales de este instrumento.
II.- La "INSTITUCIÓN", a través de su representante, declara que:
II.1.- Que es (naturaleza jurídica), de conformidad con lo dispuesto en (disposición jurídica de creación), publicada en (nombre del órgano informativo) el día (día en número) del (mes) de (año).
II.2.- Que de acuerdo con su Ley Orgánica y/o Decreto de Creación, tiene los siguientes fines (objetivos).- (precisar los fines/objetivos de la IES).
II.3.- Que su (nombre del cargo del titular) cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente instrumento en términos de lo señalado en el/los artículo/s (número del artículo/s) de su (nombre del instrumento legal que la regula).
II.4.- Que para un mejor desarrollo de los fines que tiene encomendados, requiere del apoyo de recursos públicos federales extraordinarios concursables no regularizables por parte del Gobierno de México, para destinarlos exclusivamente a fortalecer la operación de los servicios educativos que ofrece, en términos de lo establecido por las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA" y con base en su documento institucional "PROFEXCE".
II.5.- Que para efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en (nombre de la calle) No. (número), Colonia (nombre de la colonia), C.P. (código postal), en la Ciudad de (nombre de la ciudad), Estado de (nombre del Estado).
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" manifiestan su voluntad de celebrar el presente instrumento, al tenor de los siguientes:
LINEAMIENTOS
Primero.- Es objeto de este instrumento, establecer las bases conforme a las cuales la "SES" apoyará a la "INSTITUCIÓN" con recursos públicos federales extraordinarios concursables no regularizables correspondientes al "PROGRAMA", en el ejercicio fiscal (año), para fortalecer la oferta educativa y la operación de los servicios educativos de tipo superior que ofrece, considerando su documento institucional "PROFEXCE", a fin de lograr la excelencia de los mismos; de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", el presente instrumento y su Anexo de Ejecución, el cual firmado por "LAS PARTES", forma parte integrante del mismo.
Segundo.- La "SES", por conducto de la "DGESU" se obliga a:
a).- Aportar a la "INSTITUCIÓN" con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal (año), la cantidad de $(cantidad con número) (cantidad con letra), para que la destine exclusivamente de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", este instrumento y su Anexo de Ejecución;
b).- Dar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones de la "INSTITUCIÓN" que se establecen en el presente instrumento y en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA"; y
c).- Las demás previstas a su cargo en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA".
Tercero.- Por su parte la "INSTITUCIÓN", se obliga a:
a).- Aceptar las disposiciones establecidas en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", en la convocatoria que aparece en su Anexo 7A y en la Guía metodológica "PROFEXCE", que se encuentra en su Anexo 2A;
b) Abrir una cuenta bancaria productiva específica para administrar los recursos que le aporte la "SES" en el ejercicio fiscal (año), a más tardar 10(diez) días hábiles posteriores a la notificación que realice la "DGESU" sobre la asignación de recursos a cargo del "PROGRAMA".
c)Entregar a la "DGESU" y cargar en el módulo de seguimiento financiero, copia de la apertura de la cuenta bancaria productiva específica, en un periodo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores a su celebración;
d) Formalizar la recepción de los recursos en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la primera ministración que realice la "DGESU", cargando en el módulo de seguimiento financiero copia del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) emitido a la "SEP" por la cantidad que le aporte la "SES" en el marco del presente instrumento;
e).- Entregar a la "DGESU", en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la notificación de la apertura del sistema electrónico de reprogramación, el ajuste de los rubros de gasto asociados a las acciones de cada proyecto evaluado favorablemente por los Comités de Pares Académicos. Dicha reprogramación deberá estar sustentada en el Anexo de Ejecución del presente instrumento, en el entendido que la "INSTITUCIÓN", únicamente podrá ejercer los recursos que reciba con motivo de este instrumento, una vez que la "DGESU" le emita y envíe el oficio de autorización correspondiente junto con el Anexo 6B de las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA";
f).- Destinar los recursos que le aporte la "SES" por conducto de la "DGESU", exclusivamente para la ejecución de las acciones contenidas en su documento institucional "PROFEXCE", ajustándose a lo establecido en las "Reglas de Operación", en su Anexo 8 y en el Anexo de Ejecución de este instrumento;
g).- Dar cumplimiento a los objetivos particulares de los proyectos integrales previstos en el Anexo de Ejecución y en el Anexo 8 de las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", con base en su documento institucional "PROFEXCE";
h).- Cargar al sistema que la "DGESU" disponga, los informes trimestrales de avance académico y financiero del "PROGRAMA", respecto de los proyectos integrales indicados en el Anexo de Ejecución del presente instrumento y en el Anexo 8 de sus "Reglas de Operación", en las fechas que establezca la "DGESU", de acuerdo con lo indicado en el numeral 4.2.1 de las citadas reglas y responsabilizándose de la custodia de los comprobantes de gasto correspondientes para futuras revisiones o auditorías;
i).- Rendir a la "SEP", por conducto de la "DGESU", los informes trimestrales mediante los formatos del Anexo 4A, de las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA" turnando copia al Órgano de Fiscalización y Control de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados y a la Secretaría de la Función Pública o instancia correspondiente que para tal efecto se determine, sobre el cumplimiento académico, financiero y el avance de los indicadores asociados a los proyectos integrales y de las observaciones que surjan. El informe deberá contar con el aval de la/del titular de la "INSTITUCIÓN";;
j).- Entregar a la "DGESU", el reporte final académico y financiero a que se refiere el numeral 4.2.3, "DGESU" de las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", en un periodo no mayor a 10 (diez) días hábiles posteriores a la conclusión del periodo del ejercicio de los recursos;
k) Comprobar financieramente la totalidad de los recursos asignados por el "PROGRAMA", a la conclusión del ejercicio de los recursos;
l) Finiquitar la cuenta bancaria productiva específica, en la fecha que determine la "DGESU" a través del oficio respectivo;
m) Entregar a la "DGESU" y cargar al sistema de seguimiento financiero, el documento que avale la cancelación de la cuenta bancaria productiva específica, conjuntamente con el reporte de la cuenta en ceros que emite el sistema de seguimiento financiero, 10 (diez) días posterior a la conclusión del ejercicio de los recursos, conforme a la fecha que determine la "DGESU" a través del oficio respectivo;
n) Reintegrar a la TESOFE los recursos del "PROGRAMA" en la fecha que determine la "DGESU" a través del oficio respectivo, que al 31 de diciembre de (año) no hayan sido devengados, que hayan sido ejercidos en conceptos de gasto no considerados en los proyectos o en conceptos de gasto que el "PROGRAMA" no apoya; así como los montos asociados a los comprobantes que no cumplan con los requisitos fiscales, en la forma y plazo que establezcan las disposiciones aplicables en la materia;
o).- Incluir el nombre del "PROGRAMA" en la difusión, promoción, publicación o en cualquier documento que se obtengan como resultado de las acciones que se desarrollen con motivo del objeto de este convenio;
p).- Facilitar la fiscalización por parte de la Auditoría Superior de la Federación de los recursos federales que reciba, en términos de lo establecido en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, así como rendir cuentas sobre su ejercicio en los términos de las disposiciones aplicables;
q).- Resguardar de conformidad con las disposiciones legales aplicables, la documentación original justificativa y comprobatoria del ejercicio y aplicación de los recursos financieros materia de este instrumento para efectos de rendición de cuentas y transparencia;
r).- Poner a disposición de la sociedad a través de su página de internet, específicamente en el Portal de Transparencia Institucional, la información sobre la aplicación y uso de los recursos recibidos a través del "PROGRAMA". En particular, el registro, la asignación, los avances académicos y el seguimiento del ejercicio financiero de los recursos que reciba con motivo de este instrumento, manteniendo la información actualizada con periodicidad trimestral, en el marco de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
s).-Ejercer los recursos que reciba para el cumplimiento del objeto de este instrumento, ajustándose a las disposiciones legales aplicables;
t).- Realizar las acciones de seguimiento, control y auditoría interna sobre el ejercicio de recursos, la ejecución y el desarrollo de los proyectos aprobados. Éstos podrán ser auditados externamente por la Cámara de Diputados a través de su Órgano de Fiscalización y Control, así como por la "SEP" utilizando los medios que considere más adecuados;
u).- Realizar la comprobación del monto asignado para los fines autorizados en este programa, a través de la carga de documentos "xml" en el sistema de seguimiento financiero, conforme a los criterios que establezca la DGESU.
v).- Atender las solicitudes de información relacionadas con el resultado académico de los proyectos apoyados con recursos del "PROGRAMA";
x).- Vigilar y verificar el estricto cumplimiento del objeto de este Convenio de Apoyo.
y).- Las demás previstas a su cargo en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA".
Cuarto.- La "INSTITUCIÓN" para la adquisición, contratación de servicios de cualquier naturaleza o arrendamiento de bienes muebles que requiera para el cumplimiento de este instrumento, se obliga a aplicar, en su caso, las normas, criterios y procedimientos previstos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, ambas de carácter federal, que correspondan, así como sus respectivos reglamentos.
Quinto.- "LAS PARTES" acuerdan que, en caso de que la "SES" no esté en posibilidades de cumplir con lo señalado en el inciso a) de la cláusula SEGUNDA por causas no imputables a la misma, quedará liberada de entregar los recursos, dándose por terminado el presente convenio sin responsabilidad alguna.
Sexto.- La "INSTITUCIÓN" en cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal (año fiscal) y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en la papelería, documentación oficial, así como en la publicidad y promoción que adquiera, deberá incluir, claramente visible y audible, la siguiente leyenda:
"Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa."
Séptimo.- "LAS PARTES" acuerdan que una vez que la "SES" entregue los recursos financieros objeto de este instrumento a la "INSTITUCIÓN", será de su absoluta responsabilidad de esta última cualquier reclamación que derive directamente o indirectamente con motivo de su aplicación y ejercicio.
Octavo.- Los bienes que la "INSTITUCIÓN" adquiera con cargo a los recursos extraordinarios, concursables no regularizables que le aporte la "SES" a través del "PROGRAMA" formarán parte de su patrimonio, por lo que las facturas y demás documentación comprobatoria que ampare su propiedad, deberán expedirse a su nombre y contener los requisitos que establezcan las disposiciones legales aplicables.
Noveno.- Por parte de la "SES", el titular de la "DGESU", en el ámbito de sus atribuciones, será el responsable del seguimiento de este instrumento y su Anexo de Ejecución, por parte de la "INSTITUCIÓN" su propio titular será el responsable de su ejecución y cumplimiento.
Décimo.- "LAS PARTES" acuerdan que serán corresponsables de promover las acciones de la Contraloría Social, en sus respectivos ámbitos de competencia, , de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Desarrollo Social, en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2016; en los documentos normativos de Contraloría Social (Esquema, Guía Operativa y Programa Anual de Trabajo) debidamente validados y autorizados por la Secretaría de la Función Pública y en las Reglas de Operación (año) del "PROGRAMA".
Décimo Primero.- La aplicación y ejercicio de los recursos referidos en la cláusula segunda, su comprobación y el cumplimiento de los proyectos integrales y objetivos particulares asociados que se establecen en el Anexo de Ejecución y en el Anexo 8 de las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", serán responsabilidad de la "INSTITUCIÓN", de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA" y en este instrumento.
Décimo Segundo.- "LAS PARTES" acuerdan que el personal que designen para la ejecución de las actividades derivadas de este instrumento, se entenderá exclusivamente relacionado con aquella que lo emplee, y en ningún caso, podrá considerarse a la otra parte como patrón solidario o sustituto.
Décimo Tercero.- En caso de que la "INSTITUCIÓN" destine parte o la totalidad de los recursos financieros referidos en el lineamiento Segundo a fines distintos a los establecidos en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA" o este instrumento, la "SES" podrá darlo por terminado anticipadamente, obligándose la "INSTITUCIÓN" a devolver las cantidades no justificadas junto con los productos financieros que hayan generado, en términos de las disposiciones legales aplicables.
Décimo Cuarto.- "LAS PARTES" acuerdan, que la "INSTITUCIÓN" responderá ante cualquier autoridad o terceros, cuando se vincule a la "SES" en el cumplimiento de resoluciones pronunciadas en juicios de cualquier naturaleza derivados del presente instrumento, sin que hubiere sido parte en el proceso correspondiente.
Décimo Quinto.- Este instrumento surtirá sus efectos a partir de la fecha de su firma y para efectos presupuestarios de parte de la "SES" concluirá el 31 de diciembre de (año), por lo que no compromete recursos de subsecuentes ejercicios fiscales para la Federación; comprometiéndose "LAS PARTES" al seguimiento y cumplimiento de las obligaciones adquiridas, en los términos indicados en el presente instrumento y las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA".
Podrá ser modificado de común acuerdo por escrito o concluido con antelación, previa notificación que por escrito se realice con 60 (sesenta) días de anticipación; en este último caso, se tomarán las providencias necesarias a efecto de que las acciones que se hayan iniciado, se desarrollen hasta su total conclusión, obligándose la "INSTITUCIÓN" a devolver los recursos financieros y productos que generen, que no se hayan ejercido para los fines autorizados.
Décimo Sexto.- "LAS PARTES" acuerdan que los asuntos que no estén expresamente previstos en este instrumento, así como las dudas que pudieran surgir con motivo de su interpretación y cumplimiento, se resolverán de común acuerdo y por escrito entre ellas, acorde a lo previsto en las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA" y demás disposiciones administrativas, jurídicas y presupuestarias aplicables y, en caso de que no se lograra lo anterior, acuerdan en someterse a la competencia de los Tribunales Federales competentes, renunciando al fuero que por su domicilio presente o futuro pudieran tener.
ENTERADAS "LAS PARTES" DEL CONTENIDO, ALCANCE Y TÉRMINOS DE ESTE INSTRUMENTO, LO FIRMAN DE CONFORMIDAD POR CUADRUPLICADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EL (DÍA) DE (MES) DE (AÑO).
Por La "SES" | Por La "INSTITUCIÓN" |
(Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) Cargo de la persona titular Subsecretaría de Educación Superior (Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) Cargo de la persona titular Directora/or General de Educación Superior Universitaria | (Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) |
ÚLTIMA HOJA DE LOS LINEAMIENTOS INTERNOS DE COORDINACIÓN CELEBRADOS ENTRE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y LA (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN) EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO S300 FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA (AÑO), CONSTA DE ANEXO DE EJECUCIÓN.
ANEXO DE EJECUCIÓN
ANEXO DE EJECUCIÓN QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LOS LINEAMIENTOS INTERNOS DE COORDINACIÓN CELEBRADOS ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y LA (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN), EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO S300 FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL (AÑO).
Gestión Institucional (Monto apoyado)
Clave del proyecto | Nombre del proyecto | Monto Asignado |
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Dependencias de Educación Superior (Monto apoyado)
Clave del proyecto | Nombre del proyecto | Monto Asignado |
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Monto total:
ENTERADAS LAS "PARTES" DEL CONTENIDO, ALCANCE Y TÉRMINO DE ESTE ANEXO DE EJECUCIÓN, LO FIRMAN DE CONFORMIDAD POR CUADRUPLICADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EL (DÍA) DE (MES)DE (AÑO).
Por La "SEP" | Por La "INSTITUCIÓN" |
(Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) Cargo de la persona titular Subsecretaría/o de Educación Superior | (Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) |
(Nombre y apellidos de la persona titular de la institución) Cargo de la persona titular Directora/or General de Educación Superior Universitaria | |
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ÚLTIMA HOJA DEL ANEXO DE EJECUCIÓN, QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LOS LINEAMIENTOS INTERNOS DE COORDINACIÓN CELEBRADOS ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y LA (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN), EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO S300 FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL (AÑO).
MODELO CONVENIO CONRICYT
CONVENIO DE APOYO, QUE EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO S300 FORTALECIMIENTO LA EXCELENCIA EDUCATIVA, EN LO SUCESIVO EL "PROGRAMA", CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUBSECUENTE LA "SEP", REPRESENTADA POR LA/EL (NOMBRE Y APELLIDOS DE LA PERSONA TITULAR), SUBSECRETARIA/O DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASISTIDO POR LA/EL (GRADO ACADÉMICO, NOMBRE Y APELLIDOS DE LA PERSONA TITULAR), DIRECTORA/OR GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA, EN LO SUCESIVO EL "CONACYT", REPRESENTADO POR SU (DIRECTOR/A GENERAL O EQUIVALENTE), (GRADO Y NOMBRE), ASISTIDO/A POR (GRADO Y NOMBRE) (CARGO) A QUIENES EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES" AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.-
ANTECEDENTES:
PRIMERO.- El "PROGRAMA" es una iniciativa del Gobierno de México que busca dar cumplimiento al artículo 3°. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus párrafos primero, tercero y fracción X, que dispone que toda persona tiene derecho a recibir educación; que el Estado-Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará una educación desde el nivel inicial hasta superior. En este sentido, la educación deberá desarrollar todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a todos los derechos, las libertades, la cultura de paz y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia; promoverá la honestidad, los valores y la mejora continua del proceso de enseñanza aprendizaje y que al mismo tiempo promuevan políticas para fomentar la inclusión, permanencia y continuidad en los términos de la normatividad jurídica aplicable.
La Ley General de Educación publicada el 30 de septiembre de 2019 en el DOF, señala en sus artículos 8 y 16, fracción VI y X que el Estado está obligado a prestar servicios educativos con equidad y excelencia, que favorezca el pleno ejercicio del derecho a la educación de todas las personas y orientada al mejoramiento permanente de los procesos formativos que propicien el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para el desarrollo de su pensamiento crítico, así como el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad..
SEGUNDO.- El 17 de diciembre de 2002, el "CONACYT" y Nacional Financiera, S.N.C., celebraron un Contrato de Fideicomiso para la constitución del "Fondo Institucional para el Fomento de la Ciencia, el Fomento de la Tecnología y el Fomento, Desarrollo y Consolidación de Científicos y Tecnólogos", hoy denominado "Fondo Institucional del CONACYT", (FOINS) en lo sucesivo el "FOINS", el cual contempla entre sus fines el otorgamiento de apoyos económicos y financiamiento para actividades directamente vinculadas al desarrollo de las investigación científica y tecnológica, entre otras, y que podrán abrirse para tal efecto las cuentas o subcuentas necesarias para el desarrollo adecuado del objeto del Fideicomiso.
TERCERO.- El día 9 de diciembre de 2009, la "SEP", el "CONACYT", la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior de la República Mexicana, A. C.(ANUIES), la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), el Instituto Politécnico Nacional (IPN), el Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional (CINVESTAV), la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), la Universidad de Guadalajara (UdeG) y la Corporación Universitaria para el Desarrollo de Internet, A. C.(CUDI), suscribieron en la Ciudad de México y por conducto de sus Titulares, una Carta de Intención con el objeto de establecer las bases de colaboración para trabajar conjuntamente, a través del Consorcio Nacional de Recursos de Información Científica y Tecnológica (CONRICYT), para ampliar, consolidar y facilitar el acceso a la información científica en formatos digitales en las instituciones de educación superior y centros de investigación del país.
CUARTO.- En las Bases Generales anexas a la Carta de Intención descrita en el primer párrafo del antecedente Tres, se especificó por parte de sus suscriptores que el "CONRICYT" se constituía como un proyecto en el que las instancias participantes colaborarían de manera conjunta, sin que ello significara la creación de una nueva instancia con estructura o personalidad jurídica o de carácter paraestatal y que el Plan de Trabajo se realizaría bajo la coordinación general del "CONACYT".
QUINTO.- Con fecha 2 de septiembre de 2010, la "SEP", el "CONACYT", la "ANUIES", la "UNAM", el "IPN", el "CINVESTAV", la "UAM", la "UdeG" y la "CUDI", suscribieron un Convenio de Colaboración con el objeto de constituir el Consorcio Nacional de Recursos de Información Científica y Tecnológica, en lo sucesivo el "CONRICYT".
SEXTO.- En la Cláusula Novena del Convenio de Colaboración, las partes acordaron que la administración y operación de los recursos que le fueran asignados al "CONRICYT", se llevaría a través del "FOINS" del "CONACYT", en los términos previstos en la Ley de Ciencia y Tecnología (LCyT) y demás disposiciones aplicables.
SÉPTIMO.- Con fecha (día/mes/año), la "SEP" publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo número (número de acuerdo) por el que se emiten las Reglas de Operación (año), en los sucesivo las "Reglas de Operación" del "PROGRAMA", en cuyo numeral (número), apartado Dirección General de Educación Superior Universitaria, se establece que la "SEP", en apego a la disponibilidad presupuestaria, asignará un monto de apoyo financiero no regularizable de hasta (porcentaje) en el ejercicio fiscal (año), para continuar apoyando las acciones establecidas para el "CONRICYT", el cual se destinará para la adquisición y acceso a bases de datos y revistas electrónicas.
OCTAVO.- El "PROGRAMA" tiene por objetivo general apoyar a las Instituciones de Educación Superior Públicas con los recursos financieros necesarios para desarrollar sus capacidades académicas y de gestión, a fin de contar con programas educativos evaluables de técnico superior universitarios y licenciatura, con calidad reconocida por las instancias responsables de otorgar dicho reconocimiento y por objetivos específicos:
Otorgar apoyos económicos a las Instituciones de Educación Superior Públicas para que a partir de ejercicios de planeación participativa implementen:
1. Proyectos académicos.
2. Proyectos de gestión.
DECLARACIONES:
I.- La "SEP" a través de su Representante, declara:
I.1.- Que en términos de los artículos 2°, fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, la cual comprende entre otras acciones, promover y atender todos los tipos y modalidades educativos, incluyendo la educación superior, necesarias para el desarrollo de la nación.
I.2.- Que (Nombre y apellidos de la persona titular), Subsecretario/a de Educación Superior, suscribe el
presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005 y reformado el 8 de febrero de 2016 y el "Acuerdo número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los Subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 25 de enero de 2017.
I.3.- Que (Nombre y apellidos de la persona titular), Director/a General de Educación Superior Universitaria, participa en el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, Apartado A, fracción XIII, 11, fracción I y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005 y reformado el 16 de enero de 2018.
I.4.- Mediante (número de oficio) su Titular, el/la (nombre y apellidos de la persona titular), Secretario de Educación Pública en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, autorizó otorgar recursos públicos al "FOINS", a cargo del "CONACYT", por ser éste, a quien se encomendó la coordinación del "CONRICYT", conforme a la Carta de Intención y al Convenio de Colaboración descritos en el apartado de antecedentes de este instrumento.
I.5.- Lo anterior se realizará a través de una aportación de recursos públicos federales extraordinarios al "FOINS" del "CONACYT", con base en su disponibilidad presupuestal en el ejercicio fiscal (año).
I.6.- Señala como su domicilio el ubicado en la calle República de Brasil No. 31, 2o. piso, oficina 306, Colonia Centro, Alcaldía de Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México, mismo que señala para los fines y efectos legales de este Convenio.
II.- El "CONACYT" a través de su representante, declara que:
II.1.- Es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que goza de autonomía técnica, operativa y administrativa, con sede en la Ciudad de México; entidad asesora del Ejecutivo Federal y especializada para articular las políticas del Gobierno Federal y promover el desarrollo de la investigación científica y tecnológica del país, con fundamento en su Ley Orgánica vigente.
II.2.- La personalidad de la (Grado académico, nombre y apellidos de la persona titular), para suscribir el presente instrumento, se acredita con el nombramiento expedido a su favor por (Cargo de la persona que emitió el nombramiento), (Grado académico, nombre y apellidos de la persona titular), de fecha (día/mes/año), registrado con el número (señalar número) en la foja (señalar número) del "(nombre del libro en el cual se contiene el nombramiento)" así como por lo establecido en el artículo (número de artículo) de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
II.3.- Tiene establecido su domicilio en Avenida de los Insurgentes número 1582, Colonia Crédito Constructor, Código Postal 03940, Alcaldía Benito Juárez, en la Ciudad de México, mismo que señala para los fines y efectos legales de este Convenio.
III.- Declaración en conjunto:
III.1. La Secretaría de Educación Pública y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, expresan su voluntad de suscribir el presente Convenio de Apoyo, señalando que para el mismo no media dolo, mala fe o error alguno en su celebración. Asimismo, acuerdan cumplir satisfactoriamente con lo establecido en el presente instrumento y su Anexo de Único.
Expuesto lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de celebrar el presente Convenio, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS:
PRIMERA. OBJETO
Es objeto de este Convenio, establecer las bases conforme a las cuales la "SEP" por conducto de la Dirección General de Educación Superior Universitaria en adelante la "DGESU", aportará al "FOINS", recursos públicos federales no regularizables correspondientes al ejercicio fiscal (año), que se destinarán para la adquisición y acceso a bases de datos y revistas electrónicas, a través del "CONRICYT" que coordina el "CONACYT".
SEGUNDA. APORTACIÓN DE RECURSOS
La "SEP" en cumplimiento al objeto de este convenio aportará al "FOINS" del "CONACYT" con base a su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal (año), la cantidad total de $(cantidad en número) (cantidad en letra PESOS 00/100 M.N.), provenientes del "PROGRAMA", de acuerdo con lo señalado en las "Reglas de Operación", para que la destine única y exclusivamente a lo establecido en este Convenio y su Anexo Único, mismo que forma parte integrante del presente instrumento.
La aportación bancaria se depositará en moneda nacional y en una sola exhibición a la cuenta bancaria "FOINS", en FID BANORTE 022506 BNT MEX BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A., número 0608026941 con Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número 072 180 00608026941 2, que lleva la
Institución Banco Mercantil del Norte, S.A., plaza 9244, en la Ciudad de México.
Las partes acuerdan que, en caso de que la "SEP" no esté en posibilidades de cumplir con lo señalado en el párrafo anterior por causas no imputables a ella, quedará liberada de ministrar los recursos mencionados, dándose por terminado el presente convenio sin responsabilidad alguna para la "SEP".
TERCERA. OBLIGACIONES DEL "CONACYT"
a) Llevar la administración de los recursos no regularizables que aporte la "SEP" a través de la subcuenta correspondiente del "FOINS";
b) Entregar a la "SEP" a través del "FOINS", en un plazo máximo de 20 (veinte) días hábiles posteriores a que el "FOINS" reciba los recursos referidos en la cláusula SEGUNDA, el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que compruebe su recepción en los términos de las disposiciones legales aplicables en la materia;
c) Destinar los recursos que le aporte la "SEP", única y exclusivamente para la ejecución de lo establecido en el Anexo Único de este Convenio;
d) Entregar a la "SEP" los informes de avance programático-financiero, respecto de la ejecución de lo establecido en el Anexo Único de este convenio, adjuntando copia del o los comprobantes de gasto correspondiente;
e) Cumplir con lo previsto en la LCyT para el control y auditoria de los recursos que aporte la "SEP" al "FOINS";
f) Facilitar la fiscalización de los recursos federales que reciba, que realice la Auditoría Superior de la Federación en términos de lo establecido en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, así como rendir cuentas de su ejercicio en los términos de las disposiciones aplicables;
g) Resguardar de conformidad con las disposiciones legales aplicables, la documentación original justificativa y comprobatoria del ejercicio y aplicación de los recursos financieros materia de este convenio para efectos de rendición de cuentas y transparencia.
CUARTA. PROHIBICIÓN PARA UTILIZAR LA INFORMACIÓN PARA FINES POLÍTICOS
El "CONACYT" en cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal (año) y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en la papelería, documentación oficial, así como en la publicidad y promoción que adquiera, producto de las acciones derivadas de este convenio y de su Anexo Único deberá incluir la siguiente leyenda.-
"Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el programa. Quien haga uso indebido de los recursos de este
programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad
competente".
QUINTA. RECLAMACIONES.
Las partes acuerdan que una vez que la "SEP" entregue los recursos financieros objeto de este convenio al "CONACYT", será de su absoluta responsabilidad cualquier reclamación que derive directa o indirectamente con motivo de su aplicación y ejercicio.
SEXTA. RESPONSABLES DEL CONVENIO
Los responsables del seguimiento, ejecución y cumplimiento de este convenio y de su Anexo Único serán:
Por parte de la "SEP".- el/la Titular de la "DGESU".
Por parte del "CONACYT".- (señalar el responsable).
SÉPTIMA. RESPONSABLES DEL EJERCICIO DEL RECURSO
La aplicación y ejercicio de los recursos referidos en la Cláusula Segunda, su comprobación y el cumplimiento de lo que se establece en el Anexo Único, será responsabilidad del "CONACYT", de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" y en este convenio.
OCTAVA. RELACIÓN LABORAL
Las Partes convienen en que el personal seleccionado por cada una, para la realización del presente instrumento, se entenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó. Por ende, asumirán su responsabilidad por este concepto y en ningún caso serán considerados como intermediarios, patrones solidarios o sustitutos. Aclarando que cada una de las partes que intervienen en este instrumento, tiene medios propios suficientes para afrontar la responsabilidad que derive de las relaciones de trabajo que se establezcan con sus trabajadores.
NOVENA. PROPIEDAD INTELECTUAL
Cada parte asume la responsabilidad por las violaciones que se acusen en materia de patentes, marcas o derechos de autor, con respecto al uso de los bienes o técnicas de que se vale para cumplir con las obligaciones que asume en virtud del presente instrumento, liberando a la otra parte de cualquier responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole.
DÉCIMA. VIGENCIA Y MODIFICACIONES
Este convenio surtirá sus efectos a partir de la fecha de su firma y su vigencia será de un año, en el entendido que sólo se refiere a la aplicación de recursos públicos federales no regularizables del ejercicio fiscal (año), por lo que no se comprometen recursos de los subsecuentes ejercicios fiscales, ni se adquieren obligaciones futuras al margen de la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del Gobierno de México. Podrá ser modificado de común acuerdo por escrito o concluido con antelación, previa notificación que por escrito se realice con 60 (sesenta) días de anticipación; en este caso, se tomarán las providencias necesarias a efecto de que las acciones que se hayan iniciado, se desarrollen hasta su total conclusión, obligándose el "CONACYT" a devolver los recursos y productos financieros que generen, que no se hayan ejercido.
DÉCIMA PRIMERA. INTERPRETACIÓN Y ASUNTOS NO PREVISTOS
La "SEP" y el "CONACYT" acuerdan que los asuntos que no estén expresamente previstos en este convenio, así como las dudas que pudieran surgir con motivo de su interpretación y cumplimiento, se resolverán de común acuerdo y por escrito entre ellas, acorde a lo previsto en las "Reglas de Operación" y demás disposiciones administrativas, jurídicas y presupuestarias aplicables.
ENTERADAS LAS PARTES DEL CONTENIDO, ALCANCE Y TÉRMINOS DE ESTE CONVENIO, LO FIRMAN DE CONFORMIDAD POR CUADRUPLICADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EL (DÍA/MES/AÑO).
Por "LA SEP" (Nombre y apellidos de la persona titular) Subsecretario/a de Educación Superior | Por El "CONACYT" (Nombre y apellidos de la persona titular o equivalente) (cargo) |
(Nombre y apellidos de la persona titular) Director/a General de Educación Superior Universitaria | (Nombre y apellidos de la persona titular que asiste) (cargo) |
ÚLTIMA HOJA DEL CONVENIO DE APOYO, CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y EL CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA, PARA EL ADQUISICIÓN Y ACCESO A BASES DE DATOS Y REVISTAS CIENTÍFICAS ELECTRÓNICAS, A TRAVÉS DEL "CONRICYT", Y DE LA SUBCUENTA DEL FONDO INSTITUCIONAL DEL CONACYT (FOINS) QUE COORDINA EL "CONACYT", EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO S300 FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA, CONSTA DE "ANEXO ÚNICO".
ANEXO ÚNICO
Consorcio Nacional de Recursos de Información Científica y Tecnológica
(CONRICYT)
DESCRIPCIÓN DEL NÚMERO DE IES BENEFICIADAS CON LOS RECURSOS APORTADOS, DE CONFORMIDAD CON EL CONVENIO DE APOYO, CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y EL CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA, EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO S300 FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA, PARA EL ACCESO A BASES DE DATOS Y REVISTAS CIENTÍFICAS ELECTRÓNICAS, A TRAVÉS DEL CONSORCIO NACIONAL DE RECURSOS DE INFORMACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA.
CUADRO NÚMERO UNO
Recurso asociado a las Universidades Públicas Estatales y de Apoyo Solidario, beneficiadas con recursos del "PROGRAMA".
Editorial | Recursos | Número de universidades beneficiadas con recurso PROFEXCE para el año (año) |
| | |
CUADRO NÚMERO DOS
Número de universidades beneficiadas con los recursos aportadas al "CONRICYT"
N° | Universidades Públicas Estatales |
1 | ... |
2 | ... |
3 | ... |
N° | Universidades Públicas Estatales de Apoyo Solidario |
1 | ... |
2 | ... |
3 | ... |
CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR | TAMAÑO | PUP |
1. Grandes. Instituciones que cuentan con programas de estudios de posgrado e investigación, algunos de ellos dentro del Padrón Nacional de Posgrados de Calidad (PNPC); en los casos de quienes califican a ello, tienen acceso a los recursos del programa presupuestario S300 Fortalecimiento a la Excelencia Educativa | Grande | |
2. Medianas. Instituciones que cuentan con programas de estudios de posgrado e investigación, sin que formen parte del PNPC. Algunas de estas Instituciones cuentan con recursos "PROGRAMA" | Mediana | |
3. Pequeñas. Instituciones que no cuentan o están en proceso de iniciar programas de posgrado. Algunas cuentan con recursos "PROGRAMA". | Pequeña | |
Nota.- Para cuestiones de clasificación, también se consideró la Población de Usuarios Potenciales (PUP), que es igual a la matrícula de los alumnos inscritos en el último año de la licenciatura, más los de posgrado, más los profesores e investigadores registrados en el Sistema Nacional de Investigadores (SNI), más los profesores adscritos a los posgrados y que no están registrados en el SIN. |
ENTERADAS LAS PARTES DEL CONTENIDO, ALCANCE Y TÉRMINOS DE ESTE "ANEXO ÚNICO", LO FIRMAN DE CONFORMIDAD POR CUADRUPLICADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, (DÍA/MES/AÑO).
Por "LA SEP" (Nombre y apellidos de la persona titular) Subsecretario/a de Educación Superior | Por El "CONACYT" (Nombre y apellidos de la persona titular o equivalente) (cargo) |
(Nombre y apellidos de la persona titular) Director/a General de Educación Superior Universitaria | (Nombre y apellidos de la persona titular que asiste) (cargo) |
ÚLTIMA HOJA DEL "ANEXO ÚNICO" QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE APOYO, CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y EL CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA, PARA LA ADQUISICIÓN Y ACCESO A BASES DE DATOS Y REVISTAS CIENTÍFICAS ELECTRÓNICAS, A TRAVÉS DEL "CONRICYT" Y LA SUBCUENTA DEL FONDO INSTITUCIONAL DEL CONACYT (FOINS) QUE COORDINA EL "CONACYT", EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO S300 FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA.
Anexo 9B CGUTyP
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Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas
MODELO DE CONVENIO
CONVENIO DE APOYO FINANCIERO, QUE EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020, CELEBRAN LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL (GRADO ACADÉMICO, NOMBRE Y APELLIDOS DEL SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR), SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASISTIDO POR EL (GRADO ACADÉMICO, NOMBRE Y APELLIDOS DEL COORDINADOR GENERAL DE UNIVERSIDADES TECNOLÓGICAS Y POLITÉCNICAS), COORDINADOR GENERAL DE UNIVERSIDADES TECNOLÓGICAS Y POLITÉCNICAS; EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE (NOMBRE DEL ESTADO), EN LO SUCESIVO "EL GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR, EL (GRADO ACADÉMICO, NOMBRE Y APELLIDOS DEL GOBERNADOR), ASISTIDO POR EL (GRADO ACADÉMICO, NOMBRE Y APELLIDOS DEL SECRETARIO DE FINANZAS O EQUIVALENTE), SECRETARIO DE (FINANZAS o EQUIVALENTE) Y POR EL (GRADO ACADÉMICO, NOMBRE Y APELLIDOS DEL SECRETARIO DE EDUCACIÓN O EQUIVALENTE), SECRETARIO DE (EDUCACIÓN o EQUIVALENTE) Y LA (S) UNIVERSIDAD (ES) TECNOLÓGICA (S) (Y POLITÉCNICAS) QUE SE INDICAN, EN LO SUCESIVO "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)", REPRESENTADAS POR SU(S) RECTOR(A)(S) (GRADO ACADÉMICO, NOMBRE Y APELLIDOS DEL RECTOR(A); CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES,
CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO.- El Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa (PROFEXCE) es una iniciativa de "LA SEP" que se enmarca en lo establecido por los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176, 178 y 179 de su Reglamento; (artículos) y anexos XX, XX, XX y XX del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020 (PEF). La Ley General de Educación señala en su artículo 2 que el Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el ejercicio de su derecho a la educación. Para tal efecto, garantizará el desarrollo de programas y políticas públicas que hagan efectivo ese principio constitucional. De igual manera en su artículo 8, establece que el Estado está obligado a prestar servicios educativos con equidad y excelencia. Las medidas que adopte para tal efecto estarán dirigidas, de manera prioritaria, a quienes pertenezcan a grupos y regiones con mayor rezago educativo, dispersos o que enfrentan situaciones de vulnerabilidad por circunstancias específicas de carácter socioeconómico, físico, mental, de identidad cultural, origen étnico o nacional, situación migratoria o bien, relacionadas con aspectos de género, preferencia sexual o prácticas culturales.
SEGUNDO.- El PROFEXCE constituye un medio estratégico para otorgar recursos financieros extraordinarios concursables, según sea el caso, para la mejora y el aseguramiento integral de la calidad de la oferta educativa y servicios educativos que ofrecen LA(S) INSTITUCIÓN(ES) de Educación Superior Públicas (IES), así como ampliar las oportunidades de acceso y permanencia de las y los estudiantes.
TERCERO.- Con fecha xxxxxx, "LA SEP" publicó en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo número 03/02/19 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Fortalecimiento de la Excelencia Educativa para el Ejercicio Fiscal 2020", en lo sucesivo las "Reglas de Operación", las cuales norman los recursos públicos federales otorgados a través del "Programa de Fortalecimiento a la Excelencia Educativa", en lo sucesivo el PROFEXCE.
El PROFEXCE constituye un medio estratégico para financiar, a través de su operación, la mejora y el aseguramiento integral de la calidad de la oferta educativa y servicios que ofrecen las instituciones de Educación Superior Públicas IES.
CUARTO.- El PROFEXCE a partir de la metodología planteada en el Documento de Planeación Participativa tiene por objetivo general, de acuerdo a la Ley General de Educación publicada el 30 de septiembre de 2019 en el DOF, señala en sus artículos 8 y 16, fracción VI y X que el Estado está obligado a prestar servicios educativos con equidad y excelencia, que favorezca el pleno ejercicio del derecho a la educación de todas las personas y orientada al mejoramiento permanente de los procesos formativos que propicien el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para el desarrollo de su pensamiento crítico, así como el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad.
DECLARACIONES
I.- De "LA SEP":
I.1.- Que en términos de los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, la cual comprende entre otras acciones, promover y atender todos los tipos y modalidades educativos, incluyendo la educación superior, necesarias para el desarrollo de la nación.
I.2.- Que el Dr. Francisco Luciano Concheiro Bórquez, Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente instrumento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005 y el "Acuerdo número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 25 de enero de 2017.
I.3.- Que en su estructura orgánica cuenta con la Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas adscrita a la Subsecretaría de Educación Superior a la que de conformidad con el artículo 20 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, le corresponde entre otras atribuciones: Proponer políticas para el desarrollo de las universidades tecnológicas y politécnicas, así como para el cumplimiento de sus objetivos; Promover el diseño, desarrollo e innovación curricular de programas académicos, planes y programas de estudio, materiales educativos e instrumentos de evaluación del aprendizaje de la educación de tipo superior que imparten las universidades tecnológicas y politécnicas, así como proporcionar a éstas la asistencia académica, técnica y pedagógica que acuerden con la Secretaría; Promover que las universidades tecnológicas y politécnicas formulen programas integrales de fortalecimiento institucional que les permitan alcanzar niveles superiores de desempeño; Propiciar acciones dirigidas al mejoramiento de la calidad de los programas y servicios que ofrecen las universidades tecnológicas y politécnicas y gestionar los apoyos necesarios para la operación de las universidades tecnológicas y politécnicas ante las unidades administrativas de la Secretaría y demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
I.4.- Que apoyará a "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)", para desarrollar su PROFEXCE, proyectos integrales y objetivos particulares asociados, que respondan a los planteamientos y estén fundamentados en los resultados de las diferentes modalidades de la planeación y evaluación y gestión estratégica institucional, que respondan a los objetivos y metas de la planeación nacional.
I.5.- Que el apoyo referido en la declaración anterior, lo realizará a través de una aportación a "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)" de recursos públicos federales extraordinarios concursables no regularizables, con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2020.
I.6.- Que otorga los recursos financieros sin que se actualice una intermediación que origine discrecionalidad, por lo tanto, no se encuentran en el marco de la Circular UNO de fecha 14 de febrero de 2019 de la Presidencia de la República Mexicana.
I.7.- Que para efectos de este Convenio señala como su domicilio el ubicado en la calle de República de Brasil No. 31, 2° piso, oficina 306, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06029, en la Ciudad de México.
II.- De "EL GOBIERNO DEL ESTADO":
II.1.- Que el Estado xxxxxxx es una entidad libre y soberana que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y (el o los) artículo(s) (número del artículo o artículos) de la Constitución Política del Estado de (Estado).
II.2.- Que sus representantes cuentan con facultades suficientes para suscribir el presente instrumento en términos de lo dispuesto por los artículos (número de los artículos) de la Constitución Política del Estado de (Estado) y (número de los artículos) de la (nombre de la Ley Orgánica de la Administración Pública estatal o equivalente).
II.3.- Que a través de la (Tesorería del Estado o equivalente) transferirá a "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)" recursos públicos federales extraordinarios concursables no regularizables, que en términos del presente convenio le transfiera "LA SEP".
II.4.- Que para efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en calle (nombre de la calle) No. (número), Colonia (nombre de la colonia), C.P. (código postal), Ciudad de (nombre de la Ciudad), Estado de (Estado).
III.- De "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)":
III.1.- Que la Universidad xxxxxxxxxxx es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con lo establecido en el artículo 1° del Decreto Que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado "Universidad Politécnica xxxxxxxxxxxxxxxx", publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, el día xx de xxxxxxx del xxxx.
III.2.- Que de acuerdo a su Decreto que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado "Universidad xxxxxxxxxxxxxxxxxxx" tiene por objeto: Impartir educación superior en los niveles de Profesional Asociado, Licenciatura, Especialización, Maestría, Doctorado, así como cursos de actualización en sus diversas modalidades, incluyendo educación a distancia, diseñados con base en competencias, para preparar profesionales con una sólida formación científica, tecnológica y en valores, conscientes del contexto nacional e internacional, en lo económico, político, social, del medio ambiente y cultural; Realizar la investigación aplicada y desarrollo tecnológico, pertinentes para el desarrollo económico y social de la región, del Estado y de la Nación.
III.3.- Que su representante cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo xxx del Decreto que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado "Universidad xxxxxxxxxxxxxxx", publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de (Nombre del Estado), el día xx de xxxxxxx del xxxx.
III.4.- Que para un mejor desarrollo de los fines que tiene encomendados, requiere del apoyo de recursos públicos federales extraordinarios concursables no regularizables por parte del Gobierno de México, para destinarlos exclusivamente a fortalecer la operación de los servicios educativos que ofrece, en términos de lo establecido por las Reglas de Operación y con base en la planeación contenida en su PROFEXCE.
III.5.- Que para efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, Colonia: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, Municipio: xxxxxxxxxxx, Localidad: xxxxxxx, C. P. xxxxx, en la Ciudad de xxxxxxxxx, Estado de (Nombre del Estado).
Expuesto lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de celebrar el presente Convenio, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.- Es objeto de este convenio, establecer las bases conforme a las cuales "LA SEP" apoyará a "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)" con recursos públicos federales extraordinarios concursables no regularizables correspondientes al ejercicio fiscal 2020, para fortalecer los servicios educativos que ofrece, considerando la planeación, proyectos integrales y objetivos particulares asociados, en el marco del proceso de planeación para actualizar y enriquecer su PROFEXCE, orientado a mejorar la calidad de los mismos y asegurar su acreditación o certificación.
Segunda.- "LA SEP", por conducto de la Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas, en lo sucesivo la CGUTyP, se obliga a:
a).- Aportar a "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)", por conducto de la (nombre de la Tesorería estatal o su equivalente) de "EL GOBIERNO DEL ESTADO", con base en la disponibilidad presupuestaria y calendario de ministraciones autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, recursos públicos federales extraordinarios concursables no regularizables, hasta por la cantidad de $ (con número), (con letra 00/100 M.N.), de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación", el presente convenio y su Anexo de Ejecución, el cual firmado por las partes forma parte integrante del presente instrumento, conforme a lo siguiente:
b).- Dar seguimiento hasta su ejecución al cumplimiento de este convenio y su Anexo de Ejecución, en términos de los establecido en las "Reglas de Operación".
Tercera.- "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se obliga a:
a).- Abrir, dentro de los 5 (CINCO) días hábiles posteriores a la fecha de la firma del presente Convenio, en una institución bancaria legalmente autorizada, una cuenta específica para la recepción de los recursos financieros que aporte "LA SEP", para beneficio de "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)", los cuales se obliga a transferir a la cuenta específica que para dichos efectos abran "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)", a más tardar dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a su recepción, en una sola exhibición, incluyendo los rendimientos financieros.
b).- Entregar a la CGUTyP, en un plazo máximo de 5 (CINCO) días hábiles posteriores a que reciba los recursos financieros referidos en la cláusula segunda, el recibo que compruebe su recepción en los términos de las disposiciones legales aplicables en la materia; así como el estado mensual de movimientos financieros de la institución bancaria respecto de la cuenta que abra para la recepción de dichos recursos financieros que reciba de "LA SEP", dentro de los primeros 10 (diez) días hábiles posteriores al término del mes, hasta el cierre de la cuenta.
c).- Reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos financieros que no transfiera a "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)", de conformidad con lo establecido en el presente convenio y demás disposiciones administrativas, financieras y jurídicas aplicables, y
d).- Dar seguimiento hasta su ejecución al cumplimiento de este convenio y su Anexo de Ejecución, en términos de lo establecido en las "Reglas de Operación".
e). - Entregar los informes financieros conforme a lo establecido en el artículo 72 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás disposiciones aplicables, así como dar seguimiento en la aplicación de los recursos, y en su caso de los reintegros que "LA(S) INSTITUCION(ES)" tuvieran que efectuar.
Cuarta.- Por su parte "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)", se obligan a:
a).- Abrir una cuenta bancaria específica para el manejo de los recursos financieros del PROFEXCE para el ejercicio fiscal 2020, en un plazo no mayor a 5 (cinco) días hábiles posteriores a la fecha en que el Gobierno del Estado haya recibido los recursos en su cuenta bancaria específica.
Dicha cuenta bancaria específica servirá para la administración y ejercicio de los recursos que aporte "LA SEP" en el marco del PROFEXCE y para entregar fotocopia de la documentación que avale la apertura de la cuenta a la CGUTyP, en los plazos y términos establecidos por la CGUTyP. Los gastos de apertura y administración de dicha cuenta serán sufragados en su totalidad por "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)", sin considerar los recursos asignados en el marco del PROFEXCE.
b).- Entregar a la CGUTyP, en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la recepción del sistema electrónico de reprogramación, el ajuste de los rubros de gasto de las acciones de cada proyecto evaluado favorablemente por los comités de pares académicos de conformidad con el techo presupuestal.
Dicha reprogramación deberá estar avalada en el informe de ejecución de los montos asignados, en el entendido que "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)", únicamente podrán ejercer los recursos que reciban con motivo de este instrumento, una vez que la CGUTyP les envíe la autorización correspondiente. En caso de que "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)" no entreguen a la CGUTyP el ajuste de los rubros de gasto en el plazo máximo señalado, ésta dará por definitiva y validada la reprogramación enviada mediante el sistema electrónico de reprogramación, a efecto de agilizar la aplicación de los recursos y su posterior comprobación.
c).- Destinar los recursos que les aporte "LA SEP" por conducto de la CGUTyP, exclusivamente a los fines autorizados para la ejecución del plan de acción contenido en su PROFEXCE, los proyectos integrales y los objetivos particulares asociados, de conformidad con la "Guía para Actualizar el PROFEXCE", que oportunamente hizo de su conocimiento "LA SEP" a "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)" a través de su titular, ajustándose a lo establecido en las "Reglas de Operación" y en el Anexo de Ejecución de este convenio.
d).- Dar cumplimiento a los objetivos particulares de los proyectos integrales, que atienden los problemas comunes del programa educativo, problemas de la gestión, el fortalecimiento de la planta académica, el desarrollo de los cuerpos académicos, la atención a estudiantes, el incremento de la competitividad académica, los cuerpos académicos consolidados o en consolidación, según sea el caso, previstos en este convenio, su Anexo de Ejecución, y en las "Reglas de Operación" con base en la planeación contenida en su PROFEXCE;
e).- Entregar a la CGUTyP, durante los 15 (quince) días hábiles a la fecha establecida por la CGUTyP los informes o reportes de los avances académicos, programáticos y financieros de los apoyos recibidos en apego a las "Reglas de Operación", respecto de los proyectos integrales indicados en el Anexo de Ejecución, de acuerdo con lo indicado en el numeral 4.2.1. Avances físicos y financieros de las citadas "Reglas de Operación", adjuntando copia de los comprobantes de gasto correspondientes expedidos a favor y a nombre de "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)", responsabilizándose de la guarda y custodia de los documentos originales para futuras revisiones o auditorías;
f).- Entregar a la CGUTyP, el informe académico, programático y financiero a que se refiere el numeral 4.2.3. Cierre de ejercicio de las "Reglas de Operación", en un periodo no mayor a 15 (quince) días hábiles posteriores a la conclusión del periodo del ejercicio de los recursos;
g).- Reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" y demás disposiciones administrativas, financieras y jurídicas aplicables; informando a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" el cumplimiento de dichos reintegros.
h).- Facilitar la fiscalización de los recursos federales que reciban, que realice la Auditoría Superior de la Federación en términos de lo establecido en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, así como rendir cuentas sobre su ejercicio en los términos de las disposiciones aplicables;
i).- Incorporar en su página de Internet la información relacionada con los proyectos y los montos autorizados, en particular, el registro, la asignación, los avances técnicos y/o académicos y el seguimiento del ejercicio de los recursos que reciban con motivo de este convenio, manteniendo la información autorizada con periodicidad trimestral;
j).- Designar por escrito a un responsable del seguimiento del cumplimiento del objeto del presente convenio, así como ejercer los recursos que reciban para el cumplimiento del mismo, ajustándose a las disposiciones legales aplicables;
k).- Para el manejo de la cuenta bancaria específica que al efecto se constituya para la administración y ejercicio de los recursos que reciban de la "LA SEP", "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)", estas se obligan a:
1).- Entregar a la CGUTyP copia del contrato de la cuenta bancaria especifica; así como cargar en el módulo de comprobación financiera todos los estados de cuenta que mensualmente expida la institución bancaria respectiva, únicamente en versión electrónica, bajo la misma temporalidad, hasta el finiquito de la cuenta bancaria productiva específica;
2).- Entregar a la CGUTyP, la carta de cancelación de la cuenta, conjuntamente con el reporte de la cuenta bancaria productiva específica en ceros, una vez que concluya el periodo de ejecución de los recursos;
3).- Vigilar el efectivo cumplimiento de todos y cada uno de los fines de la cuenta de cheques productiva específica;
4).- Entregar a la CGUTyP los informes de avance académico y financiero-programático respecto de los proyectos integrales que asuman, atendiendo a lo que al efecto señala el numeral 4.2.1. Avances Físicos y Financieros de las "Reglas de Operación", donde se incorpore: 1.- periodo respectivo; 2.- El avance en el cumplimiento del fin y propósito conforme a lo dispuesto en las Reglas de Operación; 3.- Los ingresos, rendimientos financieros, los egresos y su destino, y las disponibilidades o saldos; y 4.- El incumplimiento con respecto a la presentación de estos informes o el retraso en la entrega de los mismos, implicará la suspensión de la participación de la institución en el siguiente año.
5).- Poner a disposición de la sociedad la información sobre la aplicación y uso de los recursos recibidos a través del PEF. En el marco de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y, en su caso, la Ley de Transparencia local respectiva, así como incorporar en su página de Internet la información relacionada con los proyectos y los montos autorizados. En particular, el registro, la asignación, los avances técnicos y/o académicos y el seguimiento del ejercicio de recursos, manteniendo la información autorizada con periodicidad trimestral.
6).- El titular de cada una de "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)" deberá vigilar la aplicación y el ejercicio del patrimonio de la cuenta bancaria productiva específica para el PROFEXCE, será responsable de:
a) Realizar las acciones de seguimiento, control y auditoría interna sobre el ejercicio de recursos, la ejecución y el desarrollo de los proyectos aprobados. Estos podrán ser auditados externamente por la Cámara de Diputados a través de su Órgano de Fiscalización y Control, así como por "LA SEP" utilizando los medios que considere más adecuados;
b) Vigilar y verificar el estricto cumplimiento del objeto del presente convenio.
c) Informar a "LA SEP", a través de la CGUTyP y al término de cada ejercicio fiscal, con copia a la Cámara de Diputados y a la Secretaría de la Función Pública o instancia correspondiente que para tal efecto se determine, el cumplimiento académico, financiero-programático y el avance de los indicadores y proyectos integrales, y de las observaciones que surjan, y
7).- Las demás previstas a su cargo en las "Reglas de Operación".
l). - Finiquitar el saldo generado por remanentes de la cuenta de cheques especifica; para lo cual deberán solicitar por escrito, a más tardar los 30 (treinta) días posteriores al plazo determinado 31 de diciembre de 2020 para la ejecución del proyecto, a través del formato de solicitud de transferencia de subsidios proporcionado por la CGUTyP o, según corresponda, observando los criterios establecidos en el anexo 4B de las "Reglas de Operación". En el caso de las instituciones que no presentaron la solicitud en tiempo y forma, el recurso de productos financieros del mismo ejercicio fiscal deberá reintegrarse a la TESOFE en un periodo no mayor a 20 (veinte) días hábiles posteriores a la conclusión de la fecha establecida para presentar este tipo de solicitud.
Quinta.- "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)" en cumplimiento a lo dispuesto en el PEF y en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en la papelería, documentación oficial, así como en la publicidad y promoción que adquiera, deberá incluir, claramente y audible, la siguiente leyenda:
"Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
Sexta.- Los bienes que "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)" adquieran con cargo a los recursos extraordinarios, concursables no regularizables que le aporte la "LA SEP" formarán parte de su patrimonio, por lo que las facturas y demás documentación comprobatoria que ampare su propiedad, deberán expedirse a su nombre y contener los requisitos que establezcan las disposiciones legales aplicables, anexando copias de dichos comprobantes en los reportes referidos en el inciso e) de la cláusula Cuarta del presente convenio.
Séptima.- Las personas responsables del seguimiento, ejecución y cumplimiento de este convenio y su Anexo de Ejecución, serán por parte de "LA SEP", la persona Titular de la CGUTyP, por "EL GOBIERNO DEL ESTADO", el Secretarío de Educación del Estado y por "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)", el Rector.
Octava.- "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)" se comprometen a apoyar a la CGUTyP en la difusión y promoción de la Contraloría Social del PROFEXCE con base en lo establecido en las "Reglas de Operación" y en los "Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2016, así como, en los documentos de Contraloría Social autorizados por la Secretaría de la Función Pública (SFP). Asimismo, "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)", realizarán acciones que consistirán en capacitar a los beneficiarios, elaborar y distribuir materiales de capacitación y difusión, colaborar en la instalación de por lo menos un Comité de Contraloría Social en cada INSITUCIÓN y asesorar a sus integrantes y beneficiarios, atender solicitudes de información del PROFEXCE y en materia de quejas y denuncias integrar un expediente y turnarlo a la instancia correspondiente para su atención y seguimiento.
Novena.- La aplicación y ejercicio de los recursos referidos en la cláusula Segunda del presente Convenio, su comprobación y el cumplimiento de los proyectos integrales y objetivos particulares asociados que se establecen en el anexo de ejecución, será responsabilidad de "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)", de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación", en este convenio y dicho anexo de ejecución.
Décima.- Las partes acuerdan que el personal que designen para la ejecución de las actividades derivadas de este convenio, se entenderá exclusivamente relacionado con aquella que lo emplee, y en ningún caso, podrá considerarse a la otra parte como patrón solidario o sustituto.
Décima Primera.- En caso de que "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)" destinen parte o la totalidad de los recursos financieros referidos en la cláusula Segunda a fines distintos a los establecidos en las "Reglas de Operación" o este convenio, "LA SEP" podrá darlo por terminado anticipadamente, obligándose "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)" a reintegrar a la Tesorería de Federación las cantidades no justificadas junto con los productos financieros que hayan generado, en términos de las disposiciones legales aplicables.
Décima Segunda.- La vigencia de este Convenio iniciará a partir de la fecha de su firma y hasta el total cumplimiento de las acciones objeto del mismo, las cuales deberán concluirse antes del 31 de diciembre de 2020, en el entendido de que sólo se refiere a la aplicación de recursos públicos federales extraordinarios no regularizables del ejercicio fiscal vigente, por lo que no compromete recursos de los subsecuentes ejercicios fiscales. En el entendido que las partes se obligan al seguimiento y cumplimiento de las obligaciones que adquieren, en los términos indicados en las "Reglas de Operación".
El presente Convenio podrá ser modificado de común acuerdo por escrito durante su vigencia o concluido con antelación, previa notificación que por escrito se realice con 60 (sesenta) días de anticipación; en este último caso, se tomarán las providencias necesarias a efecto de que las acciones que se hayan iniciado, se desarrollen hasta su total conclusión, obligándose "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)" a devolver los recursos financieros y productos que generen, que no se hayan ejercido para los fines autorizados.
Décima Tercera.- Las partes acuerdan que los asuntos que no estén expresamente previstos en este convenio, así como las dudas que pudieran surgir con motivo de su interpretación y cumplimiento, se resolverán de común acuerdo y por escrito entre ellas, acorde a lo previsto en las "Reglas de Operación" y demás disposiciones administrativas, jurídicas y presupuestarias aplicables y, en caso de que no se lograra lo anterior, acuerdan en someterse a la competencia de los Tribunales Federales competentes, renunciando al fuero que por su domicilio presente o futuro pudieran tener.
Enteradas las partes del contenido, alcance y términos de este convenio, lo firman de conformidad por cuadruplicado en la Ciudad de México, el DÍA de MES del 2020.
Por: "LA SEP" (grado académico, nombre y apellidos) Subsecretario de Educación Superior | Por: "EL GOBIERNO DEL ESTADO" (grado académico, nombre y apellidos) Gobernador Constitucional del Estado de (NOMBRE DEL ESTADO) |
(grado académico, nombre y apellidos) Coordinador General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas | (grado académico, nombre y apellidos) Secretario de Finanzas (o equivalente) |
Por: "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)" (grado académico, nombre y apellidos) Rector(a) de la (Nombre de la Institución) | (grado académico, nombre y apellidos) Secretario de Educación (o equivalente) |
ÚLTIMA HOJA DEL DE APOYO DE FINANCIERO, EN EL MARCO DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA EXCELENCIA EDUCATIVA, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020, CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE (NOMBRE DEL ESTADO) Y LAS UNIVERSIDADES TECNOLÓGICAS Y POLITÉCNICAS, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA.
ANEXO DE EJECUCIÓN
ANEXO DE EJECUCIÓN QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE APOYO FINANCIERO CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE Y LAS UNIVERSIDADES TECNOLÓGICAS Y POLITÉCNICAS, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA EXCELENCIA EDUCATIVA.
Universidad Tecnológica / Politécnica de (nombre de la universidad)
Nombre del Proyecto | Objetivo Particular | Meta | Acción | Concepto | Cantidad | Total |
Proyecto de Mejoramiento de la Calidad de los Programas Educativos |
| Subtotal Objetivo Particular 1 |
| Subtotal Objetivo Particular 2 |
| Subtotal Objetivo Particular 3 |
| Subtotal Objetivo Particular 4 |
Total Proyecto de Mejoramiento de la Calidad de la Calidad de los Programas Educativos |
Proyecto de Atención a Problemas Transversales |
| Subtotal Objetivo Particular 1 |
| Subtotal Objetivo Particular 2 |
| Subtotal Objetivo Particular 3 |
| Subtotal Objetivo Particular 4 |
| Total Proyecto ProGes 1 |
Total Proyecto de Atención a Problemas Transversales |
Total (Nombre de la IES) |
Universidad Tecnológica / Politécnica de (nombre de la universidad)
Nombre del Proyecto | Objetivo Particular | Meta | Acción | Concepto | Cantidad | Total |
Proyecto de Mejoramiento de la Calidad de los Programas Educativos |
| Subtotal Objetivo Particular 1 |
| Subtotal Objetivo Particular 2 |
| Subtotal Objetivo Particular 3 |
| Subtotal Objetivo Particular 4 |
Total Proyecto de Mejoramiento de la Calidad de la Calidad de los Programas Educativos |
Proyecto de Atención a Problemas Transversales |
| Subtotal Objetivo Particular 1 |
| Subtotal Objetivo Particular 2 |
| Subtotal Objetivo Particular 3 |
| Subtotal Objetivo Particular 4 |
| Total Proyecto ProGes 1 |
Total Proyecto de Atención a Problemas Transversales |
Total (Nombre de la IES) |
Enteradas las partes del contenido, alcance y términos de este convenio, lo firman de conformidad por cuadruplicado en la Ciudad de México, el DÍA de MES del 2020.
Por: "LA SEP" (grado académico, nombre y apellidos) Subsecretario de Educación Superior | Por: "EL GOBIERNO DEL ESTADO" (grado académico, nombre y apellidos) Gobernador Constitucional del Estado de (NOMBRE DEL ESTADO) |
(grado académico, nombre y apellidos) Coordinador General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas | (grado académico, nombre y apellidos) Secretario de Finanzas (o equivalente) |
Por: "LA(S) INSTITUCIÓN(ES)" (grado académico, nombre y apellidos) Rector(a) de la (Nombre de la Institución) | (grado académico, nombre y apellidos) Secretario de Educación (o equivalente) |
ÚLTIMA HOJA DEL ANEXO DE EJECUCIÓN, QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE APOYO FINANCIERO, CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y El GOBIERNO DEL ESTADO DE (NOMBRE DEL ESTADO) Y LAS UNIVERSIDADES TECNOLÓGICAS Y POLITÉCNICAS, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA.
Anexo 9C DGESPE
MODELO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN
PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA EXCELENCIA EDUCATIVA
ESTRATEGIA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL DE LA NUEVA ESCUELA NORMAL (EDINEN)
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DE MÉXICO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL/LA SUBSECRETARIO (A) DE EDUCACIÓN SUPERIOR, (grado académico, nombre y apellidos), ASISTIDO POR EL/LA DIRECTOR (A) GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN (grado académico, nombre y apellidos),Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE (nombre del Estado) POR CONDUCTO DE LA (nombre de la Secretaría o Instituto de Educación del Estado), EN LO SUCESIVO ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO"), REPRESENTADO POR SU TITULAR EL/LA (grado académico, nombre y apellidos), ASISTIDO POR EL/LA (cargo de quien asiste al titular de la Secretaría o Instituto de Educación del Estado), (grado académico, nombre y apellidos), A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1.- Con la finalidad de contribuir a elevar la calidad en la formación inicial de los docentes, mediante el desarrollo de acciones estratégicas que tengan incidencia en las prácticas académicas y en la gestión de las Escuelas Normales Públicas, surge el Programa Fortalecimiento de la Excelencia Educativa, iniciativa que sustenta su creación en los Foros de Consulta realizados por la actual administración federal, definiendo que la educación es base de la Cuarta Transformación ya que la educación es un derecho de todos que hay que hacer efectivo, y no un privilegio de unos cuantos. Acorde con esta iniciativa, el PFEE, PROFEXCE, se adscribe al Eje 2 Política Social del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 a través del cual se articularán las acciones del Gobierno Federal en el ámbito educativo siendo una de sus vertientes la de garantizar el acceso efectivo de las y los mexicanos a una educación de excelencia, con los cuales este programa contribuye con acciones puntuales y pertinentes para alcanzar el objetivo enunciado.
Y con el ODS 4, que establece "garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje a lo largo de la vida para todos" y a la meta 4.3 "para asegurar el acceso en condiciones de igualdad para todos los hombres y las mujeres a una formación técnica, profesional y superior de calidad, incluida la enseñanza universitaria". Para cumplir con ello, la SEP ha impulsado la integración de Programas Presupuestarios como el S300 Programa Fortalecimiento de la Excelencia Educativa, enfocado en la revisión de los planes de estudio y su validación por parte de instituciones reconocidas; la definición de contenidos, enfoques de enseñanza, normas y estándares de evaluación de resultados; la inclusión de nuevas asignaturas, así como la posibilidad de establecer mecanismos para que los/as educandos/as tengan acceso a diversos materiales educativos; aspectos esenciales para que se puedan proporcionar y fortalecer la excelencia de la educación en estos niveles educativos.
2.- Con fecha (precisar) se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo Secretarial (precisar), por el que se emiten las Reglas de Operación del PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA EXCELENCIA EDUCATIVA, en lo sucesivo "LAS REGLAS", con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados al PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA EXCELENCIA EDUCATIVA, en lo sucesivo "PFEE", las cuales establecen las disposiciones a las que se debe sujetarse dicho programa.
3.- El "PFEE" busca dirigir la asignación de los recursos a los proyectos integrales, que tengan mayor impacto en el desarrollo académico y de la gestión de los sistemas estatales de educación normal y de las Escuelas Normales Públicas. Se busca que la premisa de la educación, desde la inicial hasta la universitaria sea educar para toda la vida, específicamente, los universitarios no sólo se forman como profesionistas, sino que también se educan con valores, conocimiento y capacidades adecuadas para desarrollarse plenamente, con civismo y solidaridad social con México. Con esta acción, se pretende contribuir al cumplimiento de los siguientes objetivos específicos:
Académicos
a) Elevar el aprovechamiento académico de las y los estudiantes normalistas.
b) Apoyar la superación académica de personal docente y personal directivo de las Escuelas Normales Públicas.
c) Apoyar con el pago de inscripción, colegiatura, gastos de manutención y titulación, transporte y hospedaje a PTC que realicen estudios de posgrado a nivel nacional e internacional, así como acciones encaminadas a fomentar y desarrollar la generación innovadora del conocimiento.
d) Desarrollar programas de tutoría y asesoría para mejorar los procesos de formación y aprendizaje, con perspectiva de género, derechos humanos e inclusión, de las y los estudiantes normalistas, en las escuelas formadoras de docentes.
e) Realizar programas de seguimiento de egresados, desde la perspectiva de género e inclusión educativa, con objeto de valorar la calidad de la formación proporcionada y enriquecer los procesos educativos en las Escuelas Normales Públicas.
f) Apoyar la actualización e implementación de los planes y programas de estudio de las escuelas normales, en el marco de la reforma educativa.
g) Diseñar e implementar acciones para la movilidad académica, intercambios académicos y convenios entre instituciones de educación superior nacionales o internacionales.
Gestión
a) Promover la cultura de la evaluación para favorecer la acreditación de los planes y programas de estudios y la certificación de los procesos de gestión.
b) Mejorar el equipamiento con tecnologías actualizadas y la capacitación para su uso en las Escuelas Normales Públicas, para efecto de satisfacer sus requerimientos y necesidades de conectividad.
c) Optimizar o ampliar la infraestructura de las Escuelas Normales Públicas para el desarrollo de las actividades de todos los actores que participan en los procesos de la institución.
d) Apoyar en las Entidades Federativas y Escuelas Normales Públicas, el desarrollo y operación de sistemas integrales de información académica y administrativa de educación normal.
5.-La EDINEN (respectiva) pretende, mediante el apoyo al desarrollo de los proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN, contribuir al logro y consolidación de un sistema estatal de educación normal de excelencia educativa en cada Entidad Federativa, así como al mejoramiento de las instituciones formadoras de las maestras y los maestros que lo integran.
DECLARACIONES
I.- De "LA SEP":
I.1 Que en términos de lo dispuesto por los artículos (precisar) de Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada a la cual le corresponde el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de los Estados y Municipios.
I.2 Que el artículo 47 de la Ley General de Educación establece que la educación superior, como parte del Sistema Educativo Nacional y último esquema de la prestación de los servicios educativos para la cobertura universal prevista en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es el servicio que se imparte en sus distintos niveles, después del tipo medio superior. Está compuesta por la licenciatura, la especialidad, la maestría y el doctorado, así como por opciones terminales previas a la conclusión de la licenciatura. Comprende también la educación normal en todos sus niveles y especialidades.
Las autoridades educativas, en el ámbito de sus competencias, establecerán políticas para fomentar la inclusión, continuidad y egreso oportuno de estudiantes inscritos en educación superior, poniendo énfasis en los jóvenes, y determinarán medidas que amplíen el ingreso y permanencia a toda aquella persona que, en los términos que señale la ley en la materia, decida cursar este tipo de estudios, tales como el establecimiento de mecanismos de apoyo académico y económico que responda a las necesidades de la población estudiantil. Las instituciones podrán incluir, además, opciones de formación continua y actualización para responder a las necesidades de la transformación del conocimiento y cambio tecnológico.
I.3 Que dentro de su estructura orgánica cuenta con la Subsecretaría de Educación Superior, en lo sucesivo "LA SES", a la cual se encuentra adscrita la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación, en lo sucesivo "LA DGESPE", misma que tiene como atribuciones, entre otras.- proponer e impulsar políticas para el desarrollo de las instituciones y programas de educación superior destinados a la formación de los profesionales de la educación; proponer, en coordinación con la Subsecretaría de Educación Básica, las normas pedagógicas y los planes y programas de estudio para la educación superior que imparten las Escuelas Normales Públicas; así como establecer mecanismos de coordinación con las instituciones que impartan la educación superior, a efecto de acordar políticas y acciones para su desarrollo.
Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos (precisar) de su Reglamento Interior, así como con el "Acuerdo número (precisar) por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública que se mencionan", publicado en el Diario Oficial de la Federación (precisar fecha).
I.4 Que para el logro de los objetivos del "PFEE" asignará a ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO"), recursos públicos federales extraordinarios no regularizables para el desarrollo de los proyectos que hayan obtenido resultados favorables en el dictamen emitido por la DGESPE y la SES con base en la evaluación realizada a la adecuación y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN.
I.5 Que cuenta con los recursos financieros necesarios para llevar a cabo el objeto de este Convenio en su presupuesto autorizado para el Ejercicio Fiscal (respectivo), con cargo a las claves presupuestarias.- (incluir clave presupuestaria).
I.6 Que sus representantes suscriben el presente instrumento de conformidad con lo dispuesto en los artículos (precisar) de su Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, así como en el "Acuerdo número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los Subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 2017
I.7 Que para efectos del presente instrumento jurídico señala como domicilio el ubicado en la calle de Brasil número 31, Oficina 306, Colonia Centro, C.P. 06029, Alcaldía Cuauhtémoc, en la Ciudad de México.
II. De ("LA SECRETARÍA" O "EL INSTITUTO").
II.1 Que el Estado de (nombre del Estado), forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 42 fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y (número de artículo) de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de (nombre del Estado).
II.2 Que (grado académico, nombre y apellidos del titular de la autoridad educativa estatal), cuenta con las facultades para suscribir el presente convenio y obligarse en los términos del mismo de conformidad con lo dispuesto en los artículos (números de los artículos), de la (nombre de la disposición legal aplicable) del Estado de (nombre del Estado), y artículos (número de los artículos), de (nombre de otra disposición legal aplicable).
II.3 Que su representante cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente instrumento, de conformidad con (número(s) de artículo(s) y disposición(es) jurídica(s).
II.4 Que para efectos del presente Convenio, señala como su domicilio el ubicado en la (nombre de la Calle o Avenida), número (número interior y/o exterior) Colonia (nombre de la Colonia), Alcaldía (nombre de la Alcaldía), C.P. (número del código postal) en (nombre de la Ciudad).
II.5 Que acorde con lo establecido en el artículo (número de artículo) de la Ley (nombre de la Ley Orgánica del Estado), la (nombre de la secretaría o instituto de educación) es responsable de dar cumplimiento a las obligaciones del Estado en materia educativa y le corresponde ejecutar y cumplir los convenios de colaboración o coordinación o de desempeño institucional que en el marco de las "REGLAS DE OPERACIÓN" celebre con el Gobierno de México.
Nota aclaratoria.- En cumplimiento de sus atribuciones, cada entidad federativa podrá incluir incisos en el apartado de declaraciones, de acuerdo a la normatividad jurídica aplicable para cada entidad, en el entendido que solo serán declaraciones referentes al estado y apegadas a la legislación vigente.
En cumplimiento a sus atribuciones y con el objeto de llevar a cabo la operación y desarrollo del PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA EXCELENCIA EDUCATIVA, de conformidad con lo establecido en las "REGLAS DE OPERACIÓN", ambas partes suscriben el presente instrumento de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- El presente convenio tiene por objeto establecer las bases conforme a las cuales "LA SEP" apoyará a ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO") con recursos públicos federales extraordinarios no regularizables correspondientes al Ejercicio Fiscal (respectivo), para la operación del "PFEE" en el marco de la EDINEN (respectiva), considerando la evaluación de la adecuación y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN, de conformidad con lo establecido en "LAS REGLAS" y demás disposiciones administrativas, presupuestarias y jurídicas aplicables.
Las "PARTES" acuerdan que los recursos destinados al programa, estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria existente en el año fiscal respectivo.
SEGUNDA.- "LA SEP" con base en la disponibilidad presupuestaria, aportará a ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO"), la cantidad de (precisar con número y letra), para el desarrollo de los proyectos aprobados dentro del dictamen emitido en la evaluación de la adecuación y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN, y de lo dispuesto en "LAS REGLAS".
Los proyectos y objetivos particulares aprobados en el marco de la EDINEN (PRECISAR), se mencionan en el Anexo A de este Convenio, describiéndose asimismo los montos asignados para cada uno de ellos.
En caso de que "LA SEP" aporte a ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO") recursos adicionales para el "PFEE", dichas aportaciones se formalizarán mediante la suscripción de Anexos de Ejecución los cuales una vez suscritos formarán parte del presente Convenio.
TERCERA.- "LAS PARTES" acuerdan que los recursos económicos de la EDINEN (respectivo), para los proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN no podrán ser utilizados para el financiamiento de los gastos siguientes:
1. Pago de sueldos, sobresueldos, estímulos o compensaciones del personal académico y administrativo contratado por la Escuela Normal Pública, por ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO") y por "LA SEP".
2. Contratación de personal académico, técnico y de apoyo para incorporarse a la Escuela Normal Pública, sin excepción.
3. Desarrollo de cursos, talleres y demás actividades de carácter motivacional o cualquier otra ajena a los enfoques, propósitos y contenidos de los planes y programas de estudio de las Licenciaturas en Educación Normal.
4.- Entrega de reconocimientos especiales y cualquier tipo de obsequios a personal interno o externo, sin excepción.
5. Adquisición de vehículos para transporte de menos de 12 plazas (no automóviles particulares o SUV).
6.- Pagos de inscripciones y colegiaturas para estudios de educación superior de programas que no pertenecen al PNP, padrón de posgrados de la DGESPE, Centros Regionales (Chiapas, Tamaulipas y Sonora) o que sus beneficiarios laboren en el plantel donde se impartirá el posgrado.
7. Otros fines distintos a los establecidos en "LAS REGLAS".
CUARTA.- "LAS PARTES" acuerdan que los recursos autorizados para la EDINEN (respectiva), no podrán ser ejercidos para el pago de los gastos de las Coordinaciones Estatales, de las Escuelas Normales Públicas u otras instancias, entre los que se encuentran:
Agua, Luz, Teléfono y Predial.
Servicios de fletes, maniobras y seguros de bienes patrimoniales
Servicios de vigilancia
Cualquier tipo de cargo o impuesto derivado por obligaciones fiscales
Comisiones por manejo de cuentas bancarias o gastos de representación
QUINTA.- Para la coordinación de las acciones de la EDINEN (respectiva) establecidas en el presente Convenio, "LA SEP" designa a la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación como responsable.
Por su parte, ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO"), designa a la instancia coordinadora y responsable de la operación de la EDINEN (respectiva) en la entidad.
Los responsables designados tendrán a su cargo el seguimiento de todas las acciones relacionadas con la emisión de informes de avances y resultados, el desarrollo, operación y demás establecidas en "LAS REGLAS".
SEXTA.- "LA SEP", en cumplimiento a este Convenio se compromete a:
a) Definir los criterios generales para la planeación, operación, supervisión, seguimiento y evaluación del "PFEE", además de resolver cualquier duda que se genere derivado de la interpretación, aplicación y cumplimiento de "LAS REGLAS".
b) Asignar y distribuir los recursos financieros a ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO") para los proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN de la EDINEN (respectiva) que hayan sido aprobados, considerando los montos asignados, como lo establece el Anexo A, el cual forma parte integrante del presente Convenio.
c) Presentar a las instancias correspondientes, los informes periódicos sobre el cumplimiento de los indicadores de resultados cuantitativos y cualitativos, a fin de establecer los criterios y aspectos a revisar para la actualización de la EDINEN (respectiva), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN, así como el impacto en las Escuelas Normales Públicas. Dichos informes deberán apegarse a "LAS REGLAS" y demás disposiciones aplicables.
d) Difundir la información de los avances y el cumplimiento de metas de la EDINEN (respectiva), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN en sus respectivos órganos oficiales de difusión.- http://www.gob.mx/sep y en la página http://www.dgespe.sep.gob.mx
e) Conformar el Comité Evaluador para la evaluación de la adecuación y los proyectos integrales del ProGEN y el ProFEN en el marco de la EDINEN (respectiva), el cual estará integrado por personal académico de prestigio que se rija bajo los principios de objetividad, imparcialidad, transparencia, equidad y congruencia, a fin de dar certeza sobre el correcto desarrollo de las tareas que le han sido encomendadas.
f) Asegurar el objetivo fundamental del "PFEE", a través del seguimiento, supervisión y monitoreo del desarrollo del mismo y su incidencia en el mejoramiento de las Escuelas Normales Públicas, de modo que se identifiquen los factores institucionales que favorezcan o dificulten su cumplimiento.
g) Verificar que ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO") reintegre a la Tesorería de la Federación, los recursos económicos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que no sean devengados, en los términos y plazos que establece la normatividad aplicable.
h) Integrar, analizar y concentrar los formatos establecidos para el cierre del ejercicio programático presupuestal, dicha información se remitirá en documentos y medios magnéticos a las instancias coordinadoras que lo soliciten, en los plazos y términos establecidos para tal fin; así como solicitar a ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO") las aclaraciones a que haya lugar; en caso de que esta parte incumpla con la información, se notificará a la Secretaría de la Función Pública.
i) Establecer los calendarios de captura, aclaración, y cierre del sistema informático diseñado para el seguimiento, evaluación y rendición de cuentas de la EDINEN (respectiva), a fin de informar con oportunidad a la Cámara de Diputados.
j) Remitir a ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO") el oficio de liberación Anexo (precisar) al momento que se concluyan al 100% las obras públicas y acciones comprometidas y se demuestre la aplicación correcta de los recursos.
k) Presentar a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de la Función Pública, los informes trimestrales sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos del "PFEE", con base a lo establecido en "LAS REGLAS", y
l) Resolver cualquier duda que se genere en relación con la interpretación, aplicación o cumplimiento de "LAS REGLAS".
SÉPTIMA.- ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO"), se obliga a:
a) Destinar los recursos que reciba de "LA SEP", exclusivamente a los fines establecidos en "LAS REGLAS".
b) Apegarse a las disposiciones establecidas en "LAS REGLAS", así como a los criterios para la instrumentación del "PFEE".
c) Garantizar las condiciones organizativas, logísticas y operativas para la coordinación, desarrollo, seguimiento y evaluación del "PFEE" en su entidad.
d) Realizar la reprogramación de su EDINEN (respectiva), en un plazo máximo de 10 días naturales contados a partir de que les sean notificados los resultados de los procesos de evaluación por "LA SEP".
e) Entregar a la DGESPE en un plazo máximo de 10 días hábiles posteriores a la recepción de los recursos el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que ampare la recepción de los recursos destinados a la entidad.
f) Entregar el recurso autorizado por "LA SEP" a cada Escuela Normal Pública para la ejecución de sus ProFEN, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de los mismos, de acuerdo con los resultados del proceso de evaluación, transfiriéndolo en las cuentas bancarias previstas para tal fin.
g) Administrar y aplicar los recursos autorizados en el desarrollo de los proyectos aprobados en el marco de la EDINEN (respectiva), el ProGEN y los ProFEN de conformidad con "LAS REGLAS".
h) Supervisar el eficiente ejercicio de los recursos destinados al "PFEE", de conformidad con lo establecido en "LAS REGLAS", y en la normativa aplicable.
i) Cumplir en tiempo y forma con el ejercicio y comprobación de los recursos en el marco del presente Convenio de Colaboración, así como en los Convenios de Desempeño Institucional para el desarrollo de la EDINEN (respectiva).
j) Promover la integración de equipos de trabajo con las competencias requeridas para realizar, de manera sistemática y continua, actividades de planeación, actualización, capacitación, asesoría, seguimiento y evaluación para la implementación de la EDINEN (respectiva), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN.
k) Brindar apoyo y asesoría técnica a las Escuelas Normales Públicas, mediante la implementación de propuestas de formación continua, así como realizar visitas periódicas a fin de proporcionar recomendaciones, reflexionar sobre las dificultades y establecer estrategias que permitan avanzar en el cumplimiento de las metas académicas y programáticas establecidas en la EDINEN (respectiva).
l) Suscribir los Convenios de Desempeño Institucional con las Escuelas Normales Públicas beneficiadas, en los que se estipulen los compromisos que adquieren dichas instituciones para cumplir con las acciones y metas establecidas en sus ProFEN y su contribución al cumplimiento de las correspondientes al ProGEN y la EDINEN (respectiva), así como para el ejercicio y comprobación de los recursos asignados.
m) Informar a los directores de las Escuelas Normales Públicas en relación con el recurso autorizado, así como el monto presupuestal programado para el periodo correspondiente, el cual estará vigente durante un año a partir de la recepción por parte de la Autoridad Educativa Local de los mismos recursos (respectivos), además de garantizar el adecuado desarrollo de la EDINEN (respectiva), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN en la entidad para asegurar su cumplimiento.
n) Establecer mecanismos efectivos que permitan difundir entre la sociedad los objetivos, características y avances en el cumplimiento de metas de la EDINEN (respectiva), así como la información acerca de los beneficios obtenidos con el ejercicio de los recursos asignados.
ñ) Formular propuestas para mejorar el diseño y la operación del "PFEE".
o) Entregar en tiempo y forma a "LA SEP" los informes trimestrales y los avances técnicos de las metas, así como reportes del cierre de ejercicio de recursos y, sobre todo, del impacto en la EXCELENCIA EDUCATIVA de los proyectos y acciones apoyadas con recursos del "PFEE".
p) Entregar a "LA SEP" informes trimestrales sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, y en caso de reportar retrasos en el cumplimiento de las metas previstas o irregularidades en el uso de los recursos económicos, informándole sobre las medidas correctivas que aplicará y las estrategias de seguimiento que llevará a cabo para evitar futuras demoras o fallas en el ejercicio del presupuesto.
q) Entregar a la DGESPE una vez concluido el ejercicio de los recursos, el reporte de cierre la documentación comprobatoria correspondiente en un plazo no mayor de dos meses.
r) Otorgar las facilidades para la realización de los procesos de seguimiento, supervisión y evaluación de la EDINEN (respectiva), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN que lleven a cabo o promuevan "LA SEP", la Secretaría de la Función Pública u otra instancia de control y fiscalización federal o estatal, con competencia en la materia.
s) Verificar que para cada una de las obras de infraestructura terminadas con el presupuesto del "PFEE", se elabore un acta-entrega, la cual formará parte del expediente de la obra y constituye la prueba documental que certifica su existencia.
t) Verificar que en cada plantel educativo se dispongan de por lo menos 10 (diez) ejemplares de "LAS REGLAS" a fin de que la comunidad escolar esté en posibilidades de realizar su consulta, y
u) Informar a la DGESPE de la realización del reintegro a la Tesorería de la Federación, proporcionando la correspondiente constancia en un plazo no mayor a dos días hábiles contados a partir de que haya sido realizado el depósito.
v) Realizar las acciones de promoción para la integración, operación y seguimiento de la Contraloría Social, bajo el esquema validado por la Secretaría de la Función Pública (SFP) y de conformidad con las Reglas de Operación del Programa y con los Lineamientos para la promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social vigentes, que permitan verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los Programas de Desarrollo Social, con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los mismos.
w) Las demás establecidas en las REGLAS
OCTAVA.- ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO") se compromete a aperturar una cuenta bancaria exclusiva para la administración de los recursos autorizados para el "PFEE", la cual deberá estar registrada ante la Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros de "LA SEP", con el objeto de recibir la aportación de recursos que le transfiera "LA SEP" para el desarrollo de los proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN aprobados por el Comité Evaluador.
NOVENA.- ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO"), se obliga a presentar a la DGESPE en un plazo máximo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de los recursos, el comprobante fiscal digital por Internet (CFDI), que ampare la cantidad asignada para el desarrollo de los proyectos de la EDINEN, ProGEN y los ProFEN, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
DÉCIMA.- ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO") se compromete a reintegrar a la Tesorería de la Federación en los plazos establecidos en "LAS REGLAS", los recursos que no fueron destinados a los fines autorizados y aquéllos que al cierre del ejercicio no hayan sido devengados o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago;
En caso de que ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO") no reintegre en los plazos establecidos, deberá pagar una pena por el atraso, la cual se obtendrá multiplicando el importe no reintegrado oportunamente por el número de días naturales de retraso y la tasa diaria correspondiente a la establecida en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal que corresponda, referente a los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales, conforme a la siguiente fórmula:
Pena=importe x días x tasa/30
La pena por atraso a que se refiere la presente cláusula deberá ser pagada conforme al procedimiento que para tal efecto establezca la SEP.
DÉCIMA PRIMERA.- La aplicación de los recursos, su comprobación y el logro de las metas compromiso, será responsabilidad de ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO"), de conformidad con lo establecido en "LAS REGLAS".
DÉCIMA SEGUNDA.- "LA SEP" derivado del seguimiento sobre el desarrollo de la EDINEN (respectiva), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN y el uso transparente y eficaz de los recursos que se destinen al "PFEE", en su caso, podrá cancelar o suspender los apoyos programados cuando se detecte incumplimiento de los compromisos establecidos en "LAS REGLAS" o cuando se encuentren en cualquiera de los supuestos siguientes:
a) No se cumpla con las obligaciones pactadas en el presente instrumento y en los Convenios de Desempeño Institucional.
b) Incumplimiento en la entrega oportuna de los informes de avances técnicos, físicos y financieros, así como reportes del cierre de ejercicio de recursos.
c) Se detecten desviaciones en la ejecución de los proyectos autorizados y/o en la aplicación de los recursos correspondientes.
d) No ejerzan sus presupuestos de conformidad con las disposiciones aplicables, y
e) No proporcionen la información requerida por las diferentes instancias involucradas, en relación con el desarrollo de la EDINEN (respectiva), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN.
DÉCIMA TERCERA.- ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO") se compromete a comprobar el uso de los recursos destinados al desarrollo de los proyectos de la EDINEN (respectiva), ProGEN y los ProFEN en un plazo máximo de tres meses posteriores a la conclusión del ejercicio de los recursos, para lo cual se obliga a exhibir a la DGESPE la documentación fehaciente que ampare las cantidades erogadas en los proyectos realizados.
DÉCIMA CUARTA.- "LAS PARTES" instrumentarán las estrategias pertinentes para la asesoría, seguimiento y evaluación de los procesos y resultados que permitan verificar los avances en el desarrollo y operación de la EDINEN (respectiva), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN, constatando la correcta aplicación de los recursos destinados al "PFEE", los avances físicos, financieros y técnicos, la calidad de las obras y de los proyectos, los resultados obtenidos para la integración y consolidación de un sistema estatal de educación normal de excelencia educativa así como el mejoramiento de los servicios educativos y de la gestión de las instituciones formadoras de las maestras y los maestros.
DÉCIMA QUINTA.- "LAS PARTES" establecerán los mecanismos de coordinación necesarios con los Gobiernos Estatales y Municipales, así como con otras instancias del Gobierno de México, a fin de garantizar que el "PFEE" no se contraponga, afecte o presente duplicidades con otros programas o acciones.
DÉCIMA SEXTA.- "LA SEP" de conformidad con lo dispuesto en el artículo (precisar artículo) del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal (precisar) y "LAS REGLAS"; realizará las distintas acciones de coordinación para llevar a cabo la evaluación externa del "PFEE", de acuerdo con los indicadores y los niveles de cumplimiento de los objetivos y metas programados; para lo cual, se seleccionará mediante los procedimientos establecidos en la normatividad correspondiente, una institución académica y de investigación u organismo especializado, de carácter nacional o internacional, con reconocimiento académico y experiencia en la materia, con el propósito de evaluar la pertinencia, eficacia e impacto del "PFEE" en las Escuelas Normales Públicas, de conformidad con lo dispuesto en "LAS REGLAS".
DÉCIMA SÉPTIMA.- "LAS PARTES" darán todas las facilidades para que los recursos otorgados al "PFEE" puedan ser revisados por la Secretaría de la Función Pública, por el Órgano Interno de Control en "LA SEP" y/o por auditores independientes contratados para tal efecto, en coordinación con los Órganos Estatales de Control; por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; por la Auditoría Superior de la Federación; y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes, apegándose a lo establecido en "LAS REGLAS".
DÉCIMA OCTAVA.- En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo (precisar) del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal (respectivo) y con el propósito de fomentar la transparencia del "PFEE", "LAS PARTES" se comprometen a incluir claramente, visible y audible en la publicidad que se adquiera para la difusión, en la papelería y documentación oficial, la siguiente leyenda:
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
Quien haga uso indebido de los recursos del "PFEE" deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
DÉCIMA NOVENA.- "LA SEP" y ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO") garantizarán la transparencia del ejercicio de los recursos económicos destinados al "PFEE", instrumentando diversas acciones con el apoyo de sus respectivos medios de difusión páginas electrónicas http://www.gob.mx/sep y http://www.dgespe.sep.gob.mx, mismos que permitan dar a conocer la información relativa al "PFEE", en particular sobre los avances y cumplimiento de metas de la EDINEN (respectiva), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN.
VIGÉSIMA.- El personal designado o comisionado para la ejecución de las acciones derivadas del presente instrumento, mantendrá su actual relación laboral y, por lo tanto, continuará bajo la dirección de quien lo haya nombrado o comisionado, no obstante que las actividades se realicen fuera de las instalaciones de cualquiera de "LAS PARTES".
VIGÉSIMA PRIMERA.- "LAS PARTES" recibirán las sugerencias, quejas o denuncias a través de las distintas Dependencias, Órgano Interno de Control en la SEP, el Órgano Estatal de Control, las representaciones de la Secretaría de Educación Pública en las Entidades Federativas, medios electrónicos y canales oficiales establecidos en "LAS REGLAS", con objeto de retroalimentar una eficiente y transparente operación de la EDINEN (respectiva), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- El incumplimiento por ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO") de los plazos señalados en "LAS REGLAS" o el uso indebido del presupuesto, tendrá un impacto desfavorable en las subsecuentes asignaciones de recursos del "PFEE" a las entidades y las escuelas normales.
VIGÉSIMA TERCERA.- Los asuntos que no estén expresamente previstos en este instrumento, así como las dudas que pudieran surgir con motivo de la interpretación y cumplimiento del mismo, se resolverán de común acuerdo y por escrito entre "LAS PARTES", conforme a las disposiciones de "LAS REGLAS" y, cualquier otra disposición aplicable.
VIGÉSIMA CUARTA.- "LAS PARTES" estarán exentas de responsabilidad por los daños y perjuicios que se puedan derivar en caso de incumplimiento total o parcial del presente instrumento, debido a caso fortuito o fuerza mayor, incluyendo la huelga o paro de labores académicas o administrativas. En tales supuestos, "LAS PARTES" podrán continuar las acciones materia del presente convenio, una vez que desaparezcan las circunstancias antes indicadas.
VIGÉSIMA QUINTA.- El presente convenio surtirá sus efectos a partir de la fecha de su firma y estará vigente durante un año a partir de la recepción por parte de la Autoridad Educativa Local de los recursos , en el entendido que sólo se refiere a los recursos públicos federales extraordinarios no regularizables correspondientes al Ejercicio Fiscal (respectivo), por lo que no compromete recursos de los subsecuentes ejercicios fiscales. Podrá ser modificado de común acuerdo o concluido con antelación, en el marco de "LAS REGLAS" y la normatividad vigente aplicable, previa notificación que por escrito realice cualesquiera de "LAS PARTES" con treinta días naturales de anticipación; en este caso, "LA SEP" y ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO") tomarán las providencias necesarias a efecto de que las acciones que se hayan iniciado en el marco de este Convenio, se desarrollen hasta su total conclusión.
Enteradas "LAS PARTES" del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman de conformidad en cuatro tantos originales, en la Ciudad de México, el día (incluir día, mes y año).
Por.- "LA SEP" | |
(Grado académico, nombre y apellidos) Subsecretaria/o de Educación Superior (Grado académico, nombre y apellidos) | Por.- "LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO" |
(Grado académico, nombre y apellidos) | |
Director/a General de Educación Superior para Profesionales de la Educación (Grado académico, nombre y apellidos) |
...
ÚLTIMA HOJA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA EXCELENCIA EDUCATIVA QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DE MÉXICO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO (PRECISAR) POR CONDUCTO DE (nombre de la "SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO DE EDUCACIÓN DEL ESTADO")
ANEXO DE EJECUCIÓN.- QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DE MÉXICO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL/LA SUBSECRETARIO (A) DE EDUCACIÓN SUPERIOR, (GRADO ACADÉMICO, NOMBRE Y APELLIDOS), ASISTIDO POR EL/LA DIRECTOR (A) GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN, (GRADO ACADÉMICO, NOMBRE Y APELLIDOS), Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE (NOMBRE DEL ESTADO), POR CONDUCTO DE (NOMBRE DE LA SECRETARÍA O INSTITUTO DE EDUCACIÓN DEL ESTADO), EN LO SUCESIVO ("LA SECRETARÍA" O "EL INSTITUTO"), REPRESENTADO POR SU TITULAR EL/LA (GRADO ACADÉMICO, NOMBRE Y APELLIDOS), ASISTIDO POR EL/LA (CARGO DE QUIEN ASISTE AL TITULAR DE LA SECRETARÍA O INSTITUTO DE EDUCACIÓN DEL ESTADO), (GRADO ACADÉMICO, NOMBRE Y APELLIDOS), A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DEL ANTECEDENTE, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E
Con fecha (día/mes/año), "LAS PARTES" suscribieron el Convenio de Colaboración, en lo sucesivo "El Convenio", por el cual se establecieron las bases conforme a las cuales "LA SEP" apoyaría a ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO") con recursos públicos federales extraordinarios no regularizables correspondientes al ejercicio fiscal (precisar), para la operación del "PFEE" en el marco de la EDINEN (respectiva), considerando la evaluación de los proyectos integrales del Programa Fortalecimiento de la Gestión Educativa (ProGEN) y del Programa Fortalecimiento de la Escuela Normal (ProFEN), de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento de la EXCELENCIA EDUCATIVA" para el ejercicio fiscal (precisar), en lo sucesivo "Las Reglas".
En la cláusula Segunda de "El Convenio", se estableció que "LA SEP" con base en su disponibilidad presupuestaria, aportaría a ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO") la cantidad de $(cantidad en número) (cantidad en letra 00/100 MN), para el desarrollo de los proyectos aprobados dentro del dictamen emitido en la evaluación y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN, y de lo dispuesto en "Las Reglas"
Y que en caso de que "LA SEP" aportara a ("LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO") recursos adicionales para el Programa Fortalecimiento de la EXCELENCIA EDUCATIVA (PFEE), dichas aportaciones se formalizarían mediante la suscripción de Anexos de Ejecución, los cuales una vez suscritos formarán parte de "El Convenio".
DECLARACIONES
I De "LA SEP":
I.1 Que el (precisar) Subsecretario (a) de Educación Superior, suscribe el presente convenio de conformidad con lo dispuesto por el artículo (precisar) del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, así como el "Acuerdo número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 25 de enero de 2017.
II.2 Que el (precisar) Director (a) General de Educación Superior para Profesionales de la Educación, asiste al Subsecretario de Educación Superior de conformidad con lo dispuesto en los artículos (precisar) del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.
1.3 Que para efectos del presente instrumento jurídico señala como domicilio el ubicado en la calle de Brasil número 31, Oficina 306, Colonia Centro, C.P. 06029, Alcaldía Cuauhtémoc, en la Ciudad de México.
II. De ("LA SECRETARIA" O "EL INSTITUTO").
II. 1 Que el Estado de (precisar), forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 42 fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y (precisar) de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de (precisar).
II. 2 Que (grado académico, nombre y apellidos del titular de la autoridad educativa estatal), cuenta con las facultades para suscribir el presente Anexo de Ejecución y obligarse en los términos del mismo de conformidad con lo dispuesto en los artículos (números de los artículos), de la (nombre de la disposición legal aplicable) del Estado de (nombre del Estado), y artículos (número de los artículos), de (nombre de otra disposición legal aplicable).
II. 3 Que para efectos del presente anexo, señala como su domicilio el ubicado en (señalar domicilio)
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- Es objeto del presente Anexo de Ejecución establecer las bases conforme a las cuales, "LA SEP" aportará a ("LA SECRETARÍA" O "EL INSTITUTO") los recursos públicos federales extraordinarios no regularizables adicionales, correspondientes al ejercicio fiscal (precisar), por la cantidad de $(cantidad en número) (cantidad en letra 00/100 MN), para que los destine exclusivamente al desarrollo de los proyectos aprobados dentro del dictamen emitido en la evaluación y proyectos integrales de la EDINEN (respectiva), particularmente en el ProGEN, con base en lo dispuesto en "Las Reglas", "El Convenio", y demás disposiciones administrativas, financieras y jurídicas aplicables.
Dicha aportación adicional la entregará "LA SEP" a ("LA SECRETARÍA" O "EL INSTITUTO") con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal (precisar), con cargo a la clave presupuestaria.- (precisar)
SEGUNDA.- ("LA SECRETARÍA" O "EL INSTITUTO"), se obliga a aplicar y ejercer los recursos públicos federales extraordinarios no regularizables adicionales que reciba de "LA SEP", exclusivamente para los proyectos y objetos particulares aprobados en el marco de la EDINEN (respectiva), mismos que se describen en el Apartado Único del presente instrumento, en términos de lo establecido en "Las Reglas", "El Convenio" y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Lo anterior, en el entendido de que los recursos que no se destinen a los fines autorizados deberán reintegrase a la Tesorería de la Federación.
TERCERA.- ("LA SECRETARÍA" O "EL INSTITUTO"), se obliga a depositar dichos recursos en una cuenta bancaria específica, así como a entregar a "LA SEP" los comprobantes fiscales que amparen la cantidad asignada de acuerdo con los montos establecidos en el Apartado Único del presente instrumento de conformidad con lo dispuesto en "Las Reglas", "El Convenio" y demás disposiciones administrativas, financieras y jurídicas aplicables.
CUARTA.- ("LA SECRETARÍA" O "EL INSTITUTO") se obliga a presentar trimestralmente a la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación adscrita a la Subsecretaría de Educación Superior de "LA SEP", los informes sobre el ejercicio y aplicación de los recursos que le sean asignados de conformidad con los montos establecidos en el Apartado Único del presente instrumento de ejecución, de acuerdo con lo establecido en "Las Reglas" y "El Convenio".
QUINTA.- "LAS PARTES" acuerdan que las áreas responsables de la ejecución y seguimiento del cumplimiento al objeto del presente Anexo de Ejecución, serán.- por parte de "LA SEP" la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación, y por parte de ("LA SECRETARÍA" O "EL INSTITUTO") la instancia coordinadora y responsable de la operación de la EDINEN (respectiva) en la entidad.
SEXTA.- "LAS PARTES", acuerdan que los asuntos que no estén expresamente previstos en este Anexo de Ejecución, así como, las dudas que pudieran surgir con motivo de la interpretación o cumplimiento se resolverán de común acuerdo por escrito, de conformidad con lo establecido en "Las Reglas", "El Convenio" y demás disposiciones aplicables; en el caso de que no se lograra lo anterior se someterán expresamente a jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, renunciando al fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio presente, futuro o por cualquier otra causa.
SÉPTIMA. - La vigencia del presente Anexo de Ejecución iniciará a partir de la fecha de su firma y hasta la vigencia de "El Convenio", es decir, durante un año a partir de la recepción de los recursos (precisar)
Enteradas las partes del contenido y alcance de este instrumento, lo firman de conformidad en cuatro tantos originales en la Ciudad de México, el día (incluir día, mes y año).
Por.- "LA SEP" | Por.- "LA SECRETARÍA" o "EL INSTITUTO" |
(Grado académico, nombre y apellidos) Subsecretaria/o de Educación Superior (Grado académico, nombre y apellidos) | |
(Grado académico, nombre y apellidos) | |
Director/a General de Educación Superior para Profesionales de la Educación (Grado académico, nombre y apellidos) |
ÚLTIMA HOJA DEL ANEXO DE EJECUCIÓN, QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN, CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE (NOMBRE DEL ESTADO) POR CONDUCTO DE ("LA SECRETARÍA" O "EL INSTITUTO"), PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA EXCELENCIA EDUCATIVA.
APARTADO ÚNICO QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL ANEXO DE EJECUCIÓN DERIVADO DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA EXCELENCIA EDUCATIVA DE FECHA (Precisar fecha del Convenio de Colaboración) CORRESPONDIENTE AL PRESUPUESTO DE EGRESOS 20___.
No. | TIPO DE PROYECTO | NOMBRE DEL PROYECTO | MONTO |
1 | Proyecto Estatal: Atiende a las necesidades de las escuelas normales | | $ (CANTIDAD EN NÚMERO) |
| Total de la Entidad: $ (CANTIDAD EN NÚMERO) |
(CANTIDAD EN LETRA 00/100 M.N.)
Enteradas "LAS PARTES" del contenido y alcance de este APARTADO ÚNICO, lo firman en cuatro tantos originales, en la Ciudad de México, el día (incluir día, mes y año). .
Por: "LA SEP" | Por: "LA SECRETARÍA O EL INSTITUTO" |
(Grado académico, nombre y apellidos) Subsecretaria/o de Educación Superior | (Grado académico, nombre y apellidos) |
| |
(Grado académico, nombre y apellidos) Director/a General de Educación Superior para Profesionales de la Educación | (Grado académico, nombre y apellidos) |
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
ÚLTIMA HOJA DEL APARTADO ÚNICO DEL ANEXO DE EJECUCIÓN QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA EXCELENCIA EDUCATIVA.
MODELO DE LINEAMIENTOS INTERNOS DE COORDINACIÓN
PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA EXCELENCIA EDUCATIVA
ESTRATEGIA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL DE LA ESCUELA NORMAL (EDINEN)
LINEAMIENTOS INTERNOS DE COORDINACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA EXCELENCIA EDUCATIVA EN LO SUCESIVO "PFEE" QUE ESTABLECEN LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, EN LOS SUCESIVO "LA SES", REPRESENTADA POR SU TITULAR (grado académico, nombre y apellidos) ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN, (grado académico, nombre y apellidos), Y LA AUTORIDAD EDUCATIVA FEDERAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EN LO SUCESIVO "LA AEFCM", REPRESENTADA POR SU TITULAR (grado académico, nombre y apellidos), A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE DENOMINARÁ COMO "LOS OTORGANTES", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1 Con la finalidad de contribuir a elevar la calidad en la formación inicial de los docentes, mediante el desarrollo de acciones estratégicas que tengan incidencia en las prácticas académicas y en la gestión de las Escuelas Normales Públicas, surge el Programa Fortalecimiento de la Excelencia Educativa, iniciativa que sustenta su creación en los Foros de Consulta realizados por la actual administración federal, definiendo que la educación es base de la Cuarta Transformación ya que la educación es un derecho de todos que hay que hacer efectivo, y no un privilegio de unos cuantos. Acorde con esta iniciativa, el PFEE, se alinea a la Directriz 2 "Bienestar social e igualdad" que se encuentra en las Directrices del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, con las estrategias 2.2.2, 2.2.3, 2.2.5 y 2.2.6 del objetivo 2.2 "garantizar el derecho a la educación laica, gratuita, incluyente, pertinente y de calidad en todos los tipos, niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional y para todas las personas", cuyas dimensiones abarcan ámbitos como.- elevar la calidad y pertinencia de la educación en todos los niveles, fortalecer la profesionalización del personal docente, a través del impulso y mejora de los procesos de formación, capacitación y actualización, y de los procesos de selección, admisión, promoción y el reconocimiento de las figuras docentes y en los cuales este programa contribuye con acciones puntuales y pertinentes para alcanzar el objetivo enunciado.
Y con el ODS 4, que establece "garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje a lo largo de la vida para todos" y a la meta 4.3 "para asegurar el acceso en condiciones de igualdad para todos los hombres y las mujeres a una formación técnica, profesional y superior de calidad, incluida la enseñanza universitaria". Para cumplir con ello, la SEP ha impulsado la integración de Programas Presupuestarios como el S300 Programa Fortalecimiento de la Excelencia Educativa, enfocado en la revisión de los planes de estudio y su validación por parte de instituciones reconocidas; la definición de contenidos, enfoques de enseñanza, normas y estándares de evaluación de resultados; la inclusión de nuevas asignaturas, así como la posibilidad de establecer mecanismos para que los/as educandos/as tengan acceso a diversos materiales educativos; aspectos esenciales para que se puedan proporcionar y fortalecer la excelencia de la educación en estos niveles educativos.
2. Con fecha (precisar) se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo Secretarial (precisar), por el que se emiten las Reglas de Operación del PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA EXCELENCIA EDUCATIVA, en lo sucesivo "LAS REGLAS", con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados al PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA EXCELENCIA EDUCATIVA, en lo sucesivo "PFEE", las cuales establecen las disposiciones a las que se debe sujetarse dicho programa.
3 - El "PFEE" en esta primera etapa busca focalizar la asignación de los recursos a los proyectos integrales de la EDINEN (respectiva), que tengan mayor impacto en el desarrollo académico y de la gestión de los sistemas estatales de educación normal y de las Escuelas Normales Públicas. Se busca que la premisa de la educación, desde la inicial hasta la universitaria sea educar para toda la vida, específicamente, los universitarios no sólo se forman como profesionistas, sino que también se educan con valores, conocimiento y capacidades adecuadas para desarrollarse plenamente, con civismo y solidaridad social con México
Con esta acción, se pretende contribuir al cumplimiento de los siguientes objetivos específicos:
Académicos
a) Elevar el aprovechamiento académico de las y los estudiantes normalistas.
b) Apoyar la superación académica de personal docente y personal directivo de las Escuelas Normales Públicas.
c) Apoyar con el pago de inscripción, colegiatura, gastos de manutención y titulación, transporte y hospedaje a PTC que realicen estudios de posgrado a nivel nacional e internacional, así como acciones encaminadas a fomentar y desarrollar la generación innovadora del conocimiento.
d) Desarrollar programas de tutoría y asesoría para mejorar los procesos de formación y aprendizaje, con perspectiva de género, derechos humanos e inclusión, de las y los estudiantes normalistas, en las escuelas formadoras de docentes.
e) Realizar programas de seguimiento de egresados, desde la perspectiva de género e inclusión, con objeto de valorar la calidad de la formación proporcionada y enriquecer los procesos educativos en las Escuelas Normales Públicas.
f) Apoyar la actualización e implementación de los planes y programas de estudio de las escuelas normales, en el marco de la reforma educativa.
g) Diseñar e implementar acciones para la movilidad académica, intercambios académicos y convenios entre instituciones de educación superior nacionales o internacionales.
Gestión
a) Promover la cultura de la evaluación para favorecer la acreditación de los planes y programas de estudios y la certificación de los procesos de gestión.
b) Mejorar el equipamiento con tecnologías actualizadas y la capacitación para su uso en las Escuelas Normales Públicas, para efecto de satisfacer sus requerimientos y necesidades de conectividad.
c) Optimizar o ampliar la infraestructura de las Escuelas Normales Públicas para el desarrollo de las actividades de todos los actores que participan en los procesos de la institución.
d) Apoyar en las Entidades Federativas y Escuelas Normales Públicas, el desarrollo y operación de sistemas integrales de información académica y administrativa de educación normal.
4.- La EDINEN (respectivo) pretende, mediante el apoyo al desarrollo de los proyectos del ProGEN y los ProFEN, contribuir al logro y consolidación de un sistema estatal de educación normal de excelencia educativa en cada Entidad Federativa, así como al mejoramiento de las instituciones formadoras de las maestras y los maestros que lo integran.
LA SEP, para la operación del "PFEE", en el marco de la EDINEN (respectivo), con fecha (precisar) de diciembre de (precisar), publicó en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA EXCELENCIA EDUCATIVA, en lo sucesivo "LAS REGLAS".
DECLARACIONES
I. DE "LA SES":
I.1 Que es una unidad administrativa de "LA SEP", de conformidad con lo dispuesto en el artículo (precisar) del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, a la cual se encuentra adscrita la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación que tiene entre sus atribuciones el proponer e impulsar políticas para el desarrollo de las instituciones y programas de educación superior destinados a la formación de los profesionales de la educación; establecer mecanismos de coordinación con las instituciones que impartan la educación superior antes indicadas, a efecto de acordar políticas y acciones para su desarrollo; e implementar mecanismos para la coordinación e integración sistemática de las instituciones y programas de educación superior destinados a la formación de profesionales de la educación.
I.2 Que cuenta con los recursos necesarios para la celebración de este Instrumento en su presupuesto autorizado en el Ejercicio Fiscal (respectivo), con cargo a la clave presupuestaria (incluir clave presupuestaria)
I.3 Que sus representantes cuentan con facultades suficientes para suscribir el presente instrumento en términos de lo señalado en los artículos (precisar) del Reglamento Interior de "LA SEP", así como en el Acuerdo Secretarial número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los Subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación 25 de enero de 2017.
I.4 Que para efectos del presente Instrumento señala como su domicilio el ubicado la calle de Brasil número 31, Oficina 306, Colonia Centro, C.P. 06029, Alcaldía Cuauhtémoc, en la Ciudad de México.
II. DE "LA AEFCM":
II.1 Que es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, con autonomía técnica y de gestión, teniendo por objeto el prestar los servicios de educación inicial, básica-incluyendo la indígena-, especial, así como la normal y demás para la formación de las maestras y los maestros de educación básica, en la Ciudad de México en términos de su Decreto de creación publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005.
II.2 Que con fecha 23 de octubre de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforma el diverso por el que se crea la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, a través del cual se crea la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México.
II.3 Que su representante cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente instrumento de conformidad con lo establecido en el artículo (precisar) del Decreto referido en la declaración que antecede.
II.4 Que para los efectos del presente Instrumento señala como su domicilio el ubicado (nombre de la calle, número, colonia, Alcaldía, código postal, ciudad)
LINEAMIENTOS
Primero.- Es objeto de este instrumento jurídico, establecer las bases conforme a las cuales "LA SES" apoyará a "LA AEFCM" con recursos públicos federales extraordinarios no regularizables correspondientes al Ejercicio Fiscal (respectivo), para la operación "PFEE", en el marco de la EDINEN (respectiva), considerando la evaluación de la adecuación y proyectos del ProGEN y los ProFEN, de conformidad con lo establecido en "LAS REGLAS" y demás normatividad aplicable.
Segundo.- "LA SES", en cumplimiento al objeto de este instrumento jurídico y con base en su disponibilidad presupuestaria en el Ejercicio Fiscal (respectivo), aportará a "LA AEFCM", la cantidad de (incluir monto con número y letra) para el desarrollo de los proyectos aprobados dentro del dictamen emitido en la evaluación de la adecuación y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN, y de conformidad con lo dispuesto en "LAS REGLAS".
Los proyectos aprobados en el marco de la EDINEN (respectiva), se mencionan en el Anexo "A" de este instrumento jurídico, describiéndose asimismo los montos asignados para cada uno de ellos.
Tercero.- "LA SES" y "LA AEFCM" acuerdan que los recursos económicos de la EDINEN (respectiva), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN no podrán ser utilizados para el financiamiento de los gastos siguientes:
1. Pago de sueldos, sobresueldos, estímulos o compensaciones del personal académico y administrativo contratado por la escuela normal, por "LA AEFCM" y por "LA SES".
2. Contratación de personal académico, técnico y de apoyo para incorporarse a la escuela normal, sin excepción.
3. Desarrollo de cursos, talleres y demás actividades de carácter motivacional o cualquier otra ajena a los enfoques, propósitos y contenidos de los planes y programas de estudio de las licenciaturas en educación normal.
4. Entrega de reconocimientos especiales y cualquier tipo de obsequios a personal interno o externo, sin excepción.
5. Adquisición de vehículos para transporte de menos de 12 plazas (no automóviles particulares o SUV).
6. Pagos de inscripciones y colegiaturas para estudios de educación superior de programas que no pertenecen al PNP, padrón de posgrados de la DGESPE, Centros Regionales (Chiapas, Tamaulipas y Sonora) o que sus beneficiarios laboren en el plantel donde se impartirá el posgrado
7. Otros fines distintos a los establecidos por "LAS REGLAS".
Cuarto.- "LOS OTORGANTES" acuerdan que los recursos autorizados para la EDINEN (respectivo), no podrán ser ejercidos para el pago de los gastos de las Coordinaciones Estatales, de las Escuelas Normales Públicas, tales como:
· Agua, Luz, Teléfono y Predial.
· Servicios de fletes, maniobras y seguros de bienes patrimoniales.
· Servicio de vigilancia.
· Cualquier tipo de cargo o impuesto derivado por obligaciones fiscales.
· Comisiones por manejo de cuentas bancarias o gastos de representación.
Quinto.- Para la coordinación de las acciones de la EDINEN (respectiva) establecidas en este instrumento jurídico, "LA SES" designa a la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación como responsable. Por su parte, "LA AEFCM", designa a la Dirección General de Educación Normal y Actualización del Magisterio, como instancia coordinadora y responsable de la operación de la EDINEN (respectiva) en la Ciudad de México.
Los responsables designados tendrán a su cargo el seguimiento de todas las acciones relacionadas con la emisión de informes de avances y resultados, el desarrollo, operación y demás establecidas en "LAS REGLAS" y en el presente instrumento.
Sexto.- "LA SES", en cumplimiento a este instrumento jurídico, se compromete a:
a) Definir los lineamientos y orientaciones generales para la planeación, operación, supervisión, seguimiento y evaluación del "PFEE".
b) Asignar y distribuir los recursos financieros a "LA AEFCM" para los proyectos que hayan sido aprobados en el marco de la EDINEN (respectiva), el ProGEN y los ProFEN, considerando los montos asignados de conformidad con lo establecido en el Anexo "A" de este instrumento jurídico.
c) Presentar a las instancias correspondientes, en apego a "LAS REGLAS" y la normatividad vigente, los informes periódicos sobre el cumplimiento de los indicadores de resultados cuantitativos y cualitativos, a fin de permitir establecer los criterios y aspectos a revisar para la actualización permanente de la EDINEN (respectiva), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN, así como el impacto en las Escuelas Normales Públicas.
d) Difundir la información de los avances y el cumplimiento de metas de la EDINEN (respectiva), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN en sus respectivos órganos oficiales de difusión.- http://www.gob.mx/sep y en la página http://www.dgespe.sep.gob.mx
e) Conformar el Comité Evaluador para la evaluación de la adecuación y los proyectos integrales del ProGEN y el ProFEN en el marco de la EDINEN (respectiva) con personal académico de prestigio que se rija bajo los principios de objetividad, imparcialidad, transparencia, equidad y congruencia, dando así certeza sobre el correcto desarrollo de las tareas a realizar durante el proceso de evaluación.
f) Asegurar el objetivo fundamental del "PFEE", a través del seguimiento, supervisión y monitoreo del desarrollo de dicho programa y su incidencia en el mejoramiento de las Escuelas Normales Públicas, de modo que se identifiquen los factores institucionales que favorezcan o dificulten su cumplimiento.
g) Supervisar que "LA AEFCM" reintegre a la Tesorería de la Federación, los recursos económicos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que no sean devengados, en los términos y plazos que establece la normatividad aplicable.
h) Integrar, analizar y concentrar los formatos establecidos para el cierre del ejercicio programático presupuestal, dicha información se remitirá en documentos y medios magnéticos a las instancias coordinadoras que lo soliciten, en los plazos y términos establecidos para tal fin; así como solicitar a "LA AEFCM" las aclaraciones a que haya lugar; en caso de que esta parte incumpla con la información, se notificará al Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública.
i) Remitir a "LA AEFCM" el oficio de liberación (precisar) al momento que se concluyan al 100% las obras públicas y acciones comprometidas y se demuestre la aplicación correcta de los recursos.
j) Presentar a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de la Función Pública, los informes trimestrales sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos del "PFEE", con base en lo establecido en artículo (precisar) del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal (respectivo), y
k) Resolver cualquier duda que se genere de la interpretación y aplicación de "LAS REGLAS".
Séptimo.- "LA AEFCM", en cumplimiento a este instrumento jurídico se obliga a:
a) Aceptar las disposiciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como en "LAS REGLAS".
b) Garantizar las condiciones organizativas, logísticas y operativas para la coordinación, desarrollo, seguimiento y evaluación del "PFEE" en el Ciudad de México.
c) Entregar el recurso autorizado por "LA SES" a cada escuela normal para la ejecución de sus ProFEN, de acuerdo con los resultados del proceso de evaluación, transfiriéndolo en las cuentas bancarias previstas para tal fin.
d) Administrar y aplicar los recursos autorizados incluidos en el Anexo A de este instrumento jurídico para el desarrollo de los proyectos aprobados en el marco de la EDINEN (respectiva), el ProGEN y los ProFEN y de conformidad con "LAS REGLAS".
e) Supervisar el eficiente ejercicio de los recursos, atendiendo a los lineamientos y procedimientos establecidos en "LAS REGLAS", en el presente instrumento jurídico y en la normativa aplicable en la materia.
f) Cumplir en tiempo y forma con lo estipulado en este instrumento jurídico, y en los Convenios de Desempeño para el desarrollo de la EDINEN (respectiva), así como para el ejercicio y comprobación de los recursos.
g Promover la integración de equipos de trabajo con las competencias requeridas para realizar, de manera sistemática y continua, actividades de planeación, actualización, capacitación, asesoría, seguimiento y evaluación para la implementación de la EDINEN (respectiva), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN.
h) Brindar apoyo y asesoría técnica a las escuelas normales, mediante la implementación de propuestas de formación continua, así como realizar visitas periódicas a fin de proporcionar recomendaciones, reflexionar sobre las dificultades y establecer estrategias que permitan avanzar en el cumplimiento de las metas académicas y programáticas establecidas en la EDINEN (respectiva).
i) Signar convenios de desempeño institucional con las escuelas normales públicas beneficiadas, en los que se estipulen los compromisos que adquieren dichas instituciones para cumplir con las acciones y metas establecidas los proyectos integrales de sus ProFEN y a su contribución al cumplimiento de las correspondientes en los ProGEN y en el marco de la EDINEN (respectiva), así como para el ejercicio y comprobación de los recursos asignados.
j) Informar a los directores de las escuelas normales sobre el recurso autorizado, así como el monto presupuestal programado el cual estará vigente durante un año a partir de la recepción por parte de la Autoridad Educativa Local de los mismos, además de garantizar el adecuado desarrollo de la EDINEN (respectivo), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN en la Ciudad de México para asegurar su cumplimiento.
kl) Establecer mecanismos efectivos que permitan difundir entre la sociedad los objetivos, características y avances en el cumplimiento de metas de la EDINEN (respectivo), así como la información acerca de los beneficios obtenidos con el ejercicio de los recursos asignados.
l) Formular propuestas para mejorar el diseño y la operación del PROGRAMA.
m) Entregar en tiempo y forma a "LA SES" los informes trimestrales, los avances técnicos de las metas y reporte final del ejercicio de los recursos, y, sobre todo, del impacto en la EXCELENCIA EDUCATIVA de los proyectos y acciones apoyadas con recursos del "PFEE".
n) Entregar en tiempo y forma a "LA SES" los informes trimestrales sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, para dar cumplimiento a lo establecido en artículo (precisar) del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal (respectivo); en caso de reportar retrasos en el cumplimiento de las metas previstas o irregularidades en el uso de los recursos económicos, se informará a "LA SES", sobre las medidas correctivas que aplicará y las estrategias de seguimiento que llevará a cabo para evitar futuras demoras o fallas en el ejercicio del presupuesto.
ñ) Entregar a la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación una vez concluido el ejercicio de los recursos, el reporte de cierre, la documentación comprobatoria correspondiente en un plazo no mayor de dos meses.
o Otorgar las facilidades para la realización de los procesos de seguimiento, supervisión y evaluación de la EDINEN (respectiva), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN que lleven a cabo o promuevan "LA SES", la Secretaría de la Función Pública u otra instancia de control y fiscalización federal, con competencia en la materia.
p) Verificar que para cada una de las obras de infraestructura terminadas con el presupuesto del "PFEE", se elabore un acta-entrega, ésta formará parte del expediente de la obra y constituye la prueba documental que certifica su existencia.
q) Asegurar que en cada plantel educativo se dispongan de por lo menos 10 (diez) ejemplares de "LAS REGLAS" a fin de que la comunidad escolar esté en posibilidades de realizar su consulta.
r) Realizar las acciones de promoción para la integración, operación y seguimiento de la Contraloría Social, bajo el esquema validado por la Secretaría de la Función Pública (SFP), de conformidad con las Reglas de Operación del Programa y con los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas Federales de Desarrollo Social vigentes, que permitan verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los Programas de Desarrollo Social, con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los mismos. Realizar las acciones de promoción para la integración, operación y seguimiento de la Contraloría Social, bajo el esquema validado por la Secretaría de la Función Pública (SFP), de conformidad con las Reglas de Operación del Programa y con los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas Federales de Desarrollo Social vigentes, que permitan verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los Programas de Desarrollo Social, con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los mismos.
s) Las demás establecidas en "LAS REGLAS".
Octavo.- La aplicación de los recursos, su comprobación y el logro de las metas compromiso establecidas en el Anexo "A", será responsabilidad de "LA AEFCM", de conformidad con lo establecido en "LAS REGLAS" y en este instrumento jurídico.
Noveno.- "LA SES" y "LA AEFCM" derivado del seguimiento sobre el desarrollo de la EDINEN (respectiva), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN y el uso transparente y eficaz de los recursos que se destinen al mismo, en su caso, podrán cancelar o suspender los apoyos programados cuando se detecte el incumplimiento de los compromisos establecidos en "LAS REGLAS", así como cuando ocurran las siguientes situaciones:
a) No se cumpla con las obligaciones pactadas en este instrumento jurídico y en los convenios de desempeño.
b) Incumplimiento en la entrega oportuna de los informes trimestrales y los avances técnicos de las metas, así como reportes del cierre de ejercicio de recursos.
c) Se detecten desviaciones en la ejecución de los proyectos autorizados y/o en la aplicación de los recursos correspondientes.
d) No ejerzan sus presupuestos de conformidad con las disposiciones aplicables, y
e) No proporcionen la información requerida por las diferentes instancias involucradas, en relación con el desarrollo de la EDINEN (respectiva), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN.
Décimo.- "LA SES" y "LA AEFCM" instrumentarán las estrategias pertinentes para la asesoría, seguimiento y evaluación de los procesos y resultados que permitan verificar los avances en el desarrollo y operación de la EDINEN (respectiva), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN, constatando la correcta aplicación de los recursos, los avances físicos, financieros y técnicos, la calidad de las obras, y de los proyectos, los resultados obtenidos para la integración y consolidación de un sistema de educación normal de buena calidad, así como el mejoramiento de los servicios educativos y de la gestión de las instituciones formadoras de las maestras y los maestros.
Décimo Primero.- "LA SES" y "LA AEFCM" establecerán los mecanismos de coordinación necesarios con los gobiernos estatales y municipales, así como con otras instancias del Gobierno de México, a fin de garantizar que el "PFEE" no se contraponga, afecte o presente duplicidades con otros programas o acciones.
Décimo Segundo.- "LA SES", de conformidad con lo dispuesto por el artículo (precisar) del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal (respectivo) y en "LAS REGLAS"; realizará las distintas acciones de coordinación para llevar a cabo la evaluación externa del "PFEE", de acuerdo con los indicadores establecidos y los niveles de cumplimiento en los objetivos y metas programados; para lo cual, se seleccionará mediante los procedimientos establecidos en la normatividad correspondiente, una institución académica y de investigación u organismo especializado, de carácter nacional, con reconocimiento académico y experiencia en la materia, con el propósito de evaluar la pertinencia, eficacia e impacto del "PFEE" en las Escuelas Normales Públicas, y de conformidad con lo establecido en "LAS REGLAS".
Décimo Tercero.- "LA SES" y "LA AEFCM" darán todas las facilidades para que el "PFEE" pueda ser revisado por la Secretaría de la Función Pública, por el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública y/o por auditores independientes contratados para tal efecto; por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; por la Auditoría Superior de la Federación; y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes, apegándose a los términos y lineamientos definidos en "LAS REGLAS".
Décimo Cuarto.- En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo (precisar) del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal (respectivo) y con el propósito de fomentar la transparencia del "PFEE", "LAS PARTES" se comprometen a incluir claramente, visible y audible en la publicidad que se adquiera para la difusión, en la papelería y documentación oficial, la siguiente leyenda:
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
Quien haga uso indebido de los recursos del "PFEE" deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
Décimo Quinto.- "LA SES" y "LA AEFCM" garantizarán la transparencia del ejercicio de los recursos económicos destinados al "PFEE", instrumentando diversas acciones con el apoyo de sus respectivos medios de difusión páginas electrónicas.- http://www.gob.mx/sep y http://www.dgespe.sep.gob.mx, mismos que permitan dar a conocer la información relativa al "PFEE", en particular sobre los avances y cumplimiento de metas de la EDINEN (respectiva), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN.
Décimo Sexto.- El personal designado para la ejecución de las acciones derivadas del presente instrumento, mantendrá su actual relación laboral y, por lo tanto, continuará bajo la dirección de quien lo haya nombrado, no obstante que las actividades se realicen fuera de las instalaciones de cualquiera de "LOS OTORGANTES".
Décimo Séptimo.- "LA SES" y "LA AEFCM" recibirán las sugerencias, quejas o denuncias a través de las distintas dependencias, órganos, representaciones, medios electrónicos y canales oficiales establecidos en "LAS REGLAS", con el objeto de retroalimentar una eficiente y transparente operación de la EDINEN (respectivo), y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN.
Décimo Octavo.- El incumplimiento por parte de "LA AEFCM" de los plazos señalados en "LAS REGLAS" o el uso indebido del presupuesto, tendrá un impacto desfavorable en las subsecuentes asignaciones de recursos del "PFEE" a las Escuelas Normales Públicas de su competencia.
Décimo Noveno.- Los asuntos que no estén expresamente previstos en este instrumento, así como las dudas que pudieran surgir con motivo de la interpretación y cumplimiento del mismo, se resolverán de común acuerdo y por escrito, conforme a las disposiciones de "LAS REGLAS" y, cualquier otra disposición aplicable.
Vigésimo.- "LOS OTORGANTES" estarán exentos de responsabilidad por los daños y perjuicios que se puedan derivar en caso de incumplimiento total o parcial de los presentes Lineamientos, debido a caso fortuito o fuerza mayor, incluyendo la huelga y el paro de labores académicas o administrativas. En tales supuestos, "LOS OTORGANTES" podrán continuar las acciones materia de los lineamientos, una vez que desaparezcan las circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor.
Vigésimo Primero.- Los presentes lineamientos surtirán sus efectos a partir de la fecha de su firma y estará vigente durante un año a partir de la recepción por parte de "LA AEFCM" de los mismos recursos (respectivos), en el entendido que sólo se refiere recursos públicos federales extraordinarios no regularizables del Ejercicio Fiscal (respectivo), por lo que no compromete recursos de los subsecuentes ejercicios fiscales. Podrá ser modificado de común acuerdo o concluido con antelación, en el marco de "LAS REGLAS" y la normatividad vigente aplicable, previa notificación que por escrito realice cualesquiera de "LOS OTORGANTES" con treinta días de anticipación; en este caso, "LA SES" y "LA AEFCM" tomarán las providencias necesarias a efecto de que las acciones que se hayan iniciado en el marco de estos Lineamientos, se desarrollen hasta su total conclusión.
Enterados "LOS OTORGANTES" del contenido y alcance legal del presente instrumento jurídico, lo firman de conformidad en cuatro tantos, en la Ciudad de México, el día (incluir fecha).
Por.- "LA SEP" (Grado académico, nombre y apellidos) Subsecretario de Educación Superior | Por.- "LA AEFCM" (Grado académico, nombre y apellidos) Titular de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México |
(Grado académico, nombre y apellidos) Director General de Educación Superior para Profesionales de la Educación | |
ÚLTIMA HOJA DE LOS LINEAMIENTOS INTERNOS DE COORDINACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA EXCELENCIA EDUCATIVA QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y LA AUTORIDAD EDUCATIVA FEDERAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
ACUERDO PARA EL TRASPASO DE RECURSOS FINANCIEROS.
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN.
ACUERDO PARA EL TRASPASO DE RECURSOS FINANCIEROS DESTINADOS A LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN, DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA EXCELENCIA EDUCATIVA, EN LO SUCESIVO "PFEE", QUE ESTABLECEN, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR (grado académico, nombre y apellidos), TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS ASISTIDO POR (grado académico, nombre y apellidos), DIRECTOR GENERAL DE PRESUPUESTO Y RECURSOS FINANCIEROS, CON LA PARTICIPACIÓN DEL (grado académico, nombre y apellidos), DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN Y LA AUTORIDAD EDUCATIVA FEDERAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EN LO SUCESIVO "LA AEFCM", REPRESENTADA POR SU TITULAR, (grado académico, nombre y apellidos), DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y ACUERDOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.- Que en los términos del artículo (precisar) de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y del Decreto por el que se crea la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, como un órgano administrativo desconcentrado del Ramo 25 "previsiones y aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos", con autonomía técnica y de gestión, que tiene por objeto prestar los servicios de educación inicial, básica-incluyendo la indígena-, especial, así como la normal y demás para la formación de maestras/os de educación básica en el ámbito de la Ciudad de México..
II.- Que "LA AEFCM" tiene por objeto prestar los servicios de educación inicial, básica -incluyendo la indígena-, especial, así como la normal y demás para la formación de maestros de educación básica en el ámbito de la Ciudad de México.
III.- Que con el propósito de contribuir a mejorar la calidad en los servicios de educación normal, "LA AEFCM" recibe los recursos financieros que le traspasa "LA SEP" para destinarlos a la operación y administración del "PFEE", que se lleva a cabo en el ámbito de su competencia".
IV.- Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece en el artículo 58 , que las adecuaciones presupuestarias se realizarán siempre que permitan un mejor cumplimiento de los objetivos de los programas a cargo de las dependencias y entidades, y comprenderán modificaciones a las estructuras: administrativa, funcional y programática, económica y geográfica; modificaciones a los calendarios de presupuesto, y ampliaciones y reducciones líquidas al Presupuesto de Egresos o a los flujos de efectivo correspondientes.
V.- Que en ese contexto y con la finalidad de que "LA SEP" esté en condiciones de cumplir con sus objetivos, metas y programas institucionales, requiere efectuar el traspaso de recursos financieros del Ramo 11 "Educación Pública" al Ramo General 25 "Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos", para la operación y administración del "PFEE", en el ámbito de competencia de la "LA AEFCM".
DECLARACIONES
I.- De "LA SEP":
I.1.- Que de conformidad con los artículos 2 fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada que tiene a su cargo la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.
I.2.- Que conforme a los artículos 2 fracción I, 14, 20, 26 y 38 ,la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 93 fracción I del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y (precisar) del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, el Titular de la Unidad de Administración y Finanzas cuenta con las facultades para suscribir el presente acuerdo.
I.3.- Que dentro de su presupuesto asignado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal (respectivo), cuenta con la disponibilidad presupuestal para hacer frente a los compromisos que derivan del presente instrumento, con cargo a la clave presupuestal: (incluir clave presupuestal).
I.4.- Que para los efectos del presente acuerdo señala como su domicilio el ubicado en la calle de Brasil número 31, oficina 306, Colonia Centro, C.P. 06029, Alcaldía Cuauhtémoc en la Ciudad de México.
II.- De "LA AEFCM":
II.1.- Que de conformidad con el "Decreto por el que se crea la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México", y en los artículos (precisar) del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicados en el Diario Oficial de la Federación el (día) de (mes) de (año), es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, facultada para ejercer las atribuciones en materia de prestación de los servicios de educación inicial, preescolar, básica incluyendo la indígena- especial, así como la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, en la Ciudad de México, en los términos establecidos en la Ley General de Educación y demás disposiciones aplicables.
II.2.- Que (grado y nombre) como Titular de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, suscribe el presente acuerdo de conformidad con lo dispuesto en el artículo (precisar) de su Decreto de creación, y el punto (precisar) del "Manual General de Organización de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal", publicado en el mismo órgano informativo el (día, mes, año).
II.3.- Que en el Anexo (precisar) del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal (respectivo), se establece el Ramo 25 "Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos" que contiene los montos de las aportaciones para los servicios de educación básica y normal en la Ciudad de México.
II.4.- Que suscribe el presente instrumento con objeto de recibir del presupuesto autorizado a "LA SEP" un traspaso de recursos públicos federales correspondientes al ejercicio fiscal (respectivo), para destinarlos exclusivamente a la operación y administración del "PFEE", en el ámbito de su competencia.
II.5.- Que para los efectos del presente instrumento señala como su domicilio el ubicado en (calle, número exterior, colonia, Alcaldía, código postal, ciudad)
III.- De "LA SEP" y "LA AEFCM":
III.1.- Que resulta necesario traspasar recursos financieros que tiene asignados "LA SEP" en el Ramo 11, al presupuesto de "LA AEFCM", a fin de que ésta se encuentre en posibilidad de destinarlos a la operación y administración del "PFEE", en el ámbito de su competencia.
III.2.- Que en términos del artículo 93 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para que las dependencias lleven a cabo las adecuaciones presupuestarias externas, derivadas de modificaciones a la estructura administrativa, cuando se realicen de un ramo a otro ramo, se requiere de un acuerdo suscrito por el o equivalente que justifique las causas del traspaso de recursos.
Con base en los antecedentes y declaraciones antes señalados "LA SEP" y "LA AEFCM" adoptan los siguientes:
ACUERDOS
PRIMERO.- Para la operación y administración del "PFEE", "LA SEP", por conducto de la Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros, adscrita a la UAF, una vez que cuente con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizará el traspaso de recursos financieros a "LA AEFCM" por la cantidad de (incluir monto con número y letra) del Ramo 11 "Educación Pública" de la clave presupuestaria (incluir clave), al Ramo General 25 "Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos", a (la o) las claves presupuestaria(s) que a continuación se menciona(n):
(Incluir claves y montos)
"LA AEFCM" se obliga a destinar y ejercer los recursos previstos en este acuerdo, exclusivamente para la operación y administración del programa, de conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación del "PFEE" publicadas el (día, mes y año) en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- El traspaso de recursos financieros del Ramo 11 "Educación Pública" al Ramo General 25 "Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos", a que se refiere el acuerdo anterior, será solicitado por "LA SEP" a través del Módulo de Adecuaciones Presupuestarias del Portal Aplicativo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
"LA SEP", en cumplimiento al objeto de este instrumento, realizará el traspaso de los recursos financieros, con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal (respectivo).
TERCERO.- "LA AEFCM", a través de su Titular, se obliga a realizar las acciones necesarias para que los recursos financieros que le traspase "LA SEP", en términos de los acuerdos anteriores, sean destinados exclusivamente a la operación y administración del "PFEE", en el ámbito de su competencia.
"LA AEFCM" será la responsable de la administración y aplicación de los recursos financieros que le transfiera "LA SEP" dentro de un marco de transparencia y rendición de cuentas, en los términos de la normativa aplicable y ante las instancias fiscalizadoras que así lo requieran.
CUARTO.- "LA SEP" y "LA AEFCM" suscriben el presente acuerdo sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones presupuestarias aplicables.
QUINTO.- Las notificaciones, avisos o cualquier comunicación que "LA SEP" y "LA AEFCM" deban enviarse con motivo del presente acuerdo, incluyendo el cambio de domicilio, se realizarán por escrito, mediante correo certificado con acuse de recibo, o por cualquier otro medio que asegure su recepción, en los domicilios siguientes:
"LA SEP": calle de Brasil número 31, oficina 306, Colonia Centro, C.P. 06029, Alcaldía Cuauhtémoc en la Ciudad de México.
"LA AEFCM": (incluir calle, número exterior, colonia, Alcaldía, código postal, ciudad)
SEXTO.- "LA SEP" y "LA AEFCM" resolverán de común acuerdo, cualquier situación de carácter jurídico, operativo, administrativo y contable que se presente, con motivo de la interpretación, ejecución y cumplimiento del presente instrumento.
SÉPTIMO.- El presente acuerdo comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y terminará al momento de concluir el traspaso de recursos financieros, de conformidad con las disposiciones aplicables.
Leído el presente acuerdo y enteradas "LA SEP" y "LA AEFCM" de su contenido y alcance, lo suscriben por sextuplicado en la Ciudad de México, el (día, mes y año).
Por: "LA SEP" | Por: "LA AEFCM" |
(Grado académico, nombre y apellidos) Titular de la Unidad de Administración y Finanzas | (Grado académico, nombre y apellidos) Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México |
(Grado académico, nombre y apellidos) Director General de Presupuesto y Recursos Financieros | |
(Grado académico, nombre y apellidos) Director General de Educación Superior para Profesionales de la Educación . | |
ÚLTIMA HOJA DEL ACUERDO DE TRASPASO DE RECURSOS FINANCIEROS DESTINADOS A LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL "PFEE" PARA EL EJERCICIO FISCAL (respectivo), QUE CELEBRAN "LA SEP" Y "LA AEFCM".
Acta de entrega-recepción de documentos
Anexo 10A DGESU
Ciudad de México a (fecha) de (mes) de (año)
Resumen Institucional |
Oficio de presentación | |
Relación de documentos | |
Entrega del documento PROFEXCE 2020-2021 | |
Soporte electrónico de los Documentos entregados (USB) | |
Número de proyectos DES presentados | |
Número de proyectos de la Gestión Institucional presentados | |
DOCUMENTO PROFEXCE 2020-2021 |
| Si/No |
I.- Descripción del Proceso para la actualización del PROFEXCE 2020-2021. | |
II.- Autoevaluación académica y de la gestión institucional: |
| Análisis de la cobertura con equidad. | |
| Análisis de programas de estudio flexibles e integrales. | |
| Análisis de enseñanza pertinente y en contextos reales. | |
| Análisis del uso de las tecnologías de la información y comunicación. | |
| Análisis de la internacionalización solidaria. | |
| Análisis de la formación integral del estudiante. | |
| Análisis de la vinculación académica y social. | |
| Análisis de la igualdad de género universitaria. | |
| Análisis de la capacidad y competitividad académica: |
| Ø Capacidad académica. | |
| Ø Competitividad académica. | |
| Análisis de la evaluación de la gestión institucional. | |
| Análisis de los problemas estructurales. | |
| Análisis de la capacidad física instalada. | |
| Síntesis de la autoevaluación académica y de gestión institucional. |
| Ø Formato de síntesis de la autoevaluación (fortalezas y problemas). | |
III.- Políticas de la institución para formular el PROFEXCE y los proyectos de la Gestión y de las DES. | |
IV.- Actualización de la planeación en el ámbito institucional: |
| Misión institucional. | |
| Visión institucional al 2030. | |
| Objetivos estratégicos para el periodo 2020-2022 | |
| Políticas que orienten el logro de los objetivos estratégicos y el cumplimiento de los indicadores. | |
| Estrategias y acciones para el cumplimiento de los objetivos estratégicos, alcanzar los indicadores y atender las áreas débiles identificadas en la autoevaluación del PROFEXCE 2020-2021. | |
| Indicadores 2020-2021 (Indicadores de resultado institucional) | |
V.- Valores de los indicadores Institucionales a 2018-2022 (Indicadores básicos): |
| Impreso (indicadores básicos institucionales). | |
| Electrónico (carga en el sistema de los indicadores básicos institucionales). | |
VI. Concentrado de los proyectos de la gestión institucional y de las DES. | |
VII.- Descripción de la consistencia del impacto institucional de los proyectos propuestos para el periodo 2020-2021, con el proceso de planeación académica y de la gestión institucional. | |
VIII. Conclusiones. | |
Documento electrónico PROFEXCE 2020-2021 cargado en el módulo | |
Observaciones del documento PROFEXCE 2020-2021 |
|
Proyectos de la Gestión Institucional
| Proyecto | Recibido | Monto 2020 | Monto 2021 | Monto Total |
| | SI/NO | | | |
| | SI/NO | | | |
Proyectos de Igualdad de Género
(Capacitación)
| Proyecto | Recibido | Monto 2020 | Monto 2021 | Monto Total |
| | SI/NO | | | |
| Si/No |
I. Carpeta original del proyecto. | |
II. Plan de capacitación. | |
III. Soporte electrónico (USB). | |
Observaciones del proyecto |
|
Proyectos de Igualdad de Género
(Transversalización de la temática de Igualdad de Género al interior de la IES)
| Proyecto | Recibido | Monto 2020 | Monto 2021 | Monto Total |
| | SI/NO | | | |
| Si/No |
I. Estudio Diagnóstico Institucional Participativo de Género. | |
II. Documento que defina la Estrategia de Género. | |
III. Soporte electrónico (USB). | |
Observaciones del proyecto |
|
Proyecto nuevo de Estancia Infantil y/o Guardería
| Proyecto | Recibido | Monto 2020 | Monto 2021 | Monto Total |
| | SI/NO | | | |
| Si/No |
II. Análisis de la problemática | |
III. Formato "Anexo 1" de los lineamientos | |
IV. Copia física del plano arquitectónico: Planta, con escala 1:75 o 1:100. | |
V. Archivo electrónico del plano, formato PDF: Planta. | |
VI Copia física del plano arquitectónico: Cortes con escala 1:75 o 1:100. | |
VII. Archivo electrónico del plano, formato PDF: Cortes. | |
VIII. Copia física del plano arquitectónico: Fachadas, con escala 1:75 o 1:100. | |
IX. Archivo electrónico del plano, formato PDF Fachadas. | |
X. Perspectiva o Render en formato libre. | |
XI. Soporte electrónico (USB). | |
Observaciones del proyecto |
|
Proyecto de continuidad de Estancia Infantil y/o Guardería
| Proyecto | Recibido | Monto 2020 | Monto 2021 | Monto Total |
| | SI/NO | | | |
| Si/No |
Documentos Normativos | |
III. Constancia de registro de incorporación al Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. | |
IV. Aviso de funcionamiento y aviso de responsable sanitario. | |
VI Copia legible del documento emitido por la autoridad competente en materia de protección civil que avale el cumplimiento de la normativa en el tema correspondiente. | |
VI. Dictamen estructural vigente | |
VII. Programa interno de Protección Civil | |
VIII. Certificación vigente en el Estándar de Competencia EC0435 o en el Estándar de Competencia EC0024 del responsable de la Estancia. | |
IX. Documentación que acredite que el personal de la Estancia Infantil se encuentra capacitado de acuerdo con la función que desempeñe. | |
X. Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil y Daños a Terceros vigente. | |
XI. Reglamento Interno de la Estancia Infantil actualizado. | |
Planos | Si/No |
XII. Copia física del plano arquitectónico: Planta, con escala 1:75 o 1:100 | |
XIII. Archivo electrónico del plano, formato PDF: Planta | |
XIV. Copia física del plano arquitectónico: Cortes con escala 1:75 o 1:100 | |
XV. Archivo electrónico del plano, formato PDF: Cortes | |
XVI. Copia física del plano arquitectónico: Fachadas, con escala 1:75 o 1:100 | |
XVII. Archivo electrónico del plano, formato PDF Fachadas | |
XVIII. Perspectiva o Render en formato libre | |
III. Soporte electrónico (USB). | |
Observaciones del proyecto |
|
DOCUMENTO DES 1 CENTRO DE CIENCIAS |
| Si/No |
I.- Autoevaluación en el ámbito de la DES: | |
II.- Valores de los indicadores de la DES y de los PE a 2018-2022 (Indicadores básicos): |
| Impreso (indicadores básicos de la DES). | |
| Electrónico (carga en el sistema del archivo de indicadores básicos de la DES y los PE). | |
VI. Formulación del proyecto integral. | |
VIII. Conclusiones. | |
Nombre del proyecto | Carga documento DES | Monto 2020 | Monto 2021 | Monto Total |
| SI/NO | | | |
Observaciones del documento de la DES |
| |
Nombre de la/del Directora/or | Nombre de la persona que entrega |
Directora/or de Fortalecimiento Institucional | Cargo de la persona que entrega |
Última hoja del documento denominado Acta de Entrega-Recepción del documento de planeación estratégica participativa PROFEXCE 2020-2021, mediante el cual, la Universidad Autónoma de XXXXXX, a través de la persona que a nombre de la institución firma y rubrica el presente documento, solicita su participación en el proceso de dictaminación del documento antes citado, para que con base en los requisitos que se establezcan en las Reglas de Operación del programa que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación en los ejercicios fiscales 2020 y 2021, sea susceptible de recibir recursos del programa.
Para IES sin Dependencias de Educación Superior
Acta de Entrega-Recepción PROFEXCE 2020-2021 a la Secretaría de Educación Pública
Ciudad de México a (fecha) de (mes) de (año)
Resumen Institucional |
Oficio de presentación | SI/NO |
Relación de documentos | SI/NO |
Entrega del documento PROFEXCE 2020-2021 | SI/NO |
Soporte electrónico de los Documentos entregados (USB) | SI/NO |
Número de proyectos académico y de la gestión institucional presentados | 4 |
DOCUMENTO PROFEXCE 2020-2021 |
| Si/No |
I.- Descripción del Proceso para la actualización del PROFEXCE 2020-2021. | |
II.- Autoevaluación académica y de la gestión institucional: |
| Análisis de la cobertura con equidad. | |
| Análisis de programas de estudio flexibles e integrales. | |
| Análisis de enseñanza pertinente y en contextos reales. | |
| Análisis del uso de las tecnologías de la información y comunicación. | |
| Análisis de la internacionalización solidaria. | |
| Análisis de la formación integral del estudiante. | |
| Análisis de la vinculación académica y social. | |
| Análisis de la igualdad de género universitaria. | |
| Análisis de la capacidad y competitividad académica: |
| Ø Capacidad académica. | |
| Ø Competitividad académica. | |
| Análisis de la evaluación de la gestión institucional. | |
| Análisis de los problemas estructurales. | |
| Análisis de la capacidad física instalada. | |
| Síntesis de la autoevaluación académica y de gestión institucional. |
| Ø Formato de síntesis de la autoevaluación (fortalezas y problemas). | |
III.- Políticas de la institución para formular el PROFEXCE y los proyectos de la Gestión. | |
IV.- Actualización de la planeación en el ámbito institucional: |
| Misión institucional. | |
| Visión institucional al 2030. | |
| Objetivos estratégicos para el periodo 2020-2022 | |
| Políticas que orienten el logro de los objetivos estratégicos y el cumplimiento de los indicadores. | |
| Estrategias y acciones para el cumplimiento de los objetivos estratégicos, alcanzar los indicadores y atender las áreas débiles identificadas en la autoevaluación del PROFEXCE 2020-2021. | |
| Indicadores 2020-2021 (Indicadores de resultado institucional) | |
V.- Valores de los indicadores Institucionales a 2018-2022 (Indicadores básicos): |
| Impreso (indicadores básicos institucionales). | |
| Electrónico (carga en el sistema de los indicadores básicos institucionales y de los PE). | |
VI. Concentrado de los proyectos académicos de la gestión institucional. | |
VII.- Descripción de la consistencia del impacto institucional de los proyectos propuestos para el periodo 2020-2021, con el proceso de planeación académica y de la gestión institucional. | |
VIII. Conclusiones. | |
Documento electrónico PROFEXCE 2020-2021 cargado en el módulo | |
Observaciones del documento PROFEXCE 2020-2021 |
|
Proyectos académico y de la gestión institucional
| Proyecto | Recibido | Monto 2020 | Monto 2021 | Monto Total |
| | SI/NO | | | |
| | SI/NO | | | |
Proyectos de Igualdad de Género
(Capacitación)
| Proyecto | Recibido | Monto 2020 | Monto 2021 | Monto Total |
| | SI/NO | | | |
| Si/No |
I. Carpeta original del proyecto. | |
II. Plan de capacitación. | |
III. Soporte electrónico (USB). | |
Observaciones del proyecto |
|
Proyectos de Igualdad de Género
(Transversalización de la temática de Igualdad de Género al interior de la IES)
| Proyecto | Recibido | Monto 2020 | Monto 2021 | Monto Total |
| | SI/NO | | | |
| Si/No |
I. Estudio Diagnóstico Institucional Participativo de Género. | |
II. Documento que defina la Estrategia de Género. | |
III. Soporte electrónico (USB). | |
Observaciones del proyecto |
|
Proyecto nuevo de Estancia Infantil y/o Guardería
| Proyecto | Recibido | Monto 2020 | Monto 2021 | Monto Total |
| | SI/NO | | | |
| Si/No |
II. Análisis de la problemática | |
III. Formato "Anexo 1" de los lineamientos | |
IV. Copia física del plano arquitectónico: Planta, con escala 1:75 o 1:100. | |
V. Archivo electrónico del plano, formato PDF: Planta. | |
VI Copia física del plano arquitectónico: Cortes con escala 1:75 o 1:100. | |
VII. Archivo electrónico del plano, formato PDF: Cortes. | |
VIII. Copia física del plano arquitectónico: Fachadas, con escala 1:75 o 1:100. | |
IX. Archivo electrónico del plano, formato PDF Fachadas. | |
X. Perspectiva o Render en formato libre. | |
XI. Soporte electrónico (USB). | |
Observaciones del proyecto |
|
Proyecto de continuidad de Estancia Infantil y/o Guardería
| Proyecto | Recibido | Monto 2020 | Monto 2021 | Monto Total |
| | SI/NO | | | |
| Si/No |
Documentos Normativos | |
III. Constancia de registro de incorporación al Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. | |
IV. Aviso de funcionamiento y aviso de responsable sanitario. | |
VI Copia legible del documento emitido por la autoridad competente en materia de protección civil que avale el cumplimiento de la normativa en el tema correspondiente. | |
VI. Dictamen estructural vigente | |
VII. Programa interno de Protección Civil | |
VIII. Certificación vigente en el Estándar de Competencia EC0435 o en el Estándar de Competencia EC0024 del responsable de la Estancia. | |
IX. Documentación que acredite que el personal de la Estancia Infantil se encuentra capacitado de acuerdo con la función que desempeñe. | |
X. Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil y Daños a Terceros vigente. | |
XI. Reglamento Interno de la Estancia Infantil actualizado. | |
Planos | Si/No |
XII. Copia física del plano arquitectónico: Planta, con escala 1:75 o 1:100 | |
XIII. Archivo electrónico del plano, formato PDF: Planta | |
XIV. Copia física del plano arquitectónico: Cortes con escala 1:75 o 1:100 | |
XV. Archivo electrónico del plano, formato PDF: Cortes | |
XVI. Copia física del plano arquitectónico: Fachadas, con escala 1:75 o 1:100 | |
XVII. Archivo electrónico del plano, formato PDF Fachadas | |
XVIII. Perspectiva o Render en formato libre | |
III. Soporte electrónico (USB). | |
Observaciones del proyecto |
| |
Nombre de la/del Directora/or | Nombre de la persona que entrega |
Directora/or de Fortalecimiento Institucional | Cargo de la persona que entrega |
Última hoja del documento denominado Acta de Entrega-Recepción del documento de planeación estratégica participativa PROFEXCE 2020-2021, mediante el cual, la Universidad Autónoma de XXXXXX, a través de la persona que a nombre de la institución firma y rubrica el presente documento, solicita su participación en el proceso de dictaminación del documento antes citado, para que con base en los requisitos que se establezcan en las Reglas de Operación del programa que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación en los ejercicios fiscales 2020 y 2021, sea susceptible de recibir recursos del programa.
Anexo 10B CGUTyP
Fecha:
Universidad:
Documentos | Sí | No |
Cuadernillo de recomendaciones de organismos (CIEES, COPAES, PNPC y/o CIFRHS) | | |
Carpetas en original entregadas | | |
( CD ) o ( USB ) | | |
Contenido | Sí | No |
I. Introducción. | | |
II. Autoevaluación y actualización de la planeación Académica y de la Gestión Institucional. | | |
| a) Pertinencia de los programas educativos y servicios académicos. | | |
| b) PE de posgrado en las UP. | | |
| c) Innovación educativa. | | |
| d) Cooperación académica nacional e internacionalización. | | |
| e) Impulso a la educación ambiental para el desarrollo sustentable. | | |
| f) Vinculación. | | |
| g) Atención a las recomendaciones de los CIEES. | | |
| h) Atención a las recomendaciones de los organismos reconocidos por el COPAES. | | |
| i) Análisis de la capacidad y competitividad académica. | | |
| ü Análisis de la relación entre capacidad y competitividad académicas. | | |
| ü Análisis de brechas de capacidad y competitividad académicas. | | |
| j) Análisis de la atención y formación integral del estudiante. | | |
| k) Análisis de la evaluación de la gestión. | | |
| l) Análisis de los problemas estructurales. | | |
| m) Análisis de la capacidad física instalada y su grado de utilización. | | |
| n) Análisis de la atención a las recomendaciones de los CIEES a la gestión. | | |
| o) Igualdad de Género. | | |
| p) Rendición de cuentas. | | |
Documento PROFEXCE 2018 - 2019 |
Contenido | SÍ/NO No. hojas | Máximo |
III. Valores de los indicadores institucionales a 2014 al 2019. | | ± 5 |
IV. Formulación de los proyectos de Mejoramiento de la calidad de los programas educativos PE y de los Problemas Transversales (de los PE y de la Gestión), generados por el sistema PROFEXCE. | | Generado por sistema PFCE con código de barras |
V. Concentrado de proyectos de la institución. | | ± 6 |
VI. Conclusiones. | | ±1 |
Documento Análisis del PE
No. | I. Análisis de Fortalezas y Debilidades del PE | II. Valores de los indicadores del PE a 2014 al 2019. | III. Conclusiones. | IV. Copia del (los) cuadernillo(s) de recomendaciones de organismos (CIEES, COPAES, PNPC y/o CIFRHS). |
| | | | |
| | | | |
| | | | |
| | | | |
| | | | |
| | | | |
Revisó |
|
Nombre |
|
Cargo |
|
Firma |
|
Anexo 10C DGESPE
| Subsecretaría de Educación Superior Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación |
Fecha:
Acta de la Entrega Recepción de la Planeación de la EDINEN |
Responsable:
Cargo:
No. de documentos EDINEN | |
No. de documentos ProGEN | |
No. de documentos ProFEN | |
Total de documentos | |
Número de Carpetas | |
Número de CD´s | |
Observaciones:
Proyecto:
Observaciones:
Escuela Normal:
Proyecto:
Observaciones:
_________________________________ Firma de la persona Responsable de la Entidad | ___________________________ Firma de la Persona Titular de la Dirección General |
Formato de oficio de liberación
Anexo 11A DGESU
Dirección General de Educación Superior Universitaria
Asunto.- Liberación académica y financiera de los proyectos apoyados a través del PROFEXCE
Oficio No. __________
Ciudad de México
__ de ______ de ____
NOMBRE DE (/LA) TITULAR DE LAS IES
DESCRIPCIÓN DEL CARGO
NOMBRE DE LA IES
PRESENTE
En alcance a los Oficios No. _ y _ de fechas _ de_ y _ de _ del presente año respectivamente, mediante el cual se notificó a la institución a su digno cargo la conclusión satisfactoria de la comprobación financiera y académica correspondiente al ejercicio fiscal _, comunico a usted que de acuerdo al apartado de Liberación de compromiso del numeral 4.1 Procesos, Tipo Superior, DGESU, de las Reglas de Operación 2019 del programa presupuestario S300 Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, la Secretaría de Educación Pública libera a la (Nombre de la IES) de los compromisos académicos y financieros que adquirió a través del Convenio de Apoyo formalizado en el marco del PFCE, de acuerdo con la documentación que obra en la Dirección de Fortalecimiento Institucional adscrita a esta Dirección General.
No omito mencionar que independientemente de lo anterior, la institución tendrá la obligación de resguardar la documentación probatoria conforme se establece en el inciso q), Cláusula tercera del Convenio de Apoyo, que a la letra dice:
" q) Resguardar de conformidad con las disposiciones legales aplicables, la documentación original justificativa y comprobatoria del ejercicio y aplicación de los recursos financieros materia de este convenio para efectos de rendición de cuentas y transparencia".
Sin otro particular, me reitero a sus apreciables órdenes.
ATENTAMENTE
(NOMBRE DEL/LA TITULAR DE LA DGESU) DIRECTOR(A) GENERAL
Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.
Av. Universidad No. 1200, Piso 5, Sector 27, Col. Xoco, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03330, Ciudad de México Tels. (55) 36 00 25 11, Ext. 65604 http://www.dgesu.ses.sep.gob.mx
Anexo 11B CGUTyP
Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas
Oficio No. ______________
Ciudad de México, a ___________________
RECTOR/A DE LA UNIVERSIDAD _____________
DE _____________
PRESENTE
Comunico a usted que derivado del análisis y revisión de la información programático-financiera referente a la aplicación, comprobación y justificación de los recursos asignados a la institución a su cargo a través del ejercicio en el marco del Programa de Fortalecimiento de la Excelencia Educativa, PROFEXCE XXX ha sido razonable.
En este contexto, me permito informarle que con esta fecha se dan por liberados los compromisos adquiridos en el convenio, anexo de ejecución y demás normatividad aplicable del Programa antes mencionado.
Sin más por el momento, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.
ATENTAMENTE
DIRECTOR/A DE ÁREA
C.c.p.
Anexo 11C DGESPE
ESTRATEGIA PARA EL DESARROLLO INSTITUCIONAL DE LA NUEVA ESCUELA NORMAL
(EDINEN)
MODELO DE OFICIO DE LIBERACIÓN
Oficio No. 00/000/20XX
Ciudad de México. a (fecha)
Secretario de Educación o equivalente (incluir nombre y entidad)
Conforme a lo dispuesto en los numerales (incluir numerales e incisos correspondientes), de las Reglas de Operación del Plan Estatal de Fortalecimiento de la Educación Normal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el (incluir la fecha) y al apartado de "Comprobación", en el documento "Orientaciones Generales que deberán cumplirse en la Ministración, Ejercicio y Comprobación del Gasto asignado a la Operación de la Estrategia para el Desarrollo Institucional de la Nueva Escuela Normal (EDINEN)", y considerando que:
El Gobierno del Estado de _______________a través de sus autoridades Educativas ha recibido y validado los informes trimestrales y final sobre el avance y cumplimiento de objetivos y metas académicas del EDINEN comprometidas en los convenios de desempeño institucional, y comprobado el ejercicio correcto y transparente de los recursos otorgados. Así mismo ha entregado a las Escuelas Normales el Oficio de Liberación respectivo.
La Secretaría de Educación Pública a través de la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación (DGESPE) emite el presente Oficio de Liberación a la entidad habiendo concluido el 100% las obras públicas y acciones comprometidas en el convenio de mérito, así como demostrado la aplicación correcta de los recursos.
No omito señalar que los recursos que la Federación otorgó para este Programa podrán ser revisados por la Secretaría de la Función Pública, por el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública y/o por auditores independientes contratados para tal efecto, en coordinación con los Órganos Estatales de Control; por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; por la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes, por lo que la presente no implica liberación de las responsabilidades que se puedan determinar.
Atentamente
Director/a General de la DGESPE
______________________________
1 La Nueva Escuela Mexicana, texto de la Subsecretaría de Educación Superior.
2 La articulación se refiere a la relación lógica entre los resultados de la autoevaluación y la actualización de la planeación.
Es importante asegurar la articulación entre las fortalezas y los problemas identificados en la autoevaluación, con la visión, las políticas, los objetivos, las estrategias, las acciones, los indicadores de resultados y los proyectos diseñados en la actualización de la planeación.
3 Es importante señalar que los recursos solicitados deben considerar sólo las necesidades prioritarias que impacten en la calidad y permitan el cumplimiento de las Metas Académicas e indicadores que se establezcan en cada año. Las necesidades que no apoya la SEP en el marco del PROFEXCE y las que no puedan ser atendidas por el Programa, de
acuerdo a sus propias Reglas de Operación, deberán cubrirse con recursos del subsidio ordinario, de los otros fondos extraordinarios federales, ingresos propios y otras fuentes.
4 Es importante señalar que los recursos solicitados considerar sólo las necesidades prioritarias que impacten en la calidad y permitan el cumplimiento de las metas académicas e indicadores de resultado de cada año. Las necesidades que no apoya la SEP en el marco del PROFEXCE y las que no puedan ser atendidas por el Programa, de acuerdo a sus propias Reglas de Operación, deberán cubrirse con recursos del subsidio ordinario, de los otros fondos extraordinarios federales, ingresos propios y otras fuentes.
5 Las metas deberán ser académicas y no referirse sólo a la adquisición de equipos o materiales.
6 La descripción de los conceptos de gasto se deberá realizar conforma a los criterios establecidos en el Anexo VIII.
7 Es importante realizar una calendarización para la aplicación de los recursos, con el propósito de hacer una correcta programación de los mismos y se ejerzan de manera oportuna, para con ello poder cumplir con los porcentajes de gasto programados en cada trimestre. Por otra parte, es importante señalar que cuando se autorice el ejercicio del proyecto se aplique en cada uno de los años, y no se adelanten metas y acciones con recursos de otras fuentes y que posteriormente ocasionan solicitudes de transferencias a metas, acciones y rubros del gasto que no están sustentadas en el proyecto original aprobado.
8 La Nueva Escuela Mexicana, texto de la Subsecretaría de Educación Superior.
9 La articulación se refiere a la relación lógica entre los resultados de la autoevaluación y la actualización de la planeación.
Es importante asegurar la articulación entre las fortalezas y los problemas identificados en la autoevaluación, con la visión, las políticas, los objetivos, las estrategias, las acciones, los indicadores de resultados y los proyectos diseñados en la actualización de la planeación.
10 Es importante señalar que los recursos solicitados deben considerar sólo las necesidades prioritarias que impacten en la calidad y permitan el cumplimiento de las Metas Académicas e indicadores que se establezcan en cada año. Las necesidades que no apoya la SEP en el marco del PROFEXCE y las que no puedan ser atendidas por el Programa, de acuerdo a sus propias Reglas de Operación, deberán cubrirse con recursos del subsidio ordinario, de los otros fondos extraordinarios federales, ingresos propios y otras fuentes.
11 Es importante señalar que los recursos solicitados considerar sólo las necesidades prioritarias que impacten en la calidad y permitan el cumplimiento de las metas académicas e indicadores de resultado de cada año. Las necesidades que no apoya la SEP en el marco del PROFEXCE y las que no puedan ser atendidas por el Programa, de acuerdo a sus propias Reglas de Operación, deberán cubrirse con recursos del subsidio ordinario, de los otros fondos extraordinarios federales, ingresos propios y otras fuentes.
12 Las metas deberán ser académicas y no referirse sólo a la adquisición de equipos o materiales.
13 La descripción de los conceptos de gasto se deberá realizar conforma a los criterios establecidos en el Anexo VIII.
14 Es importante realizar una calendarización para la aplicación de los recursos, con el propósito de hacer una correcta programación de los mismos y se ejerzan de manera oportuna, para con ello poder cumplir con los porcentajes de gasto programados en cada trimestre. Por otra parte, es importante señalar que cuando se autorice el ejercicio del proyecto se aplique en cada uno de los años, y no se adelanten metas y acciones con recursos de otras fuentes y que posteriormente ocasionan solicitudes de transferencias a metas, acciones y rubros del gasto que no están sustentadas en el proyecto original aprobado.