Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
-EDICTO-
JOSÉ JAIME GONZÁLEZ CAMPA, EDUARDO HERNÁNDEZ MORALES y JOSÉ JAIME GONZÁLEZ MARTÍNEZ.
En los autos del juicio de amparo 1686/2019-II, promovido por JORGE HUMBERTO CUELLAR PEDROZA, contra el acto que reclama de la Junta Especial Número Ocho de la Local de Conciliacióny Arbitraje de la Ciudad de México y otra autoridad, al ser señalados como terceros interesados y desconocer su domicilio actual, con fundamento en la fracción III, inciso b), del artículo 27 de la Ley de Amparo, así como en el diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia, por disposición expresa de su numeral 2°, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito, por edictos que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República; haciendo de su conocimiento que en la secretaría de este juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo que originó el aludido juicio y escrito aclaratorio, así como que cuentan con un término de treinta días, a partir de la última publicación de estos edictos, para que ocurran a este juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente
Ciudad de México, dieciocho de diciembre de dos mil diecinueve.
Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México.
Lic. Yonathán Mauricio Yáñez Yllán.
Rúbrica.
(R.- 491016)