ACUERDO G/JGA/17/2020 por el que se deja sin efectos el Acuerdo G/JGA/72/2019, así como la adscripción del Magistrado Supernumerario Pedro Martín Ibarra Aguilera, prevista en el diverso G/JGA/20/2018; y, en consecuencia, se aprueba su adscripción a la Segunda Ponencia de la Segunda Sala Regional del Noroeste I con sede en Tijuana, Baja California.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.- Secretaría Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración.
ACUERDO G/JGA/17/2020
SE DEJA SIN EFECTOS EL ACUERDO G/JGA/72/2019, ASÍ COMO LA ADSCRIPCIÓN DEL MAGISTRADO SUPERNUMERARIO PEDRO MARTÍN IBARRA AGUILERA, PREVISTA EN EL DIVERSO G/JGA/20/2018; Y, EN CONSECUENCIA, SE APRUEBA SU ADSCRIPCIÓN A LA SEGUNDA PONENCIA DE LA SEGUNDA SALA REGIONAL DEL NOROESTE I CON SEDE EN TIJUANA, BAJA CALIFORNIA.
CONSIDERANDO
1. Que de conformidad con el artículo 73, fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionado con el artículo 1, segundo y quinto párrafos de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Tribunal es un órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena; y el presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para el Tribunal, se ejercerá con autonomía y conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y las disposiciones legales aplicables, bajo los principios de legalidad, certeza, independencia, honestidad, responsabilidad y transparencia y su administración será eficiente para lograr la eficacia de la justicia administrativa bajo el principio de rendición de cuentas.
2. Que el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial; por lo que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa se encuentra obligado a garantizar a los ciudadanos este derecho humano contenido en la Carta Magna de manera puntual.
3. Que el artículo 21 de la Ley Orgánica de este Órgano Jurisdiccional, establece que la Junta de Gobierno y Administración tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
4. Que en términos del artículo 23, fracciones II, VI, XXIII y XXXIX de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, es facultad de la Junta de Gobierno y Administración, expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal; adscribir a las Salas Regionales Ordinarias, Auxiliares, Especializadas o Mixtas a los Magistrados Regionales; aprobar la suplencia temporal de los Magistrados de Sala Regional, por el Primer Secretario de Acuerdos del Magistrado ausente y; resolver los demás asuntos que señalen las disposiciones aplicables.
5. Que de conformidad con el artículo 46, párrafos primero y tercero inciso a) del Reglamento Interior del Tribunal, la Junta de Gobierno y Administración es el órgano que, en términos de la Ley, tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, entendiéndose por administración la actividad tendiente a la correcta y adecuada planeación, organización, operación y control de las áreas del Tribunal que correspondan a sus competencias.
6. Que el artículo 47, primer párrafo del Reglamento Interior del Tribunal establece que los acuerdos que apruebe y emita la Junta de Gobierno y Administración son instrumentos normativos de carácter obligatorio y de observancia general en el Tribunal.
7. Que el artículo 48 de la citada Ley Orgánica, establece que las faltas definitivas de Magistrados en Salas Regionales, serán cubiertas provisionalmente por los Magistrados Supernumerarios adscritos por la Junta de Gobierno y Administración o a falta de ellos por el primer secretario del Magistrado ausente, hasta en tanto se realice un nuevo nombramiento.
8. Que mediante Acuerdo G/JGA/20/2018 dictado por la Junta de Gobierno y Administración en sesión de 5 de abril de 2018 se adscribió, entre otros, al Magistrado Supernumerario Pedro Martín Ibarra Aguilera a la Segunda Ponencia de la Sala Regional del Golfo-Norte con sede en Ciudad Victoria, Tamaulipas.
9. Que mediante Acuerdo G/JGA/72/2019 dictado en sesión del 11 de diciembre de 2019, se comisionó temporalmente al Magistrado Gerardo Brizuela Gaytán a la Segunda Ponencia de la Segunda Sala Regional del Noroeste I, con sede en Tijuana, Baja California.
10. Que mediante Acuerdo G/JGA/7/2010 dictado por la Junta de Gobierno y Administración en sesión de 23 de febrero de 2010, se adscribió al Magistrado Martín Donís Vázquez a la Segunda Ponencia de la Primera Sala Regional del Noroeste I, con sede en Tijuana, Baja California.
11. Que en sesión de 20 de febrero de 2020, la Junta de Gobierno y Administración tomó conocimiento del oficio número 6343/2020 mediante el cual, el Juez Decimoprimero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México notificó el Acuerdo de 17 de febrero de 2020, dictado dentro de los autos del Incidente de Suspensión derivado del Juicio de Amparo 192/2020, por el que informó que se concedió la suspensión provisional al C. Martín Donís Vázquez.
12. Que en sesión de la presente fecha, la Junta de Gobierno y Administración tomó conocimiento del oficio número 7683/2020, notificado a este Tribunal el 25 de febrero del 2020, mediante el cual se comunicó que el Juez Decimoprimero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México emitió un Acuerdo de 24 de febrero de 2020, dictado dentro de los autos del Incidente de Suspensión derivado del Juicio de Amparo 192/2020, en el que informa que se negó la suspensión definitiva al C. Martín Donís Vázquez; y, en consecuencia, este Órgano Colegiado determinó de conformidad con la fracción XXIII del artículo 23 y segundo párrafo del artículo 48 de la Ley Orgánica de este Tribunal, aprobar que la Licenciada Karina Michel Ruiz Macfarland, Primera Secretaria de Acuerdos en la Segunda Ponencia de la Primera Sala Regional del Noroeste I, supla la falta de Magistrado en dicha Sala, con efectos a partir del 27 de febrero de 2020 y hasta que la Junta de Gobierno y Administración emita Acuerdo en contrario; pues cuenta con los requisitos establecidos en el artículo 50 de la Ley Orgánica de este Tribunal, adquiriendo las funciones jurisdiccionales de un Magistrado de Sala Regional, al actuar por ministerio de ley.
13. Por otro lado, dadas las necesidades del servicio y para el buen funcionamiento Primera Sala Regional del Noroeste I, de conformidad con el artículo 48 de la Ley Orgánica de este Tribunal, este Órgano Colegiado en sesión de la presente fecha determinó dejar sin efectos el Acuerdo G/JGA/72/2019, por el que se comisionó al Magistrado Gerardo Brizuela Gaytán a la Segunda Ponencia de la Segunda Sala Regional del Noroeste I, a fin de que a partir del 27 de febrero de 2020, continúe con su adscripción en la Primera Ponencia de la Primera Sala Regional del Noroeste I, prevista en el Acuerdo G/JGA/30/2018.
14. Ahora bien, en atención a lo expuesto y a los conocimientos, experiencia y probidad mostrados por el Magistrado Supernumerario Pedro Martín Ibarra Aguilera, por la trayectoria del servidor público en cuestión, en el ejercicio de impartición de justicia, y dada su experiencia en el quehacer jurídico, por sus características y cualidades como profesional del derecho y juzgador, esta Junta de Gobierno y Administración estima necesario, para el mejor funcionamiento del Tribunal, dejar sin efectos su adscripción, establecida en el Acuerdo G/JGA/20/2018 y adscribirlo a la Segunda Ponencia de la Segunda Sala Regional del Noroeste I.
15. En ese sentido, atento a la determinación alcanzada por la Junta de Gobierno y Administración, en el Considerando anterior, y al estar ante el supuesto de falta de Magistrado en la Segunda Ponencia de la Sala Regional del Golfo-Norte, la misma deberá ser cubierta provisionalmente por los Magistrados Supernumerarios o a falta por el Primer Secretario de Acuerdos del Magistrado ausente.
16. Que a la fecha del presente Acuerdo los diez Magistrados Supernumerarios con los que cuenta actualmente este Órgano Jurisdiccional se encuentran, de conformidad con lo dispuesto en la fracción I del artículo 31 del Reglamento Interior de este Órgano Jurisdiccional, cubriendo las faltas definitivas de Magistrados de Sala Regional que se han generado en este Tribunal.
17. Por lo antes expuesto, para el buen funcionamiento de la Segunda Ponencia de la Sala Regional del Golfo-Norte, la Junta de Gobierno y Administración, de conformidad con la fracción XXIII del artículo 23 y segundo párrafo del artículo 48 de la Ley Orgánica de este Tribunal, considera necesario aprobar que el Licenciado Manuel Barrientos Martínez, Primer Secretario de Acuerdos, supla la falta de Magistrado en la Ponencia de su adscripción con efectos a partir del 27 de febrero de 2020; pues cuenta con los requisitos establecidos en el artículo 50 de la Ley Orgánica de este Tribunal; adquiriendo las funciones jurisdiccionales de un Magistrado de Sala Regional, al actuar por ministerio de ley.
18. En ese contexto, tomando en consideración la situación actual por la que atraviesa este Órgano Colegiado, ante el número considerable de vacantes de Magistraturas pendientes de designación por parte del Ejecutivo Federal, mismas que superan el número de Magistrados Supernumerarios, para este Órgano Colegiado, resulta imperativo, apremiante y necesario, para el debido funcionamiento de las actividades jurisdiccionales de las Salas Regionales de este Tribunal, a fin garantizar el derecho humano de acceso a la impartición de justicia, de manera eficaz, pronta y expedita, tutelado en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; designar al referido primer secretario de acuerdos de la Ponencia de su adscripción, para que actúe en funciones de Magistrado por Ministerio de Ley, en suplencia del Magistrado ausente.
Por lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 y 73 fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 párrafos segundo y quinto, 21 y 23, fracciones II, VI, XXIII y XXXIX, y 48 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los diversos 46 y 47 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en relación con el Transitorio Quinto del Decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; la Junta de Gobierno y Administración emite el siguiente:
ACUERDO:
Primero. Con fecha 27 de febrero del 2020 se dejan sin efectos los Acuerdos G/JGA/72/2019, relativo a la comisión del Magistrado Gerardo Brizuela Gaytán en la Segunda Ponencia de la Segunda Sala Regional del Noroeste I, así como el G/JGA/20/2018, por cuanto hace a la adscripción del Magistrado Supernumerario Pedro Martín Ibarra Aguilera en la Segunda Ponencia de la Sala Regional del Golfo-Norte.
Segundo. En atención a lo anterior, el Magistrado Gerardo Brizuela Gaytán ejercerá las funciones que su cargo le confiere de conformidad con el acuerdo G/JGA/30/2018 en la Primera Ponencia de la Primera Sala Regional del Noroeste I, con efectos a partir del 27 de febrero de 2020 y hasta en tanto la Junta de Gobierno y Administración emita Acuerdo en contrario.
Tercero. Se adscribe al Magistrado Supernumerario Pedro Martín Ibarra Aguilera a la Segunda Ponencia de la Segunda Sala Regional del Noroeste I, con efectos a partir del 27 de febrero de 2020 y hasta en tanto la Junta de Gobierno y Administración emita Acuerdo en contrario.
Cuarto. Se aprueba que el Licenciado Manuel Barrientos Martínez, Primer Secretario de Acuerdos adscrito a la Segunda Ponencia de la Sala Regional del Golfo-Norte, supla la falta de Magistrado en la Ponencia de la referida Sala, con efectos a partir del 27 de febrero de 2020 y hasta que la Junta de Gobierno y Administración emita Acuerdo en contrario.
Quinto. Se aprueba que la Licenciada Karina Michel Ruíz Macfarland, Primera Secretaria de Acuerdos adscrita a la Segunda Ponencia de la Primera Sala Regional Noroeste I, supla la falta de Magistrado, a partir del 27 de febrero de 2020 y hasta que la Junta de Gobierno y Administración emita Acuerdo en contrario.
Sexto. El Magistrado Gerardo Brizuela Gaytán, el Magistrado Supernumerario Pedro Martín Ibarra Aguilera y los Licenciados Manuel Barrientos Martínez y Karina Michel Ruiz Macfarland, deberán hacer del conocimiento de las partes el presente Acuerdo en el primer proveído que dicten en cada uno de los asuntos de su competencia y deberán de colocar una copia del mismo en la ventanilla de Oficialía de Partes y en lugares visibles al público en general dentro de la Sala de la referida comisión y de su adscripción, respectivamente.
Séptimo. Notifíquese el presente Acuerdo al Magistrado Gerardo Brizuela Gaytán, al Magistrado Supernumerario Pedro Martín Ibarra Aguilera y a los Licenciados Manuel Barrientos Martínez y Karina Michel Ruiz Macfarland.
Octavo. Consecuentemente el Magistrado Gerardo Brizuela Gaytán y el Magistrado Supernumerario Pedro Martín Ibarra Aguilera, deberán entregar las Ponencias de su actual adscripción de conformidad con lo señalado en el artículo 105 del Reglamento Interior de este Tribunal.
Noveno Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en la página web Institucional.
Dictado en sesión extraordinaria de fecha 26 de febrero de 2020, por unanimidad de votos de los Magistrados Rafael Estrada Sámano, Juan Carlos Roa Jacobo, Luz María Anaya Domínguez, Juan Ángel Chávez Ramírez y Rafael Anzures Uribe.- Firman el Magistrado Rafael Anzures Uribe, Presidente de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, la Licenciada Carolina Fayad Contreras, Directora de Seguimiento de la Secretaría Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración, y el Licenciado Tomás Enrique Sánchez Silva, Secretario General de Acuerdos, quien da fe; en suplencia por ausencia del Secretario Auxiliar del citado Órgano Colegiado; con fundamento en los artículos 54, fracciones I, y XVI; 56, fracciones VIII, y IX; 61, fracciones II y III, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los artículos 16, fracción VI; 102, fracción IX, y 103, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, aplicable de conformidad con el Transitorio Quinto del Decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Rúbricas.
(R.- 493133)