ACUERDO G/JGA/20/2020 por el que se da a conocer la suplencia de Magistrado en la Tercera Ponencia de la Décimo Cuarta Sala Regional Metropolitana con sede en la Ciudad de México.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.- Secretaría Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración.

ACUERDO G/JGA/20/2020
SUPLENCIA DE MAGISTRADO EN LA TERCERA PONENCIA DE LA DÉCIMO CUARTA SALA REGIONAL METROPOLITANA CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
CONSIDERANDO:
1. Que de conformidad con el artículo 73, fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionado con el artículo 1, segundo y quinto párrafos de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Tribunal es un órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena; y el presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para el Tribunal, se ejercerá con autonomía y conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y las disposiciones legales aplicables, bajo los principios de legalidad, certeza, independencia, honestidad, responsabilidad y transparencia y su administración será eficiente para lograr la eficacia de la justicia administrativa bajo el principio de rendición de cuentas.
2. Que el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial; por lo que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa se encuentra obligado a garantizar a los ciudadanos este derecho humano contenido en la Carta Magna de manera puntual.
3. Que el artículo 21 de la Ley Orgánica de este Órgano Jurisdiccional, establece que la Junta de Gobierno y Administración tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
4. Que en términos del artículo 23, fracciones II y XXIII de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, es facultad de la Junta de Gobierno y Administración expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal, así como aprobar la suplencia temporal de los Magistrados de Sala Regional, por el Primer Secretario de Acuerdos del Magistrado ausente.
5. Que de conformidad con el artículo 46, párrafos primero y tercero inciso a) del Reglamento Interior del Tribunal, la Junta de Gobierno y Administración es el órgano que, en términos de la Ley, tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, entendiéndose por administración la actividad tendiente a la correcta y adecuada planeación, organización, operación y control de las áreas del Tribunal que correspondan a sus competencias.
6. Que el artículo 47, primer párrafo del Reglamento Interior del Tribunal establece que los acuerdos que apruebe y emita la Junta de Gobierno y Administración son instrumentos normativos de carácter obligatorio y de observancia general en el Tribunal.
7. Que el artículo 48, segundo párrafo de la citada Ley Orgánica, establece, entre otros supuestos, que las faltas definitivas de Magistrados en Salas Regionales, serán cubiertas provisionalmente por los Magistrados Supernumerarios adscritos por la Junta de Gobierno y Administración o a falta de ellos por el Primer Secretario del Magistrado ausente, hasta en tanto se realice un nuevo nombramiento.
8. Que mediante Acuerdo G/JGA/32/2015 dictado por la Junta de Gobierno y Administración en sesión de 30 de abril de 2015, se adscribió al Magistrado Roberto Bravo Pérez a la Tercera Ponencia de la Décimo Cuarta Sala Regional Metropolitana con sede en la Ciudad de México.
9. Que el nombramiento otorgado por el Presidente de la República al entonces Magistrado Roberto Bravo Pérez, y que fue ratificado por el Senado de la República, concluyó sus efectos el 24 de febrero de 2020.
10. Que en sesión de 20 de febrero de 2020, la Junta de Gobierno y Administración tomó conocimiento del oficio número 6343/2020 mediante el cual, el Juez Decimoprimero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México notificó el Acuerdo de 17 de febrero de 2020, dictado dentro de los autos del Incidente de Suspensión derivado del Juicio de Amparo 192/2020, por el que informó que se concedió la suspensión provisional al C. Roberto Bravo Pérez.
11. Que en sesión de la presente fecha, la Junta de Gobierno y Administración tomó conocimiento del oficio número 7683/2020, notificado a este Tribunal el 25 de febrero de 2020, mediante el cual se comunicó que el Juez Decimoprimero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México emitió un Acuerdo de 24 de febrero de 2020, dentro de los autos del Incidente de Suspensión derivado del Juicio de Amparo 192/2020, en el que se negó la suspensión definitiva al C. Roberto Bravo Pérez.
12. Por lo anterior, al estar ante el supuesto de falta de Magistrado, en la Tercera Ponencia de la Décimo Cuarta Sala Regional Metropolitana, la misma deberá ser cubierta provisionalmente por los Magistrados Supernumerarios adscritos por la Junta de Gobierno y Administración o a falta de ellos por el Primer Secretario del Magistrado ausente.
13. Que a la fecha del presente Acuerdo los diez Magistrados Supernumerarios con los que cuenta actualmente este Órgano Jurisdiccional se encuentran, de conformidad con lo dispuesto en la fracción I del artículo 31 del Reglamento Interior de este Órgano Jurisdiccional, cubriendo las faltas definitivas de Magistrados de Sala Regional que se han generado en este Tribunal.
14. En ese sentido, dadas las necesidades del servicio y para el buen funcionamiento de la Tercera Ponencia de la Décimo Cuarta Sala Regional Metropolitana, la Junta de Gobierno y Administración, de conformidad con la fracción XXIII del artículo 23 y tercer párrafo del artículo 48 de la Ley Orgánica de este Tribunal, considera necesario aprobar que la Licenciada Lourdes Cervantes Santillán, Primera Secretaria de Acuerdos supla la falta de Magistrado en la Ponencia de su adscripción, a partir de esta fecha, pues cuenta con los requisitos establecidos en el artículo 50 de la Ley Orgánica de este Tribunal.
15. En consecuencia, la Licenciada Lourdes Cervantes Santillán, Primera Secretaria de Acuerdos adscrita a la Tercera Ponencia de la Décimo Cuarta Sala Regional Metropolitana, al adquirir las facultades inherentes en su carácter de suplente de magistrado titular, ejercerá las funciones jurisdiccionales de una Magistrada de Sala Regional, al actuar por ministerio de ley.
Consecuentemente, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 y 73 fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, párrafos segundo y quinto, 21, 23, fracciones II y XXIII, y 48 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los diversos 46 y 47 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en relación con el Transitorio Quinto del Decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; la Junta de Gobierno y Administración emite el siguiente:
ACUERDO:
Primero. Se aprueba que la Licenciada Lourdes Cervantes Santillán, Primera Secretaria de Acuerdos adscrita a la Tercera Ponencia de la Décimo Cuarta Sala Regional Metropolitana, supla la falta de Magistrado en la Ponencia y Sala de su adscripción, a partir de esta fecha y hasta en tanto la Junta de Gobierno y Administración emita acuerdo en contrario.
Segundo. La Licenciada Lourdes Cervantes Santillán, deberá hacer del conocimiento de las partes el presente Acuerdo en el primer proveído que dicte en cada uno de los asuntos de su competencia y deberá colocar una copia del mismo en la ventanilla de Oficialía de Partes y en lugares visibles al público en general dentro de la Sala de su adscripción.
Tercero. Notifíquese el presente Acuerdo a la Licenciada Lourdes Cervantes Santillán.
Cuarto. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en la página web Institucional.
Dictado en sesión extraordinaria de fecha 26 de febrero de 2020, por unanimidad de votos de los Magistrados Rafael Estrada Sámano, Juan Carlos Roa Jacobo, Luz María Anaya Domínguez, Juan Ángel Chávez Ramírez y Rafael Anzures Uribe.- Firman el Magistrado Rafael Anzures Uribe, Presidente de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, la Licenciada Carolina Fayad Contreras, Directora de Seguimiento de la Secretaría Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración, y el Licenciado Tomás Enrique Sánchez Silva, Secretario General de Acuerdos, quien da fe; en suplencia por ausencia del Secretario Auxiliar del citado Órgano Colegiado; con fundamento en los artículos 54, fracciones I, y XVI; 56, fracciones VIII, y IX; 61, fracciones II y III, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los artículos 16, fracción VI; 102, fracción IX, y 103, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, aplicable de conformidad con el Transitorio Quinto del Decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Rúbricas.
(R.- 493143)