ACUERDO por el que se reanudan actividades en los lugares de trabajo y los términos y plazos legales establecidos en las diversas leyes de los trámites y procedimientos competencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Nacional de los Derechos Humanos.- México.

ACUERDO POR EL QUE SE REANUDAN ACTIVIDADES EN LOS LUGARES DE TRABAJO Y LOS TÉRMINOS Y PLAZOS LEGALES ESTABLECIDOS EN LAS DIVERSAS LEYES DE LOS TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS COMPETENCIA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.
MARÍA DEL ROSARIO PIEDRA IBARRA, Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 102, apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5, 15, fracciones II y III de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; 17, fracción I, 18 y demás relativos aplicables del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; y,
CONSIDERANDO
Que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos es un Organismo que cuenta con autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios, con base en lo dispuesto en el artículo 102, apartado "B" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que éste establece sus propias disposiciones y lineamientos normativos para cumplir con las funciones que le han sido encomendadas;
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS), de la que México es parte, declaró como Pandemia el pasado 11 de marzo, el brote de Virus denominado "COVID-19", por lo que estableció una serie de recomendaciones.
Que la OMS ha señalado que, la pandemia de COVID-19 representa una emergencia sanitaria y social a nivel mundial que requirió una acción efectiva e inmediata de los gobiernos, las personas y las empresas. Derivado de las acciones emprendidas se minimizó la probabilidad de transmisión y el impacto en la sociedad.
Que el 23 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO por el que el Consejo de Salubridad General reconoció la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 COVID-19 en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, y se establecieron las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia;
Que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, desde el inicio del brote del Virus "COVID-19" ha implementado una serie de acciones y dictado medidas al interior de sus instalaciones, para procurar la seguridad de la salud, evitar el contagio y la transmisión del referido Virus, siguiendo los protocolos y medidas preventivas dictadas por la Secretaría de Salud del gobierno federal;
Que frente a la situación derivada del incremento del número de casos de personas afectadas por el virus COVID-19 y en atención a los llamados de diversas autoridades nacionales como organismos internacionales para priorizar las medidas enfocadas a detener, contener, controlar, retrasar y reducir el impacto de este virus, así como de sus posibles consecuencias, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, entre otras medidas adoptadas, aprobó las encaminadas a la protección y defensa de las víctimas de violaciones a los derechos humanos en estas circunstancias.
Que el 31 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se suspendieron los términos en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a partir del 26 de marzo de 2020, como medida preventiva para hacer frente al coronavirus (COVID-19).
Que derivado de la contingencia sanitaria por el virus del COVID-19 en México, se consideró la presentación de un número importante de quejas generadas por dicho estado de excepción, que exigían atención prioritaria;
Con fecha tres de abril de 2020, se establecieron las reglas generales para el funcionamiento de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, durante la contingencia sanitaria por la presencia del virus COVID-19 en México; privilegiando el trabajo en casa, para prevenir y reducir las posibilidades de riesgos de contagio dentro de los lugares de trabajo.
Que con la misma fecha se publicaron las reglas generales para la atención de las quejas que se presenten en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por los hechos acaecidos con motivo de la contingencia sanitaria por la presencia del virus COVID-19 en México.
Por lo anterior, tomando en consideración todas las medidas sanitarias emitidas por las autoridades de salud de carácter federal y local, en uso de las atribuciones establecidas en la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y su Reglamento Interno, la Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, ha tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se reanudan los términos y plazos legales establecidos en las diversas leyes de los trámites y procedimientos competencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos al día siguiente de la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, para que todos los trámites y atenciones al público se reactiven de manera gradual en los centros de trabajo hasta en tanto, existan las condiciones sanitarias que permitan el regreso total del personal en las diversas actividades.
SEGUNDO. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en la página de Internet de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para su difusión y cumplimiento.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo deja sin efectos al similar de fecha 26 de marzo de 2020, las reglas generales para el funcionamiento de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en las que se privilegiaron el trabajo en casa y las reglas generales para la atención de las quejas que se presentaran en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por los hechos acaecidos con motivo de la contingencia sanitaria por la presencia del virus COVID-19 en México.
SEGUNDO. El Plan de Reapertura Gradual a las Actividades de las diferentes Áreas de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como sus Lineamientos, se encuentran publicados en la página institucional de la CNDH en el siguiente enlace: https://www.cndh.org.mx/.
TERCERO. El presente Acuerdo surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Así lo acordó y firma en la Ciudad de México, a los 3 días del mes de julio de dos mil veinte.- La Presidenta de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Ma. del Rosario Piedra Ibarra.- Rúbrica.
(R.- 496371)