Administración Portuaria Integral de Altamira, S.A. de C.V.
CONVOCATORIA PÚBLICA API/ALTAMIRA/01/20
 
Administración Portuaria Integral de Altamira, S.A. de C.V. (API), con base en el Programa Maestro de Desarrollo Portuario del puerto de Altamira 2015-2020 (PMDP); con fundamento en los artículos; 1, 10 fracción I, 20, 27, 51, 53, 56, 59 y demás aplicables de la Ley de Puertos; 1° y 33 de su Reglamento; en el título de concesión que le otorgó la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para la administración portuaria integral del recinto portuario del Puerto de Altamira, Tamaulipas; en las resoluciones aprobadas por su Consejo de Administración y demás disposiciones aplicables:
 
CONVOCA
 
A todas las personas físicas o morales, de nacionalidad mexicana o extranjera que cuenten con un capital contable o patrimonio mínimos, según se trate de $200´000,000.00 (Doscientos millones de pesos 00/100 M.N.), interesadas en participar en el Concurso Público API/ALTAMIRA/INSTALACION/01/20 (CONCURSO), cuyo objeto consiste en la adjudicación de un contrato de cesión parcial de derechos, derivados del Título de Concesión, con una vigencia de 20 (veinte) años y la posibilidad de que se prorrogue hasta por otro periodo igual, siempre y cuando proceda en términos de los artículos 51, fracción IV, de la Ley de Puertos y 32, fracción II de su Reglamento, para:
i)     El uso, aprovechamiento y explotación de una superficie terrestre total de 20,000.00 m2, para la modernización, equipamiento y operación de una instalación industrial de uso público, especializada en el manejo, almacenamiento y actividades de valor agregado al granel mineral, metales no ferrosos, ferroaleaciones, materias primas e insumos a granel y en sacos, relacionados con los productos anteriores, y demás mercancías que sea técnicamente viable manejar en la instalación (CARGA); y
ii)     La prestación de los servicios portuarios a que a se refiere el artículo 44, fracción III, de la Ley de Puertos; así como los servicios de custodia, mezclado, ensacado, empacado, empaquetado, paletizado, muestreo, análisis, y otras actividades de valor agregado a la CARGA, dentro de la instalación; así como de los servicios relacionados con el manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, en términos de la normatividad aplicable.
1. Contraprestación. El cesionario pagará a la API una contraprestación, en moneda nacional, más los impuestos correspondientes, conforme se detalla en las Bases, la cual se integrará por: i) una cuota inicial, que deberá cubrirse en dos exhibiciones; ii) una cuota fija, por cada metro cuadrado del área cedida; y iii) una cuota variable, por cada tonelada de CARGA que ingrese a la instalación, por mensualidad vencida de operación. El monto de la cuota fija y de la cuota variable se actualizarán conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor, o el índice que lo sustituya, y su monto se detallará en el Prospecto Descriptivo.
2. Horarios establecidos en esta convocatoria y en los documentos del CONCURSO: Corresponden al "Tiempo del Centro" indicado en el Centro Nacional de Metrología.
3. Sitio, fechas, horarios y requisitos para la adquisición de las Bases del CONCURSO: Las Bases estarán disponibles en el domicilio de API, ubicado en: Av. Calle Río Tamesí Km. 0 800, colonia Puerto Industrial. Altamira, Tamaulipas, código postal 89608; a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria, y hasta el 16 de julio de 2020, de lunes a viernes, en días hábiles y en un horario de 9:30 a las 14:30 horas. Para la venta de Bases será necesario, que los interesados presenten escrito firmado dirigido al Director General de API, en el que manifiesten: nombre de la persona o personas autorizadas, si actúan en nombre propio o por representante legal; datos generales; las razones por las cuales se interesan en participar en el CONCURSO, e indicarán, en la misma que no sirven a intereses de terceros. Los interesados de nacionalidad extranjera deberán designar un domicilio y representante legal en la República Mexicana.
4. Costo y forma de pago de las Bases del CONCURSO: Las Bases tendrán un costo de $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) más el Impuesto al Valor Agregado, y podrán pagarse mediante cheque certificado o de caja expedido por una institución bancaria debidamente autorizada; depósito a la cuenta 0185820057; o transferencia electrónica interbancaria CLABE 012813001858200579, en Banco BBVA Bancomer, sucursal número 0831, en Tampico, Tamaulipas, a nombre de la Administración Portuaria Integral de Altamira, S.A. de C.V. El pago que se efectúe, en ningún caso será reembolsable. Cubiertos los requisitos
de la entrega del escrito de interés indicado en el numeral anterior, y de la constancia de pago de las Bases, cada interesado recibirá de la API la clave de acceso al Sitio de Información que contiene, de manera electrónica, las Bases y sus anexos.
5. Presentación de proposiciones y apertura de propuestas técnicas. Estos actos se efectuarán en el domicilio de la API, el 20 de noviembre de 2020.
6. Acto de lectura pública del resultado de la evaluación de las propuestas técnicas y apertura de las propuestas económicas. Estos actos se llevarán al cabo en el domicilio de la API, el 26 de noviembre de 2020. Únicamente se abrirán las propuestas económicas de los participantes cuyas propuestas técnicas hayan resultado aceptadas por la API, conforme a los criterios de evaluación indicados en las Bases del CONCURSO.
7. Criterios para la emisión del fallo. Conforme se establezca en las Bases, la API elaborará un dictamen previo y una vez cubiertos los requisitos técnicos, declarará ganador del CONCURSO, a aquel participante cuya propuesta económica ofrezca a la API el monto más elevado de la cuota inicial de la contraprestación, siempre que resulte superior al valor de referencia. En caso de empate en el monto de la cuota inicial, el ganador del CONCURSO será aquel participante cuya propuesta económica ofrezca la inversión más alta en obras y equipamiento para ejercer previamente a la entrada en operación de la instalación.
8. Fallo. La API emitirá el fallo que se dará a conocer el 1 de diciembre de 2020, en el domicilio de la API.
9. Consideraciones generales.
a)    Para todos los asuntos inherentes al CONCURSO, a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria y durante el desarrollo de éste, los interesados y participantes, deberán dirigirse a la atención del Director General de API y serán atendidos por el Lic. Luis Armando Aguilar Cano, de la Gerencia de Planeación y Desarrollo de API, al teléfono 833-260-60-60, al correo electrónico: laguilar@puertoaltamira.com.mx
b)    A la fecha, el área es utilizada mediante un contrato de almacenaje celebrado con API. Cuando se firme el contrato de cesión parcial de derechos objeto del CONCURSO, API informará a la persona moral de la cancelación del contrato de almacenaje que firmó con API, a efecto de que ya no se utilice el área.
c)    Si el ganador del CONCURSO es persona física o moral extranjera, persona física mexicana, o grupo de personas que participó como un solo licitante, deberá constituir una sociedad mercantil mexicana para cederle los derechos y obligaciones que le deriven como ganador del CONCURSO, o cederlos a una sociedad mercantil mexicana ya constituida para los mismos efectos. En cualquier caso, la sociedad que firme el contrato deberá contar con una estructura de capital, de administración y de operaciones, conforme a la información y documentación entregada con el Pliego de Requisitos del CONCURSO y la estructura de capital y los porcentajes de participación accionarios que le fueron aprobados por la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE).
d)    Al término de la vigencia del contrato de cesión parcial de derechos, el cesionario devolverá a la API el área e instalaciones de forma permanente, en buen estado, libres de todo gravamen y sin costo alguno para la misma.
e)    La API podrá aclarar o modificar los términos y condiciones establecidos en la presente convocatoria, Bases y demás documentos del CONCURSO hasta con ocho días naturales de anticipación a la fecha del acto de presentación de proposiciones, mediante escrito dirigido a cada uno de los participantes, el cual será notificado por correo electrónico y acusando de éstos de recibo.
f)     Los participantes en el CONCURSO están sujetos a las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Competencia Económica, en particular, las fracciones IV y V del artículo 53 de dicha Ley que prohíben todo contrato, convenio, arreglo o combinación entre dos o más competidores cuyo objeto o efecto sea establecer, concertar o coordinar posturas o la abstención en las licitaciones, concursos, subastas o almonedas públicas, así como el intercambio de información para el objeto o efecto de cualquiera de las conductas que establece el artículo citado.
g)    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley Federal de Competencia Económica y el artículo 112 de sus disposiciones regulatorias, los Participantes deberán solicitar y obtener la opinión
favorable de su participación en el CONCURSO, de la Comisión Federal de Competencia Económica, como se indica en las Bases.
 
Atentamente
Altamira, Tamaulipas, a 10 de julio de 2020.
Administración Portuaria Integral de Altamira, S.A. de C.V.
Director General
Lic. Juan Manuel Latapí Díaz
Rúbrica.
(R.- 496366)