Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Responsabilidades
Procedimiento: DGR/C/06/2020/R/15/098
Oficio: DGR-C-3084/2020
 
Por acuerdo de fecha 26 de junio de 2020, emitido en el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias citado al rubro, se ordenó la notificación por edictos del oficio que se cita en relación con la conducta presuntamente irregular que se le atribuye:
En el procedimiento resarcitorio DGR/C/06/2020/R/15/098, al presunto responsable (en adelante PR) Jorge Alberto Albarrán Ascencio, en su carácter de Subdirector de Control de Obras del Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, S.A. de C.V., consistente en que: "Firmó dando el visto bueno de las estimaciones números 2 AJUSTE DE COSTOS, 3 AJUSTE DE COSTOS, 4 AJUSTE DE COSTOS, 5 AJUSTE DE COSTOS, 6 AJUSTE DE COSTOS, 7 AJUSTE DE COSTOS, 8 AJUSTE DE COSTOS y 9 AJUSTE DE COSTOS, con periodos de ejecución de enero a agosto de 2015, referente al contrato plurianual de servicios relacionados con la obra pública número AD/01/CTO.MTO./2014, celebrado entre el GACM y FP-FREE, S. de R.L. de C.V., representante común del consorcio conformado por Servicios Smart Free a tu Nivel, S.A. de C.V. y Foster + Partners Limited el 1 de diciembre de 2014, sin tomar en cuenta que los salarios de los especialistas (mano de obra) que intervienen en los trabajos fueron propuestos por la contratista y, por tanto, no se encuentran dentro de aranceles, tabuladores, estudios de mercado directo, publicaciones especializadas o en algún salario fijado en México, por lo que no se puede calcular el incremento o decremento a los que éstos estarían sujetos.", ocasionando un presunto daño a la Hacienda Pública Federal (en adelante HPF), por un monto de $41´731,149.61 (CUARENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE PESOS 61/100 M.N.).
En tal virtud, conforme a los artículos 57, fracción I de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación (en adelante DOF) el 29 de mayo de 2009, en relación con los artículos PRIMERO, CUARTO Y SEXTO transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y se reforman el artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal y el artículo 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el DOF el 18 de julio de 2016; 3, en la parte relativa a la Dirección General de Responsabilidades (en adelante DGR) y 40, fracción III del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, publicado en el DOF el 20 de enero de 2017, modificado mediante Acuerdo publicado en el DOF el 13 de julio de 2018; se le cita para que comparezca a su respectiva comparecencia de ley, la cual se celebrara en la DGR de la Auditoría Superior de la Federación (en adelante ASF), sita en Carretera Picacho Ajusco, No 167, 6º piso, Col. Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México, conforme a lo siguiente: para Jorge Alberto Albarrán Ascencio las 11:30 horas del día 5 de agosto de 2020, a efecto de que manifieste lo que a su interés convenga, ofrezca pruebas y formule alegatos; apercibido que de no comparecer sin causa justa, se tendrán por ciertos los hechos que se le imputa y por precluido su derecho para manifestar lo que considere pertinente, ofrecer pruebas y formular alegatos y se resolverá con los elementos que obren en el expediente respectivo, debiendo presentar al momento de la comparecencia, identificación oficial vigente y con fotografía; asimismo, se le previene a fin de que señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la circunscripción de la Ciudad de México, sede de la ASF, de lo contrario las notificaciones que sean necesarias realizar posteriormente, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en los estrados que se encuentran visibles en la entrada del edificio sede de la ASF, con fundamento en lo establecido por los artículos 306 y 316 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la materia. Se pone a la vista para su consulta el expediente mencionado, en días hábiles de 9:00 a las 15:00 y de las 16:30 a las 18:30 horas. Ciudad de México, a 26 de junio de 2020. Firma el Lic. Héctor Barrenechea Nava, Director General de Responsabilidades de la ASF.- Rúbrica.
(R.- 496247)