Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Economía
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Nulidades
Fundacion Bolivar, S.A. de C.V.
Vs.
Margarita Amezcua Miranda
M. 1683701 Yaakun Cafen y Diseño
Exped.: P.C. 2271/2019(N-593)32306
Folio: 56169
"2019, Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata"
Margarita Amezcua Miranda
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
 
Por escrito y anexos presentados en la oficialía de partes de esta Dirección, el día 11 de septiembre de 2019, con folio de entrada 032306, Héctor Cornejo González, apoderado de FUNDACION BOLIVAR, S.A. DE C.V., solicitó la declaración administrativa de nulidad del registro marcario citado al rubro.
Por lo anterior, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a MARGARITA AMEZCUA MIRANDA, el plazo de UN MES, contado a partir del día hábil siguiente, al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y presente dentro del mismo término su contestación, manifestando lo que a su derecho convenga, apercibida de que, de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial.
 
Atentamente
17 de diciembre de 2019
El Coordinador Departamental de Nulidades
Julián Torres Flores.
Rúbrica.
(R.- 496356)