ACUERDO por el que se dan a conocer las medidas de simplificación administrativa y se expiden los formatos de los trámites a cargo de la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes en las materias que se indican.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

VÍCTOR MANUEL TOLEDO MANZUR, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis, fracción XLII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 80 y 84 de la Ley General de Mejora Regulatoria; 111 BIS de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 4 y 35 fracción II de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 63 de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 23, párrafo segundo y 27 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera y 5, fracción XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que los Programas de Mejora Regulatoria son una herramienta prevista en la Ley General de Mejora Regulatoria que tiene por objeto mejorar la regulación vigente e implementar acciones de simplificación de Trámites y Servicios.
Que el 30 de agosto de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer la Estrategia Nacional de Mejora Regulatoria como un instrumento programático para articular la política de mejora regulatoria de los Sujetos Obligados de la Administración Pública Federal y asegurar el cumplimiento de la Ley General de Mejora Regulatoria, misma que en su Meta 10.3 establece la implementación e institucionalización de los Programas de Mejora Regulatoria.
Que en cumplimiento a la Línea de acción 10.3.1 de la Estrategia Nacional de Mejora Regulatoria, la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria expidió los Lineamientos de los Programas de Mejora Regulatoria 2019-2020 de los Sujetos Obligados de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2019, y en el cual se establecen los calendarios, mecanismos, formularios e indicadores para la implementación de los Programas de Mejora Regulatoria de los Sujetos Obligados.
Que a fin de contribuir en la simplificación, modernización y la gestión pública transparente de los trámites y servicios, y perseguir con ello el máximo bienestar de la sociedad, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales inscribió en dicho Programa de Mejora Regulatoria 2019-2020, la acción de simplificación denominada "Mejora de medios digitales", consistente en diseñar y publicar los formatos correspondientes de los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios identificados con las Homoclaves SEMARNAT-05-005-A, Autorización para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas a las establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas en materia ambiental de Contaminación Atmosférica. Modalidad A, y SEMARNAT-05-007, Estudio justificativo de características especiales para ductos y chimeneas; esto con el objetivo de evitar confusiones a los particulares en la integración de documentación y presentación de los trámites mencionados a cargo de la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes.
Que además, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales inscribió en el mencionado Programa de Mejora Regulatoria 2019-2020 la acción de simplificación consistente en "Transformar un Trámite en un Aviso", específicamente el trámite identificado con la Homoclave SEMARNAT-05-004, Combustión a cielo abierto, a cargo de la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes.
Que el artículo 84 de la Ley General de Mejora Regulatoria faculta a las Dependencias del Ejecutivo Federal en su carácter de sujetos obligados de la Administración Pública Federal para llevar a cabo la simplificación administrativa de los trámites y servicios de su competencia, a través de cualquier acción de mejora, mediante Acuerdos Generales que se publiquen en los medios de difusión oficial.
Que a fin de dar cumplimiento a los compromisos establecidos en el Programa de Mejora Regulatoria 2019-2020, las medidas de simplificación administrativa contenidas en el presente Acuerdo tienen como finalidad el facilitar a los particulares el cumplimiento de sus obligaciones ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales mediante la optimización de la presentación de los trámites SEMARNAT-05-005-A y SEMARNAT-05-007 empleando el formato correspondiente, además de facilitar a los particulares la gestión del aviso correspondiente para realizar las actividades previstas en el trámite con homoclave SEMARNAT-05-004, sin menoscabar con ello la protección del medio ambiente y la conservación de los recursos naturales.
Que por lo anteriormente expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:
 
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS MEDIDAS DE SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Y SE EXPIDEN LOS FORMATOS DE LOS TRÁMITES A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
GESTIÓN DE LA CALIDAD DEL AIRE Y REGISTRO DE EMISIONES Y TRANSFERENCIA DE
CONTAMINANTES EN LAS MATERIAS QUE SE INDICAN
Artículo Primero.- Se dan a conocer los formatos oficiales de los trámites a cargo de la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes que a continuación se indican:
Nombre de los formatos:
I.     FF-SEMARNAT-114 Autorización para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas a las establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas en materia de Contaminación Atmosférica. Modalidad A.
II.     FF-SEMARNAT-115 Estudio justificativo de características especiales para ductos y chimeneas.
Los formatos antes indicados aplicarán para los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios, que a continuación se indican:
1.     FF-SEMARNAT-114, para el trámite SEMARNAT-05-005-A Autorización para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas a las establecidas en las Norma Oficiales Mexicanas en materia ambiental de Contaminación Atmosférica. Modalidad A.
2.     FF-SEMARNAT-115, para el trámite SEMARNAT-05-007 Estudio justificativo de características especiales para ductos y chimeneas.
Los formatos que se señalan en el presente artículo, se incluyen en el Anexo Único del presente Acuerdo.
Artículo Segundo.- La Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, unidad administrativa a cargo de los trámites SEMARNAT-05-005-A Autorización para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas a las establecidas en las Norma Oficiales Mexicanas en materia ambiental de Contaminación Atmosférica. Modalidad A, y SEMARNAT-05-007 Estudio justificativo de características especiales para ductos y chimeneas, deberá tener a disposición de quienes los realicen, el presente Acuerdo y los formatos vigentes publicados en el Diario Oficial de la Federación a que se refiere el Artículo Primero del presente Acuerdo.
Los formatos e instructivos contenidos en el Anexo Único del presente Acuerdo podrán reproducirse por cualquier medio, para que los interesados los utilicen en los trámites a que se refiere este Acuerdo, siempre y cuando no se altere su contenido.
El Espacio de Contacto Ciudadano de la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental, deberá proporcionar la orientación e información necesaria para la realización de los trámites.
Artículo Tercero.- Se transforma en Aviso el trámite identificado con la Homoclave SEMARNAT-05-004, Combustión a cielo abierto.
Artículo Cuarto.- Se pone a disposición del público en general el correo electrónico combustionacieloabierto@semarnat.gob.mx para que los interesados remitan a la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, el aviso a que se refiere el Artículo Tercero del presente Acuerdo.
Para efectos de lo anterior, los interesados manifestarán su aceptación de recibir notificaciones a través del correo electrónico que determinen para tal efecto, en términos del artículo 35, fracción II de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
TRANSITORIOS
Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, por lo que a partir de su entrada en vigor deberán utilizarse los formatos a que se refiere el presente instrumento.
Segundo.- Los trámites ingresados con anterioridad a la publicación del presente Acuerdo, se resolverán de conformidad con la normatividad aplicable vigente en el momento de su presentación.
Ciudad de México, a 28 de agosto de 2020.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Víctor Manuel Toledo Manzur.- Rúbrica.