Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Octava Sala Regional Metropolitana
Expediente: 20262/18-17-08-6
Actor: Eiwaz, S.A. de C.V.
"EDICTO"
 
EJIDO DEL POBLADO DEL NUCLEO AGRARIO DE SAN PEDRO TULTEPEC
En los autos del juicio contencioso administrativo número 20262/18-17-08-6, promovido por el C. Luis Ricardo Burgos Serrano, en representación legal de EIWAZ, S.A. DE C.V., en contra del DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA TÉCNICA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL DE LA SUBSECRETARÌA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, en el que se demanda la nulidad de la resolución definitiva, contenida en el oficio No. II-210-DGPR-DGATO-DT-56100 de fecha 19 de junio de 2018, emitida por la Dirección General Adjunta Técnica de la Dirección General de la Propiedad Rural de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial de la Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; mediante el cual le informan que la ejecución complementaria de la resolución presidencial de 26 de octubre de 1929 publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 4 de marzo de 1930, que dotó de tierras al núcleo de población denominada "San Pedro Tultepec", Municipio de Lerma, Estado de México, motivo de su reclamación de responsabilidad patrimonial, no le causa ningún perjuicio, en virtud de que dicha diligencia se practicó en estricto cumplimiento a la ejecutoria pronunciada el 8 de enero de 2003, por el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en Toca R.A. 245/2002, derivado del juicio de Amparo 768/2001, del índice del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, diligencia que se ajustó a lo establecido en el referido fallo presidencial dotatorio, en donde, se ordenó emplazar al TERCERO INTERESADO, ES DECIR AL REPRESENTANTE LEGAL DEL EJIDO DEL POBLADO DEL NUCLEO AGRARIO DE SAN PEDRO TULTEPEC, al juicio antes citado, por medio de edictos, con fundamento en los artículos 14, penúltimo párrafo, y 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, para lo cual, se le hace saber que tiene un término de TREINTA DÍAS HABILES, contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación del Edicto ordenado, para que comparezca ante esta OCTAVA SALA REGIONAL METROPOLITANA DEL TRIBUNAL FEDRERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, ubicado en Avenida Insurgentes Sur, Número 881, Colonia Nápoles, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03810, en la Ciudad de México, apercibida de que en caso contrario, las siguientes notificaciones se realizarán por boletín jurisdiccional, como lo establece el artículo 315 en cita, en relación con el 67 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días naturales, en el Diario Oficial de la Federacióny en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de la elección de laparte actora.
 
Ciudad de México, 01 de septiembre de 2020.
Magistrado Instructor de la Tercera Ponencia de la Octava Sala Regional
Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Lic. Lucila Padilla López.
Rúbrica.
Secretaria de Acuerdos
Lic. Alicia Rodríguez González.
Rúbrica.
(R.- 498187)