Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Responsabilidades
"2020, Año de Leona Vicario, Benemérita Madre de la Patria"
Procedimiento: DGR/D/09/2020/R/15/131
Oficio: DGR-D-4927/20
 
ARNULFO OCTAVIO GARCÍA FRAGOSO, en su carácter de Tesorero de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en virtud de que no fue localizado en los domicilios registrados, agotando los medios posibles para conocer los mismos, con fundamento en los artículos 35, fracción III, y 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria conforme al artículo 64 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación (en adelante DOF) el 29 de mayo de 2009, aplicable en términos de los artículos PRIMERO y CUARTO TRANSITORIOS del DECRETO por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; y se reforman el artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, y el artículo 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el citado medio de difusión oficial el 18 de julio de 2016; por acuerdo de fecha 17 de septiembre de 2020, se ordenó la notificación por edictos del oficio por el que se le cita en relación con las conductas presuntamente irregulares que se le atribuyen, en su carácter de Tesorero de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, se le atribuye que: "Omitió administrar, custodiar y salvaguardar los fondos propiedad del Estado, toda vez que no transfirió los recursos ministrados al Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave provenientes del Fondo Metropolitano 2015, por $143,001,137.70 (CIENTO CUARENTA Y TRES MILLONES UN MIL CIENTO TREINTA Y SIETE PESOS 70/100 M.N.) a las cuentas específicas de los fideicomisos públicos de Administración e Inversión de las Zonas Metropolitanas de Acayucan, Coatzacoalcos, Veracruz y Xalapa, no obstante, efectuó el retiro indebido por $121,900,000.00 (CIENTO VEINTÚN MILLONES NOVECIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), sin que se acreditara documental, contable, financiera, administrativa y presupuestalmente el destino, aplicación y erogación de tal importe y los restantes $21,101,137.70 (VEINTIÚN MILLONES CIENTO UN MIL CIENTO TREINTA Y SIETE PESOS 70/100 M.N.) quedaron en dichas cuentas que asimismo omitió transferirlos a los fideicomisos referidos; en ese sentido, también omitió transferir los recursos de uno al millar por $143,001.13 (CIENTO CUARENTA Y TRES MIL UN PESOS 13/100 M.N.) de los cuales tampoco se acreditó su retención y entero a la Tesorería de la Federación.", ocasionando un daño a la Hacienda Pública Federal; por $143,001,137.70 (CIENTO CUARENTA Y TRES MILLONES UN MIL CIENTO TREINTA Y SIETE PESOS 70/100 M.N.); infringiendo con su conducta los artículos 74, segundo párrafo, 75 fracciones IV, V, IX, X y 82 fracciones IX y XI de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 70, fracción I, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 175 Ter, fracción III y 224, fracción VI, párrafos cuarto, quinto y sexto del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; Fracción V, Programas y/o Proyectos de Inversión Apoyados, numerales 14 y 15, fracción VI, numeral 28, inciso K; fracción VII, Mecanismos de Operación, numerales 66, párrafo primero, segundo y tercero, 69, 70 y 73; fracción VIII, Seguimiento, Control, Evaluación, Rendición de Cuentas y Transparencia, numeral 77, de las Reglas de Operación del Fondo Metropolitano, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2015 y artículo 32, fracción I, VI y XXXVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz, disposiciones legales y normativas con texto vigente y aplicable en la Cuenta Pública 2015. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
En relación con los párrafos que anteceden y conforme a los artículos 57, fracción I de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación publicada en el DOF el 29 de mayo de 2009, en relación con los artículos PRIMERO y CUARTO transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y se reforman el artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, y el artículo 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el DOF el 18 de julio del 2016; 3° en lo relativo a la "Dirección General de Responsabilidades" y a la "Dirección de Responsabilidades "D"", 21, último párrafo, en correlación con el diverso 40, fracción III y 58, fracción XXXIV del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, publicado en el DOF el 20 de enero del 2017; con su reforma del 13 de julio de 2018; se les cita para que comparezcan personalmente a su respectiva audiencia a celebrarse en la Dirección General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación, sita en Carretera Picacho Ajusco, No. 167, 6º piso, Col. Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110, Tlalpan, Ciudad de México; a las 10:00 horas del 16 de octubre de 2020; para que manifieste lo que a sus intereses convenga, ofrezca pruebas y formule alegatos; debiendo presentar al momento de la audiencia, identificación oficial vigente, con fotografía, apercibido que de no comparecer sin causa justa, se tendrán por ciertos los hechos que se le imputan y por precluido su derecho para ofrecer pruebas y formular alegatos y se resolverá con los elementos que obran en el expediente. Asimismo, se le previene para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la circunscripción de la Ciudad de México, de lo
contrario las notificaciones que se realicen posteriormente, inclusive las de carácter personal, se realizarán por rotulón que se fijará en los estrados que se encuentran visibles en la entrada del edificio sede. Se pone a la vista para su consulta el expediente mencionado, en días hábiles de 9:00 a las 15:00 horas. Ciudad de México, a 17 de septiembre de 2020. Firma el Lic. Héctor Barrenechea Nava, Director General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación.- Rúbrica.
(R.- 498560)