ACUERDO número 24/10/20 por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Nacional de Convivencia Escolar para el ejercicio fiscal 2020, emitidas mediante diverso número 28/12/19 publicado el 29 de diciembre de 2019.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

ESTEBAN MOCTEZUMA BARRAGÁN, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4, fracciones XIV, XXI y penúltimo párrafo, 23, 29, 30, 36 y Anexos 13, 14, 17, 18, 25 y 36 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en su artículo 77, segundo párrafo que las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquéllas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria;
Que el 29 de diciembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 28/12/19 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Convivencia Escolar para el ejercicio fiscal 2020;
Que las referidas Reglas de Operación establecen en su numeral 2.1 que el Programa Nacional de Convivencia Escolar (PNCE) tiene por objetivo general favorecer el establecimiento de ambientes de convivencia escolar pacífica, inclusiva y democrática que coadyuven a prevenir situaciones de discriminación y de acoso escolar en escuelas públicas de Educación Básica que participen en dicho Programa, contribuyendo a la mejora del clima escolar y el impulso de una cultura de paz;
Que se requiere llevar a cabo modificaciones al apartado de Glosario y a los numerales "3.3.2. Procedimiento de selección"; "3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)" y "3.5. Derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos", a efecto de actualizar en el término "DGDGE" la denominación de dicha unidad administrativa, como Dirección General de Gestión Escolar y Enfoque Territorial, conforme al Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2020, así como para ampliar la cobertura del PNCE, mediante la entrega de un mayor número de materiales educativos, e incorporar en el rubro de apoyo directo para el fortalecimiento de la gestión participativa, además de las primarias, a las escuelas públicas de educación secundaria;
Que se cuenta con el oficio número 315-A-2285 de fecha 24 de agosto de 2020 de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante el cual emite la autorización presupuestaria de las modificaciones a que se refiere el presente Acuerdo;
Que la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria mediante oficio número CONAMER/20/3573 de fecha 18 de septiembre de 2020 ha emitido el dictamen regulatorio correspondiente, y
Que en razón de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 24/10/20 POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL
PROGRAMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020, EMITIDAS
MEDIANTE DIVERSO NÚMERO 28/12/19 PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL
29 DE DICIEMBRE DE 2019
ÚNICO.- Se modifican las Reglas de Operación del Programa Nacional de Convivencia Escolar para el ejercicio fiscal 2020, las cuales se detallan en el Anexo del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 14 de octubre de 2020.- El Secretario de Educación Pública, Esteban Moctezuma Barragán.- Rúbrica.
 
ANEXO
ÚNICO.- Se REFORMAN la definición "DGDGE" del apartado de Glosario; la tercer viñeta del primer párrafo del apartado "Procedimiento de selección de las escuelas" del numeral "3.3.2. Procedimiento de selección"; el segundo párrafo del apartado "Apoyos Financieros", la denominación de su rubro 1. "Apoyo directo a las escuelas públicas de educación primaria para el fortalecimiento de la gestión participativa", con sus párrafos primero, segundo, tercero y cuarto y la tabla de su rubro 6. "Implementación y difusión de acciones de Contraloría Social", todos del numeral "3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)" y el segundo párrafo y su inciso b) del apartado "Obligaciones de las Escuelas públicas de Educación Básica, participantes en el PNCE deberán:" del numeral "3.5. Derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos", y se ADICIONA una nota a la tabla y un tercer párrafo, recorriéndose en su orden los párrafos tercero a doceavo del rubro 6. "Implementación y difusión de acciones de Contraloría Social" del apartado "Apoyos Financieros" del numeral "3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)", todos ellos de las Reglas de Operación del Programa Nacional de Convivencia Escolar para el ejercicio fiscal 2020, emitidas mediante el Acuerdo número 28/12/19, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2019, para quedar como sigue:
"ÍNDICE ...
GLOSARIO
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Acoso escolar.- a Discriminación.- ...
DGDGE.- Dirección General de Desarrollo de la Gestión Educativa, ahora Dirección General de Gestión Escolar y Enfoque Territorial, de conformidad con los artículos 2, apartado A, fracción XVI y 21 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2020. Unidad administrativa adscrita a la Subsecretaría de Educación Básica de la Secretaría de Educación Pública de la APF.
DOF.- a XML.- ...
1. INTRODUCCIÓN a 2. OBJETIVOS ...
3. LINEAMIENTOS
3.1. Cobertura a 3.2. Población objetivo ...
3.3. Beneficiarios/as ...
3.3.1. Requisitos ...
3.3.2. Procedimiento de selección
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Procedimiento de selección de las escuelas
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·   Cuando la AEL identifique alguna problemática, acontecimiento o hecho relacionado con el acoso escolar, reportado por cualquier miembro de la comunidad escolar, en alguna escuela pública de Educación Básica, podrá ser beneficiada con los apoyos que otorga el PNCE, previa notificación oficial a la DGDGE, a más tardar durante el mes de noviembre.
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3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)
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Apoyos Técnicos
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Apoyos Financieros
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De los recursos distribuibles a los Gobiernos de los Estados y a la AEFCM, se destinará hasta el 69.67% para la elaboración, adquisición y/o, impresión y distribución de materiales educativos del PNCE, ya que éstos podrán ser digitales o en papel; y la diferencia en una o varias ministraciones señaladas en el Convenio correspondiente, y en el caso de la Ciudad de México, a través de los Lineamientos, debiendo sujetarse a lo dispuesto en la fracción I del artículo 93 del Reglamento de la LFPRH.
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1. Apoyo directo a las escuelas públicas de educación primaria o secundaria para el fortalecimiento de la gestión participativa
Se otorgará a las escuelas públicas de nivel primaria o secundaria mediante la AEL, apoyos financieros por un monto de $10,000.00 (Diez mil pesos 00/100 M.N.) por plantel educativo, para la atención de las necesidades identificadas por las/los NNA, las cuales deberán estar alineadas al objetivo específico d), del numeral 2.2 Objetivos específicos.
Para el ejercicio fiscal 2020, se dará el apoyo a cinco escuelas públicas de nivel primaria o secundaria por entidad federativa, atendiendo al recurso disponible para este rubro.
Cada una de las escuelas interesadas en recibir el apoyo deberá enviar una Carta de Intención, dicha carta tiene como propósito manifestar el interés de las escuelas que desean participar en este rubro. Además, las escuelas deberán elaborar y remitir un proyecto de gestión participativa que atienda las necesidades e intereses de las escuelas públicas de educación primaria y secundaria, identificadas por las/los NNA. Tanto la Carta de Intención como el proyecto de gestión participativa serán entregados a la/el Coordinadora/or Local del PNCE, con el objeto de revisar y validar los proyectos de gestión participativa que presenten las escuelas, para efectos de determinar aquellas que recibirán el apoyo.
Se deberá remitir a la DGDGE la base de datos de las escuelas que participaron con la presentación de los proyectos; identificando a las escuelas que recibirán el apoyo, a más tardar el último día hábil del mes de octubre, para efectos de seguimiento en el ejercicio del recurso.
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2. Asesoría y acompañamiento técnico pedagógico implementada por la AEL a 5. Distribución y difusión local de materiales educativos ...
6. Implementación y difusión de acciones de Contraloría Social
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Hasta el 69.67% de los recursos distribuibles a los Gobiernos de los Estados y a la AEFCM, para su entrega en especie.
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1. Apoyo directo a las escuelas públicas de educación primaria o secundaria para el fortalecimiento de la gestión participativa.
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Escuelas públicas de
educación primaria o
secundaria
Hasta el 0.74% de los recursos distribuibles a los Gobiernos de los Estados y a la AEFCM.
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2. ...
3. ...
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Hasta el 25.59% de los recursos distribuibles a los Gobiernos de los Estados y a la AEFCM.
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4. ...
a) ...
b) ...
c) ...
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Hasta el 4% de los recursos distribuibles a los Gobiernos de los Estados y a la AEFCM.
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Nota: Los recursos distribuibles a los Gobiernos de los Estados y a la AEFCM, se determinan a partir del monto asignado al PNCE en el PEF, menos el 4% del total original autorizado, que se destinará a los gastos de operación central de acuerdo con lo previsto en el numeral 3.4 de las presentes Reglas de Operación.
 
En caso de que el porcentaje destinado para cada tipo de subsidio, relacionados en la tabla previa, no sea agotado en su totalidad, la DGDGE podrá realizar la asignación a otro tipo de subsidio, atendiendo las necesidades de cobertura y prioridades de atención en las escuelas públicas de Educación Básica, ello con la finalidad de dar cumplimiento a los objetivos del PNCE.
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3.4.1. Devengos, aplicación y reintegro de los recursos a 3.4.1.3. Reintegros ...
3.5. Derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos
Derechos de las AEL y las escuelas públicas de Educación Básica participantes a Obligaciones de las AEL: ...
Obligaciones de las Escuelas públicas de Educación Básica, participantes en el PNCE deberán:
a) a e) ...
Las escuelas interesadas en recibir el apoyo señalado en el rubro de atención 1 (Apoyo directo a las escuelas públicas de educación primaria o secundaria para el fortalecimiento de la gestión participativa) deberán:
a) ...
b) Enviar a la/el Coordinadora/or Local del PNCE, una Carta de Intención, con la validación por parte del Director o autoridad escolar correspondiente; así como un proyecto de gestión participativa que atienda las necesidades identificadas por las/los NNA.
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a) a b) ...
Causas de incumplimiento, suspensión y/o cancelación de los recursos ...
3.6. Participantes a Anexo 8 ..."
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