Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Responsabilidades
Procedimiento: DGR/B/10/2020/R/15/149
Oficio DGR-B-5680/20
 
Por acuerdo del 12 de octubre de 2020, se ordenó la notificación por edictos del oficio que se cita con relación a la conducta presuntamente irregular que se le atribuye:
NORMAN BORQUEZ DOMÍNGUEZ, en su carácter de Director de Obras e Infraestructura Urbana Municipal del H. Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, consistente en que: "Omitió supervisar la ejecución de la obra pactada en el Contrato de Obra Pública a Precios Unitarios y Tiempo Determinado número DOIUM-BM-BANOBRAS-2015-LPN-001 relativo a los trabajos del "Transporte masivo tronco alimentador corredor río Tijuana puerta México-Florido (paquete 2, contrato 1: Fibra Óptica de Telecomunicaciones para el Sistema Integral de Transporte de Tijuana, Baja California)", toda vez que autorizó las estimaciones 2 y 3 en las que se realizó un pago indebido por un monto de $36,317.67 (TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS DIECISIETE PESOS 67/100 M.N.) en el concepto número 1.121 "Suministro y colocación de camisa de acero galvanizada CED 40 de 50 mm (2") (dos piezas) para adosamiento en puente, sujetada con placa solera de 50 mm (2"), anclada con 4 piezas de taquete y perno de 3/8"x3" en concreto a distancia según detalle, conectores galvanizados reforzados con pegamento metálico, transferencia de caja antivandálica a registro subterráneo, con dos tubos de 50 mm, tipo galvanizada CED 40, con curva roscada a integrar, sellado en registro y todo lo necesario para su fijación extrema en muro vertical, excavación, relleno compacto para llegar a registro incluye: equipo de elevación, seguridad, señalamientos de tránsito, equipo y herramienta, personal calificado", con motivo de las diferencias entre el volumen pagado y el señalado en el proyecto", ocasionando un presunto daño a la Hacienda Pública Federal por un monto de $36,317.67 (TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS DIECISIETE PESOS 67/100 M.N.).
En tal virtud, conforme a los artículos 57, fracción I de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación (en adelante DOF) el 29 de mayo de 2009, en relación con los artículos PRIMERO, CUARTO Y SEXTO Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y se reforman el artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, y el artículo 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el DOF el 18 de julio del 2016; 3, en la parte relativa a la Dirección General de Responsabilidades (en adelante DGR) y 40, fracción III del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, publicado en el DOF el 20 de enero del 2017, modificado mediante Acuerdo publicado en el DOF el 13 de julio de 2018; se le cita para que comparezca personalmente a su respectiva audiencia, la cual se celebrará en la DGR de la Auditoría Superior de la Federación (en adelante ASF), sita en Carretera Picacho Ajusco número 167, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México, a las 11:30 horas, del día 05 de noviembre de 2020, a efecto de que manifieste lo que a su interés convenga, ofrezca pruebas y formule alegatos; apercibido que de no comparecer sin causa justa, se tendrá por ciertos los hechos que se le imputa, y por precluido su derecho para manifestar lo que considere pertinente, ofrecer pruebas y formular alegatos y se resolverá con los elementos que obran en el expediente respectivo, debiendo presentar al momento de la comparecencia, identificación oficial vigente y con fotografía, pudiendo ser acompañado de su abogado defensor o persona de confianza; asimismo, se le previene a fin de que señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la circunscripción de la Ciudad de México, sede de la ASF, de lo contrario las posteriores notificaciones, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en los estrados que se encuentran visibles en la entrada del edificio sede, con fundamento en lo establecido por los artículos 306 y 316 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la materia. Se pone a la vista para consulta el expediente del procedimiento
resarcitorio antes mencionado en días hábiles de 9:00 a 15:00 horas y de 16:30 a 18:30 horas. Ciudad de México, a 12 de octubre de 2020. Firma el Lic. Héctor Barrenechea Nava, Director General de Responsabilidades de la ASF.- Rúbrica.
 
(R.- 499469)