Gobierno del Estado de México
Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra
Dirección General de Construcción de Obra Pública
Edomex Decisiones Firmes, Resultados Fuertes
"2020. Año de Laura Méndez de Cuenca; Emblema de la Mujer Mexiquense"
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
 
Contrato número: OP-15-0302
AG, ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN, S.A. DE C.V.
P R E S E N T E:
En los autos del expediente formado con motivo del Procedimiento Administrativo de Rescisión del Contrato de Obra Pública OP-15-0302, celebrado con la empresa denominada "AG, ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN, S.A. DE C.V.", en fecha catorce de agosto de dos mil quince, y sus Convenios Modificatorios números CM-01-85/18 y CM-01-085BIS/18, de fechas dieciocho de octubre y veintiocho de diciembre de dos mil dieciocho, respectivamente, que tenían como objeto la obra denominada "Construcción del Centro de Justicia de Nezahualcóyotl La Perla (obra en proceso), Nezahualcóyotl, La Perla, se dictó RESOLUCIÓN, de fecha 27 de octubre de 2020, la cual por medio del presente edicto, se le hace de su conocimiento, al no haber localizado físicamente el domicilio señalado dentro del expediente en comento, por tanto, por este conducto se le notifica en términos de lo establecido en los artículos 35, 36, 37, 38 y 39 de Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA), en la cual, se resolvió:
"PRIMERO. - En términos del considerando tercero de la presente resolución administrativa, se Rescinde a la empresa "AG, ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN, S.A. DE C.V.", el Contrato de Obra Pública a Precios Unitarios y Tiempo Determinado número OP-15-0302 de fecha catorce de agosto de dos mil quince, y sus convenios modificatorios CM-01-85/18 y CM-01-085BIS/18, de fechas dieciocho de octubre y veintiocho de diciembre de dos mil dieciocho, respecto de la obra "Construcción... ", por incumplimiento a las Cláusulas Primera, Sexta, Séptima incisos B), G), H), K) y O) y Décima Cuarta del contrato.
SEGUNDO. - De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se le otorga a la empresa "AG, ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN, S.A. DE C.V." un plazo no mayor de 10 (diez) días de naturales, contados a partir del día siguiente en que cause efecto las notificaciones de la presente resolución, para que reintegre el anticipo pendiente por amortizar; es decir, la cantidad de $7,558,516.66 (siete millones quinientos cincuenta y ocho mil quinientos dieciséis pesos 66/100 m.n.), IVA incluido, lo cual deberá hacer en la Tesorería de la Federación (TESOFE), caso contrario, cubrirá los cargos que resulten conforme con lo indicado en el párrafo primero del artículo 55 de Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así mismo se girará oficio a la Procuraduría Fiscal, a fin de que por su conducto se haga efectivo el cobro por medio de la Póliza de Fianza que garantiza el anticipo otorgado...
SÉXTO. En términos de lo establecido en el artículo 62 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se le informa a la empresa "AG, ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN, S.A. DE C.V." que se señalan 12:00 horas del día diez (10) de noviembre de dos mil veinte, para que se lleve a cabo el acta circunstanciada referida en el considerando cuarto de la presente resolución, en las sito de la obra, por lo cual se solicita la presencia del Representante Legal de la Contratista, caso contrario se levantara el acta con o sin la comparecencia de la contratista, de conformidad con lo establecido en el artículo de referencia.
OCTAVO. - Se hace del conocimiento a la representante y/o apoderado legal de la empresa contratista "AG, ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN, S.A. DE C.V.", que de conformidad a lo establecido en el artículo 2 y 13 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, podrá interponer en contra de la presente resolución administrativa de Rescisión, Juicio Contencioso ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, a efecto de que haga valer lo que a su derecho e interés convenga; o bien, recurso de revisión en términos de los establecido en los artículos 83 y 85 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo."
El presente edicto será público por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en el territorio nacional.
 
Toluca, Estado de México, a 22 octubre de 2020
Con fundamento en los transitorios Cuarto, Séptimo y Décimo Primero del Decreto número 191Publicado en el
Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno"
del Estado Libre y Soberano de México el 19 de septiembre de 2020.
Director General de Construcción de Obra Pública
Mtro. Carlos Alexis Aguilar Arevalo
Rúbrica.
(R.- 499809)