Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de la Función Pública
Subsecretaría de Responsabilidades y Combate a la Impunidad
Unidad de Responsabilidades Administrativas, Controversias y Sanciones
Dirección General de Responsabilidades y Verificación Patrimonial
2020 Año de Leona Vicario Benemérita Madre de la Patria
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
 
En cumplimiento al Acuerdo de fecha 19 de noviembre de 2019, por no localizarlo y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en los artículos 14, 16, 108 y 109 fracción II y 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 y 37, fracciones XVI y XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 3, 6, 7, 10, 13, 36, 37, 39, 94, 95 y 96 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 1, 3 apartado A, fracción XXV.2; artículos 5, fracción I, inciso j) y 75 fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el diecinueve de julio de dos mil diecisiete, en relación con los artículos CUARTO y QUINTO transitorios del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dieciséis de abril de dos mil veinte, así como del artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en la materia, el Director de Verificación Patrimonial B, adscrito a la Dirección General de Responsabilidades y Verificación Patrimonial de la Secretaría de la Función Pública, notifica a ALEJANDRO AMADEO GONZÁLEZ GUILBOT, lo siguiente:
En atención a lo ordenado en el expediente VP/044/2018, con fundamento en el artículo 75, fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el diecinueve de julio de dos mil diecisiete, en relación con los artículos CUARTO y QUINTO transitorios del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dieciséis de abril de dos mil veinte, se le solicita a Usted para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos al de la última publicación del presente, realice las aclaraciones que correspondan en el expediente de verificación patrimonial antes señalado, ante los Directores de Verificación Patrimonial A, B, C y D, indistintamente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 76 del citado Reglamento Interior de esta Secretaría de Estado, publicado en el Diario Oficial de la Federación el diecinueve de julio de dos mil diecisiete, en relación con los artículos CUARTO y QUINTO transitorios del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dieciséis de abril de dos mil veinte, adscritos a la Dirección General de Responsabilidades y Verificación Patrimonial, en horas y días hábiles, en las oficinas de esta Dirección, ubicadas en la Avenida de los Insurgentes Sur No. 1735, Tercer Piso, Ala Sur, Colonia Guadalupe Inn, Alcaldía Álvaro Obregón, C.P. 01020, en esta Ciudad de México.
En atención a lo anterior, el expediente de verificación patrimonial se encuentra a su disposición para su consulta, en días y horas hábiles, en el domicilio antes señalado. Por último, se le requiere señale domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, por ser la sede de la Secretaría de la Función Pública, apercibido que, de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se practicarán por rotulón, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 305, 306, 316 y 318 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en la materia.
Los datos personales proporcionados por usted, serán protegidos en términos de los artículos 113, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 3, fracción IX y X, 17 y 23 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
 
Ciudad de México, a 11 de agosto de 2020.
El Director de Verificación Patrimonial B,
Lic. Juan Manuel Marín Cervantes
Rúbrica.
(R.- 498860)