ACUERDO G/JGA/61/2020 por el que se da a conocer la suplencia de Magistradas en la Sala Regional del Norte-Centro III, con sede en Durango.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.
ACUERDO G/JGA/61/2020.
SUPLENCIA DE MAGISTRADAS EN LA SALA REGIONAL DEL NORTE-CENTRO III, CON SEDE EN DURANGO.
CONSIDERANDO
1. Que de conformidad con el artículo 73, fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionado con el artículo 1, segundo y quinto párrafos de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Tribunal es un órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena.
2. Que el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial; por lo que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa se encuentra obligado a garantizar a los ciudadanos este derecho humano contenido en la Carta Magna de manera puntual.
3. Que el artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como el primer párrafo del diverso 28 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, establecen que la Junta de Gobierno y Administración tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
4. Que el artículo 29, primer párrafo del Reglamento Interior de este Órgano Jurisdiccional establece que los acuerdos que apruebe y emita la Junta de Gobierno y Administración son instrumentos normativos de carácter obligatorio y de observancia general en el Tribunal.
5. Que las fracciones II, XXII, XXIII y XXXIX del artículo 23 de la Ley Orgánica de este Tribunal, faculta a la Junta de Gobierno y Administración para expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal; conceder licencias con goce de sueldo a los Magistrados por periodos inferiores a un mes; aprobar la suplencia temporal de los Magistrados de Sala Regional, por el Primer Secretario de acuerdos del Magistrado ausente; así como resolver los demás asuntos que señalen las disposiciones aplicables.
6. Que en sesión de fecha 02 de abril de 2013, la Junta de Gobierno y Administración autorizó el Acuerdo G/JGA/23/2013 por el cual se adscribió a la Magistrada Rosa Angélica Nieto Samaniego a la Segunda Ponencia de la Sala Regional del Norte-Centro III.
7. Que mediante Acuerdo G/JGA/26/2020, aprobado por la Junta de Gobierno y Administración en sesión de 27 de febrero de 2020, se determinó, entre otras cuestiones, que la Licenciada Liliana Eugenia Terán Terrones, Primera Secretaria de Acuerdos de la Primera Ponencia de la entonces Sala Regional del Norte-Centro III y Cuarta Sala Auxiliar, supliera la falta de Magistrado en la Ponencia de su adscripción, con efectos a partir del 01 de marzo de 2020.
8. Que en sesión de la presente fecha, este Órgano Colegiado tomó conocimiento de la Licencia Médica solicitada por la Magistrada Rosa Angélica Nieto Samaniego, con efectos a partir del 22 de octubre de 2020.
9. Que al estar ante el supuesto de falta temporal de Magistrado en la Primera y Segunda Ponencias de la ahora Sala Regional del Norte-Centro III, en términos del artículo 48 segundo párrafo de la Ley Orgánica de este Tribunal, la misma deberá ser cubierta por los Magistrados Supernumerarios adscritos por la Junta de Gobierno y Administración o a falta de ellos por el Primer Secretario del Magistrado ausente, hasta en tanto se realice un nuevo nombramiento.
10. Que a la fecha del presente Acuerdo los Magistrados Supernumerarios con los que cuenta actualmente este Tribunal se encuentran, de conformidad con lo dispuesto en la fracción I del artículo 63 del Reglamento Interior de este Órgano Jurisdiccional, cubriendo las faltas definitivas de Magistrados de Sala Regional que se han generado.
11. Que cuando los Primeros Secretarios de Acuerdos actúan en suplencia de algún Magistrado titular, adquieren las facultades inherentes y las funciones jurisdiccionales de un Magistrado de Sala Regional, al actuar por Ministerio de Ley.
Consecuentemente, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 y 73 fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 párrafos segundo y quinto, 21 y 23, fracciones II, XXII, XXIII y XXXIX, y 48 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los diversos 28 y 29 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; la Junta de Gobierno y Administración emite el siguiente:
ACUERDO
Primero. Se deja sin efectos el Acuerdo G/JGA/26/2020; en lo relativo a que la Licenciada Liliana Eugenia Terán Terrones ejerza funciones de Magistrada por Ministerio de Ley; en consecuencia, se aprueba que el Licenciado Jorge Chávez Osornio, Primer Secretario de Acuerdos de la Primera Ponencia de la Sala Regional del Norte-Centro III, supla la falta de Magistrada en la Ponencia de su adscripción, con efectos a partir del 20 de octubre de 2020 y hasta en tanto la Junta de Gobierno y Administración determine otra situación.
Segundo. Se autoriza que el Lic. Manuel de Jesús Padilla Quiñones, Primer Secretario de Acuerdos de la Segunda Ponencia de la Sala Regional del Norte-Centro III, supla la falta de Magistrada en la Ponencia de su adscripción, con efectos a partir del 22 de octubre de 2020 y hasta en tanto la Junta de Gobierno y Administración determine otra situación.
Tercero. Los Licenciados Jorge Chávez Osornio y Manuel de Jesús Padilla Quiñones, deberán hacer del conocimiento de las partes el presente Acuerdo, en el primer proveído que dicten en cada uno de los asuntos de su competencia, y deberán de colocar una copia del mismo en la ventanilla de Oficialía de Partes y en lugares visibles al público en general dentro de la Sala de su adscripción.
Cuarto. La Licenciada Liliana Eugenia Terán Terrones, deberá entregar la Ponencia de su adscripción, conforme a lo señalado en el artículo 141 del Reglamento Interior vigente de este Tribunal.
Quinto. Notifíquese el presente Acuerdo a la Magistrada Rosa Angélica Nieto Samaniego, a la Licenciada Liliana Eugenia Terán Terrones, y los Licenciados Jorge Chávez Osornio y Manuel de Jesús Padilla Quiñones.
Sexto. Otórguense las facilidades administrativas necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo.
Séptimo. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en la página web institucional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Dictado en sesión extraordinaria de fecha 20 de octubre de 2020, realizada a distancia utilizando herramientas tecnológicas, por unanimidad de votos de los Magistrados Rafael Estrada Sámano, Juan Carlos Roa Jacobo, Luz María Anaya Domínguez, Juan Ángel Chávez Ramírez y Rafael Anzures Uribe.- Firman el Magistrado Rafael Anzures Uribe, Presidente de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y el Licenciado Pedro Alberto de la Rosa Manzano, Secretario Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración, quien da fe; con fundamento en los artículos 54, fracción XVI y 61, fracciones II y III de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los artículos 26, fracción IX, 99, fracciones VIII y XI y 139 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Rúbricas.
(R.- 499947)