Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Delegación Estatal San Luis Potosí
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
 
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas averiguaciones previas, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 182-B fracción II del Código Federal de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, de los siguientes bienes afectos a las indagatorias que a continuación se describen:
1.- AVERIGUACION PREVIA AP/PGR/SLP/SLP-COE/829/CS/2011, iniciada en contra que quien y/o quienes resulten responsables por el delito contra la salud, en su modalidad de transporte, previsto y sancionado en el artículo 194, fracción I y 193 del Código Penal Federal en la cual el 09 de septiembre de 2011, se decretó el aseguramiento de $490.00 (cuatrocientos noventa pesos 00/100 m.n.), por ser producto, del delito investigado; 2.- AVERIGUACIÓN PREVIA AP/PGR/SLP/SLP-VI/479/D/2011, iniciada en contra de quien y/o quienes resulten responsables, por el delito de Transporte ilícito de migrantes, previsto y sancionado en el artículo 159, fracción III de la Ley de Migración, en la cual en fecha 14 de junio de 2011 se aseguró numerario por la cantidad de $30.00 (treinta) dólares americanos afectos a dicha indagatoria, por ser producto, del delito investigado; 3.- AVERIGUACION PREVIA AP/PGR/SLP/SLP-III/70B/2015, iniciada en contra de quien y/o quienes resulten responsables, por el delito de contra la salud, en su modalidad de transporte, previsto y sancionado en el artículo 194, fracción I y 193 del Código Penal Federal, en donde en fecha 24 de marzo de 2015, se aseguró una camioneta marca Chevrolet, tipo Pick Up 3500, modelo 1998, con placas de circulación EA-54-361, del Estado de Chihuahua con número de serie 1GBGC34R1WE2281167, con razón social "MAQUINARIA GUTIERREZ". por ser instrumento del delito investigado; 4.- AVERIGUACION PREVIA AP/PGR/SLP/SLP-III/958-TRIP-907/D/2013, iniciada en contra de quien y/o quienes resulten responsables, por el delito de Contra la Salud, en su modalidad de transporte, previsto y sancionado en el artículo 194, fracción I y 193 del Código Penal Federal, en donde en fecha 12 de noviembre del año 2011 se aseguró una camioneta, marca Chevrolet, tipo Pick-Up, doble cabina, cuatro puertas, con placas de circulación MKY-3634 particulares del Estado de México, color blanco, con número de identificación vehicular 1GCHK33R5XF03737, por ser instrumento del delito investigado; 5.- AP/PGR/SLP/SLP-COE/933/2011, iniciada en contra de quien y/o quienes resulten responsables, por el delito contra la salud, en su modalidad de transporte, previsto y sancionado en el artículo 194, fracción I y 193 del Código Penal Federal en la cual el 08 de octubre de 2011, se decretó el aseguramiento de $384.00 (trescientos ochenta y cuatro pesos 00/100 m.n.), por ser producto, del delito investigado; 6.- AVERIGUACIÓN PREVIA AP/PGR/SLP/CV-U/178/D/2011, iniciada en contra de Filemón Flores Chávez, por el delito Contra la Salud y posesión de cartuchos de Uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacional, previsto y sancionado en la Ley General de Salud y en el artículo 11 inciso f) en relación con el 83 Quat fracción II de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 05 de febrero de 2013, se decretó el aseguramiento del vehículo, marca General Motors, línea Pontiac Boneville sedan con número de serie 1G2HX52K5ThH11943, color gris, modelo 1996, con placas de circulación XCV-25-43 del Estado de Tamaulipas, por ser objeto del delito investigado;7.- AVERIGUACION PREVIA AP/PGR/SLP/SLP-MIX/214/CS/2005, iniciada en contra de quien y/o quienes resulten responsables, por el delito Contra la Salud, en su modalidad de Transporte, previsto y sancionado en el artículo 194, fracción I y 193 del Código Penal Federal en la cual el 23 de marzo de 2005, se decretó el aseguramiento de 01 un vehículo de la marca Kenworth Kenmex, modelo T 800 1988, tipo tractocamión, color guinda, con número de serie de motor 43118821, con placas de circulación 366 CD3 del Servicio Público Federal y 01 un semirremolque de color blanco, tipo caja refrigerada de la marca Utility, modelo 1990, con placas de circulación 517 VK1 del Servicio Público Federal, con número de serie VIN 1UYVS2480LU267732, por ser objeto, del delito investigado; 8.- AVERIGUACION PREVIA AP/PGR/SLP/SLP-III/018/CS/2011, iniciada en contra de quien y/o quienes resulten responsables, por el delito Contra la Salud, en su modalidad de Transporte, previsto y sancionado en el artículo 194, fracción I y 193 del Código Penal Federal en la cual el
08 de enero de 2011, se decretó el aseguramiento de 01 un vehículo tipo pick up utilitario, marca Chevrolet, Línea Avalanche, color blanco, sin placas de circulación, con Número de Serie NIV 3GNEC13T52G208678, al parecer año 2002, por ser objeto, del delito investigado; 9.- AVERIGUACION PREVIA AP/PGR/SLP/SLP-III/832/CS/2011, iniciada en contra de quien y/o quienes resulten responsables, por el delito contra la salud, en su modalidad de transporte y/o posesión con fines de comercio, previsto y sancionado en el artículo 194, fracción I y 193 del Código Penal Federal en la cual el 10 de septiembre de 2011, se decretó el aseguramiento de la cantidad de $ 31,950.00 (treinta y un mil novecientos cincuenta pesos 00/100 moneda nacional), por ser objeto del delito investigado; 10.- AVERIGUACION PREVIA AP/PGR/SLP/SLP-V/609/CS/2004, iniciada por el delito contra la salud, en su modalidad de suministro, previsto y sancionado en el artículo 197 segundo párrafo del Código Penal Federal en la cual el 06 de marzo de 1999, se decretó el aseguramiento de la cantidad de $ 3,170.00 (tres mil ciento setenta pesos 00/100 moneda nacional), por ser objeto del delito investigado;11.- AVERIGUACION PREVIA AP/PGR/SLP/SLP-IV/251B/2015, iniciada por el delito contra la salud, en su modalidad de transporte, previsto y sancionado en el artículo 194 fracción I del Código Penal Federal en la cual el 12 de mayo de 2015, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Chevrolet, Submarca Chevy Pick Up, modelo 2002, dos puertas, con placas de circulación SS8938B del estado de Querétaro, color blanco, con número de serie 93CSK80N22C104977, por ser instrumento del delito investigado.
Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 182-A del Código Federal de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a disposición jurídica y material del Agente del Ministerio Público de la Federación, Delegación en el Estado de San Luis Potosí, con domicilio en República de Polonia # 370, Fraccionamiento Lomas de Satélite, Ciudad de San Luis Potosí, capital del Estado del mismo nombre.
 
Atentamente.
San Luis Potosí, S.L.P., a 15 de septiembre de 2020.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos tercero, sexto, y décimo segundo
Transitorios de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República
El Delegado en San Luis Potosí
Lcdo. Rodolfo Hernandez Limón.
Rúbrica.
(R.- 500237)