ACUERDO por el que se otorga el Premio Nacional al Mérito Forestal 2020.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 2, 3, 5, 6, fracción XI Bis, 13, 33 y 91-A al 91-D, de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, y 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 establece que el Gobierno de México está comprometido a impulsar el desarrollo sostenible, que en la época presente se ha evidenciado como un factor indispensable del bienestar. Se le define como la satisfacción de las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades. Esta fórmula resume insoslayables mandatos éticos, sociales, ambientales y económicos que deben ser aplicados en el presente para garantizar un futuro mínimamente habitable y armónico;
Que el Premio Nacional al Mérito Forestal es el reconocimiento que entrega el Estado a las personas físicas y morales de los sectores privado y social que realicen o hayan realizado acciones en el país a favor de la conservación, protección, restauración y uso sustentable de los recursos forestales, que representen beneficios a la sociedad;
Que asimismo tiene como objetivo reconocer a mujeres, hombres, grupos comunitarios, instituciones públicas y privadas, así como a organizaciones de la sociedad civil que hayan realizado y realicen acciones, proyectos y/o programas en materia ambiental con gran impacto y trascendencia en el desarrollo sustentable de México;
Que los galardonados del Premio Nacional al Mérito Forestal 2020, dejan un legado que incentiva a las nuevas generaciones a realizar acciones a favor del desarrollo forestal sustentable del país, y
Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, el Jurado del Premio Nacional al Mérito Forestal 2020, formuló mediante dictamen las proposiciones que el Consejo de Premiación ha sometido a la consideración del Ejecutivo Federal a mi cargo, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
PRIMERO.- Se otorga el Premio Nacional al Mérito Forestal 2020, en las siguientes categorías, a las personas que a continuación se mencionan:
Categoría: Reforestación
Roger Vanue Pérez
Categoría: Protección y restauración
Comunidad Barrio de San Francisco
Categoría: Silvicultura comunitaria
Ejido Santa María
Categoría: Manejo y ordenación forestal
Comunidad San Juan Luvina
Categoría: Proyecto de mujeres
Desarrollo Agropecuario y Forestal para el Progreso de la Mujer, Asociación Civil
Categoría: Industria forestal
Comunidad el Tarahumar y Bajíos del Tarahumar
Categoría: Micro y pequeñas empresas con relación al ámbito forestal
Corporativo Ghosthi, S.C. de R.L. de C.V.
Categoría: Manejo del agua y ecosistemas sanos
Asociación Ganadera Local de El Limón
Categoría: Cultura forestal ambiental
Luis Felipe Valdez Hermosillo
Categoría: Jóvenes
Nelly Jazmín Pacheco Cruz
SEGUNDO.- El Premio Nacional al Mérito Forestal 2020 será entregado en ceremonia que tendrá verificativo el dieciocho de diciembre del año dos mil veinte, en las Oficinas Centrales de la Comisión Nacional Forestal, sito en la Ciudad de Zapopan, Jalisco.
 
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Las erogaciones que se lleven a cabo para el cumplimiento del presente Acuerdo se cubrirán con cargo al presupuesto aprobado de la Comisión Nacional Forestal, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 16 de diciembre de 2020.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- La Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, María Luisa Albores González.- Rúbrica.