ACUERDO que modifica el diverso por el que se dan a conocer las medidas de simplificación administrativa y se expiden los formatos de los trámites a cargo de la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes en las materias que se indican, publicado el 15 de septiembre de 2020.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

MARÍA LUISA ALBORES GONZÁLEZ, Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis, fracción XLII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 80 y 84 de la Ley General de Mejora Regulatoria; 111 BIS de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 4 y 35 fracción II de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 63 de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 3o., fracción III y 4o. de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 23, párrafo segundo y 27 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera y 5, fracción XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que los Programas de Mejora Regulatoria son una herramienta prevista en la Ley General de Mejora Regulatoria que tiene por objeto mejorar la regulación vigente e implementar acciones de simplificación de Trámites y Servicios;
Que el 30 de agosto de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se da a conocer la Estrategia Nacional de Mejora Regulatoria como un instrumento programático para articular la política de mejora regulatoria de los Sujetos Obligados de la Administración Pública Federal y asegurar el cumplimiento de la Ley General de Mejora Regulatoria, misma que en su Meta 10.3 establece la implementación e institucionalización de los Programas de Mejora Regulatoria;
Que en cumplimiento a la Línea de acción 10.3.1 de la Estrategia Nacional de Mejora Regulatoria, la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria expidió los Lineamientos de los Programas de Mejora Regulatoria 2019-2020 de los Sujetos Obligados de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2019, en los cuales se establecen los calendarios, mecanismos, formularios e indicadores para la implementación de los Programas de Mejora Regulatoria de los Sujetos Obligados;
Que a fin de contribuir en la simplificación, modernización y la gestión pública transparente de los trámites y servicios, y perseguir con ello el máximo bienestar de la sociedad, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) inscribió en el Programa de Mejora Regulatoria 2019-2020 arriba citado, la acción de simplificación denominada "Mejora de medios digitales", consistente en diseñar y publicar los formatos correspondientes de los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios identificados con las Homoclaves SEMARNAT-05-005-A, Autorización para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas a las establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas en materia ambiental de Contaminación Atmosférica. Modalidad A, y SEMARNAT-05-007, Estudio justificativo de características especiales para ductos y chimeneas; esto con el objetivo de evitar confusiones a los particulares en la integración de documentación y presentación de los trámites mencionados a cargo de la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes;
Que además, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales inscribió, en el mencionado Programa de Mejora Regulatoria 2019-2020, la acción de simplificación consistente en "Transformar un Trámite en un Aviso", específicamente el trámite identificado con la Homoclave SEMARNAT-05-004, Combustión a cielo abierto, a cargo de la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes;
Que el artículo 84 de la Ley General de Mejora Regulatoria faculta a las Dependencias del Ejecutivo Federal en su carácter de sujetos obligados de la Administración Pública Federal para llevar a cabo la simplificación administrativa de los trámites y servicios de su competencia, a través de cualquier acción de mejora, mediante Acuerdos Generales que se publiquen en los medios de difusión oficial;
Que conforme lo anterior, el 15 de septiembre de 2020, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el "ACUERDO por el que se dan a conocer las medidas de simplificación administrativa y se expiden los formatos de los trámites a cargo de la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes en las materias que se indican"; esto, con la finalidad de facilitar a los particulares el cumplimiento de sus obligaciones ante esta Dependencia del Gobierno Federal, mediante la optimización de la presentación de los trámites SEMARNAT-05-005-A y SEMARNAT-05-007 empleando el formato diseñado para cada uno de ellos, además de facilitar a los particulares la gestión del aviso correspondiente para realizar las actividades previstas en el trámite con Homoclave SEMARNAT-05-004, sin menoscabar con ello la protección del medio ambiente y la conservación de los recursos naturales;
Que mediante el Artículo Cuarto del Acuerdo referido en el considerando inmediato anterior, el trámite identificado con la Homoclave SEMARNAT-05-004, Combustión a cielo abierto, fue convertido en Aviso, por lo que se puso a disposición del público en general el correo electrónico combustionacieloabierto@semarnat.gob.mx para que los interesados remitieran a la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, el Aviso de mérito; sin embargo, tomando en cuenta que el Aviso en comento puede ingresarse a nivel nacional, ya sea de manera física o vía electrónica, en aquellas entidades federativas en las que se llevará a cabo la combustión a cielo abierto, contar con una sola cuenta de correo electrónico para los efectos antes señalados, puede resultar insuficiente;
Que, por tal motivo, se estima necesario deshabilitar la dirección de correo electrónico señalada en el considerando inmediato anterior y, a efecto de facilitar la presentación del Aviso de mérito, se habilitan 32 direcciones electrónicas nuevas para poder dar atención de forma puntual y oportuna a los interesados;
Que, si bien el Aviso en comento se puede realizar de manera presencial o vía correo electrónico, se estima necesario privilegiar la segunda modalidad de presentación, debido a la emergencia sanitaria ocasionada por el virus SARS-CoV2, mismo que provoca la enfermedad denominada COVID-19; esto, con el objeto de evitar al máximo la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas, a fin de resguardar la salud de los servidores públicos y de la ciudadanía, lo cual se resalta en la modificación al Artículo Cuarto contemplada en el presente Acuerdo;
Que las modificaciones y precisiones que se realizan en torno al Artículo Cuarto, no solamente se refieren a los temas que se abordan en los Considerandos precedentes, sino también, en cuanto al procedimiento para llevar a cabo la presentación del Aviso antes citado, e incluso, en lo que respecta a la obtención de la constancia correspondiente, mismas que se identifican más adelante en este Acuerdo;
Que aunado a ello, se identificó que en el formato correspondiente al trámite identificado con la Homoclave SEMARNAT-05-007, en lugar de decir "estudio justificativo", aparece el término "estudio justificado", lo cual debe ser corregido, tanto en el título del trámite (página No. 1), como en la sección III del Instructivo para el llenado del formato (página No. 3);
Que, además de lo anterior, en la página 2 del formato señalado en el párrafo inmediato anterior, específicamente en el numeral 14 que se encuentra en la sección III. Datos de información del trámite, se identificaron algunos aspectos de redacción que ameritan ser corregidos, ya que en el siguiente texto: "las figuras 5", se debe hacer mención de una sola figura; asimismo se lee la palabra "Norma", de manera previa al término "NMX-009-1993-SCFI", sin embargo, el acrónimo "NMX" por antonomasia se refiere a un instrumento normativo; razón por la que se realizan los ajustes pertinentes, para quedar como sigue: "Hacer uso de la zona achurada de la figura 5 de la NMX-AA-009-1993-SCFI";
Que, de igual forma, en la página 2, en el numeral 19, del documento arriba citado, se advierte que se emplea el término "propietario o poseedor", sin embargo no es el adecuado para referirse a las personas que firmarán el formato que nos ocupa, toda vez que quien cuenta con la facultad para ello, es el "solicitante" del trámite o, como también se establece, el "representante legal", por lo que es necesario llevar a cabo las modificaciones correspondientes;
Que, de manera similar, en el formato correspondiente al trámite identificado con la Homoclave SEMARNAT-05-005-A, Autorización para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas a las establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas en materia ambiental de Contaminación Atmosférica. Modalidad A, en el punto 17, de la página 3 se advierte que se emplea el término "propietario o poseedor", sin embargo debe substituirse por "solicitante";
Que en la página 3 del formato referido en el considerando inmediato anterior, en la sección III. Datos de información del trámite, se detectó que el texto del numeral 16.7, no era consistente con lo descrito en la página 5 del propio documento (Instructivo para el llenado del formato), respecto de ese punto en específico, por lo que resulta conveniente llevar a cabo los ajustes necesarios en ese tenor;
Que, adicional a ello, se considera pertinente modificar otro texto de la página 5 del formato antes señalado, con el objeto de que se le indique al interesado que si existen dudas acerca del llenado del mismo, el promovente podrá acudir al Espacio de Contacto Ciudadano de la Oficina de Representación de esta Secretaría más cercano a su localidad, y
Que por los motivos antes expuestos y con el objeto de brindar mayor claridad y certeza respecto del Aviso en comento, así como de los formatos correspondientes a los trámites identificados con la Homoclave SEMARNAT-05-007 y SEMARNAT-05-005-A, se modifica el Artículo Cuarto del Acuerdo señalado en el párrafo séptimo del presente, así como su Anexo Único, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO QUE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS MEDIDAS DE
SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE EXPIDEN LOS FORMATOS DE LOS TRÁMITES A CARGO
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE LA CALIDAD DEL AIRE Y REGISTRO DE EMISIONES Y
TRANSFERENCIA DE CONTAMINANTES EN LAS MATERIAS QUE SE INDICAN, PUBLICADO EL 15 DE
SEPTIEMBRE DE 2020, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
ÚNICO. Se modifica el Artículo Cuarto, así como el Anexo Único del "ACUERDO por el que se dan a conocer las medidas de simplificación administrativa y se expiden los formatos de los trámites a cargo de la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes en las materias que se indican", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2020, para quedar como se indica a continuación:
"Artículo Cuarto.- Los interesados podrán remitir el Aviso al que se refiere el Artículo Tercero del presente Acuerdo, únicamente mediante una de las siguientes dos modalidades:
1.     A través del Espacio de Contacto Ciudadano (ECC) de las oficinas centrales de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales o de las Oficinas de Representación de la entidad federativa en la que se llevará a cabo la combustión a cielo abierto para adiestrar y capacitar al personal encargado del combate de incendios, y cuya dirección se puede consultar en la Tabla 1.
2.     A través de los correos electrónicos que se ponen a su disposición en la Tabla 1, donde podrá enviar su solicitud a la entidad federativa en la que se realizará la combustión a cielo abierto para adiestrar y capacitar al personal encargado del combate de incendios.
Los usuarios del Aviso señalado en el presente Artículo, podrán optar por una u otra modalidad de presentación (de manera física o electrónica), sin embargo, dada la emergencia sanitaria ocasionada por el virus SARS-CoV2, mismo que provoca la enfermedad denominada COVID-19, se deberá privilegiar que las comunicaciones con los particulares, se realicen utilizando medios electrónicos, evitando al máximo la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas, a efecto de resguardar la salud de los servidores públicos y de la ciudadanía.
Para efectos de lo anterior, se hace del conocimiento de los promoventes, que para el caso de optar por la modalidad de presentación de manera electrónica, manifestarán expresamente mediante escrito libre con firma autógrafa (mismo que se anexará digitalizado), su aceptación de recibir notificaciones a través del correo electrónico que determinen para tal efecto, siempre que pueda comprobarse fehacientemente su recepción, en términos de lo previsto en el artículo 35, fracción II de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
El escrito libre mediante el que manifieste que acepta recibir notificaciones por medio de correo electrónico contendrá como mínimo:
a)    Órgano a quien se dirige el trámite.
b)    Lugar y fecha del escrito.
c)    Nombre, denominación o razón social de quien o quienes promuevan o, en su caso, el de su representante legal.
d)    Domicilio para oír y recibir notificaciones, indicando el número de teléfono a 10 dígitos.
e)    Petición que se formula, señalando el domicilio donde se realizará la combustión.
f)     Correo electrónico para recibir notificaciones.
g)    Firma autógrafa.
El trámite ingresado por correo electrónico deberá presentar toda la documentación digitalizada del original y con firma autógrafa del solicitante. Para mayor referencia de los documentos requeridos deberá consultar la siguiente liga de internet (https://www.gob.mx/tramites/ficha/permiso-para-la-combustion-a-cielo-abierto/SEMARNAT2615).
 
La Constancia de Recepción del Aviso que emita esta Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes o la Oficina de Representación, una vez reunidos y verificados todos los requisitos, será notificada, en un plazo de 5 días hábiles.
En caso de no reunir todos los requisitos, el solicitante será apercibido mediante notificación que se realizará mediante el correo electrónico que haya señalado en el inciso f) del sexto párrafo del presente Artículo para que complete la información faltante, misma que deberá presentarse dentro del término de cinco días hábiles. Habiéndose desahogado la prevención y presentada en su totalidad la información faltante, le será enviada la Constancia de Recepción. Asimismo, con fundamento en el artículo 17-A, segundo párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, transcurrido el plazo antes señalado, sin que se desahogue la prevención, se desechará la solicitud.
Una vez que se haya notificado la Constancia de Recepción sin que haya sido apercibido, se dará por aceptada la documentación y concluido el proceso de Aviso.
Si la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes o la Oficina de Representación ante la que el interesado realice el trámite, ambas de esta Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, identifican que existe duplicidad en la recepción del Aviso (que se presente tanto de manera presencial, como electrónica), se realizará la prevención correspondiente y se suspenderá su tramitación, hasta que el solicitante efectúe la aclaración correspondiente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 420 Quáter, fracción II del Código Penal Federal, se considera como delito contra la gestión ambiental, asentar datos falsos en los registros, bitácoras o cualquier otro documento utilizado con el propósito de simular el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normatividad ambiental federal y se perseguirán por querella de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.
Tabla 1. Listado de direcciones y correos electrónicos para remitir el Registro de Aviso para
Combustión a cielo abierto.
No.
Oficina de
Representación
(antes Delegación
Federal) de la
SEMARNAT
Dirección
Correo electrónico que le corresponde:
01
Aguascalientes
Av. Francisco I. Madero Núm. 344 Col. Zona Centro C.P. 20000, Aguascalientes, Ags.
combustionacieloabierto_AGS@semarnat.gob.mx
02
Baja California
Calz. Cetys Núm. 2799, Centro Corporativo "Aelus" Edif. "C" Local 19, 3er. Nivel, Col. Rivera, C.P. 21259, Mexicali, B. C.
combustionacieloabierto_BC@semarnat.gob.mx
03
Baja California Sur
Melchor Ocampo Núm. 1045 Col. Centro C.P. 23000, La Paz, B. C. Sur
combustionacieloabierto_BCS@semarnat.gob.mx
04
Campeche
Av. Prolongación Tormenta Núm. 11 Col. Las Flores, C.P. 24097, Campeche, Camp.
combustionacieloabierto_CAMP@semarnat.gob.mx
05
Chiapas
5 Poniente Norte Núm. 1207 Entre 10A y 11A norte, Col. Barrio Niño de Atocha C.P. 29037, Tuxtla Gutiérrez, Chis.
combustionacieloabierto_CHIS@semarnat.gob.mx
06
Chihuahua
Calle Urano Núm. 4503 Col. Satélite C.P. 31104, Chihuahua, Chih.
combustionacieloabierto_CHIH@semarnat.gob.mx
07
Coahuila de Zaragoza
Blvd. Fundadores Núm. 7640, Col. Sauz, C.P. 25294, Saltillo, Coah.
combustionacieloabierto_COAH@semarnat.gob.mx
08
Colima
Victoria Núm. 360 Col. Centro, C.P. 28000, Colima, Col.
combustionacieloabierto_COL@semarnat.gob.mx
09
Ciudad de México
(Oficinas centrales)
Avenida Ejercito Nacional No. 223, Colonia Anáhuac, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, C.P. 11320, Ciudad de México.
combustionacieloabierto_CDMX@semarnat.gob.mx
10
Durango
Blvd. Durango Núm. 198 Col. Jalisco C.P. 34170, Durango, Dgo.
combustionacieloabierto_DGO@semarnat.gob.mx
11
Estado de México
Andador Valentín Gómez Farías Núm. 108, Col. San Felipe Tlalmimilolpan C.P. 50250, Toluca, México.
combustionacieloabierto_MEX@semarnat.gob.mx
12
Guanajuato
Londres Núm. 404 Col. Andrade, C.P. 37370, León, Gto.
combustionacieloabierto_GTO@semarnat.gob.mx
13
Guerrero
Av. Costera Miguel Alemán Núm. 315 Piso, Palacio Federal Col. Centro, C.P. 39300, Acapulco de Juárez, Gro.
combustionacieloabierto_GRO@semarnat.gob.mx
 
14
Hidalgo
Blvd. Everardo Márquez Núm. 612, Fracc. Los Maestros, C.P. 42092, Pachuca de Soto, Hgo.
combustionacieloabierto_HGO@semarnat.gob.mx
15
Jalisco
Av. Alcalde Núm. 500, 2° y 8° Piso, Col. Alcalde Barranquitas C.P. 44270, Guadalajara, Jal.
combustionacieloabierto_JAL@semarnat.gob.mx
16
Michoacán de Ocampo
Periodista Bustamante, Núm. 222, Col. Rinconada Del Valle, C.P. 58190, Morelia, Mich.
combustionacieloabierto_MICH@semarnat.gob.mx
17
Morelos
Calle Primavera Núm. 2, Col. Lomas de Chamilpa C.P. 62218, Cuernavaca, Mor.
combustionacieloabierto_MOR@semarnat.gob.mx
18
Nayarit
Av. Allende Núm. 110 Oriente, 2° Piso, Col. Centro, C.P. 63000, Tepic, Nay.
combustionacieloabierto_NAY@semarnat.gob.mx
19
Nuevo León
Av. Benito Juárez Núm. 500 1er Piso, Palacio Federal Col. Centro, C.P. 67100, Guadalupe, N. L.
combustionacieloabierto_NL@semarnat.gob.mx
20
Oaxaca
Sabinos Núm. 402 Col. Reforma, C.P. 68050, Oaxaca de Juárez, Oax.
combustionacieloabierto_OAX@semarnat.gob.mx
21
Puebla
Calle 3 Poniente Núm. 2926 Col. la Paz C.P. 72160, Puebla, Pue.
combustionacieloabierto_PUE@semarnat.gob.mx
22
Querétaro
Ignacio Pérez Núm. 50 Col. Centro, C.P. 76000, Querétaro, Qro.
combustionacieloabierto_QRO@semarnat.gob.mx
23
Quintana Roo
a) Blvd. Kukulkan Km.4.8 Zona Hotelera Cancún Quintana Roo C.P. 77500. b) Av. Insurgentes Núm. 445 Col. Magisterial, C.P. 77039, Chetumal, Quintana Roo.
combustionacieloabierto_ROO@semarnat.gob.mx
24
San Luis Potosí
Vista Hermosa Núm. 480 Col. Las Águilas, C.P. 78270, San Luis Potosí, SLP.
combustionacieloabierto_SLP@semarnat.gob.mx
25
Sinaloa
Cristobal Colón Núm. 144 Oriente, Col. Centro, C.P. 80000, Culiacán, Sin.
combustionacieloabierto_SIN@semarnat.gob.mx
26
Sonora
Paseo Río Sonora y Galeana S/Núm. Centro de Gobierno Edif. Hermosillo 2° Nivel Col. Proyecto Río Sonora C.P. 83270, Hermosillo, Son.
combustionacieloabierto_SON@semarnat.gob.mx
27
Tabasco
Av. Paseo de la Sierra Núm. 613 Col. Reforma, C.P. 86080, Villahermosa, Tab.
combustionacieloabierto_TAB@semarnat.gob.mx
28
Tamaulipas
Juan B. Tijerina, esquina con José María Morelos, Palacio Federal 2° Piso, Zona Centro C.P. 87000, Cd. Victoria, Tamps.
combustionacieloabierto_TAMPS@semarnat.gob.mx
29
Tlaxcala
Calle 37 Núm. 403, Col. Loma Xicoténcatl, C.P. 90062, Tlaxcala, Tlax.
combustionacieloabierto_TLAX@semarnat.gob.mx
30
Veracruz
Av. Lázaro Cárdenas Núm. 1500, Col. Ferrocarrilera, C.P. 91120, Xalapa, Ver.
combustionacieloabierto_VER@semarnat.gob.mx
31
Yucatán
Calle 59 B Núm. 238 Edif. "B" Por Avenida Zamná, Fracc. Yucalpetén C.P. 97238, Mérida, Yuc.
combustionacieloabierto_YUC@semarnat.gob.mx
32
Zacatecas
Segunda de Matamoros Núm. 127, Col. Centro Histórico, C.P. 98000, Zacatecas, Zac.
combustionacieloabierto_ZAC@semarnat.gob.mx
 
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 23 de noviembre de 2020.- La Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, María Luisa Albores González.- Rúbrica.
ANEXO ÚNICO
Formatos oficiales:
FF-SEMARNAT-114 Autorización para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas a las establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas en materia de Contaminación Atmosférica. Modalidad A, y
FF-SEMARNAT-115 Estudio justificativo de características especiales para ductos y chimeneas:
 

 

 

 

 

 

 

 

 

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