ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Sembrando Vida, para el ejercicio fiscal 2021.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- BIENESTAR.- Secretaría de Bienestar.

JAVIER MAY RODRÍGUEZ, Secretario de Bienestar, con fundamento en los artículos 27, fracción XX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; Décimo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social (hoy Secretaría de Bienestar); y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 27, fracción XX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica;
Que el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que corresponde a la Secretaría de Bienestar, entre otras atribuciones, fortalecer el bienestar, el desarrollo, la inclusión y la cohesión social en el país mediante la instrumentación, coordinación, supervisión y seguimiento, en términos de ley y con los organismos respectivos, de las políticas de combate efectivo a la pobreza;
Que es imperiosa la necesidad de pasar de los programas sociales concebidos como paliativos para la pobreza a una política de bienestar, con horizonte de mediano y largo plazo, para la que el Estado requiere de las instituciones, instrumentos y recursos, para abrir oportunidades de trabajo y bienestar a la población, tanto en el medio rural como en el urbano. Dejar atrás la política social concebida como asistencia para los pobres, pasar a una política en la que el bienestar sea el objetivo; de tal manera que los recursos y programas del Estado se conviertan en los instrumentos que contribuyan a generar condiciones estructurales distintas;
Que el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021, identifica al Programa Sembrando Vida en el Anexo 25, como un Programa sujeto a Reglas de Operación del Ramo 20 Bienestar;
Que es prioridad para la presente administración contribuir a mejorar las condiciones de vida de los sujetos agrarios en los ejidos y comunidades agrarias que se encuentren en mayor situación de pobreza, para impulsar el fortalecimiento de la participación social, la inclusión productiva y el desarrollo comunitario, a través del establecimiento de Sistemas de Producción Agroforestales;
Que en este marco, las dependencias son responsables de emitir las Reglas de Operación de los Programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquéllas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria;
Que las dependencias, las entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas, publicarán en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación de programas nuevos, así como las modificaciones a las reglas de programas vigentes, a más tardar el 31 de diciembre anterior al ejercicio y, en su caso, deberán inscribir o modificar la información que corresponda en el Registro Federal de Trámites y Servicios, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Mejora Regulatoria; y
Que tomando en cuenta que con oficio número 312.A.-2926 de fecha 20 de noviembre de 2020, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió la autorización presupuestaria correspondiente a las Reglas de Operación del Programa Sembrando Vida para el ejercicio fiscal 2021, y la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria mediante oficio número CONAMER/20/5044 de fecha 10 de diciembre de 2020, emitió el dictamen respectivo, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SEMBRANDO
VIDA, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021
ÚNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa Sembrando Vida para el ejercicio fiscal 2021.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día 1 de enero de 2021.
SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Sembrando Vida, para el ejercicio fiscal 2020, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2020.
Dado en la Ciudad de México, a los 18 días del mes de diciembre de 2020.- El Secretario de Bienestar, Javier May Rodríguez.- Rúbrica.
1. Introducción
 
México es un país rico en recursos naturales, biodiversidad y cultura. Esta riqueza se encuentra principalmente en las zonas rurales, ya que ahí se concentra la mayor cantidad de recursos bióticos del país y residen gran parte de los pueblos originarios y comunidades afromexicanas, los cuales, mediante sus conocimientos y prácticas tradicionales, han sabido preservar los recursos que posee su entorno y que son parte de su patrimonio biocultural.
En México, las zonas más ricas en biodiversidad son aquellas con los mayores índices de pobreza y rezago, esto debido a que no se han establecido políticas y programas institucionales que revaloren la agricultura campesina y logren aumentar el nivel de bienestar de los hogares rurales y satisfacer sus necesidades básicas de alimentación, a través de la autoproducción de alimentos, la comercialización de excedentes y la generación de empleo.
Debido a estas condiciones de pobreza, las regiones rurales del país, las cuales cuentan con alto potencial agroalimentario, han sufrido en las últimas décadas un importante proceso de deforestación y sobreexplotación de sus recursos, causando la degradación de los suelos y la modificación negativa de sus microclimas, afectando así el potencial productivo que poseen y generando insuficiencias alimentarias en la propia comunidad, empeorando así las condiciones socioeconómicas de las y los pobladores, quienes se han visto forzados a abandonar sus lugares de origen en busca de empleos en las ciudades o incluso en otros países.
Sin embargo, las zonas rurales de México pueden convertirse en un sector estratégico para el desarrollo del campo si se trabaja en incrementar su productividad, bajo un enfoque de sustentabilidad y con una visión de desarrollo regional a largo plazo, que contribuya a reducir la condición de vulnerabilidad en la que se encuentran las personas que allí habitan.
De esta manera es importante que se trabaje en apoyar a las/los sujetos agrarios que no cuentan con los recursos y conocimientos necesarios para producir alimentos, ya que debido a las características de los territorios en los que habitan, ellos representan una gran oportunidad para impulsar la producción de cultivos mediante sistemas agrícolas sustentables que contribuyan no solo a mejorar la alimentación y calidad de vida de las personas, sino también a la recuperación de suelos, a la mejora del medio ambiente y a combatir la insuficiencia alimentaria del país.
Es por ello que el Programa está diseñado para atender a la población rural que se encuentra en las regiones de más alta biodiversidad del país, que vive en localidades marginadas y cuyos municipios se encuentran con niveles de medio a muy alto grado de Rezago Social fijados por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), o con ingresos inferiores a la línea de pobreza por ingresos, establecida también por el CONEVAL. De acuerdo al Diagnóstico del Programa, de la población objetivo con estas características, el 5% son mujeres.
El Programa incentivará a las/los sujetos agrarios a establecer sistemas productivos agroforestales, el cual combina la producción de los cultivos tradicionales en conjunto con árboles frutícolas y maderables, y el sistema de Milpa Intercalada entre Árboles Frutales (MIAF), con lo que se contribuirá a generar empleos, se incentivará la autosuficiencia alimentaria, se mejorarán los ingresos de las y los pobladores y se recuperará la cobertura forestal de un millón setenta y cinco mil hectáreas en el país.
No debe perderse de vista que el campo, en su conjunto, ha sido víctima de abandono por parte de las autoridades que han dirigido el destino del país en pasadas administraciones, lo que ha redundado en un menoscabo importante, tanto en la producción agroforestal, como en el nivel de vida de la población rural.
Además, se promoverá la organización social y productiva de las/los sujetos agrarios, como una forma de recuperar el tejido social en las comunidades, lograr la autosuficiencia alimentaria de las/los sujetos agrarios, mejorar la calidad de vida de las localidades en donde opere el Programa, y en un mediano plazo, generar procesos de valor agregado y comercialización.
Para ello, el Programa atenderá a las/los sujetos agrarios que se encuentren en localidades rurales, priorizando aquellos con población indígena y afromexicana, con rezago social ubicados en territorios con alto potencial ambiental, forestal y de producción de alimentos, a fin de lograr una mejoría de ingresos mediante el establecimiento de sistemas agroforestales en sus parcelas.
La población potencial es el conjunto de personas que se dedican a actividades agroforestales con edad mayor o igual a 18 años, que viven en localidades rurales ubicadas en municipios con niveles de rezago social: medio, alto y muy alto o que tienen ingresos inferiores a la línea de pobreza por ingresos rural.
Asimismo, el Programa impulsará la participación efectiva de mujeres y hombres con la intención de contribuir a cerrar brechas de desigualdad por género y etnia en el acceso a los recursos, por lo que, la condición de mujer u hombre no será motivo de restricción para la participación y elegibilidad.
El Programa reconoce que las mujeres campesinas aportan de forma sustantiva a la producción de
alimentos, a la transformación, el resguardo de semillas criollas, el manejo ambiental, la comercialización, la preparación y conservación de alimentos, por lo que prestará especial atención para que a través de las acciones y servicios, se busque acelerar la igualdad de género y el empoderamiento social y económico de las mujeres campesinas, como un aspecto crucial para erradicar la pobreza rural, eliminar el hambre y mejorar el bienestar de las poblaciones rurales.
Las acciones de la Secretaría de Bienestar buscan trascender el sexenio y coadyuvar a la creación de políticas públicas que promuevan medios de vida y de producción dignos para las familias asociadas a esta iniciativa. Para cumplir con sus objetivos estratégicos se valdrá de relaciones colaborativas con otras Secretarías, con el Banco del Bienestar y con otros actores relevantes del sector nacional e internacional, con el fin de potenciar su eficiencia y fomentar la cultura de ahorro para incrementar el patrimonio familiar a través de la creación de un Fondo de Bienestar que apoye acciones de inclusión productiva, financiera y social a corto, mediano y largo plazo.
Dentro del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024, en el apartado II. Política Social y ubicado en el numeral 6 de programas, el Programa Sembrando Vida está considerado de gran importancia para el cumplimiento de los objetivos establecidos para la Cuarta Transformación. Bajo el compromiso con el impulso al desarrollo sostenible, el Programa considera la participación efectiva en el desarrollo rural integral.
La contribución del programa al PND se centra en incentivar a las/los sujetos agrarios a través de la generación de empleo para establecer sistemas productivos agroforestales, se fomentará la autosuficiencia alimentaria, se mejorarán los ingresos de las y los pobladores y se recuperará la cobertura forestal de un millón setenta y cinco mil hectáreas en el país, estas metas se alcanzaran a través del estímulo a la reconstrucción del tejido social retomando las formas de organización comunitaria, fomentando la cultura del ahorro, promoviendo la sustentabilidad y rescatando los valores éticos y morales en el vivir de la población rural, sin alterar los usos y costumbres locales.
En cumplimiento con el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 que establece como uno de sus proyectos prioritarios al Programa para el Desarrollo del Istmo de Tehuantepec, cuyo objetivo es impulsar el crecimiento de la economía regional con pleno respeto a la historia, la cultura y las tradiciones del Istmo oaxaqueño y veracruzano, dentro del ámbito de sus atribuciones y de conformidad con lo establecido en las presentes Reglas de Operación, podrá focalizar acciones que contribuyan al logro de los objetivos del Programa para el Desarrollo del Istmo de Tehuantepec 2020-2024.
Con el objetivo de desarrollar correctamente las citadas acciones, el Programa podrá realizar los ajustes necesarios en su planeación y operación para la atención prioritaria de los 79 municipios que integran el Istmo de Tehuantepec; vinculándose y coordinándose con el organismo público descentralizado, no sectorizado, denominado "Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec" creado mediante Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de junio de 2019.
A continuación, se presenta la alineación del Programa Sembrando Vida con el Programa Sectorial de Bienestar
Alineación del Programa Sembrando Vida al Programa Sectorial de Bienestar
Objetivo Prioritario
Contribuir al bienestar social mediante ingresos suficientes, impulsar la autosuficiencia alimentaria, la reconstrucción del tejido social y generar la inclusión productiva de los campesinos en localidades rurales para hacer productiva la tierra.
Estrategias prioritarias
3.1 Instrumentar acompañamiento técnico agrícola con enfoque intercultural, apoyos económicos y en especie para que campesinas y campesinos puedan hacer productiva la tierra, lograr la autosuficiencia alimentaria y agroforestal, en coordinación con las instituciones públicas competentes.
3.2 Otorgar acompañamiento técnico social para promover la reconstrucción del tejido social en las localidades rurales.
3.3 Proporcionar asistencia técnica y mecanismos financieros con pertinencia cultural a campesinas y campesinos para promover su inclusión productiva y financiera.
 
Acciones puntuales
3.1.1 Contratar y capacitar a técnicos agrícolas en temas de milpa intercalada entre árboles frutales, sistemas agroforestales, agricultura sustentable, biofábricas y viveros.
3.1.2 Proporcionar asistencia y acompañamiento técnico a campesinas y campesinos con pertinencia cultural en temas de milpa intercalada entre árboles frutales, sistemas agroforestales, agricultura sustentable, biofábricas y viveros.
3.1.3 Proporcionar apoyos económicos a campesinas y campesinos, con pertinencia cultural para que puedan hacer productiva la tierra.
3.1.4 Proporcionar apoyos en especie a campesinas y campesinos con pertinencia cultural para que puedan hacer productiva la tierra.
3.1.5 Apoyar la instalación de viveros comunitarios para la producción de planta.
3.1.6 Apoyar la instalación de biofábricas que produzcan insumos para los viveros comunitarios y las parcelas de las campesinas y campesinos.
3.2.1 Contratar y capacitar a técnicos sociales en temas de ahorro, construcción de ciudadanía, desarrollo comunitario, igualdad de género, salud comunitaria, derechos humanos, no discriminación y demás temas que aporten a la reconstrucción del tejido social en localidades rurales.
3.2.2 Proporcionar asistencia y acompañamiento técnico social a campesinas y campesinos con pertinencia cultural en temas de ahorro, construcción de ciudadanía, desarrollo comunitario, igualdad de género, salud comunitaria, derechos humanos, no discriminación y demás temas que aporten a la reconstrucción del tejido social en localidades rurales.
3.3.1 Contratar y capacitar a técnicos en temas de agroindustria, economía social y solidaria, encadenamientos productivos, canales de comercialización, incubación empresarial, organizaciones asociativas productivas y demás temas que promuevan la inclusión productiva de campesinas y campesinos.
3.3.2 Proporcionar asistencia y acompañamiento técnico a campesinas y campesinos en temas de agroindustria, economía social y solidaria, encadenamientos productivos, canales de comercialización, incubación empresarial, organizaciones asociativas productivas y demás temas que promuevan la inclusión productiva de campesinos.
3.3.3 Promover la constitución de un mecanismo de ahorro que apoye la inclusión productiva y financiera de los campesinos.
Meta para el Bienestar
3.1 Población con ingreso inferior a la línea de pobreza por ingreso en el ámbito rural
Parámetro
3.2 Población con carencia de acceso a la alimentación en el ámbito rural
 
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se verificó que el Programa objeto de las presentes Reglas de Operación no se contrapone, afecta ni presenta duplicidades con otros programas y acciones del Gobierno Federal, en cuanto a su diseño, beneficios, apoyos otorgados y población objetivo, así como que se cumplen las disposiciones aplicables.
2. Objetivos
2.1 Objetivo General
Las/los sujetos de derecho que se encuentran en municipios con Rezago Social cuentan con 2.5 hectáreas sembradas con Sistemas Agro Forestales y Milpa Intercalada entre árboles Frutales produciendo, con necesidades alimenticias básicas cubiertas.
2.2 Objetivo Específico
a)    Apoyos económicos para fomentar el bienestar de las/los sujetos de derecho otorgados.
b)    Apoyos en especie para la producción agroforestal otorgados.
c)    Acompañamiento social y técnico para la implementación del Programa.
3. Reglas de Operación
3.1 Cobertura
 
El Programa tiene cobertura para la población considerada como objetivo, en las siguientes 20 entidades federativas: 1. Campeche, 2. Chiapas, 3. Chihuahua, 4. Colima, 5. Durango, 6. Guerrero, 7. Hidalgo, 8. Michoacán, 9. Morelos, 10. Nayarit, 11. Oaxaca, 12. Puebla, 13. Quintana Roo, 14. San Luis Potosí, 15. Sinaloa, 16. Tabasco, 17. Tamaulipas, 18. Tlaxcala, 19. Veracruz y 20. Yucatán.
3.2 Población Objetivo.
Sujetos agrarios mayores de edad que habitan en localidades rurales, cuyos municipios se encuentran con niveles de rezago social y que son propietarios o poseedores de 2.5 hectáreas disponibles para ser trabajadas en un proyecto agroforestal.
3.3 Criterios de Priorización.
Para el ejercicio fiscal 2021, se dará prioridad a las solicitudes presentadas por las/los sujetos agrarios de las siguientes entidades federativas:
1. Campeche, 2. Chiapas, 3. Chihuahua, 4. Colima, 5. Durango, 6. Guerrero, 7. Hidalgo, 8. Michoacán, 9. Morelos, 10. Nayarit, 11. Oaxaca, 12. Puebla, 13. Quintana Roo, 14. San Luis Potosí, 15. Sinaloa, 16. Tabasco, 17. Tamaulipas, 18. Tlaxcala, 19. Veracruz y 20. Yucatán.
Asimismo, se dará prioridad a jóvenes en edad productiva, a mujeres campesinas, personas de pueblos originarios y afromexicanas y a sujetos agrarios que no participen en otro programa federal con fines similares.
En caso de que haya una demanda mayor al programa de las hectáreas disponibles, se aplicará el criterio de prelación conforme a la siguiente tabla:
TABLA DE PRELACIÓN
De la/el sujeto de derecho
Criterio
Puntaje
Con dos o más dependientes económicos
5
Jóvenes hombres o mujeres (18 a 29 años)
3
Mujeres indígenas o afromexicanas
5
Hombres o mujeres que no tienen otro programa con fines similares
2
Hombres indígenas o afromexicanos
2
Mujeres no indígenas
5
Superficie compacta
3
Presenta hasta 3 fracciones de terrenos
2
 
3.4 Criterios y requisitos de elegibilidad
Para acceder al Programa, se deberá cumplir con lo siguiente:
Criterios
Requisitos
1) Ser sujeto agrario, que habita en municipios con rezago social.
De preferencia habitar en municipios catalogados como de medio a muy alto grado de rezago social (CONEVAL); en los demás municipios, las/los sujetos agrarios se deberán encontrar por debajo de la línea de pobreza por ingresos rural.
2) Ser mayor de edad.
Presentar copia legible, y original vigente para cotejo, de la credencial para votar o cualquier otra identificación oficial, así como la Clave Única de Registro de Población, (CURP). Estos documentos serán fotografiados en el momento de registrar sus datos.
En casos extraordinarios, el Comité Técnico del Programa podrá definir la documentación que acredite la identidad de la persona.
3) Aceptar cumplir con todas las disposiciones legales aplicables y específicamente con las contenidas en las Reglas de Operación del Programa Sembrando Vida.
Presentar carta compromiso en la que acepta cumplir con las disposiciones contenidas en las Reglas de Operación del Programa Sembrando Vida. (Anexo 5).
 
4) Tener disponibles 2.5 hectáreas para trabajar en un proyecto agroforestal.
 
Presentar copia, y original para cotejo, de alguno de los siguientes documentos:
A) Cuando la candidata o el candidato a sujeto de derecho tiene por él mismo disponibles 2.5 hectáreas:
-Acreditar la propiedad o posesión de las 2.5 hectáreas, mediante certificado parcelario, certificado de derechos agrarios, escritura pública, sentencia o resolución del Tribunal Agrario, acta de la Asamblea anexo Ejidal donde se acredite la tenencia o posesión, acta de la Asamblea de Bienes Comunales donde se acredite la posesión o cualquier otro documento o título donde conste plenamente la propiedad o posesión de la tierra.
B) Cuando la candidata o candidato a sujeto de derecho no tenga disponibles 2.5 hectáreas, ya sea porque no cuenta con tierras o porque no completa dicha superficie:
-Deberá firmarse un contrato de aparcería por cada 2.5 hectáreas o en su caso, por la fracción que falte para completar dicha superficie (Anexo 7), ya que cada unidad de producción se constituye con dicha superficie de tierra y sólo podrá haber un sujeto de derecho por unidad de producción.
-Los contratos de aparcería deberán tener una vigencia mínima de cuatro años y en éstos se establecerá que la aparcera o el aparcero tendrá derecho por lo menos al 50% de los frutos, sin que existan pagos en numerario entre las partes.
-Cuando se trate de propiedad ejidal de uso común, la celebración de los contratos de aparcería deberá ser autorizada por la Asamblea Ejidal (Anexo 8).
-Para el caso de terrenos fraccionados, sólo se aceptarán hasta cuatro fracciones para conformar la unidad de producción. En casos especiales avalados por el/la coordinador(a) territorial, hasta siete fracciones.
-Se promoverá la participación de las mujeres en la celebración de contratos de aparcería, dando un seguimiento y asistencia técnica al proceso cuando se trate de la integración de las mujeres campesinas e indígenas.
 
Especificaciones de las unidades de producción:
1.     Cada unidad de producción deberá conformarse por 2.5 hectáreas y tendrá como responsable a un solo sujeto de derecho.
2.     Entre la localidad en la que vive el sujeto agrario y la unidad de producción, debe haber una distancia máxima de 20 kilómetros, considerando las vías de comunicación de uso común.
3.     Si la/el sujeto de derecho tiene una superficie mayor a 2.5 hectáreas, podrá ceder a familiares o a terceros, siempre y cuando sean hogares diferentes, el uso y goce de hasta 17.5 hectáreas de tierra, mediante la celebración de contratos de aparcería.
 
4.     La unidad de producción puede estar ubicada dentro de un ejido, tierra de uso común o pequeña propiedad. En cualquier caso, el sujeto agrario debe tener la propiedad o posesión sobre la tierra y ésta deberá encontrarse libre de conflicto.
5.     La unidad de producción debe estar disponible para implementar el programa agroforestal, en áreas de uso predominantemente agropecuario y debe tener alguna de las siguientes características:
a)    Que se encuentre ociosa.
b)    Estar en condiciones de potrero o agostadero abandonado o sin uso.
c)     Acahual bajo: el cual será definido de conformidad con el ecosistema predominante en los territorios. En este caso, se deberán implementar las técnicas de manejo y enriquecimiento de acahual, por lo que éste se incorporará al diseño de la unidad de producción, promoviendo la incorporación del máximo posible de la vegetación ya existente, respetando invariablemente los diámetros basales de 10 centímetros o más
d)    Tener cultivo de milpa o cualquier otro cultivo de temporal o ciclo corto.
Para la selección de las unidades de producción se deben respetar los siguientes criterios de exclusión:
a)    Evitar las áreas forestales permanentes, así como la incursión en zonas delimitadas de uso forestal en los ordenamientos territoriales comunitarios o ejidales donde esté vigente un permiso de aprovechamiento forestal.
b)    Evitar, de preferencia, que los terrenos a considerar formen parte de una UMA de conservación y aprovechamiento. Si el terreno forma parte de una UMA, deberá de tener su plan de manejo integral.
c)     Si el terreno se encuentra en un área natural protegida, éste no deberá estar en el área núcleo y deberá regirse bajo lo permisible en el plan de manejo del área natural protegida.
d)    No se considerarán elegibles los terrenos incendiados, conforme a lo establecido en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, artículo 155, así como aquellos en los que se hayan realizado derribos de árboles con el propósito de ingresar al Programa.
La implementación de los sistemas agroforestales de Sembrando Vida se basa en el reconocimiento, rediseño y fortalecimiento de los Sistemas Productivos Campesinos, desde el enfoque de los Sistemas Agroforestales (SAF) y la Milpa sustentable, regenerativa, resiliente e intercalada con árboles frutales (MIAF). Para ello, el reconocimiento de los agroecosistemas existentes, de la vegetación primaria persistente y de las formas de trabajo de las familias campesinas, es el punto de partida para el diseño conjunto entre los (as) técnicos y las (os) sembradores, de las innovaciones, enriquecimientos y/o establecimiento de las parcelas con SAF y MIAF.
De las 2.5 hectáreas que cada sembrador/a está destinando al Programa, al menos una parte se cultivará con milpa, preferentemente en MIAF y en el resto se establecerán Sistemas Agroforestales (SAF), dependiendo de las condiciones ambientales de cada unidad de producción.
Los huertos familiares (también llamados solares o traspatios), aportan significativamente a la seguridad alimentaria de las familias, a la conservación de la agrodiversidad y a la transmisión de conocimientos. Por lo que, el Programa permitirá actividades de los sujetos de derecho en dichos huertos y las actividades productivas que en ellos desarrollan (producción de hortalizas, hongos, animales de corral frutas y especies), serán parte de las acciones a considerar en sus planes de trabajo.
Las/los sujetos de derecho que forman parte del Programa se comprometerán al no derribo de árboles sin la autorización de la autoridad correspondiente, así como el nulo uso del fuego en sus parcelas.
3.5 Criterios y Procedimientos de Selección (conformación del registro y Padrón de las/los sujetos de derecho).
Teniendo en cuenta los criterios y requisitos de elegibilidad establecidos en el numeral 3.4 de las presentes Reglas de Operación, y hasta que se cumpla con la meta de empadronamiento de sujetos de derecho, se llevarán cabo las siguientes actividades para la conformación del Padrón:
a.     Las/los sujetos de derecho serán convocados a través de las Asambleas Ejidales y/ o Comunales. En las cuales se expondrán las características del programa y los requisitos para participar. Las Asambleas serán convocadas y presididas por las autoridades ejidales o comunales, y se celebrarán en la casa ejidal o en lugares públicos de la comunidad. Se informará que las mujeres y los hombres pueden tener acceso al programa a través de los contratos de aparcería, en caso de no contar con tierra propia.
 
b.     Las/los sujetos agrarios interesados, serán pre-registrados por las/los técnicos(as) a través de una aplicación informática o en una lista impresa, que permita conformar el Registro de las y los candidatos.
c.     Una vez que se tenga el Pre-Registro, se realizará un proceso de validación mediante una visita física por las/los técnicos(as) que consistirá en:
I.    Asistencia al domicilio del sujeto agrario para recabar la su información socio económica en una aplicación informática y/o en formato impreso. (Anexo 3).
II.   Visita a la unidad de producción para validar que la parcela cuenta con las condiciones establecidas por el Programa, información que se registrará en una aplicación informática y/o en formato impreso. (Anexo 4)
      Se contará con un periodo de 20 días naturales para llevar a cabo las visitas.
      En caso de que el particular no sea visitado en el periodo de tiempo señalado deberá hacerlo del conocimiento del Facilitador correspondiente, en un plazo no mayor de 48 horas, a efecto de brindar seguimiento y atención a dicha omisión.
      En caso de que el particular no atienda las visitas para el proceso de validación en el tiempo establecido, de dará por desechada su solicitud para integrarse al Programa.
III.   Al finalizar la validación física de la parcela, el personal operativo realizará las siguientes actividades:
a)   Del resultado de la visita física a la parcela el Técnico(a) determina si se cumplen los criterios de elegibilidad plasmados en las presentes Reglas.
b)   El Técnico incorpora la información del sujeto agrario en una base de datos de aspirantes a sujetos de derecho.
c)   El Facilitador Comunitario verificará la información registrada por el Técnico. Si se cumplen los criterios de elegibilidad, validará al sujeto agrario en una base de datos de aspirantes a sujetos de derecho.
d)   El Coordinador Territorial revisará la validación hecha por el Facilitador Comunitario y autorizará la incorporación al Padrón Final.
e)   La incorporación de las/los sujetos agrarios al Padrón Final, se realizará los días 20 de cada mes dependiendo de los lugares disponibles y con base a los criterios de priorización. A partir de esta fecha, los nuevos sujetos de derecho serán notificados de su admisión o no al Programa en un plazo no mayor a 10 días hábiles para las/los sujetos de derecho admitidos, y de 30 días hábiles, para las/los sujetos agrarios no admitidos. Las/los sujetos de derecho empezarán a trabajar el primer día hábil del mes siguiente a su incorporación al Padrón. Para el caso de los territorios 2020, el primer corte se podrá realizar a partir del mes de enero.
f)    En el supuesto de que durante el proceso de incorporación al Programa se detecte alguna inconsistencia en la documentación presentada por el sujeto agrario, éste contará con un plazo máximo de 10 días hábiles para subsanarla, en caso contrario, su solicitud de ingreso será rechazada.
Las actividades enunciadas anteriormente, corresponden al Anexo 1 de las presentes Reglas y forman parte del trámite identificado con la homoclave BIENESTAR-00-001-A denominado "Solicitud de ingreso como sujeto agrario al Programa Sembrando Vida".
La Secretaría de Bienestar, instalará la ventanilla de atención en las oficinas centrales de la Secretaría, en Av. Paseo de la Reforma núm. 116, Ciudad de México, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06600, en el teléfono 53285000, extensión 57405 y 50029 y correo atencion.sembrandovida@bienestar.gob.mx
Los métodos de vigilancia o mecanismos de comprobación que se llevarán a cabo por las/los técnicos, así como los medios de verificación para atender lo planteado en las fracciones I y II del presente numeral, son los siguientes:
a.     Para comprobar la distancia máxima entre la unidad de producción y la vivienda del beneficiario, se utilizarán dos puntos de georreferenciación, uno para la unidad de producción y otro para la ubicación de la vivienda, considerando las vías de comunicación que se utilicen en la región.
b.     Para realizar la medición de la superficie de la unidad de producción, se tomarán los puntos de georreferenciación necesarios, dependiendo de las características del terreno.
 
La participación de mujeres y hombres en la solicitud y elegibilidad de los apoyos que proporciona el presente Programa, será en igualdad de oportunidades, por lo que, la condición de mujer u hombre no será motivo de restricción para la participación y elegibilidad en la obtención de los recursos.
3.6 Tipos y Montos de Apoyo.
Los apoyos establecidos en este Programa podrán otorgarse hasta donde el Presupuesto de Egresos de la Federación 2021 lo permita.
Las/los sujetos de derecho del Programa contarán con los siguientes apoyos:
1. Apoyo económico ordinario, y en su caso, se deberá otorgar apoyo adicional, depositado directamente a sus cuentas bancarias, tal como se establece en el numeral 3.6.1, y.
2. Apoyo en especie según se establece en el numeral 3.6.2, adicionalmente, podrá contar con acompañamiento social y técnico, mediante un proceso de capacitación y formación permanente.
3. En caso fortuito y de fuerza mayor, previa Declaratoria de Desastre Natural emitida por autoridad competente, el Comité Técnico del Programa podrá, previo análisis y dictamen, autorizar apoyos extraordinarios en especie y/o económicos para resarcir la perdida de plantas e insumos.
Todo lo anterior, para el correcto y oportuno desarrollo socio comunitario, así como de la producción agroforestal.
3.6.1 Apoyos económicos para fomentar el bienestar de las/los sujetos de derecho.
El mecanismo para dispersar los recursos económicos consiste en que el Programa realiza las transferencias electrónicas o emite órdenes de pago a las y los sujetos de derecho.
3.6.1.1 Apoyo económico ordinario
La/el sujeto de derecho, que a mes vencido haya cumplido con su programa de trabajo, recibirá un apoyo económico de $5,000.00 (Cinco mil pesos 00/100 M.N.) de los cuales, $500.00 (Quinientos pesos 00/100 M.N.) se destinará como ahorro de la/el sujeto de derecho; de esta cantidad, $250 (Doscientos cincuenta pesos 00/100 deberán ser destinados a una inversión de ahorro en una institución financiera, y $250 (Doscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) deberán ser destinados al Fondo de Bienestar.
Una vez al mes, el técnico social informará a los sembradores el monto de su ahorro en las CACs de manera verbal y/o escrita, lo cual quedará asentado en el Acta correspondiente; asimismo, cada integrante deberá firmar de enterado agregando este documento al Acta.
3.6.1.2 Apoyo económico adicional
El Comité Técnico del Programa previo análisis y dictamen, determinará aquellos casos en los que se podrá dar apoyo económico adicional, bajo las siguientes características:
A) El otorgamiento de los apoyos económicos adicionales sólo será determinado por el Comité, las/los sujetos de derecho no podrán solicitarlos de manera directa.
B) El Programa podrá destinar apoyos económicos adicionales hacia las/los sujetos de derecho, para la adquisición de semillas, material vegetativo, plantas e insumos.
C) Las/los sujetos de derecho y/o las CAC, podrán recibir un apoyo económico adicional, cuyos montos serán establecidos por el Comité Técnico del Programa, y de conformidad con la disponibilidad presupuestal del Programa Sembrando Vida, el cual podrá ser utilizado para lo siguiente:
i.      Dotación de semillas, material vegetativo, plantas e insumos;
ii.     Servicios de logística, transportación, distribución, almacenamiento, custodia y/o vigilancia de los apoyos en especie del Programa destinados a los Viveros Comunitarios, Biofábricas y/o las unidades de producción;
iii.    Equipamiento y material para la operación de viveros y biofábricas;
iv.    Herramientas y equipo agrícola;
v.     Sistemas de captación y almacenamiento de agua; sistemas de extracción de agua del subsuelo; materiales y equipos para el abastecimiento de agua, y sistemas de riego,
vi.    Maquinaria, equipo, herramientas, materiales, insumos, para implementar proyectos productivos agro industriales, de servicios y comercialización, los cuales podrán ser adquiridos total o parcialmente con los recursos destinados por el Programa por sí solo o en conjunto con otros programas e instituciones públicas y privadas, conforme a los mecanismos autorizados por el Comité Técnico. Estos apoyos podrán ser dirigidos a los sujetos de derecho como personas físicas o a los entes asociativos en los que éstos últimos participen, y
vii.   Cualquier otro servicio general que requiera el programa para lograr sus objetivos.
 
Estos apoyos no podrán ser solicitados por las/los sujetos de derecho, ya que serán determinados únicamente por el Comité Técnico del Programa.
Los apoyos económicos definidos por el Comité Técnico del Programa, serán otorgados a las/los sujetos de derecho que en asamblea acuerden las CACs.
En el acta de la sesión en la que el Comité Técnico del Programa apruebe el apoyo económico adicional, se especificará el monto del mismo y la finalidad para la que se otorgará. Una vez determinado el apoyo económico adicional por el Comité, el sujeto de derecho recibirá los recursos a través de transferencia electrónica u orden de pago.
Para los apoyos económicos adicionales, las CACs podrán constituirse como conducto para recibir y administrar los apoyos arriba señalados. La entrega de este apoyo económico, será acordado previamente por el CAC.
En caso de que alguno de las/los sujetos de derecho no hagan uso adecuado del recurso, según lo establecido en estas Reglas de Operación y en su caso a la determinación del Comité Técnico del Programa, previo análisis del caso, las/los sujetos de derecho se harán acreedores a las sanciones descritas en el apartado 3.7.3 Sanciones de las presentes Reglas de Operación.
3.6.2 Apoyos en especie para la producción agroforestal.
El mecanismo para el otorgamiento de los apoyos en especie, se realizará de la siguiente manera: todos los apoyos en especie se entregarán en cada uno de los territorios establecidos por el Programa; el lugar preciso de la entrega será determinado por las/los coordinadores regionales y territoriales, previo informe a la Subsecretaria de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional. Una vez que los apoyos en especie estén en los territorios, las/los técnicos(as) productivos y sociales serán los responsables de coordinar la entrega a las/los sujetos de derecho en las fechas previamente determinadas.
Para el otorgamiento de apoyos en especie, la Subsecretaria de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional, podrá suscribir los convenios, contratos, acuerdos y demás instrumentos jurídicos y administrativos necesarios con otras entidades, dependencias e Instituciones públicas y privadas, de conformidad con la normatividad aplicable en cada caso.
3.6.2.1 Plantas y semillas
La/el sujeto de derecho podrá recibir en especie semillas, además de plantas producidas en los viveros con los que el Programa tenga acuerdos, convenios o contratos, así como las mismas que el Programa produzca en viveros propios.
Las plantas se utilizarán para implementar el programa agroforestal en su unidad productiva, de acuerdo a la vocación productiva de la región y al sistema agroferestal diseñado conjuntamente entre la/el sujeto de derecho y el técnico productivo.
La cantidad y tipo de plantas, producidas en los viveros comunitarios, así como el período de siembra, estarán definidas en función al sistema agroforestal y en los planes de trabajo elaborados por las/los Técnicos(as) en conjunto con las/los sujetos de derecho.
3.6.2.2 Insumos.
La/el sujeto de derecho podrá recibir en especie una parte o la totalidad de los insumos para desarrollar el programa agroforestal en su unidad de producción, los cuales podrán variar de acuerdo al tipo de cultivo a establecerse en cada territorio, considerando la vocación productiva de la región, la pertinencia cultural y la perspectiva de género.
3.6.2.3 Herramientas.
La/el sujeto de derecho podrá recibir en especie un paquete de herramientas para realizar las actividades en su unidad de producción.
3.6.2.4 Vivero Comunitario.
La/el sujeto de derecho podrá recibir en especie materiales, insumos, equipos, herramientas, para la instalación y operación de viveros comunitarios.
Se establecerán viveros comunitarios en cada una de las localidades seleccionadas, los cuales el Programa podrá apoyar para que total o parcialmente cuenten con los materiales e insumos necesarios para producir aproximadamente 50 mil plantas al año. Los viveros serán atendidos por las/los sujetos de derecho con el acompañamiento de las/los Técnicos(as) Productivos.
Los viveros, preferentemente, deberán estar ubicados en terrenos con disponibilidad de agua, con vías de comunicación de fácil acceso, en pendientes menores o iguales al 5% (en pendientes mayores debe prestarse a la construcción de terrazas) y con proximidad a las unidades de producción.
 
Todos las/los sujetos de derecho, en tanto formen parte del Programa, atenderán los viveros comunitarios ubicados en sus territorios, en los cuales, se producirá una parte de las plantas para sus unidades de producción.
Si las/los sujetos de derecho salen del Programa, no tendrán derecho a la producción de los viveros, su participación es parte integral del Programa y territorialmente se organizarán para dedicar los tiempos de atención y participación correspondientes.
Para asegurar la producción de planta en los viveros comunitarios, atendiendo a las necesidades específicas de cada uno de ellos, se implementarán y adquirirán total o parcialmente: sistemas de captación y almacenamiento de agua; sistemas de extracción de agua del subsuelo; materiales y equipos para el abastecimiento de agua.
Los sistemas, materiales y equipos arriba señalados, podrán ser adquiridos, o bien, ser elaborados e implementados por las/los sujetos de derecho responsables del vivero, de acuerdo a la mecánica establecida en el presente apartado.
Estos viveros serán atendidos por los miembros de las CACs, donde podrán incidir una o más CACs, toda vez que consideren:
1)    Cercanía a la ubicación estratégica del vivero.
2)    Número de beneficiarios en las localidades.
3)    Características geográficas de la localidad.
3.6.2.5 Biofábricas.
La/el sujeto de derecho podrá recibir en especie materiales, insumos, equipos, herramientas, para la instalación y operación de biofábricas.
Se establecerán biofábricas de insumos en localidades seleccionadas, el Programa podrá dotar parte o la totalidad de los materiales necesarios para elaborar biofermentos, biopreparados y otras sustancias agroecológicas que promuevan la agricultura orgánica. Las biofábricas serán atendidas por las/los sujetos de derecho con el acompañamiento de las/los Técnicos(as). Idealmente las biofábricas se encontrarán en la misma ubicación que el vivero.
Se fomentará también la elaboración de compostas, aprovechando el material que se encuentra en las unidades de producción.
Todos las/los sujetos de derecho, en tanto formen parte del Programa, atenderán las biofábricas en sus territorios, en las cuales, se producirán los insumos naturales para sus unidades de producción.
Si las/los sujetos de derecho salen del Programa, no tendrán derecho a la producción de las biofábricas, su participación es parte integral del programa y territorialmente se organizarán para dedicar los tiempos de atención y participación correspondientes.
3.6.2.6 Viveros y Centros de Formación Sembrando Vida.
Con el objetivo de asegurar la producción de planta que el Programa requiere, se podrán establecer viveros operados y administrados por el Programa o a través de un tercero conforme a lo que determine el Comité Técnico del Programa, previo análisis del mismo. Asimismo, se podrán establecer Centros de Formación en sistemas agrícolas y agroforestales que favorezcan el intercambio de conocimientos y experiencias, previo visto bueno de la persona Titular de la Dependencia.
En su caso, el Programa deberá contar con la disponibilidad presupuestal necesaria para la instalación, construcción y operación de los viveros y Centros de Formación a los que se refiere el párrafo anterior.
El vivero y/o biofábrica se instalará preferentemente en terrenos propiedad del ejido, o en la propiedad alguno de las /los sujetos de derecho, con el que se tendrá que firmar un contrato de comodato por 4 años.
3.6.3 Acompañamiento social y técnico para la implementación del Programa
El acompañamiento social para el desarrollo comunitario y el acompañamiento técnico para el fortalecimiento de las/los sujetos agrarios y la implementación de los sistemas agroforestales, será realizado por las/los técnicos(as) sociales y productivos(as), mediante el diálogo de saberes basado en el intercambio de conocimientos y experiencias; aprendiendo de la sabiduría de las gentes que han convivido con la naturaleza, especialmente con su territorio específico, por muchas generaciones; y propiciando el diálogo intergeneracional.
Las Comunidades de Aprendizaje Campesino (CACs) constituyen el sujeto colectivo del Programa que se integra por un promedio de 25 sujetos de derecho para la generación de conocimiento a través del intercambio de experiencias y la formación. Sus principales finalidades son: analizar las condiciones productivas y diseñar los sistemas agroforestales; promover y fortalecer la organización comunitaria, las
finanzas sociales y la cultura del ahorro para regenerar el tejido social; impulsar la cooperación que contribuya a lograr la seguridad alimentaria, generar riqueza, diversificar ingresos y restaurar el medio ambiente. Cada CAC se reunirá al menos dos veces al mes y estará acompañada por un(a) Técnico(a) Social, un(a) Técnico(a) Productivo y podrá contar con al menos 3 jóvenes becarios (as), y serán un espacio privilegiado para favorecer el acompañamiento y capacitación.
Las/los técnicos(as) Sociales coordinarán las acciones que fortalezcan el tejido social y la solución de los problemas comunitarios, detectados en las CACs. Las/los técnicos(as) Productivos(as) coordinarán la asesoría para implementar los sistemas MIAF y SAF, en diálogo con las/los sujetos de derecho, en los aspectos técnico-productivos.
Las/los integrantes de cada CAC, podrán operar un vivero comunitario y/o una biofábrica de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y sin necesidad del cumplimiento de algún requisito adicional a los previstos en el numeral 3.4 de las presentes Reglas de Operación.
Como una medida para incorporar la paridad de género en el Programa, se tomarán las previsiones necesarias para promover que 30% del personal técnico que se contrate a partir de la publicación de las presentes Reglas de Operación, esté compuesto por mujeres.
Se permite que las/los integrantes del CAC realicen trabajos colectivos en las unidades de producción, ya que de esa forma se promueve la organización comunitaria.
Por inclusión social y equidad entre los géneros, el Programa reconoce el trabajo doméstico y de cuidadoras de las mujeres, de los hombres y de los jóvenes en sus estudios, por lo cual, el Programa les permite trabajar en las unidades de producción, en un horario diferenciado. En ese sentido, para el caso de mujeres y hombres responsables de familias y jóvenes sujetos de derecho, se permite que los integrantes del CAC les apoyen en los trabajos de sus unidades de producción, viveros comunitarios y biofábricas.
En cuanto a la conformación de los comités directivos de las CACs y de las demás organizaciones asociativas que se promuevan al interior del Programa, éstos podrán integrarse con el 50% de mujeres, estableciendo un esquema de rotación, en el cual, cada integrante de los comités directivos deberá ser del sexo opuesto al de su antecesor en el cargo.
La integración de la perspectiva de género se realizará mediante acciones afirmativas consideradas a partir de las necesidades expuestas por la población, en el marco de los Derechos Humanos.
Cada CAC deberá contar con un comité directivo integrado de la siguiente manera:
-      Un Coordinador (a). Es quien convocará a las reuniones y coordinará los requerimientos para las reuniones.
-      Un Secretario (a) de Actas. Es quien se encargará de pasar lista y elaborar la minuta.
-      Un administrador (a) o Tesorero(a). Es la persona encargada de gestionar, dirigir y vigilar los asuntos relacionados con cualquier actividad que involucre la administración de recursos financieros de los miembros de la CAC. Deberá presentar un informe mensual de uso de dichos recursos. El Programa recomienda que las CACs puedan constituir las siguientes comisiones, además de aquellas comisiones especiales que al interior de las CACs acuerden:
-      De Seguimiento a planes de trabajo: Serán personas que autorregularán y llevarán el control interno del trabajo en las parcelas. Esta comisión podrá apoyar a los técnicos en la supervisión de las actividades acordadas en las Unidades de Producción de los integrantes de la CAC, para evaluar el cumplimiento mensual de los Planes de trabajo.
-      Biofábricas: Serán quienes coordinen las actividades y brinden el seguimiento operativo. Esta comisión podrá apoyar a los técnicos en la supervisión de las actividades acordadas con los integrantes de la CAC en la biofábrica, para evaluar el cumplimiento mensual de los Planes de trabajo.
-      Vivero: Serán quienes coordinen las actividades y brinden el seguimiento operativo del vivero. Esta comisión podrá apoyar a los técnicos en la supervisión de las actividades acordadas con los integrantes de la CAC en el vivero comunitario, para evaluar el cumplimiento mensual de los Planes de trabajo.
-      Ahorro: Serán las personas que realicen el seguimiento al proceso educativo del ahorro, y llevarán el control del ahorro voluntario.
-      Sustentabilidad: Serán quienes den el seguimiento al proceso educativo en el tema de sustentabilidad, de acuerdo al plan de trabajo de cada CAC.
-      Educación. Serán las personas que den seguimiento a los procesos de formación y organización, de acuerdo al calendario y programa de trabajo definido por el programa Sembrando Vida.
 
3.6.3.1 Formación Permanente
Además del acompañamiento técnico, las/los sujetos de derecho participarán en un proceso permanente de formación a lo largo de todo el año, que les permita enriquecer sus habilidades y capacidades en el ámbito social y productivo. Este proceso de formación también será implementado para el personal operativo del Programa. La Subsecretaría elaborará un programa y proceso de formación, el cual será implementado a través de las CACs. Se buscarán alianzas estratégicas con otras instituciones para la implementación del Programa de Formación.
Las/los técnicos, facilitadores y coordinadores territoriales y regionales, así como los becarios, podrán ser capacitados en los enfoques que sustentan al Programa: agroecología, producción orgánica, bioculturalidad, adaptación al cambio climático, economía solidaria, cooperación, finanzas populares, soberanía alimentaria, sustentabilidad, inclusión social e igualdad de género, entre otras.
La formación en perspectiva de género es fundamental para mujeres y hombres, sujetos agrarios y personal operativo del Programa. El binomio de técnicos(as) podrá ser capacitado en cuestiones de perspectiva de género, entre otras: la prevención y atención de la violencia, uso del tiempo de las mujeres campesinas, agricultura y proyectos productivos para mujeres, con el objetivo de fortalecer la participación de las mujeres en el Programa.
Para la implementación de la formación, capacitación permanente y asistencia técnica, así como reuniones, encuentros y asambleas, de todos los involucrados en el Programa, se podrán destinar los recursos presupuestales necesarios para tal fin.
3.7 Derechos, Obligaciones y Sanciones de las/los sujetos de derecho.
3.7.1 Derechos de las/los sujetos de derecho.
La/el sujeto de derecho recibirá los apoyos correspondientes por su unidad de producción establecidos en el numeral 3.6 de las presentes Reglas de operación.
La/el sujeto de derecho, en su caso, recibirá atención oportuna, gratuita y expedita durante el desarrollo del procedimiento de Derecho de Audiencia, desahogado mediante el procedimiento administrativo.
En ningún caso habrá discriminación por motivos de origen étnico, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, orientaciones sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana.
El Programa pretende reducir las brechas de género y etnia en el acceso a recursos productivos, capacitación, mecanismos de ahorro, participación social y toma de decisiones.
La/el sujeto de derecho firmará y designará en el formato denominado "Carta compromiso" (Anexo 5) a un beneficiario, quien, en caso de invalidez, fallecimiento, o por causas de fuerza mayor continuará en el Programa dando seguimiento al trabajo de la unidad de producción que estaba a su cargo, siempre y cuando cumpla con los Criterios y requisitos de elegibilidad establecidos en el numeral 3.4 de las presentes reglas de operación, como se trata de la misma unidad de producción, se validarán los puntos 1, 2 y 3 de los Criterios y requisitos de elegibilidad y de las Especificaciones de las unidades de producción el punto número 2.
El beneficiario, a su vez firmará y designará en el formato denominado "Carta compromiso "(Anexo 5) a un beneficiario, quien por las causales arriba mencionadas lo sustituya dando seguimiento al trabajo de la unidad de producción que estaba a su cargo.
En el caso, de contrato de aparcería esté se tendrá que renovar a nombre del beneficiario.
3.7.2 Obligaciones de la/del sujeto de derecho.
1.     Ahorrar un mínimo del 10% del apoyo económico percibido, $500.00 (Quinientos pesos 00/100 M.N.), cantidad que será descontada automáticamente del apoyo económico mensual, y se destinará como ahorro de la/el sujeto de derecho; de esta cantidad, $250 (Doscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) deberán ser destinados a una cuenta de inversión de ahorro en alguna institución financiera, y $250 (Doscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) deberán ser destinados al Fondo de Bienestar.
2.     Cumplir con el plan de trabajo acordado entre la/el Técnico Productivo, la/el Técnico Social y la/el Sujeto de Derecho. Los planes de trabajo deberán contener por lo menos: objetivos, metas, actividades, fechas compromiso y responsables, podrán convenirse y suscribirse en formato impreso o electrónico y deberán estar formalizados en los primeros cuatro meses a partir de la operación del Programa en los territorios.
3.     Asistir a dos reuniones del CAC al mes. Las inasistencias podrán justificarse ante el Técnico(a) únicamente por enfermedad, estudios o procedimientos médicos, maternidad o paternidad, fallecimiento del cónyuge o familiar, caso fortuito o fuerza mayor. El Técnico(a) Social deberá resguardar la documentación por la que se justifiquen las inasistencias en el expediente de cada sujeto de derecho. En los casos no previstos, la/el sujeto de derecho podrá solicitar por escrito la justificación de su inasistencia ante el Facilitador(a), el cual determinará su procedencia. Además de que quede asentado en el libro de actas de la CAC que administrará el comité directivo.
 
4.     Realizar cuando menos el 80% de las actividades que se establecen en el plan de trabajo mensual. Lo cual podrá ser verificado por el Técnico(a) Productivo y Social ya sea directamente en la parcela o través el CAC.
5.     Acreditar ante las/los Técnicos(as) que el plan de trabajo mensual ha sido cubierto. Cada CAC planificará con las/los Técnicos(as) las actividades a realizar de manera mensual. Las/los Técnicos(as), con el apoyo de los CAC se encargarán de validar en campo el cumplimiento del plan de trabajo por parte de las/los sujetos de derecho.
6.     Las/los Técnicos(as) Productivos y Sociales serán responsables de acordar y dar seguimiento de los planes de trabajo con las/los sujetos de derecho. Las/los Técnicos(as) a su vez reportarán y validarán los planes de trabajo a los facilitadores.
7.     Por cada unidad de producción sólo podrá recibir el apoyo económico un sujeto de derecho, y ella/él será el responsable de la unidad de producción, en ningún caso se podrá prorratear el apoyo económico con más de un sujeto de derecho por unidad de producción. Para el caso de las mujeres campesinas, las/los técnicos(as) sociales realizarán un diagnóstico de uso del tiempo de éstas para definir los planes de trabajo para este sector de la población.
8.     Las/los sujetos de derecho se conducirán con honestidad en todo lo relacionado al Programa.
9.     En caso de invalidez, fallecimiento, o por causas de fuerza mayor en las que la/el sujeto de derecho no pueda continuar en el Programa, la/el beneficiario (a) dará aviso mediante escrito libre, acompañado del acta de defunción o documentación que acredite la invalidez o causa de fuerza mayor de la/el sujeto de derecho, al Técnico productivo o social que acompaña a la CAC, en un plazo no mayor a 8 días naturales.
3.7.3 Sanciones
Las sanciones que se aplicarán a las/los sujetos de derecho que incumplan con las obligaciones que impone el presente Programa serán las siguientes:
1. Amonestación; 2. Suspensión de los beneficios, y 3. Cancelación de los beneficios.
1. Amonestación:
La/el Técnico(a) determinará y notificará por escrito o de manera electrónica una amonestación a las/los sujetos de derecho del Programa que incurran en las siguientes conductas:
a.     No cumplir en un mes con el 80% del plan de trabajo que hayan convenido por escrito con la/el Técnico(a), siempre que no exista una justificación procedente.
b.     Faltar injustificadamente a alguna de las reuniones de las CACs.
c.     Faltar injustificadamente a la unidad de producción, de acuerdo con lo previsto en el numeral 3.7.2 de este Programa.
2. Suspensión de los beneficios
La/el Facilitador(a) y la/el Técnico(a) notificarán por escrito, hasta con quince días naturales de anticipación, que se suspenderá la entrega de los apoyos del Programa por un mes a las/los sujetos de derecho que incurran en alguna de las siguientes causales:
a.     No cumplir por dos meses con al menos el 80% del plan de trabajo que hayan convenido por escrito con el Técnico(a), siempre que no exista una justificación procedente.
b.     Tener tres o más inasistencias injustificadas en las reuniones de las CAC en un período de tres meses, siempre que no hayan sido justificadas.
c.     Tener tres inasistencias no justificadas en el período de un mes a la unidad de producción, de acuerdo con lo previsto en el numeral 3.7.2 de las presentes Reglas de Operación.
La/el sujeto de derecho al que se le suspendan los beneficios del Programa deberá seguir cumpliendo las obligaciones que se prevén en el numeral 3.7.2.
3. Cancelación de los beneficios
La Subsecretaría, a través del/la Coordinador(a) Territorial, respetará la Garantía de Audiencia de las/los sujetos de derecho, previo a la determinación de la cancelación del otorgamiento de los beneficios del Programa.
El/la Coordinador(a) Territorial revisará los casos y su determinación será notificada a las/los sujetos de derecho a través del/la Técnico(a).
En su caso, el Coordinador Territorial determinará y notificará por escrito que se cancela de manera definitiva la entrega de los apoyos del Programa a las/los sujetos de derecho que incurran en alguna de las siguientes causales:
 
a.     Cometer por tres ocasiones las conductas previstas para suspensión de los beneficios del Programa, en el ejercicio fiscal en curso.
b.     No aplicar el recurso en los conceptos de inversión autorizados para la realización del proyecto, conforme a lo establecido en las presentes Reglas.
c.     Presentar información falsa o comprobación incompleta de los apoyos otorgados.
d.     Para el caso de sujetos de derecho que no comprobaron en tiempo y forma los apoyos económicos contenidos en el apartado 3.6.1.2 Apoyo económico adicional, para hacer productiva la tierra de las/los sujetos de derecho, para que éstos puedan permanecer en el Programa, las/los técnicos(as) les requerirán por escrito la devolución de los apoyos económicos pendientes de comprobar, mismos que deben ser depositados a la cuenta bancaria pertinente de la Tesorería de la Federación. El comprobante original del depósito será resguardado por el coordinador territorial.
e.     No cumplir con lo establecido en las presentes Reglas de Operación.
f.      Incurrir en acciones o conductas consideradas como graves, para lo cual se deberá contar con actas de los técnicos y facilitadores o de representantes de las CACs donde se detallen los hechos.
3.7.4 Impugnación de la Suspensión o Cancelación de los beneficios
Las personas a quienes se les suspendan o cancelen los beneficios del Programa contarán con el derecho de Garantía de Audiencia y, además, podrán impugnar dicha determinación ante el Comité Técnico del Programa, mediante escrito libre presentado en original y que contenga los siguientes requisitos:
1.     Nombre y domicilio de la/del promovente.
2.     Un apartado de hechos, los cuales deberán ser numerados y narrados de manera clara y cronológica.
3.     Un apartado de pruebas, en el cual se haga mención de los documentos públicos o privados que se relacionen con cada hecho señalado en el escrito, así como los nombres de las personas a las que les consten los mismos.
4.     Los numerales de las presentes Reglas de Operación en los que funden su escrito.
5.     La firma de la/del promovente.
El plazo para interponer la impugnación sobre suspensión o cancelación de los beneficios será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que se notifique la resolución impugnada.
El Comité Técnico del Programa resolverá las impugnaciones sobre suspensión o cancelación de los beneficios en un plazo máximo de 95 días contados a partir de su recepción. En caso de que falte alguno de los requisitos enunciados, el Comité solicitará a la persona promovente la documentación faltante para que la exhiba en un plazo no mayor a 10 días hábiles.
En caso de que la impugnación resulte procedente, la/el sujeto de derecho tendrá el derecho a que se le reembolse el apoyo económico correspondiente a los meses en que dejó de recibir el apoyo económico.
En todo lo no previsto por las presentes Reglas de Operación, el procedimiento para suspender o cancelar los beneficios del Programa se regirá por lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
3.8 Instancias Participantes
3.8.1 Instancias Normativas
3.8.1.1 Comité Técnico del Programa
El Comité Técnico es el máximo órgano rector del Programa. Está integrado por las personas titulares de la Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional, de sus Direcciones Generales que se determine y un Representante de la Oficina de la Secretaría, con nivel de Director General.
Cada miembro del Comité Técnico deberá nombrar un o una suplente con nivel jerárquico mínimo de Director de Área, excepto el Representante de la Oficina de la Secretaría. Los suplentes tendrán derecho a voz y voto en las sesiones a las que no asistan las o los propietarios.
El Comité Técnico del Programa tendrá las siguientes atribuciones:
A)    Interpretar las presentes Reglas de Operación y resolver los casos no previstos en materia normativa y operativa,
B)    Resolver las impugnaciones que presenten las/los sujetos de derecho del Programa a quienes se les suspenda o cancelen los apoyos, con motivo de las causas que establece el numeral 3.7.3., y
C)    El Comité Técnico deberá celebrar al menos una sesión ordinaria cada tres meses. Las sesiones deberán convocarse, por lo menos, con tres días hábiles de anticipación a la fecha de su realización.
Las reuniones extraordinarias podrán convocarse aún en días y horas inhábiles y sin que medie un plazo determinado entre la convocatoria y la sesión.
 
En cada sesión se levantará una minuta donde se asentarán los asuntos tratados, los compromisos y acuerdos establecidos.
El Comité Técnico del Programa procurará tomar sus determinaciones por consenso y, en caso de que ello no sea posible, por mayoría.
El Comité Técnico podrá recibir invitados en sus sesiones, los cuales participarán con voz, pero sin voto.
Adicionalmente, el Programa considera también la creación de un Consejo Consultivo, convocado por el Comité Técnico del Programa, integrado por un grupo de personas de reconocida trayectoria y expertos en el tema agroforestal, en fomento a la economía social y desarrollo comunitario, que fortalecen las propuestas, el rumbo y la visión del Programa a través de reuniones periódicas de análisis y evaluación. Este comité tendrá exclusivamente el carácter de consultivo, no vinculante, pero sus aportaciones deberán ser atendidas formalmente por el Comité Técnico. Cuando alguno de los integrantes del Consejo Consultivo participe en el Comité Técnico, participará con voz, pero sin voto.
3.8.2 Instancias Ejecutoras
3.8.2.1. Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional.
La unidad responsable de la ejecución del Programa será la Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional, a través de sus Direcciones Generales que se determine.
3.8.3 Coordinación Interinstitucional
3.8.3.1 Coordinación para el desarrollo del Programa.
A lo largo del Programa, la Subsecretaría mantendrá una relación permanente con otras Secretarías para evitar duplicidades de programas sociales similares en las/los sujetos de derecho de este Programa. La Subsecretaría, a través de la Dirección General competente, promoverá la suscripción de convenios de colaboración que permitan la coordinación con otras entidades, dependencias e Instituciones públicas y privadas que favorezcan el desarrollo del Programa, de conformidad con la normatividad aplicable en cada caso.
3.8.3.2 Vinculación con la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP).
Conforme al Artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al artículo 6 de la Ley General de Desarrollo Social y al Artículo 1º de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, (LGEEPA), toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque. De acuerdo con el Artículo 81 del Reglamento de la LGEEPA en materia de Áreas Naturales Protegidas, los aprovechamientos de recursos naturales sólo podrán realizarse si están acordes con los esquemas de desarrollo sustentable, la declaratoria de área natural protegida y su programa de manejo. Por ello, los apoyos otorgados por la Secretaría sobre territorios comprendidos dentro de un área natural protegida federal, o sus zonas de influencia, deberán ser validados por la instancia competente en materia de áreas naturales protegidas.
4. Mecánica Operativa
4.1. El Programa Sembrando Vida está organizado a nivel nacional de la siguiente manera:
a.    El Programa intervendrá en las unidades de producción, hasta alcanzar una superficie beneficiada de un millón setenta y cinco mil hectáreas, con una cobertura en 20 entidades federativas del territorio mexicano: 1. Campeche, 2. Chiapas, 3. Chihuahua, 4. Colima, 5. Durango, 6. Guerrero, 7. Hidalgo, 8. Michoacán, 9. Morelos 10. Nayarit, 11. Oaxaca, 12. Puebla, 13. Quintana Roo, 14. San Luis Potosí, 15. Sinaloa, 16. Tabasco, 17. Tamaulipas, 18. Tlaxcala, 19. Veracruz y 20. Yucatán. Estas entidades federativas están agrupadas en 5 Regiones, organizadas de la siguiente manera:
i.      Región Veracruz-Huastecas: Acayucan, Papantla, Córdoba, Tantoyuca, Hidalgo, Tamaulipas y San Luis Potosí.
ii.     Región Oaxaca-Chiapas: Palenque, Ocosingo, Pichucalco, Tapachula Istmo y Mixteca-Sierra Norte.
iii.    Región Tabasco-Península: Comalcalco, Teapa, Balancán, Xpujil y Othón P. Blanco.
iv.    Región Altiplano-Pacifico: Sinaloa, Colima, Chihuahua, Nayarit. Guerrero y Durango.
v.     Región Centro: Puebla, Tlaxcala, Morelos y Michoacán
 
4.2. Personal operativo del Programa Sembrando Vida:
Para el ejercicio fiscal 2021, el Programa Sembrando Vida contará con el siguiente personal operativo: (1)
-      2 Coordinadores(as) Regionales.
-      29 Coordinadores(as) Territoriales.
-      15 Especialistas Productivos y Sociales.
-      430 Facilitadores(as) Comunitarios.
-      2,150 Técnicos(as) Sociales.
-      2,150 Técnicos(as) Productivos.
Asimismo, el Programa contará con el apoyo de hasta 51,600 Becarios(as) del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, quienes colaborarán en las actividades propias del Programa apoyando al personal operativo.
Las funciones del personal del Programa Sembrando Vida están relacionadas en el Anexo 9 de las presentes Reglas de Operación.
4.3. Selección del Personal Operativo.
a.     La Subsecretaría seleccionará a los Coordinadores(as) Regionales y Coordinadores(as) Territoriales, considerando su experiencia y conocimiento de la región, así como el perfil requerido mencionado en el Anexo 9 de las presentes Reglas.
b.     El Comité Técnico del Programa Sembrando Vida, definirá el proceso y metodología de convocatoria y selección, de facilitadoras y facilitadores, así como de técnicos y técnicas, tanto del perfil productivo como social; considerando su experiencia, conocimiento de los territorios o regiones a convocar, así como lo establecido en el perfil mencionado en el Anexo 9.
c.     En cada Territorio, en colaboración con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, se implementará un proceso para la selección de los becarios.
Una vez constituida la selección del personal operativo, se inicia un proceso de selección de las/los sujetos de derecho, tal como se establece en el numeral 3.4.
El Padrón de las/los sujetos de derecho en cada Territorio, se integrará hasta cumplir con la meta programada, con sus respectivas actualizaciones de manera permanente. La Subsecretaría establecerá los mecanismos necesarios para:
a.     Dispersar los recursos económicos para que éstos lleguen directamente al sujeto de derecho.
b.     Instrumentar el ahorro mensual de las/los sujetos de derecho.
c.     Dotar a las/los sujetos de derecho de semillas, plantas, viveros, biofábricas, herramientas e insumos, que les permitan iniciar el establecimiento de los sistemas agroforestales.
4.4. Las/los sujetos de derecho iniciarán su participación en el Programa realizando las siguientes actividades.
a. Durante los primeros cuatro meses de ingreso al Programa, las/los sujetos de derecho acordarán con las/los técnicos(as) productivos(as) y sociales su plan de trabajo, debiendo cumplir con los avances mensuales acordados.
b. Participando en la formación permanente a través de las CACs, los cuales tendrán actividades al menos dos veces al mes.
5. Gastos de Operación
Con el presupuesto aprobado en el Programa Sembrando Vida se establece un porcentaje de 4.0% para gastos de operación.
Con dichos recursos, se deberán cubrir, entre otras:
a)    La contratación de personal.
b)    Recursos para viáticos y pasajes.
c)     Servicios (arrendamiento de vehículos, informáticos, de difusión).
d)    El costo de dispersión de los recursos (a través de bancos y/o instituciones financieras públicas o privadas).
e)    Gasolina y/o combustible, para abastecer los medios de transporte requeridos por el Programa, en las Entidades en las que el mismo tiene cobertura, para cubrir tareas de supervisión, capacitación, y
demás actividades que requiera el Programa. La dotación del combustible previo análisis, será definida por el Comité Técnico del Programa y deberá ser la necesaria para cubrir las distancias requeridas por la operación del Programa.
f)     Los gastos asociados a la evaluación del Programa.
g)    Cualquier otro servicio general necesario para la promoción y correcta operación del Programa.
h)    Las/los Coordinadores Regionales y Territoriales, Especialistas, Facilitadores y Técnicos contratados al servicio del Programa, previa autorización de la instancia correspondiente, y considerando las tarifas del tabulador de la Administración Pública Federal, tendrán derecho a hacer uso de los recursos económicos del Programa para gastos de traslado, hospedaje y alimentación, considerando que este personal se encuentra realizando su trabajo en distintos estados de la República, y que por lo tanto, los itinerarios se contemplarán según los lugares donde el Programa opere desde su inicio, independientemente del lugar en que se encuentren adscritos administrativamente.
La Subsecretaría será la responsable de realizar las gestiones administrativas necesarias para operar los recursos que cubran los gastos de operación del Programa.
5.1. Dispersión de recursos y mecánica del ahorro.
El Programa tiene contemplado un apoyo económico a mes vencido de $5,000 (Cinco mil pesos 00/100 M.N.) a sujetos de derecho, a través de transferencias electrónicas o emisión de órdenes de pago, por medio de una Red de Distribución Autorizada, plasmada en convenio con el Banco de Bienestar, así como con otras instituciones financieras públicas o privadas que la Subsecretaría considere conveniente incluir.
Los apoyos económicos mensuales para las/los sujetos de derecho, consistentes en $5,000 (Cinco mil pesos 00/100 M.N.), se distribuirán de la siguiente manera:
$4,500.00 (Cuatro mil quinientos pesos 00/100 M.N.) quedarán depositados en tarjetas de débito a nombre de cada uno de las/los sujetos de derecho y se invertirán en las acciones que la/el sujeto de derecho considere convenientes para el beneficio de su familia y su parcela, es decir, serán de libre disposición.
$500.00 (Quinientos pesos 00/100 M.N.) son un ahorro programado, el mecanismo consiste en que este recurso se retiene automáticamente y se transfiere electrónicamente a una cuenta de inversión. Este monto se divide de la siguiente manera:
A.    $250.00 (Doscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) para fortalecer el patrimonio familiar. Este ahorro podrá ser retirado por las/los sujetos de derecho hasta que se cumplan los primeros tres años de haber ingresado al Programa, periodo en el cual los recursos podrán manejarse como una inversión en alguna institución financiera que brinde rendimientos favorables.
De retirarse los recursos a los tres años, los sujetos de derecho deberán efectuar el ahorro por un segundo periodo considerando como fecha límite la vigencia del programa
B.    $250.00 (Doscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) que serán destinados para la creación de un "Fondo de Bienestar". Este fondo de inversión, se podrá administrar a través de un fideicomiso privado, u otro instrumento adecuado con la finalidad de apoyar a los productores, mediante capital de riesgo, a consolidar sus procesos productivos a mediano y largo plazo, y que deberán contar con reglas de operación.
El Comité Técnico, previo análisis, será quien defina el instrumento más adecuado para administrar el Fondo de Bienestar.
Para una mejor administración del ahorro programado se constituirá una cooperativa de consumo por territorio que integre a la totalidad de sujetos de derecho
El Fondo de Bienestar es un ente independiente del Programa Sembrando Vida, el instrumento jurídico del Fondo es un fideicomiso privado u otro instrumento adecuado, que será definido por el Comité Técnico, el cual contará con un contrato y reglas de operación propias, y podrá conformar un sistema de fondos que permita recibir inversiones de otras instituciones nacionales o extranjeras que brinden a las/los Sujetos de Derecho beneficios adicionales relacionados con el Programa. Asimismo, con los rendimientos del Fondo se cubrirán los gastos de administración del mismo, de igual forma se podrán financiar otros beneficios en favor de las/los sujetos de derecho.
Para las/los sujetos de derecho que salgan del Programa por incumplimiento o por fallecimiento, el dinero del ahorro será devuelto de acuerdo a lo que establezca la institución financiera y el Comité Técnico del Programa.
El Programa podrá absorber los costos asociados a la constitución de cooperativas u otros tipos de figuras jurídicas asociativas integradas por las/los sujetos de derecho.
5.2 Instituciones financieras
 
La Subsecretaría establecerá los acuerdos, convenios o contratos pertinentes con las instituciones financieras públicas, privadas y sus corresponsales, a efecto de determinar aquellas instituciones financieras que recibirán el apoyo económico y/o el ahorro de las/los sujetos de derecho, buscando siempre las mejores condiciones y rendimientos, sin poner en riesgo el dinero invertido.
6. Ejercicio y aprovechamiento de los recursos presupuestales.
La Subsecretaría, realizará la distribución de los recursos en los territorios que cubrirá el Programa, mediante una calendarización del ejercicio fiscal, considerando los criterios derivados de las peculiaridades de las acciones que se realizan a través de este. Así también, la Subsecretaría ejercerá los recursos presupuestales que se le otorguen, conforme a lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás normatividad aplicable.
La Subsecretaría, supervisará el avance de las actividades del Programa y el ejercicio de los recursos, proponiendo su reasignación en caso de que éstos no hayan sido ejercidos conforme a lo programado.
7. Integración del Padrón Único de Beneficiarios
La Secretaría de Bienestar, a través de la Dirección General de Geo estadística y Padrones de Beneficiarios, se encarga de integrar el Padrón Único de Beneficiarios, el cual permite la implementación de acciones transversales, tendientes a contemplar de forma estructurada, actualizada y sistematizada la información de las personas Beneficiarias de los Programas Sociales de la Administración Pública Federal, considerando los elementos técnicos y la información proporcionada por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que operan o ejecutan los Programas de Desarrollo Social.
La integración del Padrón Único de Beneficiarios será realizada por la Secretaría de Bienestar, con información de las dependencias y entidades responsables, así como de entrevistas domiciliarias, de visitas de campo y del registro e inscripción por los medios específicos que para tal efecto designe la Secretaría, el cual se actualizará de manera bimestral.
Adicionalmente, la Instancia Ejecutora será responsable de la verificación de la identidad de las personas beneficiarias.
La Secretaría, de conformidad con los "Lineamientos para la constitución, actualización, autenticidad, inalterabilidad, seguridad y difusión de la información del Padrón de Beneficiarios", establece los mecanismos utilizados para proteger la información contenida en los Padrones.
8. Informes trimestrales
La Subsecretaría, integrará los informes del presente Programa, en cuanto al cumplimiento de sus metas y objetivos, incluyendo los indicadores previstos en las presentes Reglas de Operación, así como otros indicadores que considere pertinentes. Asimismo, integrará los informes referentes al ejercicio de los recursos del Programa, de conformidad con las fechas establecidas por las autoridades competentes.
9. Cierre del Ejercicio Presupuestal
La Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría será la unidad responsable de integrar la documentación necesaria para el cierre del ejercicio presupuestal, así como la relativa a la Cuenta Pública, conforme a lo estipulado en la normatividad aplicable.
10. Evaluación
Conforme a lo establecido en el artículo 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y con la finalidad de identificar y atender posibles áreas de mejora en el diseño, gestión y resultados del Programa, y de esta forma fortalecer su mecanismo de intervención, se deberán realizar las evaluaciones externas consideradas en el Programa Anual de Evaluación (PAE), que emitan la SHCP y el CONEVAL, conforme a la disponibilidad presupuestal. Lo anterior permitirá fortalecer la rendición de cuentas y la transparencia en el ejercicio de los recursos ejercidos por el Programa.
Las evaluaciones externas que se realicen al Programa serán coordinadas por la Dirección General de Evaluación y Monitoreo de los Programas Sociales (DGEMPS), en conjunto con el Programa, conforme a lo señalado en los "Lineamientos generales para la evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal" (Lineamientos) publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2007 y deberán realizarse de acuerdo con lo establecido en el PAE. Los Lineamientos y el PAE pueden consultarse en la página electrónica http://www.coneval.org.mx
Adicionalmente a las evaluaciones establecidas en el PAE y conforme a lo dispuesto en el Numeral Vigésimo Cuarto de los Lineamientos, se podrán llevar a cabo evaluaciones complementarias que resulten apropiadas conforme a las necesidades del Programa y los recursos disponibles, las cuales también serán coordinadas por la DGEMPS en conjunto con el Programa.
La DGEMPS publicará los resultados de las evaluaciones externas de acuerdo con los plazos y términos
previstos en la normatividad vigente, a través del portal de Internet de la Secretaría de Bienestar (http://www.gob.mx/bienestar) asimismo, para el caso de las entidades sectorizadas, adicionalmente éstas deberán publicar en sus portales de internet los resultados en comento.
11. Indicadores
Los indicadores de Propósito y Componente de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) del Programa están contenidos en el Anexo 10 de las presentes Reglas de Operación. La información correspondiente a estos indicadores será reportada por la Unidad Responsable del Programa (UR) en el Portal Aplicativo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (PASH).
La totalidad de los indicadores de la MIR se encuentran disponibles para su consulta en la siguiente liga: https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/es/PTP/programas#consultas
12. Control y seguimiento
12.1 Control y auditoría
La Unidad Responsable del Programa (UR) y las instancias ejecutoras serán responsables de la supervisión directa de las acciones, así como de verificar que en su ejecución se cumpla la normatividad aplicable, así mismo la Unidad Responsable del Programa (UR), será responsable de verificar el seguimiento al avance y entrega de las acciones, así como de la solicitud y resguardo de la comprobación documental del gasto ejercido, firmada por la instancia ejecutora, en los plazos establecidos en estas Reglas de Operación, dejando evidencia de la confirmación de su autenticidad en los medios electrónicos implementados por la autoridad fiscal y asegurar su debido resguardo.
Los recursos federales de este Programa, ejecutados por las entidades federativas o sus Municipios, no pierden su carácter federal al ser entregados a las mismas; su ejercicio está sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser auditados en el marco del Sistema Nacional de Fiscalización conforme a la legislación vigente y en el ámbito de sus respectivas competencias por las siguientes instancias: la Auditoría Superior de la Federación, la Unidad de Auditoría y Evaluación, la Unidad de Control y Evaluación y Evaluación de la Gestión Pública adscritos a la Secretaría de la Función Pública, el Órgano Interno de Control de la Secretaría de la Función Pública adscrito en la Secretaría de Bienestar, en coordinación con los órganos de control de los Gobiernos Locales.
La Instancia ejecutora y la Unidad Responsable del Programa (UR), dará todas las facilidades a dichas Instancias Fiscalizadoras para realizar, las auditorías o visitas de inspección que consideren necesarias y en el momento en que lo juzguen pertinente; asimismo, efectuarán las acciones necesarias para dar atención a las recomendaciones planteadas en cada una de las observaciones y/o recomendaciones, independientemente de las sanciones a que hubiere lugar. Por la inobservancia de esta disposición la Unidad Responsable del Programa determinará con base en lo anterior si suspende o limita la ministración de los recursos federales.
12.2 Seguimiento físico y operativo.
La Subsecretaría, a través de las Direcciones Generales que determine el Titular de la Subsecretaría, será la encargada de diseñar e implementar los mecanismos necesarios para llevar a cabo el seguimiento a la operación del Programa Sembrando Vida, integrando la información de las demás unidades administrativas de dicha Subsecretaría para la elaboración de informes de resultados y seguimiento de indicadores, así como dar seguimiento a la implementación de las oportunidades de mejora de la operación del Programa.
13. Transparencia
Protección de Datos Personales
Aviso de Privacidad
Los datos personales recabados serán utilizados con las finalidades siguientes: validar que se cumpla con los requisitos de elegibilidad para ser beneficiario de este Programa, asimismo serán integrados en los sistemas de datos personales de la Secretaría de Bienestar y podrán ser transmitidos a otros entes públicos de los tres niveles de gobierno en el ejercicio de facultades propias, compatibles o análogas, para la realización de compulsas y la integración del Padrón Único de Beneficiarios. Por lo tanto, se garantiza la protección de los datos personales que sean recabados, en cumplimiento con las disposiciones en materia de transparencia y acceso a la información pública aplicables.
El ejercicio los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos personales recabados, se podrá realizar a través de la Unidad del Abogado General y Comisionado para la Transparencia de la Secretaría de Bienestar, con domicilio en Av. Paseo de la Reforma Núm.116, piso 10, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México, en un horario de atención de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00, o bien por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia en http://www.plataformadetransparencia.org.mx.
 
El aviso de privacidad integral, se puede consultar en el portal de Internet de la Secretaría de Bienestar en: http://www.bienestar.gob.mx/work/models/Bienestar/Transparencia/TransparenciaFocalizada/AVISO_PRIVACIDAD.pdf
Lo anterior, se informa en cumplimiento los artículos 26 y 27 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
El listado de beneficiarios de este Programa se considera información pública, en términos de lo dispuesto por el inciso q), fracción XV del Artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, mismo que puede ser consultado en la página electrónica de la Secretaría de Bienestar.
Es importante que las personas que reciben un beneficio del Programa, tengan conocimiento de que su nombre debe publicarse, esto en un ejercicio de transparencia y rendición de cuentas establecido en la ley de la materia.
13.1 Difusión
Conforme a las disposiciones establecidas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2021, estas Reglas de Operación, además de su publicación en el Diario Oficial de la Federación están disponibles para su consulta en la normateca de la Secretaría: https://www.gob.mx/bienestar/documentos/normateca-249996
La papelería, documentación oficial, así como la publicidad y difusión de los programas, deberán identificarse con el Escudo nacional en los términos que establece la ley correspondiente e incluir la siguiente leyenda: "Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa".
La relación de los beneficiarios de este Programa, se considera información pública en términos de lo dispuesto por el inciso q), fracción XV del Artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, mismo que puede ser consultado en https://pub.bienestar.gob.mx
13.2 Contraloría Social
Con la finalidad de fortalecer los mecanismos de participación ciudadana que contribuyan con la prevención y combate a la corrupción, las personas beneficiarias de programas federales de desarrollo social, de manera libre y voluntaria, podrán llevar a cabo actividades de contraloría social de manera individual o colectiva.
La Contraloría Social implica actividades de monitoreo y vigilancia sobre el cumplimiento de los objetivos y metas del Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados.
Se reconoce y fomenta la participación de las comunidades indígenas y afromexicanas, a través de sus autoridades tradicionales, para llevar a cabo acciones de contraloría social en los programas que impactan en su territorio.
Para registrar un Comité de Contraloría Social, se presentará un escrito libre ante la unidad responsable o entidad de la Administración Pública Federal a cargo del Programa, donde como mínimo, se especificará el Programa a vigilar, el nombre y datos de contacto de la(s) persona(s) que lo integrarán y la ubicación geográfica de las mismas (localidad, código postal y entidad federativa). La Secretaría de la Función Pública asistirá y orientará a las personas interesadas en conformar Comités a través de la cuenta: contraloriasocial@funcionpublica.gob.mx.
La Unidad Responsable del Programa otorgará el registro de Contraloría Social en un plazo no mayor a 15 días hábiles, y, junto con las instancias ejecutoras respectivas, brindarán la información pública necesaria para llevar a cabo sus actividades, así como asesoría, capacitación, y orientación sobre los medios para presentar quejas y denuncias.
La Unidad Responsable deberá sujetarse a los lineamientos vigentes emitidos por la Secretaría de la Función Pública y a los documentos normativos validados por la misma. La Secretaría de la Función Pública dará seguimiento a los procedimientos anteriormente descritos, asesorará y resolverá cualquier duda o situación imprevista para garantizar el derecho de las personas beneficiarias a llevar a cabo actividades de Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social.
14. Acciones de Blindaje Electoral
En la operación y ejecución de los recursos federales y proyectos sujetos a las presentes Reglas de Operación, se deberán observar y atender las medidas de carácter permanente, contenidas en las leyes Federales y/o Locales aplicables, las disposiciones emitidas por las autoridades administrativas electorales tanto de carácter federal como local, así como aquellas específicas que sean emitidas de forma previa para los procesos electorales federales, estatales y municipales, por la Unidad del Abogado General y Comisionado para la Transparencia, con la finalidad de prevenir que el uso y manejo de los recursos públicos y programas sociales se vea relacionado con fines partidistas y/o político-electorales; todo ello con la firme intención de garantizar los principios de imparcialidad y equidad durante los comicios.
 
Con estas acciones se fomenta la cultura de la transparencia, la legalidad y la rendición de cuentas, se refrenda el compromiso de respetar el principio de imparcialidad y se busca prevenir e inhibir las conductas contrarias a la normatividad que regula la actuación en el servicio público; haciendo énfasis en la aplicación de los principios de legalidad, honradez, integridad, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público.
15. Perspectiva de Género
El Programa incorporará la perspectiva de género con el propósito de contribuir al acceso de las mujeres a los beneficios de este Programa en igualdad de condiciones; privilegiando, en su caso, la inclusión de medidas especiales de carácter temporal (acciones afirmativas), para solucionar las condiciones inmediatas en la vida de las mujeres, y medidas estratégicas que tiendan a la valorización de la posición que las mujeres tienen en la comunidad, modifique los patrones culturales y destierre los estereotipos que ocasionan discriminación y violencia, así como medidas que aceleren el logro de la igualdad sustantiva para el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación igualitaria en la inclusión productiva, en la toma de decisiones, en los procesos de implementación del Programa y en general, en los objetivos planteados en la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible atendiendo así también a los preceptos establecido en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
Asimismo, el programa mediante estas acciones contribuirá a los objetivos del Programa Institucional 2020-2024 del Instituto Nacional de las Mujeres PROIGUALDAD.
Las acciones afirmativas que se desprendan del Programa, tendrán una identidad con el lema: "Sembrando Vida, sembrando Igualdad", con el fin de hacer visible la estrategia de perspectiva de género dentro del Programa.
Que de acuerdo a lo anterior, será necesario incrementar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres del Programa Sembrando Vida, en su apartado Sembrando Igualdad, que redunde en una mayor inclusión social de las mujeres campesinas e indígenas que serán parte de la población objetivo, buscando una mayor eficiencia en las acciones dirigidas a disminuir las brechas de desigualdad de género desde su problemática específica como mujeres, con el objetivo de aumentar y dirigir con eficacia en la productividad de los recursos presupuestales destinados para tal fin, a través del impulso y promoción de la cobertura de las políticas públicas con proyectos productivos cuyos beneficios trasciendan la temporalidad del apoyo, fortalezcan el acceso de las mujeres a los recursos económicos y productivos, a la tecnología, ahorro y capacitación encaminados a fomentar la integración social de las mujeres siguiendo las recomendaciones de la CEDAW, bajo un enfoque de derechos que propicien el arraigo de las mujeres en su lugar de origen, el fomento al desarrollo de sus capacidades, el cambio en las relaciones desiguales entre mujeres y hombres, así como el aprovechamiento de las vocaciones regionales.
16. Enfoque de Derechos
Con el objetivo de generar las condiciones necesarias para el acceso equitativo en términos de disponibilidad, accesibilidad y calidad en las acciones que realiza este Programa, se implementarán mecanismos que hagan efectivo el acceso a la información gubernamental y se asegurará que el acceso a los apoyos y servicios se dé únicamente con base en lo establecido en estas Reglas de operación, sin discriminación alguna.
Todas las personas, servidoras públicas involucradas en la operación del Programa deben promover, respetar, proteger y garantizar el ejercicio efectivo de los derechos humanos de las y los beneficiarios del Programa, con base en los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, brindando en todo momento un trato digno y de respeto a la población objetivo, con apego a los criterios de igualdad y no discriminación.
En la aplicación del Programa, se harán valer los derechos de las personas beneficiarias tomando en consideración los factores de desigualdad que pudieran poner en riesgo de vulnerabilidad a personas que pertenecen a grupos históricamente discriminados, como lo son niñas y niños, jóvenes, personas con discapacidad, personas en situación de calle, en situación de desplazamiento interno, mujeres, personas migrantes, personas adultas mayores, afrodescendientes, y a aquellas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas, entre otros, tomando en consideración sus circunstancias y necesidades, a fin de contribuir a generar conocimiento y acciones que potencien su desarrollo integral e inclusión plena.
En cumplimiento a la Ley General de Víctimas, se favorecerá el acceso al Programa de las personas inscritas en el Registro Nacional de Víctimas, que se encuentren en condiciones de pobreza, vulnerabilidad, rezago y marginación, mediante solicitud escrita, fundada y motivada que emane de autoridad competente.
Además, en los casos en que la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos o el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación dicten medidas a favor de determinada persona o grupos de personas, o los primeros dos órganos mencionados emitan una recomendación o conciliación, se procurará adoptar las acciones que permitan dar celeridad a su inscripción como beneficiaria(s) del Programa y garantizar con ello el ejercicio de sus derechos humanos, sin menoscabo del cumplimiento a los criterios establecidos en las presentes Reglas de Operación
 
17. Quejas, denuncias y solicitud de información
Las/los sujetos de derecho o personas interesadas, tienen derecho a solicitar información relacionada con el presente Programa y sus Reglas de Operación, así como, a presentar denuncias en contra del personal del servicio público de la Secretaría de Bienestar, por el incumplimiento en la ejecución, operación o entrega de apoyos, ante las instancias correspondientes.
Para presentar una queja o denuncia, se requiere tener la información de cómo sucedieron los hechos, así de las personas relacionadas con la queja o denuncia. Se pueden entregar fotos, videos, grabaciones o algún documento en el que se compruebe lo sucedido.
17.1 Quejas y denuncias
El Órgano Interno de Control de la Secretaría de Bienestar recibirá por escrito y a través de medios electrónicos las quejas y denuncias para reportar hechos, conductas, situaciones o comportamientos que se contrapongan a la normatividad aplicable.
Las denuncias podrán realizarse por escrito, vía telefónica, correo electrónico a través del Sistema Integral de Denuncias Ciudadanas y de manera presencial en las oficinas que ocupa el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Bienestar a través de:
a) Órgano Interno de Control en la Secretaría de Bienestar. Para recepción de denuncias:
- Teléfono: 555328-5000, Ext. 51468. Larga distancia sin costo: 800-714-8340.
- Correo electrónico: organo.interno@bienestar.gob.mx
- Páginas Web: https://sidec.funcionpublica.gob.mx/#!/ y https://alertadores.funcionpublica.gob.mx/
- Domicilio: Avenida Paseo de la Reforma No. 116, Piso 11, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, código postal 06600, Ciudad de México.
b) En la Secretaría de la Función Pública. Ciudad de México y Área Metropolitana:
- Teléfono: 552000-3000
- Correo electrónico: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx
- Página electrónica: www.funcionpublica.gob.mx
- Domicilio: Insurgentes Sur 1735, Col. Guadalupe Inn, Demarcación Territorial Álvaro Obregón, código postal 01020, Ciudad de México.
Adicionalmente, podrá llevar a cabo el trámite SEDESOL-13-001 "Presentación de denuncias para reportar hechos, conductas, situaciones o comportamientos que se contrapongan a lo establecido en la Ley General de Desarrollo Social", en el Módulo de Atención Ciudadana en la Ciudad de México o en Delegaciones de la Secretaría de Bienestar en el Interior de la República. Asimismo, podrá denunciar ante el Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés (CEPCI). Cualquier persona o servidor público que conozca de posibles incumplimientos de los códigos de Ética y de Conducta, así como de las Reglas de Integridad, podrá presentar una denuncia a través del buzón de quejas, mediante el formato para la presentación de una queja que se encuentra en el portal del CEPCI de la Secretaría de Bienestar (http://www.bienestar.gob.mx/es/SEDESOL/Buzon_de_Quejas), al correo electrónico del Comité cepci@bienestar.gob.mx o mediante algún escrito u oficio.
17.2 Solicitudes de información
Las solicitudes de acceso a la información se recibirán por medio de la plataforma electrónica del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales o por escrito en la Unidad del Abogado General y Comisionado para la Transparencia de la Secretaría de Bienestar.
Las solicitudes de información, podrán realizarse ante el Área de Atención Ciudadana, por escrito y/o vía telefónica, a través de:
a) Secretaría de Bienestar. Área de Atención Ciudadana:
- Teléfonos: 5141-7972 o 51417974. Larga distancia sin costo: 01-800-007-3705
- Domicilio: Avenida Paseo de la Reforma número 51, colonia Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, código postal 06030, Ciudad de México, de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas.
b) Delegaciones de la Secretaría de Bienestar en las entidades federativas, a través del Área de Atención Ciudadana y de los Módulos de Atención.
 
GLOSARIO
GLOSARIO
Para efectos de las presentes Reglas de operación, se entenderá por:
Acahual bajo: Vegetación secundaria nativa que surge de manera espontánea en terrenos que estuvieron bajo uso agrícola o pecuario. La cobertura vegetal presenta una altura no mayor a 2.5 metros y diámetros de tallos no mayores a 10 centímetros.
Agostadero: Superficie en la que se producen en forma natural o cultivada, pastos y forrajes que sirven para alimento del ganado.
Ahorro Programado Mensual: Corresponde al ahorro mensual de $500.00 (quinientos pesos con 00/100), que la/el sujeto de derecho realiza como requisito para participar en el Programa. Este ahorro proviene del apoyo en efectivo que otorga el Programa. La cuenta de ahorro de la institución financiera seleccionada, captará $250.00 pesos, como ahorro individual, y $250.00 pesos serán destinados al Fondo de Bienestar.
Banco del Bienestar: Banco del Bienestar, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, como principal dispersor de recursos de Programas Sociales del Gobierno Federal.
Biofábrica: Instalación para elaborar biofermentos, biopreparados, caldos minerales y otras sustancias agroecológicas que se utilizan para promover la agricultura orgánica.
CAC(s): Comunidad(es) de Aprendizaje Campesino, conformadas por un promedio de 25 sujetos de derecho que se reúnen para la generación de conocimiento a través del intercambio de experiencias y la formación.
CEDAW: Convención para la Eliminación de todas las formas de discriminación hacia las mujeres, por sus siglas en inglés.
Comité Técnico del Programa: Es el máximo órgano rector del Programa. Está integrado por el Subsecretario de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional y los titulares de las Direcciones Generales responsables del Programa, así como un representante de la Oficina de la Secretaría con nivel de Director General.
Comuneros: Son titulares de derechos en una comunidad agraria, sus derechos les permiten el uso y disfrute de su parcela y la cesión de sus derechos sobre la misma en favor de sus familiares y avecindados, así como el aprovechamiento y beneficio de los bienes de uso común en los términos que establezca el estatuto comunal.
Comunidad agraria: Son núcleos agrarios cuyo reconocimiento deriva de: a) una acción agraria de restitución para las comunidades despojadas de su propiedad; b) un acto de jurisdicción voluntaria o c) la resolución de un juicio o el procedimiento de conversión de ejido a comunidad. De estos procedimientos se deriva la inscripción en los Registros Públicos de la Propiedad y Agrario Nacional. Los efectos jurídicos del reconocimiento de la comunidad son la personalidad jurídica del núcleo de población y su propiedad sobre la tierra; la existencia del comisariado de bienes comunales; la protección especial a las tierras comunales que las hace inalienables, imprescriptibles e inembargables; así como los derechos y obligaciones de los comuneros.
CONANP: Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.
CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
Contrato de Aparcería Agrícola: Acuerdo de voluntades firmado por escrito en el cual una de las partes, el propietario, da a la otra parte, denominada aparcero(a), un predio rústico para que lo cultive, a fin de repartirse los frutos en la forma que convengan. Los formatos de contrato de aparcería de los Anexos 7 y 8 de las presentes Reglas de Operación, se incluyen a manera de ejemplo, en ningún caso la Subsecretaría será responsable de situaciones legales derivadas de la suscripción de dichos contratos entre particulares.
Cultura del Ahorro: Práctica del ahorro que las/los sujetos de derecho, así como sus familias realizan como parte integral del Programa Sembrando Vida. Es la práctica personal y comunitaria de reservar recursos generados en el presente y administrarlos para afrontar necesidades personales y/o colectivas en el futuro. Es fruto de un proceso educativo y de un esfuerzo constante que se ejercita a lo largo de los años, para contar
con los medios económicos necesarios para atender las necesidades cotidianas y extraordinarias. En el Programa Sembrando Vida, la cultura del ahorro tiene como objetivo fortalecer las finanzas de los sujetos de derecho, para que, de manera consciente y colectiva, considerando las formas tradicionales de participación y organización, inviertan el ahorro en proyectos económicos que contribuyan a la transformación de la estructura productiva, generando una apropiación del territorio que les permita adueñarse de los medios de producción, generar riqueza y constituir empresas sociales que deriven en un bienestar de sus localidades.
Derecho de Audiencia: Es el procedimiento administrativo que se inicia cuando se presenta alguna de las causales de baja previstas en las Reglas de Operación, a través del cual se garantiza el derecho humano de los titulares beneficiarios al ejercicio del debido proceso a fin de que manifiesten lo que a su interés convenga para estar en posibilidades de determinar sobre la baja o permanencia en el Programa.
Ejido: Núcleo de población con personalidad jurídica y patrimonio propio; son propietarios de las tierras que les han sido dotadas o de las que hubieren adquirido por cualquier otro título. Dichas tierras están sujetas a un régimen especial de propiedad social y operan de acuerdo con su reglamento interno, sin más limitaciones en sus actividades que las que dispone la Ley Agraria.
Finanzas sociales: Conjunto de estrategias basadas en principios y valores, que buscan sensibilizar la gestión financiera, considerando las condiciones sociales e históricas de las personas, para que el beneficio económico tenga como objetivo el bienestar social y ambiental y no la reproducción del capital. Por lo tanto, las finanzas sociales en el Programa Sembrando Vida son producto de la participación y la organización de forma consciente del sujeto de derecho, pues a través de ellas se busca un beneficio colectivo que favorezca un ingreso suficiente para cubrir sus necesidades de la canasta básica, educación, salud, recreación, vivienda, etc.; es decir, busca el bienestar de sus miembros, generando riqueza colectiva a partir del esfuerzo comunitario.
Fondo de Bienestar: Este Fondo se hará bajo la modalidad de Fideicomiso privado alojado en una institución financiera, cuyo fin servirá para apoyar a los productores a consolidar sus medios de producción y de vida familiar a mediano y largo plazo. Este Fondo podrá adquirir otra modalidad en la medida que avance la estrategia financiera del Programa.
Inclusión Productiva: Para efectos de este Programa, es el mecanismo mediante el cual las/los sujetos agrarios que habitan en municipios catalogados de media a muy alto rezago social, se incorporan de forma productiva a los procesos de desarrollo rural, a través del establecimiento de un sistema agroforestal, contribuyendo a la reducción de las desigualdades y superación de la pobreza de manera estructural.
INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
MIAF: Milpa Intercalada entre Árboles Frutales. Este es una Sistema Agroforestal (SAF) de cultivo intercalado, constituido por al menos tres especies, el árbol frutal (epicultivo), el maíz (mesocultivo) y frijol u otra especie comestible, de preferencia leguminosa (sotocultivo) en intensa interacción agronómica y que tiene como propósitos, la producción de maíz y frijol como elementos estratégicos para la seguridad alimentaria de las familias rurales, incrementar de manera significativa el ingreso neto familiar, incrementar el contenido de materia orgánica, controlar la erosión hídrica del suelo y con ello lograr un uso más eficiente del agua de lluvia. El arreglo espacial de las especies componentes está diseñado para obtener altos rendimientos de buena calidad de cada especie, en el corto, mediano y largo plazo.
Organización Comunitaria: Es un proceso colectivo, donde un grupo o grupos de personas, de forma participativa y articulada, suman esfuerzos y recursos en busca de atender necesidades o lograr objetivos para un fin común. Esto requiere de un proceso continuo de aprendizaje que contribuya a crear ciudadanía a través de la toma de decisiones democráticas, acuerdos colectivos, planes y acciones compartidas, responsabilidades y trabajo con liderazgos colaborativos.
Pequeña Propiedad Rural: Tierra sobre la cual su titular ejerce dominio pleno de forma individual y cuya superficie no debe rebasar los límites que establecen el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Agraria. La pequeña propiedad rural se clasifica en agrícola, ganadera y forestal.
Personal Operativo: Está constituido por personas contratadas por la Secretaría de Bienestar mediante la figura de servicios profesionales que, con perfiles y actividades definidas, coordinan y acompañan al Programa. En cada región el personal operativo está conformado por: a) Coordinador(a) Regional; b) Coordinador(a) Territorial; c) Facilitadores(as); d) Técnico(a) Social; e) Técnico(a) Productivo, y f) Becarios.
 
Plan de Trabajo: Elaborado por las/los técnicos(as) productivos y sociales en común acuerdo con las/los sujetos de derecho, contiene las actividades que las/los sujetos de derecho deben implementar en sus parcelas, así como el calendario de capacitaciones y de actividades de inclusión productiva, financiera y social, en el ejercicio fiscal correspondiente. Los planes de trabajo contienen objetivos, actividades, metas, indicadores, fechas compromiso, porcentaje de avance, responsables.
Potrero: Terreno destinado a la cría de ganado.
Programa: Programa Sembrando Vida.
Regeneración del Tejido Social: Es el conjunto de prácticas sociales que permitan reconocer, fortalecer y reconstruir los vínculos comunitarios (de convivencia, confianza, armonía y afecto), para que fortaleciendo la identidad cultural (costumbres, creencias, principios y valores), se detonen procesos organizativos que permitan acuerdos y decisiones en favor de la comunidad. El fortalecimiento y regeneración del tejido social, parte de la conciencia solidaria y un espíritu de cooperación, capaz de unir a los individuos en un proyecto colectivo para el mejoramiento de la vida comunitaria.
Restauración ambiental: Se define como el proceso de asistir a la recuperación de un ecosistema que ha sido dañado, degradado o destruido, reduciendo, mitigando e incluso revertiendo en algunos casos, los daños producidos en el medio físico.
Rezago Social: Es equivalente al índice de Rezago Social, el cual es una medida ponderada que resume cuatro indicadores de carencias sociales (educación, salud, servicios básicos y espacios en la vivienda) en un solo índice que tiene como finalidad ordenar a las unidades de observación según sus carencias sociales.
Secretaría: Secretaría de Bienestar.
Seguridad alimentaria: Conjunto de prácticas que contribuyen a que todas las personas gocen, en forma informada, oportuna y permanente, de alimentos nutritivos y en cantidad suficiente, que les permitan un desarrollo físico y mental, garantizando un estado de bienestar en convivencia armónica con la naturaleza.
Sistema de Producción Agroforestal (SAF): Serie de sistemas y tecnologías para el uso de la tierra en las que se combinan árboles con cultivos agrícolas y/o pastos, en función del tiempo y el espacio para incrementar y optimizar la producción en forma sostenida.
Subsecretaría: Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional.
Sujeto(s) Agrario(s): Ejidatarios(as), comuneros(as), posesionarios(as), pequeños(as) propietarios(as), avecindados(as), jornaleros(as) agrícolas, colonos, poseedores(as) de terrenos baldíos o nacionales y/o campesinos(as).
Sujeto(s) de Derecho: Hombres y mujeres que, en virtud de haber cumplido los criterios y requisitos de elegibilidad del Programa, reciben los apoyos del mismo.
Tierras Ejidales de Uso Común: están conformadas por aquellas tierras del ejido que no forman parte de las reservadas por la asamblea ejidal para el asentamiento del núcleo de población, ni sean tierras parceladas. Son inalienables, imprescriptibles e inembargables. El reglamento interno del ejido regulará su uso, aprovechamiento, acceso y conservación, incluyendo los derechos y obligaciones de ejidatarios y avecindado respecto de dichas tierras. La asamblea ejidal tiene la facultad de aprobar los contratos que tengan por objeto el uso o disfrute por terceros de las tierras de uso común.
Unidad de Producción: 2.5 hectáreas disponibles que trabaja un sujeto de derecho para implementar el Programa Sembrando Vida.
UMA: Unidad de Manejo Ambiental es una unidad de manejo para la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre.
Unidad Responsable: La entidad encargada de la implementación del Programa denominada Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional.
Viveros Comunitarios: Instalaciones para cultivar y proveer las plantas que serán utilizadas en el sistema agroforestal, las cuales estarán ubicadas cerca de las organizaciones productivas y serán atendidas por las/los sujetos de derecho del Programa.
 
ANEXO 1
RUTA DEL REGISTRO DE CANDIDATOS A SUJETO DE DERECHO Y VALIDACIÓN PARA EL
EMPADRONAMIENTO DEL PROGRAMA SEMBRANDO VIDA Y DIAGRAMA DE FLUJO PARA LA
RECEPCIÓN, EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE SOLICITUDES
RUTA DEL REGISTRO DE CANDIDATOS A SUJETO DE DERECHO Y VALIDACIÓN PARA EL
EMPADRONAMIENTO DEL PROGRAMA SEMBRANDO VIDA

En caso de que el candidato no cumpla con alguno de los pasos 1 o 3, y no pueda solventarlos, se le notificará en el formato de verificación de la Unidad de Producción que no es elegible para los objetivos del Programa.
"Este Programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el Programa".
DIAGRAMA DE FLUJO PARA LA RECEPCIÓN, EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE SOLICITUDES
 

"Este Programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el Programa".
ANEXO 2
FORMATO DE DATOS PERSONALES PARA CAPTURA DEL PRE-REGISTRO
 
ESTADO:
 
FECHA:
 
MUNICIPIO:
 
LOCALIDAD:
 
EJIDO:
 
CURP:
 
 
NOMBRE (S)
APELLIDO PATERNO
APELLIDO MATERNO
 
 
 
 
FECHA DE NACIMIENTO:
EDO. CIVIL:
DIRECCIÓN (CALLE, EJIDO, NÚMERO EXTERIOR, LOCALIDAD, MUNICIPIO, EJIDO, CÓDIGO POSTAL) Y UNA REFERENCIA.
NÚMERO DE TELÉFONO:
 
 
ROL DENTRO DE LA FAMILIA:
______PADRE/MADRE
______HIJO/HIJA
______ABUELO/ABUELA
OTRO:________________________
"Este Programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el Programa".
ANEXO 3.
FORMATO DE REPORTE DE ASISTENCIA A DOMICILIO
Este formato corresponde a lo contenido dentro del apartado de candidatos a sujeto de derecho y validación para el empadronamiento del Programa Sembrando Vida.
(MODULO I)
I) DATOS DE IDENTIFICACIÓN Y DOMICILIO
1. CURP del beneficiario o beneficiaria: Enlazado con la base RENAPO
2. Nombre del beneficiario o beneficiaria. (VALIDAR INFORMACIÓN):
Nombre ___________Apellido paterno: ___________  Apellido materno: ___________
3. Fecha de nacimiento (VALIDAR INFORMACIÓN): (DÍA, MES, AÑO)
4. ¿Cuántos años cumplidos tiene? (ANOTAR): ________
5. Sexo (VALIDAR INFORMACIÓN):
6. ¿Cuál es su estado civil?
             1) Soltero(a)                   3) Unión libre                                     5) viudo(a)
             2) Casado(a)                   4) Divorciado(a)/separado (a)                   6) No respondió
7. ¿Cuál es su rol dentro de su núcleo familiar? ¿Es usted...?
1)      El Padre/la madre
2)      El hijo/la hija
3)      El abuelo/la abuela
4)      Otro, especificar cuál_____________________
8. Domicilio de residencia:
       Código postal (ANOTAR)                                          ______________
       Estado (PRECARGADA) (VALIDAR)                             ______________
       Municipio: (PRECARGADA) (VALIDAR)                          ______________
       Localidad: (PRECARGADA) (VALIDAR)                         ______________
 
       Calle/ejido
       Número exterior (ANOTAR)                                       ______________
II) IDENTIDAD CULTURAL Y ESTUDIOS
9. De acuerdo a su cultura, historia y tradiciones, ¿usted se considera...?
       1) Indígena
       2) Afroamericano (a) o afrodescendiente
       3) Ninguno de los anteriores
       4) No sabe/ No responde
10A. ¿Habla alguna lengua indígena?             1) Sí         2) No (PASE a 11)      3) No responde (PASE a 11)
10B. ¿Cuál lengua indígena habla?
1)      Chinanteco                    13) Tepehuano del sur
2)      Chol                            14) Tojolabal
3)      Chontal                        15) Totonaca
4)      Huasteco                      16) Tzetzal
5)      Huichol                         17) Tzotzil
6)      Maya                           18) Zapoteco
7)      Mazahua                       19) Zoque
8)      Mazateco                      20) Otro ¿Cuál? _________
9)      Mixe
10)     Mixteco
11)     Náhuatl
12)     Otomí
11. ¿Habla español?                                 1) Sí                  2) No 3) No responde
12. ¿Sabe leer y escribir un recado?               1) Sí                  2) No 3) No responde
13. ¿Cuál es su último año o grado de estudios?
1) Ninguna                           6) Bachillerato o su equivalente incompleto                11) No responde
2) Primaria incompleta             7) Bachillerato o su equivalente completo
3) Primaria completa               8) Técnico superior
4) Secundaria incompleta          9) Licenciatura
5) Secundaria completa            10) Posgrado o más
14. ¿Actualmente asiste a la escuela?              1) Sí                2) No             3) No responde
III.- INFORMACIÓN SOCIOECONÓMICA
15. ¿Cuántas personas, incluida usted, viven en la vivienda que habita, contando a los niños pequeños, acianos y personas con discapacidad?
       ___________
16. "Considerando que el hogar es un conjunto de personas que hacen vida en común dentro de una misma vivienda, unidos o no por parentesco, que comparten los gastos de manutención y preparan los alimentos en la misma cocina."
¿Cuántos hogares hay en su vivienda, incluyendo el suyo?
       ___________
17. ¿Cuántas personas forman parte de su hogar, incluyéndose usted, niños pequeños, ancianos y personas con discapacidad? ____________
18. ¿Cuántas personas de este hogar están dentro de cada uno de los siguientes rangos de edad? (VALIDAR QUE EL TOTAL DE PERSONAS MENCIONADAS COINCIDA CON LA RESPUESTA DE LA PREGUNTA 17)
 
Rango de edad
Número de personas
A
Niños y niñas de 0 a 3
 
B
Niños y niñas de 4 a 12
 
C
Jóvenes de 13 a 18
 
D
Adultos de 19 a 45
 
E
Adultos de 46 a 64
 
D
De 65 a o más
 
 
19. ¿Cuántos cuartos para dormir hay en su hogar, sin contar pasillos y baños?       _____________
20. ¿Tiene luz eléctrica en su vivienda?              1) Sí                   2) No                  3) No responde
21. En su vivienda tienen...
       1) Agua entubada dentro de la vivienda
       2) Agua entubada fuera de la vivienda, pero dentro de su terreno
       3) Agua entubada de llave pública (o hidrante)
       4) Agua entubada que acarrean de otra vivienda
       5) Agua de pipa
       6) Agua de pozo, río, lago, arroyo
       7) Agua captada de lluvia u otro medio
22. ¿Qué tratamiento le dan al agua para beberla?
       1) La beben sin ningún tratamiento previo
       2) La hierven
       3) Le echan cloro
       4) Usan un filtro
       5) Compran agua embotellada
       6) Otro, ¿cuál? _____________________
23. ¿De qué material es la mayor parte del techo su vivienda?
       1) Concreto                                          4) Lámina de asbesto         7) Otro, ¿cuál? ___________
       2) Lámina de cartón                                5) Madera
       3) Lámina de aluminio o metálica                 6) Palma o paja
24. ¿De qué material es la mayor parte del piso de su vivienda?
       1) Cemento         4) Madera
       2) Tierra  5) Otro, ¿cuál? ___________
       3) Mosaico o azuleo
25. ¿De qué material son las paredes o muros de su vivienda, principalmente?
       1) Concreto, ladrillo o tabique                     5) Madera
       2) Lámina de cartón                                6) Adobe
       3) Lámina de aluminio o metálica                 7) Otro, ¿cuál? ___________
       4) Carrizo, bambú, palma o paja
26. ¿Qué tipo de baño o escusado tiene su vivienda?
       1) Con conexión de agua
       2) Le echan agua con cubeta
 
       3) Letrina seca o húmeda
       4) Pozo u hoyo negro
       5) No tiene
27. ¿Cuál es el combustible que más usan para cocinar?
       1) Gas de cilindro o tanque
       2) Gas natural o de tubería
       3) Electricidad
       4) Leña o carbón con chimenea o fogón
       5) Leña o carbón sin chimenea o fogón
       6) Otro, ¿cuál? ___________
28. ¿En su hogar tiene?
 
 
Sí (1)
No (2)
A
Refrigerador
 
 
B
Lavadora automática
 
 
C
VHS, DVD, BLU-RAY
 
 
D
Vehículo (carro, camioneta o camión)
 
 
E
Motocicleta o motoneta
 
 
F
Bicicleta que se utilice como medio de transporte
 
 
G
Horno (microondas o eléctrico)
 
 
H
Computadora, laptop o Tablet
 
 
I
Estufa/parrilla de gas
 
 
J
Calentador de agua/boiler (gas/solar)
 
 
K
Aparato de televisión
 
 
L
Aparato de televisión digital
 
 
M
Servicio de televisión de paga (antena parabólica, SKY o TV por cable)
 
 
N
Tinaco
 
 
O
Aparato para regular la temperatura (ventilador, enfriador, clima, calefactor).
 
 
P
Internet
 
 
Q
Línea telefónica fija
 
 
R
Teléfono celular
 
PASE A 30
 
29. ¿Cuántos teléfonos celulares tienen en su hogar? _______________
29B ¿Cuál es el número de su celular o en cuál número lo (la) puedo contactar? (CORROBORAR QUE SEA DE 10 DÍGITOS
CONSIDERANDO LADA; __________________
IV.- OCUPACIÓN Y EMPLEO
30. ¿Durante 2019 tuvo trabajo remunerado?
       1) Sí, durante todo el año
       2) Sí, entre 6 y 12 meses
       3) Sí, por menos de 6 meses
       4) No tuvo trabajo remunerado (PASE A 33)
31. ¿Qué actividad desempeñó en su último trabajo remunerado de 2019?
 
1) Albañil                                                     11) Miembro de un grupo u organización de productores
2) Artesano                                                   12) Miembro de una cooperativa de producción o servicios
3) Ayudante de un oficio                                    13) Obrero
4) Ayudante en rancho (peón) o negocio no familiar     14) Patrón o empleador de un negocio
5) Chofer                                                     15) Profesionista independiente
6) Ejidatario o comunero                                    16) Promotor de desarrollo humano o gestor social
7) Empleado de gobierno                                   17) Trabajador por cuenta propia
8) Empleado del sector privado                            18) Vendedor ambulante
9) Empleado doméstico                                     19) Otra ocupación. ¿cuál? ________________
10) Jornalero agrícola/Campesino
32. ¿Qué tipo de contratación tuvo en ese trabajo? (PASE A 34)
1) Contrato fijo                2) Contrato eventual o por meta                      3) Sin contrato
33. ¿Cuál fue su principal ocupación en 2019? (PASAR A PREGUNTA 37)
1)    Cuidado de niños, enfermos, adultos mayores o discapacitados
2)    Trabajo comunitario o voluntario
3)    Realizar el quehacer o labores del hogar (limpieza, acarrear agua, leña)
4)    Trabajo en campo o parcela familiar
5)    Otro, ¿cuál? _______________________
V. INGRESOS
34. En 2019, ¿Cuál fue su ingreso promedio mensual?
1)    Entre $0 y $500
2)    Entre $501 y $900
3)    Entre $901 y $1,800
4)    Entre $1,801 y $2,600
5)    Entre $2,601 y $3,500
6)    Entre $3,501 y $5000
7)    Más de $5,001
8)    No sabe/no respondió
35. En 2019, ¿Cuántas personas dependían económicamente de usted?    ____________
36. ¿Usted fue la persona que más aportó al ingreso de su hogar en 2019?
1) Sí (PASE A 38)                                              2) No (continuar con 37)
37. ¿Qué parentesco tiene con usted la persona que más aportó al ingreso de su hogar el año pasado?
1)    Esposo (a)/Pareja
2)    Padre
3)    Madre
4)    Hijo/hija
5)    Hermano/hermana
6)    Otro, ¿quién?
38. ¿Cuántas personas aportaron al ingreso de su hogar en 2019? Inclúyase usted en caso de haber aportado.     ____________
39. ¿Cuáles fueron las fuentes de ingreso de quienes aportaron al ingreso de su hogar en 2019? (ANOTAR TODAS LA MENCIONES)
A
Pagos o salarios por trabajo remunerado
Sí mencionó (1)
No mencionó (2)
B
Pensión o jubilación
Sí mencionó (1)
No mencionó (2)
C
Remesas o envío de dinero del extranjero
Sí mencionó (1)
No mencionó (2)
D
Apoyo o pensión de algún programa de gobierno
Sí mencionó (1)
No mencionó (2)
E
Otros, ¿cuál? __________________________
Sí mencionó (1)
No mencionó (2)
 
40. Sumando todos los ingresos de quienes aportaron a su hogar. ¿Cuál fue el ingreso mensual promedio de su hogar en 2019?
1)    Entre $0 y $500
2)    Entre $501 y $900
3)    Entre $901 y $1,800
4)    Entre $1,801 y $2,600
5)    Entre $2,601 y $3,500
6)    Entre $3,501 y $5000
7)    Más de $5,001
8)    No sabe/no respondió
VI.- MIGRACIÓN
(PREGUNTAR DE LA 41 A LA 45 SÓLO A QUIENES RESPONDIERON "Sí, durante todo el año" o "Sí de 6 a casi 12 meses o Sí, por menos de 6 meses en la pregunta 30)
41. Durante el 2019 ¿usted trabajo fuera de su localidad?
1) Sí (CONTINUAR CON LA 42)                                  2) No (PASE A 46)
42. ¿A dónde se fue a trabajar? (ANOTAR TODAS LA MENCIONES)
A
A la cabecera municipal
Sí mencionó (1)
No mencionó (2)
B
A la capital de su estado
Sí mencionó (1)
No mencionó (2)
C
A otro municipio de su estado
Sí mencionó (1)
No mencionó (2)
D
A otro estado
Sí mencionó (1) (pase a 43)
No mencionó (2)
E
A otro país
Sí mencionó (1)
(pase a 44)
No mencionó (2)
 
43. (PREGUNTAR SÓLO A QUIENES RESPONDIERON SÍ EN 42D) ¿A qué estado se fue a trabajar? (DESPLEGAR LOS ESTADOS CON SU RESPECTIVO CÓDIGO INEGI) (SI SON VARIOS ESTADOS, ANOTAR EL ÚLTIMO DONDE TRABAJÓ)
44. (PREGUNTAR SÓLO A QUIENES RESPONDIERON SÍ EN 42E) ¿A qué país fue a trabajar?
1) Estados Unidos                         2) Canadá                       3) Otro, ¿cuál? __________
45. En total, ¿Cuánto tiempo trabajó fuera de su localidad en 2019?
1) Menos de 6 meses                      2) Más de 6 meses
VII. REMESAS
(PREGUNTAR A TODOS)
46. ¿Recibe o le mandan dinero de los Estados Unidos u otro país?
1) Sí (CONTINUAR CON 47)                                     2) No (PASE A 49)
¿Cuánto dinero recibe en promedio mensualmente? (ANOTAR LA CANTIDAD EN NÚMERO Y EL RANGO)
 
47. CANTIDAD EN NÚMERO (EN PESOS): _________________________
47B. RANGO (EN PESOS).
1)    Entre $0 y $500
2)    Entre $501 y $900
3)    Entre $901 y $1,800
4)    Entre $1,801 y $2,600
5)    Entre $2,601 y $3,500
6)    Entre $3,501 y $5000
7)    Más de $5,001
48. ¿Qué parentesco tiene con usted la persona o personas que le envían dinero? (ANOTAR TODAS LA MENCIONES)
A
Pareja/esposo(a)
Sí mencionó (1)
No mencionó (2)
B
Padre o madre
Sí mencionó (1)
No mencionó (2)
C
Hija/hijo
Sí mencionó (1)
No mencionó (2)
D
Hermana/hermano
Sí mencionó (1)
No mencionó (2)
E
Otro, ¿quién? ________________________
Sí mencionó (1)
No mencionó (2)
 
VIII. GASTOS Y CONSUMO
49. Regularmente en un mes ¿cuánto gastan en su hogar en...? (ANOTAR CANTIDAD EN NÚMERO Y CÓDIGO DEL RANGO)
 
 
49. CANTIDAD EN NÚMERO
0) no gasta
9999) no sabe/no contestó
50. ANOTAR RANGO
1) Nada
2) Menos de $500
3) Entre 501 y $1000
4) Entre 1001 y $1,500
5) Entre 1501 y 2000
6) Más de 2000
9) No respondió
A
La compra de alimentos, bebidas (cereales, carnes, pescados y mariscos, leche, huevo. aceite, verduras, legumbres, frutas, azúcar, chocolate)
 
 
B
La compra o reparación de vestido o calzado
 
 
C
La compra de artículos y servicios de educación (inscripción, colegiatura, útiles escolares, uniforme, pasaje para escuela, etc.)
 
 
D
El pago de servicios del hogar como luz, agua, renta, gas, etc.
 
 
E
Servicios de salud como citas médicas y compra de medicamentos
 
 
F
Recreación
 
 
 
51. ¿Qué porcentaje del ingreso anual de su hogar proviene de la actividad agropecuaria?
1)    Cero, nadie realiza actividad agropecuaria (PASE AL MÓDULO II)
 
2)    De 1 a 25%
3)    De 26% a 50%
4)    De 51 a 75%
5)    De 76% a 100%
6)    No sabe/ no respondió
52. Considerando el ingreso de la actividad agropecuaria, ¿Qué sector le proporciona mayores ingresos?
1)    Agrícola
2)    Pecuario
3)    Forestal (Leña, germoplasma)
4)    Ambiental (Pago por servicios)
5)    Otro, especificar
Cálculo de la Línea de Bienestar
Los reactivos anteriores determinarán la posición respecto a la Línea de Bienestar en la que el sujeto agrario se encuentra.
"Este Programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa".
ANEXO 4
FORMATO DE VERIFICACIÓN DE UNIDAD DE PRODUCCIÓN
_______________________, a ____ del mes __________del año 2020.
C. HUGO RAÚL PAULIN HERNÁNDEZ
TITULAR DE LA SUBSECRETARÍA DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN Y DESARROLLO REGIONAL
RESPONSABLE DEL PROGRAMA SEMBRANDO VIDA
PRESENTE
La (El) que suscribe, C.__________________________________________, Técnico(a) del Programa Sembrando Vida, manifiesto que el día_______ de _______________________ del presente, realicé la visita a la unidad de producción del sujeto agrario, la (el) C.________________________________________________________________, ubicada en el ejido/localidad___________________________________________municipio______________________________________, estado _______________________________________________.
Encontrando lo siguiente:
1. La unidad de producción tiene una superficie:
 
 
a) Igual a 2.5 hectáreas
 
b) Inferior a 2.5 hectáreas
 
 
2. Entre la localidad en la que vive el sujeto agrario y la unidad de producción, hay una distancia:
 
 
a) Inferior a 20 kilómetros
 
b) Superior a 20 kilómetros
 
 
3. La unidad de producción está ubicada dentro de:
 
 
a) Un ejido
 
b) Tierra de uso común
 
c) Pequeña propiedad
4. La unidad de producción tiene las siguientes características:
 
 
a) Se encuentra ociosa o abandonada
 
b) Está en condiciones de potrero o acahual bajo
a)
b)   Tiene cultivo de milpa
 
Resultando:
ELEGIBLE (2)
ATENTAMENTE
NO ELEGIBLE(3)
 
 
____________________________________
Nombre y firma del técnico
"Este Programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los
establecidos en el Programa".
ANEXO 5
CARTA COMPROMISO
C. HUGO RAÚL PAULIN HERNÁNDEZ
TITULAR DE LA SUBSECRETARÍA DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN Y DESARROLLO REGIONAL
RESPONSABLE DEL PROGRAMA SEMBRANDO VIDA
PRESENTE
La (El) que suscribe, C.__________________________________________, mayor de edad, con domicilio en________________________________________________________________________del municipio de __________________________, en el estado de ________________________________, identificándome en este acto con la Credencial de Elector con número de folio__________________________________, me comprometo a dar cumplimiento a lo dispuesto por las Reglas de Operación del Programa Sembrando Vida y, en particular asumo los siguientes compromisos:
-      Ahorrar como mínimo un 10% del apoyo económico que perciba como parte del Programa.
-      Cumplir con el plan de trabajo de la Comunidad de Aprendizaje Campesina, así como el de mi parcela.
-      Proporcionar la información y/o documentación para evaluar los resultados logrados en la aplicación del apoyo recibido.
-      Aceptar visitas de verificación y/o evaluación correspondiente al apoyo solicitado.
-      Solventar las omisiones o inconsistencias advertidas en alguna visita o verificación en un lapso no mayor a 15 días hábiles a partir de la notificación realizada por las/los Técnicos(as) o por quien éstos designen para tal efecto.
En adición, declaro bajo protesta de decir verdad que:
a)    No realizo actividades productivas o comerciales ilícitas.
b)    No presento documentación falsa y/o alterada en cualquiera de las etapas del proceso de otorgamiento de apoyos.
c)     Los datos asentados en la solicitud y en la presente carta compromiso son verdaderos y autorizo al Programa Sembrando Vida para verificar la información proporcionada.
d)    Aplicaré los incentivos del Programa únicamente para los fines autorizados, y en caso de incumplimiento de mi parte, la consecuencia será la pérdida permanente del derecho a la obtención de incentivos de la Secretaría de Bienestar.
En caso de incapacidad y/o fallecimiento, designo como beneficiarios a: ___________________________________________________________________________, para que continúen en el Programa y dé seguimiento al trabajo en la Unidad de Producción.
_______________________________________________________
Nombre y Firma
La persona que suscribe este documento será la responsable de firmar los formatos y/o la documentación que se le soliciten posteriormente.
"Este Programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el Programa".
ANEXO 6
NOTIFICACIÓN DE ACEPTACIÓN EN EL PROGRAMA SEMBRANDO VIDA
"Una comunidad que tiene asegurada la alimentación, es menos vulnerable a las presiones de la ilegalidad y del clientelismo que trafica con la pobreza".
C._______________________________________
Del Ejido/Comunidad
Del Estado
Estimado________________________________
Una vez revisada la información proporcionada por el Personal Operativo, se ha determinado que cumples con los requisitos establecidos en las ROP, por lo cual me es grato comunicarte que has sido:
_______________________ACEPTADO AL PROGRAMA SEMBRANDO VIDA____________________
En Sembrando Vida, queremos que los campesinos y campesinas mexicanos y mexicanas, produzcan riqueza para sus familias y comunidades, detener la degradación ambiental y procurar la autosuficiencia alimentaria.
Trabajaremos intensamente en la organización de las comunidades para lograr una cultura del ahorro y con el trabajo en sus parcelas, puedan formar cooperativas que les permitan mejorar la producción y comercialización de sus productos. Buscamos alentar una economía social y solidaria que mejore la calidad de vida de la comunidad.
Para cualquier consulta tu Folio asignado es: SV-EDO-2021-NÚMERO SERIADO
Te invitamos a aprovechar esta oportunidad, ya que con tu apoyo y el de los colaboradores del Programa, así como con la Coordinación de diferentes dependencias, estamos sembrando una semilla buena, estamos sembrando una nueva historia, estamos Sembrando Vida para cosechar esperanza.
Bienvenido a la Familia Sembrando Vida.
RESPONSABLE DEL PROGRAMA SEMBRANDO VIDA
SUBSECRETARIO HUGO RAÚL PAULIN HERNÁNDEZ
"Este Programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa".
ANEXO 7
CONTRATO DE APARCERÍA
CONTRATO DE APARCERÍA RURAL AGRÍCOLA (MEDIERÍA) SOBRE TIERRAS PARCELADAS, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL C. __________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PROPIETARIO(A)" Y POR LA OTRA EL C.___________________________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL APARCERO(A)", Y EN FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: --------------------------------------------
D E C L A R A C I O N E S:
I. Declara "EL PROPIETARIO(A)":
I.1 Que es una persona física de nacionalidad mexicana, mayor de edad, en pleno uso de sus facultades, quien se identifica con credencial para votar folio_________________________________, la cual se agrega al presente como Anexo No. 1.
I.2 Que según consta en la Escritura Pública número ______, de fecha ________de ____________ del
año de ____________, otorgada ante la Fe del Licenciado ______________________________________________, Notario Público Número ______ del municipio de _________________, del estado de__________________, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, bajo el folio real número _______, escritura de la cual se anexa copia como Anexo No. 2, es propietario (a) del predio rústico ubicado en ___________________________________________, Municipio de ________________________________, del estado de ___________________________; predio que tiene las siguientes medidas y colindancias:
Al norte __________________ _______ m
Al sur ____________________ _______ m
Al este ___________________ _______ m
Al oeste __________________ _______ m
I.3. Que es su voluntad celebrar el presente contrato de aparcería respecto de 2.5 (dos punto cinco) hectáreas que forman parte de la parcela mencionada en la declaración I.2 anterior y cuya superficie presenta las siguientes medidas y colindancias:
Al norte __________________ _______ m
Al sur ____________________ _______ m
Al este ___________________ _______ m
Al oeste __________________ _______ m
I.4 Que bajo protesta de decir verdad manifiesta que la superficie materia del presente contrato se encuentra libre de todo gravamen y apta para ser utilizada para actividades de agroforestería, incluyendo milpa intercalada con árboles frutales y maderables.
I.6 Que señala como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en: ____________________
II. Declara "EL APARCERO(A):
II.1 Que es una persona física de nacionalidad mexicana, mayor de edad, en pleno uso de sus facultades, quien se identifica con credencial para votar folio______, la cual se agrega al presente como Anexo No. 3.
II.2. Que es su voluntad suscribir el presente contrato de Aparcería con "EL PROPIETARIO(A)", respecto de 2.5 (dos punto cinco) hectáreas parceladas que se describen en la declaración I.3 anterior para realizar actividades de agroforestería, incluyendo milpa intercalada con árboles frutales y maderables.
II.3 Que es candidato (a) a sujeto (a) de derecho del Programa del gobierno federal a cargo de la Secretaría del Bienestar denominado Sembrando Vida, el cual establece, entre otros requisitos, tener disponibles para realizar actividades de agroforestería 2.5 (dos punto cinco) hectáreas propias o en calidad de aparcero(a), por lo que en caso de ser aceptado para recibir los apoyos del Programa quedará obligado a sembrar en dichas tierras ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ entre otros productos. En el entendido que "EL APARCERO(A)" no asumirá la obligación de compartir con "EL PROPIETARIO(A)" los apoyos que en su caso le asigne el Programa Sembrando Vida.
II.4. Que señala como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en: ________________________________________________________________________________________
III. Declaran "LAS PARTES":
III.1. Que se reconocen mutuamente la personalidad con que se ostentan y manifiestan su voluntad para celebrar el presente contrato, con fundamento en los artículos___________ del Código Civil para el Estado de ____________________________________________.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" convienen obligarse de conformidad con las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- "EL PROPIETARIO(A)" concede el uso y goce de ________ hectáreas de su propiedad a "EL APARCERO(A)" con el propósito de que éste cultive entre otras especies ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ La superficie materia de la aparcería presenta las siguientes medidas y colindancias:
Al norte __________________ _______ m
Al sur ____________________ _______ m
 
Al este ___________________ _______ m
Al oeste __________________ _______ m
SEGUNDA.- Al llegar la cosecha, como contraprestación por la aparcería, los frutos serán repartidos de la siguiente manera: ____% (____________ por ciento) para "EL PROPIETARIO(A)" y ___% (__________________ por ciento) para "EL APARCERO(A)".
TERCERA.- "El PROPIETARIO(A)" se obliga con "EL APARCERO(A)", a no entorpecer ni estorbar la labor de éste, respecto de las tierras materia del presente contrato.
CUARTA.- "EL APARCERO(A)" conviene en mantener y conservar las tierras materia del presente instrumento en las condiciones normales para su cultivo, aprovechamiento y explotación, realizando las reparaciones y/o acondicionamientos que considere necesarios.
QUINTA.- "LAS PARTES" acuerdan que si durante el término del contrato falleciere "EL PROPIETARIO(A)" o el predio fuere enajenado, la aparcería subsistirá.
Si es "EL APARCERO(A)" el que muere, el contrato puede darse por terminado, pero si ya se hubieren hecho algunos trabajos, como el barbecho del terreno, la poda de los árboles, o cualquiera otra obra necesaria para el cultivo y es "EL PROPIETARIO(A)" quien da por terminado el contrato, éste tiene obligación de pagar a los herederos de "EL APARCERO(A)" el importe de esos trabajos, en cuanto se aproveche de ellos.
SEXTA.- "EL APARCERO(A)" se obliga a dar aviso a "EL PROPIETARIO(A)", con la anticipación debida, de que procederá a levantar la cosecha a fin de que éste verifique la producción obtenida.
SÉPTIMA.- "LAS PARTES" acuerdan que, si ni en el lugar, ni dentro de la municipalidad se encuentra a "EL PROPIETARIO(A)", podrá "EL APARCERO(A)" hacer la cosecha, midiendo, contando o pesando los frutos en presencia de dos testigos mayores de toda excepción.
OCTAVA.- En caso de que "EL APARCERO(A)" no dé el aviso correspondiente de que levantará la cosecha, se obliga a entregar a "EL PROPIETARIO(A)", la cantidad de los frutos o productos que, de acuerdo al presente contrato, fijen peritos nombrados por cada una de las partes, correspondiendo a "EL APARCERO(A)" cubrir los honorarios de ambos peritos.
NOVENA.- "EL PROPIETARIO(A)" se compromete a no retener de propia autoridad todos o parte de los frutos que correspondan a "EL APARCERO(A)" para garantizar lo que éste le deba por razón del contrato de aparcería.
DÉCIMA.- "EL PROPIETARIO(A)" se obliga a responder a "EL APARCERO(A)" de los perjuicios que se deriven de los vicios ocultos que existieran respecto de las tierras materia del presente contrato, siempre y cuando su existencia sea anterior a la suscripción de este instrumento.
DÉCIMA PRIMERA.- "LAS PARTES" acuerdan que si al concluir el contrato "EL APARCERO(A)" ha cumplido con todas y cada una de las obligaciones adquiridas mediante el presente instrumento, éste tendrá derecho del tanto, para suscribir un nuevo contrato con "EL PROPIETARIO(A)", en caso de que la tierra que estuvo cultivando, sea dada en nueva aparcería.
DÉCIMA SEGUNDA.- "EL APARCERO(A)" se compromete a dar a las tierras que le son otorgadas en aparcería, el uso y servicio convenido en el presente contrato, acordando que para el caso de usarlas para un fin distinto, el contrato se dará por rescindido sin responsabilidad para "EL PROPIETARIO(A)".
DÉCIMA TERCERA.- Si "EL APARCERO(A)" abandona la siembra sin causa justificada, cederá tácitamente el derecho de recoger la cosecha a "EL PROPIETARIO(A)", sin que pueda reclamar aquel percepción alguna por dicha cosecha.
DÉCIMA CUARTA.- "EL PROPIETARIO(A)" autoriza al aparcero proveerse del agua suficiente y necesaria para satisfacer los requerimientos de los cultivos que producirá.
DÉCIMA QUINTA.- "EL APARCERO(A)" se obliga con "EL PROPIETARIO(A)", a pagar los daños y perjuicios causados a las tierras objeto del presente instrumento que por su culpa o negligencia, se llegare a causar en dichas tierras.
DÉCIMA SEXTA.- "EL APARCERO(A)" se compromete a dar aviso oportunamente a "EL PROPIETARIO(A)" respecto de los intentos de usurpación o daños causados o que pretendan causar terceros respecto de las tierras materia del presente contrato, por lo que la omisión de dicho aviso, le obligará a pagar a "EL PROPIETARIO(A)" los daños y perjuicios que se ocasionen por dicho evento.
DÉCIMA SÉPTIMA.- El presente contrato tendrá una vigencia obligatoria por cuatro años a partir de su firma, prorrogable mediante acuerdo por escrito de "LAS PARTES".
DÉCIMA OCTAVA-. "EL APARCERO(A)" se obliga a devolver a "EL PROPIETARIO(A)", al término de la vigencia del presente contrato, las tierras materia del mismo, en las condiciones que las recibió, con el solo
detrimento normal del tiempo.
DÉCIMA NOVENA.- "EL APARCERO(A)" manifiesta su conformidad respecto a las obras y/o infraestructura o construcciones que efectúe en las tierras materia del presente contrato, que sean necesarias para cumplir con los objetivos del mismo, pasaran a formar parte del predio y a favor de "EL PROPIETARIO(A)" al término del contrato.
VIGÉSIMA.- Son causas de terminación anticipada, sin responsabilidad para las partes:
-      El acuerdo por escrito de ambas "PARTES", el cual para tener validez deberá notificarse por escrito con 30 días naturales de anticipación a la Secretaría de Bienestar.
-      En caso de que alguna de las declaraciones de "LAS PARTES", resulte falsa o inexacta y ello afecte directamente el cumplimiento del presente contrato.
-      Que "EL APARCERO(A)" abandone la siembra sin causa justificada, y
-      La existencia de caso fortuito o fuerza mayor que ponga término o suspenda las actividades objeto de este contrato.
VIGÉSIMA PRIMERA. Para el caso de que una de las partes incumpla las obligaciones y compromisos que asume en el presente contrato, pagará a su contraparte, como pena convencional la cantidad de $30,000.00 (treinta mil pesos 00/100 M.N.)
VIGÉSIMA SEGUNDA.- En caso de suscitarse conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o cumplimiento del presente contrato, "LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales civiles del lugar donde se ubica el predio, renunciando desde este momento a la que les pudiera corresponder en razón de sus domicilios futuros o por cualquier otra causa.
VIGÉSIMA TERCERA.- El presente contrato surtirá efectos a partir de la fecha en que se suscribe. Éste podrá ser revisado, modificado o adicionado, mediante convenio modificatorio que suscriban "LAS PARTES". Para que los convenios modificatorios tengan validez deberán notificarse por escrito con 30 días naturales de anticipación a la Secretaría de Bienestar.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO, Y ESTANDO DEBIDAMENTE ENTERADAS "LAS PARTES" DEL ALCANCE Y CONTENIDO LEGAL DE SUS CLÁUSULAS, LO FIRMAN EN TRES EJEMPLARES, EN LA CIUDAD DE ____________________________ A LOS _____ DÍAS DEL MES DE _________________ DE 20_____.
"EL PROPIETARIO(A)"
C. _______________________________
"EL APARCERO(A)"
C. _______________________________
TESTIGO
C. _______________________________
TESTIGO
C. _______________________________
"Este Programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines
distintos a los establecidos en el Programa".
ANEXO 8
CONTRATO DE APARCERÍA APROBADO POR ASAMBLEA EJIDAL
CONTRATO DE APARCERÍA RURAL AGRÍCOLA (MEDIERÍA) SOBRE TIERRAS PARCELADAS, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL C. _______, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PROPIETARIO(A)" Y POR LA OTRA EL C.______, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL APARCERO(A)", Y EN FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: ----------------------------------------------------------------------
D E C L A R A C I O N E S:
I. Declara "EL PROPIETARIO(A)":
I.1 Que es una persona física de nacionalidad mexicana, mayor de edad, en pleno uso de sus facultades, quien se identifica con credencial para votar folio______, la cual se agrega al presente como Anexo No. 1.
 
I.2 Que es titular de la parcela marcada con el número ___del Ejido___, Municipio de__, Estado ___, con una superficie de ____ hectáreas, como lo acredita con el Certificado Parcelario número ___, expedido por el Registro Agrario Nacional, del cual se anexa copia como Anexo No. 2, parcela que tiene las siguientes medidas y colindancias:
Al norte __________________ _______ m
Al sur ____________________ _______ m
Al este ___________________ _______ m
Al oeste __________________ _______ m
I.3. Que es su voluntad celebrar el presente contrato de aparcería respecto de 2.5 (dos punto cinco) hectáreas que forman parte de la parcela mencionada en la declaración I.2 anterior y cuya superficie presenta las siguientes medidas y colindancias:
Al norte __________________ _______ m
Al sur ____________________ _______ m
Al este ___________________ _______ m
Al oeste __________________ _______ m
I.4 Que bajo protesta de decir verdad manifiesta que la superficie materia del presente contrato se encuentra libre de todo gravamen y apta para ser utilizada para actividades de agroforestería, incluyendo milpa intercalada con árboles frutales y maderables.
I.6 Que señala como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en: ____________________
II. Declara "EL APARCERO(A):
II.1 Que es una persona física de nacionalidad mexicana, mayor de edad, en pleno uso de sus facultades, quien se identifica con credencial para votar folio______, la cual se agrega al presente como Anexo No. 3.
II.2. Que es su voluntad suscribir el presente contrato de Aparcería con "EL PROPIETARIO(A)", respecto de 2.5 (dos punto cinco) hectáreas parceladas que se describen en la declaración I.3 anterior para realizar actividades de agroforestería, incluyendo milpa intercalada con árboles frutales y maderables.
II.3 Que es candidato (a) a sujeto(a) de derecho del Programa del gobierno federal a cargo de la Secretaría de Bienestar denominado Sembrando Vida, el cual establece, entre otros requisitos, tener disponibles para realizar actividades de agroforestería 2.5 (dos punto cinco) hectáreas propias o en calidad de aparcero, por lo que en caso de ser aceptado para recibir los apoyos del Programa quedará obligado a sembrar en dichas tierras ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________entre otros productos. En el entendido que "EL APARCERO(A)" no asumirá la obligación de compartir con "EL PROPIETARIO(A)" los apoyos que en su caso le asigne el Programa Sembrando Vida.
II.5. Que señala como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en: ________________________________________________________________________________________
III. Declaran "LAS PARTES":
III.1. Que se reconocen mutuamente la personalidad con que se ostentan y manifiestan su voluntad para celebrar el presente contrato, con fundamento en los artículos 27, fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2, 45, y 79 de la Ley Agraria; así como 2739 al 2751 del Código Civil Federal, aplicado supletoriamente a la Ley Agraria.
III.2. Que conocen las modalidades a las cuales está sujeta la propiedad ejidal y lo que dispone el artículo 79 de la Ley Agraria, el cual señala que "el ejidatario puede aprovechar su parcela directamente o conceder a otros ejidatarios o terceros su uso o usufructo, mediante aparcería, mediería, asociación, arrendamiento o cualquier otro acto jurídico no prohibido por la ley, sin necesidad de autorización de la asamblea o de cualquier autoridad."
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" convienen obligarse de conformidad con las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- "EL PROPIETARIO(A)" concede el uso y goce de 2.5 hectáreas de su propiedad a "EL APARCERO(A)" con el propósito de que éste cultive entre otras especies ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ La superficie materia de la aparcería presenta las siguientes medidas y colindancias:
 
Al norte __________________ _______ m
Al sur ____________________ _______ m
Al este ___________________ _______ m
Al oeste __________________ _______ m
SEGUNDA.- Al llegar la cosecha, como contraprestación por la aparcería, los frutos serán repartidos de la siguiente manera: ____% (_________________ por ciento) para "EL PROPIETARIO(A)" y _____% (____________________ por ciento) para "EL APARCERO(A)".
TERCERA.- "El PROPIETARIO(A)" se obliga con "EL APARCERO(A)", a no entorpecer ni estorbar la labor de éste, respecto de las tierras materia del presente contrato.
CUARTA.- "EL APARCERO(A)" conviene en mantener y conservar las tierras materia del presente instrumento en las condiciones normales para su cultivo, aprovechamiento y explotación, realizando las reparaciones y/o acondicionamientos que considere necesarios.
QUINTA.- "LAS PARTES" acuerdan que si durante el término del contrato falleciere "EL PROPIETARIO(A)" o el predio fuere enajenado, la aparcería subsistirá.
Si es "EL APARCERO(A)" el que muere, el contrato puede darse por terminado, pero si ya se hubieren hecho algunos trabajos, como el barbecho del terreno, la poda de los árboles, o cualquiera otra obra necesaria para el cultivo y es "EL PROPIETARIO(A)" quien da por terminado el contrato, éste tiene obligación de pagar a los herederos de "EL APARCERO(A)" el importe de esos trabajos, en cuanto se aproveche de ellos.
SEXTA.- "EL APARCERO(A)" se obliga a dar aviso a "EL PROPIETARIO(A)", con la anticipación debida, de que procederá a levantar la cosecha a fin de que éste verifique la producción obtenida.
SÉPTIMA.- "LAS PARTES" acuerdan que, si ni en el lugar, ni dentro de la municipalidad se encuentra a "EL PROPIETARIO(A)", podrá "EL APARCERO(A)" hacer la cosecha, midiendo, contando o pesando los frutos en presencia de dos testigos mayores de toda excepción.
OCTAVA.- En caso de que "EL APARCERO(A)" no dé el aviso correspondiente de que levantará la cosecha, se obliga a entregar a "EL PROPIETARIO(A)", la cantidad de los frutos o productos que, de acuerdo al presente contrato, fijen peritos nombrados por cada una de las partes, correspondiendo a "EL APARCERO(A)" cubrir los honorarios de ambos peritos.
NOVENA.- "EL PROPIETARIO(A)" se compromete a no retener de propia autoridad todos o parte de los frutos que correspondan a "EL APARCERO(A)" para garantizar lo que éste le deba por razón del contrato de aparcería.
DÉCIMA.- "EL PROPIETARIO(A)" se obliga a responder a "EL APARCERO(A)" de los perjuicios que se deriven de los vicios ocultos que existieran respecto de las tierras materia del presente contrato, siempre y cuando su existencia sea anterior a la suscripción de este instrumento.
DÉCIMA PRIMERA.- "LAS PARTES" acuerdan que si al concluir el contrato "EL APARCERO(A)" ha cumplido con todas y cada una de las obligaciones adquiridas mediante el presente instrumento, éste tendrá derecho del tanto, para suscribir un nuevo contrato con "EL PROPIETARIO(A)", en caso de que la tierra que estuvo cultivando, sea dada en nueva aparcería.
DÉCIMA SEGUNDA.- "EL APARCERO(A)" se compromete a dar a las tierras que le son otorgadas en aparcería, el uso y servicio convenido en el presente contrato, acordando que, para el caso de usarlas para un fin distinto, el contrato se dará por rescindido sin responsabilidad para "EL PROPIETARIO(A)".
DÉCIMA TERCERA.- Si "EL APARCERO(A)" abandona la siembra sin causa justificada, cederá tácitamente el derecho de recoger la cosecha a "EL PROPIETARIO(A)", sin que pueda reclamar aquella percepción alguna por dicha cosecha.
DÉCIMA CUARTA.- "EL PROPIETARIO(A)" autoriza al aparcero proveerse del agua suficiente y necesaria para satisfacer los requerimientos de los cultivos que producirá.
DÉCIMA QUINTA. - "EL APARCERO(A)" se obliga con "EL PROPIETARIO(A)", a pagar los daños y perjuicios causados a las tierras objeto del presente instrumento que, por su culpa o negligencia, se llegare a causar en dichas tierras.
DÉCIMA SEXTA. - "EL APARCERO(A)" se compromete a dar aviso oportunamente a "EL PROPIETARIO(A)" respecto de los intentos de usurpación o daños causados o que pretendan causar terceros respecto de las tierras materia del presente contrato, por lo que la omisión de dicho aviso, le obligara a pagar a "EL PROPIETARIO(A)" los daños y perjuicios que se ocasionen por dicho evento.
DÉCIMA SÉPTIMA. - El presente contrato tendrá una vigencia obligatoria por cuatro años a partir de su firma, prorrogable mediante acuerdo por escrito de "LAS PARTES".
 
DÉCIMA OCTAVA-. "EL APARCERO(A)" se obliga a devolver a "EL PROPIETARIO(A)", al término de la vigencia del presente contrato, las tierras materia del mismo, en las condiciones que las recibió, con el solo detrimento normal del tiempo.
DÉCIMA NOVENA. - "EL APARCERO(A)" manifiesta su conformidad respecto a las obras y/o infraestructura o construcciones que efectúe en las tierras materia del presente contrato, que sean necesarias para cumplir con los objetivos del mismo, pasaran a formar parte del predio y a favor de "EL PROPIETARIO(A)" al término del contrato.
VIGÉSIMA. - Son causas de terminación anticipada, sin responsabilidad para las partes:
-      El acuerdo por escrito de ambas "PARTES", el cual para tener validez deberá notificarse por escrito con 30 días naturales de anticipación a la Secretaría de Bienestar.
-      En caso de que alguna de las declaraciones de "LAS PARTES", resulte falsa o inexacta y ello afecte directamente el cumplimiento del presente contrato.
-      Que "EL APARCERO(A)" abandone la siembra sin causa justificada, y
-      La existencia de caso fortuito o fuerza mayor que ponga término o suspenda las actividades objeto de este contrato.
VIGÉSIMA PRIMERA. Para el caso de que una de las partes incumpla las obligaciones y compromisos que asume en el presente contrato, pagará a su contraparte, como pena convencional la cantidad de $30,000.00 (treinta mil pesos 00/100 M.N.)
VIGÉSIMA SEGUNDA.- En caso de suscitarse conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o cumplimiento del presente contrato, "LAS PARTES" se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Unitarios Agrarios del domicilio de "EL PROPIETARIO(A)", renunciando desde este momento a la que les pudiera corresponder en razón de sus domicilios futuros o por cualquier otra causa.
VIGÉSIMA TERCERA.- El presente contrato surtirá efectos a partir de la fecha en que se suscribe. Éste podrá ser revisado, modificado o adicionado, mediante convenio modificatorio que suscriban "LAS PARTES". Para que los convenios modificatorios tengan validez deberán notificarse por escrito con 30 días naturales de anticipación a la Secretaría de Bienestar.
VIGÉSIMA CUARTA.- El presente contrato será inscrito en el Registro Agrario Nacional.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO, Y ESTADO DEBIDAMENTE ENTERADAS "LAS PARTES" DEL ALCANCE Y CONTENIDO LEGAL DE SUS CLÁUSULAS, LO FIRMAN EN TRES EJEMPLARES, EN LA CIUDAD DE _______________ A LOS _____ DÍAS DEL MES DE _________________ DE 20___.
"EL PROPIETARIO(A)"
C. _______________________
"EL APARCERO(A)"
C. _______________________
TESTIGO
C. _______________________
TESTIGO
C. ______________________
"Este Programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa".
ANEXO 9
PERFIL DEL PERSONAL OPERATIVO
1.    TÉCNICO (A) SOCIAL
1.1.  Objetivo de la contratación
Las y los Técnicos (as) Sociales del Programa Sembrando Vida tendrán como objetivo contribuir a la restauración del tejido social comunitario, mediante la impartición de programas de formación que promuevan la integración social, el desarrollo comunitario, la inclusión productiva y la inclusión financiera, atiendo a 200 sujetos de derecho cada uno.
1.2.  Actividades.
 
1.     Realizar el proceso de registro y validación de los sujetos agrícolas interesados en participar como sujetos de derecho del Programa.
2.     Desarrollar las actividades sociales y productivas contenidas en los planes de trabajo mensuales en 500 hectáreas, con 200 sujetos de derecho organizados en 8 Comunidades de Aprendizaje Campesino (CAC), así como con 12 jóvenes becarios, reportando los avances de dichos planes al Facilitador Comunitario.
3.     Asistir a todas las capacitaciones brindadas por el Facilitador Comunitario que fortalezcan el desarrollo de los planes de trabajo en temas sociales y productivos dentro de las CAC.
4.     Capacitar en temas sociales a los sujetos de derecho y a los becarios de Jóvenes Construyendo el Futuro a su cargo.
5.     Realizar y actualizar los diagnósticos familiar y participativo comunitario, dirigidos a los sujetos de derecho y/o a las CAC al menos una vez al año.
6.     Mantener la comunicación permanente entre los diferentes niveles de la estructura respetando el canal de información diseñado.
7.     Realizar cualquier otra tarea afín que le sea asignada por el Facilitador Comunitario que contribuya al desarrollo del Programa.
1.3.  Entregables
1.     Actualización de los reportes de sujetos agrarios registrados y validados dentro de la plataforma pertinente.
2.     Planes de trabajo suscritos con los 200 sujetos de derecho en sus unidades de producción.
3.     Planes de trabajo suscritos con los 12 jóvenes becarios.
4.     Informe de actividades mensuales desarrolladas de acuerdo al plan de trabajo, con su respectiva evidencia fotográfica y documental.
1.4.  Perfil
1.     Técnico profesional, Técnico superior universitario (TSU) o profesionales a nivel licenciatura en carreras tales como: Antropología, Sociología, Trabajo Social, Desarrollo Rural, Economía, Administración, Pedagogía, Desarrollo Sustentable, Educación, Nutrición, Psicología y carreras afines. También se aceptará a quienes tengan conocimientos y experiencia en aspectos de organización social de productores, cooperativismo, acompañamiento socioeconómico a grupos rurales, y otros afines a los objetivos del Programa, adquiridos mediante experiencia laboral comprobable, que cuenten con estudios de educación básica y bachillerato.
2.     Experiencia comprobable de mínimo dos años en el medio rural, haciendo trabajos relacionados con el desarrollo comunitario, tales como organización, supervisión, asesoría, capacitación, dictamen y seguimiento de procesos de desarrollo comunitario y otros afines a los objetivos del Programa.
2.     TÉCNICO (A) PRODUCTIVO
2.1.  Criterios y/o argumentos cuantitativos y cualitativos que justifican la contratación
a.     Objetivo de la contratación
Las y los Técnicos (as) Productivos del Programa Sembrando Vida tendrán como objetivo establecer sistemas agroforestales en las unidades de producción de 200 sujetos de derecho, e impartirles asesoría y capacitación en temas agricultura y producción sustentable.
b.     Actividades
1.     Realizar el proceso de registro y validación de los sujetos agrícolas interesados en participar como sujetos de derecho del Programa.
2.     Desarrollar las actividades productivas y sociales contenidas en los planes de trabajo mensuales en 500 hectáreas, con 200 sujetos de derecho organizados en 8 Comunidades de Aprendizaje Campesino (CAC), así como con 12 jóvenes becarios, reportando los avances de dichos planes al Facilitador Comunitario.
3.     Asistir a todas las capacitaciones brindadas por el Facilitador Comunitario que fortalezcan el desarrollo de los planes de trabajo en temas productivos y sociales dentro de las CAC.
 
4.     Capacitar en temas productivos a los sujetos de derecho y a los becarios de Jóvenes Construyendo el Futuro a su cargo.
5.     Realizar y actualizar los diagnósticos familiar y participativo comunitario, dirigidos a los sujetos de derecho y/ó a las CAC al menos una vez al año.
6.     Mantener la comunicación permanente entre los diferentes niveles de la estructura respetando el canal de información diseñado.
7.     Realizar cualquier otra tarea afín que le sea asignada por el Facilitador Comunitario que contribuya al desarrollo del Programa.
c.     Entregables
1.     Actualización de los reportes de sujetos agrarios registrados y validados dentro de la plataforma pertinente.
2.     Planes de trabajo suscritos con los 200 sujetos de derecho.
3.     Planes de trabajo suscritos con los 12 jóvenes becarios.
4.     Informe de actividades mensuales desarrolladas de acuerdo al plan de trabajo, con su respectiva evidencia fotográfica y documental.
d.     Perfil
1.     Técnico profesional, Técnico superior universitario (TSU) o profesionales a nivel licenciatura en carreras tales como: Agronomía, Desarrollo rural, Desarrollo forestal, Agrobiotecnología, Biología, Ingeniería Ambiental, Zootecnista, Ecología y carreras afines. También se aceptará a quienes tengan conocimientos agrícolas y de agroforestería adquiridos mediante experiencia laboral comprobable, que cuenten con estudios de educación básica y bachillerato.
2.     Experiencia comprobable mínimo de dos años en el medio rural, haciendo trabajos relacionados con el desarrollo productivo, tales como supervisión, asesoría, capacitación, dictamen y seguimiento de procesos de desarrollo agrícola y agroforestal u otros afines a los objetivos del Programa.
3    FACILITADOR (A)
3.1  Criterios y/o argumentos cuantitativos y cualitativos que justifican la contratación
Objetivo de la contratación.
El/la Facilitador (a) Comunitario (a) tendrá como objetivo verificar que los Técnicos Sociales y Productivos a su cargo desempeñen apropiadamente sus planes de trabajo para el buen desarrollo del Programa. Cada Facilitador supervisará el desempeño de 5 binomios de Técnicos (formados por 1 Técnico Social y 1 Técnico Productivo), es decir a 10 técnicos cada uno, que estarán atendiendo en su totalidad a 1,000 sujetos de derecho y coordinando el trabajo en 2,500 hectáreas.
3.2  Actividades.
1.     Supervisar y dar seguimiento al plan de trabajo de los/las cinco Técnicos(as) Productivos(as) y cinco Técnicos(as) Sociales.
2.     Ser co-responsable en la implementación de la estrategia educativa para ser parte del equipo formador(a) de formadores.
3.     Formar y capacitar en temas sociales y productivos a diez técnicos(as) a su cargo.
4.     Integrar y evaluar los reportes de los avances del Programa que los técnicos a su cargo le presenten y reportar los resultados al Coordinador Territorial.
5.     Mantener actualizado el documento de diagnóstico familiar y participativo comunitario de acuerdo a los tiempos programados.
6.     Mantener la comunicación permanente entre los diferentes niveles de la estructura respetando el canal de información diseñado.
7.     Sera responsabilidad del/la facilitador(a) y él/la coordinador(a) territorial garantizar la veracidad de la información contenida en la plataforma definida.
 
8.     Realizar cualquier otra tarea afín que le sea asignada por el Coordinador Territorial que contribuya al desarrollo del Programa.
3.3   Entregables
1.     Reportes del avance del plan de trabajo de los técnicos a su cargo.
2.     Reporte del avance de la implementación de la estrategia educativa, incluyendo aquellas capacitaciones brindadas por otras instancias públicas o privadas.
3.     Planes de trabajo suscritos con los técnicos a su cargo.
4.     Reporte de supervisión del trabajo de los técnicos y de los becarios.
5.     Informe de actividades mensuales desarrolladas de acuerdo al plan de trabajo, con su respectiva evidencia fotográfica y documental.
3.4  Perfil
1.     Técnico profesional, Técnico superior universitario (TSU) o profesionales a nivel licenciatura en carreras tales como: Antropología, Sociología, Trabajo Social, Desarrollo Rural, Economía, Administración, Pedagogía, Desarrollo Sustentable, Educación, Nutrición, Psicología, Agronomía, Desarrollo rural, Desarrollo forestal, Agrobiotecnología, Biología, Ingeniería Ambiental, Zootecnista, Ecología y carreras afines. También se aceptará a quienes tengan conocimientos y experiencia en aspectos de organización social de productores, cooperativismo, acompañamiento socioeconómico a grupos rurales, agrícolas, de agroforestería y otros afines a los objetivos del Programa, adquiridos mediante experiencia laboral comprobable, que cuenten con estudios de educación básica y bachillerato.
2.     Experiencia comprobable mínimo de tres años en el medio rural, haciendo trabajos de agricultura, forestería, relacionados con el desarrollo productivo y/o comunitario, tales como organización, supervisión, asesoría, capacitación, dictamen, seguimiento de procesos de desarrollo agrícola y de agroforestería, y otros afines a los objetivos del Programa.
4. COORDINADOR(A) TERRITORIAL
4.1   Criterios y/o argumentos cuantitativos y cualitativos que justifican la contratación
Objetivo de la contratación.
El/la Coordinador(a) Territorial tendrá como objetivo verificar que Facilitadores a su cargo desempeñen apropiadamente sus actividades, con el propósito de que el Programa se desarrolle de forma adecuada a nivel territorial, coordinando el trabajo en 50 mil hectáreas, coordinando el trabajo que se realice con a 20 mil sujetos de derecho.
4.2   Actividades
1.     Supervisar y dar seguimiento al plan de trabajo de los facilitadores comunitarios a su cargo.
2.     Integrar y evaluar los reportes de los avances del Programa que los facilitadores a su cargo le presenten y reportar los resultados al Coordinador Regional.
3.     Colaborar en la planeación Territorial del Programa en conjunto con la Coordinación Regional.
4.     Coadyuvar en la gestión para establecer una red de instituciones aliadas, a nivel territorial, en beneficio del Programa.
5.     Mantener la comunicación permanente entre los diferentes niveles de la estructura respetando el canal de información diseñado.
6.     Ser co-responsable en la implementación de la estrategia educativa del equipo formador(a) de formadores.
7.     Sera responsabilidad del/la coordinador(a) territorial y él/la facilitador(a) garantizar la veracidad de la información contenida en la plataforma definida.
8.     Realizar cualquier otra tarea afín que le sea asignada por el Coordinador Regional que contribuya al desarrollo del Programa.
 
4.3   Entregables
1.     Reportes del avance del plan de trabajo de los Facilitadores Comunitarios a su cargo.
2.     Reporte del avance de la implementación de la estrategia educativa, incluyendo aquellas capacitaciones brindadas por otras instancias públicas o privadas.
3.     Planes de trabajo suscritos con los Facilitadores comunitarios a su cargo.
4.     Reporte de supervisión del trabajo de Facilitadores Comunitarios a su cargo.
5.     Informe de actividades mensuales desarrolladas de acuerdo al plan de trabajo, con su respectiva evidencia fotográfica y documental.
4.4   Perfil
1.     Técnico profesional, Técnico superior universitario (TSU), profesionales a nivel licenciatura o posgrado en carreras tales como: Antropología, Sociología, Trabajo Social, Desarrollo Rural, Economía, Administración, Pedagogía, Desarrollo Sustentable, Educación, Psicología, Agronomía, Desarrollo rural, Desarrollo forestal, Agrobiotecnología, Biología, Ingeniería Ambiental, Zootecnista, Ecología y carreras afines. También se aceptará a quienes tengan conocimientos y experiencia en aspectos de organización social de productores, cooperativismo, acompañamiento socioeconómico a grupos rurales, agrícolas, de agroforestería y otros afines a los objetivos del Programa, adquiridos mediante experiencia laboral comprobable.
2.     Experiencia comprobable mínimo de tres años en el medio rural, haciendo trabajos de agricultura, forestería, relacionados con el desarrollo productivo y/o comunitario, tales como organización, supervisión, asesoría, capacitación, dictamen, seguimiento de procesos de desarrollo agrícola y de agroforestería, y otros afines a los objetivos del Programa.
5.     COORDINADOR(A) REGIONAL
5.1   Criterios y/o argumentos cuantitativos y cualitativos que justifican la contratación
5.2   Objetivo de la contratación
El/la Coordinador(a) Regional tendrá como objetivo verificar que los/las Coordinadores(as) Territoriales a su cargo desempeñen apropiadamente sus actividades, con el propósito de que el Programa se desarrolle de forma adecuada a nivel Regional.
5.3   Actividades
1.     Supervisar y dar seguimiento al plan de trabajo de los/las Coordinadores(as) Territoriales a su cargo.
2.     Integrar y evaluar los reportes de los avances del Programa que los/las Coordinadores(as) Territoriales a su cargo le presenten y reportar los resultados a la Subsecretaría.
3.     Colaborar en la planeación Regional del Programa en conjunto con la Subsecretaría.
4.     Coadyuvar en la gestión para establecer una red de instituciones aliadas, a nivel territorial, en beneficio del Programa.
5.     Promover el contacto permanente con el grupo de especialistas del Programa a través de la Dirección General correspondiente, con el propósito de atender y resolver las necesidades y retos que se presenten en la Región.
6.     Impulsar y motivar la participación de los/las Coordinadores(as) Territoriales y Facilitadores(as) en el desarrollo e implementación de la estrategia educativa.
7.     Mantener la comunicación permanente entre los diferentes niveles de la estructura respetando el canal de información diseñado.
8.     Realizar cualquier otra tarea afín que le sea asignada por la Subsecretaría.
5.4   Entregables
1.     Reportes del avance del plan de trabajo de los Coordinadores Territoriales a su cargo.
 
2.     Reporte del avance de la implementación de la estrategia educativa, incluyendo aquellas capacitaciones brindadas por otras instancias públicas o privadas.
3.     Planes de trabajo suscritos con los/las Coordinadores(as) Territoriales a su cargo.
4.     Reporte de supervisión del trabajo de Coordinadores(as) Territoriales a su cargo.
5.     Informe de actividades mensuales desarrolladas de acuerdo al plan de trabajo, con su respectiva evidencia fotográfica y documental.
5.5   Perfil
1.     Técnico profesional, Técnico superior universitario (TSU), profesionales a nivel licenciatura o posgrado en carreras tales como: Antropología, Ciencia Política y Administración Pública, Sociología, Trabajo Social, Desarrollo Rural, Economía, Administración, Pedagogía, Desarrollo Sustentable, Educación, Psicología, Agronomía, Desarrollo rural, Desarrollo forestal, Agrobiotecnología, Biología, Ingeniería Ambiental, Zootecnista, Ecología y carreras afines. También se aceptará a quienes tengan conocimientos y experiencia en aspectos de organización social de productores, cooperativismo, acompañamiento socioeconómico a grupos rurales, agrícolas, de agroforestería y otros afines a los objetivos del Programa, adquiridos mediante experiencia laboral comprobable.
2.     Experiencia comprobable mínimo de cuatro años en el medio rural, haciendo trabajos de agricultura, forestería, relacionados con el desarrollo productivo y/o comunitario, tales como organización, supervisión, asesoría, capacitación, dictamen, seguimiento de procesos de desarrollo agrícola y de agroforestería, y otros afines a los objetivos del Programa.
6.     Especialistas
6.1   CRITERIOS Y/O ARGUMENTOS CUANTITATIVOS Y CUALITATIVOS QUE JUSTIFICAN LA CONTRATACION
6.2 OBJETIVO DE LA CONTRATACION
Diseñar e integrar la metodología con la que el programa se regirá tanto para la ejecución en campo, como en la formación del personal operativo, considerando los temas de economía social y solidaria, inclusión productiva, inclusión financiera y desarrollo comunitario, mediante la orientación en la planeación de las actividades a desarrollar en los temas ya mencionados, así como establecer las directrices a considerar dentro del diseño de materiales divulgativos de apoyo, y brindar esquemas de acompañamiento para su correcta ejecución en el terreno.
6.3 ACTIVIDADES
1.   Otorgar el respaldo técnico en áreas transversales de economía social y solidaria, inclusión productiva, inclusión financiera, inclusión social, equidad de género, salud, desarrollo comunitario y cuidado del medio ambiente entre otros, integrando información relevante para el desarrollo de sus actividades.
2.   Apoyar en la planeación de las actividades a desarrollar de acuerdo a la diversidad de necesidades presentes en cada uno de los territorios.
3.   Elaborar materiales de apoyo y participar en la formación del personal operativo.
4.   Llevar a cabo tareas de monitoreo aleatorias en los territorios donde se encuentran los sujetos de derecho y sus organizaciones productivas para asegurar su correcto desarrollo.
5.   Mantener la comunicación permanente entre los diferentes niveles de la estructura respetando el canal de información diseñado.
6.   Apoyar en el establecimiento de una red de alianzas académicas y científicas para fomentar la aplicación de las mejores técnicas de intervención social.
7.   Apoyar en la planeación, diseño e implementación de los procesos de diagnóstico familiar y participativo comunitario.
6.4 ENTREGABLES
 
1.   Documento metodológico del programa Sembrando Vida.
2.   Documento de la estrategia de formación al personal operativo.
3.   Documento metodológico de la función de las Comunidades de Aprendizaje Campesino.
4.   Planes de formación del proyecto educativo dirigido a facilitadores.
5.   Planeación del acompañamiento metodológico a facilitadores y técnicos en el terreno.
6.   Materiales divulgativos de apoyo en los temas transversales de economía social y solidaria, inclusión productiva, inclusión financiera, inclusión social, equidad de género, salud, desarrollo comunitario y cuidado del medio ambiente entre otros.
7.   Reportes de los acompañamientos metodológicos brindados a los actores en el terreno.
8.   Orientaciones para el establecimiento de red de alianzas y posibles formas de colaboración en términos de técnicas de intervención social.
9.   Reporte de la red de alianzas y análisis de las formas colaborativas para las actividades en el terreno.
6.5 PERFIL
1. Profesionales a nivel licenciatura o posgrados en carreras tales como: Antropología, Sociología, Trabajo Social, Desarrollo Rural, Economía, Administración, Pedagogía, Desarrollo Sustentable, Educación, Nutrición, Psicología y carreras afines. Con experiencia en aspectos de organización social de productores, cooperativismo, acompañamiento socioeconómico a grupos rurales, y otros afines a los objetivos del Programa, adquiridos mediante experiencia laboral comprobable.
2. Experiencia comprobable de mínimo 8 años en el medio rural, haciendo trabajos relacionados con el desarrollo comunitario, tales como organización, supervisión, asesoría, capacitación, dictamen y seguimiento de procesos de desarrollo comunitario y otros afines a los objetivos del Programa.
3. Experiencia en el diseño de metodologías en temas de economía social y solidaria, inclusión productiva, inclusión financiera, inclusión social, equidad de género, saludo, desarrollo comunitario y cuidado del medio ambiente, entre otros.
7. JOVEN BECARIO (A)
ACTIVIDADES
a)   Supervisar conjuntamente con el binomio de técnicos(as) el desempeño de las tareas asignadas a los sujetos de derecho de una CAC.
b)   Ayudar al binomio de técnicos(as) a recabar información en campo, realizando seguimiento a las unidades de producción de 25 sujetos de derecho.
c)   Ayudar a realizar tareas de preparación de suelos, siembra, resiembra y labores culturales en las unidades de producción.
d)   Realizar cualquier otra tarea afín que le sea asignada por el binomio de técnicos(as).
"Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa".
ANEXO 10
MATRIZ DE INDICADORES
Nivel
Objetivo
Indicador
Definición
Supuestos
Propósito
Las/Los sujetos de derecho que se encuentran en municipios con Rezago Social, cuentan con 2.5 hectáreas sembradas con Sistemas Agro Forestales y Milpa Intercalada entre Árboles Frutales produciendo, con necesidades alimenticias básicas cubiertas.
Porcentaje de personas en activo del programa con 2.5 hectáreas en SAF y MIAF produciendo, con respecto al total de la población objetivo del Programa.
Mide la proporción de personas en activo que cuentan con 2.5 hectáreas produciendo en SIAF y MIAF respecto de la población objetivo del Programa.
El comportamiento de las precipitaciones en las distintas regiones permite la ejecución de los planes de trabajo. Las condiciones de seguridad a nivel local permiten que los sujetos de derecho mantengan sus actividades productivas. Los/las sujetos de derecho permanecen en la actividad productiva por al menos tres años.
Porcentaje de la población objetivo que manifiesta estar cubriendo las necesidades alimenticias básicas.
Mide la proporción de la población objetivo que manifiestan estar cubriendo necesidades alimenticias básicas respecto del total de la población objetivo del programa.
 
Componente
Apoyos económicos para fomentar el bienestar de las/los sujetos de derecho otorgados.
Porcentaje de los/las sujetos de derecho que reciben apoyos económicos respecto de las/los sujetos de derecho en activos en el Programa.
El indicador mide la cantidad de las/los sujetos de derecho inscritos en el Programa que han recibido apoyos económicos otorgados a cambio de por cultivar 2.5 hectáreas de tierra mediante sistemas de producción agroforestales; en proporción al total de las/los sujetos de derecho en activo en el Programa.
Las instituciones dispersoras de los apoyos económicos no sufren causas de fuerza mayor que les impida dispersar en tiempo y forma a las/los sujetos de derecho.
Porcentaje de los/las sujetos de derecho que reciben en tiempo los apoyos económico respecto de las/los sujetos de derecho en activo en el Programa.
El indicador mide la cantidad de los/las sujetos de derecho inscritos en el Programa que reciben en tiempo apoyos económicos otorgados a cambio de cultivar 2.5 hectáreas de tierra mediante sistemas de producción agroforestales; en proporción al total de los/las sujetos de derecho en activo en el Programa.
Componente
Apoyos económicos para fomentar el bienestar de las/los sujetos de derecho otorgados.
 
Porcentaje de apoyos económicos destinados al ahorro de las/los sujetos de derecho otorgados.
El indicador mide el monto de recursos monetarios que se destinaron al ahorro de las/los sujetos de derecho.
Las instituciones dispersoras de los apoyos económicos no sufren causas de fuerza mayor que les impida dispersar en tiempo y forma a las/los sujetos de derecho.
 
Componente
Acompañamiento para la implementación del Programa
Porcentaje de personal técnico que cumple con al menos 80% del Plan de Trabajo con las/los sujetos de derecho.
El indicador mide la cantidad de personal técnico que cumple con al menos 80% del Plan de Trabajo con las/los sujetos de derecho; en proporción al total de técnicos(as) que forman parte del Programa.
Las condiciones sociales y ambientales en las localidades rurales permiten que los técnicos(as) realicen su trabajo conforme a lo planeado.
Las/los sujetos de derecho aplican los conocimientos adquiridos de la capacitación técnica social y productiva.
 
Actividad
Administrar el padrón de las/los sujetos de derecho.
Porcentaje de permanencia de las/los sujetos de derecho en Programa respecto al periodo anterior.
El indicador mide la permanencia en términos de porcentaje de las/los sujetos de derecho del padrón en el período actual respecto a las/los sujetos de derecho en el padrón del periodo anterior.
Las/los sujetos agrarios cuentan con CURP registrada correctamente; o bien, con documentos que les permiten acreditar su identidad.
Las/los sujetos agrarios asisten a los eventos de empadronamiento y cumplen con los requisitos estipulados en las Reglas de Operación del Programa.
Actividad
Supervisar el cumplimiento al Plan de Trabajo de las/los sujetos de derecho.
Porcentaje de las/los sujetos de derecho que cumplen con al menos el 80% del Plan de Trabajo definido por el personal técnico.
El indicador mide la cantidad de las/los sujetos de derecho que cumplen con al menos 80% del Plan de Trabajo definido por el personal técnico; en proporción al total de las/los sujetos de derecho activos del Programa.
Las condiciones climatológicas permiten a los técnicos(as) realizar las visitas conforme a lo planeado.
Actividad
Fomentar la productividad de la tierra de los sujetos de derecho.
Porcentaje de producción agrícola obtenida.
Mide la cantidad de productos agrícolas que fueron producidos por los sujetos de derecho en sus unidades de producción.
Las condiciones climáticas en las zonas geográficas de cobertura del Programa permiten la siembra y la cosecha de la producción agrícola.
Actividad
Contratar al personal técnico social.
Porcentaje de personal técnico social registrado en el Programa respecto al planeado.
El indicador mide la cantidad de personal técnico productivo contratado en el Programa, en proporción a la cantidad programada de personal técnico productivo necesario para el Programa.
Existen personas que cumplen con los perfiles requeridos y que están interesadas en incorporarse como técnicos(as) sociales en las localidades con cobertura del Programa.
 
Actividad
Supervisar el cumplimiento al Plan de Trabajo de las/los sujetos de derecho.
Porcentaje de las/los sujetos de derecho que cumplen con al menos el 80% del Plan de Trabajo definido por el personal técnico.
El indicador mide la cantidad de las/los sujetos de derecho que cumplen con al menos 80% del Plan de Trabajo definido por el personal técnico; en proporción al total de las/los sujetos de derecho que forman parte del Programa.
Las condiciones climatológicas permiten a los técnicos(as) realizar las visitas conforme a lo planeado.
Actividad
Gestionar al personal técnico productivo y social.
Porcentaje de personal técnico productivo registrado en el Programa respecto al planeado.
El indicador mide la cantidad de personal técnico productivo registrado en el Programa, en proporción a la cantidad programada de personal técnico productivo necesario para el Programa.
Existen personas que cumplen con los perfiles requeridos y que están interesadas en incorporarse como técnicos(as) productivos y sociales en las localidades con cobertura del Programa.
 
"Este Programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los
establecidos en el Programa".
 
 
1     El número de personal contratado puede variar conforme a las necesidades de operación del Programa Sembrando Vida.
2                �Cuenta con las 2.5 has.; su domicilio está a menos de 20 km de su parcela y las características de la parcela cumplen con alguna de las tres condicionantes.
3                �No tiene las 2.5 has y expresa no estar en condiciones de cumplir con este requisito, vive a más de 20 km de su parcela y la parcela no cumple con las características marcadas en las ROP vigentes.