Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Delegación Estatal Morelos
Cuernavaca, Morelos
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
 
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas carpetas de investigación, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III, 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, de los siguientes bienes afectos a las indagatorias que a continuación se describen: 1. Carpeta de investigación FED/MOR/CUER/0000790/2017, iniciada por el delito de posesión de hidrocarburo, previsto y sancionado en el artículo 9, fracción II, inciso d) de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, en la cual el 07 de julio de 2017, se decretó el aseguramiento de 01 (un) vehículo Marca Ford, F-150, modelo 1981, número de serie AC35Y673134, con placas de circulación NV33550, por ser un instrumento del delito investigado; 2. Carpeta de investigación FED/MOR/CUER/0001647/2017, iniciada por el delito de posesión de hidrocarburo, previsto y sancionado en el artículo 9, fracción II, inciso d) de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, en la cual el 01 de diciembre de 2017, se decretó el aseguramiento de 01 (un) vehículo camioneta marca Ford, F-350, modelo 1985, número de serie AC3JGR75610, con placas de circulación NW06871, por ser un instrumento del delito investigado; 3. Carpeta de investigación FED/MOR/CUER/0000586/2019, iniciada por el delito de portación de arma de fuego sin licencia, previsto y sancionado en el artículo 81 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 11 de abril de 2018, se decretó el aseguramiento de 01 (una) motocicleta marca Yamaha R15, modelo 2011, número de serie ME1KG047XB2002147, con placas de circulación GCD4Z, por ser un instrumento del delito investigado; 4. Carpeta de investigación FED/MOR/CUER/0000134/2017, iniciada por el delito de Ataques a las Vías Generales de Comunicación, previsto en el artículo 533 Ley de Vías Generales de Comunicación, en la cual el 26 de junio de 2017, se decretó el aseguramiento de 01 (un) vehículo marca Nissan, Tipo Tiida, con número de motor MR18003346J, número de serie 3N1BC1AS5EK194517, modelo 2014, color blanco con morado, manufactura nacional, por ser un instrumento del delito investigado; 5. Carpeta de investigación FED/MOR/CUER/0000094/2020, iniciada por el delito de portación de arma de fuego sin licencia, previsto y sancionado en el artículo 81, en relación con el 9 fracción III de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 04 de febrero de 2020, se decretó el aseguramiento de 01 (un) vehículo de la marca Dodge, tipo voyager, color vino, modelo 1998, placas de circulación 811-VVD particulares de la Ciudad de México, número de serie 2B4GP4438WR651040, por ser un instrumento del delito investigado; 6. Carpeta de investigación FED/MOR/CUER/00000618/2020, iniciada por el delito de portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, en la cual el 16 de agosto de 2020, se decretó el aseguramiento de 01 (un) vehículo marca Nissan, tipo March, color blanco, modelo 2018, sin placas de circulación, con número de serie 3N1CK3CD1JL285791, por ser un instrumento del delito investigado;7. Carpeta de investigación FED/MOR/CUER/0000128/2016, iniciada por el delito de posesión de hidrocarburo, previsto en el artículo 9 fracción II de la Ley para Prevenir y Sancionar los delitos enmateria de Hidrocarburo, en la cual el 30 de noviembre de 2016, se decretó el aseguramiento de 01 (un) vehículo de la marca Nissan, tipo Tsuru, modelo 1988, número de serie 3LB1207059, por ser un instrumento del delito investigado; 8. Carpeta de investigación FED/MOR/CUER/0000039/2018, iniciada por el delito de Contra la Salud, en la modalidad de posesión del psicotrópico denominado Clonazepam, previsto en el artículo 195 BIS, párrafo primero, en relación con el 193 del Código Penal Federal, en la cual el 05 de enero de 2018, se decretó el aseguramiento de 01 (una) motocicleta marca Dinamo, línea Sinski, modelo 2003, con permiso para circular del estado de Guerrero número MPAA-47821-47, con número de serie LXEMC24053A002478, con número de motor XSJ162FMJ03907121, color plata con negro, por ser un instrumento del delito investigado.
Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se les apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a disposición jurídica y material del agente del Ministerio Público de la Federación, de la Delegación en el estado de Morelos, ubicada en Boulevard Cuauhnáhuac, número 103, Colonia Ricardo Flores Magón, Municipio Cuernavaca, Morelos, Código Postal 62370.
 
Atentamente
Cuernavaca, Morelos, a veintiséis de noviembre de dos mil veinte.
Subdelegado de Procedimientos Penales "A",
 
Por Ausencia del C. Delegado de la Fiscalía General de la República en el Estado de Morelos,
en relación al artículo 3° transitorio de la Ley Organica de la Fiscalía General de la República.
Mtro. Manuel David Magdon Flores.
Rúbrica.
(R.- 501530)