Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Puente Grande
EDICTO
 
Al margen, el Escudo Nacional, con la leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, Puente Grande.
En acatamiento al acuerdo de diez de marzo de dos mil veintiuno, dictado en el juicio de amparo 45/2020-II, del Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, promovido por Jorge Guadalupe Macías Bravo, contra actos del Juez de Control, Juicio Oral y Justicia, adscrito al VIII Distrito Judicial con sede en Puerto Vallarta, Jalisco y otra autoridad, de quienes reclamó la resolución de veintisiete de diciembre de dos mil diecinueve, dictada por el Juez de Control, Juicio Oral y Justicia, adscrito al VIII Distrito Judicial con sede en Puerto Vallarta, Jalisco, en la que se dictó auto de vinculación a proceso; La Imposición de Medidas Cautelares, consistente en prisión preventiva oficiosa, que fueron impuestas por el Juez de Control, Juicio Oral y Justicia, adscrito al VIII Distrito Judicial con sede en Puerto Vallarta, Jalisco, en resolución de veintisiete de diciembre de dos mil diecinueve; y, su ejecución; juicio de amparo en el cual Jairo Saúl Castillón Govea, fue señalado como parte tercero interesado y se ordena su emplazamiento por medio de edictos por ignorarse su domicilio, en términos del artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo y 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, a efecto de que se apersone al mismo y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibida que de no hacerlo así, las ulteriores y aun las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado, en el entendido que se deja a su disposición la copia de traslado de la demanda de amparo en la secretaría correspondiente de este juzgado. Se hace de su conocimiento que debe presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación.
 
Atentamente
Puente Grande, Jalisco, 09 de marzo de 2021
Secretario del Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco
Eddie Antonio Rodríguez Tabares.
Rúbrica.
(R.- 504738)