ACUERDO delegatorio de facultades al Director General de Administración de la Comisión Federal de Competencia Económica.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia Económica.- Presidencia.- Oficio No. PRES-CFCE-2021-0050.

ACUERDO DELEGATORIO DE FACULTADES AL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA
COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA
Ciudad de México a 16 de abril de dos mil veintiuno.- ALEJANDRA PALACIOS PRIETO, Comisionada Presidenta de la Comisión Federal de Competencia Económica, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19 y 20, fracciones I, II y XII de la Ley Federal de Competencia Económica, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el veintitrés de mayo de dos mil catorce(1); y los artículos 12, fracción II, y 13 primer párrafo del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Económica, publicado en el DOF el ocho de julio de dos mil catorce(2).
CONSIDERANDOS
Que el once de junio de dos mil trece, se publicó en el DOF, el "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones", por medio del cual se creó un nuevo órgano constitucional autónomo denominado Comisión Federal de Competencia Económica.
Que la Comisión Federal de Competencia Económica es un órgano constitucional autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, independiente en sus decisiones y funcionamiento, profesional en su desempeño, imparcial en sus actuaciones y ejercerá su presupuesto de forma autónoma, el cual tiene por objeto garantizar la libre concurrencia y competencia económica, así como prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados.
Que el artículo 20, fracción II de la Ley Federal de Competencia Económica establece que el Comisionado Presidente podrá acordar la delegación de las facultades que correspondan, en los términos que establezca el Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Económica;
Que el artículo 13 primer párrafo del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Económica dispone que el Comisionado Presidente podrá delegar, mediante acuerdo de delegación respectivo, sus facultades en los servidores públicos de la Comisión a él adscritos.
Que los artículos 4, fracción II, apartado A. 37 y 38 fracción XXVI establecen que el Director General de Administración dependerá jerárquicamente del Comisionado Presidente de la Comisión y que, entre otras cosas, establecerá y aplicará las medidas técnicas y administrativas en materia de recursos humanos, quien también podrá fungir previa delegación del Comisionado Presidente, como representante legal de la Comisión en los asuntos tendientes al cumplimiento de sus funciones.
Que el principio de publicidad de los actos administrativos tiene como propósito velar y proteger las garantías de seguridad y certidumbre jurídicas de todo gobernado.
Que a efecto de procurar la mejor organización del trabajo y agilizar el despacho de los asuntos competencia de esta Comisión Federal de Competencia Económica, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN FACULTADES AL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
DE LA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA
Primero.- Se delega en el Director General de Administración de la Comisión Federal de Competencia Económica, la facultad prevista en la fracción XXVI del artículo 38 del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Económica, en materias de Recursos Humanos y Gestión de Talento, Presupuesto y Finanzas, Recursos Materiales, Adquisiciones y Servicios y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Segundo.- La delegación de facultades a que se refiere el presente Acuerdo no excluye la capacidad de su ejercicio directo por parte de la Comisionada Presidente.
Tercero.- Publíquese el presente Acuerdo en el DOF.
Transitorios
Primero.- El presente Acuerdo delegatorio entrará en vigor a partir del día de su publicación en el DOF.
La Comisionada Presidenta, Alejandra Palacios Prieto.- Rúbrica.
 
1     Modificada mediante publicación realizada en el DOF el veintisiete de enero de dos mil diecisiete.
 
2     Modificado mediante publicación realizada en el DOF el tres de julio de dos mil veinte.