Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
-EDICTO-
 
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUZGADO DÉCIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
Terceras Interesadas: lnmoquantum e lnmoglobal, ambas sociedades anónimas de capital variable.
En los autos del juicio de amparo 330/2020-III, promovido por AMVIS, Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada, contra actos del Juez Vigésimo Primero de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, por auto de doce de marzo de dos mil veintiuno, este juzgado, al haber agotado la investigación correspondiente y al desconocer el domicilio actual de las tercero interesadas lnmoquantum e lnmoglobal, ambas sociedades anónimas de capital variable; con fundamento en los artículos 27, fracción III, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la citada ley, se ordenó su emplazamiento al presente sumario por medio de edictos que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, lo anterior para que en el término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, las terceros interesadas ocurran ante este tribunal y hagan valer sus derechos, por lo que se les hace de su conocimiento que ante la secretaria de este juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo, apercibidas que en caso de no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, éstas se les harán por medio de lista.
En consecuencia, se hace la relación sucinta de la demanda, consistente en que la quejosa por AMVIS, Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada, promovió el presente juicio en contra del Juez Vigésimo Primero de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, reclamando la resolución de cuatro de marzo de dos mil veinte, dictada dentro del expediente 299/2019.
 
Atentamente
Ciudad de México, 26 de abril de 2021.
Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México.
Lic. Deyanira Irazú Herrera Alejandro
Rúbrica.
(R.- 505882)