MODIFICACIONES al Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.- Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez.

Con fundamento en los artículos 15 y 58, fracción VIII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y 16, fracción V, de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, la H. Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, en la Segunda Sesión Ordinaria 2020, de fecha 10 de noviembre de 2020, mediante acuerdo O-02/2019-4; ha tenido a bien aprobar las presentes modificaciones al Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez.
MODIFICACIONES AL ESTATUTO ORGÁNICO DEL INSTITUTO NACIONAL DE CARDIOLOGÍA
IGNACIO CHÁVEZ
Artículo único.- Se modifican los artículos; 5o., 38o., fracción I; 39o., fracción I; 40o., fracción I y 45o. bis primero, segundo y tercer párrafo del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 5o. Para su desarrollo y operación, el Instituto conducirá sus actividades en forma programada y de conformidad con la Ley, la Ley de Planeación, la Ley Federal de Austeridad Republicana, las políticas, estrategias y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo, así como con las disposiciones que emita la Secretaría de Salud en su carácter de coordinadora del Sector y de su respectivo programa institucional.
ARTÍCULO 38o. La Dirección de Administración tendrá las siguientes funciones:
I. Planear, organizar, coordinar y dirigir los sistemas y procesos inherentes a la administración de los recursos humanos, materiales y financieros del Instituto, para que éstos sean proporcionados con oportunidad y eficiencia, de acuerdo a la Ley Federal de Austeridad Republicana, normatividad vigente y a las políticas internas establecidas.
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ARTÍCULO 39o. La Subdirección de Administración y Desarrollo de Personal tendrá las siguientes funciones:
I. Supervisar las actividades inherentes a la integración, autorización, ejercicio y control del presupuesto del Instituto en materia de servicios personales, vigilando que dichos procesos se apeguen a la Ley Federal de Austeridad Republicana, al marco normativo vigente y a las políticas internas establecidas.
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ARTÍCULO 40o. La Subdirección de Finanzas tendrá las siguientes funciones:
I. Supervisar y vigilar que las actividades inherentes a la elaboración, gestión, ejercicio y control del presupuesto y de los demás recursos que perciba el Instituto, se realicen de acuerdo a la Ley Federal de Austeridad Republicana, los lineamientos establecidos y a la normatividad en la materia.
ARTÍCULO 45o. bis. ...
Comisión Central de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en el Trabajo, tendrá las funciones que le señalan el Reglamento de Seguridad e Higiene de la Secretaría de Salud, así como las referidas en las Condiciones Generales de Trabajo y las Normas Oficiales Mexicanas.
Comisión Auxiliar de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en el Trabajo tendrá las funciones que le señalan el artículo 17 del Reglamento de Seguridad e Higiene de la Secretaría de Salud, así como las referidas en las Condiciones Generales de Trabajo y las Normas Oficiales Mexicanas.
Comisión Evaluadora de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, tendrá las funciones que indica la NORMA para el sistema de evaluación del desempeño de los servidores públicos de nivel operativo y la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.
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Ciudad de México, a 9 de abril de 2021.- Con fundamento en los artículos 15 y 58, fracción VIII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 16, fracción V, de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, en cumplimiento al acuerdo O-01/2019-9, establecido en la Segunda Sesión Ordinaria 2019 de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, celebrada el 5 de noviembre de 2019; y cumplido en la Segunda Sesión Ordinaria 2020, efectuada el 10 de noviembre de 2020, conforme al oficio CCINSHAE-DGCINS-905-2020, de fecha 10 de diciembre de 2020, firmado por el Dr. Simón Kawa Karasik, Director General de Coordinación de los Institutos Nacionales de Salud y Secretario de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez.- El Director General del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, Dr. Jorge Gaspar Hernández.- Rúbrica.
 
(R.- 506338)