CONVOCATORIA al Premio Nacional al Mérito Forestal 2021.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- MEDIO AMBIENTE.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.- Comisión Nacional Forestal.

CONVOCATORIA AL PREMIO NACIONAL AL MÉRITO FORESTAL 2021
El Consejo de Premiación, con fundamento en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles y el Decreto Presidencial del 7 de julio de 1959, que instituyó la celebración de la Fiesta del Bosque y Día del Árbol,
CONVOCA AL PREMIO NACIONAL AL MÉRITO FORESTAL 2021
Para reconocer y estimular a las personas físicas y morales que desde los sectores privado y social realicen o hayan realizado aportaciones relevantes en el país a favor de la conservación, protección, restauración y uso sustentable de los recursos forestales, que representen beneficios a la sociedad.
Categorías:
I.     Reforestación, protección y restauración
       Actividades que permitan aumentar la cobertura de especies forestales, incrementando el porcentaje de sobrevivencia de planta, así como las acciones de prevención de incendios, obras de retención de suelos y control de plagas, para recuperar zonas afectadas, mejorando la biodiversidad.
II.     Manejo forestal comunitario
       Actores rurales que han logrado un desarrollo local a través de su organización y participación interna para el uso y manejo sostenible de sus ecosistemas forestales, mejorando las condiciones ambientales, sociales y económicas.
III.    Proyecto de mujeres
       Esfuerzos de la mujer rural que de manera individual o en grupo, realiza acciones de desarrollo, en el uso, manejo y aprovechamiento de los recursos forestales que generan beneficios en su comunidad o entorno.
IV.   Industria forestal
       Empresas que han implementado procesos de innovación para mejorar su productividad (valor agregado, competitividad e innovación tecnológica).
V.    Micro y pequeñas empresas con relación al ámbito forestal
       Esfuerzo de una micro y pequeña empresa, cadena establecida, o servicios de turismo de naturaleza que detonen el desarrollo de las comunidades forestales, partiendo de los recursos disponibles(1).
VI.   Manejo del agua y ecosistemas sanos
       Acciones dirigidas a promover la conservación, manejo sustentable de los ecosistemas y procesos de infiltración de agua, brindando beneficios locales y regionales a la sociedad.
VII.   Jóvenes en la divulgación de la cultura forestal ambiental
       Dirigido a ciudadanos menores de 29 años, que de forma individual o en grupo realizan acciones de asistencia técnica, difusión, divulgación y proyectos que contribuyan al desarrollo forestal sustentable.
Propuestas
Las propuestas deberán contener lo siguiente:
1)    Formato de registro (impreso y electrónico) con los datos de la persona postulada y una reseña de no más de cinco cuartillas, donde se describa lo más importante del trabajo meritorio. El formato se encuentra disponible en la página http://www.gob.mx/conafor/premio-nacional-al-merito-forestal/;
2)    Carta de postulación o auto postulación firmada, en la que se señalen: a) datos de localización de la persona postulada y de quien la propone (nombre, domicilio, teléfono y correo electrónico). No se aceptarán propuestas presentadas con pseudónimos; b) categoría en la que participa. No se aceptarán propuestas que contengan más de una categoría;
 
3)    Documentos u otras evidencias como folletos, memorias, informes, fotografías, videos, gráficas, mapas, esquemas o publicaciones y, si los hubiera, testimonios, cartas de apoyo y opiniones que avalen la trascendencia del trabajo propuesto;
4)    Copia fotostática del acta constitutiva en el caso de personas morales postuladas;
5)    Copia fotostática del acta de nacimiento o identificación oficial en el caso de personas físicas postuladas.
Las tesis profesionales no se consideran objeto del Premio Nacional al Mérito Forestal.
Postulaciones
Se podrán postular o auto postular personas físicas o morales de nacionalidad mexicana, incluyendo a las que participaron el año pasado y que no fueron seleccionadas como ganadoras.
No se podrán postular:
a)    Personas premiadas anteriormente, aún en categorías distintas y,
b)    Funcionarios públicos.
Generalidades
Las propuestas deberán entregarse a partir de la fecha de publicación de la presente Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y hasta el viernes 18 de junio de 2021, en las Gerencias Estatales de la CONAFOR o en sus Oficinas Centrales, de las 9:00 a las 18:00 horas en días hábiles.
Los documentos mencionados deberán entregarse personalmente o enviarse por servicio de mensajería o correo postal certificado donde resida la persona física o moral postulada, dentro de dicho plazo.
La devolución de la documentación de las propuestas no seleccionadas se realizará durante los cuatro meses siguientes a partir de la fecha de premiación.
Premiación
*El jurado estará integrado por:
A)    Seis representantes del Consejo Nacional Forestal (CONAF):
1)    Por la representación de las Comunidades Forestales, el Ing. Luis Leduc García.
2)    Por la representación Profesional, el Ing. Tomás Luna Enríquez, y como suplente el Ing. Raúl Ángel López.
3)    Por la representación Industrial, el Ing. Leovigildo Suarez Ambriz.
4)    Por la representación de la Sociedad Civil, el M.C. Roy Jabín Carreón Santos, y la Ing. Rocío Noemi González Castro.
5)    Por la representación Académica, el Dr. Valentín José Reyes Hernández, y como suplente la Dra. Francisca Ofelia Plascencia Escalante.
6)    Por la representación de Pueblos Indígenas, la Mtra. Lía Nazaret López Martínez, y como suplente el Geogr. Ricardo Campos Quezada.
*La lista de los nombres del Jurado, estará sujeta a la actualización próxima de los miembros del CONAF.
En caso de que el titular de cada representación no pudiere asistir, corresponderá a su suplente participar en el Jurado.
B)    Especialista en equidad de género por parte del Instituto Nacional de las Mujeres, la Mtra. Adriana Aguilar Flores.
El Jurado evaluará las propuestas en votación secreta de cada candidatura que cumpla con los requisitos establecidos en la presente convocatoria valorando los siguientes criterios del trabajo meritorio:
·  Pertinencia
·  Trascendencia
·  Beneficios a la sociedad
·  Innovación y/o
·  Aplicación en otros conceptos
El Jurado dictaminará a las personas ganadoras, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Reglamento del Premio Nacional al Mérito Forestal.
Las personas ganadoras en cada categoría recibirán una placa, un diploma y $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N.).
Los resultados, lugar y fecha de la premiación, se darán a conocer por vía telefónica o por correo electrónico a las personas ganadoras y se publicarán en un periódico de circulación nacional y medios electrónicos.
Los estímulos económicos serán indivisibles, aun cuando la propuesta premiada corresponda a un trabajo realizado por dos o más personas.
Se dará a conocer públicamente la información general de las propuestas ganadoras.
Cualquier asunto no considerado en esta Convocatoria se presentará a través del Secretariado Técnico del Premio a los integrantes del jurado para su resolución, que será inapelable.
Para aclarar cualquier duda relacionada con esta Convocatoria, puede llamar al número 800 737 0000, 33 3777 7000 extensiones 3804 y 3809 o consultar la página: www.gob.mx/conafor o al correo: premio@conafor.gob.mx.
De igual manera, se puede consultar el Directorio de las Gerencias Estatales de la CONAFOR en la página de internet http://www.gob.mx/conafor/documentos/directorio-de-gerencias-estatales donde se podrán presentar las propuestas, o directamente en las oficinas del Secretariado Técnico del Premio Nacional al Mérito Forestal, ubicado en Periférico Poniente número 5360, piso 1, Ala poniente, Col. San Juan de Ocotán, C.P. 45019, Zapopan, Jalisco. Teléfono: 33 3777 7000 extensión 3500 (lada sin costo) 800 737 0000. Correo electrónico: premio@conafor.gob.mx.
Zapopan, Jalisco, a 12 de abril de 2021.- El Titular del Secretariado Técnico, Mtro. Julio César Bueno Talamantes.- Rúbrica.
(R.- 507097)
 
1     1Las empresas legalmente constituidas, con base en la estratificación establecida en la fracción III del artículo 3 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y en el Acuerdo por el que se establece su estratificación publicado en el DOF el 30 de junio de 2009 y reforma al 13 de agosto de 2019, son microempresas las que tienen hasta diez trabajadores y pequeñas empresas de 11 a 50 trabajadores