ACUERDO G/JGA/28/2021 por el que se da a conocer la suplencia de Magistrado en la Segunda Ponencia de la Octava Sala Regional Metropolitana, con sede en la Ciudad de México.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.

ACUERDO G/JGA/28/2021
SUPLENCIA DE MAGISTRADO EN LA SEGUNDA PONENCIA DE LA OCTAVA SALA REGIONAL METROPOLITANA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO
CONSIDERANDO
1. Que de conformidad con el artículo 73, fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionado con el artículo 1, segundo y quinto párrafos de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Tribunal es un órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena.
2. Que el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial; por lo que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa se encuentra obligado a garantizar a los ciudadanos este derecho humano contenido en la Carta Magna de manera puntual.
3. Que el artículo 21 de la Ley Orgánica vigente de este Órgano Jurisdiccional, así como el primer párrafo del diverso 28 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, establecen que la Junta de Gobierno y Administración tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
4. Que el artículo 29, primer párrafo del Reglamento Interior de este Órgano Jurisdiccional establece que los acuerdos que apruebe y emita la Junta de Gobierno y Administración son instrumentos normativos de carácter obligatorio y de observancia general en el Tribunal.
5. Que las fracciones II, XXIII y XXXIX del artículo 23 de la Ley Orgánica vigente de este Tribunal, faculta a la Junta de Gobierno y Administración para expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal; aprobar la suplencia temporal de los Magistrados de Sala Regional, por el Primer Secretario de Acuerdos del Magistrado ausente; así como resolver los demás asuntos que señalen las disposiciones aplicables.
6. Que mediante Acuerdo G/16/99, aprobado por el Pleno de Sala Superior en sesión de fecha 18 de agosto de 1999, se adscribió al Magistrado Rafael Ibarra Gil a la Segunda Ponencia de la Octava Sala Regional Metropolitana con sede en la Ciudad de México.
7. Que el próximo 16 de junio de 2021, el Magistrado Rafael Ibarra Gil cumplirá 75 años de edad, actualizando la causal de retiro forzosa prevista en el artículo 46 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por lo que a partir de esa fecha, quedará vacante la Ponencia de su actual adscripción;
8. Que, al estar ante el supuesto de falta definitiva de Magistrado en la Segunda Ponencia de la Octava Sala Regional Metropolitana, de conformidad con el artículo 48 segundo párrafo de la citada Ley Orgánica, la misma deberá ser cubierta provisionalmente por los Magistrados Supernumerarios adscritos por la Junta de Gobierno y Administración o a falta de ellos por el Primer Secretario de Acuerdos del Magistrado ausente.
9. Que a la fecha del presente Acuerdo los Magistrados Supernumerarios con los que cuenta actualmente este Tribunal se encuentran, de conformidad con lo dispuesto en la fracción I del artículo 63 del Reglamento Interior de este Órgano Jurisdiccional, cubriendo las faltas definitivas de Magistrados de Sala Regional que se han generado.
Por lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 y 73 fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 párrafos segundo y quinto, 21 y 23, fracciones II, XXIII y XXXIX, 46, 48 y 50 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los diversos 28, 29 y 63 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; la Junta de Gobierno y Administración emite el siguiente:
ACUERDO
 
Primero. Se aprueba que la Licenciada Angelina Muñiz Naranjo, Primera Secretaria de Acuerdos de la Segunda Ponencia de la Octava Sala Regional Metropolitana, supla la falta de Magistrado en la Ponencia de su adscripción, con efectos a partir del 16 de junio de 2021 y hasta en tanto la Junta de Gobierno y Administración determine otra situación.
Segundo. El Magistrado Rafael Ibarra Gil deberá entregar la Ponencia de su adscripción, conforme a lo señalado en el artículo 141 del Reglamento Interior vigente de este Tribunal.
Tercero. La Licenciada Angelina Muñiz Naranjo, deberá hacer del conocimiento de las partes el presente Acuerdo en el primer proveído que dicte en cada uno de los asuntos de su competencia, y colocar una copia del mismo en la ventanilla de Oficialía de Partes y en lugares visibles al público en general dentro de la Sala de su adscripción.
Cuarto. Notifíquese a las personas servidoras públicas señaladas en el presente Acuerdo.
Quinto. Otórguense las facilidades administrativas necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo.
Sexto. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en la página web institucional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Dictado en sesión de fecha 03 de junio de 2021, por unanimidad de votos de los Magistrados Rafael Estrada Sámano, Julián Alfonso Olivas Ugalde, Luz María Anaya Domínguez, Claudia Palacios Estrada y Rafael Anzures Uribe.- Firman el Magistrado Rafael Anzures Uribe, Presidente de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y el Licenciado Pedro Alberto de la Rosa Manzano, Secretario Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración, quien da fe; con fundamento en los artículos 54, fracción XVI y 61, fracciones II, III y IV, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los artículos 11, fracción II, 26, fracción IX, 99, fracciones VIII y XI y 139 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa vigente.- Rúbricas.
(R.- 507416)