Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Décimo Cuarta Sala Regional Metropolitana
Expediente: 2813/19-17-14-1
Actora: Minera Gold Copper de Sonora, S. de R.L. de C.V.
85 Años Impartiendo Justicia TFJA 1936-2021
EDICTO
 
SUAQUI VERDE PROPERTIES, S.A. DE C.V.
En el juicio contencioso administrativo federal 2813/19-17-14-1, promovido por la empresa MINERA GOLD COPPER DE SONORA, S. DE R.L. DE C.V., en contra la resolución NEGATIVA FICTA recaída al recurso de revisión presentado el 19 de octubre de 2018 ante la DIRECCIÓN GENERAL DE MINAS DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA en contra de la resolución por la cual se dictó procedente la inscripción en el Registro Público de Minería del Convenio de Cesión de Contrato Minero celebrado entre MINERA GOLD-COPPER DE SONORA, S. DE R.L. DE C.V como cedente, SUAQUI VERDE PROPERTIES, S.A. DE C.V. como cesionaria y María Loreto de la Luz Gutiérrez Badillo, así como la resolución por la cual se dictó procedente la inscripción en el Registro Público de Minería, en atención al principio de litis abierta establecido en el segundo párrafo del artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Posteriormente, en auto 07 de abril de 2021, se ordenó emplazar a SUAQUI VERDE PROPERTIES, S.A. DE C.V., en su carácter de tercero interesada al juicio antes citado, por medio de edictos, por lo que con fundamento en los artículos 14, fracción VII, penúltimo párrafo, y 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se le hace saber que tiene un término de TREINTA DÍAS contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación de edictos ordenado, para que se apersone en el juicio en que se actúa con el carácter de tercero interesado y señale en tal caso, su dirección de correo electrónico a efecto de recibir el aviso electrónico respecto de las notificaciones por Boletín Jurisdiccional, apercibida de que en caso de no hacerlo, se declarará precluido su derecho de manifestar lo que a su derecho convenga en el juicio en que se actúa y las subsecuentes notificaciones se realizarán por Boletín Jurisdiccional, como lo establece el artículo 315 en cita, en relación con el 67 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en uno de los Periódicos de mayor circulación dentro de la República Mexicana.
 
Ciudad de México, a siete de abril de dos mil veintiuno.
Magistrado Instructor de la Primera Ponencia de la Décimo Cuarta Sala Regional
Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Juan Manuel Angulo Jacovo
Rúbrica.
Secretaria de Acuerdos
Paulina Esmeralda Márquez Díaz
Rúbrica.
(R.- 507183)