Estados Unidos Mexicanos
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito,
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
 
A CLEOTILDE CARBAJAL MÉNDEZ -tercera interesada-. En el juicio de amparo directo 72/2020, promovido por FORTUNATO RAMÍREZ CRISÓSTOMO, contra la sentencia de tres de febrero de mil novecientos noventa y dos, dictada por la entonces Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla actualmente Segunda Sala en Materia Penal-, en el toca 1607/1991 relativo al recurso de apelación interpuesto contra la sentencia pronunciada en el proceso 97/1991 del Juzgado de lo Penal del Distrito Judicial de Cholula, Puebla, instruido por el delito de violación tumultuaria, en agravio de CLEOTILDE CARBAJAL MÉNDEZ, usted tiene el carácter de tercera interesada, atento a su condición de parte agraviada por el referido delito, y al desconocerse su domicilio actual se ha dispuesto emplazarla por edictos, en términos del artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo. Queda a su disposición en la actuaría de este tribunal copia simple de la demanda de amparo; deberá presentarse ante este órgano colegiado a deducir los derechos que le corresponde -alegatos o amparo adhesivo- dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación; en caso contrario, las subsecuentes notificaciones se le realizarán por lista, como lo dispone el diverso 26, fracción III, de la ley de la materia.
 
Atentamente
San Andrés Cholula, Puebla, once de mayo de dos mil veintiuno.
Magistrado Presidente.
Arturo Mejía Ponce de León.
Rúbrica.
(R.- 507100)