ACUERDO por el que se emite la Convocatoria Específica para la solicitud y asignación de apoyos del Componente II. Plantaciones Forestales Comerciales y Sistemas Agroforestales (PFC) del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2021 en el Estado de Tamaulipas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- MEDIO AMBIENTE.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.- Comisión Nacional Forestal.
La Comisión Nacional Forestal, a través del Director General, León Jorge Castaños Martínez, con fundamento en los artículos 9 fracción I, del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Forestal, publicado el 30 de abril de 2021 en el Diario Oficial de la Federación; 17, 27 fracción VI, y 41 fracción I, de las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2021 publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2020; y, 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, tiene a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITE LA CONVOCATORIA ESPECÍFICA PARA LA SOLICITUD Y
ASIGNACIÓN DE APOYOS DEL COMPONENTE II. PLANTACIONES FORESTALES COMERCIALES Y
SISTEMAS AGROFORESTALES (PFC) DEL PROGRAMA APOYOS PARA EL DESARROLLO FORESTAL
SUSTENTABLE 2021 EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS
1. Personas solicitantes: Son elegibles para obtener apoyos del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2021, las personas físicas y morales que cumplan con los criterios de elegibilidad, los requisitos, y demás disposiciones relativas para solicitar apoyos, señaladas en las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2021 y sus Anexos, en lo sucesivo Reglas de Operación 2021.
2. Apoyos a solicitar: Las personas interesadas cuyos terrenos propuestos a plantar estén ubicados dentro de las Áreas Elegibles definidas por la Comisión Nacional Forestal, en lo sucesivo CONAFOR, para el Estado de Tamaulipas y publicadas en su página de internet, podrán solicitar los siguientes:
| Componente II. Plantaciones Forestales Comerciales y Sistemas Agroforestales |
| Concepto de apoyo | Tipo de plantador elegible | Superficie mínima y máxima (ha) | Densidad mínima (árboles/ha) |
| PFC.1 Establecimiento de Plantaciones Forestales Comerciales | Plantadores iniciales o en desarrollo | 5 a 200 | 1,100 |
| PFC.3 Plantaciones Forestales Comerciales Establecidas | Plantadores iniciales o en desarrollo | 3 a 200 | 1,100 |
| Plantadores permanentes | 10 a 500 | 1,100 |
Se podrán proponer densidades mínimas diferentes a las indicadas, para lo que se deberá adjuntar a la solicitud de apoyos una justificación técnica detallada y documentada sobre la densidad propuesta y la CONAFOR determinará su factibilidad. Asimismo, cuando se proponga mezcla de especies, se considerará el monto de apoyo menor de acuerdo con el objetivo de plantación que corresponda.
3. Especies elegibles y montos de apoyo: Para los Conceptos de apoyo PFC.1 y PFC.3, serán elegibles las siguientes especies, y tendrán los siguientes montos de apoyo:
| Objetivo de la plantación | Especies elegibles | Monto de apoyo CONAFOR ($/ ha) |
| Actividades | Asistencia Técnica |
| Maderable | Melina (Gmelina arborea) | $14,000 | $1,000 |
| Celulósicas y biomasa | Acacia (Acacia mangium) | $10,000 | $1,000 |
4. Plazos para la recepción y asignación de apoyos: Las personas interesadas deberán presentar sus solicitudes y los requisitos para solicitar apoyos, conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 19 de las Reglas de Operación 2021 y sus Anexos, en las plazos siguientes:
| Actividad | Plazos |
| Recepción de las solicitudes y requisitos para solicitar el apoyo | Dentro de los 20 días hábiles siguientes contados a partir de la publicación de la presente Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación. |
| Notificación por CONAFOR de documentación e información faltante o incorrecta | Al momento de la recepción de la solicitud de apoyo, o dentro de los 5 días hábiles contados a partir del hábil siguiente a la recepción de la solicitud de apoyo. |
| Presentar la información y documentación faltante que sea requerida por la CONAFOR | Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la documentación faltante o incorrecta. |
| Emisión de dictámenes de factibilidad y asignación de apoyos | Dentro de los 15 días hábiles contados a partir del siguiente al cierre de la recepción de solicitudes de cada uno de los plazos. |
| Publicación de resultados de asignación de apoyos | Dentro de los 4 días hábiles siguientes a la fecha de asignación de apoyos. |
| Firma de convenio de concertación | Dentro de los 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de resultados. |
5. Recepción de solicitudes: La recepción de solicitudes inicia a partir del día hábil siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación, conforme a lo establecido en el artículo 19 y 20 de las Reglas de Operación 2021. En caso de optar por el registro presencial, las solicitudes y documentos de los interesados se recibirán en las oficinas de la CONAFOR en el Estado de Tamaulipas, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas en días hábiles..
El cumplimiento de los requisitos no garantiza que la persona solicitante resulte beneficiaria, ni generará derechos adquiridos para la obtención del apoyo solicitado, en tanto que únicamente se encuentra acreditando el cumplimiento de aquellos como parte del procedimiento establecido para el otorgamiento de recursos.
En caso de existir recursos disponibles después de la asignación de apoyos, la CONAFOR podrá publicar en su página de internet, más convocatorias para la asignación de los recursos, de acuerdo con lo señalado en el artículo 17 de las Reglas de Operación 2021.
6. Selección, dictamen, asignación de apoyos y publicación de resultados: La selección, dictamen, asignación de apoyos y publicación de resultados se realizará conforme a lo establecido en los artículos 22 y 23 de las Reglas de Operación 2021, así como las demás disposiciones que resulten aplicables para el Componente II. Plantaciones Forestales Comerciales y Sistemas Agroforestales.
De conformidad con el artículo 11 de las Reglas de Operación 2021, los recursos de la presente convocatoria se asignarán de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la CONAFOR.
7. Formalización de apoyos: Las personas que resulten con asignación de apoyos deberán suscribir un convenio de concertación con la CONAFOR, en los términos establecidos en el artículo 24 de las Reglas de Operación 2021.
8. Observancia de las Reglas de Operación 2021 y sus Anexos: La presente convocatoria, las Reglas de Operación 2021 y sus Anexos son de observancia obligatoria, por lo que una vez que la persona interesada ingrese su solicitud, se entenderá que conoce el contenido total de las mismas, su alcance jurídico y administrativo; en consecuencia, no se admitirá incumplimiento a las disposiciones y obligaciones ahí contenidas, alegando su desconocimiento.
9. Quejas y denuncias: Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias por presuntas faltas administrativas, derivadas de la indebida aplicación de la presente Convocatoria y su instrumento regulatorio, ante cualquiera de las instancias señaladas en el artículo 43 de las Reglas de Operación 2021.
"Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido
político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente. Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios".
Atentamente
Zapopan, Jalisco, a 29 de junio de 2021.- El Director General, León Jorge Castaños Martínez.- Rúbrica.