Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito
Mexicali, Baja California
 
En el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Baja California, Mexicali, se tramita juicio de amparo 804/2020, promovido por el licenciado Edgar Francisco Gómez Torres, en su calidad de abogado defensor de José Luis Arroyo Álvarez, contra actos del Juez de Control del Centro de Justicia Penal del Partido Judicial, con sede en esta ciudad y Director del Centro de Reinserción Social en el Estado en Mexicali, Baja California, en donde se ordenó publicación de edictos para emplazar a juicio al tercero interesado Luis Alberto Romero Hernández."[...] IV. ACTOS RECLAMADOS: 1. De la autoridad responsable ordenadora se reclama el auto de vinculación a proceso dictado en mi contra el dieciséis de octubre de dos mil veinte, derivado de la causa penal 5665/2029, por el Juez de Control Especializado en el Sistema Acusatorio adscrito al Centro de Justicia Penal del Partido Judicial de Estado de Baja California, con sede en Mexicali, actuando en funciones de Juez de Control, por el hecho que la ley señala como delito de Robo Calificado cometido de noche por dos o más personas, previsto y sancionado en el artículo 198, 200, 201, fracción I, en relación con el 208 fracción I inciso c), en concordancia con el 203 ambos del Código Penal para el estado de Baja California, en términos de lo que dispone el numeral 14, fracción I y 16, fracción II, del Código Penal en comento; a lo dispuesto en la aplicación el numeral 208 fracción I del mismo código punitivo; el cual fue reformado por Decreto No. 242, publicado en el Periódico Oficial No. 27, de fecha 08 de junio de 2018, Sección III, Tomo CXXV, expedido por la H. XXII Legislatura, siendo Gobernador Constitucional del Estado, el C. Francisco Arturo Vega de Lamadrid, 2013-2019; 2. Asimismo, del mismo Juez de Control responsable, reclamo la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva justificada, impuesta en audiencia de dieciocho de febrero del año en curso y reiterada en la continuación de la audiencia inicial llevada a cabo el dieciséis del mismo mes y año. Y, del director del Centro de Reinserción Social en el Estado, reclamo la ejecución que se da a la resolución indicada en el párrafo anterior.[...]". Edictos en términos del artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, para que dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente de la última publicación, se apersone al presente juicio, apercibido que de no hacerlo, se tendrá por debidamente emplazado y las subsecuentes notificaciones se le realizarán por medio de lista que se fijará en estrados del juzgado, conforme al artículo 26, fracción III, de la Ley de Amparo; la copia de demanda de amparo se encuentra a su disposición en este Juzgado. Se señalaron las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL TRES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIUNO, para audiencia constitucional.
 
Mexicali, B.C., a 1 de junio de 2021.
Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado
de Baja California, con residencia en Mexicali.
Lic. José de Jesús Bernal Gómez
Rúbrica.
(R.- 507883)