ACUERDO por el que se emite la Convocatoria específica para la solicitud y asignación de apoyos del Componente I. Manejo Forestal Comunitario y Cadenas de Valor (MFCCV)-Concepto MFCCV.8 Becas para el alumnado CECFOR del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2021.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- MEDIO AMBIENTE.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.- Comisión Nacional Forestal.

La Comisión Nacional Forestal, a través del suplente de la Dirección General, David Cabrera Hermosillo, Coordinador General Jurídico, con fundamento en los artículos 9 fracción I, y 25 segundo párrafo del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Forestal, publicado el 30 de abril de 2021, en el Diario Oficial de la Federación; 17, 27 fracción VI y 41 fracción I, de las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2021 (Reglas de Operación 2021) publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2020; y, 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, emite la siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITE LA CONVOCATORIA ESPECÍFICA PARA LA SOLICITUD Y
ASIGNACIÓN DE APOYOS DEL COMPONENTE I. MANEJO FORESTAL COMUNITARIO Y CADENAS
DE VALOR (MFCCV)-CONCEPTO MFCCV.8 BECAS PARA EL ALUMNADO CECFOR DEL PROGRAMA
APOYOS PARA EL DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE 2021
1. Personas solicitantes: Son elegibles para obtener apoyos del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2021, las personas físicas que cumplan con los criterios de elegibilidad, los requisitos y demás disposiciones relativas para solicitar apoyos, señaladas en las Reglas de Operación 2021 y sus Anexos.
2. Apoyos a solicitar: Las y los estudiantes en activo del Sistema Educativo CECFOR, podrán solicitar el siguiente concepto de apoyo:
Componente I. Manejo Forestal Comunitario y Cadenas de Valor (MFCCV)
Concepto de apoyo
Monto Máximo
Número máximo de actividades
por Persona Beneficiaria
MFCCV.8 Becas para el alumnado CECFOR
18,500*
1
* Corresponde al monto por semestre especificado en el Anexo Técnico del Componente I. Manejo Forestal Comunitario y Cadenas de Valor de las Reglas de Operación 2021.
3. Plazos para la recepción y asignación de apoyos: Las personas interesadas deberán presentar sus solicitudes y los requisitos para solicitar apoyos, conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 19 de las Reglas de Operación 2021 y sus Anexos, en los plazos siguientes:
Actividad
Plazo
Recepción de las solicitudes y requisitos para solicitar el apoyo
Dentro de los 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación.
Notificación de la CONAFOR de documentación faltante o incorrecta
Al momento de la recepción de la solicitud de apoyo, o dentro de los 5 días hábiles contados a partir del hábil siguiente a la recepción de la solicitud de apoyo.
Presentación de la información y documentación faltante por parte de la Persona Solicitante
Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la documentación faltante o incorrecta.
Emisión de dictámenes de factibilidad y asignación de apoyos
Dentro de los 10 días hábiles contados a partir del siguiente al cierre de la recepción de solicitudes.
Publicación de resultados de asignación de apoyos
Dentro de los 5 días hábiles contados a partir del siguiente de la asignación de apoyos.
 
4. Recepción de solicitudes: La recepción de solicitudes inicia a partir del día hábil siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación, conforme a lo establecido en el artículo 19 y 20 de las Reglas de Operación 2021. En caso de optar por el registro presencial, las solicitudes y documentos de los interesados se recibirán en las oficinas de la CONAFOR de las 9:00 a las 18:00 horas en días hábiles o en los domicilios de los CECFOR en un horario de 9:00 a 14:00 horas en días hábiles.
El cumplimiento de los requisitos no garantiza que la persona solicitante resulte beneficiaria, ni generará derechos adquiridos para la obtención del apoyo solicitado, en tanto que únicamente se encuentra acreditando el cumplimiento de aquellos como parte del procedimiento establecido para el otorgamiento de recursos.
5. Selección, dictaminación, asignación de apoyos y publicación de resultados: La selección, dictaminación, asignación de apoyos y publicación de resultados se realizará conforme a lo establecido en los artículos 22 y 23 de las Reglas de Operación 2021, así como las demás disposiciones que resulten aplicables para el concepto de apoyo MFCCV.8 Becas para el alumnado CECFOR.
De conformidad con el artículo 11 de las Reglas de Operación 2021, los recursos de la presente convocatoria se asignarán de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la CONAFOR.
6. Observancia de las Reglas de Operación 2021 y sus Anexos: La presente convocatoria, las Reglas de Operación 2021 y sus Anexos son de observancia obligatoria, por lo que una vez que la persona interesada ingrese su solicitud, se entenderá que conoce el contenido total de las mismas, su alcance jurídico y administrativo; en consecuencia, no se admitirá incumplimiento a las disposiciones y obligaciones ahí contenidas, alegando su desconocimiento.
7. Quejas y denuncias: Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias por presuntas faltas administrativas, derivadas de la indebida aplicación de la presente Convocatoria y su instrumento regulatorio, ante cualquiera de las instancias señaladas en el artículo 43 de las Reglas de Operación 2021.
"Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente". "Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios".
Atentamente
Zapopan, Jalisco, a 6 de agosto de 2021.- En suplencia por ausencia del Director General, Coordinador General Jurídico de la Comisión Nacional Forestal, Mtro. David Cabrera Hermosillo.- Rúbrica.