PRIMER Acuerdo Modificatorio al Acuerdo para el traspaso de recursos presupuestarios federales provenientes del Programa Nacional de Reconstrucción, que celebran la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud y la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SALUD.- Secretaría de Salud.

DGPLADES-PROGRAMA NACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN
SISMOS DE 2017 Y 2018 -CCTR-DGDIF-MODIF-01/2021
PRIMER ACUERDO MODIFICATORIO AL ACUERDO PARA EL TRASPASO DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PROVENIENTES DEL PROGRAMA NACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN DE FECHA 22 DE FEBRERO DE 2021, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD, EN LO SUCESIVO "LA UNIDAD RESPONSABLE", POR CONDUCTO DEL ING. DAVID FELIPE MARES SILVA, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR DE ESTRUCTURA Y RECURSOS PARA EL PLAN MAESTRO SECTORIAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD, Y POR LA OTRA PARTE, LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA, EN LO SUCESIVO "LA INSTANCIA EJECUTORA", POR CONDUCTO DE LA ING. ARQ. MARTHA PATRICIA MORA TORRES, EN SU CARÁCTER DE DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA; A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     El Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2021 "PEF 2021", establece en su Anexo 27, la distribución presupuestal del Programa Nacional de Reconstrucción "PNR" por un monto total de $333,333,333.00 (Trescientos treinta y tres millones, trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos 00/100 M.N.), que tendrá por objeto atender a la población afectada por los sismos de septiembre de 2017 y febrero de 2018, con un enfoque de derechos humanos.
       Asimismo, refiere que la aplicación y erogación de dichos recursos, así como su seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia, se sujetarán a las reglas de operación que emita la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano "SEDATU".
II.     Las Reglas de Operación del Programa Nacional de Reconstrucción "REGLAS DE OPERACIÓN", para el ejercicio fiscal 2021, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 8 de enero de 2021, tienen como objetivo general atender a los municipios afectados por los sismos, en beneficio de su población, mediante un conjunto de instrumentos presupuestarios para el impulso de proyectos y acciones de reconstrucción de viviendas, infraestructura física educativa, infraestructura de salud, así como la restauración, rehabilitación, mantenimiento y capacitación para la prevención y conservación de bienes culturales, históricos, arqueológicos y artísticos.
III.    Asimismo, tienen como objetivo específico en materia de salud, contribuir a proteger y garantizar la realización del derecho a la salud mediante la ejecución de estudios y proyectos para la rehabilitación, sustitución, reubicación o demolición de la infraestructura de salud o unidades médicas en los municipios afectados, que a la fecha no se encuentren atendidas con algún otro programa o recurso, o que hayan resultado insuficientes.
IV.   En términos del numeral 7.3.5.1 de las "REGLAS DE OPERACIÓN", la DGPLADES o a quien designe la Secretaría de Salud será la Unidad Responsable del Presupuesto del Programa, en adelante "UR", que deberá cumplir con lo establecido en su numeral 1 referente a realizar traspaso a la Instancia Ejecutora de los recursos presupuestarios federales, ello conforme a las disposiciones normativas que deberá atender para dar cumplimiento al objetivo del "PNR".
V.    Con fecha 22 de febrero de 2021, "LAS PARTES" celebraron el ACUERDO PARA EL TRASPASO DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PROVENIENTES DEL PROGRAMA NACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD, EN LO SUCESIVO "LA UNIDAD RESPONSABLE", POR CONDUCTO DEL ING. DAVID FELIPE MARES SILVA, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR DE ESTRUCTURA Y RECURSOS PARA EL PLAN MAESTRO SECTORIAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD, Y POR LA OTRA PARTE,
LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA, QUE EN LO SUCESIVO "LA INSTANCIA EJECUTORA", POR CONDUCTO DEL ARQ. CARLOS JARAMILLO ARCE, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR DE CONSERVACIÓN Y ENCARGADO DEL DESPACHO DE LOS ASUNTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA; para establecer las bases y mecanismos necesarios para el traspaso de recursos presupuestarios federales, por parte de "LA UNIDAD RESPONSABLE" a "LA INSTANCIA EJECUTORA", para el funcionamiento y operación del PNR para el ejercicio fiscal 2021, a efecto de contribuir a proteger y garantizar la realización del derecho a la salud mediante apoyos en la ejecución de estudios y proyectos, rehabilitación, sustitución, reubicación o demolición y equipamiento de la infraestructura de salud o unidades médicas en los municipios afectados, instrumento jurídico publicado el 29 de marzo de 2021 en el Diario Oficial de la Federación, que en lo sucesivo se denominará "ACUERDO PRINCIPAL".
VI.   El "ACUERDO PRINCIPAL" en su Cláusula QUINTA, establece lo siguiente:
QUINTA. APLICACIÓN. Los recursos presupuestarios federales a que alude la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico, se destinarán en forma exclusiva para cubrir los conceptos del PNR, para acciones de ejecución de estudios y proyectos, rehabilitación, sustitución, reubicación, demolición y equipamiento de la infraestructura de salud o unidades médicas, según sea el caso, en el ejercicio fiscal 2021.
Dichos recursos no podrán destinarse a otros conceptos de gasto diversos al objeto del presente instrumento jurídico y se registrarán conforme a su naturaleza.
Las economías generadas podrán ser utilizadas, exclusivamente, en acciones relacionadas con el PNR, previa notificación y autorización de la Comisión Intersecretarial de Reconstrucción, las cuales deberán ser el resultado de las verificaciones llevadas a cabo a la infraestructura de salud o unidades médicas dañadas por los sismos de septiembre de 2017 y febrero de 2018, incluidas en la relación contenida en el Anexo 6 del presente Acuerdo.
Los recursos federales que se transfieren, se devengarán conforme a lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y se registrarán por las entidades federativas u Organismos Públicos Descentralizados de la Administración Pública Federal en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública.
"LA INSTANCIA EJECUTORA" presentará un reporte trimestral a "LA UNIDAD RESPONSABLE", dentro de los quince (15) días naturales siguientes al trimestre que se reporte y el seguimiento de su ejercicio, el cual deberá hacerse mediante el formato de certificación de gasto, conforme al Anexo 7, así como lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Los remanentes de los recursos presupuestarios federales traspasados a "LA INSTANCIA EJECUTORA" deberán ser puestos a disposición de la DGPYP al cierre del ejercicio fiscal, debiendo informarlo a "LA UNIDAD RESPONSABLE", de manera escrita y con los documentos soportes correspondientes.
VII.   En la Cláusula DÉCIMA SEGUNDA. VIGENCIA del "ACUERDO PRINCIPAL", se estipuló que éste surtiría efectos a partir de la fecha de su suscripción y tendría vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021.
VIII.  El "ACUERDO PRINCIPAL" señala en su Cláusula DÉCIMA TERCERA. MODIFICACIONES AL ACUERDO, que dicho instrumento jurídico podrá modificarse por acuerdo de "LAS PARTES", mediante la formalización del Acuerdo Modificatorio respectivo, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables, y que las modificaciones al Acuerdo obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en la página de internet de las partes.
IX.   De igual manera, la Cláusula DÉCIMA NOVENA; ANEXOS, señala que "LAS PARTES", reconocen como partes integrantes del "ACUERDO PRINCIPAL" los ANEXOS 4 "FORMATO DE APERTURA DE PARTIDAS PRESUPUESTARIAS", y 5 "DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CAPÍTULO, CONCEPTO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA", que tendrán la misma fuerza legal que el
"ACUERDO PRINCIPAL" y serán actualizados conforme a las necesidades de "LAS PARTES".
X.    Mediante oficio número DGDIF-979-2021, de fecha 01 de julio de 2021, suscrito por el Director de Conservación y Encargado del despacho de los asuntos de la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física, dirigido al Director de Estructura y Recursos para el Plan Maestro Sectorial de la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud, se solicitó una modificación respecto del Acuerdo para el Traspaso de Recursos Presupuestarios Federales Provenientes del Programa Nacional de Reconstrucción, consistente en cambiar las partidas presupuéstales del Anexos 5; siendo necesario, la modificación al Anexo 4 de conformidad con la incorporación de la estructura programática en el Capítulo 6000, autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y por el cambio de modalidad del Pp de U a S, quedando como S281.
XI.   Mediante oficio número DGDIF-998-2021, de fecha 08 de julio de 2021, suscrito por el Director de Conservación y Encargado del despacho de los asuntos de la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física, dirigido al Director de Integración Programática Presupuestal de la Dirección General de Programación y Presupuesto, solicitó la adición de diversas partidas presupuestarias a la estructura programática del "PNR", las cuales fueron autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y comunicadas por la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Salud a "LA INSTANCIA EJECUTORA", mediante oficio DGPyP-1240-2021, de fecha 12 de julio de 2021.
XII.   Que mediante oficio número OAG-DCAOP-5738-2021 de fecha 20 de julio de 2021, en atención al oficio DGPLADES-2027-2021, la Oficina de la Abogada General de la Secretaría de Salud se pronunció respecto del proyecto de Acuerdo Modificatorio al Acuerdo para el Traspaso de Recursos Federales Presupuestarios Provenientes del Programa Nacional de Reconstrucción, que celebraron por una parte la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud, en lo sucesivo "LA UNIDAD RESPONSABLE", por conducto del Ing. David Felipe Mares Silva, en su carácter de Director de Estructura y Recursos para el Plan Maestro Sectorial de la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud, y por la otra parte, la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física, en lo sucesivo "LA INSTANCIA EJECUTORA", por conducto del Arq. Carlos Jaramillo Arce, en su carácter de Director de Conservación y Encargado del Despacho de los Asuntos de la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física.
XIII.  Mediante oficio número DGDIF-1073 -2021 de fecha 09 de agosto de 2021, la Directora General de Desarrollo de la Infraestructura Física de la Secretaría de Salud, sometió a consideración del Titular de la Unidad de Administración y Finanzas de la misma Secretaría, de conformidad con el artículo 16, fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, la solicitud de Acuerdo Favorable para la FORMALIZACIÓN DE ACUERDO MODIFICATORIO AL ACUERDO PARA EL TRASPASO DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PROVENIENTES DEL PROGRAMA NACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN.
XIV. El 10 de agosto de 2021 mediante oficio número UAF/976/2021, se emitió el ACUERDO FAVORABLE ESPECÍFICO DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA SECRETARÍA DE SALUD POR EL QUE AUTORIZA, A FAVOR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA, LLEVAR ACABO LA FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO MODIFICATORIO AL ACUERDO PARA EL TRASPASO DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PROVENIENTES DEL PROGRAMA NACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN, CELEBRADO ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD, "LA UNIDAD RESPONSABLE", Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA, "LA INSTANCIA EJECUTORA", PREVISTO EN EL ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021, en adelante, "El ACUERDO FAVORABLE".
 
XV.  Con base en lo anteriormente descrito, "LAS PARTES" consideran necesario modificar el "ACUERDO PRINCIPAL".
DECLARACIONES
I. "LA UNIDAD RESPONSABLE" DECLARA QUE:
I.1. La Secretaría de Salud dentro de su estructura orgánica cuenta con la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud (Unidad Responsable) de conformidad con los artículos 2 literal B, fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, la cual se encuentra adscrita a la Unidad de Análisis Económico conforme a lo dispuesto por el artículo Único, fracción V, inciso C) del "ACUERDO por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud", en adelante "El ACUERDO", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 2020, es una Unidad Administrativa de dicha Dependencia del Ejecutivo Federal, la cual de conformidad con el artículo 25, fracción V del referido Reglamento Interior, cuenta con atribuciones para realizar el análisis, planeación y actualización del Plan Maestro de Infraestructura Física en Salud, en coordinación con las unidades responsables en sus respectivos ámbitos de competencia y las entidades federativas.
I.2. El Ing. David Felipe Mares Silva, en su carácter de Director de Estructura y Recursos para el Plan maestro Sectorial de la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud, cuenta con facultad para asistir en la suscripción del presente Acuerdo, en suplencia por ausencia del Titular de la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2 literal B, fracción IX, 16, fracción XIII, 25 fracción V y 55 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
I.3. Asimismo, al efecto, se cuenta con el acuerdo favorable del Titular de la Unidad de Análisis Económico de la Secretaría de Salud, otorgado mediante oficio UAE-2-2021, de conformidad con los dispuesto 16 fracción XII Y 25, del citado ordenamiento y por el oficio antes mencionado.
I.4. Para todos los efectos legales relacionados con este Acuerdo señala como domicilio el ubicado en el número 60, piso 1, de la Avenida Marina Nacional, Colonia Tacuba, demarcación territorial Miguel Hidalgo, código postal 11410, en la Ciudad de México.
II. "LA INSTANCIA EJECUTORA" DECLARA QUE:
II.1. La Secretaría de Salud dentro de su estructura orgánica cuenta con la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física, como lo disponen los artículos 2 literal B, fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como en lo dispuesto por el artículo único, fracción III, inciso b) del ACUERDO, la cual de conformidad con el artículo 22 fracciones IV, X y XI del referido Reglamento Interior, le corresponde celebrar los contratos y acuerdos que requiera para el cumplimiento de sus atribuciones, terminarlos de manera anticipada, o bien, declarar su rescisión administrativa, así como ordenar la suspensión parcial, total, temporal o definitiva de las obras públicas o servicios relacionados contratados, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables; asesorar y apoyar técnicamente, a los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Salud, a las entidades paraestatales sectorizadas a dicha Dependencia y a los servicios de salud de las entidades federativas que se lo soliciten, en relación a la proyección y ejecución de las obras públicas y servicios relacionados con las mismas, que desarrollen y conserven la infraestructura física del sector salud y, coordinar y promover acciones en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas con instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, a nivel federal y local, a fin de unificar criterios normativos para el desarrollo de la infraestructura física del Sistema Nacional de Salud.
II.2. La Ing. Arq. Martha Patricia Mora Torres, fue designada como Directora General de Desarrollo de la Infraestructura Física, de conformidad al nombramiento de fecha 16 de julio de 2021, expedido por el Dr. Jorge Alcocer Varela, Secretario de Salud, mismo que se encuentra vigente, y oficio número DGRHO-DPC-916-2021 de fecha 3 de agosto de 2021; por lo que, con fundamento en los artículos 16 fracción XIII, 22, fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud vigente, cuenta con la facultad para suscribir el presente Acuerdo.
II.3. Asimismo, al efecto, se cuenta con "El ACUERDO FAVORABLE" del Titular de la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría de Salud, otorgado mediante oficio número UAF-796-2021, de fecha diez de agosto de dos mil veintiuno, de conformidad con los dispuesto 16, fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
II.4. Para todos los efectos legales relacionados con este Acuerdo señala como domicilio el ubicado en el número 134 de la Calle de Arenal, Colonia Arenal Tepepan, demarcación territorial de Tlalpan, código postal
14610, en la Ciudad de México.
III. "LAS PARTES" ratifican íntegramente todas y cada una las declaraciones insertas en el "ACUERDO PRINCIPAL".
CLÁUSULAS
PRIMERA. - El presente instrumento tiene por objeto modificar la cláusula QUINTA. APLICACIÓN y los ANEXOS 4 "FORMATO DE APERTURA DE PARTIDAS PRESUPUESTARIAS", y 5 "DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CAPÍTULO, CONCEPTO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA", señalados en la cláusula "DÉCIMA NOVENA. ANEXOS" del "ACUERDO PRINCIPAL", para quedar de la siguiente forma:
QUINTA. APLICACIÓN. Los recursos presupuestarios federales a que alude la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico, se destinarán en forma exclusiva para cubrir los conceptos del PNR, para acciones de ejecución de estudios y proyectos, rehabilitación, sustitución, reubicación, demolición y equipamiento de la infraestructura de salud o unidades médicas, según sea el caso, en el ejercicio fiscal 2021.
Dichos recursos no podrán destinarse a otros conceptos de gasto diversos al objeto del presente instrumento jurídico y se registrarán conforme a su naturaleza.
Las economías generadas podrán ser utilizadas, exclusivamente, en acciones relacionadas con el PNR, previa notificación y autorización de la Comisión Intersecretarial de Reconstrucción, las cuales deberán ser el resultado de las verificaciones llevadas a cabo a la infraestructura de salud o unidades médicas dañadas por los sismos de septiembre de 2017 y febrero de 2018, incluidas en la relación contenida en el Anexo 6 del presente Acuerdo.
Los recursos federales, se devengarán conforme a lo establecido en los artículos 64, 65 y 66 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y serán registrados en términos del artículo 29 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Adicionalmente, al término de los trabajos, el saldo de los recursos erogados registrado en la contabilidad de la Dependencia, serán trasladados para formar parte del Patrimonio de las entidades federativas u Organismos Públicos Descentralizados de la Administración Pública Federal, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables para su rendición de cuentas.
"LA INSTANCIA EJECUTORA" presentará un reporte trimestral a "LA UNIDAD RESPONSABLE", dentro de los quince (15) días naturales siguientes al trimestre que se reporte y el seguimiento de su ejercicio, el cual deberá hacerse mediante el formato de certificación de gasto, conforme al Anexo 7, así como lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Los remanentes de los recursos presupuestarios federales traspasados a "LA INSTANCIA EJECUTORA" deberán ser puestos a disposición de la DGPYP al cierre del ejercicio fiscal, debiendo informarlo a "LA UNIDAD RESPONSABLE", de manera escrita y con los documentos soportes correspondientes.
Los ANEXOS 4 y 5 modificados se adjuntan al presente instrumento y forman parte integrante del "ACUERDO PRINCIPAL".
SEGUNDA. - "LAS PARTES" acuerdan que, salvo por lo expresamente estipulado en el presente instrumento jurídico, todas las demás obligaciones del "ACUERDO PRINCIPAL" deberán permanecer sin cambio alguno, por lo que reconocen y ratifican el contenido y vigencia del "ACUERDO PRINCIPAL".
TERCERA. - "LAS PARTES" acuerdan que el presente Acuerdo Modificatorio surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2021.
Leído que fue el presente Acuerdo Modificatorio, estando debidamente enteradas las partes de su contenido y alcance legal, lo firman por triplicado, en la Ciudad de México, a los dieciocho días del mes de agosto de dos mil veintiuno.- Por la Unidad Responsable: con fundamento en el Art. 55 del Reglamento
Interior de la Secretaría de Salud firma en suplencia por ausencia del Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, el Director de Estructura y Recursos para el Plan Maestro Sectorial de la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud, Ing. David Felipe Mares Silva.- Rúbrica.- Por la Instancia Ejecutora: Directora General de Desarrollo de la Infraestructura Física, Ing. Arq. Martha Patricia Mora Torres.- Rúbrica.
DGPLADES-PROGRAMA NACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN
SISMOS DE 2017 Y 2018 - CCTR-DGDIF- MODIF-01/2021
ANEXO 4
FORMATO DE APERTURA DE PARTIDAS PRESUPUESTARIAS
Ciudad de México, a 19 de agosto del 2021.
Asunto: CONFIRMACIÓN DE DATOS
TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD
PRESENTE.
 
 
Por medio de la presente, se informa a usted que en fecha 12 de julio de 2021, se aperturó la partida en la estructura programática del Programa Presupuestal S281, de este Organismo a mi cargo, de acuerdo a lo siguiente:
Partida
Descripción
62903
Servicios de supervisión de obras.
62201
Obras de construcción para edificios no habitacionales.
62202
Mantenimiento y rehabilitación de edificaciones no habitacionales
 
Al efecto adjunto al presente encontrará copia del oficio DGPYP- 1240-2021 mediante el cual la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Salud autorizó la apertura de dicha partida.
 
Se extiende la presente a solicitud del interesado y para los fines que a él convenga.
ATENTAMENTE
Rúbrica.
ING. ARQ. MARTHA PATRICIA MORA TORRES
DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO
DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA
 
El presente Anexo forma parte integrante del Primer Acuerdo Modificatorio al Acuerdo para el Traspaso de Recursos Presupuestarios Federales, para la operación del Programa Nacional de Reconstrucción, por la cantidad de $ 332,916,333.00 ( Trescientos treinta y dos millones novecientos dieciséis mil trescientos treinta y tres pesos 00/100 M.N.), que celebran por una parte la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud, en adelante la "UNIDAD RESPONSABLE" y por la otra parte la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física, que en lo sucesivo se le denominara "LA INSTANCIA EJECUTORA".
 
NOTA: El presente Anexo se requisitará por la INSTANCIA EJECUTORA posterior a la firma del Primer Acuerdo Modificatorio al Acuerdo de Traspaso de Recursos Presupuestarios Federales.
 
DGPLADES-PROGRAMA NACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN SISMOS DE 2017 Y 2018 -CCTR-DGDIF-
MODIF-01/2021
ANEXO 5
DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CAPÍTULO, CONCEPTO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA
 
PARTIDAS DE GASTO
TOTAL 2021
32505
ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS
$315,000.00
62903
SERVICIOS DE SUPERVISIÓN DE OBRAS
$10,181,235.32
33605
INFORMACIÓN EN MEDIOS MASIVOS DERIVADA DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
$238,000.00
62201
OBRAS DE CONSTRUCCIÓN PARA EDIFICIOS NO HABITACIONALES
$151,492,112.00
62202
MANTENIMIENTO Y REHABILITACIÓN DE EDIFICACIONES NO HABITACIONALES
$168,507,887.68
37104
PASAJES AÉREOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES
$405,000.00
37204
PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES
$150,198.00
37504
VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES
$1,626,900.00
TOTAL
$332,916,333.00
 
Los recursos presupuestarios traspasados, podrán ser ejercidos en cualquiera de las acciones, señaladas en el anexo 1.1 de este Primer Acuerdo Modificatorio al Acuerdo, y en su caso, las economías derivadas de este traspaso podrán ser aplicadas a las partidas presupuestarias en el anexo 6.
 
El presente Anexo forma parte integrante del Primer Acuerdo Modificatorio al Acuerdo para el Traspaso de Recursos Presupuestarios Federales, para la operación del Programa Nacional de Reconstrucción, por la cantidad de $332,916,333.00 (Trescientos treinta y dos millones novecientos dieciséis mil trescientos treinta y tres pesos 00/100 M.N.), que celebran por una parte la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud, en adelante la "UNIDAD RESPONSABLE" y por la otra parte la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física, que en lo sucesivo se le denominara "LA INSTANCIA EJECUTORA".
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