PROGRAMA Nacional de Remediación de Sitios Contaminados 2021-2024.
 
Programa Nacional de Remediación de Sitios Contaminados 2021-2024
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
PROGRAMA ESPECIAL DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2019-2024
1.- Índice
2.- Fundamento normativo de elaboración del programa
3.- Siglas y acrónimos
4.- Origen de los recursos para la instrumentación del Programa
5.- Análisis del estado actual
5.1- Los sitios contaminados y sus fuentes
5.2- Repercusión en el bienestar de las personas
5.3- Información sobre sitios contaminados en México
5.4- Sitios potencialmente contaminados
5.5- Remediación de sitios contaminados
5.6- Sitios contaminados que no tienen un programa de remediación aprobado
5.7- Sitios contaminados en los que no se ha concluido la remediación
5.8- Sitios contaminados en propiedad de la federación, entidades federativas y municipios
5.9- Marco normativo para la remediación de sitios contaminados
6.- Objetivos prioritarios
6.1- Relevancia del Objetivo prioritario 1: Fortalecer el INSC
6.1.1- Información sobre sitios contaminados en México
6.1.2- Sitios potencialmente contaminados
6.2.- Relevancia del Objetivo prioritario 2: Promover acciones de remediación en sitios contaminados para contribuir al bienestar de la población
6.2.1- Sitios contaminados que no tienen un programa de remediación aprobado
6.2.2- Sitios contaminados en los que no se ha concluido la remediación
6.2.3- Promoción de acciones de remediación en sitios contaminados
6.2.4- Sitios contaminados en propiedad de la federación, entidades federativas y municipios
6.3.- Relevancia del Objetivo prioritario 3: Fortalecer el marco normativo para la remediación de sitios contaminados
7.- Estrategias prioritarias y Acciones puntuales
8.- Metas para el bienestar y Parámetros
9.- Epílogo: Visión hacia el futuro
10.- Lista de dependencias y entidades participantes
2.- Fundamento normativo de elaboración del programa
El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley. Dicho párrafo fue adicionado y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 1999 y reformado y publicado en el mismo medio de difusión el 8 de febrero de 2012.
Asimismo, de conformidad con los artículos 25 y 26 Constitucionales, corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional, garantizando que sea integral y sustentable, que vele por el fortalecimiento de la soberanía nacional y su régimen democrático, y que a través del fomento del crecimiento económico y una distribución equitativa del ingreso y la riqueza, se llegue al pleno ejercicio de la libertad y el respeto de las garantías consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, de los artículos 22 y 26 de la Ley de Planeación se desprende que el Plan Nacional de Desarrollo indicará los distintos programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales que coadyuvarán al desarrollo integral del país.
En enero de 2004 entró en vigor la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, y posteriormente su Reglamento (enero 2007), que cubren aspectos en la gestión de sitios contaminados, tales como: las obligaciones de los responsables de la contaminación de un sitio o propietarios de un sitio contaminado; la transferencia de sitios contaminados; la identificación, inventario, registro y categorización de
los sitios contaminados; la remediación de sitios contaminados mediante programas o declaratorias de remediación; y la necesaria coordinación con otras dependencias para realizar acciones de remediación.
En el artículo 7, fracción I de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, se señala como una de las facultades de la federación en materia de la remediación de sitios contaminados, elaborar el Programa Nacional de Remediación de Sitios Contaminados, como a continuación se indica:
Formular, conducir y evaluar la política nacional en materia de residuos así como elaborar el Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos de Manejo Especial y el Programa Nacional de Remediación de Sitios Contaminados y coordinar su instrumentación con las entidades federativas y municipios, en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática, establecido en el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La institución responsable de la publicación, ejecución y seguimiento del presente Programa es la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de acuerdo a sus facultades en materia de remediación de sitios contaminados con materiales o residuos peligrosos establecidas en su Reglamento Interior, así como en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento, con la participación de la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas, Dirección General de Energía y Actividades Extractivas, Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos y la Comisión Nacional del Agua.
El Programa Nacional de Remediación de Sitios Contaminados deriva del Plan Nacional de Desarrollo 2019 2024 (PND) y contribuye a cumplir los compromisos asumidos por el Estado Mexicano en los convenios de Estocolmo y Minamata.
a)    Convenio de Estocolmo. Se adoptó con el objetivo de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a los Contaminantes Orgánicos Persistentes (Convenio de Estocolmo, 2017). México firmó el Convenio de Estocolmo el 23 de mayo de 2001, lo ratificó el 10 de febrero de 2003 y entró en vigor el 17 de mayo de 2004 (SEMARNAT, 2015). El artículo 6 del Convenio de Estocolmo señala que cada Parte se esforzará por elaborar estrategias adecuadas para identificar los sitios contaminados con productos químicos incluidos en el Anexo A, B o C; y en caso de que se realice el saneamiento de estos sitios, ello deberá efectuarse de manera ambientalmente racional (Convenio de Estocolmo, 20171).
b)    Convenio de Minamata. Tiene por objetivo proteger la salud humana y el medio ambiente de las emisiones y liberaciones antropogénicas de Mercurio y compuestos de Mercurio (ONU Medio Ambiente, 2019). Este convenio es vinculante para México y fue ratificado el 29 de septiembre de 2015 (SEMARNAT, 2017). En su Artículo 12, establece que cada Parte procurará elaborar estrategias adecuadas para identificar y evaluar los sitios contaminados con Mercurio o compuestos de Mercurio. Además, alienta a las Partes a cooperar en la formulación de estrategias y la ejecución de actividades para detectar, evaluar, priorizar, gestionar y, según proceda, sanear sitios contaminados (ONU Medio Ambiente, 20192).
3.- Siglas y acrónimos
ASEA:           Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos
CONAGUA:    Comisión Nacional del Agua
COP:             Contaminantes Orgánicos Persistentes
DGEAE:         Dirección General de Energía y Actividades Extractivas
DGGIMAR:     Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas
INECC:          Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático
INSC:            Inventario Nacional de Sitios Contaminados
LIC:               Ley de Infraestructura de la Calidad
LGPGIR:        Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
NOM:            Normas Oficiales Mexicanas
PNN:             Programa Nacional de Normalización
PNRSC:         Programa Nacional de Remediación de Sitios Contaminados
PNUMA:         Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente
PROFEPA:     Procuraduría Federal de Protección al Ambiente
SEMARNAT:   Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
UGI:              Unidad de Gestión Industrial
4.- Origen de los recursos para la instrumentación del Programa
La totalidad de las acciones que se consideran en este Programa, incluyendo aquellas correspondientes a sus Objetivos prioritarios, Estrategias prioritarias y Acciones puntuales, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación u operación de dichas acciones y el seguimiento y reporte de las mismas, se realizarán con cargo al presupuesto autorizado de los ejecutores de gasto participantes en el Programa, mientras éste tenga vigencia.
5.- Análisis del estado actual
La situación actual de los sitios contaminados en México permite establecer el PNRSC 2021 2024. Dicho programa considera el Principio Rector No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera del Plan Nacional de Desarrollo 2019 2024. En el contexto de la contaminación, y en congruencia con el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (2017), esto significa que ningún grupo o comunidad tenga que cargar de manera desproporcionada con los efectos nocivos de la contaminación.
El PNRSC contribuirá al Eje General 2. Política Social del Plan Nacional de Desarrollo 2019 2024, en el rubro Desarrollo sostenible, ya que la remediación de sitios permite recuperar los servicios ambientales que tiene el suelo y el agua, y permitirá el desarrollo de actividades económicas (ej. uso agrícola, ganadero, forestal, recreativas; construcción de obras civiles, etc.).
5.1   Los sitios contaminados y sus fuentes
El concepto de sitio contaminado es definido por la LGPGIR como: lugar, espacio, suelo, cuerpo de agua, instalación o cualquier combinación de éstos que ha sido contaminado con materiales o residuos que, por sus cantidades y características, pueden representar un riesgo para la salud humana, a los organismos vivos y el aprovechamiento de los bienes o propiedades de las personas.
El suelo es un recurso natural no renovable, es de vital importancia para sustentar la vida y las actividades económicas de un país. El suelo desempeña varias funciones y usos: actúa como regulador del ciclo del agua y los ciclos biogeoquímicos; es el medio filtrante del agua que recarga los acuíferos y, por lo tanto, su capa de protección; alberga una gran diversidad de organismos lo que implica que el suelo contiene importantes reservas genéticas; es el espacio para actividades agrícolas, ganaderas, forestales y recreativas; es la base para la construcción de obras civiles; y alberga parte de la riqueza cultural.
La contaminación de sitios en México ha sido provocada por diversas actividades antropogénicas, algunas de éstas son:
a)    Actividades mineras. Han generado grandes cantidades de jales y escorias, muchos de los cuales, fueron dispuestos inadecuadamente antes de que iniciara la regulación ambiental en México, la lixiviación de estos residuos contamina el suelo y potencialmente el agua.
b)    Actividades del sector hidrocarburos. Ha generado contaminación por hidrocarburos y otro tipo de sustancias potencialmente tóxicas que han dañado suelo y cuerpos de agua.
c)     Actividades agrícolas. El empleo de agroquímicos en las actividades agropecuarias y las prácticas inadecuadas, han impactado no sólo los suelos de las áreas en donde se aplican, sino que pueden afectar a los ríos, lagunas e incluso las zonas costeras.
d)    Actividades industriales. La producción de bienes de consumo ha generado focos de contaminación por el manejo inadecuado de materiales peligrosos y todo tipo de residuos.
e)    Instalaciones de servicio. Como las estaciones de servicio de gasolina, talleres de reparación de vehículos, estaciones e instalaciones de ferrocarriles, terminales de autobuses y aeropuertos entre otras, han generado contaminación de suelo y agua subterránea derivado de las fugas en contenedores de materiales peligrosos; derrames continuos de lubricantes; solventes orgánicos, u otro tipo de sustancias, así como por prácticas inadecuadas del manejo de las mismas.
f)     Uso de aguas residuales en irrigación de campos agrícolas. El empleo de dichas aguas para riego de cultivos agrícolas provoca que los suelos y los cultivos se contaminen con los residuos químicos provenientes de descargas industriales y municipales.
g)    Depósito de residuos de manera irregular (a cielo abierto). En estos sitios ocurre la disposición inadecuada de residuos sólidos urbanos que pueden estar mezclados con residuos peligrosos y cuya lixiviación contamina el suelo.
5.2   Repercusión en el bienestar de las personas
La contaminación del suelo y el agua tiene impactos negativos en el ambiente y en las personas. De
acuerdo con el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (2017), los contaminantes en suelo degradan la biodiversidad y funcionamiento del suelo y pueden reducir la productividad agrícola, así como causar enfermedades e incluso la muerte en los humanos y en la flora y fauna silvestre.
La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO, 2018) señala que la contaminación del suelo provoca una reacción en cadena, ya que altera la biodiversidad del suelo, reduciendo la materia orgánica que contiene y su capacidad para actuar como filtro, y genera contaminación en el agua almacenada en el suelo y el agua subterránea, provocando un desequilibrio de sus nutrientes.
El suelo contaminado puede liberar contaminantes en las aguas subterráneas que luego se acumulan en los tejidos de las plantas y pasan a los animales que pastan, a las aves y finalmente a los humanos que se alimentan de las plantas y los animales. Los contaminantes en el suelo, aguas subterráneas y en la cadena alimentaria pueden causar diversas enfermedades y una excesiva mortalidad en la población, desde efectos agudos a corto plazo como intoxicaciones o diarrea, hasta otros crónicos a largo plazo, como el cáncer (FAO, 20185).
Los sitios contaminados en México poseen una variedad de riesgos en la salud de las personas y en el ambiente. El contacto con contaminantes puede dañar la salud de la población, particularmente a la población aledaña a sitios contaminados.
Los principales contaminantes de preocupación en suelo son los metales pesados como el plomo, mercurio, arsénico, cadmio y cromo, contaminantes orgánicos persistentes y plaguicidas (PNUMA, 2017). La contaminación por metales pesados tóxicos representa un riesgo a la salud, especialmente en niños y mujeres embarazadas (OMS, 2011).
La contaminación tiene costos económicos significativos desde el punto de vista de salud, pérdida de productividad, costos en la atención médica y daños en los ecosistemas (PNUMA, 20176). Se espera que los costos por la contaminación aumenten debido a los efectos a largo plazo que tienen en la salud, en la forma de vida de las personas y en los servicios que dan los ecosistemas.
Por lo anterior, si la contaminación y la degradación de las funciones del suelo ocurren, debe realizarse su remediación.
5.3   Información sobre sitios contaminados en México
La SEMARNAT cuenta con un INSC en el cual se registra la información de sitios que cuentan con una caracterización o estudio que indique su contaminación. La elaboración del inventario se deriva de las disposiciones contenidas en la LGPGIR) y su Reglamento.
La información sobre sitios contaminados es obtenida de solicitudes de propuestas de remediación que son entregadas tanto en la DGGIMAR de la SEMARNAT, como en la UGI de la ASEA. De acuerdo con el INSC que tiene la SEMARNAT, a diciembre de 2018 en México existían 913 sitios contaminados, de los cuales 756 se localizan en zonas rurales y 157 en zonas urbanas; se desataca que a la fecha no se han identificado aquellos sitios contaminados que podrían afectar comunidades indígenas en el país.
Hasta diciembre del año 2018, la CONAGUA identificó un total aproximado de 40 sitios de aguas subterráneas contaminadas, de los cuales únicamente 3 se consideran que se presentan en zonas rurales. Cabe aclarar que, en este número aproximado de sitios de aguas subterráneas contaminadas, se incluyen pocos casos por fugas y/o derrames por tomas clandestinas, y las cifras de estas es cambiante con el tiempo, por lo que su cuantificación debe ser definida entre ASEA, PROFEPA y CONAGUA.
La PROFEPA tiene el Sistema Institucional de Información de la PROFEPA (SIIP), en el cual se lleva a cabo el registro de los procedimientos administrativos a nivel nacional, derivados de denuncias o investigaciones relacionadas con contaminación del suelo en el que se registran su etapa procesal hasta la resolución administrativa correspondiente.
Por otra parte, el INECC tiene información sobre sitios contaminados con mercurio y plaguicidas. En el año 2017, el INECC realizó un estudio de manera conjunta con el Servicio Geológico Mexicano para identificar los principales yacimientos de mercurio en el país, específicamente en la Sierra Gorda de Querétaro, en el que se identificaron dos áreas mercuriales importantes en la Sierra Gorda: la de San Joaquín y la de Plazuela-Bucareli, en las que se identifican varias minas que en el pasado fueron productoras de dicho metal.
Posteriormente en octubre del año 2019, mediante un estudio realizado con financiamiento del Fondo Mundial para el Medio Ambiente, se hizo un monitoreo de mercurio en aire y un muestreo de agua y suelo en estas zonas, ya que en ellas se lleva a cabo minería artesanal de mercurio mediante un proceso sin control de emisiones y liberaciones, que implica un gran riesgo para los mineros que se dedican a producirlo y a las comunidades aledaña, que dio como resultado la identificación de 4 zonas rurales mineras activas de gran importancia en Querétaro: Plazuela, Camargo, San Gaspar y Bucareli, con concentraciones de mercurio en suelo que van de las 25 a los 865 mg/kg.
Respecto a los sitios contaminados con plaguicidas, a raíz del Diagnóstico sobre la contaminación por plaguicidas en agua superficial, agua subterránea y suelo, publicado por el INECC en agosto de 2019 a petición de la SEMARNAT para atender la recomendación 82/2018 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a través reportes que fueron obtenidos de la revisión de artículos científicos, así como de documentos e informes oficiales proporcionados por distintas dependencias y organizaciones, se identificaron 43 sitios en los que se reportan concentraciones de estas sustancias en suelo, algunas de las cuales rebasan los valores límite de referencia establecidos en otros países. Estas mediciones fueron realizadas en muestras de suelo de zonas rurales (agrícolas 26 y no agrícolas 1), semiurbanas (1) y urbanas (15). En estas muestras se detectaron 45 ingredientes activos diferentes y varios metabolitos. De ellos, predominan los plaguicidas organoclorados y organofosforados, varios incluidos en los Convenios de Estocolmo y Rotterdam, o considerados como plaguicidas altamente peligrosos.
De acuerdo con el PNUMA (2017), los vacíos de información dificultan las acciones efectivas para solucionar la contaminación. Es por esto que es importante que el INSC se mantenga actualizado y que se integre información de otras instituciones como la CONAGUA, PROFEPA e INECC. Tener un INSC actualizado y fortalecido permitirá determinar la tendencia de la contaminación; por ejemplo, identificar qué contaminantes son los más recurrentes en los sitios, cómo se distribuyen, qué cantidad de suelo y agua se afecta, etc, y, a su vez, permitirá contribuir en la toma de decisiones de las autoridades en la atención de sitios contaminados.
Como se señaló anteriormente, la SEMARNAT tiene información de sitios contaminados y remediados que proporciona la DGGIMAR y la ASEA y el gran porcentaje de estos sitios corresponden a aquellos que se identifican a través del ingreso de trámites. Esta información se entrega de forma independiente, de manera acumulativa, heterogénea y no sistematizada, la cual es publicada con esas condiciones en su portal. Sin embargo, la información de un inventario es dinámica, esto significa que el número de sitios registrados varía frecuentemente dependiendo de cuántos sitios se registran como contaminados y cuantos sitios se remedian. Lo que genera que su manejo no sea viable y cómodo, por lo que se requiere de un soporte que facilite su utilización de forma automatizada.
Difundir la información sobre sitios contaminados y remediados contribuirá a generar un mayor conocimiento en la población sobre las fuentes de contaminación, sus impactos y las soluciones; así como a garantizar el derecho de acceso a la información. De acuerdo con el PNUMA (2017), sin la conciencia pública sobre la contaminación, no es posible generar la presión socio-política necesaria para prevenir y mitigar la contaminación. Además, señala que difundir la información sobre la contaminación permitirá el desarrollo de intervenciones más efectivas, la participación pública y ayudará a que la población tenga un papel en la implementación de la regulación.
Por todo lo anterior, es necesario que se fortalezca el INSC (Objetivo 1) con el que cuenta la SEMARNAT a través de la actualización de información que ayudará en la toma de decisiones de las autoridades en la atención de sitios. Así como difundir la información sobre sitios contaminados y remediados para contribuir a garantizar el derecho de acceso a la información de la población.
5.4   Sitios potencialmente contaminados
La SEMARNAT cuenta con un registro de 594 sitios potencialmente contaminados en el país; es decir, sitios para los que se presume un problema ambiental, pero no se ha realizado una caracterización o estudio que permita comprobar su contaminación. Dicha información se obtuvo entre 2006 y 2011 a través de un levantamiento de información de campo en todas las entidades federativas. Los estados con mayor número de sitios potencialmente contaminados son Veracruz, Querétaro, Guanajuato, Jalisco, Colima, Estado de México, Michoacán, Chihuahua, Aguascalientes y San Luis Potosí (Fig. 1).
 

Fig. 1. Entidades federativas con mayor número de sitios potencialmente contaminados
Debido a que los vacíos de información dificultan las acciones efectivas para solucionar la contaminación es necesario que en la implementación de este programa se revise la información de los sitios potencialmente contaminados localizados en zonas rurales y urbanas para determinar si existe contaminación y definir las prioridades de remediación (Objetivo 1).
5.5   Remediación de sitios contaminados
La remediación se define como un conjunto de medidas a las que se someten los sitios contaminados para eliminar o reducir los contaminantes hasta un nivel seguro para la salud y el ambiente o prevenir su dispersión en el ambiente sin modificarlos.
Los responsables de la remediación de un sitio contaminado con materiales o residuos peligrosos son:
a)    Las personas físicas o morales que, directa o indirectamente, contaminen un sitio u ocasionen un daño o afectación al ambiente;
b)    Las personas responsables de actividades relacionadas con la generación y manejo de materiales y residuos peligrosos que hayan ocasionado la contaminación de sitios con éstos, y
c)     Los propietarios o poseedores de predios de dominio privado y los titulares de áreas concesionadas, cuyos suelos se encuentren contaminados.
Las entidades federativas, cuando son propietarias de predios cuyos suelos se encuentran contaminados, también son responsables de su remediación. Sin embargo, las entidades federativas no siempre tienen la capacidad técnica o económica suficiente para llevar a cabo la remediación (ej. elaborar programas de remediación de pasivos ambientales y proyectos ejecutivos).
La SEMARNAT puede participar en la remediación de un sitio contaminado con materiales o residuos peligrosos que representa un riesgo al ambiente y a la salud cuando:
a)    En el caso de declaratoria de un sitio contaminado como abandonado;
b)    Haya sido expropiado por causa de utilidad pública;
c)     Se haya expedido una declaratoria de remediación por el Ejecutivo Federal;
d)    El sitio sea propiedad de alguna entidad federativa o municipio, o
e)    Haya sido ordenada la remediación por mandato federal o a través de un laudo arbitral internacional.
Esta participación de la SEMARNAT no implica la sustitución de responsabilidades de la remediación del sitio.
La SEMARNAT, a través de la DGGIMAR, en coordinación con los gobiernos estatales y municipales, ha participado en acciones y ha invertido recursos públicos para la remediación de sitios contaminados considerados pasivos ambientales desde 2003, con base en alguna condición mencionada en el párrafo
anterior.
5.6   Sitios contaminados que no tienen un programa de remediación aprobado
Con base en una revisión del INSC realizada en 2018, la SEMARNAT ha identificado 232 sitios contaminados que no tienen un programa de remediación aprobado en el periodo 2008 y 2018. Es decir, sitios para los que se tiene identificada su contaminación, pero el responsable de la misma no ha realizado el procedimiento para obtener una resolución favorable y poder realizar la remediación.
Las causas de contaminación en estos sitios incluyen actividades industriales, exploración, explotación y producción de hidrocarburos, volcaduras, tomas clandestinas, fugas, derrames e incendios (Tabla 1). Estos sitios representan una pérdida del valor ambiental y económico de por lo menos 10.7 millones de m³ de suelo que ocupan una superficie aproximada de 4.1 millones de m² por estar contaminado con distintos tipos de residuos peligrosos. Cabe señalar que los territorios rurales tienen mayor frecuencia de sitios contaminados que los territorios urbanos (175 sitios contaminados en territorios rurales y 57 en territorios urbanos).
Tabla 1. Causas de contaminación en sitios en los cuales se tiene identificada su contaminación, pero el
responsable de la misma no ha realizado el procedimiento para obtener una resolución favorable y poder
realizar la remediación.
Causa/Tipo
Área de
exploración y
explotación de
hidrocarburos
Caminos y
puentes
Ducto
Ferrocarril
Industria
Mina
Total
Actividades industriales
 
3
 
4
45
1
53
Exploración, explotación
y producción de
hidrocarburos
56
 
1
 
1
 
58
Volcadura
 
44
 
 
 
 
44
Toma clandestina
 
 
32
 
 
 
32
Fuga
2
 
24
 
2
 
28
Derrame
4
 
6
 
3
2
15
Incendio
 
 
 
 
2
 
2
TOTAL
 
 
 
 
 
 
232
5.7   Sitios contaminados en los que no se ha concluido la remediación
Por otra parte, en el INSC se tienen registrados 681 sitios contaminados en los cuales los responsables de la remediación, a pesar de haber obtenido su resolución favorable para remediar el sitio entre 2008 y 2016, no han realizado su trámite de conclusión de remediación. De éstos, 581 se encuentran en zonas rurales y 100 en zonas urbanas. Estos sitios representan una pérdida de valor ambiental y económico de por lo menos 3.4 millones de m3 de suelo que ocupan una superficie aproximada de 3.1 millones de m2. Las causas de contaminación en estos sitios incluyen actividades industriales, exploración, explotación y producción de hidrocarburos, volcaduras, tomas clandestinas, fugas, derrames e incendios (Tabla 2).
Tabla 2. Causas de contaminación en sitios en los cuales los responsables de la remediación, a pesar de
haber obtenidos su resolución favorable para remediar el sitio entre 2008 y 2016, no han realizado su trámite
de conclusión de remediación.
Causa/Tipo
Área de
exploración y
explotación de
hidrocarburos
Área de
protección
Caminos
y puentes
Ducto
Ferrocarril
Industria
Mina
Total
Actividades industriales
 
 
 
4
2
43
 
49
Exploración,
explotación y
producción de
hidrocarburos
343
 
 
 
 
 
 
343
Volcadura
 
 
90
 
2
 
 
92
Toma clandestina
 
 
 
104
 
2
 
106
Fuga
1
 
3
63
 
 
6
73
Derrame
2
1
 
6
 
9
 
18
Incendio
 
 
 
 
 
 
 
0
 
346
1
93
177
4
54
6
681
 
5.8   Sitios contaminados en propiedad de la federación, entidades federativas y municipios
De acuerdo con el INSC, 18 sitios contaminados son propiedad de la federación, entidades federativas o municipios. Las entidades federativas y municipios, cuando son propietarias de predios cuyos suelos se encuentran contaminados, también son responsables de su remediación. Sin embargo, las entidades federativas y municipios no siempre tienen la capacidad técnica o económica suficiente para llevar a cabo la remediación (ej. elaborar programas de remediación de pasivos ambientales y proyectos ejecutivos).
Debido a que los sitios contaminados repercuten en la salud de las personas y afectan al medio ambiente, es necesario promover acciones de remediación en sitios contaminados propiedad de particulares como aquéllos propiedad de la federación, entidades federativas y municipios para contribuir al bienestar de la población; así como apoyar en la gestión y seguimiento de acciones de remediación (Objetivo 2).
5.9   Marco normativo para la remediación de sitios contaminados
El desarrollo de actividades económicas de manera no sustentable, ha contribuido a la emisión de compuestos potencialmente tóxicos que, bajo ciertas condiciones y concentraciones, pueden tener efectos nocivos a la salud de la población y afectaciones al equilibrio ecológico y el ambiente.
En virtud de que los elementos regulados pueden estar presentes en el suelo de manera natural y en ocasiones en concentraciones tales que pueden representar un riesgo para la salud de la población humana o de los ecosistemas, es importante establecer criterios para determinar la contaminación antropogénica en suelos y en su caso las concentraciones de remediación. En el ámbito internacional estos criterios toman como base los valores de fondo y las evaluaciones de riesgo a la salud o ambiental.
De acuerdo con el PNUMA (2017), la legislación ambiental hace posible que las sociedades respondan a la contaminación de tal forma que se respete los derechos fundamentales y principios de justicia. El reto no es crear nuevas medidas regulatorias, sino mejorar su efectividad usando conocimiento, experiencia y tecnología (PNUMA, 201723).
Existen regulaciones que permiten fortalecer el marco jurídico en materia de sitios contaminados: las NOM y los Estándares, de acuerdo a la LIC.
Las NOM son regulaciones técnicas de observancia obligatoria expedida por las Autoridades Normalizadoras competentes, cuyo fin esencial es el fomento de la calidad para el desarrollo económico y la protección de los objetivos legítimos de interés público previstos en la propia LIC, mediante el establecimiento de reglas, denominación, especificaciones o características aplicables a un bien, producto, proceso o servicio, así como aquéllas relativas a terminología, marcado o etiquetado y de información.
En ese sentido, su aplicación es fundamental, ya que establecen los límites máximos permisibles de hidrocarburos en suelos o criterios para determinar las concentraciones de remediación de suelos contaminados por metales, los lineamientos para el muestreo en la caracterización de sitios contaminados y establecen especificaciones para la remediación. Por lo tanto, establecen los límites o concentraciones que no se deben rebasar y dan certidumbre a la efectividad de los resultados de la remediación de sitios contaminados.
Los Estándares, los cuales antes de la entrada en vigor de la LIC, se conocían como Normas Mexicanas, son documentos técnicos que prevén un uso común y repetido de reglas, especificaciones, atributos o métodos de prueba aplicables a un bien, producto, proceso o servicio. Para el caso de sitios contaminados establecen, en el caso de los hidrocarburos, métodos para el análisis de contaminantes, y en el caso de metales, las especificaciones generales para el muestreo de suelos, así como aquéllas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado, etiquetado o concordaciones.
De lo anterior, es de resaltar que las NOM son complementadas por los Estándares las cuales, por regla general, son de aplicación voluntaria excepto cuando se requiera su observancia obligatoria mediante referencia expresa en una NOM para los fines determinados por la misma.
En México se han publicado 13 normas que regulan la gestión de sitios contaminados en México (Tabla 3).
Tabla 3. Normas obligatorias y voluntarias relacionadas con sitios contaminados.
Normas Oficiales Mexicanas que regulan la gestión de suelos contaminados
 
1
NOM-147-SEMARNAT/SSA1-2004
Que establece criterios para determinar las concentraciones de remediación de suelos contaminados por arsénico, bario, berilio, cadmio, cromo hexavalente, mercurio, níquel, plata, plomo, selenio, talio y/o vanadio.
2
NOM-138-SEMARNAT/SSA1-2012
Límites máximos permisibles de hidrocarburos en suelos y lineamientos para el muestreo en la caracterización y especificaciones para la remediación.
3
NOM-133-SEMARNAT-2015
Protección ambiental-Bifenilos Policlorados (BPCs)-Especificaciones de manejo.
Normas Mexicanas que regulan la gestión de suelos contaminados
1
NMX-AA-134-SCFI-2006
Suelos Hidrocarburos Fracción Pesada (FP) por extracción y gravimetría método de prueba.
2
NMX-AA-145-SCFI-2008
Suelos - Hidrocarburos Fracción Media (FM) por cromatografía de gases con detector de ionización de llama método de prueba.
3
NMX-AA-146-SCFI-2008
Suelos - Hidrocarburos Aromáticos Policíclicos (HAP) por cromatografía de gases/espectrometría de masas (CG/EM) o cromatografía de líquidos de alta resolución con detectores de fluorescencia y ultravioleta visible (UV-VIS) método de prueba.
4
NMX-AA-105-SCFI-2014
Suelos - Hidrocarburos Fracción Ligera (FL) por cromatografía de gases con detectores de ionización de flama o espectrometría de masas (Cancela a la NMX-AA-105-SCFI-2008).
5
NMX-AA-141-SCFI-2014
Suelos Benceno, Tolueno, Etilbenceno y Xilenos (BTEX) por cromatografía de gases con detectores de espectrometría de masas y fotoionización método de prueba (Cancela a la NMX-AA-141-SCFI-2007).
6
NMX-AA-132-SCFI-2016
Muestreo de suelos para la identificación y la cuantificación de metales y metaloides, y manejo de la muestra (Cancela a la NMX-AA-132-SCFI-2006).
Normas Oficiales Mexicana que regulan la gestión en aguas contaminadas
1
NOM-001-SEMARNAT-1996
Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales.
2
NOM-002-SEMARNAT-1996
Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal.
3
NOM-003-CONAGUA-1996
Requisitos durante la construcción de pozos de extracción de agua para prevenir la contaminación de acuíferos.
4
NOM-004-CONAGUA-1996
Requisitos para la protección de acuíferos durante el mantenimiento y rehabilitación de pozos de extracción de agua y para el cierre de pozos en general.
Fuente: Elaborada por la DGGIMAR de la SEMARNAT. 2019.
De acuerdo con la LIC, las NOM deberán ser revisadas al menos cada cinco años posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación o de aquélla de su última modificación, asimismo los Estándares deberán ser revisados al menos cada cinco años posteriores a su publicación en la Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad o de aquélla de su última modificación, con el fin de analizar si se requiere ser actualizadas debido a nuevos criterios, lineamientos o tecnologías.
El programa de revisión o elaboración de las normas se establece en el PNN, el cual es un instrumento de planeación, coordinación e información de las actividades de normalización que se realizan a nivel nacional e incluye el listado de temas a normalizar por parte de la SEMARNAT durante el año que corresponda.
De acuerdo con PNUMA (2017), los principales contaminantes de preocupación en suelo son los metales pesados como el plomo, mercurio, arsénico, cadmio y cromo, contaminantes orgánicos persistentes y plaguicidas. México cuenta con normas que regulan la gestión de sitios contaminados con hidrocarburos, metales pesados y bifenilos policlorados. Sin embargo; aún es necesario elaborar propuestas de instrumentos normativos para contaminantes orgánicos (como solventes halogenados y no halogenados).
Por lo antes señalado, es necesario fortalecer los instrumentos normativos mediante la revisión y análisis de NOM y Estándares. Esto ayudará a que la legislación sea más efectiva y logre el propósito de evitar la exposición de la población a contaminantes de preocupación mundial (Objetivo 3).
6.- Objetivos prioritarios
El compromiso con el medio ambiente es uno de los objetivos esenciales de la SEMARNAT, una responsabilidad que asume en cada una de sus iniciativas con el fin de mejorar la calidad de vida de las personas.
La SEMARNAT, a través de la DGGIMAR tiene entre sus fines promover acciones que permitan apoyar la remediación de sitios contaminados, mismas que se resumen en los siguientes objetivos prioritarios:
Objetivos prioritarios del Programa Nacional de Remediación de Sitios Contaminados 2021-2024
 
1.- Fortalecer el Inventario Nacional de Sitios Contaminados
 
 
2.- Promover acciones de remediación en sitios contaminados para contribuir al bienestar de la población
 
 
3.- Fortalecer el marco normativo para la remediación de sitios contaminados
 
6.1.- Relevancia del Objetivo prioritario 1: Fortalecer el INSC
6.1.1 Información sobre sitios contaminados en México
La SEMARNAT a través de la DGGIMAR cuenta con el INSC mediante el cual se lleva un inventario de sitios que cuentan con una caracterización o estudio que indique su contaminación. La elaboración de dicho inventario se deriva de las disposiciones contenidas en la LGPGIR y su Reglamento.
La DGGIMAR de la SEMARNAT, así como la UGI de la ASEA, reciben la información sobre sitios contaminados a través de solicitudes de propuestas de remediación.
De acuerdo con el INSC que tiene la SEMARNAT, a diciembre de 2018 en México existían 913 sitios contaminados. Cabe señalar que, de estos sitios, 756 se localizan en zonas rurales y 157 en zonas urbanas.
Adicional, la PROFEPA, el INECC y la CONAGUA cuentan con información sobre sitios contaminados.
De acuerdo con PNUMA (2017), la falta de información obstaculiza las acciones que permitan resolver los problemas ambientales y de salud ocasionados por este tipo de contaminación. Es por esto, que mantener actualizado el INSC y más aún, que se integre información de otras instituciones como la CONAGUA, PROFEPA e INECC es de gran relevancia. Tener un INSC actualizado y fortalecido permitirá determinar la tendencia de la contaminación; por ejemplo, identificar qué contaminantes son los más recurrentes en los sitios, cómo se distribuyen, qué cantidad de suelo y agua se afecta etc. Esto, a su vez, permitirá contribuir en la toma de decisiones de las autoridades en la atención de sitios contaminados.
Como se señaló anteriormente, la SEMARNAT tiene información de sitios contaminados y remediados que proporciona la ASEA y la DGGIMAR de la SEMARNAT y el gran porcentaje de estos sitios corresponden a aquellos que se identifican a través del ingreso de trámites. Esta información se entrega de forma independiente, de manera acumulativa, heterogénea y no sistematizada, la cual es publicada con esas condiciones en su portal. Sin embargo, la información de un inventario es dinámica, esto significa que el número de sitios registrados varía frecuentemente dependiendo de cuántos sitios se registran como contaminados y cuantos sitios se remedian. Lo anterior da como resultado que su manejo no sea viable y cómodo, por lo que se requiere de un soporte que facilite su utilización de forma automatizada. Es por esto que el INSC se verá fortalecido con el desarrollo de una plataforma informática de difusión que facilite el acceso a la población, a través de promover una operación coordinada de sistemas de registro, estadísticos y geomáticos en materia de sitios contaminados y sitios remediados, en congruencia con el Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales de la Secretaría y que puedan ser consultados por el público en general, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
 
Difundir la información sobre sitios contaminados y remediados contribuirá a generar una mayor conciencia en la población sobre las fuentes de contaminación, sus impactos y las soluciones; así como a garantizar el derecho de acceso a la información. De acuerdo con el PNUMA (2017), sin la conciencia pública sobre la contaminación, no es posible generar la presión socio-política necesaria para prevenir y mitigar la contaminación (PNUMA, 201728). Además, señala que difundir la información sobre la contaminación permitirá el desarrollo de intervenciones más efectivas, la participación pública y ayudará a que la población tenga un papel en la implementación de la regulación.
6.1.2 Sitios potencialmente contaminados
La SEMARNAT cuenta con un registro de 594 sitios potencialmente contaminados en el país; es decir, sitios para los que se presume un problema ambiental, pero no se ha realizado una caracterización o estudio que permita comprobar su contaminación. Las entidades federativas con mayor número de sitios potencialmente contaminados son Veracruz, Querétaro y Guanajuato (Fig. 1). Dicha información se obtuvo entre 2006 y 2011 a través de un levantamiento de información de campo en todas las entidades federativas.
Por lo anterior, es necesario revisar la información de los sitios potencialmente contaminados localizados en zonas rurales y urbanas para determinar si existe contaminación. En caso de que se determine contaminación, estos sitios podrán ser registrados en el INSC, para así priorizar su atención cumpliendo con las atribuciones en materia de remediación de sitios de acuerdo con lo establecido en la LGPGIR.
6.2.- Relevancia del Objetivo prioritario 2: Promover acciones de remediación en sitios contaminados para contribuir al bienestar de la población
Los sitios contaminados en México poseen una variedad de riesgos en la salud de las personas y en el ambiente. El contacto con contaminantes puede dañar la salud de la población, en este caso la de la población aledaña a sitios contaminados. Es difícil calcular el número de habitantes que pueden ser afectados por sitios contaminados ya que establecer los efectos negativos relevantes en la salud es muy complejo (por ejemplo, presencia de múltiples substancias y combinación de distintas formas de exposición a ellas). El PNUMA (2017) señala que la contaminación puede tener impactos negativos de manera desproporcionada en mujeres y hombres, y particularmente en las personas pobres y vulnerables como los adultos mayores, niños y personas con discapacidad, afectando su derecho a la salud, agua, alimento, vida, casa y desarrollo.
Por lo anterior, si la contaminación de suelo ocurre debe realizarse su remediación. La remediación se define como un conjunto de medidas a las que se someten los sitios contaminados para eliminar o reducir los contaminantes hasta un nivel seguro para la salud y el ambiente o prevenir su dispersión en el ambiente sin modificarlos.
En el INSC, se tienen registrados sitios contaminados que no tienen un programa de remediación aprobado en el periodo 2008 y 2018. Es decir, sitios para los que se tiene identificada su contaminación, pero el responsable de la misma no ha realizado el procedimiento para obtener una resolución favorable y poder realizar la remediación. Además, se tienen registrados sitios contaminados en los cuales los responsables de la remediación, a pesar de haber obtenidos su resolución favorable para remediar el sitio entre 2008 y 2016, no han realizado su trámite de conclusión de remediación.
6.2.1 Sitios contaminados que no tienen un programa de remediación aprobado
Con base en una revisión del INSC realizada en 2018, la SEMARNAT ha identificado 232 sitios contaminados que no tienen un programa de remediación aprobado en el periodo 2008 y 2018. Es decir, sitios para los que se tiene identificada su contaminación, pero el responsable de la misma no ha realizado el procedimiento para obtener una resolución favorable y poder realizar la remediación. Las causas de contaminación en estos sitios incluyen actividades industriales, exploración, explotación y producción de hidrocarburos, volcaduras, tomas clandestinas, fugas, derrames e incendios. Estos sitios representan una pérdida del valor ambiental y económico de por lo menos 10.7 millones de m³ de suelo que ocupan una superficie aproximada de 4.1 millones de m² por estar contaminado con distintos tipos de materiales o residuos peligrosos. Cabe señalar que los territorios rurales tienen mayor frecuencia de sitios contaminados que los territorios urbanos (175 sitios contaminados en territorios rurales y 57 en territorios urbanos).
6.2.2 Sitios contaminados en los que no se ha concluido la remediación
En el INSC se tienen registrados 681 sitios contaminados en los cuales los responsables de la remediación, a pesar de haber obtenido su resolución favorable para remediar el sitio entre 2008 y 2016, no han realizado su trámite de conclusión de remediación. De éstos, 581 se encuentran en zonas rurales y 100 en zonas urbanas. Estos sitios representan una pérdida de valor ambiental y económico de por lo menos 3.4 millones de m3 de suelo que ocupan una superficie aproximada de 3.1 millones de m2.
 
6.2.3 Promoción de acciones de remediación en sitios contaminados
Con base en la identificación de los motivos por lo que no se han concluido o no se han aprobado los programas de remediación, será posible elaborar una propuesta de mejora al procedimiento del trámite para que los responsables obtengan la aprobación de dicho programa o concluyan la remediación.
Por otra parte, se exhortará a los responsables de la remediación a obtener las autorizaciones necesarias. Por último, se establecerá un programa que considere visitas de inspección para el seguimiento de los sitios contaminados a través de PROFEPA y la ASEA; así como la evaluación de la conformidad por medio de organismos de tercera parte (unidades de verificación y laboratorios de prueba).
Las visitas de inspección se realizan por medio de inspectores quienes levantan un acta donde se detallan las obligaciones en materia de remediación de sitios contaminados, con el fin de que, principalmente, el responsable de la contaminación, realice su remediación conforme lo establece la LGPGIR, su Reglamento, Normas Oficiales Mexicanas y Normas Mexicanas ahora Estándares
La evaluación de la conformidad, según la LIC es el proceso técnico que permite demostrar el cumplimiento con las Normas Oficiales Mexicanas, Estándares, Normas Internacionales ahí referidos o de otras disposiciones legales. Comprende, entre otros, los procedimientos de muestreo, prueba, inspección, evaluación y certificación.
De acuerdo con la LIC La Evaluación de la Conformidad forma parte de la Infraestructura de la Calidad y está integrado por las Entidades de Acreditación, por los Organismos de Evaluación de la Conformidad, las Autoridades Normalizadoras, el Centro Nacional de Metrología, los Institutos Designados de Metrología en el ámbito de sus competencias, así como por los Organismos Nacionales de Estandarización, los sujetos facultados para estandarizar, otras entidades, agencias o instancias públicas auxiliares de las Autoridades Normalizadoras.
Asimismo, los Organismos de Evaluación de la Conformidad podrán operar como: Laboratorios, de ensayos y pruebas, medición o calibración, entre otros, Unidades de inspección, Organismos de certificación, y otros proveedores y prestadores de servicios previstos en el Reglamento de la LIC. En ese sentido, al emplear unidades de inspección y laboratorios de prueba que realicen la conformidad de las normas en materia de suelos contaminados coadyuva con la PROFEPA y SEMARNAT en dictaminar el cumplimiento de la normatividad en remediación de sitios contaminados.
6.2.4 Sitios contaminados en propiedad de la federación, entidades federativas y municipios
La SEMARNAT puede participar en la remediación de un sitio contaminado con materiales o residuos peligrosos que representa un riesgo al ambiente y a la salud cuando:
a)    En el caso de declaratoria de un sitio contaminado como abandonado;
b)    Haya sido expropiado por causa de utilidad pública;
c)     Se haya expedido una declaratoria de remediación por el Ejecutivo Federal;
d)    El sitio sea propiedad de alguna entidad federativa o municipio, o
e)    Haya sido ordenada la remediación por mandato federal o a través de un laudo arbitral internacional.
Esta participación de la SEMARNAT no implica la sustitución de responsabilidades de la remediación del sitio.
De acuerdo con el INSC, 18 sitios son propiedad de la Federación, entidades federativas o municipios. Las entidades federativas y municipios, cuando son propietarias de predios cuyos suelos se encuentran contaminados, también son responsables de su remediación. Sin embargo, las entidades federativas y municipios no siempre tienen la capacidad técnica o económica suficiente para llevar a cabo la remediación (ej. elaborar programas de remediación de pasivos ambientales y proyectos ejecutivos). Es por esto que es necesario apoyar en la gestión y seguimiento de acciones de remediación de sitios contaminados en propiedad entidades federativas y municipios.
6.3.- Relevancia del Objetivo prioritario 3: Fortalecer el marco normativo para la remediación de sitios
contaminados
La legislación ambiental en el país hace posible que la sociedad responda a la contaminación de tal forma que se respete los derechos fundamentales y principios de justicia. El reto no es crear nuevas medidas regulatorias, sino mejorar su efectividad usando conocimiento, experiencia y tecnología (PNUMA, 2017).
 
En México, existen regulaciones que permiten fortalecer el marco jurídico en materia de sitios contaminados: las NOM y los Estándares, de acuerdo a la LIC. La aplicación de las NOM es de observancia obligatoria y son elementos fundamentales para consolidar el marco jurídico, ya que establecen los límites máximos permisibles de hidrocarburos en suelos o criterios para determinar las concentraciones de remediación de suelos contaminados por metales, los lineamientos para el muestreo en la caracterización de sitios contaminados y establecen especificaciones para la remediación. Por lo tanto, establecen los límites o concentraciones que no se deben rebasar y dan certidumbre a la efectividad de los resultados de la remediación de sitios contaminados.
Las NMX o Estándares, son documentos técnicos que prevén un uso común y repetido de reglas, especificaciones, atributos o métodos de prueba aplicables a un bien, producto, proceso o servicio. Para el caso de sitios contaminados establecen, en el caso de los hidrocarburos, métodos para el análisis de contaminantes, y en el caso de metales, las especificaciones generales para el muestreo de suelos. Es de resaltar que las NOM son complementadas por las NMX o Estándares las cuales, por regla general, son de aplicación voluntaria excepto cuando se requiera su observancia obligatoria mediante referencia expresa en una NOM para los fines determinados por la misma.
En México se han publicado 13 normas que regulan la gestión de sitios contaminados en México (Ver Tabla 3).
El PNN, es un instrumento de planeación, coordinación e información de las actividades de normalización que se realiza a nivel nacional, tanto en el sector público como en el privado e incluye el listado de temas a normalizar por parte de la SEMARNAT durante el año que corresponda.
De acuerdo con PNUMA (2017), los principales contaminantes de preocupación en suelo son los metales pesados como el plomo, mercurio, arsénico, cadmio y cromo, COP y plaguicidas. México cuenta con normas que regulan la gestión de sitios contaminados con hidrocarburos, metales pesados y bifenilos policlorados (Tabla 3). Sin embargo; aún es necesario elaborar propuestas de instrumentos normativos para contaminantes orgánicos (como solventes halogenados y no halogenados).
7.- Estrategias prioritarias y Acciones puntuales
Objetivo prioritario 1.- Fortalecer el Inventario Nacional de Sitios Contaminados
Estrategia prioritaria 1.1 Mantener actualizado el INSC para contribuir en la toma de decisiones de las autoridades en la atención de sitios contaminados.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o Entidades
responsables de instrumentar
la Acción puntual
(instituciones coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora (encargada
del seguimiento)
1.1.1 Registrar e inventariar la información de sitios contaminados en zonas rurales y urbanas con base en las solicitudes de remediación obtenida de la DGGIMAR de la SEMARNAT, la ASEA, la CONAGUA, INECC y la PROFEPA a fin de mantener actualizado el INSC
Específica
SEMARNAT
16 - Medio Ambiente y
Recursos Naturales
1.1.2 Retirar del INSC aquellos sitios que fueron remediados y actualizar el inventario de sitios
Específica
SEMARNAT
16 - Medio Ambiente y
Recursos Naturales
remediados con base en la información obtenida de la DGGIMAR, la ASEA, la CONAGUA y la PROFEPA
Estrategia prioritaria 1.2 Difundir la información sobre sitios contaminados y remediados para contribuir a garantizar el derecho de acceso a la información.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o Entidades
responsables de instrumentar
la Acción puntual
(instituciones coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora (encargada
del seguimiento)
1.2.1 Desarrollar una plataforma informática del Inventario Nacional de Sitios Contaminados y remediados de acceso a la población a nivel nacional
Específica
SEMARNAT
16 - Medio Ambiente y
Recursos Naturales
 
Estrategia prioritaria 1.3 Revisar los sitios potencialmente contaminados localizados en zonas rurales y urbanas para determinar si existe contaminación y definir las prioridades de remediación.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o Entidades
responsables de instrumentar
la Acción puntual
(instituciones coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora (encargada
del seguimiento)
1.3.1 Obtener información documental actualizada sobre sitios potencialmente contaminados a nivel nacional localizados en zonas rurales y urbanas
Específica
SEMARNAT
16 - Medio Ambiente y
Recursos Naturales
1.3.2 Obtener información de campo actualizada a nivel nacional en sitios potencialmente contaminados localizados en zonas rurales y urbanas
Específica
SEMARNAT
16 - Medio Ambiente y
Recursos Naturales
 
Objetivo prioritario 2.- Promover acciones de remediación en sitios contaminados para contribuir al bienestar de la población
Estrategia prioritaria 2.1 Promover la remediación de sitios contaminados en zonas rurales y urbanas registrados en el INSC propiedad de particulares, así como de aquéllos propiedad de la federación, entidades federativas y municipios.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o Entidades
responsables de instrumentar
la Acción puntual
(instituciones coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora (encargada
del seguimiento)
2.1.1 Identificar los motivos por los cuales los responsables de la remediación de sitios contaminados en zonas rurales y urbanas registrados en el INSC no obtuvieron su resolución favorable para remediar el sitio entre 2008 y 2018
Específica
SEMARNAT y ASEA
16 - Medio Ambiente y
Recursos Naturales
2.1.2 Mejorar el procedimiento del trámite
Específica
SEMARNAT y ASEA
16 - Medio Ambiente y
Recursos Naturales
para obtener la aprobación de programas de remediación mediante la elaboración de una propuesta de modificación regulatoria para facilitar la gestión de sitios contaminados.
2.1.3 Exhortar a los responsables de la remediación de sitios contaminados en zonas rurales y urbanas registrados en el Inventario Nacional de Sitios Contaminados a obtener la aprobación de su programa de remediación
Específica
SEMARNAT y ASEA
16 - Medio Ambiente y
Recursos Naturales
2.1.4 Identificar los motivos por los cuales los responsables de la remediación de sitios contaminados en zonas rurales y urbanas registrados en el INSC, a pesar de haber obtenido su resolución favorable para remediar el sitio entre 2008 y 2016, no concluyeron las acciones de remediación.
Específica
SEMARNAT y ASEA
16 - Medio Ambiente y
Recursos Naturales
2.1.5 Mejorar el procedimiento del trámite para obtener la conclusión de programas de remediación mediante la elaboración de una propuesta de modificación regulatoria para facilitar la gestión de sitios contaminados.
Específica
SEMARNAT y ASEA
16 - Medio Ambiente y
Recursos Naturales
2.1.6 Exhortar a los responsables de la remediación de sitios contaminados en zonas rurales y urbanas registrados en el INSC a obtener la aprobación de su conclusión del programa de remediación
Específica
SEMARNAT y ASEA
16 - Medio Ambiente y
Recursos Naturales
2.1.7 Establecer un programa que considere visitas de inspección para el seguimiento de los sitios contaminados a través de PROFEPA y la ASEA, así como la evaluación de la conformidad por medio de organismos como unidades de inspección y laboratorios
Específica
PROFEPA y ASEA
16 - Medio Ambiente y
Recursos Naturales
de prueba.
2.1.8 Implementar campañas de orientación sobre los procedimientos de los trámites de programas de remediación y su conclusión en estados de mayor incidencia.
Específica
SEMARNAT y ASEA
16 - Medio Ambiente y
Recursos Naturales
Estrategia prioritaria 2.2 Apoyar en la gestión y seguimiento de acciones de remediación de sitios contaminados propiedad de la federación, o de entidades federativas o de municipios para reducir el riesgo de exposición en la población aledaña.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o Entidades
responsables de instrumentar
la Acción puntual
(instituciones coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora (encargada
del seguimiento)
2.2.1 Realizar, conforme a las disposiciones aplicables, procedimientos de contratación para efectuar acciones de remediación de al menos un sitio contaminado propiedad de la federación, o de entidades federativas o de municipios; lo anterior, sujeto a la disponibilidad de recursos económicos.
Específica
SEMARNAT
16 - Medio Ambiente y
Recursos Naturales
2.2.2 Identificar esquemas complementarios para la ejecución de acciones encaminadas a la remediación de al menos un sitio contaminado propiedad de la federación, o de entidades federativas o de municipios
Específica
SEMARNAT y PROFEPA
16 - Medio Ambiente y
Recursos Naturales
2.2.3 Establecer un mecanismo de coordinación para la atención de sitios de contaminación de agua subterránea por actividades antropogénicas
Específica
SEMARNAT y CONAGUA
16 - Medio Ambiente y
Recursos Naturales
 
Objetivo prioritario 3.- Fortalecer el marco normativo para la remediación de sitios contaminados
Estrategia prioritaria 3.1 Analizar el marco normativo para la remediación de sitios contaminados para contribuir a garantizar que la población no se exponga a contaminantes.
Acción puntual
Tipo de Acción
puntual
Dependencias y/o Entidades
responsables de
instrumentar la Acción
puntual (instituciones
coordinadas)
Dependencia o Entidad
coordinadora (encargada
del seguimiento)
3.1.1 Revisar los instrumentos normativos que establecen criterios en remediación de suelo contaminado con
Específica
SEMARNAT y PROFEPA
16 - Medio Ambiente y
Recursos Naturales
metales para determinar si se proponen actualizaciones
3.1.2 Revisar los instrumentos normativos que establecen criterios en remediación de suelo contaminado con hidrocarburos para determinar si se proponen actualizaciones.
Específica
ASEA y SEMARNAT
16 - Medio Ambiente y
Recursos Naturales
3.1.3 Elaborar una propuesta de instrumentos normativos en remediación de suelo contaminado con contaminantes orgánicos
Específica
SEMARNAT e INECC
16 - Medio Ambiente y
Recursos Naturales
 

 

 

 

 

 

 

 

 

9.- Epílogo: Visión hacia el futuro
Con el cumplimiento de las metas referentes a los Sitios Contaminados, la actual administración reafirma el compromiso de que la información a disposición del público en general sobre este tipo de sitios, se integre con datos fidedignos y actualizados, logrando identificar plenamente los sitios que sí están contaminados para incorporarlos al INSC y se podrán diferenciar de aquellos que fueron limpiados, mismos que podrán ser eliminados de dicho inventario. Con estos avances, se priorizará su atención cumpliendo con las atribuciones en materia de remediación de sitios, de acuerdo a lo que establece la LGPGIR y adicionalmente se tendrá un inventario actualizado en el año 2024.
Lo anterior, permitirá que en el año 2040 se pueda observar en el INSC, información más confiabilidad, detallada y precisa para conocer la tendencia de la contaminación a nivel nacional, es decir, identificar plenamente qué contaminantes son los más recurrentes en los sitios, cómo se distribuyen, y qué cantidad de suelo y agua se encuentran afectados.
10.- Lista de dependencias y entidades participantes
ASEA:              Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos
CONAGUA:       Comisión Nacional del Agua
INECC:             Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático
PROFEPA:        Procuraduría Federal de Protección al Ambiente
SEMARNAT:      Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
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